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Foro General => General => Mensaje iniciado por: Ethos en Enero 11, 2013, 03:22:02 pm

Título: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Enero 11, 2013, 03:22:02 pm
Hola creo que lo mejor para que nos enteremos de los procedimientos a seguir para registrar nuestras replicas es que en este hilo pongamos un listado.

Comunidad: Madrid
Municipio: Ayuntamiento de Madrid

https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d8a521ecd08a0c/?vgnextoid=72cd78d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=23a99c5ffb020310VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextfmt=relContenidos&relationType=relImpresosTramites

Comunidad: Madrid
Municipio: Alcala de Henares

http://www.ayto-alcaladehenares.es/portalAlcala/sede/se_contenedor2.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&contenido=9569&tipo=4&nivel=1400&layout=se_contenedor2.jsp&codResi=1&language=es&codMenu=304&codMenuPN=284


PD: si los moderadores lo consideran ilícito bórrenlo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: PenetrAlex en Enero 11, 2013, 06:28:50 pm
Municipio: Valdemoro

Url de información: http://www.valdemoro.es/contenidos/content.asp?contentid=10048&nodeid=7757

Por lo que me han contado: Imprescindible el número de serie. El procedimiento es hacer una solicitud general en el ayuntamiento, y posteriormente la policía local se pone en contacto contigo.

Cuando consiga registrar las réplicas comento todo el proceso.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: MarkSaDe en Enero 11, 2013, 11:03:30 pm

PD: si los moderadores lo consideran ilícito bórrenlo

Al contrario, nos ahorras trabajo de ir buscando en el otro hilo... es lo que tenemos pensado poner en el hilo fijo relacionado con el tema, pero no siempre se tiene el tiempo que a uno le gustaria dedicar... asi que, iremos añadiendo lo que se ponga aqui en el post fijo para tener todo junto (lo relacionado con la dichosa tarjetita...)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: raydmon_ayala en Enero 12, 2013, 12:41:03 am
muy bueno tio, asi lo hice yo hace 2 años, pero aqui no te dice que tienes que llevar la replica.

en mi caso el svd no tiene numero de serie pero en la factura tiene un numero que no se me puede hacer pensar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Enero 12, 2013, 12:08:10 pm
Barcelona ciudad
https://w30.bcn.cat/APPS/portaltramits/portal/channel/default.html?&stpid=19970000459&language=es&style=empresa
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: davidlop3 en Enero 12, 2013, 06:06:53 pm
En Mejorada así lo hice:

1.- Impreso de solicitud del Ayuntamiento.
2.- Tarjetas blancas y amarillas que entregan en armería, si no las entregaran, se consiguen en la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
3.- Se personará la Policía Municipal en el domicilio para realizar informe del solicitante, preguntan a los vecinos (un poco "exageraos" si son), verifican el arma.
4.- A las dos o tres semanas pasar por el Ayuntamiento se pagan las Tasas 8.56 E. y te la entregan para cinco años.

No me pidieron ni fotocopia del DNI ni factura de compra
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brox89 en Enero 13, 2013, 09:13:44 pm
Os dejo el de arganda del rey...
http://www.ayto-arganda.es/portalArganda/p_20_contenedor1.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&tipo=4&&contenido=1065&nivel=1400&layout=p_20_contenedor1.jsp&codResi=1
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: [ASN]hellhammer en Enero 13, 2013, 10:24:50 pm
En Alcorcon piden esto (buscad en la parte inferior de la pagina) Solicitud de Tarjeta de Armas
http://www.ayto-alcorcon.es/portal/servicios
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: sendark en Enero 14, 2013, 12:13:00 pm
Sestao
Barakaldo
Portugalete
Bilbao
Santurce
Pueblos limitrofes
DNI
Factura de compra
Antecedentes Penales
Que tenga numero de serie
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: C0RB3C en Enero 14, 2013, 08:13:40 pm
en Almeria capital piden esto:

http://www.aytoalmeria.es/db/www.nsf/0/5D3C9F6E712DEA13C1257918002601F1 (http://www.aytoalmeria.es/db/www.nsf/0/5D3C9F6E712DEA13C1257918002601F1)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Copion en Enero 14, 2013, 08:19:56 pm
sabeis como va lo del numero de serie?? por que yo me estoy llamando a las armerias y nadie le pone el cascabel al gato.

en una me han dicho que eso se tendria que hacer en el BOPE (banco Oficial de Pruebas Español), y que la numeracion no es correlativa, sino que ese numero indica que fabricante, numero de arma, año de fabricacion... Osea que ......

Alguien sabe como va??
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Enero 14, 2013, 08:33:49 pm
Copion, el tema de los números los tienes en http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59218.0 (http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59218.0).

Este hilo es sólo para poner lo que piden en cada Ayto.

Como castigo 10 flexiones.... ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brox89 en Enero 15, 2013, 08:13:01 pm
Hoy he bajado al ayto de carabaña (madrid) en el cual estoy empadronado, primero no sabian si era en el propio ayto donde habia que registrar las armas ludico deportivas, han hecho una llamada y me han dicho que hace falta:
Tarjeta de armas
DNI
Factura.
Les he preguntado acerca de las tasas y su respuesta: "no lo se"
A ver si con suerte no hay que pagar jeje
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: extre en Enero 17, 2013, 08:58:13 pm
Bien, para los de Boadilla del Monte, y estoy seguro que para todos al fin y al cabo, el procedimiento es el siguiente:
-Decir que queréis sacaros las Tarjetas para armas A y B (automáticas y semiautomáticas respectivamente) y registrar unas armas.
-Empadronamiento (mas DNI lógicamente)
-Expediente de Delitos (Vamos que no tengas ciertos delitos que te prohíba tenerlas)
-Factura de la compra o contrato de compraventa (que lo podéis hacer con vuestro amigos unos entre otros  si no tenéis nada, indicando en él, la marca y modelo, y el numero de serie de la replica)
-Psicotécnico para estas armas.
-Llevar las "armas" (lógicamente como si fueran armas, no en una mochila) que tienen que estar grabadas con un numero de serie para que la registren.
- Luego el Alcalde en su despacho firma los papeles para que te den las tarjetas.

Los problemas que pueden surgir son los siguientes, que tengáis algún delito que te prohíba tener armas (pues os...algo habréis hecho). Y el principal problema que yo veo a día de hoy, o el único que podéis tener realmente, es que en vuestras replicas no venga ningún numero de serie, bueno no os comáis mucho el coco, si conserváis la caja puede que venga hay eso en primer lugar y en segundo lugar si no tenéis nada os inventáis un código alfanumérico y que os lo graven donde sea. Que luego va a ver replicas con mismo números de serie, problema del legislador que se la estaba meneando  mientras legislaba esto (horrible). Ejemplo, un amigo con una pistola de categoría 4 ;D de la marca tokio marui, bien tenia un numero de serie, ahora le ha puesto el kit guarder metálico y el numero de serie es distinto, y así con todo, absurdo.

Estoy seguro de que esto es así (a excepción de algún matiz). De todas formas lo que acabo de decir es tal cual al menos en Boadilla, pues la ley así lo dice, y el sargento de la policía local así lo ha hecho dice el en dos ocasiones. Sin problemas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Enero 17, 2013, 09:10:24 pm

Y el principal problema que yo veo a día de hoy, o el único que podéis tener realmente, es que en vuestras replicas no venga ningún numero de serie, bueno no os comáis mucho el coco, si conserváis la caja puede que venga hay eso en primer lugar y en segundo lugar si no tenéis nada os inventáis un código alfanumérico y que os lo graven donde sea. Que luego va a ver replicas con mismo números de serie, problema del legislador que se la estaba meneando  mientras legislaba esto (horrible). Ejemplo, un amigo con una pistola de categoría 4 ;D de la marca tokio marui, bien tenia un numero de serie, ahora le ha puesto el kit guarder metálico y el numero de serie es distinto, y así con todo, absurdo.

Estoy seguro de que esto es así (a excepción de algún matiz). De todas formas lo que acabo de decir es tal cual al menos en Boadilla, pues la ley así lo dice, y el sargento de la policía local así lo ha hecho dice el en dos ocasiones. Sin problemas.

¿Que ley dice eso.....? El Reglamento de Armas, desde luego no

 "Se modifica el articulo 28 del Reglamento de Armas de las categorias 3ª.3 4ª y 7ª.1.2.3 y 6"

Algunas de estas armas carecen de numeración, por lo que, con el fin de unificar criterios, se imparten las siguientes instrucciones:

La numeración de las mismas se realizará por un armero autorizado, debiendo cumplirse los siguientes condicionantes:

1.- El armero deberá solicitar de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policia y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), en lo sucesivo ICAE, asignación de número para realizar tal actividad.
2.- La numeración de las armas estará compuesta por grupos, separados entre si por guiones: Un primero grupo de cuatro digitos (correspondientes al número asignado a cada armero por la ICAE. Un segundo grupo de dos digitos (correspondientes a las dos ultimas cifras del año de numeración). El tercer grupo número secuencial de cada arma numerada (comenzando cada año por el número 1). A continuación de los digitos señalados iran las letras AS (abreviatura de Air Soft).
3.- Una vez realizada la numeración el armero deberá comunicar a la intervención de armas y Explosivos correspondiente a su demarcación, la numeración de las armas y el propietario de las mismas, grabando estos datos en el Sistema de Gestión de Armas.
4.- Por último, el armero deberá llevar un registro documental en el que quede constancia de la numeración, fecha de la misma, datos del colicitante y del arma.".

Eso es lo que dice la Ley, publicado en el BOE y por ahora lo que dice el Estado está por encima de lo que diga el Ayuntamiento; otra cosa es que nosostros nos hagamos los locos y nos interese mas como lo están haciendo en algunos Ayuntamientos; pero nos guste o no la ley es clara.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: extre en Enero 17, 2013, 09:27:13 pm

Y el principal problema que yo veo a día de hoy, o el único que podéis tener realmente, es que en vuestras replicas no venga ningún numero de serie, bueno no os comáis mucho el coco, si conserváis la caja puede que venga hay eso en primer lugar y en segundo lugar si no tenéis nada os inventáis un código alfanumérico y que os lo graven donde sea. Que luego va a ver replicas con mismo números de serie, problema del legislador que se la estaba meneando  mientras legislaba esto (horrible). Ejemplo, un amigo con una pistola de categoría 4 ;D de la marca tokio marui, bien tenia un numero de serie, ahora le ha puesto el kit guarder metálico y el numero de serie es distinto, y así con todo, absurdo.

Estoy seguro de que esto es así (a excepción de algún matiz). De todas formas lo que acabo de decir es tal cual al menos en Boadilla, pues la ley así lo dice, y el sargento de la policía local así lo ha hecho dice el en dos ocasiones. Sin problemas.

¿Que ley dice eso.....? El Reglamento de Armas, desde luego no

 "Se modifica el articulo 28 del Reglamento de Armas de las categorias 3ª.3 4ª y 7ª.1.2.3 y 6"

Algunas de estas armas carecen de numeración, por lo que, con el fin de unificar criterios, se imparten las siguientes instrucciones:

La numeración de las mismas se realizará por un armero autorizado, debiendo cumplirse los siguientes condicionantes:

1.- El armero deberá solicitar de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policia y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), en lo sucesivo ICAE, asignación de número para realizar tal actividad.
2.- La numeración de las armas estará compuesta por grupos, separados entre si por guiones: Un primero grupo de cuatro digitos (correspondientes al número asignado a cada armero por la ICAE. Un segundo grupo de dos digitos (correspondientes a las dos ultimas cifras del año de numeración). El tercer grupo número secuencial de cada arma numerada (comenzando cada año por el número 1). A continuación de los digitos señalados iran las letras AS (abreviatura de Air Soft).
3.- Una vez realizada la numeración el armero deberá comunicar a la intervención de armas y Explosivos correspondiente a su demarcación, la numeración de las armas y el propietario de las mismas, grabando estos datos en el Sistema de Gestión de Armas.
4.- Por último, el armero deberá llevar un registro documental en el que quede constancia de la numeración, fecha de la misma, datos del colicitante y del arma.".

Eso es lo que dice la Ley, publicado en el BOE y por ahora lo que dice el Estado está por encima de lo que diga el Ayuntamiento; otra cosa es que nosostros nos hagamos los locos y nos interese mas como lo están haciendo en algunos Ayuntamientos; pero nos guste o no la ley es clara.


que ley dice eso ¿de que?

has dicho: "Se modifica el articulo 28 del Reglamento de Armas de las categorias 3ª.3 4ª y 7ª.1.2.3 y 6". ¿que es esto? He dicho yo algo sobre eso. Porque yo se estoy hablando del BOE de 5 de nero de 2013. El resto me da igual. He ido a la ICAE en persona y me han dicho que con el numero de serie que venga (el del fabricante, chino, japones donde sea) va de sobra. Es imposible que nadie sepa si es del fabricante o no, asi que no se a que te refieres.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Enero 17, 2013, 09:30:04 pm
este no es un post de discusiones porfavor no lo desvirtueis
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: extre en Enero 17, 2013, 10:07:55 pm
este no es un post de discusiones porfavor no lo desvirtueis

Cierto es, pido disculpas, y a ti en particular creador de este post. Simplemente que no entendía a la persona que ha puesto eso ni siquiera porque lo ha puesto.

Este post esta dedicado a facilitar información por municipio. Yo he dado la información sobre el Municipio de Boadilla del Monte, la que junto la vertida por las leyes, la guardia civil (ninguna), la policía local (ya lo han hecho en dos ocasiones y es tal como lo he puesto) y el icae correspondiente a este municipio.

Propongo que los moderadores tengan muy en cuenta este post y eliminen aquellos mensajes que son innecesarios como los mencionados he incluso este mismo. Gracias.

Si alguien es de Boadilla y le dice algo distinto el sargento de la policía (un hombre mayor)desde luego es importante que lo diga. Yo mañana voy a sacarme la tarjeta B.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Flanchi en Enero 17, 2013, 10:21:10 pm
Tres cantos

* Fotocopia de las facturas
* Declaración jurada de que no se va a usar con fines cinegéticos
* Completar la solicitud de la tarjeta de armas y los datos de la misma, además de una tarjeta de registro que se queda la GC

En ocasiones anteriores he puesto el n° de serie de la replica o lo he dejado en blanco si no lo tenia y me las dieron sin problema.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Enero 17, 2013, 11:25:58 pm
este no es un post de discusiones porfavor no lo desvirtueis

Pido perdón a todos, y tal y como en su día le dije a Copión.....

Copion, el tema de los números los tienes en http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59218.0 (http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59218.0).

Este hilo es sólo para poner lo que piden en cada Ayto.

Como castigo 10 flexiones.... ;D

........me pongo a hacer flexiones.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 18, 2013, 04:44:25 am
Si alguien es de Boadilla y le dice algo distinto el sargento de la policía (un hombre mayor)desde luego es importante que lo diga. Yo mañana voy a sacarme la tarjeta B.

Tu sacate una tarjeta tipo B para una semiautomática y ya verás que bien  :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Enero 18, 2013, 10:57:05 am
San Sebastián De Los Reyes.

Tarjeta de armas
Fotocopia de DNI
Certificado de Penales
Factura (con n° de serie)
Tasas "OJO" ,las tasas se cobran por TARJETA, DA IGUAL QUE METAS UNA REPLICA O SEIS el precio son 61,62 osea que cuidadin ya que si hoy registrais una y mañana otra os cobran eso por cada una.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 18, 2013, 12:28:30 pm
Bueno pues personado en intervencion de armas de Móstoles city y en PL el resultado es:

Al Ayuntamiento (mostrador de PL), hay que llevar las cartulinas (rellenado solo los datos personales, lo demas al entregarlas, para no cagarla), que MUY AMABLEMENTE me ha proporcionado la GC, (IA de Móstoles).
Llevar un volante de empadronamiento expedido para licencia de armas, (esperar la cola , en otra ventanilla en el mismo Ayto).
Llevar las ALD sin cargadores ni baterias.
Llevar las facturas originales, y ya esta, cuando este aprobado te llaman por telefono para que recojas la tarjeta de registro de las ALD, (tenían un montón).
coste 0€

El requisito indispensable es que tengan numero único de serie y este reflejado en la factura, da igual si la tienda es Española o no, ante la duda enseñárselo al PL (el numero de serie, que ya se lo que estáis pensando >:D).
Si no tiene el Nº de marras, hay que ir a un armero y que lo ponga, te de la documentación correspondiente y a seguir el mismo tramite que he puesto antes.
Esto es lo que me ha especificado Intervención de armas de la GC. puesto que el Policía Local no lo tenía claro y me remitió a la Benemérita, con lo  cual queda claro que si el Nº de serie esta grabado, y lo tenéis en factura, es valido, y no hay que llevarlas a volver a numerar/marcar/troquelar.
Las cartulinas que hay que llevar están en uno de los tres post que hay con lo mismo :=, pero ahora no encuentro, y es que 58 paginas... se las trae, puesto que con 4 hubiera valido, una es doble blanca QUE NO HAY QUE FIRMAR, y la otra es amarilla en tres partes puesto que hay que rellenar por triplicado.

ROMPER UNA LANZA POR LOS AGENTES DE G.C. Y DE P.L. DE MOSTOLES POR EL INTERES EN DARME LA MEJOR INFORMACIÓN POSIBLE
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 18, 2013, 12:59:39 pm
Perdón por el doble post,

Se me olvido poner que ellos (P. Local o Ayto.) verifican que no tengas antecedentes, por eso no te piden el certificado de penales, por eso tardan unos tres meses, (a mi me tardaron seis para la de perdigones).
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Weller en Enero 18, 2013, 01:44:32 pm
La verdad es que es un auténtico cachondeo que con la misma norma, cada ayuntamiento esté exigiendo unos requisitos distintos para el mismo fin.

Con lo sencillo que hubiera sido dejar claros estos requisitos en el propio B.O.E.... y así todos los ayuntamientos actuarían por igual...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Chema76 en Enero 21, 2013, 10:52:07 am
Buenas, acabo de llegar del ayuntamiento de Torrejon de Ardoz y me han dicho lo siguiente:
Hay que llevar fotocopia de dni, factura de compra ( no vale con el tiket de compra), las tarjetas amarilla y blanca y pagar las tasas.
Ahora bien, y esto es lo que me ha dejao loco, el policia me explica que se pueden meter 6 por tarjeta, pero que hay que traer una tarjeta por replica y lo mejor, hay que pagar de tasas 31.78 euros POR REPLICA¡¡¡¡¡¡.
Me he quedado tan estupefactado :o que se ha ido a preguntarle a otra persona, y a venido esta y me ha confirmado que es por replica. Personalmente creo que  ni ellos saben como hacerlo ya que me he ido a una tienda que esta cerca a preguntar y me han dicho que cada dia va alguien a la tienda diciendo una cosa distinta del ayuntamiento.
Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: extre en Enero 22, 2013, 03:22:44 pm
Si alguien es de Boadilla y le dice algo distinto el sargento de la policía (un hombre mayor)desde luego es importante que lo diga. Yo mañana voy a sacarme la tarjeta B.

Tu sacate una tarjeta tipo B para una semiautomática y ya verás que bien  :=

Lo primero, que ya se ha dicho que solo se hable en este post de tema relacionado al mismo y nada de punzones oxidadados para picar. Lo segundo, quien te a dicho a ti que me la vale a sacar de una semiautomática. Al menos que las escopetas doble eagle tipicas sean semiautomáticas. Dios que manía tiene la gente de sacarle punzada a todo, si el post esta para hablar de los municipios pues eso.

Ya puestos doy la información. Efectivamente una targeta de tipo b para una escopeta doble eagle, que tenia un numero de serie, con un contrato de compraventa, sin factura (esta discursion es absurda, la factura y el contrato de compra venta para el caso es lo mismo).En Boadilla del monte el viernes pasado es valido.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: victor861 en Enero 22, 2013, 03:59:01 pm
La verdad es que es un auténtico cachondeo que con la misma norma, cada ayuntamiento esté exigiendo unos requisitos distintos para el mismo fin.

Con lo sencillo que hubiera sido dejar claros estos requisitos en el propio B.O.E.... y así todos los ayuntamientos actuarían por igual...
Deja deja,entonces pondrian Psicotécnica,certificado de penales...y demás mierda innecesaria,osea,si esto fuera así,yo por lo menos no podria registrarlas,mas que nada por el dinero.
Por suerte en mi ayuntamiento,no hay tasas ni nada,solo necesitas el Nº de serie único y ya.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 22, 2013, 11:38:21 pm
Si alguien es de Boadilla y le dice algo distinto el sargento de la policía (un hombre mayor)desde luego es importante que lo diga. Yo mañana voy a sacarme la tarjeta B.

Tu sacate una tarjeta tipo B para una semiautomática y ya verás que bien  :=

Lo primero, que ya se ha dicho que solo se hable en este post de tema relacionado al mismo y nada de punzones oxidadados para picar. Lo segundo, quien te a dicho a ti que me la vale a sacar de una semiautomática. Al menos que las escopetas doble eagle tipicas sean semiautomáticas. Dios que manía tiene la gente de sacarle punzada a todo, si el post esta para hablar de los municipios pues eso.

Ya puestos doy la información. Efectivamente una targeta de tipo b para una escopeta doble eagle, que tenia un numero de serie, con un contrato de compraventa, sin factura (esta discursion es absurda, la factura y el contrato de compra venta para el caso es lo mismo).En Boadilla del monte el viernes pasado es valido.

No veo yo que estés hablando en este post del tema del hilo, pero bueno, supongo que eres tu el que decide de que se habla en el hilo y quien puede hablar.
En cuanto a la contestación que te dí, la idea era ayudarte, siento que no lo entendieras así, tal vez si hubieras contado desde el principio tu caso no hubieras dado lugar a ambigüedades.
En cuanto a registrar una escopeta como ALD me da que aún no está el tema muy claro, tanto la 4.1 como la 4.2 excluyen las que se asemejan a escopetas...otra cosa es que sea una interpretación muy a la ligera y finalmente para las ALD se permita, pero en todo caso está de por ver.
Y por último, si te contesto de forma tajante es porque tu lo has hecho primero, con esto zanjo la polémica, simplemente te contesto por alusiones...a partir de ahora hablamos de ayuntamientos y registros.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: extre en Enero 23, 2013, 06:28:44 am
Asunto zanjado, pero era yo el que contestaba por alusiones.Yo no soy quien decide quien habla o no, si no el titulo del post. Y si lees bien veras que he dado la información de la que se trata el post.

Sobre el tema de las escopetas, es simplemente por que cuando se hizo la ley estaba pensado por el tema de la caza, a dia de hoy puedes comprar pistolas, revolveres, e incluso AK (capados para 1 tiro si no me equivoco o rifles con forma de este), estpy hablando de fuego real. Ademas aqui no se trata de contar el caso de cada uno si no de hablar del funcionamiento de los municipios.

Mi escopeta esta actualmente registrada. Bien es cierto que la ley es clara respeto a lo comentado con el compañero, mi escopeta no tiene culata y es de tipo recortado con lo que no se asemeja a una real (legal).Que no me pusieran trabas por eso o no desconozco si es por conocimiento. Asi es en Boadilla del monte a dia de hoy.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CeFor en Enero 24, 2013, 10:10:02 am
Para todos aquellos que no tengan factura del arma porque sea de segunda mano o la hayan perdido, en algunos ayuntamientos, pueden certificar el arma como propia con una declaracion jurada. Eso si, debera llevar el nº de serie.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Enero 24, 2013, 08:56:30 pm
En torrejón de Ardoz:
- fotocopia del DnI
- Fotocopia de la factura con número de serie. No vale declaración jurada.
- Rellenar un papel de conformidad y buena conducta.
- Se necesita 3 tarjetas amarillas y 2 blancas por cada arma.
- Se debe abonar 31 euros por cada arma.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: yeyorca en Enero 25, 2013, 10:04:36 pm
En Lorca (Murcia) hace falta:

- Factura o contrato de compraventa firmado, ambos con número de serie. O una cosa o la otra.
- Fotocopia del dni.
- 3 Tarjetas amarilla y 1 blanca.
- Estar empadronado.

Tasa de 8 euros por cada vez que añades algún arma a la tarjeta (no importa número en cada ocasión).

Un saludo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Enero 25, 2013, 10:38:51 pm
Se deberia hacer un wiki o algo similar con toda la informacion, porque encontrar tu municipio en este post es harto complcado....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: MarkSaDe en Enero 25, 2013, 11:34:49 pm
...iremos añadiendo lo que se ponga aqui en el post fijo para tener todo junto[/color]


En cuanto tenga un rato libre (y ganas) me pongo a ello... ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Wendar en Enero 26, 2013, 01:03:21 pm
Hola a todos.
Espero que me podáis ayudar en una pequeña duda.javascript:void(0);
Es de todos ya sabido que hay que presentar fotocopia de la factura de la compra de ALD, pero mi pequeño problema es que en la factura aparece los datos de mi hermano ya que el compro la ALD, para regalármela a mi que yo voy a registrarla a mi nombre. Me han dicho que tengo que hacer un contrato de compra-venta, pero es que es un regalo no una compra-venta, no se si poner una compra-venta por un valor de 1 euro o hay algún tipo de contrato de cesión o regalo ????
Un saludo, espero alguna respuesta gracias.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brox89 en Enero 26, 2013, 03:02:32 pm
Hola a todos.
Espero que me podáis ayudar en una pequeña duda.javascript:void(0);
Es de todos ya sabido que hay que presentar fotocopia de la factura de la compra de ALD, pero mi pequeño problema es que en la factura aparece los datos de mi hermano ya que el compro la ALD, para regalármela a mi que yo voy a registrarla a mi nombre. Me han dicho que tengo que hacer un contrato de compra-venta, pero es que es un regalo no una compra-venta, no se si poner una compra-venta por un valor de 1 euro o hay algún tipo de contrato de cesión o regalo ????
Un saludo, espero alguna respuesta gracias.

Si la ha comprado en tienda fisica y os pilla cerca, que os hagan una factura a tu nombre y te quitas de complicaciones
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 26, 2013, 09:39:50 pm
Hola a todos.
Espero que me podáis ayudar en una pequeña duda.javascript:void(0);
Es de todos ya sabido que hay que presentar fotocopia de la factura de la compra de ALD, pero mi pequeño problema es que en la factura aparece los datos de mi hermano ya que el compro la ALD, para regalármela a mi que yo voy a registrarla a mi nombre. Me han dicho que tengo que hacer un contrato de compra-venta, pero es que es un regalo no una compra-venta, no se si poner una compra-venta por un valor de 1 euro o hay algún tipo de contrato de cesión o regalo ????
Un saludo, espero alguna respuesta gracias.

Que vaya contigo a registrarla y explicais el tema, creo que es comprensible y os lo pasarán. Sino contrato de compraventa por valor de 0€ especificais en el contrato que es un regalo y punto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: El Padrino en Enero 27, 2013, 09:19:01 am
Hola, tengo un par de dudas, a cerca de la tarjeta, leo todos los hilos del foro, casi siempre me veréis conectado, pero la verdad es que hablo poco, porque para no decir nada. :P

Bueno, al tema, yo soy de Madrid(Carabanchel), ¿el Ayuntamiento que me corresponde es el de la calle Albarracín?¿Alguien sabe si ponen alguna traba para los contratos de compra-venta?

Lo demás lo tengo claro, que si número de serie, facturas, psicotécnicos.... Como tampoco voy a registrar el arsenal de Rambo.

Me falta una factura, otra que tengo que pedir a la tienda, a ver si son tan amables de hacérmela, ya que fue un regalo(masqairsoft), etc.


Gracias de antemano.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Wendar en Enero 27, 2013, 11:16:50 am
Hola a todos.
Lo 1º las gracias a las respuestas de: brox89 y Yogui. Seguiré el consejo de este ultimo, haré un contrato de cesión gratuita por valor 0 euros y en algún punto escribiré que es un regalo como aclaraciones y con la fotocopia del DNI de mi hermano espero que seha suficiente cuando haga la tarjeta en Madrid capital en la calle Albarracín.
Un saludo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brox89 en Enero 27, 2013, 11:38:00 am
Lo que haria yo personalmente seria ir al ayto correspondiente y preguntaria si aceptan el contrato de compra-venta, si es asi perfecto, si no, no creo que al de la tienda le cueste ningun trabajo hacer una factura nueva.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: MarkSaDe en Enero 27, 2013, 01:37:15 pm

Actualizacion del post fijo con los datos que ya se van sabiendo, (http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59188.msg466754#top)  y ademas, una respuesta con todos los Ayuntamientos que habeis ido aportando. (http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59188.msg466754#msg466754)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sarge en Enero 27, 2013, 11:06:03 pm
Galdakao,Vizcaya a 9 km de Bilbao

Nº de serie DNI y 3 euros,te facilitan todas las tarjetas que quieras (sin limite) y ni piden penales ni facturas ni nada mas.

En 15 dias todo correcto
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 28, 2013, 01:21:44 pm
Bueno señores en vista de que para el uso de nuestras replicas de Airsoft (ya que van a ser requeridas por campos y autoridad pertinente) vamos a tener que sacar otra tarjeta adicional del municipio donde esté el campo al que vayamos a jugar, en vista a lo que dice el C.I.P.A.E. en su reunión del 24/03/1999 las tarjetas de armas podrán ser expedidas por el Ayuntamiento en cuestión a personas que por diversas razones residan o estén empadronadas en otro municipio:

Dejo enlace del Informe que me han expedido por si hiciera falta presentarlo en algún Ayuntamiento donde se encuentre un campo de Airsoft y que se ponga pesado con el requisito del empadronamiento en la expedición de la tarjeta de aquellos jugadores que la soluciten para poder jugar:

http://usaairsofters.foroactivo.com/t250-nueva-normativa-en-vigor-de-la-regularizacion-del-aisoft-debate#478 (http://usaairsofters.foroactivo.com/t250-nueva-normativa-en-vigor-de-la-regularizacion-del-aisoft-debate#478)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: virus en Enero 28, 2013, 01:58:41 pm
Buenas compañeros.

Tengo unas duditas y mi idea era no crear otro post.

Tengo dos replicas Marui: Steyr Aug y una mk23 SOCOM. Ambas con el número de serie que trae Marui. ¿Estos números de serie me valdrían?
Se que no se ajustan a la numeración estandar como he visto en el foro, pero supongo que si compras un "arma" en otro país su numeración no sera igual, ¿no?. (Si estoy equivocado decirmelo porque mis conocimientos de registros de armas es nulo). Ej de numeración de 6 dígitos marui: 2* 0***.

Y segundo, las replicas las compre hace mucho y perdí las facturas cuando estuve de reformas. La tienda en cuestión ha cerrado y pense en hacer un contrato de compra venta como bien se aconseja aqui. ¿Podría poner los datos de mi madre y que figure que es un regalo?.

Muchas gracias por vuestro tiempo de antemano compañeros.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 28, 2013, 02:20:27 pm
El numero de serie es de la casa Tokio Marui, esos numeros digo yo que son a nivel mundial asiq te valen para registrarlas. Ya sabes que el numero de serie tiene que ser grabado no dibujado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Javos en Enero 28, 2013, 02:29:12 pm
Coslada:

Troquelacion OBLIGATORIA por parte de un armero autorizado, ahora mismo en madrid hay dos, y un tercero que esta en tramites, aunque habra mas. NO valen los numeros de serie de las replicas, sean unicos o no. La unica numeracion LEGAL que es la que la GC acepta son lso numeros de serie que salieron el 2008 me parece, con el año, mes, dos cifras y AS. Si los aytos piden otra cosa, no es valido. En caso de multa por parte de GC es recurrible por que es culpa del ayto que pide los requisitos.

  -Armeria Iberica (http://www.armeriaiberica.com/)
  -Armeria Soldiers (http://www.soldiers.es)

El troquelado es aquel de hace unos años, el que pide la GC

Documentacion necesaria es:


Un triptico amarillo (la llamada tarjeta de armas) en el cual vienen tres tarjetas amarillas y cada una puede tener 6 armas de categoria A o B (segun sean automaticas o semi automaticas) Los dan las armerias, CUALQUIERA, este autorizada o no para troquelar. Las rellenan ellos (la policia) con el arma, numero de serie y calibre, tipo A o B y es la que te quedas tu.

Dos dipticos blancos (tarjeta blancas) que rellenan ellos igual, y se queda uno la GC y otro el Ayto, para tener el registro centralizado y guardado. Se pide en la misma armeria donde pides el triptico amarillo

Despues, tengo que pedir en el ayto o descargar de su pagina (http://coslada.es/semsys/ciudadanos/impresos-administrativos/viewer/3269, en el apartado de solicitud de licecias varias)

Fotocopia del DNI

Facturas de la compra de armas

Las armas ludico deportivas en si

El pago de las tasas (yo llevare toda la documentacion antes, y cuando me digan que esta todo en orden, pago las tasas y llevo las armas ludico deportivas a la Policia Local) que son 20€ aprox por arma ludico deportiva

Certificado de penales y empadronamiento, que son ellos los que lo miran, no tengo que llevar nada. No me han dicho nada del psicotecnico, ni lo he visto en la circular que tenian ellos.



Y ya esta, una vez todo los tramites realizados, llevan el triptico y diptico al ayto, el alcalde firma, y cuando me lo dan, quedan registradas. Me enseñaron varios modelos de alguno que ya habia registrado. Por lo visto es un metodo parecido o similar a las armas de aire comprimido y las tasas son las mismas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ90 en Enero 28, 2013, 03:28:13 pm
alguien sabe el procedimiento para el municipio de leganes???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Enero 28, 2013, 03:46:08 pm
El numero de serie es de la casa Tokio Marui, esos numeros digo yo que son a nivel mundial asiq te valen para registrarlas. Ya sabes que el numero de serie tiene que ser grabado no dibujado.

Los numeros de serie de Marui nunca son unicos. Todas las unidades de un modelo tienen el mismo.

Dehecho se da la circunstancia ue marcas que han copiado el diseño a Marui tambien han copiado el numero de serie....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 28, 2013, 04:10:32 pm
alguien sabe el procedimiento para el municipio de leganes???

En nuestro Foro tienes un Post mio con toda la informacion y como hacerlo para Leganes, por si tr interesa.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jocar en Enero 28, 2013, 09:43:11 pm
Una cuestión, a ver si alguno me puede decir algo al respecto, o está en una situación similar a la mía... Yo tengo réplicas en Madrid, donde estoy empadronado ahora, concretamente empadronado en el pueblo de Colmenarejo.
Pero soy de Málaga y allí también tengo algunas réplicas, ya que cuando voy me gusta echar un rato con los amigos... Que hago entonces?? Tendría que registrarlas todas aquí donde estoy empadronado?  ¿No podría tener después problemas con las réplicas que tengo en Málaga si resulta que las tengo registradas en otra Comunidad, en este caso?

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ovatha en Enero 28, 2013, 10:40:55 pm
Coslada:

Troquelacion OBLIGATORIA por parte de un armero autorizado, ahora mismo en madrid hay dos, y un tercero que esta en tramites, aunque habra mas. NO valen los numeros de serie de las replicas, sean unicos o no. La unica numeracion LEGAL que es la que la GC acepta son lso numeros de serie que salieron el 2008 me parece, con el año, mes, dos cifras y AS. Si los aytos piden otra cosa, no es valido. En caso de multa por parte de GC es recurrible por que es culpa del ayto que pide los requisitos.

  -Armeria Iberica (http://www.armeriaiberica.com/)
  -Armeria Soldiers (http://www.soldiers.es)

El troquelado es aquel de hace unos años, el que pide la GC

Documentacion necesaria es:


Un triptico amarillo (la llamada tarjeta de armas) en el cual vienen tres tarjetas amarillas y cada una puede tener 6 armas de categoria A o B (segun sean automaticas o semi automaticas) Los dan las armerias, CUALQUIERA, este autorizada o no para troquelar. Las rellenan ellos (la policia) con el arma, numero de serie y calibre, tipo A o B y es la que te quedas tu.

Dos dipticos blancos (tarjeta blancas) que rellenan ellos igual, y se queda uno la GC y otro el Ayto, para tener el registro centralizado y guardado. Se pide en la misma armeria donde pides el triptico amarillo

Despues, tengo que pedir en el ayto o descargar de su pagina (http://coslada.es/semsys/ciudadanos/impresos-administrativos/viewer/3269, en el apartado de solicitud de licecias varias)

Fotocopia del DNI

Facturas de la compra de armas

Las armas ludico deportivas en si

El pago de las tasas (yo llevare toda la documentacion antes, y cuando me digan que esta todo en orden, pago las tasas y llevo las armas ludico deportivas a la Policia Local) que son 20€ aprox por arma ludico deportiva

Certificado de penales y empadronamiento, que son ellos los que lo miran, no tengo que llevar nada. No me han dicho nada del psicotecnico, ni lo he visto en la circular que tenian ellos.



Y ya esta, una vez todo los tramites realizados, llevan el triptico y diptico al ayto, el alcalde firma, y cuando me lo dan, quedan registradas. Me enseñaron varios modelos de alguno que ya habia registrado. Por lo visto es un metodo parecido o similar a las armas de aire comprimido y las tasas son las mismas.

LLamé la saemana pasada, y no lo tenían tan claro. Me dijeron que la factura es OBLIGATORIA, y que no vale declaración jurada, ni nada de nada, una putada teniendo en cuenta que tengo replicas compradas a Rober hace la tira de años. Sabes si han levantado la mano respecto al tema de la factura?

También llamé a San fernando, y directamente me dijeron que lo estaban estudiando y que aún no habían legalizado ninguna, que llamase a finales de esta semana que lo tendrían ya preparado
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Javos en Enero 28, 2013, 11:42:28 pm


LLamé la saemana pasada, y no lo tenían tan claro. Me dijeron que la factura es OBLIGATORIA, y que no vale declaración jurada, ni nada de nada, una putada teniendo en cuenta que tengo replicas compradas a Rober hace la tira de años. Sabes si han levantado la mano respecto al tema de la factura?

También llamé a San fernando, y directamente me dijeron que lo estaban estudiando y que aún no habían legalizado ninguna, que llamase a finales de esta semana que lo tendrían ya preparado

Pues a mi me han apuntado especificaciones, y me han enseñado dos tarjetas en tramite de otros airsofters. La factura es obligatoria. Palabras textuales de la policia "Seguro que tienes la factura de cuando se la compraste a tu vecino Pedro el del 3º, y si no, seguro que tiene un excel perfecto para hacer facturas..." Vamos, que te la hagas tu, hay un excel con el modelo de factura a rellenar. Nada de declaraciones juradas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: El Padrino en Enero 28, 2013, 11:50:34 pm

 "Seguro que tienes la factura de cuando se la compraste a tu vecino Pedro el del 3º, y si no, seguro que tiene un excel perfecto para hacer facturas..."

Si ya nos vamos a poner a hacer facturas falsificadas..... :P .

Yo alucino con la Administración, y se habrá quedado tan ancho el Señor PL diciéndote eso, jajjaa. ;D

Por cierto, si es así me imagino que nos podemos inventar tambien el nombre de la tienda, en mi factura va a aparecer "TOCAMELAIRSOFT.ES", verás que cara que pone el GC de turno.

Ya lo dejo que tengo que ver como va eso del Excel.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 30, 2013, 12:01:54 pm
Bueno, pues me acaban de llamar de PL de Móstoles para decirme que han encontrado a otra persona con el mismo Nº de serie en la replica, y que nos van a citar a los dos para que las llevemos y poder verlas al mismo tiempo, por lo que al final, menos unas pocas que SI tienen Nº único, a todos nos va a tocar llevarlas al armero a troquelar :=, como ya vaticino mas de uno por estos lares.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 30, 2013, 06:12:04 pm
ATENCION, ATENCION... ULTIMA HORA

El lunes lleve mis replicas al ayto. de Móstoles a registrar y hoy, mas concretamente esta tarde, se han presentado 2 agentes de Policia Local, a preguntar por mi en el vecindario, cosas como cuanto tiempo llevo viviendo alli, si he tenido problemas con alguien, si soy problematico, que caracter tengo, incluso con una especie de formulario en el que anotaban, así si hay algún broncas en este ayuntamiento, que se olvide, que seguramente le pondran pegas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Enero 30, 2013, 06:38:44 pm
Requisitos para Arroyomolinos (Madrid)

- Factura (No aceptan ni declaraciones juradas ni contratos de compra-venta)
- Fotocopia del DNI
- Certificado de penales

Y ya esta. Nada de troquelados, numeros de serie los que traigan las replicas sin mas, que mientras sean individuales y correlativos SON VALIDOS. Llevar la replica con la factura para ver que los numeros coinciden y a correr.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 30, 2013, 06:52:38 pm
Requisitos para Arroyomolinos (Madrid)

- Factura (No aceptan ni declaraciones juradas ni contratos de compra-venta)
- Fotocopia del DNI
- Certificado de penales

Y ya esta. Nada de troquelados, numeros de serie los que traigan las replicas sin mas, que mientras sean individuales y correlativos SON VALIDOS. Llevar la replica con la factura para ver que los numeros coinciden y a correr.

SI, SI, eso mismo me dijeron a mi... pero hoy a cambiado la pelicula, en cuanto han visto 2 replicas con el mismo numero.

Y me han llamado dos vecinos mas para decirme que ha estado la PL en su puerta preguntando sobre mi comportamiento, confio que el que me tiene mania no estubiera en casa. JUASJUASJUAS
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Enero 30, 2013, 06:55:26 pm
Me reuni con el jefe de la PL ayer y me dijo exactamente eso, es mas, estaban barajando no prestar atencion en cuanto a si los numeros eran correlativos o no, hacer que simplemente coincidan entre los de la replica y la tarjeta. Esto ayer mismo. Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales, mientras las replicas cumplan eso, aqui no van a obligar a troquelar nada, dicho por ellos mismos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Enero 30, 2013, 07:01:56 pm
Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales

Si son correlativos e individuales, no pueden estar repetidos...  ;D ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Enero 30, 2013, 07:13:08 pm
En mi caso tengo la suerte de que mi M4 tiene una letra metida por ahi por medio del numero de serie, asi que ya tiene que haber coincidencias para que haya dos M4 de marca distinta que coincidan en posicion de numeros y de letras... :P

El problema de todo esto es que estamos enmedio y siempre salimos perjudicados, un ayuntamiento dice A, otro dice B, no queda otra que atenerse a lo que diga cada ayuntamiento, y si luego no coincide con lo que el ICAE o quien sea dice, es ya cosa del ayuntamiento...

Aun asi yo por ahora no voy a registrarlas hasta que siga sin haber algo claro. Se sepa que soy el primero que esta en desacuerdo con los "metodos" que se estan siguiendo, lo suyo hubieran sido unas directrices a nivel nacional, que en cuanto a la replica exigieran lo mismo en todas partes, luego ya tema certificados y demas, cosa de cada ayuntamiento.

Si a mi mi ayuntamiento me dice que no tengo que troquelar, no troquelo, luego son ellos los que se tienen que arreglar con quien sea llegado el momento, no yo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 30, 2013, 07:20:16 pm
Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales


Estamos diciendo lo mismo.

Todos sabemos los numeros que son "de pega" en nuestras replicas, luego hay otros que nos llevan a la duda, pero en los que estamos seguros si no quieres ir otra vez al ayto. de turno te toca troquelar, antes por decisión propia, o despues por decisión administrativa.
En mi caso ha sido una M9A1 de KJW, asi ya sabeis los que tengais una...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Enero 30, 2013, 07:25:37 pm
y si hacemos una manifestacion, que estan de moda, todos a sol con nuestras ALD !!!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Enero 30, 2013, 07:30:07 pm
Eso me suena...XD

A ver, yo solo digo lo que me transmiten, y como ya he dicho no estoy de acuerdo en como se estan haciendo las cosas. Pero es lo que nos toca.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Enero 30, 2013, 08:23:13 pm
y si hacemos una manifestacion, que estan de moda, todos a sol con nuestras ALD !!!!

y hacemos una partidilla o eso ya no?  :=  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Enero 30, 2013, 08:31:54 pm
y si hacemos una manifestacion, que estan de moda, todos a sol con nuestras ALD !!!!

Se montaria la de S. Quintin y nos pondrían de terroristas para arriba, alarma social... quita quita,
Aunque por falta de ganas no es...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Birutass en Enero 30, 2013, 10:01:55 pm
Alguien sabe que piden en parla
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 31, 2013, 07:54:07 am
Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales

Si son correlativos e individuales, no pueden estar repetidos...  ;D ;D ;D


+1000  parece que todavía hay gente que no se quiere enterar de esto...si el número es individual no tiene porque haber problemas, ahora bien si no nos queremos molestar en enterarnos  de si nuestro número es único y queremos metersela al ayuntamiento a ver si cuela luego no nos lamentemos si nos llaman y nos hacen troquelar. SI TU NUMERO ES DE ADORNO HAY QUE TROQUELAR SI O SI.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Purple en Enero 31, 2013, 08:10:09 am
En Parla te piden, Psicotécnico y Penales.  Las tasas por tarjeta no llegan a los 15 €, te puedes descargar el modelo de solicitud de la página web del Ayuntamiento.  Las ALDs tienen que estar punzonadas, en Parla además, tienes una armería autorizada para punzonar, "Armería Ibérica" que es, que yo conozca, la más barata de Madrid, 9 € por punzonado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Enero 31, 2013, 06:36:51 pm
Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales

Si son correlativos e individuales, no pueden estar repetidos...  ;D ;D ;D


+1000  parece que todavía hay gente que no se quiere enterar de esto...si el número es individual no tiene porque haber problemas, ahora bien si no nos queremos molestar en enterarnos  de si nuestro número es único y queremos metersela al ayuntamiento a ver si cuela luego no nos lamentemos si nos llaman y nos hacen troquelar. SI TU NUMERO ES DE ADORNO HAY QUE TROQUELAR SI O SI.

Sin animo de ofender Yogui, parece que los que no os quereis enterar sois otros. Repito, ultima vez: es lo que dice la PL de donde yo vivo.

A la PL le interesa (dicho por ellos) que (en mi caso), solo haya UN Lone Star Border Patrol SWAT SBR con X numero. Te garantizo que con esa descripcion SOLO HAY UNO. Puede haber un Lone Star M4 Carbine con el mismo numero? SI. Pero para ellos NO ES LA MISMA REPLICA (es que tampoco lo es...)

A ver si asi queda claro, y a ver si nos enteramos de que ELLOS son los que lo dicen, no yo.

PD: Lo del troquelado sigue pareciendome de risa, el ICAE aun no se ha pronunciado con nada al respecto, asi que troquelad, troquelad que luego cuando no valga...y sigamos sin leer el RA respecto a los troquelados. Lo del SI o SI, es mas bien NO o DEPENDE.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Febrero 01, 2013, 10:33:44 am
Es mas me dijo que el RA solo especifica que los numeros de serie han de ser correlativos e individuales

Si son correlativos e individuales, no pueden estar repetidos...  ;D ;D ;D


+1000  parece que todavía hay gente que no se quiere enterar de esto...si el número es individual no tiene porque haber problemas, ahora bien si no nos queremos molestar en enterarnos  de si nuestro número es único y queremos metersela al ayuntamiento a ver si cuela luego no nos lamentemos si nos llaman y nos hacen troquelar. SI TU NUMERO ES DE ADORNO HAY QUE TROQUELAR SI O SI.

Sin animo de ofender Yogui, parece que los que no os quereis enterar sois otros. Repito, ultima vez: es lo que dice la PL de donde yo vivo.

A la PL le interesa (dicho por ellos) que (en mi caso), solo haya UN Lone Star Border Patrol SWAT SBR con X numero. Te garantizo que con esa descripcion SOLO HAY UNO. Puede haber un Lone Star M4 Carbine con el mismo numero? SI. Pero para ellos NO ES LA MISMA REPLICA (es que tampoco lo es...)

A ver si asi queda claro, y a ver si nos enteramos de que ELLOS son los que lo dicen, no yo.

PD: Lo del troquelado sigue pareciendome de risa, el ICAE aun no se ha pronunciado con nada al respecto, asi que troquelad, troquelad que luego cuando no valga...y sigamos sin leer el RA respecto a los troquelados. Lo del SI o SI, es mas bien NO o DEPENDE.

Pues que quieres que te diga, en Barcelona, una armería con mucha solera, me acaban de comentar que les acaba de llegar el permiso ministerial para troquelar las ALD.

Por eso creo que cuando la ICAE se pronuncie veo a todo el mundo buscando donde les pueden poner el número de marras, aunque esto es solo una suposición basada en esta información.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: AgusYoh en Febrero 04, 2013, 02:02:10 pm
Bueno, acabo de llamar al ayuntamiento de altea (C.V) y creo que la que me ha atendido se ha enterado de poco... Me ha dicho que tengo que presentar una copia de la factura, dni y volante de empadronamiento. También piden la documentación del arma ?????? La he preguntado pero no sabia lo que era. Me ha dicho que me pase por el cuartel de la PL y allí me dirán. Creo que no me ha entendido y me ha dicho los requisitos de un arma de verdad... Ahora no se si empadronarme aquí en madrid o hacerme el viajecito de 400km para que luego me digan que faltan cosas...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Copion en Febrero 04, 2013, 02:32:55 pm
Alguien sabe como va en Coslada?? (madrid)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: AgusYoh en Febrero 04, 2013, 02:39:29 pm
Alguien sabe como va en Coslada?? (madrid)

Coslada:

Troquelacion OBLIGATORIA por parte de un armero autorizado, ahora mismo en madrid hay dos, y un tercero que esta en tramites, aunque habra mas. NO valen los numeros de serie de las replicas, sean unicos o no. La unica numeracion LEGAL que es la que la GC acepta son lso numeros de serie que salieron el 2008 me parece, con el año, mes, dos cifras y AS. Si los aytos piden otra cosa, no es valido. En caso de multa por parte de GC es recurrible por que es culpa del ayto que pide los requisitos.

  -Armeria Iberica (http://www.armeriaiberica.com/)
  -Armeria Soldiers (http://www.soldiers.es)

El troquelado es aquel de hace unos años, el que pide la GC

Documentacion necesaria es:


Un triptico amarillo (la llamada tarjeta de armas) en el cual vienen tres tarjetas amarillas y cada una puede tener 6 armas de categoria A o B (segun sean automaticas o semi automaticas) Los dan las armerias, CUALQUIERA, este autorizada o no para troquelar. Las rellenan ellos (la policia) con el arma, numero de serie y calibre, tipo A o B y es la que te quedas tu.

Dos dipticos blancos (tarjeta blancas) que rellenan ellos igual, y se queda uno la GC y otro el Ayto, para tener el registro centralizado y guardado. Se pide en la misma armeria donde pides el triptico amarillo

Despues, tengo que pedir en el ayto o descargar de su pagina (http://coslada.es/semsys/ciudadanos/impresos-administrativos/viewer/3269, en el apartado de solicitud de licecias varias)

Fotocopia del DNI

Facturas de la compra de armas

Las armas ludico deportivas en si

El pago de las tasas (yo llevare toda la documentacion antes, y cuando me digan que esta todo en orden, pago las tasas y llevo las armas ludico deportivas a la Policia Local) que son 20€ aprox por arma ludico deportiva

Certificado de penales y empadronamiento, que son ellos los que lo miran, no tengo que llevar nada. No me han dicho nada del psicotecnico, ni lo he visto en la circular que tenian ellos.



Y ya esta, una vez todo los tramites realizados, llevan el triptico y diptico al ayto, el alcalde firma, y cuando me lo dan, quedan registradas. Me enseñaron varios modelos de alguno que ya habia registrado. Por lo visto es un metodo parecido o similar a las armas de aire comprimido y las tasas son las mismas.
;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: MarkSaDe en Febrero 04, 2013, 02:40:49 pm

Alguien sabe como va en Coslada?? (madrid)

Esta en el post fijo http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59188.0
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: nebiro en Febrero 05, 2013, 02:30:54 pm
los que ya teneis los tramites hechos, os han cobrado las tasas una vez o una vez por tarjeta (en caso de tener armas de las dos categorias)??

es que en sanse son 62 eurazos de tasa, y me da que me va a tocar pagar eso por cada tarjeta... mas resto de tramites...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Febrero 05, 2013, 04:22:48 pm
En efecto pagaras 62€ por cada tipo de tarjeta, A (las de acción semi/auto) y B (muelle o resorte)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: El Padrino en Febrero 05, 2013, 04:42:11 pm
OK, pero en Madrid al ser una tarjeta por ALD, pregunto: 2 electricas, tarjeta tipo A =40 y pico euros. 2 cerrojo,tarjeta tipo B= 40 y pico euros, ¿no?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 05, 2013, 05:55:22 pm
en madrid ciudad se comentaba que eran 20 y pico € por replica, con una tarjeta para cada replica
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Febrero 05, 2013, 06:07:02 pm
en madrid ciudad se comentaba que eran 20 y pico € por replica, con una tarjeta para cada replica

En efecto "El Padrino", como dice Nelo son 20,75€ por cada replica, mucho ojo, por cada replica un expediente (una solicitud, una carta de pago con sus 20,75€ pagados, copia DNI compulsado, copia Psicotecnico y antecedentes compulsados, factura etc)

Mucho ojo la carta de pago de la Tasa no imprimais la misma varias veces para que os sirva para las demás replicas, porque si no llevan el mismo nº de justificante y no vale. Teneis que abrir la ventanita de nuevo y rellenar una nueva carta de pago par aque os salga diferente numero de justificante!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Lowin en Febrero 07, 2013, 12:01:15 pm
Esta mañana, me he encontrado con la vecina de enfrente de mi puerta y me ha contado que vinieron los municipales a su casa preguntando por mí… qué si yo vivía enfrente, qué tipo de persona era y si había tenido problemas con algún vecino.... he flipado!!
Le dijeron que eran preguntas rutinarias porque he solicitado un “permiso” de armas
¿De verdad hacen esto con todos los que hemos tramitado las tarjetas?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Febrero 07, 2013, 12:05:46 pm
Esta mañana, me he encontrado con la vecina de enfrente de mi puerta y me ha contado que vinieron los municipales a su casa preguntando por mí… qué si yo vivía enfrente, qué tipo de persona era y si había tenido problemas con algún vecino.... he flipado!!
Le dijeron que eran preguntas rutinarias porque he solicitado un “permiso” de armas
¿De verdad hacen esto con todos los que hemos tramitado las tarjetas?


Si es algo habitual y realmente no me parece mal que lo hagan cuando son armas, que en este caso, me parece absurdo que las FCS tengan que perder el tiempo en esto.... que son replicas en fin...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 07, 2013, 12:21:01 pm
Pues a mi me parece fatal...porque yo no tengo que llevarme bien con el vecino de enfrente.....porque lo que yo haga en mi vida no tiene porque saberlo todo el mundo....porque crea alarmismo de manera innecesaria...por dios...que esto no es un arma letal coño!!

Pues anda...que si preguntan a mis vecinos que no saben ni como me llamo....que no he tenido trato ninguno con ellos..y una de las vecinas me mira con cara de asco porque un dia la oi cantandole a su hija pequeña la cancion del mamut a traves de la pared y me empece a descojonar ( y creo que me oyo :P )

Asi va españa...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Raider en Febrero 07, 2013, 01:59:39 pm
XD¡¡¡ pero entonces que es lo que hacen con la gente que solicita tarjeta para armas reales...???

les hacen pasar por el detector de mentiras y que los examine un Psicólogo???  := := :=

Dios que follón por unos juguetes tirabolas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Febrero 07, 2013, 06:14:55 pm
Pues a mi me parece fatal...porque yo no tengo que llevarme bien con el vecino de enfrente.....porque lo que yo haga en mi vida no tiene porque saberlo todo el mundo....porque crea alarmismo de manera innecesaria...por dios...que esto no es un arma letal coño!!

Pues anda...que si preguntan a mis vecinos que no saben ni como me llamo....que no he tenido trato ninguno con ellos..y una de las vecinas me mira con cara de asco porque un dia la oi cantandole a su hija pequeña la cancion del mamut a traves de la pared y me empece a descojonar ( y creo que me oyo :P )

Asi va españa...

Coño, pero si yo creía que todas las policías estaban perfectamente intercomunicadas y cruzaban datos...al menos eso es lo que  alguien dijo hace poco   :=  MODO IRÓNICO OFF

Eso que hacen es cuando menos ilegal...si a mi me dice la PL que no me da la tarjeta porque la vecina dice que soy mala persona y problemática y resulta que no tengo ninguna sentencia en contra que lo corrobore que se prepare la policía y la vecina que van al Juzgado.
Para eso existen los penales o sino que soliciten antecedentes a la GC o P.N....mucha protección de datos y luego son las administraciones las que no lo cumplen  :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Lowin en Febrero 08, 2013, 12:44:43 am
Pues a mi me parece fatal...porque yo no tengo que llevarme bien con el vecino de enfrente.....porque lo que yo haga en mi vida no tiene porque saberlo todo el mundo....porque crea alarmismo de manera innecesaria...por dios...que esto no es un arma letal coño!!

Pues anda...que si preguntan a mis vecinos que no saben ni como me llamo....que no he tenido trato ninguno con ellos..y una de las vecinas me mira con cara de asco porque un dia la oi cantandole a su hija pequeña la cancion del mamut a traves de la pared y me empece a descojonar ( y creo que me oyo :P )

Asi va españa...

Coño, pero si yo creía que todas las policías estaban perfectamente intercomunicadas y cruzaban datos...al menos eso es lo que  alguien dijo hace poco   :=  MODO IRÓNICO OFF

Eso que hacen es cuando menos ilegal...si a mi me dice la PL que no me da la tarjeta porque la vecina dice que soy mala persona y problemática y resulta que no tengo ninguna sentencia en contra que lo corrobore que se prepare la policía y la vecina que van al Juzgado.
Para eso existen los penales o sino que soliciten antecedentes a la GC o P.N....mucha protección de datos y luego son las administraciones las que no lo cumplen  :=

Tienes razon! mi vecina se asusto cuando le dijeron que habia solicitado un permiso para armas! yo creo que por eso me lo conto, para cotillear que armas tengo... lo normal seria que vengan a mi casa para comprobar que vivo ahi y poco mas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Khenu en Febrero 08, 2013, 10:26:05 am
Bueno, bueno, tranquilos hombre... que los policías están acostumbrados a detectar "arpías locales". Si seguro que les dan un cursillo para eso :P

Por otro lado, este tipo de cosas es habitual en ciertos casos y municipios. cuando vas a obtener un Certificado Nacional de Seguridad, también pasa...

Otra cosa es que tu vecina sea una tejemanejes cotilla y le guste más darle a la lengua que ná >:(. Ante esos casos, lo mejor suele ser atajarle los rumores explicándoselo... pero con cuidado, que hay gente con muy mala leche por ahí.

O si no, siempre puedes decirle que te vas a comprar un tanque... seguro que alguno se lo cree! ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Febrero 08, 2013, 12:28:30 pm
Hola a todos, por fin he conseguido hablar con la GU de Barcelona que lleva el tema del registro de armas de 4ª categoría, a costado que cojan el teléfono. Les he preguntado para registrar marcadoras que tengan número pero que este no esté reflejado en la factura, me han dicho que en ese caso haciendo una declaración jurada de que tienes esa "arma" es suficiente para poderla registrar.

Claro, me ha preguntado si tiene número, por lo que habría que asegurarse de que son únicos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Febrero 08, 2013, 12:58:11 pm
Esta mañana, me he encontrado con la vecina de enfrente de mi puerta y me ha contado que vinieron los municipales a su casa preguntando por mí… qué si yo vivía enfrente, qué tipo de persona era y si había tenido problemas con algún vecino.... he flipado!!
Le dijeron que eran preguntas rutinarias porque he solicitado un “permiso” de armas
¿De verdad hacen esto con todos los que hemos tramitado las tarjetas?


JAJAJAJA, a mi me ha pasado lo mismo, y me llamaron al móvil luego 3 vecinos para decírmelo asustados, porque no les explicaron por que estaban investigando, (me llevo muy bien con ellos), pero lo cojonudo es que para la de perdigones, que si puede ser letal, no lo hicieron.
Lo peor es que también fueron a mi casa, y mi mujer se alarmo al verlos, por si me hubiera pasado algo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Febrero 08, 2013, 05:19:33 pm
En el Ayuntamiento de San Fernando piden:
1-Solicitud normalizada rellena y firmada por el interesado.
2-Impreso de Tarjeta de armas (uno de color amarillo 3 copias y otro de color blanco dos copias).
3-Certificado negativo de antecedentes penales.
4-Certificado medico oficial de aptitudes psicofisicas para permiso de armas.
5-Fotocopia de la factura o facturas de compras de las replicas.
6-Fotografía de la replica o replicas tamaño 10x15.
7-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica (3,30 por cada replica)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: AntraXJor en Febrero 08, 2013, 05:44:31 pm
Pues a mi me parece fatal que hagan eso de ir preguntando y mucho menos que les digan a los vecinos que estás solicitando un permiso de armas, que en éste caso en realidad ni lo son, nadie tiene que saber que tienes armas ,sean de fuego ó de bolitas,a no ser que tú se lo quieras decir a quién quieras, sólo falta que tengas un vecino delincuente y piense... Que bién cuando vea que se va al trabajo entro en su casa y ya tengo una para mis trabajitos, si a mi me hicieran eso iría a la PL y les pondría una reclamación, para eso están los certificados de penales, el que se lleve mal con un vecino que se prepare jaja
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pulguitel en Febrero 08, 2013, 07:57:48 pm
Procedimiento en Villanueva del Pardillo, Madrid (municipio cercano a Majadahonda, Villanueva de la Cañada, Colmenarejo...)

- Petición de información en la policía local y recogida de las tarjetas en la policia local, previa inspección de las réplicas
- presentar los papeles solicitados en el ayuntamiento, se pasa por registro. 15 euros de tasa por pasar por registro. No hay tasas por cada réplica ni por las tarjetas.

- Documentación a presentar:
Fotocopia DNI
Facturas con Numero de serie. SI no tiene el numero de serie, declaración jurada con el numero de serie
Si la replica no tiene numero de serie: declaración jurada de ser el propietario y que se usa para lo qeu recoge la normativa de Armas Ludico Deportivas. (yo tengo 2 sin numero en las tarjetas, me dijeron que si no se usaban para competir, no hacía falta. Que si iba a competir si necesitaba el numerito de armeria, etc.).

Justificante de estar empadronado en el municipio (gratuito en el momento en el ayuntamiento)

Duración de los trámites: unas 2 semanas

Me he quedado con 1 tarjeta amarilla y un papel sellado y firmado por mi y la Policia Local que dice que me ha entregado la tarjeta.

En fin, yo tengo mi tarjetita ya con 6 replicas. Es un trámite diferente  a otros sitios, no me han dicho nada de numero de serie oficial, salvo para competir.
Sin emitir juicios de valor, así es en mi municipio. SI deciden cambiarlo, pues nada, me tocará ir otra vez. De momento ya tengo mis papeles en regla.

saludos


Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Febrero 08, 2013, 08:01:18 pm
Pues a mi me parece fatal que hagan eso de ir preguntando y mucho menos que les digan a los vecinos que estás solicitando un permiso de armas, que en éste caso en realidad ni lo son, nadie tiene que saber que tienes armas ,sean de fuego ó de bolitas,a no ser que tú se lo quieras decir a quién quieras, sólo falta que tengas un vecino delincuente y piense... Que bién cuando vea que se va al trabajo entro en su casa y ya tengo una para mis trabajitos, si a mi me hicieran eso iría a la PL y les pondría una reclamación, para eso están los certificados de penales, el que se lleve mal con un vecino que se prepare jaja
a la hora de hacer la documentación, firmas el consentimiento en algunos ayuntamientos para hacer eso.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Febrero 08, 2013, 08:26:41 pm
En el Ayuntamiento de San Fernando piden:
1-Solicitud normalizada rellena y firmada por el interesado.
2-Impreso de Tarjeta de armas (uno de color amarillo 3 copias y otro de color blanco dos copias).
3-Certificado negativo de antecedentes penales.
4-Certificado medico oficial de aptitudes psicofisicas para permiso de armas.
5-Fotocopia de la factura o facturas de compras de las replicas.
6-Fotografía de la replica o replicas tamaño 10x15.
7-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica (3,30 por cada replica)
El Ayuntamiento es el de San Fernando de Henares (Madrid) Perdon por no poner el nombre complerto del municipio, saludos :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Febrero 08, 2013, 08:43:05 pm
Pues a mi me parece fatal que hagan eso de ir preguntando y mucho menos que les digan a los vecinos que estás solicitando un permiso de armas, que en éste caso en realidad ni lo son, nadie tiene que saber que tienes armas ,sean de fuego ó de bolitas,a no ser que tú se lo quieras decir a quién quieras, sólo falta que tengas un vecino delincuente y piense... Que bién cuando vea que se va al trabajo entro en su casa y ya tengo una para mis trabajitos, si a mi me hicieran eso iría a la PL y les pondría una reclamación, para eso están los certificados de penales, el que se lleve mal con un vecino que se prepare jaja
a la hora de hacer la documentación, firmas el consentimiento en algunos ayuntamientos para hacer eso.
Permiso para que pregunten a los vecinos sobre ti?? eso me suena a tercermundista, lo puedo entender en pueblos pequeños donde todo el mundo se conoce bien y las policías locales puede que no esten bien formadas (lo puedo entender pero no lo justifico). Me cuesta creer que la opinión de un vecino con el que te puedes llevar bien o mal tenga alguna validez para realizar un trámite administrativo, que lo mismo es para mal, preguntan al que se lleva bien contigo y eres un bándalo y te la dan  ::)
Pero bueno, sin más, una anécdota más de este pais de pandereta.
Yo me pregunto una cosa...supongamos que no tengo ningún antecedente ni tema pendiente con la justicia, viene el Policía Local y pregunta a los vecinos, los cuales le dicen que soy un pieza y a consecuencia de ello me deniegan la tarjeta...que alegaría el Alcalde en la solicitud para denegarmela?? que ha hablado con fulanito y menganito y me han puesto a parir??...denuncia por injurias al canto contra los vecinos...la policía tiene otros metodos o debe de tenerlos para saber a quien le estan dando una tarjeta de armas.
 
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Febrero 08, 2013, 09:01:26 pm
.
7-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica (3,30 por cada replica)

negativo, esto es por cada tarjeta
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nikolai007 en Febrero 08, 2013, 09:04:10 pm
Wow, estoy leyendo este post y me quedo flipado. Os dais cuenta de que si teneis algun vecino gilipenes os quedais sin jugar por que no os podeis comprar un tirabolas "legal"?

Y luego me imagino la otra situación, que pasa si tienes una marcadora en casa "sin registrar"? Te imaginas que un vecino te ve y llama a la policia diciendo que tienes armas, que venga la policia y te detenga por "tenencia ilegal de armas"? Porque un "arma lúdico deportiva" es un arma como bien dice el nombre, por muy absurdo que sea.

Si alguien de mi escalera se entera de que tengo algo "sospechoso" ya me puedo ir despidiendo de jugar del airsoft porque aunque por lo general tenga buenos vecinos tengo un par que son bastante hijFIN DEL MENSAJE
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Febrero 08, 2013, 09:14:38 pm
creo que este post no es el lugar para este tipo de cosas, sino simplemente para exponer lo que exige cada ayuntamiento para ayudar a la gente, no para llenarlo de opiniones, para eso hay otros post.
De todas formas, primero hay que leer lo que se firma, y de segundo, que sino estás de acuerdo, o pasas por el aro, o no lo haces, es simple, y no obligatorio. El ayuntamiento es quien decide los requisitos para formalizarlas, atribuidos por el Estado. Igual tampoco estás de acuerdo en pasar la itv cada 4 años y crees que es mejor cada 6, pero o la pasas, o no circula ese coche, y si lo hace, te atienes a las consecuencias.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nikolai007 en Febrero 08, 2013, 09:24:43 pm
creo que este post no es el lugar para este tipo de cosas, sino simplemente para exponer lo que exige cada ayuntamiento para ayudar a la gente, no para llenarlo de opiniones, para eso hay otros post.
De todas formas, primero hay que leer lo que se firma, y de segundo, que sino estás de acuerdo, o pasas por el aro, o no lo haces, es simple, y no obligatorio. El ayuntamiento es quien decide los requisitos para formalizarlas, atribuidos por el Estado. Igual tampoco estás de acuerdo en pasar la itv cada 4 años y crees que es mejor cada 6, pero o la pasas, o no circula ese coche, y si lo hace, te atienes a las consecuencias.

Pero eso no tiene nada que ver. La itv está para asegurar que un coche sea seguro y no tenga fallos graves como para provocar un accidente. El permiso de armas está para evitar que gente que no deba tenga armas y las pocas que haya tenerlas controladas. Pero el permiso de réplicas? Vas a pegar menos bolazos por tenerla registrada? O vas a bajarle la potencia? No está para asegurar nada, yo lo veo como puramente recaudatorio, prácticamente como todo lo que está haciendo el gobierno desde que empezó pero no quiero hablar de política, solo quería justificar de alguna manera el maravilloso mundo de pagar dos veces por un jugete.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kellemdros en Febrero 08, 2013, 09:32:07 pm
mmm... Igual me equivoco pero.... en casa supongo que sigues pudiendo tenerlas sin ninguna pega, por aquello de que las replicas de armas se pueden tener solo en casa... mientras no la saques para nada... XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Febrero 08, 2013, 09:43:07 pm
Creo que Deybit tiene razón, estamos desviando mucho el hilo, por mi parte pido disculpas... :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kerwin en Febrero 09, 2013, 09:08:27 pm
... Y luego me imagino la otra situación, que pasa si tienes una marcadora en casa "sin registrar"? Te imaginas que un vecino te ve y llama a la policia diciendo que tienes armas, que venga la policia y te detenga por "tenencia ilegal de armas"? Porque un "arma lúdico deportiva" es un arma como bien dice el nombre, por muy absurdo que sea.

Sin querer dar mucho bombo para no desvirtuar el hilo, te digo que si lees el reglamento, tener en casa las "armas" no incurre en ninguna infracción, estén registras con la tarjeta o no. Sólo afecta a la hora del transporte y uso.


Por otro lado, pongo el Ayuntamiento de ALCOBENDAS
.
- Declaración de datos básicos.
- Fotocopia Carné de Identidad.
- Declaración de conducta ciudadana.
- Autorización de solicitud de informe de Antecedentes Penales.
- Declaración jurada de requisitos para la tenencia de armas.
- Tarjetas blancas (2), cumplimentadas.
- Tarjetas amarillas (3) cumplimentadas y firmadas por el solicitante: se obtienen en el momento de la compra del arma.
- Factura que acredite la propiedad del arma donde indique marca, modelo, tipo, calibre y nº de serie de la misma. Excepcionalmente, si no se puede aportar factura, se admite declaración jurada en la que consten los mismos datos referidos al arma.


Como veis, es un trámite gratuito (al menos de momento) ya que ni hay que pagar tasas, ni psicotécnicos ni nada.

Yo llevé hace un par de semana a regitrar un M4 con el número de serie que venía de fábrica. De momento no me han dicho nada de que no valga, pero seremos prudentes hasta que me entreguen la tarjeta.

Si me aceptan la solicitud de la tarjeta y hasta que no se pronuncie la ICAE al respecto, dejaré la réplica tal cual... sin punzonar ni nada.
Y si la ICAE se pronuncia al respecto de que hay que punzonarlas obligatoriamente porque el número que traen de fábrica no vale, pues nada la punzonaré para cumplir la nueva normativa. Pero si actualmente no hay leyes escritas sobre ese tema ni existe una normativa clara al respecto, no voy a ser yo el que ponga piedras en el camino.




Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Febrero 11, 2013, 08:54:08 am
LEGISLACIÓN APLICABLE.

El Reglamento de Armas (en adelante R.A.), aprobado por Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, en la parte que afecta, determina:

El artículo 3 (clasificación de las armas reglamentadas) en la parte que afecta dispone:
Se clasifica como armas de la 3ª categoría las siguientes:
3ª.3.- Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.

Se clasificarán como armas de la 4ª categoría las siguientes:
4ª.1.- Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
4ª.2.- Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Artículo 54.3 Adquisición y Tenencia en domicilio.
3. Las armas de la categoría 4.ª se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro trámite que la declaración de la venta, la clase de armas y los datos de identidad del adquirente al Alcalde del municipio de la residencia de éste y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

Artículo 56.a) Venta.
Los establecimientos de venta de artículos deportivos que reúnan los requisitos fiscales pertinentes podrán, dando conocimiento previamente a la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, dedicarse a la venta de armas accionadas por aire u otro gas comprimido, comprendidas en la 4ª categoría y las de la 7ª. 5 y 6, así como de armas de fuego inútiles o inutilizadas.

Artículo 91. Cesión temporal de armas.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

2. Con igual autorización y a los mismos efectos podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.

Artículo 96.6 Licencias en general.
Para llevar y usar armas de la categoría 4ª se necesita obtener tarjeta de armas.

Artículo 98 Aptitudes Físicas y Psíquicas.
1. En ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización, y especialmente aquellas personas para las que la posesión y el uso de armas representen un riesgo propio o ajeno.

2. Para solicitar las licencias y autorizaciones especiales de armas, además de la documentación requerida para cada supuesto en los correspondientes artículos de este Reglamento, los interesados deberán acreditar la posesión de las aptitudes psíquicas y físicas adecuadas y los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo de las armas, en la forma prevenida.

3. La acreditación de las aptitudes psíquicas y físicas necesarias para poder obtener la concesión, así como la renovación de licencias y autorizaciones especiales para la tenencia y uso de armas, deberá llevarse a cabo mediante la presentación, ante las oficinas instructoras de los procedimientos, del correspondiente informe de aptitud.

Artículo 101. Licencia Armas “E”.
1. Las armas de las categorías 3ª y 7ª, 2 y 3, precisarán una licencia E de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce armas en total.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia E, que tendrá cinco años de validez.

3. Será concedida por los Gobernadores Civiles y por los Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, quienes podrán delegar en los primeros Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil.

Artículo 105. Tarjetas de Armas.
1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

2. Las armas incluidas en la categoría 4ª.2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4ª.1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.

3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.

4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes en vigor.

Artículo 146.
1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.

2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.

Artículo 147. Condiciones para portar armas.
1. Los usuarios de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas, deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes.

2. Queda prohibido portar, exhibir o usar las armas:
a) Sin necesidad o de modo negligente o temerario.
b) Mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos.
c) Bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.

Artículo 148. Control en vías y lugares públicos.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas.

2. Dichos agentes podrán proceder a la ocupación temporal de las mismas, depositándolas en una Intervención de Armas de la Guardia Civil, incluso de las que se lleven con licencia, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito o garantizar la seguridad de las personas o de las cosas, pudiendo quedar depositadas en las correspondientes dependencias policiales por el tiempo imprescindible para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes, dando cuenta inmediata a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

3. Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.

Artículo 149. Portar y usar.
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentadas por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.

2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.0, 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador Civil de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Gobernador civil podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.

5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.

La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos del Ministerio de Interior (CIPAE), en relación con el caso que nos ocupa, emitió los siguientes informes:
... 07/07/1998.- Acuerdo: Comunicar a...... que:
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.
2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa, y que cumplan las condiciones subjetivas expresadas en el artículo 104 del Reglamento de Armas (vecindad o residencia; y, en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).
3.- Las Tarjetas de armas expedidas por los Alcaldes, sólo son válidas en el municipio de expedición; y para poder utilizar las armas en otra población, es necesario obtener otra tarjeta de armas en el correspondiente domicilio.
4.- Los Alcaldes sólo pueden conceder Tarjetas de armas a aquellas personas físicas o jurídicas que de alguna forma estén vinculadas al municipio por razones de vecindad o residencia.

... 24/03/1999.- Acuerdo: Comunicar a.....que:
El artículo 105.1 del Reglamento de Armas, al hacer referencia a avecindados o residentes como condiciones para la expedición de las tarjetas de armas por los Alcaldes está haciendo referencia no sólo a los vecinos sino a todas aquellas personas que por diversas razones viven en varios municipios.

Por lo tanto no es necesario que el solicitante de tarjeta de armas esté inscrito en el padrón de habitantes, no pudiendo darse una respuesta concreta a las condiciones que deban reunir las personas no vecinas del municipio que las soliciten, debiendo ser los Alcaldes los que decidan en cada caso concreto que se presente.

Además, según la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball, determina:
Artículo 1. Armas lúdico-deportivas.
1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.

2. En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de <<airsoft>> y armas denominadas de <<paintball>>.
a) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de <<airsoft>> tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios.
b) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de <paintball> contendrá líquidos o geles en su interior, y su peso no podrá superior 4 gramos, su diámetro máximo será de 18 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 16 julios.

Artículo 2. Armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático o estén accionadas por muelle o resorte.
1. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático será el establecido en el R. A. para la categoría 4.1 de su artículo 3.

2. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas que están accionadas por muelle o resorte será el establecido en el R. A. para la categoría 4.2 de su artículo 3.

CONCLUSIÓN:

Para realizar juegos de guerra o supervivencia, deberá saber:

1º.- Las armas que podría utilizar para este tipo de actividades son las recogidas en la Orden INT/2860/2012, bajo la denominación de armas lúdico-deportivas.

2º.- Atendiendo a la documentación necesaria, tenemos que considerar que para adquirir y tener en el propio domicilio armas de la 4ª categoría, únicamente es necesaria la declaración de venta y los datos de identidad del adquiriente al Alcalde del Municipio de residencia y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Para poder llevarlas y usarlas, deberán estar documentadas con una tarjeta de armas expedida por el Alcalde del Municipio en que se encuentren avecindados o residiendo, y únicamente válida en el término municipal de su expedición.

Para poder utilizar estas armas en otra población es necesario obtener otra Tarjeta de Armas en el correspondiente municipio, debiendo ser los Alcaldes los que decidan en cada caso concreto que se presente, la documentación que consideren más apropiada.

Estas tarjetas de armas se clasificarán: las de Tipo “A” para armas de la 4ª.1 (carabinas y pistolas semiautomáticas y revólveres de doble acción, y armas lúdico-deportivas del artículo 2.1 de la Orden INT/2860/2012) y tarjeta tipo “B”, para armas de la 4ª.2 (carabinas y pistolas de un solo tiro y revólveres de simple acción, y armas lúdico-deportivas del artículo 2.2 de la Orden INT/2860/2012).

3º.- Respecto a los lugares de utilización se determina que los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionantes pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4ª.

Sin perjuicio de otras licencias o autorizaciones de carácter preceptivo, que en virtud de su competencia, corresponda otorgar a la Administración General del Estado, o a las Administraciones Autonómicas o Locales, se considera que ésta actividad deportiva debería llevarse a cabo en terrenos debidamente cerrados y señalizados durante el desarrollo de la misma, al objeto de impedir el paso a personas ajenas a la actividad que se está realizando.

No obstante, y en el caso de necesitar algún tipo de aclaración más puntual relacionado con el tema consultado, puede dirigirse a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de su residencia, que además es el lugar a través del cual debe de canalizar todos los trámites administrativos en cuanto a los diferentes temas de armas se refiere, y donde podrán informarle adecuadamente de cuantas dudas se le presenten.

Este escrito tiene únicamente efectos informativos, no pone fin a la vía administrativa ni constituye un acto de los descritos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que contra el mismo no cabe recurso alguno.

Aprovechamos la ocasión para saludarle, quedando a su disposición para cualquier información que desee relativa a esta Institución.

Atentamente,
Dirección General de la Guardia Civil
Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Teléfono: 900 101 062


Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 11, 2013, 09:32:19 am
este mismo correo...letra por letra....se lo remitieron a un compañero mio hace ya cosa de un mes...y no aporta nada nuevo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: perops en Febrero 11, 2013, 11:14:54 am

Se me olvido poner que ellos (P. Local o Ayto.) verifican que no tengas antecedentes, por eso no te piden el certificado de penales, por eso tardan unos tres meses, (a mi me tardaron seis para la de perdigones).

Pues rectifico, han tardado 10 Días desde que entregue la documentación, tiempo récord para Móstoles.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: COE en Febrero 11, 2013, 11:48:22 am
Hola compañeros aquí en el ayto de Cartagena Murcia,
Nos piden esto:

- Instancia debidamente cumplimentada
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Factura de compra del arma
- Recibo del pago de tasas 63€
- Autorización paterna escrita y firmada (sólo para armas de Tipo B y mayores de 16 años)
Tipo A.- Mayor de edad y no tener ya seis armas de este tipo.
Tipo B.- Mayor de 16 años
una vez que lo tienes todo presentado se presenta un día la policía local y pregunta a tus vecinos.

Pues esto es todo, como apunte citar que un compañero ya a registrado sus dos ALD y como sorpresa el rifle de sniper se lo han puesto en la tipo A junto con las pistolas y las automaticas ya que como el rifle tiene cargador ya no es monotiro aunque sea de accionamiento manual" cerrojo" y muelle.
Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 11, 2013, 11:56:14 am
es que un rifle que no sea monotiro es un arma de repeticion
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: COE en Febrero 11, 2013, 12:07:51 pm
ok gracias por la aclaración, tienes toda la razón.
Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 11, 2013, 12:17:49 pm
Un arma automatica se recarga automáticamente después de cada disparo y con la que es posible efectuar varios disparos sucesivos al accionar el disparador una sola vez.

Un arma de repeticion se recarga después de cada disparo mediante un mecanismo accionado por el tirador que introduce en el cañón un cartucho colocado previamente en el deposito de municiones.

Los rifles de cerrojo y las escopetas habituales (exceptuando latipo mad max que yo conozca) del airsoft son por desgracia de la categoria 4.1
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Raider en Febrero 12, 2013, 11:09:14 pm
Hola compañeros aquí en el ayto de Cartagena Murcia,
Nos piden esto:

- Instancia debidamente cumplimentada
- Fotocopia del DNI del solicitante
- Factura de compra del arma
- Recibo del pago de tasas 63€
- Autorización paterna escrita y firmada (sólo para armas de Tipo B y mayores de 16 años)
Tipo A.- Mayor de edad y no tener ya seis armas de este tipo.
Tipo B.- Mayor de 16 años
una vez que lo tienes todo presentado se presenta un día la policía local y pregunta a tus vecinos.

Pues esto es todo, como apunte citar que un compañero ya a registrado sus dos ALD y como sorpresa el rifle de sniper se lo han puesto en la tipo A junto con las pistolas y las automaticas ya que como el rifle tiene cargador ya no es monotiro aunque sea de accionamiento manual" cerrojo" y muelle.
Un saludo

63 euros por replica??
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: VIPER01 en Febrero 14, 2013, 03:57:47 pm
En Parla te piden, Psicotécnico y Penales.  Las tasas por tarjeta no llegan a los 15 €, te puedes descargar el modelo de solicitud de la página web del Ayuntamiento.  Las ALDs tienen que estar punzonadas, en Parla además, tienes una armería autorizada para punzonar, "Armería Ibérica" que es, que yo conozca, la más barata de Madrid, 9 € por punzonado.

Tengo la tarjeta desde hace una semana y mis ALD no están punzonadas. En Parla miraron que el número de serie fuese el mismo que el de la factura y no tuve ningún problema.

Saludos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Febrero 14, 2013, 04:00:56 pm
pues te tocara volver, y si no al tiempo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 14, 2013, 04:17:07 pm
pues te tocara volver, y si no al tiempo.

y esta profecia tiene mas posibilidades de cumplirse que la de los mayas  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: COE en Febrero 14, 2013, 06:18:21 pm
No 63€ euros es la tasa da igual que sean 1 ALD que 6ALD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: nachoc25 en Febrero 14, 2013, 07:03:26 pm
No 63€ euros es la tasa da igual que sean 1 ALD que 6ALD

Igual en Sanse. 61€ para meter 6 réplicas. Si tienes 7, 122€
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Febrero 15, 2013, 11:46:29 am
Hola a todos, esta mañana he ido a la GC de Barcelona ciudad a registrar mis marcadoras, os cuento como ha ido.

He llevado la siguiente documentación:
Facturas, sin número de serie reflejado, con declaraciones juradas de que son mías y que tienen las siguientes características.
Tipo:( ej.  pistola semiautomática, rifle automático etc.)
Marca:
Modelo:
Número de serie:
Calibre:

Contratos de compraventa en el que tienen que estar reflejados los mismos datos que en las declaraciones juradas.

Tarjeta de armas.

Copia del DNI

Ellos te rellenan la solicitud de armas, una por cada marcadora.

A destacar lo siguiente, si no llevas las declaraciones juradas, no hay problema ya que ellos disponen de impresos para hacerlas allí mismo. Tuve que hacer una adicional ya que en la factura que me hizo la armería Ravell no especificaba todos los datos de la pistola, por lo que tuve que hacer una declaración jurada de que la factura de la marcadora y el número marcado eran de la misma, por lo que si vais a marcarla, aseguraos que en la factura figuren todos los datos para evitaros posibles problemas.

Me ofrecieron la posibilidad de poner todas en una tarjeta, lleve cinco, o hacer una tarjeta para cada una de las marcadoras, lo que indica que ellos te pueden suministrar las tarjetas de armas, supongo que por un precio, no lo pregunté. El precio es de 12,02 euros por cada marcadora, independientemente de que vaya en una o más tarjetas. Se paga cuando recives la tarjeta/s a bancos que ellos indican.

El trámite tarda un mes, ellos se encargan de pedir penales y demás papeleo que haya.

El resguardo te puede servir para transportarlas, según ellos, ya que indica que estás en trámites.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Febrero 15, 2013, 08:49:41 pm
Perdón, me he equivocado, fui a la guardia urbana, no a la guardia civil.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Coconino en Febrero 18, 2013, 03:43:18 pm
Hola,

Castro Urdiales, Cantabria.

Hablado con la Policia Local

Requisitos:
Fotocopia DNI por las dos caras.
Que la dirección que figura en el padron corresponda con la que hay en el DNI.
Fotocopia Factura de compra con el número de serie de la réplica.
Justificante de pago de tasa correspondiente. Recogerlo en Rentas. 20€ por arma a registrar. Máximo de armas a registrar 5 por persona.
Sin factura con nº de serie NO registran. Si el Arma no tiene nº de Serie NO se puede registrar.

Conclusiones (y respuesta a dudas):
NO te dejan registrar sin factura con número de serie. No vale ni contrato de compraventa ni declaración jurada. Si la réplica no lleva número de serie no se puede registrar (tampoco). En principio NO aceptan que alguien autorizado la punzone, troquele o que se yo le grabe un número de serie.

Primer round para la polícia local, seguiremos informando.
De una docena de réplicas que tengo sólo cumplo condición en una, las viejunas y marui no llevan número de serie "de verdad".
La verdad que hasta a la hora de pagar se lo ponen complicado al ciudadano.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Febrero 18, 2013, 09:36:18 pm
Bueno gente, esta mañana he llevado mis replicas a registrar en Leganes y esto es lo que me han pedido:

- Impresos de tarjetas de armas (blancas y amarillas): Estas las recoges en intervención de Armas de la Guardia Civil en la calle polvoranca 2., vale un euro por tarjeta
- Copia de la factura de compra del arma: En este caso, yo no tengo las facturas, así que me dijeron que redactase una declaración jurada de que esas replicas son mias y el porque no tengo la factura.
- Volante de empadronamiento: Fui al ayuntamiento y en 10 minutos lo tenia, 0 euros.
- Fotocopia del DNI
- Solicitud de tarjeta de Armas: Se recoge en la Policia Local de Leganes en la calle Chile 1.

Con todo ya en mi poder lo llevé a la policia local en la calle chile 1, allí un policia me miró las réplicas y comprobó que lo que ponia coincidia con lo que le enseñaba... y listo.
La mujer que me recogió toda la información me dijo que las tarjetas tardarían un poco ya que últimamente están tardando en darlas y que valia unos ventipico euros.

Pues eso, ahora a esperar  ;)

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Febrero 18, 2013, 09:39:45 pm
Asi da gusto y no como en madrid capital, menuda gran mier**
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kowalski en Febrero 19, 2013, 12:21:31 am
que tal, Troncho,yo también soy de leganes y también tengo el procedimiento para el registro.
pero en el tuyo hecho en  falta el tema del grabado del numero de serie en las replicas, supongo que te lo han pedido, no?
si lo has hecho, donde has ido? porque esta el tema un poco revuelto con los números chapuzas y eso...
un saludo vecino ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 19, 2013, 09:54:41 am
Vale, pues ya tengo mi flamante tarjeta de armas !!!!! yujuuuuuu !!!!
Desde aquí dar las gracias a la Policía Local de Sanse que la verdad es que se han portado en ayudarnos con nuestra causa.
Si alguien tiene alguna pregunta sobre los tramites en S.S. Reyes como es natural estoy a su disposicion.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: italo15 en Febrero 19, 2013, 10:13:54 am
Vale, pues ya tengo mi flamante tarjeta de armas !!!!! yujuuuuuu !!!!
Desde aquí dar las gracias a la Policía Local de Sanse que la verdad es que se han portado en ayudarnos con nuestra causa.
Si alguien tiene alguna pregunta sobre los tramites en S.S. Reyes como es natural estoy a su disposicion.

Yo entraba cuando te estabas yendo   :D :D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 19, 2013, 10:34:11 am
Vale, pues ya tengo mi flamante tarjeta de armas !!!!! yujuuuuuu !!!!
Desde aquí dar las gracias a la Policía Local de Sanse que la verdad es que se han portado en ayudarnos con nuestra causa.
Si alguien tiene alguna pregunta sobre los tramites en S.S. Reyes como es natural estoy a su disposicion.

Yo entraba cuando te estabas yendo   :D :D

Normal, si es que tenemos que coincidir, que ya hay ansia por terminar con esto  ;)
Espero que te haya ido bien la mañana de papeleos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 19, 2013, 10:35:49 am
A un compañero le han llamado del Ayuntamientod e Madrid para decirle que solo puede registrar 6 ALD...pero por lo pronto el ya ha pagado las tasas de todas las que ha presentado  :P
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: LightningLion en Febrero 19, 2013, 12:29:05 pm
Para dar pasta todo son facilidades.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 19, 2013, 12:51:33 pm
le dan la opcion de ponerlas a nombre de otra persona o de devolverle las tasas....pero solo le admiten 6 a su nombre...asi que ojito los que pensaseis registrar mas...porque por lo vertido en este post se entendia que en madrid no ponian limite de tarjetas...pues bien...no es asi
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Febrero 19, 2013, 01:29:48 pm
Y en que se basan para denergarle tener mas de 6.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 19, 2013, 01:37:48 pm
en que solo puedes tener una tarjeta de categoria 4.1 y que esta solo permite guiar hasta 6 ALD.

Y asi esta reflejado en el reglamento de armas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 19, 2013, 01:41:37 pm
en que solo puedes tener una tarjeta de categoria 4.1 y que esta solo permite guiar hasta 6 ALD.

Y asi esta reflejado en el reglamento de armas

y por ese mismo motivo se podría decir que cualquier otra réplica que tengamos en casa es ilegal y se nos podría acusar de tenencia ilicita de armas no?
No si al final vamos a echar el cqb por los pasillo de la penitenciaria de Soto del Real, hay que joerse.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Febrero 19, 2013, 01:49:48 pm
Si sólo son de la categoría 4.1, si.

"Artículo 105 Reglamento de Armas

2. Las armas incluidas en la categoría 4.ª, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.ª, 1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.

3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran."

Eso es una respuesta justificada, lo suyo es que aparte de decirselo verbalmente (que no tiene válidez legal), se lo pidan por escrito, argumentando la decisión en tal o cual artículo de tal o cual Ley.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Febrero 19, 2013, 02:01:04 pm
en que solo puedes tener una tarjeta de categoria 4.1 y que esta solo permite guiar hasta 6 ALD.

Y asi esta reflejado en el reglamento de armas

y por ese mismo motivo se podría decir que cualquier otra réplica que tengamos en casa es ilegal y se nos podría acusar de tenencia ilicita de armas no?
No si al final vamos a echar el cqb por los pasillo de la penitenciaria de Soto del Real, hay que joerse.

parece que no nos leemos los posts... si no vas a sacarlas de casa no es necesaria tarjeta de arma

seccion 2.0 comercio interior

http://www.ravell.es/docs/REGLAMENTO-ARMAS.pdf

3. Las armas de la categoría 4.0 se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro trámite que la
declaración de la venta, la clase de armas y los datos de identidad del adquirente al Alcalde del municipio de la
residencia de éste y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 19, 2013, 02:08:21 pm
en que solo puedes tener una tarjeta de categoria 4.1 y que esta solo permite guiar hasta 6 ALD.

Y asi esta reflejado en el reglamento de armas

y por ese mismo motivo se podría decir que cualquier otra réplica que tengamos en casa es ilegal y se nos podría acusar de tenencia ilicita de armas no?
No si al final vamos a echar el cqb por los pasillo de la penitenciaria de Soto del Real, hay que joerse.


parece que no nos leemos los posts... si no vas a sacarlas de casa no es necesaria tarjeta de arma

seccion 2.0 comercio interior

http://www.ravell.es/docs/REGLAMENTO-ARMAS.pdf

3. Las armas de la categoría 4.0 se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro trámite que la
declaración de la venta, la clase de armas y los datos de identidad del adquirente al Alcalde del municipio de la
residencia de éste y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

ya! el problema radica en que como bien has puesto las armas las podras tener en casa siempre y cuando declares .... patatin, patatan .. al alcalde, GC. etc ... o sea ... que las registres, y si no puedes registrar mas de seis ..... pues tenemos un problema.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Febrero 19, 2013, 02:15:30 pm
Vamos a ver si no la sacas de casa es como la escopeta de perdigones que lleva toda la vida en el trastero, que la uso tu padre cuando tenia 20 años pa matar 4 palomos xD.

El que la saque facil, 6 replicas a tu nombre y 6 al de tu padre y asi sucesivamente.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Febrero 19, 2013, 02:18:01 pm
A ver, teoricamenete para tenerla en casa basta con que el ayuntamiento sepa que la tienes....sin tener que sacar ni tarjeta ni nada.

Pero por ejemplo a mi en Valladolid me han dicho que si la tengo la tengo que registrar si o si...con su tarjetita y demas...otros ayuntamientos podran decir otra cosa...pero a mi el mio me exige que si la tengo, la tenga documentada....la saque de casa o no.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 19, 2013, 02:27:53 pm
A ver, teoricamenete para tenerla en casa basta con que el ayuntamiento sepa que la tienes....sin tener que sacar ni tarjeta ni nada.

Pero por ejemplo a mi en Valladolid me han dicho que si la tengo la tengo que registrar si o si...con su tarjetita y demas...otros ayuntamientos podran decir otra cosa...pero a mi el mio me exige que si la tengo, la tenga documentada....la saque de casa o no.

efectivamente ! es que es lo que dice el R.A. por absurdo que nos parezca.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Febrero 20, 2013, 04:44:07 am
Que no, que el RA dice lo contrario, que no es necesario registrarlas, solo comunicar que las tienes, haces un escrito, lo presentas en el ayuntamiento, que le den entrada y punto.

El ayuntamiento no es nadie para ir en contra del RA.

Aunque por otro lado, aunque tuviera razón el ayuntamiento y hubiera que registrarlas...si no lo haces que te va a pasar?? pues nada, porque no la vas a sacar de casa, nadie va a entrar a tu casa a comprobar si tienes armas de 4ª categoría.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Febrero 20, 2013, 10:29:02 am
que tal, Troncho,yo también soy de leganes y también tengo el procedimiento para el registro.
pero en el tuyo hecho en  falta el tema del grabado del numero de serie en las replicas, supongo que te lo han pedido, no?
si lo has hecho, donde has ido? porque esta el tema un poco revuelto con los números chapuzas y eso...
un saludo vecino ;D

Hola Kowalsky, a mi no me han pedido punzonado de replicas ni nada por el estilo, y sabian claramente que eran replicas de airsoft.
No se si mas adelante lo pediran en leganes o que... pero a dia de hoy no es un requisito y por lo tanto no lo he hecho ;)

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jorgedelli en Febrero 23, 2013, 12:51:55 pm
En Collado Villalba:

Requisitos a presentar en la policía local:
-Volante de empadronamiento
-Certificado de antecedentes penales (Plaza de Jacinto Benavente 3 - Madrid)
-Fotocopia del DNI
-Impresos de tarjetas de armas (blanco y amarillo)
-Copia de la factura de compra del arma (Factura de compraventa o declaración jurada de propiedad)
-Pago de tasas: 36,50 euros
-No se incluirá en la Tarjeta de armas ninguna que no lleve marcaje, si nos encontramos en esta situación, acudiremos a un armero cualificado para punzonar "armas lúdico deportivas", no nos valdrá cualquier armero, puesto puesto que se le concede un número de registro específico para punzonar estas armas, ellos serán los encargados de hacer el trámite del troquelado y la inscripción en la Intervención de Armas del arma para dejar constancia.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Febrero 23, 2013, 01:13:11 pm
que tal, Troncho,yo también soy de leganes y también tengo el procedimiento para el registro.
pero en el tuyo hecho en  falta el tema del grabado del numero de serie en las replicas, supongo que te lo han pedido, no?
si lo has hecho, donde has ido? porque esta el tema un poco revuelto con los números chapuzas y eso...
un saludo vecino ;D

Hola Kowalsky, a mi no me han pedido punzonado de replicas ni nada por el estilo, y sabian claramente que eran replicas de airsoft.
No se si mas adelante lo pediran en leganes o que... pero a dia de hoy no es un requisito y por lo tanto no lo he hecho ;)

Un saludete!


Es que la gente se está volviendo loca con el punzonado/troquelado y al final en muchos lugares no sólo no lo piden sino que acabamos levantando una liebre innecesaria nosotros mismos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: OsoAV en Febrero 25, 2013, 10:41:11 pm
que tal, Troncho,yo también soy de leganes y también tengo el procedimiento para el registro.
pero en el tuyo hecho en  falta el tema del grabado del numero de serie en las replicas, supongo que te lo han pedido, no?
si lo has hecho, donde has ido? porque esta el tema un poco revuelto con los números chapuzas y eso...
un saludo vecino ;D

Hola Kowalsky, a mi no me han pedido punzonado de replicas ni nada por el estilo, y sabian claramente que eran replicas de airsoft.
No se si mas adelante lo pediran en leganes o que... pero a dia de hoy no es un requisito y por lo tanto no lo he hecho ;)

Un saludete!


Es que la gente se está volviendo loca con el punzonado/troquelado y al final en muchos lugares no sólo no lo piden sino que acabamos levantando una liebre innecesaria nosotros mismos.

El punzonado es importante,porque aunque no te lo pidan en los ayuntamientos si te para la guardia civil te va a pedir el "carnet de identidad de la replica " que es ese numero ,es lo unico que une la replica con los papeles del ayuntamiento.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Febrero 25, 2013, 11:29:56 pm
que tal, Troncho,yo también soy de leganes y también tengo el procedimiento para el registro.
pero en el tuyo hecho en  falta el tema del grabado del numero de serie en las replicas, supongo que te lo han pedido, no?
si lo has hecho, donde has ido? porque esta el tema un poco revuelto con los números chapuzas y eso...
un saludo vecino ;D

Hola Kowalsky, a mi no me han pedido punzonado de replicas ni nada por el estilo, y sabian claramente que eran replicas de airsoft.
No se si mas adelante lo pediran en leganes o que... pero a dia de hoy no es un requisito y por lo tanto no lo he hecho ;)

Un saludete!


Es que la gente se está volviendo loca con el punzonado/troquelado y al final en muchos lugares no sólo no lo piden sino que acabamos levantando una liebre innecesaria nosotros mismos.

El punzonado es importante,porque aunque no te lo pidan en los ayuntamientos si te para la guardia civil te va a pedir el "carnet de identidad de la replica " que es ese numero ,es lo unico que une la replica con los papeles del ayuntamiento.

Vamos a ver, no confundamos terminos, el "carnet de identidad de la replica" que tu dices es precisamente la tarjeta de identificacion que te de el ayuntamiento con el numero que tiene tu replica, si coinciden, listo, la guardia civil lo unico que te va a mirar es que tu replica coincida con el numero que viene en la tarjetita, punto. No se va a parar a indagar si es una replica que pueda o no pueda tener un numero unico ni nada por el estilo... ellos miran la tarjeta, miran la replica, que coinciden... carretera.

Y coincido un poco con zeing en el asunto del tema del punzonado... si yo voy a mi ayuntamiento, y mi ayuntamiento me pide X, lo que no voy ha hacer es decirle a la señorita que me atiende que no tiene ni idea y que en otros sitios estan pidiendo X+1. Primero porque no voy a cuestionar a un funcionario, y segundo porque, si de momento es lo unico que me piden, no voy a tirar yo piedras a mi propio tejado  ;)

Si pasado el tiempo resulta que me llaman desde la policia local para decirme que también las tengo que punzonar... pues yo voy y las punzono... pero solo cuando lo requiera mi ayuntamiento.  :D

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: JC en Febrero 26, 2013, 09:29:32 am
En Ajalvir:

- Ir a la Policía Local a recoger las tarjetas amarillas para rellenarlas.
- Yo tengo facturas de todo y todas mis réplicas están punzonadas (por armería Ibérica). Quizás no sea necesario, pero yo lo tenía ya todo, así que lo llevé.
- Llevar las réplicas para comprobación, las tarjetas amarillas rellenas y fotocopias de las facturas y de los números del armero.
- Pago de tasas: 0 €.
- En unos días está todo listo y pasas a recoger tu tarjetita amarilla con su sello.

En mi caso no han puesto nada en la casilla de "Calibre", y en la de tipo parece que pone "A1", aunque con mucha imaginación podría ser un "41"... pero imagino que eso no importa.

Resumiendo: para los ajalvireños es muy fácil y barato ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Copion en Febrero 27, 2013, 12:50:00 pm
Yo tambien estoy con vosotros, si total, que mas da que aparezca publicado en el BOE y se diga como se tiene que hacer y quien??, de hecho que es el BOE en comparacion con mi opinion... de hecho yo voy a llevar mis armas sin punzonar y si me paran les voy a decir que quien cojones son ellos para pedirme a mi nada. Luego les cantare eso de Viva españa viva el rey viva el orden y la ley.

Nada.. que es eso de la tarjetilla firmada y sellada por el alcalde... yo lo llevare estito de puño y letra sobre un papel de cuaderno a cuadraditos... y sellado por la republica independiente de mi casa.

Creo que asi vamos a hacer una partida llamada "detencion", en el campo el cuartelillo, donde van todos contra mi.

A veces creo que nos merecemos que nos requisen las armas, solo por listos. Y luego reclama tu al alcalde o al de la PL.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Febrero 27, 2013, 01:09:31 pm
Yo tambien estoy con vosotros, si total, que mas da que aparezca publicado en el BOE y se diga como se tiene que hacer y quien??, de hecho que es el BOE en comparacion con mi opinion... de hecho yo voy a llevar mis armas sin punzonar y si me paran les voy a decir que quien cojones son ellos para pedirme a mi nada. Luego les cantare eso de Viva españa viva el rey viva el orden y la ley.

Nada.. que es eso de la tarjetilla firmada y sellada por el alcalde... yo lo llevare estito de puño y letra sobre un papel de cuaderno a cuadraditos... y sellado por la republica independiente de mi casa.

Creo que asi vamos a hacer una partida llamada "detencion", en el campo el cuartelillo, donde van todos contra mi.

A veces creo que nos merecemos que nos requisen las armas, solo por listos. Y luego reclama tu al alcalde o al de la PL.

Hola Copion... veras, yo no se a ti... pero a mi no me paga nadie por decirle a mi ayuntamiento como tiene que hacer su trabajo, ni que tiene que leerse el BOE, ni nada por el estilo, a mi solo me pagan por hacer mi jornada laboral de lunes a viernes en mi empresa.

Yo como ciudadano mi unica obligación es ir al sitio correspondiente a pedir información sobre los tramites que tengo que hacer para sacarme tal o cual papel, en el sitio corresponidente me dicen lo que tengo que hacer y yo, como buen ciudadano, lo hago... Ahí termina mi responsabilidad.

De cara a la ley y a una futura parada por parte de la guardia civil mi responsabilidad como ciudadano esta cubierta ya que yo tengo mis papeles en regla según mi ayuntamiento, así se lo explicaré al agente con toda la corrección y el respeto que mi educacion inculcada por mis padres me permite (me parece ofensiva tu referencia al pavo que canta la cancioncilla esa delante de la GC y que va puesto asta las cejas)

Posiblemente eso no me exima de volver a tener que hacer algún papeleo el dia que todo este lio se aclare definitivamente y resulte que lo que dice mi ayuntamiento no es lo que hay que hacer realmente, y por supuesto, no se me ocurrirá reclamarle al alcalde o a la PL como tu dices, volveré ha hacer lo que me pidan y punto pelota... pero asta entonces mi conciencia está tranquila al haber seguido al pie de la letra los requisitos que se me han pedido.

En fin, terminando, yo no se lo que te mereceras tu... pero yo no me merezco este tipo de comentarios solo por seguir los pasos que mi ayuntamiento me ha pedido. Ni me las doy de listo ni nada por el estilo (hay quien diria que ir de listo es precisamente decirle a tu ayuntamiento lo que tiene que pedirte, por mucha razón que tengas)

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifa en Febrero 27, 2013, 01:18:39 pm
no es lo mismo Copion, yo tengo la tarjeta con los requisitos que me pedian en mi localidad (ni punzonados ni psicotecnicos ni tasas) y es igual de valida que la de cualquier otra localidad donde ahora pidan todo esto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Copion en Febrero 27, 2013, 01:25:33 pm
NOOOO que no era por ti ni por nadie, en concreto.

de todas maneras pense que lo que no se haria es hacer el proceso. En consecuencia seguir como hasta ahora. Pero como dices, si tienes la tarjeta que es lo que a la GC le importa.... como si la regalan. me imagino que al GC de turno le pasara como tu describes: A mi me han dicho que esto es asi, y si tiene los papeles bien, si no mal. El como los consiga cada uno.... eso a el poco le importa.

lo de que nos lo merezcamos que nos quiten las armas, dependera de lo listillo que le parezcamos al que nos pare (si nos para, llevo 10 años en eso y nunca me pararon)

pero vamos que no iba a malas el comentario, ni mucho menos personalizado, por que no te conozco ni a Zeig tampoco.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Febrero 27, 2013, 01:31:27 pm
NOOOO que no era por ti ni por nadie, en concreto.

de todas maneras pense que lo que no se haria es hacer el proceso. En consecuencia seguir como hasta ahora. Pero como dices, si tienes la tarjeta que es lo que a la GC le importa.... como si la regalan. me imagino que al GC de turno le pasara como tu describes: A mi me han dicho que esto es asi, y si tiene los papeles bien, si no mal. El como los consiga cada uno.... eso a el poco le importa.

lo de que nos lo merezcamos que nos quiten las armas, dependera de lo listillo que le parezcamos al que nos pare (si nos para, llevo 10 años en eso y nunca me pararon)

pero vamos que no iba a malas el comentario, ni mucho menos personalizado, por que no te conozco ni a Zeig tampoco.

Perdona Copion, hoy llevo un dia un tanto complicado en el currele y lo mismo me he tomado el post un tanto sesgado jejejejeje no te preocupes, todo aclarado  :D
Si al final del todo el tiempo va a ir poniendo las cosas en su sitio ;-)
Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: OsoAV en Marzo 04, 2013, 10:10:46 pm
Para los jugadores que vivan en valladolid estos son los requisitos de su ayuntamiento para registrar replicas de airsoft.

Esta copiado de la pagina del ayuntamiento
.

Lugares y Modos de Presentación


Registro General del Ayuntamiento

Pza. de la Rinconada s/n 47001 VALLADOLID

Horario: De lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas y
Jueves de 17 a 19 horas, del 1 de octubre al 31 de mayo


Requisitos

-Ser mayor de 14 años
-Estar en posesión del DNI

Documentación a presentar

-Solicitud con los datos personales del solicitante y los descriptivos del arma (número de serie, marca, modelo, calibre, etc.)

-Impreso cumplimentado de la tarjeta de armas. Se facilitará en los establecimientos de compra del arma,o en las dependencias de la Guardia Civil

-Fotocopia del DNI del solicitante

-Declaración jurada de buena conducta ciudadana

-Fotocopia de la factura de compra



La tarjeta de armas podrá retirarse pasados unos10 o 15 días en el edificio de Jefatura de la Policía Municipal (Avda. Burgos 3) (Unidad de depósitos y objetos hallados)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: OsoAV en Marzo 04, 2013, 10:13:19 pm
Para Laguna de Duero (Valladolid)

-Instancia
-Justificante de adquisicion de arma(Factura)
-DNI del interesado y propietario
-Tarjeta de armas SIN RELLENAR facilitada por el armero
-Justificante del pago de la tasa correspondiente 45€

El de laguna es con diferencia el mas caro del que tengo constancia.

Tambien hay que decir que no piden ni psicotecnico ni certificado de penales
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kerwin en Marzo 04, 2013, 10:53:16 pm
Para Laguna de Duero (Valladolid)

-Instancia
-Justificante de adquisicion de arma(Factura)
-DNI del interesado y propietario
-Tarjeta de armas SIN RELLENAR facilitada por el armero
-Justificante del pago de la tasa correspondiente 45€

El de laguna es con diferencia el mas caro del que tengo constancia.

Tambien hay que decir que no piden ni psicotecnico ni certificado de penales


De momento que yo sepa, el que se lleva la palma en tasas es el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes (Madrid) con 60 eurazos.
Pero seguro que en cualquier momento sale alguno que se aproxime a los 100 euros. Si no, al tiempo.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: avalantxa en Marzo 05, 2013, 10:43:06 pm
Sestao
Barakaldo
Portugalete
Bilbao
Santurce
Pueblos limitrofes
DNI
Factura de compra
Antecedentes Penales
Que tenga numero de serie

En Portugalete ya os contare en unos días, porque no piden nada de lo que has puesto, ya iré informando
Y en Bilbao, aun andan preguntando como hacer el tema
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Marzo 06, 2013, 09:53:02 am
no es lo mismo Copion, yo tengo la tarjeta con los requisitos que me pedian en mi localidad (ni punzonados ni psicotecnicos ni tasas) y es igual de valida que la de cualquier otra localidad donde ahora pidan todo esto.

Ninguna marcadora de Airsoft tiene número de fabricación, porque ninguna está fabricada por un fabricante autorizado de armas. Los números de serie con los que están grabadas las marcadoras no tienen validez a la hora de identificarlas, debido a que no son únicos para una sola marcadora. Algunos fabricantes de marcadoras asignan un número idéntico a todas las marcadoras de un mismo modelo, solo con carácter decorativo; otros asignan números individuales correlativos a cada uan de las marcadoras de cada uno de los modelos que fabrican, pero se puede dar el caso de que marcadoras de diferentes modelos y de un mismo fabricante tengan números de serie idénticos. También hay que tener presente que las marcadoras de Airsoft están fabricadas con materiales frágiles, y que es habitual que se rompan los cuerpos, y que estos sean sustituidos, con lo cual el cuerpo de recambio llevará un número de serie diferente al original y probablemente común a todos los cuerpos de recambio hechos con el mismo molde, o incluso es habitual que los cuerpos de recambio no lleven grabado ningún número.

Actualmente, algunos importadores de marcadoras y material de Airsoft están grabándolas con números de serie individuales para poder tener control de las coberturas de las garantías, este número de serie tampoco es válido para poder registrar la marcadora en una tarjeta de armas, ya que es posible que haya coincidencias entre dos marcadoras de importadores diferentes.

A pesar de todo esto, es probable que si facilitamos el número de serie que aparece en la marcadora que queramos guiar en una tarjeta de armas de 4ª categoría, el Ayuntamiento la acepte y haga la inscripción de la marcadora en la correspondiente tarjeta de armas de 4ª catgoría, pero estaremos facilitando datos falsos para la confección de un documento público, algo tipificado como delito en el Código Penal.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 06, 2013, 12:24:50 pm
De acuerdo en todo menos en que sea delito.

Yo no tengo porque conocer las especificaciones que la ley obliga a los fabricantes a utilizar y si he comprado mi réplica legalmente no tengo porque sospechar que me están timando.


Si compras un coche de segunda mano importado y le han cambiado el nº de bastidor a ti te lo incautan como prueba del delito cometido por el vendedor pero a ti no te imputan nada. A priori nada.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Marzo 06, 2013, 12:45:03 pm
El desconocimiento de la Ley, no impide su cumplimiento.
No as comprado una "replica" amigo, as comprado un juguete, que entra en España como un juguete y que la legislación actual española si la quieres llevar y usar fuera de tu domicilio, te la hace un ALD, y que como toda arma debe cumplir unos requisitos legales y entre ellos está el numerarla por un armero autorizado tal y como indica la normativa aplicable antes de solicitar la tarjeta en el ayuntamiento, y el que ese ayuntamiento la conceda sin cumplir los requisitos que se indican en el R.A. no significa que seá legal o que no se esté cometiendo un delito independientemente de las responsabilidades a que diera lugar.

Por lo tanto nadie te tima por venderte un juguete que si lo quieres usar lo tienes que hacer un arma.

Facilitar datos falsos por desconocimiento u omisión  para la confección de un documento público está tipificado como delito en el Código Penal.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 06, 2013, 12:50:59 pm
segun la normativa europea NUNCA han sido juguetes.

ellos pueden alegar que ese numero es de cara a su registro interno...por lo que no hay delito.

el problema es que al final la ALD tiene

- el numero del chino
- el numero del importador
- el numero de intervencion

vamos, que pareceran un sudoku
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 06, 2013, 12:57:05 pm
Le otorgas una retroactividad a una OM que no tiene, Panzer2, no en encabezones con ello que no tienes razón XD

Y como dice Nelo nunca han sido juguetes, fueran lo que fuesen, lo que tengo en casa se compró tal y como le exigían al vendedor (y si no problema suyo) y yo ahora cuando voy a un ayuntamiento no tengo porque ser conocedor de la reglamentación de nada más allá de la que me informen ellos mismos porque la inclusión en l a 4ª categoría no implica (repito) retroactividad alguna.

A mi en mi casita no me van a meter un puto porque un ayuntamiento haya entregado tarjetas a su juicio legales . Más que nada porque los requisitos los determina finalmente el Ayuntamiento y si alguien no exige o incurre en irregularidades son ellos, no yo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 06, 2013, 01:01:30 pm
No es que sean retroactivos zeig....es que es tan sencillo como decir...a partir de ahora todos los coches tienen que tener 5 ruedas......pues a partir de ahora los que se vendan nuevos llevaran 5 ruedas y los viejos te daran un tiempo para adaptarlos...y sino...en casa se quedan.

Es lo mismo que pasa con los gases de la itv....cuando yo compre mi moto estaba una normativa...4 años despues la cambian...pues bien....si mi moto pasa de esos gases....no puede circular...asi de sencillo.....aunque se haya matriculado en otras condiciones.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Marzo 06, 2013, 01:17:29 pm
No es que sean retroactivos zeig....es que es tan sencillo como decir...a partir de ahora todos los coches tienen que tener 5 ruedas......pues a partir de ahora los que se vendan nuevos llevaran 5 ruedas y los viejos te daran un tiempo para adaptarlos...y sino...en casa se quedan.

Es lo mismo que pasa con los gases de la itv....cuando yo compre mi moto estaba una normativa...4 años despues la cambian...pues bien....si mi moto pasa de esos gases....no puede circular...asi de sencillo.....aunque se haya matriculado en otras condiciones.

Siguiendo con tu razonamiento del coche Nelo... a partir de ahora los coches necesitan 5 ruedas... correcto. Yo voy al ayuntamiento/concesionario/entidad_que_lo_debe_de_gestionar a pedir INFORMACION sobre como tengo que realizar legalmente el cambio, y ellos me dan unas pautas y yo las sigo.

Luego viene alguien y me dice que eso no es asi porque en otro sitio le han pedido otras cosas y me dice que como no he hecho eso YO he realizado algo ilegal... pues no. YO he realizado lo que me han pedido, punto.

Volvemos a las mismas, rapidamente os tirais al dicho de que "el desconocimiento de la ley no exime..." y no es así YO NO TENGO porque conocer los procedimientos necesarios para todo, mi unica obligacion es ir al sitio donde SI LOS DEBEN DE CONOCER para que me informen, y una vez informado, actuar con lo que me han pedido. Ahí termina mi obligación, yo tengo un resguardo de mi ayuntamientos oficial que indica claramente los requisitos pedidos, y es lo que le presentare a la autoridad competente en caso de tener problemas.

Como dije antes, si al final resulta que mi ayuntamiento se equivoca y tengo que hacer mas gestiones, las haré, pero a día de hoy, he hecho lo que me han pedido.

A ver si empezamos a diferenciar nuestras obligaciones como ciudadanos de las obligaciones de los ayuntamientos/policia.

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 06, 2013, 01:27:03 pm
no veo que tiene que ver mi comentario con el tuyo...yo simplemente aclaro que la normativa no es retroactiva.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Marzo 06, 2013, 01:53:14 pm
no veo que tiene que ver mi comentario con el tuyo...yo simplemente aclaro que la normativa no es retroactiva.

Perdon Nelo, entendi mal entonces tu post  :D

No obstante, ahí queda mi opinion  ;)

un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 06, 2013, 02:34:19 pm
Con el ejemplo de los coches no teneis razón, sabeis que hay coches antiguos que circulan sin cinturones de seguridad porque cuando se matricularon no eran obligatorios??

Panzer2, las ALD NO SON JUGUETES, nunca lo han sido, pero por si había duda desde que salió el BOE ha quedado más que claro, son ALD se saquen a la calle o se tengan en casa, la única diferencia es que para sacarlas es necesaria la tarjeta, para tenerlas en casa solo notificarlo al Alcalde...yo mis balones de fútbol no tengo que notificar a nadie que los tengo en casa.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 06, 2013, 02:42:20 pm
Yogui, eso solo si tiene una categoria especial como la de historicos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Marzo 06, 2013, 02:53:10 pm
Dejar el spam somos todos unos cabezones y este hilo no es para eso asique cortad el rollo.
Dos no pelean si uno no quiere ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 06, 2013, 03:24:03 pm
¿Spam? ¿Qué dices¿?¿?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Marzo 06, 2013, 03:26:14 pm
No as comprado una "replica" amigo, as comprado un juguete

MEEEEEEEEEEEC

http://consumoteca.com/familia-y-consumo/juguetes/productos-que-no-se-consideran-juguetes-para-la-normativa

Buscaría el documento oficial, pero estoy muy perro...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 06, 2013, 03:31:01 pm
¿Spam? ¿Qué dices¿?¿?

eso mismo pregunto yo....antes de usar una palabra hay que conocer su significado.

lo que yo he utilizado es un simil para argumentar algo dentro de este tema....no estoy hablando de cosas distintas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Marzo 06, 2013, 03:40:47 pm
y que tendrá que ver el procedimiento en diferentes ayuntamientos para que la gente se oriente más o menos con lo que le pueden pedir, a las dos últimas páginas?.  ::)
no es spam, que está mal usada la palabra, pero vamos, offtopic si, y mucho.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Marzo 06, 2013, 03:47:57 pm
¿Spam? ¿Qué dices¿?¿?

eso mismo pregunto yo....antes de usar una palabra hay que conocer su significado.

lo que yo he utilizado es un simil para argumentar algo dentro de este tema....no estoy hablando de cosas distintas
Supongo que se refiere a desvirtuar (en este caso abrir un debate paralelo) el hilo que debería ser exclusivamente para recoger los procedimientos según los municipios, no el si deberían ser así o asá  ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 06, 2013, 06:22:46 pm
Bueno el offtopic se ha iniciado aquí:

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=59251.msg475368#msg475368


Yo por mi parte lo único que he hecho es repatir una afirmación errónea o al menos hablar de ella. Si se desinforma más que informa digo yo que se pueda hablar al respecto.....

Por cierto eso del término spam mal utilizado no es la primera vez que lo leo en este foro y no sólo de novatos....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 06, 2013, 06:37:39 pm
Yogui, eso solo si tiene una categoria especial como la de historicos.

Negativo...no hace falta esa categoría, va por fecha de matriculación, lo mismo cinturones que espejos...efectivamente es posible que a día de hoy por antiguedad todos se puedan incluir en la categoría de históricos, pero la ley que regula esto es muy anterior a la existencia de coches históricos como tales, estamos hablando del antiguo codigo de circulación, nada menos que del año 1934. Quiero decir con ésto que muchas veces a niveles técnicos no se aplica la retroactividad en una ley...pero bueno, es off topic total  ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifa en Marzo 07, 2013, 12:34:05 pm
Una ultima entrada de OT por mi parte
panzer2 yo continuo opinando lo mismo. Quien me pide los requisitos para expedir la tarjeta de armas de 4 categoria es mi ayuntamiento y en su dia me pidieron x, ¿por que voi a estar cometiendo un delito ahora?, si a ti en tu ayuntamiento te piden otros requisitos tendras que cumplir esos requisitos y no los que pidan en otra localidad ¿por que enredarse mas?

El dia que mi tarjeta caduca si me piden algo nuevo como el famoso troquelado o pintar la replica de azul para renovar pues tendre que hacerlo. Pero no le veo sentido hacerlo antes a no ser que me lo solicite directamente el ayuntamiento o salga publicado en el boe.

Parece que la gente quiere aplicar eso de... "o j*demos todos o la p*ta al rio" y de verdad que no entiendo el interes, al final lo unico que se consigue es perjudicarnos a nosotros mismos y cuando queramos registrar una nueva replica nueva nos den un buen viaje a la cartera.

Saludos

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 07, 2013, 12:40:29 pm
Hay quien se empeña en que su verdad es la única válida Pifa.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Marzo 07, 2013, 03:42:01 pm
De perdidos al rio... :=

Yogui, eso solo si tiene una categoria especial como la de historicos.

Negativo...no hace falta esa categoría, va por fecha de matriculación, lo mismo cinturones que espejos...efectivamente es posible que a día de hoy por antiguedad todos se puedan incluir en la categoría de históricos, pero la ley que regula esto es muy anterior a la existencia de coches históricos como tales, estamos hablando del antiguo codigo de circulación, nada menos que del año 1934. Quiero decir con ésto que muchas veces a niveles técnicos no se aplica la retroactividad en una ley...pero bueno, es off topic total  ;)

No confundáis clásicos con históricos...
Clásicos todo vehículo con 20-25 años o mas...   históricos son los rematriculados como históricos y han de superar un examen importante no vale cualquiera...

Lo se porque estoy restaurando una Puch Minicross Mc 50 de 1972... ahora mismo es una moto clásica no matriculada que ha de ser matriculada como historica
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Marzo 07, 2013, 04:54:25 pm
Una ultima entrada de OT por mi parte
panzer2 yo continuo opinando lo mismo. Quien me pide los requisitos para expedir la tarjeta de armas de 4 categoria es mi ayuntamiento y en su dia me pidieron x, ¿por que voi a estar cometiendo un delito ahora?, si a ti en tu ayuntamiento te piden otros requisitos tendras que cumplir esos requisitos y no los que pidan en otra localidad ¿por que enredarse mas?

El dia que mi tarjeta caduca si me piden algo nuevo como el famoso troquelado o pintar la replica de azul para renovar pues tendre que hacerlo. Pero no le veo sentido hacerlo antes a no ser que me lo solicite directamente el ayuntamiento o salga publicado en el boe.

Parece que la gente quiere aplicar eso de... "o j*demos todos o la p*ta al rio" y de verdad que no entiendo el interes, al final lo unico que se consigue es perjudicarnos a nosotros mismos y cuando queramos registrar una nueva replica nueva nos den un buen viaje a la cartera.

Saludos


Bueno, vale ya ¿no?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifa en Marzo 07, 2013, 05:57:07 pm
Una ultima entrada de OT por mi parte
Bueno, vale ya ¿no?
???

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 07, 2013, 07:10:54 pm
Yo me he quedado igual.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Marzo 07, 2013, 07:15:06 pm
Una ultima entrada de OT por mi parte
Bueno, vale ya ¿no?
???


Aunque fuera la última había que haber cortado con el off topic desde hace ya largo y no seguir aunque fuera lo último que se va a decir.
Luego que si hay chorrocientas páginas sin info importante y que si se desvirtúan los hilos...
Sin acritud.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 07, 2013, 07:47:25 pm
Para eso ya hay unos moderadores estupendos.....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Lowin en Marzo 07, 2013, 09:02:11 pm
Buenas noches!
Ayer me comunicaron que en Móstoles, las tarjetas expedidas a partir del 15 de febrero, pagarán una tasa de aproximadamente 5 € (por tarjeta), os llegará una carta a casa con el importe exacto del pago de la nueva tasa.
Un saludo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kerwin en Marzo 07, 2013, 09:11:54 pm
Buenas noches!
Ayer me comunicaron que en Móstoles, las tarjetas expedidas a partir del 15 de febrero, pagarán una tasa de aproximadamente 5 € (por tarjeta), os llegará una carta a casa con el importe exacto del pago de la nueva tasa.
Un saludo.


Ya estaban tardando los Ayuntamientos que hacían las expediciones gratuitas en sacar tajada de todo este asunto. Y 5 euros me parece barato. Seguro que algún ayuntamiento aprovecha la ocasión y pone precios prohibitivos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Marzo 07, 2013, 09:50:39 pm
Esperaros que luego no manden otras para completar los formularios como esta puesto en madrid capital.

Esto es de chiste total, como decia un amigo, parece que lo mejor es no hacer absolutamente nada, y cuando ya dejen de tocar las " bolas " hacer las cosas y fuera.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Astharoshe en Marzo 08, 2013, 12:37:26 am
Esta noche he soñado que iba al Ayuntamiento, del pueblaco ese donde vivo, a verle la cara a... "más de uno", para regularizar los trastos, y me decían que tenía que pagar 20€, de momento, presentar un Certificado de Penales y el resultado de un test psicotécnico, y acto seguido yo los mandaba a tomar por cul* y me dedicaba a otra cosa; menos mal que sólo fué un sueño.
Lo que me pregunto es como quedará el tema de "los invitados", porque he estado pensando en llevarme a unos amigos, ajenos al mundillo, a una partida, dejándoles réplicas mías, y ahora no estoy seguro de si ellos también tendrán que fichar en el cuartelillo o podrán usar cacharros prestados o alquilados sin que nos empapelen a todos.Puede que esté explicado en el Reglamento, pero no lo recuerdo y no me apetece autosodomizarme leyéndolo otra vez, si alguien "lu sabeh" y nos lo cuenta, nos hace un favorcillo. :-* 
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 08, 2013, 11:46:45 am
En principio se pueden prestar las ALD a quien cumpla los requisitos para obtener una tarjeta...yo entiendo que a mayores de 14 años, lo que no queda claro es si se puede hacer a quien tenga antecedentes  :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Marzo 09, 2013, 07:54:09 am
No existe obligación de comprobar si una persona tiene o no antecedentes penales y/o si cumple las condiciones fisicas para jugar con un arma de 4ª categoría, prestada-alquilada o cedida temporalmente.....

La Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos del Ministerio de Interior (CIPAE), en relación con el caso que nos ocupa, emitió los siguientes informes:
... 07/07/1998.- Acuerdo: Comunicar a...... que:
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.

2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa...................... ............................. y, en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 09, 2013, 10:14:14 pm
Osea que si yo hurto un chicle de un duro en una tienda no puedo tener una ALD a mi nombre, pero sin embargo cualquiera me la puede prestar, no??   :=

Repito que no lo tengo muy claro. El RA lo que dice es que se podrán prestar o alquilar a todas aquellas personas que cumplan los requisitos para tener tarjetas...hablo de memoria, no se el texto exacto, pero eso creo recordar.

Yo entiendo que una empresa no se pueda poner a hacer psicotécnicos ni pedir penales a nadie, pero si puede hacer a los clientes firmar un papel donde diga que no está permitido el alquiler o préstamo a quien tenga antecedentes y no estaría haciendo nada ilegal, el que estaría infringiendo sería el que alquila...si miente es cosa suya.

Y vuelvo a repetir por si no ha quedado suficientemente claro, que tengo mis dudas sobre lo que estoy diciendo, pero entiendo que el RA se puede interpretar así y no lo veo ninguna locura, no veo para nada normal que si una persona no puede comprar una ALD sí que pueda alquilarla.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 10, 2013, 01:52:49 am
Pues yo me alegraría de que un psicópata asesino en serie sin acceso a compra de armas pueda saciar su ira e instintos asesinos jugando al airsoft sin cargarse a nadie con réplicas prestadas XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Marzo 10, 2013, 08:24:57 am
Para quien pueda interesar, el procedimiento para registrar mi réplica en el Ayto. de Cercedilla ha sido el siguiente:

a) Presentación en Policía Local de factura de compra, manual del "arma" (así lo llaman), del propio "arma", para verificar el número de serie concordante con el de la factura y mostrar el DNI para verificar también su concordancia con la factura.
b) Recoger, al cabo de tres días, la tarjeta de armas.
c) Coste total del trámite: 0€
d) Atención recibida por Policía Local: 9,5 sobre 10

La tarjeta es tipo A 4.1, lo que significa que por ser tipo A ("arma" con posibilidad de "fuego automático" :o) tiene una vigencia de 5 años. De lo que se infiere que si tengo una réplica de francotirador (acción "tiro a tiro") la tarjeta sería tipo B con vigencia indefinida.

Nos vemos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Marzo 10, 2013, 08:49:37 am
Osea que si yo hurto un chicle de un duro en una tienda no puedo tener una ALD a mi nombre, pero sin embargo cualquiera me la puede prestar, no??   :=

Repito que no lo tengo muy claro. El RA lo que dice es que se podrán prestar o alquilar a todas aquellas personas que cumplan los requisitos para tener tarjetas...hablo de memoria, no se el texto exacto, pero eso creo recordar.

Yo entiendo que una empresa no se pueda poner a hacer psicotécnicos ni pedir penales a nadie, pero si puede hacer a los clientes firmar un papel donde diga que no está permitido el alquiler o préstamo a quien tenga antecedentes y no estaría haciendo nada ilegal, el que estaría infringiendo sería el que alquila...si miente es cosa suya.

Y vuelvo a repetir por si no ha quedado suficientemente claro, que tengo mis dudas sobre lo que estoy diciendo, pero entiendo que el RA se puede interpretar así y no lo veo ninguna locura, no veo para nada normal que si una persona no puede comprar una ALD sí que pueda alquilarla.


Pues así es amigo, tu te vas a una empresa legalmente establecida y te la alquilan, prestan o ceden legalmente conforme al art. 91.2 del R.A. Esto  no es nuevo ni relacionado con con las armas de 4ª, siempre se pudo hacer, los que somos empresas, hace años que lo hacemos y siempre se pudo hacer incluso con armas de fuego se puede.

Tienes razón cuando dices que el cliente tiene que formar un documento donde firma el "enterado" de varias normas y obligaciones.....entre otras que esta prohibido portar, y usar un ALD bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, estimulantes u otras sustancias análogas (Art.147.2 del R.A.).

Tambien es cierto que si los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado obsevan que alguien porta un arma se encuentra bajo los efectos relacionados anteriormente, pueden proceder a la intervencion temporal del arma dando cuenta a la Autoridad competente para ser sancionado (Art. 142.2 del R.A.).




Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 10, 2013, 08:44:14 pm
Las armas de fuego vamos a dejarlas a un lado que ultimamente tendemos mucho a buscar similitudes y pocas hay...de entrada una arma de fuego no se puede prestar ni alguilar a nadie que no tenga la correspondiente licencia, por lo tanto ha de reunir todos y cada uno de los requisitos necesarios para poseer un arma...cosa que al parecer en 4ª categoría no se tiene en cuenta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zulu en Marzo 11, 2013, 06:47:51 pm
Ayuntamiento de Humanes de Madrid

Buenos días, noticias del viernes.
Ayuntamiento de Humanes de Madrid

1- factura de la misma con número de serie.
2- Si no se dispone de factura, se permite declaración jurada.
3- Punzonado no obligatorio, pero que voy a hacer para evitar problemas.
4- Tasas gratis.
5- Te emiten las tarjetas.

PD. Por supuesto hay que llevar las ALDs

Saludos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: blindman en Marzo 12, 2013, 12:01:06 pm
Podéis actualizar el de Móstoles añadiendo que hay que pagar una tasa con caracter retroactivo de 5,03 € en total.

Me ha comentado el agente de la PL que incluso puede haber tarjetas retenidas porque cuando se han pedido no había que pagar tasa y ahora sí.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Marzo 12, 2013, 12:25:51 pm
Una pregunta, que no recuerdo si ha salido ya y no lo encuentro con el buscador...
En Madrid capital, si quieres registrar varias réplicas, ¿hay que entregar un juego de documentación para cada una? Sí, las tasas y tarjetas sé que sí, me refiero a tener que entregar varios test psicofísicos y certificados de penales....  ???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 12, 2013, 12:29:19 pm
te los compulsan alli mismo.

un compañero mio de hecho se quedo con los originales y le hicieron copias compulsadas para adjuntarlas a cada solicitud
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Marzo 12, 2013, 09:44:52 pm
te los compulsan alli mismo.

un compañero mio de hecho se quedo con los originales y le hicieron copias compulsadas para adjuntarlas a cada solicitud

Gracias!!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: panzer2 en Marzo 13, 2013, 09:25:23 am
Las armas de fuego vamos a dejarlas a un lado que ultimamente tendemos mucho a buscar similitudes y pocas hay...de entrada una arma de fuego no se puede prestar ni alguilar a nadie que no tenga la correspondiente licencia, por lo tanto ha de reunir todos y cada uno de los requisitos necesarios para poseer un arma...cosa que al parecer en 4ª categoría no se tiene en cuenta.

Como bien dice Yogui, las armas de fuego son otra historia para prestarlas o cederlas......

Artículo 91. Cesión temporal de armas.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

Pero las de 4ª puede hacerse sin mas requisitos que la autorización de la persona física......
07/07/1998.- Dirección General de la Guardia Civil.
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.
2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa, y que cumplan las condiciones subjetivas expresadas en el artículo 104 del Reglamento de Arms y en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Marzo 13, 2013, 05:20:48 pm
Te repites más que el chorizo, hijomido.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Marzo 13, 2013, 11:18:48 pm
Las armas de fuego vamos a dejarlas a un lado que ultimamente tendemos mucho a buscar similitudes y pocas hay...de entrada una arma de fuego no se puede prestar ni alguilar a nadie que no tenga la correspondiente licencia, por lo tanto ha de reunir todos y cada uno de los requisitos necesarios para poseer un arma...cosa que al parecer en 4ª categoría no se tiene en cuenta.

Como bien dice Yogui, las armas de fuego son otra historia para prestarlas o cederlas......

Artículo 91. Cesión temporal de armas.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

Pero las de 4ª puede hacerse sin mas requisitos que la autorización de la persona física......
07/07/1998.- Dirección General de la Guardia Civil.
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.
2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa, y que cumplan las condiciones subjetivas expresadas en el artículo 104 del Reglamento de Arms y en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).

El punto 2 si te fijas hace referencia al 104 (105 en el caso de 4ª categoría). Los requisitos que te pongo en rojo entiendo que son los que debiera de cumplir cualquiera que vaya a coger prestada o alquilada una ALD, es decir hay que ser mayor de 14 años y no tener antecedentes...cosa lógica porque sino todos los delincuentes podrían tener ALD a nombre de sus mamas.

ARTICULO 105. Tarjetas
1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4. fuera del domicilio habrán de estar
documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los
municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración
de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos
términos municipales.
2. Las armas incluidas en la categoría 4., 2, se pueden documentar en número ilimitado
con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4., 1,
solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que
puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las
circunstancias locales y personales que concurran.
4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad,
a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes
en vigor.
5. La tarjeta de armas se expedirá en impreso, que confeccionará la Dirección General de
la Guardia Civil.
En cada impreso se podrán reseñar hasta seis armas. Cuando se trate de tarjetas B y el
número de armas exceda de seis, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta.
6. Del impreso se destinará un ejemplar al interesado; el segundo será remitido por la
Alcaldía a la Intervención de Armas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Marzo 21, 2013, 11:58:19 am
Creo que ya está puesto, pero os cuento al detalle mi odisea al registrarlo, para que no os pase a los demás...

Madrid Capital, concretamente distrito Fuencarral (junto a La Vaguada)

> Por CADA RÉPLICA se necesita:

- TASA por trámites administrativos: 20'75€. Se descarga desde la pagina de munimadrid y se imprime las veces que haga falta. OJO! Cada impreso viene por CUADRUPLICADO, y si teneis que hacer varios, HAY QUE CERRAR EL DOCUMENTO Y VOLVER A ABRIRLO, para que genere un identificador nuevo cada vez. Si no, solo os dejará pagar una vez, y rellenar a mano 4 hojas por cada replica....  :-\ :-\
- SOLICITUD: te la dan en el momento y se rellena, por DUPLICADO y POR CADA RÉPLICA.

- FOTOCOPIA DE TODO: factura, DNI, documentación con el nº de serie troquelado, certificado de penales, test psicofisico... Si presentas el original, ellos te las compulsan (yo he entregado el de penales y el psicofisico originales)

En fin, que no pueden hacerlo peor y mas dificil. La persona que me ha atendido ha sido muy amable, pero no tenía ni pajolera idea de qué tenía que hacer, ni con la documentación ni con las tarjetas ni nada... Solo espero que no me hagan repetir nada......  :( :( :(

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 21, 2013, 12:09:33 pm
y recordad que maximo 6 ALD por persona.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Marzo 21, 2013, 12:24:33 pm
y recordad que maximo 6 ALD por persona.

Eso!  ;) ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Marzo 21, 2013, 12:33:42 pm
Y los que no tengais factura, al llevar el documento del armero no os hace falta (En el Ayto. de Madrid).

Ayer recogí mis tarjetas, entregué la solicitud el 18-02 en la Junta de Distrito; las tarjetas tienen fecha de concesión del 27-02 y me llamaron el viernes 15-03 para ir a recogerlas en la Calle Albarracín, 31.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Marzo 21, 2013, 01:42:05 pm
Ey, que a mí en Albarracín (para Madrid) me dijeron que con que el número de serie de la réplica fuera el mismo que el de la factura valía, nada de troquelamientos, que bastaba con eso (por si algún madrileño se quiere ahorrar el troquelado).
Ahora me dirá alguien que el número válido según el BOE tiene que ser el del troquelado del armero autorizado y yo le diré que perfecto, pero como muchos han dicho y soy de la misma opinión: me ciño a los requisitos de mi ayuntamiento que es el que compete a la hora de expedirme las tarjetas. ¿Que por lo que sea resulta que no son los adecuados? Que apechuguen ellos y por supuesto me encargaré de hacer la reclamacin pertinente para que me lo solucionen, hombre ya.
Y si no que hubieran espabilado con la OM y hubieran sentado bien las bases y actuaciones a nivel nacional para que no nos encontráramos con el desaguisado de los "reinos de taifas" en el que cada cual pide (o no) lo que le apetece.

País!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Marzo 21, 2013, 01:45:59 pm
como tu numero coincida con el de algun otro que haya hecho como tu te llamaran para que vuelvas a presentar la documentacion si o si....ya ha pasado en varios municipios de la comunidad de madrid

y de reclamar olvidate, ya que el reglamente deja bien claro que el numero debe ser unico...y que sino al maestro armero...lo unico que vas a hacer es perder tiempo

Tu mismo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: juanitv en Marzo 21, 2013, 03:50:21 pm
A mi juicio, y por mi experiencia en la Administración y su funcionamiento; he preferido pagar 10€ para grabar el número se serie y quitarme de historias.

Pero vamos, creo que ya se han expuesto hasta la saciedad los argumentos con respecto a los números de serie.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: PenetrAlex en Marzo 21, 2013, 05:14:15 pm
Hola,

Ya tengo mis tarjetas de 4ª categoría (A y B). Así que actualizo mi anterior mensaje:

Municipio: Valdemoro

Url de información: http://www.valdemoro.es/contenidos/content.asp?contentid=10048&nodeid=7757

Por lo que me han contado: Imprescindible el número de serie. El procedimiento es hacer una solicitud general en el ayuntamiento, y posteriormente la policía local se pone en contacto contigo.

Cuando consiga registrar las réplicas comento todo el proceso.

IMPRESCINDIBLE:

a) Que vuestras réplicas tengan número de serie único, ya sea de fábrica o puesto por una armería autorizada. Si no es único, podríais tener problemas de duplicidades.

b) Las facturas, contratos de compra-venta, o declaraciones juradas de que habéis adquirido el arma legalmente. De algún modo hay que justificar de dónde ha salido la réplica. Sea cual sea el papel debe ir el número de serie. Si la réplica no tenía número de serie cuando la comprasteis, debéis ir a una armería autorizada para que os troquelen un número de serie único, y os darán una documentación que tendréis que aportar.

c) Las tarjetas de armas en sí mismas, os las facilitan en  Intervención Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Una vez llamé a Móstoles, me dijeron que las cobraban a 1 euro, pero posteriormente me pasé por Alcobendas (pensaba que me cobrarían), pero me la dieron gratuitamente. Hasta hace poco la propia Policía Local las aportaba, pero me dijeron que a partir de ahora, las deberemos aportar nosotros.

d) Estar empadronado y residir en Valdemoro

EL PROCESO PASO A PASO:


Primer Paso:
Hacer la solicitud por instancia general en el ayuntamiento. Es posible que en el ayuntamiento os digan que tenéis que ir primero a la policía, pero si lo hacéis, desde la policía os volverán a enviar al ayuntamiento para que hagáis la instancia. Es importante que pongáis en la instancia qué réplicas vais a meter en la tarjeta (marca, modelo, número de serie, y calibre, que en este caso será 6), y si son automáticas o no, porque si son automáticas os la meterán en el tipo A, y si no os la meterán en el tipo B, y si tenéis de ambos tipos (lo más normal, una AEG y una GBB), os harán dos tarjetas, una para tipo A y otra para tipo B. No olviéis poner el teléfono y el correo electrónico en la instancia.


Segundo Paso:
Os llamarán y os dirán que tenéis que pagar las tasas en el área económica del ayuntamiento, esto es en la calle Guardia Civil nº 25. En cada tarjeta caben hasta 6 réplicas del mismo tipo (si tenéis más de 6 os harán otra tarjeta), tendréis que pagar las tasas por cada tarjeta, ya sea porque tenéis más de 6 del mismo tipo o porque tenéis réplicas de distintos tipos. El coste de la tasa son 25 euros por tarjeta.


Tercer Paso:
Llevar a la policía local (es mejor si os citáis con ellos previamente, para que esperen vuestra llegada) toda la documentación, esto es el resguardo de pago de las tasas, las tarjetas en sí mismas, las facturas/contratos de compra-venta (con declaración jurada del vendedor particular, de que la adquirió legalmente), y en su caso, resguardo de la armería que os ha puesto un número de serie, si la réplica no tenía uno único. En este paso, también podríais llevar las réplicas para que comprueben que los números de serie corresponden a cada una de ellas.


Cuarto Paso:
Una vez firmadas por el alcalde, y rellenadas y selladas por ellos; hay que volver a la policía local a firmar las tarjetas, y entonces os darán vuestra copia (cada tarjeta es un tríptico, una para ellos, otra para la guardia civil, y la última para vosotros). Si en el paso anterior no llevasteis vuestras réplicas para que comprueben los números de serie, este sería el momento.

OBSERVACIONES:

a) Han modificado la página web del ayuntamiento, y el enlace que puse la otra vez no funciona. Para encontrar la página, lo mejor es poner "tarjeta armas" en el buscador de www.valdemoro.es

b) La tarjeta de tipo A tiene una validez de 5 años, para renovarla tendréis que hacer el proceso de forma abreviada (no creo que haya que llevar las réplicas para que comprueben los números de serie, ni las facturas otra vez), lo mejor es consultarlo eventualmente. La tarjeta de tipo B tiene una validez indefinida. Siempre que compréis o vendáis réplicas (de cualquier tipo) tendréis que repetir todo o parte del proceso para llevar la tarjeta y la réplica correspondiente en orden.

c) El transporte la réplica se debe hacer de tal forma que no sea visible (la gente se podría asustar y mal interpretar la naturaleza real de las réplicas), y que no esté preparada para el disparo (sin el cargador, en cuyo caso sin la batería). En principio no sería necesario una funda especializada siempre y cuando se cumplan estos dos requisitos (yo mis dos pistolas las llevo en una bolsa de transporte para un netbook de 10").

d) No es necesario aportar psicotécnico, ni tampoco aportar documenteción sobre los antecedentes penales, los comprueban ellos.

e) Si os paran, antes de enseñar las réplicas, advertir al agente de lo que transportáis y dadle la documentación.

PARA ACABAR:

Agradecer a la Policía Local de Valdemoro, y en especial al Sargento Aguilera por guiarme durante el trámite y solventar todas mis dudas.

Espero que toda esta parrafada que os he puesto os sirva de ayuda, aunque no sea para realizar el trámite en Valdemoro, de un ayuntamiento a otro cambia, pero suele ser bastante parecido.

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: PenetrAlex en Marzo 22, 2013, 10:28:58 am
Perdonad el doble post, pero acabo de leer una hoja que me dieron junto con las tarjetas y creo que se han equivocado al hacerme una tarjeta de tipo B para la pistola de gas, voy a consultarlo con ellos. Mientras tanto no le hagáis caso al mensaje que puse anteriormente (al menos en lo de la tarjeta de tipo B).

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: PenetrAlex en Abril 02, 2013, 05:25:09 pm
Hola, lamento que los últimos tres mensajes sean míos, no era mi intención hacer un post múltiple, pero ya lo he aclarado todo con la policía de mi pueblo (Valdemoro), así que ya puedo daros la versión definitiva del procedimiento para este municipio.

Finalmente, consultaron mi observación sobre que las semiautomáticas de gas debían estar en la categoría A, y finalmente me han dado la razón.

La clasificación de armas de 4ª categoría queda:

Tipo A: Semiautomáticas y automáticas (gas y eléctricas)
Tipo B: Tiro a tiro (resorte y aire comprimido)

Municipio: Valdemoro

IMPRESCINDIBLE:

a) Que vuestras réplicas tengan número de serie único, ya sea de fábrica o puesto por una armería autorizada (yo las marqué en la armería ibérica en Parla, www.armeriaiberica.com, mis agradecimientos al usuario "Oso" por el aporte). Si no es único, podríais tener problemas de duplicidades.

b) Las facturas, contratos de compra-venta, o declaraciones juradas de que habéis adquirido el arma legalmente. De algún modo hay que justificar de dónde ha salido la réplica. Sea cual sea el papel debe ir el número de serie. Si la réplica no tenía número de serie cuando la comprasteis, debéis ir a una armería autorizada para que os troquelen un número de serie único, y os darán una documentación que tendréis que aportar.

c) Las tarjetas de armas en sí mismas, os las facilitan en  Intervención Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Una vez llamé a Móstoles, me dijeron que las cobraban a 1 euro, pero posteriormente me pasé por Alcobendas (pensaba que me cobrarían), pero me la dieron gratuitamente. Hasta hace poco la propia Policía Local las aportaba, pero me dijeron que a partir de ahora, las deberemos aportar nosotros.

d) Estar empadronado y residir en Valdemoro

EL PROCESO PASO A PASO:


Primer Paso:
Hacer la solicitud por instancia general en el ayuntamiento. Es posible que en el ayuntamiento os digan que tenéis que ir primero a la policía, pero si lo hacéis, desde la policía os volverán a enviar al ayuntamiento para que hagáis la instancia. Es importante que pongáis en la instancia qué réplicas vais a meter en la tarjeta (marca, modelo, número de serie, y calibre, que en este caso será 6 mm), y si son automáticas/semiautomáticas o de tiro único, porque si son automáticas/semiautomáticas os la meterán en el tipo A, y si no os la meterán en el tipo B, y si tenéis de ambos tipos (esta situación se dará para los que tengan una escopeta o una "pajillera"), os harán dos tarjetas, una para tipo A y otra para tipo B. No olviéis poner el teléfono y el correo electrónico en la instancia.


Segundo Paso:
Os llamarán y os dirán que tenéis que pagar las tasas en el área económica del ayuntamiento, esto es en la calle Guardia Civil nº 25. En cada tarjeta caben hasta 6 réplicas del mismo tipo (si tenéis más de 6 os harán otra tarjeta), tendréis que pagar las tasas por cada tarjeta, ya sea porque tenéis más de 6 del mismo tipo o porque tenéis réplicas de distintos tipos. El coste de la tasa son 25 euros por tarjeta.


Tercer Paso:
Llevar a la policía local (es mejor si os citáis con ellos previamente, para que esperen vuestra llegada) toda la documentación, esto es el resguardo de pago de las tasas, las tarjetas en sí mismas, las facturas/contratos de compra-venta (con declaración jurada del vendedor particular, de que la adquirió legalmente), y en su caso, resguardo de la armería que os ha puesto un número de serie, si la réplica no tenía uno único. En este paso, también podríais llevar las réplicas para que comprueben que los números de serie corresponden a cada una de ellas.


Cuarto Paso:
Una vez firmadas por el alcalde, y rellenadas y selladas por ellos; hay que volver a la policía local a firmar las tarjetas, y entonces os darán vuestra copia (cada tarjeta es un tríptico, una para ellos, otra para la guardia civil, y la última para vosotros). Si en el paso anterior no llevasteis vuestras réplicas para que comprueben los números de serie, este sería el momento.

OBSERVACIONES:

a) Como van modificado la página web del ayuntamiento con el tiempo, lo mejor para encontrar los requisitos es usar el buscador (como hacéis aquí  ;)) de la página del ayuntamiento (www.valdemoro.es), poniendo "tarjeta armas" aparece muy rápido.

b) La tarjeta de tipo A tiene una validez de 5 años, para renovarla tendréis que hacer el proceso de forma abreviada (no creo que haya que llevar las réplicas para que comprueben los números de serie, ni las facturas otra vez), lo mejor es consultarlo eventualmente. La tarjeta de tipo B tiene una validez indefinida. Siempre que compréis o vendáis réplicas (de cualquier tipo) tendréis que repetir todo o parte del proceso para llevar la tarjeta y la réplica correspondiente en orden.

c) El transporte la réplica se debe hacer de tal forma que no sea visible (la gente se podría asustar y mal interpretar la naturaleza real de las réplicas), y que no esté preparada para el disparo (sin el cargador, en cuyo caso sin la batería). En principio no sería necesario una funda especializada siempre y cuando se cumplan estos dos requisitos (yo mis dos pistolas las llevo en una bolsa de transporte para un netbook de 10").

d) No es necesario aportar psicotécnico, ni tampoco aportar documenteción sobre los antecedentes penales, los comprueban ellos.

e) Si os paran, antes de enseñar las réplicas, advertir al agente de lo que transportáis y dadle la documentación.

PARA ACABAR:

Agradecer a la Policía Local de Valdemoro, y en especial al Sargento Aguilera por guiarme durante el trámite y solventar todas mis dudas.

Espero que toda esta parrafada que os he puesto os sirva de ayuda, aunque no sea para realizar el trámite en Valdemoro, de un ayuntamiento a otro cambia, pero suele ser bastante parecido.

Perdón de nuevo por los múltiples posts.

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: elacedo en Abril 09, 2013, 01:26:11 am
Por si os interesa a alguien en mostoles cobran una tasa de 5,03 por tarjeta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Abril 11, 2013, 10:13:33 am
Hola a todos, ya tengo la tarjetita de marras, han tardado casi dos meses y me han cobrado 12,02 euros por cada ADL, no se paga in situ, si no en el banco.

Comentar, para los que seáis de Barcelona, que tienen tal aluvión de peticiones que, actualmente, pueden tardar más de tres meses en gestionarlo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Abril 11, 2013, 02:02:46 pm
Buenas,

Pregunta... mientras estas en tramites se supone que no puedes sacarlas para jugar no?? no tienes ninguna documentacion que te autorice mientras... es que llevo unos meses liado y lo voy a legalizar todo ahora... el tema esta en que no me quiero quedar ahora que tengo tiempo libre los fines de semana 2 meses sin jugar otra vez...

Otra cosa... alguno ha sufrido ya algun control??? le comentan a un amigo que lleva jugando todos los fines de semana desde que salio y aun ni uno solo... y este va sin la tarjeta, a lo FREE...

Un saludo!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: PenetrAlex en Abril 11, 2013, 02:05:20 pm
A mi no me dieron nada por parte de la policía. Aunque el papel de haber pagado las tasas de la tarjeta de armas quizás sirva, no lo sé.

A lo otro no te puedo contestar, todavía no he ido a jugar desde que hice el trámite.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Abril 11, 2013, 02:53:55 pm
Pues en otros sitios no se, en Barcelona te dan una copia de la solicitud de cada ALD que hayas llevado, es un papel rosa, y, según me dijeron, llevando encima ese papel no tendría ningún problema.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Abril 11, 2013, 04:44:09 pm
Hombre, aplicando el agente de turno el sentido común (ese gran desconocido) no tendría que pasar nada: "mire señor agente aquí tengo la solicitud y está en trámites"
Pero legalmente (y si te quieren buscar las cosquillas) es como si no la tuvieras registrada ya que, por ejemplo, podría darse el caso de que una vez hecha la solicitud no te concedieran la tarjeta (por el motivo que sea, al fin y al cabo son los ayuntamientos los que tienen la última palabra en cuanto a la concesión de las tarjetas).
Asi que el hecho de estar en trámites tampoco aseguraría nada... legalmente.
Esto no tiene porque ocurrir pero no está de mas tenerlo en cuenta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Abril 11, 2013, 04:57:01 pm
Y que hace la gente de Torrejon donde la auroridad pertinente no realiza dichos tramites dado que esta esperando a tener claro el procedimiento??

te dan un papelito que lo explica....pero estan impidiendo a la gente legalizar sus ALD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Abril 11, 2013, 05:09:42 pm
Pues me temo que jod**** y aguantarse o seguir saliendo a jugar arriesgándose como hasta ahora...

Precioso lo de Torrejón, no lo sabía...
Pero ¿y cómo pueden negarse? Si el procedimiento yo creo que está muy claro. La problemática principal pienso que está en el ámbito de uso de dichas tarjetas (lo de que no se puedan sacar del municipio donde estén registradas vamos) ¿Pero registrarlas? O usar los números de serie que lleven o armero autorizado con el código establecido en el BOE para las ALDs. Si no se quieren complicar vamos...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Abril 11, 2013, 05:40:08 pm
no es tan claro....hay sitios donde te piden factura....sitios donde no....sitios donde declaracion jurada...que si en la factura tiene que firgurar el numero....que si no hace falta..

yo creo que son los unicos que estan actuando con un poco de logico....no haciendo las cosas mal...y pidiendo aclaracion a quien corresponda.

a mi no me piden psicotecnico como a otros....ni penales.....me exigen factura....a otros no....a mi me piden padron....en madrid capital no lo piden ( supongo que lo comprobaran...no lo se)...es un caos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kellemdros en Abril 11, 2013, 05:56:14 pm
Y que hace la gente de Torrejon donde la auroridad pertinente no realiza dichos tramites dado que esta esperando a tener claro el procedimiento??

te dan un papelito que lo explica....pero estan impidiendo a la gente legalizar sus ALD

Yo vivo en Torrelaguna y es lo mismo pero sin papelito que lo explique, vamos, que estoy jodido XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Abril 11, 2013, 08:10:56 pm
Pues visto lo visto creo que voy a pasar del tema hasta que se aclaren todos... porque encima en los 3 campos donde solemos jugar cada uno esta en un municipio... y visto el tema la tarjeta solo me vale para Madrid... si salgo a Segovia por ejemplo es como si llevo un cromo de los bollicaos no???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Abril 11, 2013, 08:49:56 pm
Pues visto lo visto creo que voy a pasar del tema hasta que se aclaren todos... porque encima en los 3 campos donde solemos jugar cada uno esta en un municipio... y visto el tema la tarjeta solo me vale para Madrid... si salgo a Segovia por ejemplo es como si llevo un cromo de los bollicaos no???

A ver, esto ya se habló, existe una circular de la GC en la que está permitido el transporte y uso de hasta dos armas de 4ª categoría fuera de su municipio de registro.

Y esto no es por nosotros, recién llegados a la categoría, si no por las competiciones de tiro con armas de aire comprimido, llevan muchos años reclamando la modificación del RA para que cubra esta posibilidad, ya que tenían el problema de que si el campeonato de España de tiro, recordemos que ellos sí que son un deporte, y además olímpico, es en Madrid yo yo soy de Barcelona no podría participar, a menos que hiciese un guiado especial en la GC, piensa que se tendría que hacer para cada competición fuera de tu municipio.

Por lo que sacarón el típico parche, tan común en este país, en vez de modificar el reglamento.

Si llevas más de dos, si que tendrías que hacer un guiado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Abril 11, 2013, 10:52:46 pm
y visto el tema la tarjeta solo me vale para Madrid... si salgo a Segovia por ejemplo es como si llevo un cromo de los bollicaos no???
Hombre, mira el lado positivo... puedes tratar de cambiárselo al señor agente si lo tienes repe  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 11, 2013, 11:57:01 pm
Os vuelvo a informar por si acaso no lo sabeis, hay un documento expedido por la Dirección General de I.C.A.E. expresamente por el departamento de normativa en el que dice que se puede obtener la Tarjeta en otro municipio sin necesidad de estar empadronado.

Como para el uso de la ALD se necesita la tarjeta del municipio donde radica el campo de juego en el que te encuentras, yo como jugador asiduo de "La Granja" situado en Escalona he logrado que ahí se puedan obtener las Tarjetas para registrar las ALD sin necesidad de estar empadronado, y solo con presentar Factura y DNI te registran la replica, no hace falta na de ná!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Abril 12, 2013, 12:00:07 am
y de que me sirve a mi una tarjeta expedida por el ayuntamiento de escalona en mi actual ( pero no oficial ) domicilio de madrid?

P.D. Es una pregunta retorica
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 12:02:49 am
Ese documento hace referencia a un artículo (ahora no recuerdo exactamente cual pero se ha hablado ya de ello) en el que se especifica que es meramente informativo, que no sirve como jurisprudencia y que no puede ser usado para solicitudes o peticiones posteriores sin valor retroactivo ni en el futuro. Dicho de otra manera, es mentira que se pueda registrar un arma en un domicilio en el que no residas legalmente.

Pensaba que ya había quedado claro que todas las tarjetas obtenidas en ayuntamientos que circunvalan (por pura ignorancia) el reglamento de armas no tienen validez ninguna y sirven a la hora de evitar denuncias para poco menos que hacerte un canutillo y fumártelas.

Ya no digamos si se registran con un nº de serie no expedido y troquelado por armero.

Pensaba que ya se había superado esa fase de incongruencia e imprudencia.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Abril 12, 2013, 12:03:18 am
Pues porque esa tarjeta de otro municipio acompañado de mas documentación como el informe de la guardia civil te puede salvar el culo... mejor algo que nada..
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 12:04:55 am
Pues para poder jugar en el campo de La Granja por ejemplo y para no tener que pagar Tasas por tener tu replica registrada.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 12:05:57 am
A ver si me explico mejor.....

El día que haya una intervención en un campo de juego donde tu estés (y por intervención digo ir a saco paco, no que pase una patrulla a hacer el paripé) y entregues esa tarjeta para salvar la cara te vas a comer la multa igualmente.

Esa tarjeta no es legal y puedes ser denunciado por falsedad documental y haber solicitado una tarjeta aportando datos falsos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Abril 12, 2013, 12:08:15 am
Ethos.....yo puedo usar mis ALD en otro municipio donde no este empadronado y el cual no haya expedido mi tarjeta.

Compañeros mios lo vienen haciendo desde hace años con armas de aire comprimido....no voy a repetirlo porque el tema ya se ha tratado en este mismo post.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Abril 12, 2013, 12:10:21 am
A ver si me explico mejor.....

El día que haya una intervención en un campo de juego donde tu estés (y por intervención digo ir a saco paco, no que pase una patrulla a hacer el paripé) y entregues esa tarjeta para salvar la cara te vas a comer la multa igualmente.

Esa tarjeta no es legal y puedes ser denunciado por falsedad documental y haber solicitado una tarjeta aportando datos falsos.

Pero a ver zeig yo solamente he llevado la replica a registrar ayi me han dicho lo que necesitaba y me la han registrado aparte me han dicho que con eso voi legal.
ahora que culpa tengo yo si el ayuntamiento lo ha hecho mal, yo no tengo porque saber de leyes yo solamente e comprado una "pistolita de balines" y me han dicho haz esto esto y esto lo he llevado me lo han echo y punto na responsabilidad no es mía es de quien lo hace obviamente la responsabilidad es del ayuntamiento que lo ha hecho mal.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 12:11:22 am
Falsedad documental? POR DIOS que burradasss, seamos consecuentes con las palabras y no metamos miedo y hagamos caso a lo que la normativa del reglamento de armas dice y el Dpto. de Normativa de la Dirección General del ICAE hace que se cumpla. En resumidas cuentas poseer Tarjeta de Armas expedida por el Ayuntamiento, da igual si es con troquelado o no de armero. Si tu has cumplido los requisitos y ya tienes tu tarjeta santas pascuas y a correr con tu tarjeta no caigais en los que os digan lo del armero porque si tu Ayuntamiento no te lo pide y te da la tarjeta es TOTALMENTE VALIDO, lo demás es intentar sacarte el dinero y meterte miedo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 12:13:17 am
Ethos.....yo puedo usar mis ALD en otro municipio donde no este empadronado y el cual no haya expedido mi tarjeta.

Compañeros mios lo vienen haciendo desde hace años con armas de aire comprimido....no voy a repetirlo porque el tema ya se ha tratado en este mismo post.

Estas totalmente equivocado NELO, te lo dice uno que esta muy bien Informado del asunto y si utilizas tu ALD en un campo donde no tengas tarjeta del municipio al que pertenece dichas instalaciones puedes ser multado perfectamente.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Abril 12, 2013, 12:16:03 am
Po bueno...po fale...po malegro

(http://static.noticiasdegipuzkoa.com/images/2011/03/19/makinavaja_3.jpg)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 12:20:40 am
No te ofendas Mayor Tony, pero no tienes ni idea de lo que estas diciendo. Yo no digo que estés equivocado ni que yo tenga razón simplemente te digo lo que dice la ley de todos y para todo.

Amén de las explicaciones de la propia intervención de armas de primera mano.

Y sinceramente, no voy a entrar en debates porque es obvio que no sabes de lo que estas hablando y tienes un interés particular en defender tu postura más allá de todo razonamiento.


Para terminar simplemente decir que los únicos nºs legales son los de armero o libro de registro revisado mensualmente de manera física por la Intervención de Armas competente y que toda tarjeta expedida sin tales nºs no tiene validez y se han obtenido con lo que ellos mismos llaman nºs ficticios. También decir que eso de "yo hago lo que me han dicho que es legal en el ayuntamiento y si está mal no es culpa mía" se saca como conclusión de consultar a dicho ayuntamiento que  NO TIENE COMPETENCIA ninguna para interpretar el reglamento de armas si no acatarlo punto por punto teniendo como única variación las propias normativas de la administración pública en cuanto a delegación de la firma de las tarjetas y demás.

Esto el que no quiera asumirlo, verlo como la realidad o simplemente no luchar contra ello pues adelante, pero no es porque lo diga yo más cierto o más falso, es que es puro sentido común.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 12:34:04 am
No te ofendas Mayor Tony, pero no tienes ni idea de lo que estas diciendo. Yo no digo que estés equivocado ni que yo tenga razón simplemente te digo lo que dice la ley de todos y para todo.

Amén de las explicaciones de la propia intervención de armas de primera mano.

Y sinceramente, no voy a entrar en debates porque es obvio que no sabes de lo que estas hablando y tienes un interés particular en defender tu postura más allá de todo razonamiento.


Para terminar simplemente decir que los únicos nºs legales son los de armero o libro de registro revisado mensualmente de manera física por la Intervención de Armas competente y que toda tarjeta expedida sin tales nºs no tiene validez y se han obtenido con lo que ellos mismos llaman nºs ficticios. También decir que eso de "yo hago lo que me han dicho que es legal en el ayuntamiento y si está mal no es culpa mía" se saca como conclusión de consultar a dicho ayuntamiento que  NO TIENE COMPETENCIA ninguna para interpretar el reglamento de armas si no acatarlo punto por punto teniendo como única variación las propias normativas de la administración pública en cuanto a delegación de la firma de las tarjetas y demás.

Esto el que no quiera asumirlo, verlo como la realidad o simplemente no luchar contra ello pues adelante, pero no es porque lo diga yo más cierto o más falso, es que es puro sentido común.

FALSO lo que dices, los numeros que traen las replicas son nº correlativos registrados por las marcas OTRA cosa es que halla Marcas que esos nº de serie no los controlen y les pongan el mismo nº a varias replicas.

Pero repito, los numeros que ponen las Marcas a las replicas son totalmente validos, un claro ejemplo es como por ejemplo cuando te compras un coche extranjero fabricado en el extranjero trae su nº de Bastidor y cuando lo matriculas en expaña sacas la Ficha Técnica española con el nº de Bastidor que viene con el coche, no le tienes que sacar un nº de Bastidor nuevo, directamente te dan la Ficha Técnica y ya esta, pues aquí se hace lo mismo con las tarjetas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Abril 12, 2013, 12:36:00 am
Estoy de acuerdo de que el ayuntamiento ha de seguir el reglamento pero es su problema si no lo sigue o almenos como debiera y yo obtengo mi tarjeta, de modo que el responsable  es el ayuntamiento. hay que decir que esto esta bien para sitios donde es gratis hacerla porque si de repente te dicen que esa tarjeta no vale, no has perdido nada, durante ese tiempo la has tenido y has estado cubierto legalmente.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 12:45:06 am
Erre que erre.

El símil con los coches no es adecuado. El nº de bastidor está homologado internacionalmente y consta en una base de datos legal y registrada también internacional.

Los nºs impresos por fabricante, importador o tienda, carecen de valor alguno ya que en España los únicos nºs de serie para ARMAS LEGALES son los expedidos por armero autorizado o libro de registro autorizado y revisado mensualmente por la Intervención de Armas competente.

Da igual que sea correlativo, da igual los símiles que pongas, no valen. Es un hecho. Ve a la IA más cercana a corroborarlo y deja de decir chorradas.

Ethos, no confundas lo que tu crees con lo que la ley dice. Si el administrativo o incluso el alcalde del ayuntamiento interpreta como decía incorrectamente una ley y como consecuencia se produce un error administrativo podrás exigir una compensación mediante contencioso administrativo como si de unas tasas cobradas indebidamente se tratara. Algo totalmente habitual. Pero eso no las hace legales, simplemente se expidieron erróneamente y sin validez por ignorancia, desconocimiento o lo que fuere.


Aquí la gente en toda España se ha lanzado a registrar y si en el ayuntamiento no le pedían ni el DNI pues "palante" que ellos sabrán lo que piden..... Pero no. Si consultases este mismo foro verías que precisamente por proceder de esa manera está ya empezando el goteo de incidencias en la IA y están empezando a echar para atrás todas las tarjetas con nºs duplicados, con formato no válido o simplemente las que les parecen incorrectas en cuanto la base de datos de armas canta una incidencia.







Sólo teníais que leer (ambos) un poco más el foro y dejar de hablar de cosas que ya se han explicado un sinfín de veces metiendo la pata hasta el fondo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Abril 12, 2013, 12:57:45 am
Ethos, no confundas lo que tu crees con lo que la ley dice. Si el administrativo o incluso el alcalde del ayuntamiento interpreta como decía incorrectamente una ley y como consecuencia se produce un error administrativo podrás exigir una compensación mediante contencioso administrativo como si de unas tasas cobradas indebidamente se tratara. Algo totalmente habitual. Pero eso no las hace legales, simplemente se expidieron erróneamente y sin validez por ignorancia, desconocimiento o lo que fuere.


Aquí la gente en toda España se ha lanzado a registrar y si en el ayuntamiento no le pedían ni el DNI pues "palante" que ellos sabrán lo que piden..... Pero no. Si consultases este mismo foro verías que precisamente por proceder de esa manera está ya empezando el goteo de incidencias en la IA y están empezando a echar para atrás todas las tarjetas con nºs duplicados, con formato no válido o simplemente las que les parecen incorrectas en cuanto la base de datos de armas canta una incidencia.







Sólo teníais que leer (ambos) un poco más el foro y dejar de hablar de cosas que ya se han explicado un sinfín de veces metiendo la pata hasta el fondo.

Esque el que esta encabezonado eres tu yo te digo que entiendo lo que dices y que estoy de acuerdo solo te rebato que una sanción a mi persona por una gestión errónea de otra es incorrecto.
En conclusión a ver si queda clara mi postura en Madrid es muy cara la tarjeta, que hago, me voy según lo que dice tony (no he comprobado que sea cierto) a escalona me saco mi tarjeta ayi totalmente gratis (a sabiendas que encuanto les de la gana la cancelan) y teniendo esa tarjeta de escalona yo ya estoy amparado legalmente y nunca me podrán denunciar por hacer uso de la misma ya que ha sido obtenida legalmente por una institución publica que tiene juridisprudencia para hacerlo.

Pd: me tiro demasiadas horas leyendo el foro... nose si podrán pero si los moderadores pudieran ver el tiempo que esta alguien en el foro seguro que ganaba yo xD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 01:07:07 am
No estas amparado legalmente de ninguna manera. Con esa tarjeta hay una intervención y al no estar empadronado y no tener nº de serie de armero NO ES VÁLIDA y te comes la multa igualmente amén del decomiso del arma.

¿Lo has entendido ya? ¿Qué si te quieren sancionar esa tarjeta NO VALE PARA NADA y te la comes con patatitas?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 01:07:21 am
OK Zeig, yo solo transmitía lo que dice el Coronel Jefe de la Dirección General del I.C.A.E. y el Teniente Coronel del Dpto. de Normativa de Reglamento de Armas, quizá me equivoqué y tenía que haber consultado mejor en este Foro que prevalece a lo que dice el Organismo competente que intenta hacer que la gente cumpla la normativa vigente.

Seré novato en nº de mensajes, pero a mi eso me da igual, yo me he movido y me he molestado en obtener toda la información de donde verdaderamente hay que obtenerla para poder cumplir con mis obligaciones con la Administración competente como buen Airsoftero, respeto a lo que en este Foro se comenta pero hay veces que por ser novato en nº de mensajes parece que no sabes de nada y por tener un monton de mensajes lo que dices va a misa.

Creo que hay que saber entendernos y respetar lo que cada uno aquí aporta y mas cuando es información contrastada y por escrito, que aquí se dicen cosas al libre albedrío solo porque lo ha oído decir de nose quien o de su primo el del pueblo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 01:12:17 am
No estas amparado legalmente de ninguna manera. Con esa tarjeta hay una intervención y al no estar empadronado y no tener nº de serie de armero NO ES VÁLIDA y te comes la multa igualmente amén del decomiso del arma.

¿Lo has entendido ya? ¿Qué si te quieren sancionar esa tarjeta NO VALE PARA NADA y te la comes con patatitas?

Zeig en serio y con todos mis respetos, esa tarjeta le vale para acreditar el USO de su replica en cualquier instalación autorizada para la practica del Airsoft en el municipio de Escalona, y si aporta además la de su municipio de residencia cumple con toda la normativa vigente, olvídate de lo del Armero Autorizado que eso son paparruchas, si tienes tu tarjeta no te pueden decir ni mú!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ethos en Abril 12, 2013, 01:12:45 am
Si un medico le dice a un practicante tome esta medicina y désela a X paciente,el practicante así lo hace y le da la medicina al paciente el cual tiene alergia a ese medicamento.
¿quien tiene la culpa el medico o el practicante?
El medico es el ayuntamiento
El practicante un servidor
Y el paciente la sociedad
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 12, 2013, 01:18:07 am
Jajajaja Ethos, solo te falta poner el ejemplo del drogadicto y el Narcotraficante y del pobre mortito que recoge el chocolate, jejeje. Bueno chicos ya seguiremos hablando y acercando posturas, yo me voy a dormir, mañana espero levantarme y ver otro ejemplo de estos Ethos que además de graciosos no te quitan la razón.

Zeig saludos y que descanses tio y de verdad que solo intento acercar posturas y que el día de mañana ninguno de los que estamos x aquí tengamos problemas si nos requieren la documentación pertinente.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 12, 2013, 01:23:11 am
Citar
olvídate de lo del Armero Autorizado que eso son paparruchas, si tienes tu tarjeta no te pueden decir ni mú!!

Ains que valiente es la ignorancia.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Abril 12, 2013, 09:17:37 pm
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Artículo 105.

1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de
estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las
acompañarán en todo caso.

Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los
municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa
consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.

Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Haya paz hermanos  ;D

Que yo recuerde en este foro no han quedado claros hasta la fecha cuales son los requisitos que debe cumplir una ALD para poder registrarse. El RA lo único que dice es que los números han de ser correlativos y eso es precisamente lo que da lugar a diferentes interpretaciones.

Lo que si deja claro el RA que los competentes para emitir y retirar las tarjetas son los Alcaldes, luego si un Alcalde emite una tarjeta será responsable de que la misma se atiene a derecho y sino tendrá la obligación de retirarla y emitir una adecuada en el momento en que tenga conocimiento de que no es válida.

Por otro lado si el Alcalde tiene obligación de llevar una copia de la tarjeta a IA para que comprueben si el número aportado es correcto  y en IA le dan el visto bueno y no le dicen nada se puede entender que ese número es válido, por la razón que sea, pero válido.

Es posible que en cualquier momento haya una modificación del RA o una directriz interna de la GC que obligue a pasar por armero a todo el mundo, pero mientras eso no exista yo entiendo que el número de las ALD es válido mientras no sea de adorno, es decir, que el número de tu ALD sea diferente al de cualquier ALD de la misma marca y modelo.

Tengo mis dudas incluso de que si este hecho se hace por comunicación interna de IA en lugar de hacerse por modificación del RA, el Alcalde tenga obligación de acatarlo, ya que una directriz interna de un cuerpo no tiene porque vincular a una Autoridad...recuerdo que el RA da a los Alcaldes y no a la GC la potestad de emitir y anular las tarjetas.

En cuanto a lo de sacar la tarjeta en cualquier municipio, el RA deja claro que has de estar empadronado o residiendo, si se dan en otros casos yo entiendo que el Ayuntamiento no está haciendo las cosas bien.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Abril 13, 2013, 02:17:30 pm
Citar
Artículo 105.

1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de
estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las
acompañarán en todo caso.

Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los
municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa
consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.

Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Haya paz hermanos  ;D

Que yo recuerde en este foro no han quedado claros hasta la fecha cuales son los requisitos que debe cumplir una ALD para poder registrarse. El RA lo único que dice es que los números han de ser correlativos y eso es precisamente lo que da lugar a diferentes interpretaciones.

Lo que si deja claro el RA que los competentes para emitir y retirar las tarjetas son los Alcaldes, luego si un Alcalde emite una tarjeta será responsable de que la misma se atiene a derecho y sino tendrá la obligación de retirarla y emitir una adecuada en el momento en que tenga conocimiento de que no es válida.

Por otro lado si el Alcalde tiene obligación de llevar una copia de la tarjeta a IA para que comprueben si el número aportado es correcto  y en IA le dan el visto bueno y no le dicen nada se puede entender que ese número es válido, por la razón que sea, pero válido.

Es posible que en cualquier momento haya una modificación del RA o una directriz interna de la GC que obligue a pasar por armero a todo el mundo, pero mientras eso no exista yo entiendo que el número de las ALD es válido mientras no sea de adorno, es decir, que el número de tu ALD sea diferente al de cualquier ALD de la misma marca y modelo.

Tengo mis dudas incluso de que si este hecho se hace por comunicación interna de IA en lugar de hacerse por modificación del RA, el Alcalde tenga obligación de acatarlo, ya que una directriz interna de un cuerpo no tiene porque vincular a una Autoridad...recuerdo que el RA da a los Alcaldes y no a la GC la potestad de emitir y anular las tarjetas.

En cuanto a lo de sacar la tarjeta en cualquier municipio, el RA deja claro que has de estar empadronado o residiendo, si se dan en otros casos yo entiendo que el Ayuntamiento no está haciendo las cosas bien.

Totalmente de acuerdo contigo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cheyenne en Abril 13, 2013, 04:44:26 pm
tengo una dudilla. en algun punto del post (creo que fue en este donde lo lei) me parecio entender que a alguien le habian tirado para atras el registro por culpa de que ya habia alguna replica marcada con el mismo numero de serie y al comparar con las que ya estaban registradas no se pudo realizar el registro. mi duda es si la comparacion se hace entre los numeros de serie de cada ayuntamiento o en una base de datos de la guardia civil donde estaran todas registradas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Abril 13, 2013, 09:13:10 pm
Gc. En este mismo foro se ha comentado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cheyenne en Abril 14, 2013, 12:30:18 am
ok, gracias
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 01, 2013, 05:28:01 pm
Hola compis alguien sabe el procedimiento de registro en Rivas? en el ayto no tienen ni idea.... no saben ni lo aque es una replica..
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: morpheus en Mayo 01, 2013, 05:31:36 pm
Hola compis alguien sabe el procedimiento de registro en Rivas? en el ayto no tienen ni idea.... no saben ni lo aque es una replica..

pasate por la GC
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 01, 2013, 05:31:45 pm
tu diles que te informen sobre como obtener una licencia 4.1 para armas de aire comprimido....y listo.

cuando rellenes la tarjeta en el tipo pones AIRSOFT o ALD y ya esta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 01, 2013, 10:11:40 pm
gracias por las repuestas, el tema es que lo quiero tratar con ellos dado que mi replica no dispone de numero de serie ni de factura... a ver si me dan los pasos a seguir.

un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Shake en Mayo 02, 2013, 08:29:06 pm
Citar
Artículo 105.

Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los
municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa
consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.

Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

En cuanto a lo de sacar la tarjeta en cualquier municipio, el RA deja claro que has de estar empadronado o residiendo, si se dan en otros casos yo entiendo que el Ayuntamiento no está haciendo las cosas bien.

Esto ultimo no lo tengo muy claro. "Avecindados o residiendo" es lo que dice el articulo. Eso significa que en municipios vecinos tambien valdria no?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 02, 2013, 08:55:05 pm
En otros textos jurídicos se entiende avecindado por empadronado o con residencia legal (cumpliendo los requisitos debidos) en un municipio.

Vamos que la ley dice que como mínimo has de sacarte la tarjeta en el municipio donde tengas fijada tu residencia habitual y por lo tanto estés empadronado.

La película de vaqueros e indios que se vende por ahí de sacarse las tarjetas en todos los municipios donde lleves las réplicas es eso, una película que a lo sumo (si alguien consigue sacarlo) aparece como una interpretación particular del CIPAE y que no contraviene ni puede contradecir la ley.

Luego por aquí te enteras de que hay gente sacándose las tarjetas en municipios que no piden padrón (como ya se ha dicho circunvalando la ley) que al no poseer la obligatoria obtenida en el tuyo propio al menos es un error administrativo fruto de la ignorancia sobre el tema de los ayuntamientos.

Ni a las intervenciones de armas les interesa tramitar varias tarjetas para la misma réplica (tramites absurdos y duplicados) ni creo tenga lógica ninguna faltar a la obligación de registrarlas en tu ayto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 02, 2013, 09:05:34 pm
como bien dice zeig avecindado es empadronado...o residiendo ( que puedas demostrar que resides alli aunque no estes empadronado) el problema es que el 99% de los ayuntamientos ponen el requisito de estar empadronado...asi que..
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Vietcong Kid en Mayo 02, 2013, 09:23:55 pm
Aquí se está enfocando el tema a "¿Cómo consigo que me legalicen mi cacharra de la manera más barata y sencialla posible?" y creo, repito creo, que eso es un error. La gente debería tirar más por "¿Qué me va a pedir el guardia civil de turno cuando me pare?". Cuando eso ocurra va a llevar la ley, reglamento, whatever, escrita en mano y su interpretación de dicha normativa va a ser la que probablemente prevalezca.

Que sí, que el ayuntamiento me dijo, que el policía local me dijo, que en el foro pusieron, etc.
Te la van a requisar y te multarán por no cumplir la normativa, sencillo y fácil. Luego reclama que en tu ayuntamiento te registraron mal la réplica, porque no sabían de nºs de serie, o que la registraste en otro municipio por que hay una nota por ahí del CIPAE que lo autoriza.
Lo que que querais, pero como mínimo ese finde ya no juegas y probablemente te llevas un multazo.
Luego inicia los trámites para denunciar a tu ayto.-GC-Policía Local-etc. por registrarte mal la cacharra o lo que quieras. Y pága dichos trámites y pierde tu tiempo, of course.

Desconocer la ley no te exime de cumplirla, punto. El resto es charla de bar, y alguno lo va a comprobar el día que le paren y no tenga los papeles como debe tenerlos.

Seguid debatiendo lo que querais, yo ya las estoy legalizando, que lo del Nido me ha descagarrinao  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Mayo 02, 2013, 09:25:41 pm
Aquí se está enfocando el tema a "¿Cómo consigo que me legalicen mi cacharra de la manera más barata y sencialla posible?" y creo, repito creo, que eso es un error. La gente debería tirar más por "¿Qué me va a pedir el guardia civil de turno cuando me pare?". Cuando eso ocurra va a llevar la ley, reglamento, whatever, escrita en mano y su interpretación de dicha normativa va a ser la que probablemente prevalezca.

Que sí, que el ayuntamiento me dijo, que el policía local me dijo, que en el foro pusieron, etc.
Te la van a requisar y te multarán por no cumplir la normativa, sencillo y fácil. Luego reclama que en tu ayuntamiento te registraron mal la réplica, porque no sabían de nºs de serie, o que la registraste en otro municipio por que hay una nota por ahí del CIPAE que lo autoriza.
Lo que que querais, pero como mínimo ese finde ya no juegas y probablemente te llevas un multazo.
Luego inicia los trámites para denunciar a tu ayto.-GC-Policía Local-etc. por registrarte mal la cacharra o lo que quieras. Y pága dichos trámites y pierde tu tiempo, of course.

Desconocer la ley no te exime de cumplirla, punto. El resto es charla de bar, y alguno lo va a comprobar el día que le paren y no tenga los papeles como debe tenerlos.

Seguid debatiendo lo que querais, yo ya las estoy legalizando, que lo del Nido me ha descagarrinao  ;D

Otro
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Mayo 02, 2013, 09:43:04 pm
Aquí se está enfocando el tema a "¿Cómo consigo que me legalicen mi cacharra de la manera más barata y sencialla posible?" y creo, repito creo, que eso es un error. La gente debería tirar más por "¿Qué me va a pedir el guardia civil de turno cuando me pare?". Cuando eso ocurra va a llevar la ley, reglamento, whatever, escrita en mano y su interpretación de dicha normativa va a ser la que probablemente prevalezca.

Que sí, que el ayuntamiento me dijo, que el policía local me dijo, que en el foro pusieron, etc.
Te la van a requisar y te multarán por no cumplir la normativa, sencillo y fácil. Luego reclama que en tu ayuntamiento te registraron mal la réplica, porque no sabían de nºs de serie, o que la registraste en otro municipio por que hay una nota por ahí del CIPAE que lo autoriza.
Lo que que querais, pero como mínimo ese finde ya no juegas y probablemente te llevas un multazo.
Luego inicia los trámites para denunciar a tu ayto.-GC-Policía Local-etc. por registrarte mal la cacharra o lo que quieras. Y pága dichos trámites y pierde tu tiempo, of course.

Desconocer la ley no te exime de cumplirla, punto. El resto es charla de bar, y alguno lo va a comprobar el día que le paren y no tenga los papeles como debe tenerlos.

Seguid debatiendo lo que querais, yo ya las estoy legalizando, que lo del Nido me ha descagarrinao  ;D

Perdón, soy un zarpas y postee antes de terminar el anterior mensaje.

Iba a decir que otro que vuelve a usar la manida frase "Desconocer la ley..."  Pues lo siento mucho, pero discrepo totalmente con la interpretación que quereis darle a la frase.

Mi deber como ciudadano reside en CONOCER que existe esa ley y ACTUAR en consecuencia para cumpliarla, eso implica que la manera de actuar que tengo como ciudadano es preguntar en las instituciones pertinentes los pasos a seguir para cumplir esa ley, a lo que no estoy obligado es a conocer esos pasos, ya que no es mi trabajo y para eso están esas instituciones (y sinó que me pagen a mi el sueldo de esos funcionarios y ya me buscaré yo la vida), y si mis instituciones me dan unos pasos a seguir que luego están equivocados no es culpa mia, ya que yo he hecho lo que me han pedido.

Lo que sigo flipando con algunos de vosotros es la manera que teneis de convertir en delincuentes a personas que están haciendo LO QUE LES MANDAN EN SUS RESPECTIVOS AYUNTAMIENTOS, si a mi en mi ayuntamiento me piden unos requisitos, y yo los cumplo, lo que no estoy dispuesto es a que venga aquí alguien y me señale con el dedo diciendo que como no he hecho lo que según el es lo correcto, por mucho que diga mi ayuntamiento, yo ya soy alguien que está saltándose la ley, que mis papeles no valen una mierda y que el proximo guardia civil que me pare me va a meter un paquete por el culo por delincuente...

Que en un futuro todo esto se vaya aclarando y que resulte que a muchos de nosotros nos falten cosas... vale, soy el primero en asumir que muy posiblemente los ayuntamientos que no estén pidiendolo todo estén equivocados, pero es que joder, cargais precisamente contra los que no teneis que cargar: LOS USUARIOS. Pretendeis que lleguemos allí, demos un puñetazo sobre la mesa y les digamos que son unos inutiles y que no tienen ni puta idea de lo que están haciendo... pues lo siento mucho, pero no es mi trabajo sacarles de su error.

Y a ver si lo tenemos claro:
- Usuario que no tiene papeles: usuario malo
- Usuario que tiene papeles: usuario bueno (y da igual que ayuntamiento sea, ese usuario al menos ha hecho todo lo que está en su mano para estar en regla)


Por supuesto, otra cosa es la gente que quiera sacarse varias tarjetas y en ayuntamientos en los que no esté empadronado, eso si está mal.

Venga, un saludete y perdonar el tocho  :=

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pablomkiigtd en Mayo 05, 2013, 01:47:50 am
Por aquí por zamora piden:
Número de serie troquelado por un armero autorizado ( a ver si se dan autorización pronto a la de Pucela)
DNI
Factura de compra
Tarjetas amarillas (3) y blancas (2)
Llevarla a intervención de armas en caso de no tener tarjetas
Llevarla a la policía municipal para registrarla y sacar varias fotos
Pagar las cuotas hijos de puta que no sé cuanto son


De momento las tenemos todos en la finca donde vamos a jugar. Ya hemos dicho a la guardia civil de allí el problema que tenemos con los armeros y nos han dicho que no nos preocupemos de momento, que saquemos las tarjetas cuando podamos. Muy majos ellos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 05, 2013, 09:44:05 am
Troncho aquí si alguien es un delincuente (que no es el caso, a lo sumo es una falta) es el que a sabiendas de que la ley dice ABC cuando va a su ayuntamiento sólo le piden AB, no sólo no pregunta por C sino que a sabiendas de que es una infracción del reglamento de armas luego vende la moto de que la culpa es del ayuntamiento.
Tu obligación es conocer la ley y acatarla. Si en el ayto. te dicen que puedes transformarla en arma real o portarla con ostentación por la calle como si tal cosa ¿tú lo harías? Puede que sí, pero si el GC de turno te empapela en base al reglamento de armas te jodes y punto.
Las ordenanzas municipales, la interpretación de la local, gc o incluso el ICAE-CIPAE y san pito pato nunca pueden (ni lo van a hacer) contravenir el reglamento de armas. Y si lo hacen tú tienes que saber que está mal, ateniéndote a las consecuencias.
No es cuestión de ir dando hostias en la mesa de ningún ayuntamiento, es cuestión de ser 100% legal y si no ir a quejarse de tasas y mierdas a cuenca. Que hay mucho llorón pero luego tiran cohetes porque le han dejado registrar una docena, o 6 pero gratis, o no ha registrado ninguna para más inri.
Nadie criminaliza usuarios sino infractores y actitudes. Como jactarse de circunvalar la ley y ponerse medallas por encontrar ayuntamientos que no piden nada de nada y te lo hacen todo gratis. Habla con propiedad. Aquí hay más información probablemente que en ningún otro foro del hobby y el que quiera hacer las cosas mal es por su cuenta y riesgo. Si se le señala con el dedo será porque el mismo haya levantado la liebre.


Esto ya se ha repetido hasta la saciedad. Todavía estoy esperando que alguno sacando la tarjeta en un ayto. que no pida empadronamiento las exponga aquí con dos cojones. Sin padrón, sin nº de serie de armero supervisado por IA, más de 6 réplicas y gratis.







PD.: Pablomkiigtd, aunque lo taches se lee. Creo que la gente se automodera con los insultos a las autoridades o FCSE, haz lo mismo macho que ya apesta el rollo este de culparles de todo cuando sólo cumplen con su obligación. Un respeto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pablomkiigtd en Mayo 06, 2013, 02:37:18 pm



PD.: Pablomkiigtd, aunque lo taches se lee. Creo que la gente se automodera con los insultos a las autoridades o FCSE, haz lo mismo macho que ya apesta el rollo este de culparles de todo cuando sólo cumplen con su obligación. Un respeto.

Si alguien se ha ofendido, pido disculpas. Mi intención no era ofender, si no dar un toque de humor imitando al Recio.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 06, 2013, 04:15:41 pm
Para mear y no echar gota señores. Sigo con la odisea de registrar una replica en Torrejon de Ardoz. Hoy he hablado con la policía local y la verdad es que me han atendido estupendamente aunque la información ... no ha servido de mucho.

Lo primero es que solo se acepta la factura de la replica a registrar y aceptan el numero de serie que algunas llevan ya marcado en el cuerpo, en caso de no tener factura a pasarla por armero para el numero de serie y todo el tramite que eso lleva. No se admite ni la declaración jurada, ni el contrato de compraventa entre particulares.

Lo segundo es que no saben muy bien si los 32 euros de tasas son para 6 replicas o por cada una de ellas. Se ha elevado el tema a los mandos de la policía local para que lo clarifiquen pero no saben que hacer y esta parado el tema. El tema les urge por que tienen bastantes peticiones de registro de ALD pero de momento aconsejan ir haciendo los tramites y esperar a ver si se clarifica el tema de las tasas.

El policía que me atendió estaba un poco cabreado porque la OM ha dejado en mano de los ayuntamientos todo el tema burocrático sin dar una directriz a seguir y recayendo toda la responsabilidad en ellos. Ademas también me comenta que es posible que los requisitos puedan cambiar y haya que realizar los tramites de nuevo. Y yo pregunto , ¿Que hago yo?¿Me quedo sin jugar indefinidamente por un tema burocrático?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 06, 2013, 06:18:12 pm
El policía que me atendió estaba un poco cabreado porque la OM ha dejado en mano de los ayuntamientos todo el tema burocrático sin dar una directriz a seguir y recayendo toda la responsabilidad en ellos. Ademas también me comenta que es posible que los requisitos puedan cambiar y haya que realizar los tramites de nuevo. Y yo pregunto , ¿Que hago yo?¿Me quedo sin jugar indefinidamente por un tema burocrático?
Tienes 2 opciones: o esperar a ver si hay cambios y son definitivos ó adelante con los trámites actuales en cuyo caso, si los requisitos en el futuro cambian, pues toca rehacerlos...

Dale las gracias al Ministerio del Interior.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 07, 2013, 11:15:16 am
Haré todo los tramites posibles y si como me han indicado desde la policía local, no me tramitan la tarjeta pediré que se me de por escrito porque no puedo registrar mis replicas en el ayuntamiento.

Este país es de chiste.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 08, 2013, 03:21:50 pm
Para mear y no echar gota señores. Sigo con la odisea de registrar una replica en Torrejon de Ardoz. Hoy he hablado con la policía local y la verdad es que me han atendido estupendamente aunque la información ... no ha servido de mucho.

Lo primero es que solo se acepta la factura de la replica a registrar y aceptan el numero de serie que algunas llevan ya marcado en el cuerpo, en caso de no tener factura a pasarla por armero para el numero de serie y todo el tramite que eso lleva. No se admite ni la declaración jurada, ni el contrato de compraventa entre particulares.

Lo segundo es que no saben muy bien si los 32 euros de tasas son para 6 replicas o por cada una de ellas. Se ha elevado el tema a los mandos de la policía local para que lo clarifiquen pero no saben que hacer y esta parado el tema. El tema les urge por que tienen bastantes peticiones de registro de ALD pero de momento aconsejan ir haciendo los tramites y esperar a ver si se clarifica el tema de las tasas.

El policía que me atendió estaba un poco cabreado porque la OM ha dejado en mano de los ayuntamientos todo el tema burocrático sin dar una directriz a seguir y recayendo toda la responsabilidad en ellos. Ademas también me comenta que es posible que los requisitos puedan cambiar y haya que realizar los tramites de nuevo. Y yo pregunto , ¿Que hago yo?¿Me quedo sin jugar indefinidamente por un tema burocrático?

Hola compañero voy a relatar mi caso para el Ayto De Rivas.

Esta mañana me dispongo a realizar la consulta en mi ayuntamiento, me dirijo al funcionario de turno y este a primera no sabe que es el airsoft, bueno lo explico y después de darle la charla me comenta que en mi ayuntamiento no se puede registrar, lo único que puede hacer es "darme un permiso para poder transladarla por el municipio" pero ni hablar de tarjetas de armas porque NO HAY CAMPO DE TIRO EN EL MUNICIPIO

Con lo cual decido llamar Intervención de Armas, después de pasarme de un lado a otro doy con un agente al cual agradezco enormemente su atención. Me comenta que mi réplica TENGA O NO TENGA nº de serie tengo que ir al armero autorizado para que me ponga uno español, dado el que traen de serie o no traen no son validos para este país (así de claro me lo ha dicho) y después tengo que ir al ayto a que me den la tarjetas de armas.

Me ha comentado que NADIE me puede EXIGIR una factura o documento, solo al registrarla mi DNI no tienen la autoridad (a demás me ha puesto el ejemplo de que antes de la ley no había obligación de guardarlas o de expedirlas) lo  que cuando tenga que ir al ayto a registrarla tengo que llevar los papeles del armero y certificado de penales(si lo exige el ayto) y el psicotenico (si lo exige el ayto)

Después he preguntado lo que ocurre en mi Ayuntamiento es legal.
 me ha dicho el agente, eso que hacen en mi Ayto no es posible porque según el articulo (105) de la ley de armas (creo que era ese) el ayuntamiento esta obligado a expedir dichas tarjetas Si o si, y que sino quieren presente una queja aportando el BOE y ella ley de Armas donde aparece.

Esto es lo que he podido sacar en claro esta mañana así que seguiré en mi lucha por "legalizar" las replicas en mi municipio y gracias a la persona que me a atendido ya lo tengo mucho mas claro, voy a intentar llevar todos los papeles a ver si me hacen caso de una santa vez


un saludo a todos!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Mayo 08, 2013, 03:38:09 pm
Haré todo los tramites posibles y si como me han indicado desde la policía local, no me tramitan la tarjeta pediré que se me de por escrito porque no puedo registrar mis replicas en el ayuntamiento.

Este país es de chiste.
lamentablemente, o no te darán el papel, porque no se están negando sino que está paralizado el tema hasta concretar como llevarlo a cabo, y aunque te den un justificante no te sirve para ir a jugar.
Y realmente, al ayuntamiento o a la PL no les importa nada en absoluto que no puedas jugar si los plazos se extienden, puesto que legalemente no están acotados a darte la tarjeta en un plazo máximo de tiempo, y son ellos los que pueden exigir lo que estimen oportuno para su registro, a no ser que te vayas a la vía civil de espera de 3 meses para interponer recurso (creo, esto no me acuerdo muy bien XD) o consideres que los requisitos no se ajustan a derecho (lo cual será la causa archivada seguramente), te dirán que mientras no lo tengas, que legalmente estás obligado a esperar por los papeles y no jugar pena de multa y requisa, y el justificante no te serviría para evitar nada de eso.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 08, 2013, 03:58:37 pm
Haré todo los tramites posibles y si como me han indicado desde la policía local, no me tramitan la tarjeta pediré que se me de por escrito porque no puedo registrar mis replicas en el ayuntamiento.

Este país es de chiste.
lamentablemente, o no te darán el papel, porque no se están negando sino que está paralizado el tema hasta concretar como llevarlo a cabo, y aunque te den un justificante no te sirve para ir a jugar.
Y realmente, al ayuntamiento o a la PL no les importa nada en absoluto que no puedas jugar si los plazos se extienden, puesto que legalemente no están acotados a darte la tarjeta en un plazo máximo de tiempo, y son ellos los que pueden exigir lo que estimen oportuno para su registro, a no ser que te vayas a la vía civil de espera de 3 meses para interponer recurso (creo, esto no me acuerdo muy bien XD) o consideres que los requisitos no se ajustan a derecho (lo cual será la causa archivada seguramente), te dirán que mientras no lo tengas, que legalmente estás obligado a esperar por los papeles y no jugar pena de multa y requisa, y el justificante no te serviría para evitar nada de eso.

Deybit si no me tramitan la tarjeta por mucho que me quejo no tendré mis replicas legalizadas y no podre ir a jugar, eso esta claro. Lo que me quejo es la forma en que se esta afrontando este problema. Que si, que al Ayuntamiento o PL le da igual que yo vaya a jugar de forma legal y con mis papeles bien arreglados o que no pueda jugar por un problema burocrático que no tienen prisa por arreglar. Recordemos que la ley es del 5 de Enero de 2013 y han pasado 5 meses. Yo tengo que cumplir la ley pero el ayuntamiento se la trae al pairo tener los requisitos listos para cumplir la OM.

Exijo mi derecho al pataleo  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Mayo 08, 2013, 08:22:51 pm
ehhh, ese derecho lo tienes jajajajajajajaja, solo faltaría más  ;D ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jocar en Mayo 08, 2013, 08:26:43 pm
Bueno, os comento por si a alguien le interesa. En Colmenarejo (Madrid), piden todo lo que se pueda pedir  ;D >:(  Certificado de penales, psicotécnico, factura original y son 5€ la tarjeta y una fotocopia del DNI...  Tendré que indagar un poco más, pues varias de mis réplicas no tienen factura (réplicas de segunda mano y réplica comprada a Rober antes de que tuviese la tienda, así que ya veré si me pueden dar alguna solución... Aunque no se

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 09, 2013, 09:28:24 am
Una pregunta, estoy reuniendo información para que mi municipio me registre la replica, pero tengo una duda. Sabeis cual es el articulo en el cual pone que se obliga al Ayto a conceder dichas tarjetas? Puede ser el articulo 105 del Reglamento de Armas??

un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 09, 2013, 09:36:31 am
Una pregunta, estoy reuniendo información para que mi municipio me registre la replica, pero tengo una duda. Sabeis cual es el articulo en el cual pone que se obliga al Ayto a conceder dichas tarjetas? Puede ser el articulo 105 del Reglamento de Armas??

un saludo
Con que les enseñes la famosa OM del 5 de enero debería bastar...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cueŠta en Mayo 09, 2013, 09:50:31 am
Bueno, os comento por si a alguien le interesa. En Colmenarejo (Madrid), piden todo lo que se pueda pedir  ;D >:(  Certificado de penales, psicotécnico, factura original y son 5€ la tarjeta y una fotocopia del DNI...  Tendré que indagar un poco más, pues varias de mis réplicas no tienen factura (réplicas de segunda mano y réplica comprada a Rober antes de que tuviese la tienda, así que ya veré si me pueden dar alguna solución... Aunque no se

Un saludo

tengo que estar agradecido de vivir en pozuelo de alarcon, solo tengo que pagar 21 euros al ayuntamiento, y no me piden ni psicotecnico ni nada, solo pagar 21 euros dando el numero de serie, viene la policia a tu casa lo confirman y a los 2 dias te mandan un mensaje al movil diciendo que ya tienen disponible tu tarjeta completamente gratis para que la disfrutes....

Y respecto a lo de antecedentes penales, se refiere a delitos gordos no?? no a travesuras que todos hemos hecho de pequeños con 15-16 años...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 09, 2013, 10:21:40 am
Delitos, no faltas administrativas.

De todos modos a los 5 años puedes pedir que no figuren y santas pascuas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Mayo 09, 2013, 12:33:37 pm
Para mear y no echar gota señores. Sigo con la odisea de registrar una replica en Torrejon de Ardoz. Hoy he hablado con la policía local y la verdad es que me han atendido estupendamente aunque la información ... no ha servido de mucho.

Lo primero es que solo se acepta la factura de la replica a registrar y aceptan el numero de serie que algunas llevan ya marcado en el cuerpo, en caso de no tener factura a pasarla por armero para el numero de serie y todo el tramite que eso lleva. No se admite ni la declaración jurada, ni el contrato de compraventa entre particulares.

Lo segundo es que no saben muy bien si los 32 euros de tasas son para 6 replicas o por cada una de ellas. Se ha elevado el tema a los mandos de la policía local para que lo clarifiquen pero no saben que hacer y esta parado el tema. El tema les urge por que tienen bastantes peticiones de registro de ALD pero de momento aconsejan ir haciendo los tramites y esperar a ver si se clarifica el tema de las tasas.

El policía que me atendió estaba un poco cabreado porque la OM ha dejado en mano de los ayuntamientos todo el tema burocrático sin dar una directriz a seguir y recayendo toda la responsabilidad en ellos. Ademas también me comenta que es posible que los requisitos puedan cambiar y haya que realizar los tramites de nuevo. Y yo pregunto , ¿Que hago yo?¿Me quedo sin jugar indefinidamente por un tema burocrático?

Hola compañero voy a relatar mi caso para el Ayto De Rivas.

Esta mañana me dispongo a realizar la consulta en mi ayuntamiento, me dirijo al funcionario de turno y este a primera no sabe que es el airsoft, bueno lo explico y después de darle la charla me comenta que en mi ayuntamiento no se puede registrar, lo único que puede hacer es "darme un permiso para poder transladarla por el municipio" pero ni hablar de tarjetas de armas porque NO HAY CAMPO DE TIRO EN EL MUNICIPIO

Con lo cual decido llamar Intervención de Armas, después de pasarme de un lado a otro doy con un agente al cual agradezco enormemente su atención. Me comenta que mi réplica TENGA O NO TENGA nº de serie tengo que ir al armero autorizado para que me ponga uno español, dado el que traen de serie o no traen no son validos para este país (así de claro me lo ha dicho) y después tengo que ir al ayto a que me den la tarjetas de armas.

Me ha comentado que NADIE me puede EXIGIR una factura o documento, solo al registrarla mi DNI no tienen la autoridad (a demás me ha puesto el ejemplo de que antes de la ley no había obligación de guardarlas o de expedirlas) lo  que cuando tenga que ir al ayto a registrarla tengo que llevar los papeles del armero y certificado de penales(si lo exige el ayto) y el psicotenico (si lo exige el ayto)

Después he preguntado lo que ocurre en mi Ayuntamiento es legal.
 me ha dicho el agente, eso que hacen en mi Ayto no es posible porque según el articulo (105) de la ley de armas (creo que era ese) el ayuntamiento esta obligado a expedir dichas tarjetas Si o si, y que sino quieren presente una queja aportando el BOE y ella ley de Armas donde aparece.

Esto es lo que he podido sacar en claro esta mañana así que seguiré en mi lucha por "legalizar" las replicas en mi municipio y gracias a la persona que me a atendido ya lo tengo mucho mas claro, voy a intentar llevar todos los papeles a ver si me hacen caso de una santa vez


un saludo a todos!

Sobre el numero de serie, si viene con el, es inviolable, no puede troquelarse otro o el arma (cualquier tipo) queda inutilizada a parte de comerse un marron guapo el armero que lo haga. Esa norma es solo para los que no tengan o sean de fabricacion nacional. En las armas de fuego, cuando se importan se hace con su numero de origen, no se vuelve an troquelar. Vamos a tener problemas con este asunto.


Mañana cuengo el articulo y documento sobre ello.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 09, 2013, 12:47:14 pm
Para mear y no echar gota señores. Sigo con la odisea de registrar una replica en Torrejon de Ardoz. Hoy he hablado con la policía local y la verdad es que me han atendido estupendamente aunque la información ... no ha servido de mucho.

Lo primero es que solo se acepta la factura de la replica a registrar y aceptan el numero de serie que algunas llevan ya marcado en el cuerpo, en caso de no tener factura a pasarla por armero para el numero de serie y todo el tramite que eso lleva. No se admite ni la declaración jurada, ni el contrato de compraventa entre particulares.

Lo segundo es que no saben muy bien si los 32 euros de tasas son para 6 replicas o por cada una de ellas. Se ha elevado el tema a los mandos de la policía local para que lo clarifiquen pero no saben que hacer y esta parado el tema. El tema les urge por que tienen bastantes peticiones de registro de ALD pero de momento aconsejan ir haciendo los tramites y esperar a ver si se clarifica el tema de las tasas.

El policía que me atendió estaba un poco cabreado porque la OM ha dejado en mano de los ayuntamientos todo el tema burocrático sin dar una directriz a seguir y recayendo toda la responsabilidad en ellos. Ademas también me comenta que es posible que los requisitos puedan cambiar y haya que realizar los tramites de nuevo. Y yo pregunto , ¿Que hago yo?¿Me quedo sin jugar indefinidamente por un tema burocrático?

Hola compañero voy a relatar mi caso para el Ayto De Rivas.

Esta mañana me dispongo a realizar la consulta en mi ayuntamiento, me dirijo al funcionario de turno y este a primera no sabe que es el airsoft, bueno lo explico y después de darle la charla me comenta que en mi ayuntamiento no se puede registrar, lo único que puede hacer es "darme un permiso para poder transladarla por el municipio" pero ni hablar de tarjetas de armas porque NO HAY CAMPO DE TIRO EN EL MUNICIPIO

Con lo cual decido llamar Intervención de Armas, después de pasarme de un lado a otro doy con un agente al cual agradezco enormemente su atención. Me comenta que mi réplica TENGA O NO TENGA nº de serie tengo que ir al armero autorizado para que me ponga uno español, dado el que traen de serie o no traen no son validos para este país (así de claro me lo ha dicho) y después tengo que ir al ayto a que me den la tarjetas de armas.

Me ha comentado que NADIE me puede EXIGIR una factura o documento, solo al registrarla mi DNI no tienen la autoridad (a demás me ha puesto el ejemplo de que antes de la ley no había obligación de guardarlas o de expedirlas) lo  que cuando tenga que ir al ayto a registrarla tengo que llevar los papeles del armero y certificado de penales(si lo exige el ayto) y el psicotenico (si lo exige el ayto)

Después he preguntado lo que ocurre en mi Ayuntamiento es legal.
 me ha dicho el agente, eso que hacen en mi Ayto no es posible porque según el articulo (105) de la ley de armas (creo que era ese) el ayuntamiento esta obligado a expedir dichas tarjetas Si o si, y que sino quieren presente una queja aportando el BOE y ella ley de Armas donde aparece.

Esto es lo que he podido sacar en claro esta mañana así que seguiré en mi lucha por "legalizar" las replicas en mi municipio y gracias a la persona que me a atendido ya lo tengo mucho mas claro, voy a intentar llevar todos los papeles a ver si me hacen caso de una santa vez


un saludo a todos!

Sobre el numero de serie, si viene con el, es inviolable, no puede troquelarse otro o el arma (cualquier tipo) queda inutilizada a parte de comerse un marron guapo el armero que lo haga. Esa norma es solo para los que no tengan o sean de fabricacion nacional. En las armas de fuego, cuando se importan se hace con su numero de origen, no se vuelve an troquelar. Vamos a tener problemas con este asunto.


Mañana cuengo el articulo y documento sobre ello.

Pues el ICAE me comento todo lo contrario ese numero no tiene validez alguna, no pueden saber si es correlativo y si pertenece a ti o a un chino al otro lado del mundo, con lo cual es necesario si o si troquelar un nuevo numero para que lo tengan controlado las autoridades de este país.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 09, 2013, 12:48:44 pm
csv ¿puede significar eso que las que actualmente estén troqueladas aún llevando su número de serie original estarían "inutilizadas"?  
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Mayo 09, 2013, 12:53:46 pm
No te sabria decir. La norma de troquelado con lo de AS-XXXX es del 98, pero hay una norma sobre ello fechada en el 2011, que invalida la anterior.

Tened en cuenta que eso de que puede ser de un chino de nosedonde, se puede aplicar a las armas de 4 categoria, rifles, escopetas y pistolas fabricadas fuera de España, lo que viene siendo el 90% de las armas que hay en circulacion. Estan llendo contra ley desde muchas comandancias, y me consta de que muchos interventores se han dado cuenta del fallo suyo, y aun asi, siguen erre que erre...


Mañana cuelgo el documento, que a efectos legales permite registrar con numeros de serie troquelados, o gravados a laser, nunca los pintados o serigrafiados. Tambien hay que decir, que el que pinte su ALD y oculte el numero de serie, esta buscandose problemas...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 09, 2013, 12:55:11 pm
Según el ICAE , o por lo menos eso me dijeron a mi, si los ayuntamientos permiten registrar una replica con el número de serie que viene no es valido. todas tenían que pasar por armero, por mucho que diga el ayuntamiento lo contrario.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 09, 2013, 01:27:32 pm
Según el ICAE , o por lo menos eso me dijeron a mi, si los ayuntamientos permiten registrar una replica con el número de serie que viene no es valido. todas tenían que pasar por armero, por mucho que diga el ayuntamiento lo contrario.

a mi igual, ayer mismo de echo, esto es un sin vivir macho no se puede hacer nada!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Mayo 09, 2013, 01:27:57 pm
todas tenían que pasar por armero, por mucho que diga el ayuntamiento lo contrario.

Pues que se den un poco de prisita con las autorizaciones a los armeros, que los tiempos de espera ya estan en tres meses y subiendo...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 09, 2013, 01:39:00 pm
en mi radio patio correspondiente me cuentan que no se van a dar mas autorizaciones....que a la GC no les gusta ni el formato que se esta usando ni la forma que los estan grabando los armeros....y que van a sacar un nuevo procedimiento....cuando??? a saber...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Polo en Mayo 09, 2013, 02:40:51 pm
diosmio más trámites no!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 09, 2013, 02:54:01 pm
Al final no nos sacamos la tarjeta hasta dentro de 3 o 4 siglos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Mayo 09, 2013, 03:10:34 pm
Como de fiable son tus fuentes, Nelo?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 09, 2013, 03:13:39 pm



Comparto su opinión, se avecinan nubarrones XD

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Mayo 09, 2013, 03:20:34 pm
Pues entonces que le den morcilla. Si ni siquiera la forma "correcta" actual les gusta y la van a cambiar esto puede eternizarse durante varios años. Y no digo años de forma figurada. AÑOS

Mañana me planto en el ayuntamiento y las registro con el numero de fabrica. Se a lo que me expongo haciendolo y si me para la GC pondré cara de haba y diré que yo solo soy boticario, que no se nada y que en el ayuntamiento es lo que me pidieron. Y si aun asi me multan pues vale, lo asumire como una especie de cuota por jugar al airsoft.

Total, llevo dependiendo de la buena fe del agente de turno toda la vida, tampoco es que estemos jugandonos la vida...

Dios que hartura de todo...

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 09, 2013, 03:25:24 pm
Pues entonces que le den morcilla. Si ni siquiera la forma "correcta" actual les gusta y la van a cambiar esto puede eternizarse durante varios años. Y no digo años de forma figurada. AÑOS

Mañana me planto en el ayuntamiento y las registro con el numero de fabrica. Se a lo que me expongo haciendolo y si me para la GC pondré cara de haba y diré que yo solo soy boticario, que no se nada y que en el ayuntamiento es lo que me pidieron. Y si aun asi me multan pues vale, lo asumire como una especie de cuota por jugar al airsoft.

Total, llevo dependiendo de la buena fe del agente de turno toda la vida, tampoco es que estemos jugandonos la vida...

Dios que hartura de todo...



y que lo digas compañero, dan ganas de ponerlo todo a la venta y olvidarse de preocupaciones de estas porque ya tenemos suficiente...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 09, 2013, 03:26:22 pm
Pues entonces que le den morcilla. Si ni siquiera la forma "correcta" actual les gusta y la van a cambiar esto puede eternizarse durante varios años. Y no digo años de forma figurada. AÑOS

Mañana me planto en el ayuntamiento y las registro con el numero de fabrica. Se a lo que me expongo haciendolo y si me para la GC pondré cara de haba y diré que yo solo soy boticario, que no se nada y que en el ayuntamiento es lo que me pidieron. Y si aun asi me multan pues vale, lo asumire como una especie de cuota por jugar al airsoft.

Total, llevo dependiendo de la buena fe del agente de turno toda la vida, tampoco es que estemos jugandonos la vida...

Dios que hartura de todo...



y que lo digas compañero, dan ganas de ponerlo todo a la venta y olvidarse de preocupaciones de estas porque ya tenemos suficiente...

Amén a los dos, hermanos!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 09, 2013, 03:35:29 pm
No puedo estar mas de acuerdo con vosotros.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 09, 2013, 03:41:33 pm
mi fuente tiene la misma fiabilidad que cualquier otra fuente que tenga que hacer estos tramites....son rumores que se oyen....pero nunca se sabe.

yo de momento voy a registrar un par de replicas....asi por lo menos podre jugar...y mas adelante dependiendo como salga la cosa pues el resto...esto es lo que hay
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 09, 2013, 04:19:57 pm
registrando voy, registrando vengo vengo, por el camiiiiiiiino no me empapelan, por el camiiiiiiiiino no me empapelaaaan!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 09, 2013, 07:45:46 pm


Sobre el numero de serie, si viene con el, es inviolable, no puede troquelarse otro o el arma (cualquier tipo) queda inutilizada a parte de comerse un marron guapo el armero que lo haga. Esa norma es solo para los que no tengan o sean de fabricacion nacional. En las armas de fuego, cuando se importan se hace con su numero de origen, no se vuelve an troquelar. Vamos a tener problemas con este asunto.


Mañana cuengo el articulo y documento sobre ello.
[/quote]

Aupa CSV,
me da que no vas a tener razón, aunque ya me gustaría que la tuvieras  ;D yo las he registrado con el número que traen asegurandome antes de que era único más que nada para tener claro que no voy a tener problemas con que haya otra ALD igual a la mía por ahí circulando, pero la autoridad competente en estos asuntos me da que puede hacer varias interpretaciones del artículo 28 del RA y una de ellas podría perjudicarnos no dando por válidos los números originales. Me explico...

Citar
Artículo 28.
1. Todas las armas de fuego tendrán las marcas de fábrica correspondientes, la numeración
correlativa por tipo de armas y el punzonado reglamentario de un banco oficial de pruebas
español o reconocido por España. También llevarán numeración correlativa las armas
de las categorías 3.3, 4 y 7.1, 2 y 3.

El tema clave es que el art. 28 parece un parche. En el primer párrafo habla exclusivamente de las armas de fuego y en éstas sí que dejan claro que han de estar numeradas por un banco de pruebas español o extrangero que tenga autorización o reconocimiento de las autoridades españolas. Aquí los fabricantes asiáticos quedarían fuera con total seguridad.
 
En el segundo párrafo habla de las de 4ª y dice que han de llevar números correlativos, pero no dice quien las ha de numerar.
 
Creo que el problema es que este segundo párrafo es un parche del primero y al ponerlo en otro párrafo y no modificar el primero puede dar lugar a dos interpretaciones muy diferentes.

La primera que las de 4ª han de ir numeradas al igual que las armas de fuego, por banco de pruebas autorizado por las autoridades españolas y la segunda que sería la que nos interesa, que las de 4ª con tal de que lleven números correlativos puedan ir marcadas por cualquiera siempre que no haya números coincidentes dentro de una misma marca y modelo.

Esta última interpretación puede que sea válida porque tal vez haya fabricantes de armas de 4ª que no sean armeros (entiendase de carabinas que es lo que había hasta ahora) y para no complicar el tema en su día quizas lo hicieran al drede para no complicar aún más la fabricación y registro de algo que en principio no revierte tanto peligro como un arma de fuego.

La cuestión es que las autoridades tienen la sartén por el mango y son quienes pueden interpretar la ley, no nosotros.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 09, 2013, 07:58:55 pm
Sobre el segundo párrafo ya aclararon que las de 4ª han de llevar XXXXXXXXXXXXXAS (seguro que me sobran x) sólo que no se lo hicieron llegar a ayuntamiento alguno y se piden cosas aleatoriamente  por ello.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 09, 2013, 08:03:29 pm
Sobre el segundo párrafo ya aclararon que las de 4ª han de llevar XXXXXXXXXXXXXAS (seguro que me sobran x) sólo que no se lo hicieron llegar a ayuntamiento alguno y se piden cosas aleatoriamente  por ello.

Si piden troquelarlas están interpretando que las de 4ª van dentro del primer párrafo, junto a las de fuego y por lo tanto han de ir numeradas por un banco de pruebas reconocido por las autoridades españolas.
...y me pregunto yo...como lo han hecho hasta ahora con las carabinas de aire de 4ª, porque no me creo yo que todas vienen de paises con convenios con las autoridades españolas...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 09, 2013, 08:04:48 pm
eso son armas, hechas por fabricantes de armas, como si les ponen el logo de hello kitty

lo nuestro es chusta, como si lo fabrican dos chinos a base de moco y cartón
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 09, 2013, 08:09:03 pm
si fuera un arma, fabricada por una fabricante de armas...que tiene que ceñirse a una normativa X....vendria con su documentacion y te valdria

como no lo es...ese numero tiene la misma validez que uno pintado con rotulador....nada.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 09, 2013, 08:10:14 pm
y me pregunto yo...como lo han hecho hasta ahora con las carabinas de aire de 4ª, porque no me creo yo que todas vienen de paises con convenios con las autoridades españolas...

si no tienen numero te vas a un armero y te lo graba y el comunica ese numero a intervencion....asi de sencillo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 09, 2013, 08:27:54 pm
y me pregunto yo...como lo han hecho hasta ahora con las carabinas de aire de 4ª, porque no me creo yo que todas vienen de paises con convenios con las autoridades españolas...

si no tienen numero te vas a un armero y te lo graba y el comunica ese numero a intervencion....asi de sencillo

Te graba...que número??... hay algo parecido a lo de AS para las carabinas?? ... lo pregunto porque lo desconozco, no te estoy poniendo en duda ehh!!  ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 09, 2013, 08:44:14 pm
efectivamente. igual que tiene  un libro de registro para las ALD tienen ( el que este autorizado ) otro para armas de aire comrimido.

siendo yo chaval un amiguete se dedicaba a competir en aire comprimido y el mismo se construyo mas de una carabina....cuando la queria registrar iba a intervencion, pedia un numero de registro, la llevaba a grabar y luego tenia que presentarla nuevamente en intervencion para que confirmasen que lo habia grabado..pero de esto hace mas de 10 años...y me imagino que la cosa algo habra cambiado
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Mayo 10, 2013, 12:07:21 am
y me pregunto yo...como lo han hecho hasta ahora con las carabinas de aire de 4ª, porque no me creo yo que todas vienen de paises con convenios con las autoridades españolas...

si no tienen numero te vas a un armero y te lo graba y el comunica ese numero a intervencion....asi de sencillo

En caso de no tener o ser pintado, es el proceso a seguir.


El articulo 28, habla unica y exclusivamente de armas de fuego y la parte que nos compete, solo de fabricacion nacional.

Cito palabras textuales del maximo responsable de ICAE, cuyas palabras van a misa: muchos interventores de las comandancias, son chupatintas que no entienden ni de armas ni de tramites a seguir, y no llevan al dia las modificaciones de las normativas.

Para muestra el escrito que hay en otro post, que en un parrafo cita el tema de que la licencia es solo del municipio donde se esta empadronado, y en el siguiente recomienda sacarse tarjeta en todos los pueblos donde se valla a jugar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 10, 2013, 12:31:23 pm
Segun me informan los compañeros de Valladolid, por fin han autorizado a una armeria y efectivamente han cambiado el formato....aunque minimamente, solo cambia el orden.

nº de autorizacion - AS/PB - numero de ALD - año

AS => Airsoft
PB => Paintball

Ej:

0031 - AS - 116 - 13

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 10, 2013, 12:34:25 pm
La de Monforte Armeros de Parla esta marcando ya con ese formato ... a mi el Martes es el que me grabaron.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 10, 2013, 12:35:37 pm
bien, eso demuestra que al menos estan informados.

y enhorabuena para mis paisanos de castilla y leon....ya teneis uno sitio cercano donde grabarlas.  :)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 10, 2013, 01:10:21 pm
Bueno aquí un aporte del compañero CSV:

(http://img259.imageshack.us/img259/9866/img20130510wa0000.jpg)
(http://img850.imageshack.us/img850/428/img20130510wa0001.jpg)

Que cada uno saque sus conclusiones.


Una vez más el 107.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kurtz en Mayo 10, 2013, 01:14:05 pm
Que cada uno saque sus conclusiones.

Me mudo a Francia...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 10, 2013, 01:16:09 pm
mejor a inglaterra...no suenan tan relamidos y ademas estan federados  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 10, 2013, 01:23:52 pm
A medida que iba leyendo iba a decir que f*** al troquelado peeeeeero... "Este escrito tiene únicamente efectos informativos, no pone fin a la vía administrativa blah blah..."

 :-X :-X :-X
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 10, 2013, 02:12:41 pm
Eso le he querido hacer entender a la gente que habla de documentos y respuestas del ICAE CIPAE IA y san pito pato. Que al final es una interpretación sin más validez que una respuesta a una pregunta, como si les preguntas si les gusta jugar al mus. Te dirán que en la ley patatín patatán está establecido si ha de gustarte o no jugar al mus y que las reglas son tal y cual pero que según el art.107 esto te lo digo yo porque lo leo tal cual de la ley como puedas hacerlo tu mismo así que no sirve como jurisprudencia, justificación, argumento ni para nada de nada de cara a cualquier otra gestión o ente que quieras llevarle el papelito.


O dicho de otra manera, os hemos querido hacer un favor regulando pero la hemos jodido porque está todo en manos de los ayuntamientos que cada uno hace lo que le sale de la polla.




Probad, insto a cualquier de los que han despotricado por aquí a hacer lo mismo, email al ICAE consultando lo mismo. Después con el papelín vas a tu IA y te dirán que tararí tarará, que aquí se hace lo que yo digo y punto que es mi IA.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 10, 2013, 03:49:12 pm
fijaros en la fecha de los documentos.... son de antes de esta ley, con lo cual no se asta que punto son validos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: silver en Mayo 10, 2013, 03:53:20 pm
fijaros en la fecha de los documentos.... son de antes de esta ley, con lo cual no se asta que punto son validos

pero es que la 4ª categoría del Reglamento de Armas es todavía más antigua. Han añadido las marcadoras de airsoft y paintball. El resto, como la obligatoriedad de incluir un nº de serie, no ha cambiado con la Orden Ministerial que nos afecta.

¿o me equivoco?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Mayo 10, 2013, 03:59:25 pm
no se pero por esa regla de tres a mi me dijo por teléfono un agente del ICAE que los numero que traían de serie no valían para nada porque ellos no tienen una base de ese numero para poder consultar si la modificamos o que hacemos con ella por lo tanto no era valido (así como que muchas veces vienen repetidos, con el jaleo que eso puede suponer) y por lo tanto tenían que dar ellos el numero en armeros autorizados única y exclusivamente.

pero la verdad es que ya no sabes que creer.

El tema de esto esto es que a lo mejor las replicas de importación que se refieren en ese documento antes puestos eran ARMAS, realizado por fabrica de ARMAS sea de importación o de donde sean, pero cuando es un Fabricante de ARMAS ya tienen un control diferente (vamos eso creo...) en cambio de le las Replicas de airsoft no son armerías quien lo fabrican...

no se pero el tema es peliagudo, uno dicen una cosa y otros otra...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: deybit en Mayo 10, 2013, 04:02:08 pm
la respuesta a todas las preguntas sobre troquelar-no troquelar las tiene un apartado de la ley que dice que los números de serie han de ser o bien troquelados por armero, o bien la tienen aquellas empresas que tienen autorización por el Ministerio de Industria, es decir, en la actualidad, creo que ninguna empresa o importadora de réplicas de airsoft tienen autorización del Ministerio de Industria para sus números (por lo que puedo deducir de Skyway, no tiene dicha autorización y siendo la empresa que es creo que debería de saberlo, otra cosa es que mande la pregunta por si cuela), aunque sean únicos, por lo que por eso en muchos sitios no son autorizados, en otros que desconocen este apartado la admiten, pero seguramente en un tiempo corto-medio de tiempo, se exigirá que se troquele y se haga la grabación pertinente.
Un número de serie ha de respetar las normas de cada país, que es diferente en cada uno de los estados miembros de la CE, como es lógico, así que los números que posean las réplicas de serie, se pueden considerar como números de fabricación simplemente.
Eso es, independientemente de lo que hagan los ayuntamientos, lo que marca la ley actual si la recuerdo bien.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 10, 2013, 05:06:24 pm
fijaros en la fecha de los documentos.... son de antes de esta ley, con lo cual no se asta que punto son validos

Todo está en vigor siempre y cuando no se publique una derogación.

Así que la fecha es lo de menos, como si lo publicaron en el 1942.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: blindman en Mayo 17, 2013, 10:04:46 am
Alguno que haya registrado en Móstoles?

Por saber cuánto tiempo lleva el registro, porque llevo ya 2 meses esperando y me dicen que están esperando el certificado de penales.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: LOBO67 en Mayo 17, 2013, 01:10:33 pm
Alguno que haya registrado en Móstoles?

Por saber cuánto tiempo lleva el registro, porque llevo ya 2 meses esperando y me dicen que están esperando el certificado de penales.

Yo he registrado las réplicas en Móstoles.

A mí me pidieron en el ayuntamiento sólo el certificado de empadronamiento. Y número de serie de la réplica.
 Ahora te piden el certificado, número de serie y cinco euros.
El certificado de penales no me lo pidieron.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: blindman en Mayo 17, 2013, 01:40:46 pm
Lobo, no te lo pidieron porque lo piden ellos.

La cuestión es saber cuánto tiempo han tardado en registrarte las réplicas a ti o a algún otro forero que las haya registrado en Móstoles?

porque en 2 meses creo que tiempo de sobra hay.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: LOBO67 en Mayo 17, 2013, 04:18:12 pm
Una vez hecho los trámites, en un mes las fui a recoger , bueno fue la parienta a recojerlas. ;D. Supongo que una vez hayas hecho los trámites, la policía municipal te dirá el tiempo que tendrás que esperar para ir a por las tarjetas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: yeladies en Mayo 17, 2013, 04:23:17 pm
Yo voy hoy a troquelar el numero y el Lunes si todo va bien al ayuntamiento del pueblo a registrarla. a ver si me lo hacen rapido xq en poco mas de un mes tengo una partida en Madrid, y me toca viajar desde Leon
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: blindman en Mayo 17, 2013, 06:45:18 pm
Una vez hecho los trámites, en un mes las fui a recoger , bueno fue la parienta a recojerlas. ;D. Supongo que una vez hayas hecho los trámites, la policía municipal te dirá el tiempo que tendrás que esperar para ir a por las tarjetas.

Ok, gracias. Están hechos todos los trámites por mi parte desde hace 2 meses, he llamado un par de veces y sólo me dicen que espere, que ya me llamarán y no han sabido/podido/querido darme fecha para cuando lo tenga.

Sólo quería tener alguna referencia de tiempo porque me parece algo excesivo tardar 2 meses.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: LOBO67 en Mayo 17, 2013, 07:15:07 pm
Creo que dependerá de lo ocupado que esté el alcalde para firmarlas. :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Mayo 17, 2013, 08:27:49 pm
En el Ayuntamiento de San Fernando piden:
1-Solicitud normalizada rellena y firmada por el interesado.
2-Impreso de Tarjeta de armas (uno de color amarillo 3 copias y otro de color blanco dos copias).
3-Certificado negativo de antecedentes penales.
4-Certificado medico oficial de aptitudes psicofisicas para permiso de armas.
5-Fotocopia de la factura o facturas de compras de las replicas.
6-Fotografía de la replica o replicas tamaño 10x15.
7-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica (3,30 por cada replica)
Puede que haya equivoco con el municipio me refiero el Ayuntamiento de  San Fernando de Henares ( Madrid )
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Mayo 17, 2013, 10:10:56 pm
En el Ayuntamiento de San Fernando piden:
1-Solicitud normalizada rellena y firmada por el interesado.
2-Impreso de Tarjeta de armas (uno de color amarillo 3 copias y otro de color blanco dos copias).
3-Certificado negativo de antecedentes penales.
4-Certificado medico oficial de aptitudes psicofisicas para permiso de armas.
5-Fotocopia de la factura o facturas de compras de las replicas.
6-Fotografía de la replica o replicas tamaño 10x15.
7-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica (3,30 por cada replica)
Puede que haya equivoco con el municipio me refiero el Ayuntamiento de  San Fernando de Henares ( Madrid )

son 3,30 por tarjeta
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Mayo 18, 2013, 11:20:56 am

Tienes razón, fue un lapsus, cuando me entere no me lo creía, viendo lo que cobran por ahi.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 20, 2013, 09:01:36 am
Yo ya he realizado todos los tramites en Torrejon de ardoz , son los siguientes:

1-Solicitud normalizada rellena y firmada por el interesado.
2-Impreso de Tarjeta de armas (uno de color amarillo 3 copias y otro de color blanco dos copias) por cada replica a registrar.
3-Fotocopia de la factura o facturas de compras de las replicas. En caso de ser replicas de las que no se tiene factura se permite el contrato de compraventa.
4-Fotocopia del documento que te da la armería una vez troquelada la replica.
5-Carta de pago de la tasa o tasas correspondientes por cada replica. Este último paso no esta realizado porque aun no se ha aprobado en pleno municipal el importe de las tasas. Aun esta por decidir en dicho pleno si serán 32 euros por replica a registrar o 32 euros por todas.

Me falta el último tramite y estoy a al espera de que me llamen para confirmarme la tasa a pagar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Mayo 20, 2013, 10:34:09 am
Yo traigo novedades de donde vivo, acabo de volver tanto del cuartel de la GC como de la comisaria de PL.

Antes de nada, que nadie empiece con elucubraciones ni con interpretaciones astrales de nada...lo que me han dicho es lo que hay aqui, por tanto, lo que yo cumplire. Lo que pidan o como lo hagan en Villapeñon del Tordo es problema de alli...aunque hay cosas que si afectan, o afectaran a nivel general dentro de poco, pues muchas salen de una circular interna...

- Que las marcadoras con numeracion "AS" NO SERAN ACEPTADAS. La numeracion segun me cuentan no es valida, pues en el BOE no sale (como ya dije en su momento...no BOE: no party) y es una numeracion que nadie sabe en que criterio se basan para aplicarla. Que el problema no es que se este repitiendo dicha numeracion, si no que se esta poniendo sin mas. Lo que ya me dijeron en su momento vamos.

- Que unicamente habra que troquelar aquellas replicas que no traigan ningun tipo de numeracion. Habra que troquelarlas en armero autorizado, pero no por nada, si no por poner un numero asignado aunque sea repetido. Lo logico, para que no ponga numeros la gente con un punzon en sus ratos libres.

- Que el numero de serie es indiferente en cuanto a como venga y de donde venga...que lo que los interesa es, que a la hora de parar a la gente, vean que la replica esta legalizada, que se lleva como debe, que el numero que sale en la tarjeta sea el de la replica y que a su vez los datos de la tarjeta coincidan con los del DNI...es decir, que vean te has molestado en registrarla. Casualmente me han incidido en el "afan recaudatorio" ::)

- Que como venia pensando y comentando desde hace tiempo, si aqui piden unos requisitos y en otro pueblo otros, y damos con un agente que interpreta la ley de otra manera, el problema mientras la tarjeta lleve sello y firma del Alcalde, sera del municipio donde se expida esta...la tarjeta mientras lleve dicho sello y firma, es LEGAL, dando igual los requisitos que se pidan para obtenerla.

Repito: Es lo que me han dicho. Hay cosas que difieren con la ley, hay cosas con las que difiero...pero es lo que en este caso particular me toca.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 10:40:11 am
Te odio!!  :P
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 20, 2013, 11:02:05 am
El gato es mío y me lo...... XD Ole sus webos XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 20, 2013, 11:03:57 am
Lo dicho, estamos a merced de la burrocracia de este país
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: El Peregrino en Mayo 20, 2013, 11:21:22 am
En LEGANES
Buenos días a todos.
A continuación os indico los requisitos que me han pedido en la PL de Leganés para el trámite de las tarjetas. Aún no las tengo, pero ya se están tramitando.
1.- Fotocopia del DNI
2.- Volante de Empadronamiento
3.- Evidentemente, las tarjetas amarillas y blancas
4.- Facturas de las réplicas: en este sentido, he tenido que contactar con las tiendas en las que adquirí lás réplicas para que me hicieran constar en las facturas que la potencia era inferior a 3,5 julios. Para una de ellas no pude contactar con la tienda, pero como en las instrucciones figura que dispara entre 0,9 y 2 julios me admitieron copia de las instrucciones.

Por lo que respecta a la numeración, yo les troquelé en armeria para intentar evitar problemas posteriores y me comentó el PL que si traen número de fábrica, lo están admitiendo.
Sin ánimo de polémicas sobre el troquelado que se estaba efectuando hasta ahora, ¿si ahora no se considera válido por que IA pone el sello en la carta que hace la armería indicando que las réplicas xxx-xxx-xx-AS pertenecen a "fulanito"?
Un saludo y espero que os sirva
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: serperga en Mayo 20, 2013, 11:24:53 am
Se me olvido decir que en caso de no tener la dirección actualizada hay que adjuntar el volante de empadronamiento.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 11:33:19 am
un numero grabado por armero autorizado es valido si o si...mientras el armero cumpla con lo que se le ha indicado.

A mi me han enseñado la autorizacion que le ha enviado internvecion central a la armeria de valladolid y viene indicado el formato que se debe grabar

lo que no tiene sentido es lo que le dicen a ramms....o sea...si pone AS no me vale...pero si no tiene numero hay que grabarlo....y segun ellos...que numero hay que grabar?? porque a los armeros autorizados se les ha indicado un formato en concreto.

en fin..
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 11:37:05 am
A mi en valladolid me han dicho que si el numero no cumple el formato

0031 - AS - 13 - 101 ( por ejemplo ) o el antiguo 0031 - 13 - 101 - AS

no me la admiten.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Mayo 20, 2013, 11:37:24 am
Madre mía, madre mía, madre, mía madre la madre de mi madre mía y la madre que la parió...



Que esperpento... :-X
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Mayo 20, 2013, 11:43:18 am
un numero grabado por armero autorizado es valido si o si...mientras el armero cumpla con lo que se le ha indicado.

A mi me han enseñado la autorizacion que le ha enviado internvecion central a la armeria de valladolid y viene indicado el formato que se debe grabar

lo que no tiene sentido es lo que le dicen a ramms....o sea...si pone AS no me vale...pero si no tiene numero hay que grabarlo....y segun ellos...que numero hay que grabar?? porque a los armeros autorizados se les ha indicado un formato en concreto.

en fin..

Hombre es que sería del todo absurdo que ahora admitan el número que trae la réplica y no den validez a un número grabado en armero autorizado con el beneplacito de la GC simplemente por cambiar el orden de los campos, en fin ....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 11:48:32 am
- Que las marcadoras con numeracion "AS" NO SERAN ACEPTADAS. La numeracion segun me cuentan no es valida, pues en el BOE no sale (como ya dije en su momento...no BOE: no party) y es una numeracion que nadie sabe en que criterio se basan para aplicarla. Que el problema no es que se este repitiendo dicha numeracion, si no que se esta poniendo sin mas. Lo que ya me dijeron en su momento vamos.

- Que unicamente habra que troquelar aquellas replicas que no traigan ningun tipo de numeracion. Habra que troquelarlas en armero autorizado, pero no por nada, si no por poner un numero asignado aunque sea repetido. Lo logico, para que no ponga numeros la gente con un punzon en sus ratos libres.

Ramms, port mas que lo leo...o te han vacilado..o el que te ha informado estaba bebido.

O sea...no admiten el formato AS....pero resulta que si vas a grabarlo es el formato que el armero esta obligado a usar...ergo...que haces con esa replica?? la quemas?? la regalas??

Un armero no puede troquelar un numero al azar en un ald...tiene que ser unico...si de verdad valiese cualquiera la gente haria como tu dices y lo grabaria por su cuenta.....

es que es una contradiccion pura
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Mayo 20, 2013, 12:30:53 pm
Razon no le falta, el numero AS no aparece por ninguna parte en el BOE. Los armeros autorizados tendran que troquelar el numero que se les asigne, y por lo visto con el famoso "AS" hay bastantes discrepancias...por eso lo de "obligado a grabar"...esta gente lo tiene por bastante discutible. Lo que tienen claro es que la numeracion "AS" no la dan por valida aunque venga de un armero.

Esto esta lleno de contradicciones, yo me sigo pensando el registrarlas, al menos por ahora (ojo, no hablo de salir a jugar sin tarjeta...digo no jugar hasta que no este claro). Coño que no les cuesta nada hacer las cosas bien... >:(
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 20, 2013, 01:22:35 pm
Aquí un club bastante independiente y moderado (con experiencia en eventos de todo tipo no sólo de airsoft) ha tenido la iniciativa de reunirse con delegación del gobierno y el mando de la GC en la comunidad. Parece que en breve sacarán un protocolo desde delegación (que es a quien le llegarían las movidas como intervenciones y tal). La España de las autonomías XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 01:27:38 pm
Ramms, en el papel de la autorizacion que tienen la armeria de valladolid y viene sellado por la ICAE...pone claramente el formato que tienen que usar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Mayo 20, 2013, 01:34:16 pm
Si el formato no sale en el BOE, ya puede venir firmado por quien sea que nada...

Lo que a mi me han comentado, venia puesto en circular interna, a ver en que acaba.

Con el tiempo lo acabaran tirando abajo...espero que sea asi y que sea para bien, y que dejen de tocar las narices al personal.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 02:13:47 pm
pues no lo entiendo macho...si la intervencion central dice una cosa....y las demas otra que se le opone...no me lo explico....o sea...tu graba asi...que luego el otro te dira que no
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 20, 2013, 03:14:30 pm
Pues lo de siempre, la gente se lanza a confiar en lo que dice un ayuntamiento y zas en toda la boca. Otros se lanzan a hacer caso a "altruistas" y zas en toda la boca.

Yo localmente trataría de entrevistarme con la instancia más alta que pudiese (pasando por todas las bajas) y salvar la cara hasta que saquen algo decente.

Total, lo mismo te da hacerlo bien que mal si al final te la pueden meter doblada XDD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dito en Mayo 20, 2013, 06:04:19 pm
Inseguridad Juridica se llama esto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Mayo 20, 2013, 06:28:01 pm
Es que en cuanto a el numero "AS", sintiendolo mucho por la gente que ya lo tiene, tienen razon. Mientras no aparezca en el BOE o en el R.A., no tiene validez alguna, aunque el ICAE se lo saque de la chistera.

Yo sigo sin ya creerme nada de lo que me dicen, un dia es A, otro dia es B...pero nunca dicen todos lo mismo. La semana que viene ire otra vez a ver si el jefe de la PL puede decirme algo con certeza.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 20, 2013, 09:26:06 pm
A ver si lo que va a ocurrir es que lo del formato AS se lo inventó un fulanito en concreto del ICAE en su día para solucionar problemas puntuales con la gente que antes del BOE registraba las ALD y al ser una persona en concreto la que lo implantó la institución del ICAE no siendo oficial esta decisión no quiere darla por buena...basta con que quien esté de jefe ahora no comulgue con el de antes para que quiera poner su guinda y lo tire todo para atrás.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 09:45:49 pm
Ramms, en el boe no pone como se ha de numerar ningun arma en general....y se numeran...y vale...no creo que sea necesario que aparezca en el boe.

ademas, a los armeros se les ha dado la autorizacion con unas condiciones concretas..en el resto de ayuntamientos es el formato que estan pidiendo...por algo sera.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Mayo 20, 2013, 09:54:10 pm
A mi el troquelado AS me lo admitieron tanto en IA como en PL y por lo que me comentó el de la Armería el número es: Los 4 primeros dígitos para identificar la armería, los 2 siguientes para el año, los 3 siguientes son secuenciales, va aumentando por cada arma que troquela y por último el AS que lo llevan todas.
Lo que quiero decir con esto es que el armero autorizado no tiene otra forma de troquelarte el arma ni puede repetir números.

En cuanto a lo que diga el ICAE no es vinculante, solo orientativo, por lo que se rige la GC es por lo que acuerda el CIPAE, al que solo pueden consultar la propia GC y no tiene base de datos pública para consultar sus acuerdos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Mayo 20, 2013, 09:56:24 pm
Ramms, en el boe no pone como se ha de numerar ningun arma en general....y se numeran...y vale...no creo que sea necesario que aparezca en el boe.


por que siempre se habla sin saber???

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-11778

Citar
Artículo 28.


4. También llevarán numeración correlativa las armas de las categorías 3.ª,3, 4.ª y 7.ª,1, 2, 3 y 6.

5. La numeración de fábrica será compuesta y deberá constar, en todo caso, de las siguientes partes:

a) número asignado a cada fábrica o taller por la Intervención Central de Armas y Explosivos.

b) número correspondiente al tipo de arma de que se trate.

c) número secuencial de cada arma fabricada, comenzando cada año en el número 1.

d) las dos últimas cifras del año de fabricación

aparte de que al ponerlo en el RA no hace falta que estubiese en un BOE
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 10:01:41 pm
Vale, pues entonces lo cumple

a) número asignado a cada taller por la Intervención Central de Armas y Explosivos. => 0031

b) número correspondiente al tipo de arma de que se trate. => AS

c) número secuencial de cada arma fabricada, comenzando cada año en el número 1. => 101

d) las dos últimas cifras del año de fabricación => 13

Tienes razon shinobi, se ve que hoy me he levantado un poco  escaso de entendimiento o razón.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Mayo 20, 2013, 10:06:14 pm
sera eso que los inventores del airsoft tambien os confundis, pero es normal cuando teneis los mismos pensamientos absurdos, solo os falta sincronizar los periodos menstruales
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 20, 2013, 11:03:49 pm
Yo el art. 28 no lo interpreto igual, la norma del marcaje si os fijais se refiere al apartado 1 y por tanto a las armas de fuego. El apartado 4 dice que las de 4ª solo tienen que cumplir la norma de llevar numeración correlativa, ni hace mención a que tengan que estar marcadas por armero alguno ni ser el fabricante autorizado o reconocido por España.

Por lo tanto entiendo perfectamente si establecen la validez de los números de origen siempre que no sean coincidentes. Si lo fueran habría que buscar una forma de marcarlas y ahí no hay nada escrito, que el CIPAE interpreta por semejanza que se han de marcar con las normas de las armas de fuego, pues perfecto, pero tambien podrían determinar cualquier otra forma.

Citar
«Artículo 28.

1. Todas las armas de fuego  y las piezas fundamentales o componentes esenciales terminados que se comercialicen por separado tendrán un marcado distintivo que incluirá el nombre o marca del fabricante, el país o lugar de fabricación y la numeración de fábrica. Igualmente éstas, así como las armas detonadoras de calibre igual o superior al.22  o su equivalente en mm dispondrán del punzonado de un Banco Oficial de Pruebas español o reconocido por España, conforme a las disposiciones del Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles de 1 de julio de 1969.

2. El marcado se colocará en las pistolas y revólveres en el armazón y en el cañón, en las armas largas rayadas en el cajón de mecanismos y en las escopetas en el propio cajón de mecanismos o en la carcasa y en los cañones; de manera que el deterioro o destrucción del marcado convierta dicha arma en ilegal.

3. En el caso de armas que pudieran ofrecer dudas o dificultades de espacio para la inserción del marcado, éste deberá aparecer en el lugar que decida el Banco Oficial de Pruebas, participándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil.

4. También llevarán numeración correlativa las armas de las categorías  3.ª,3, 4.ª  y 7.ª,1, 2, 3 y 6.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 20, 2013, 11:06:36 pm
pues yo si lo interpreto asi....ahi pone

las armas X tiene que levar tatatin tatan....y luego añade...tambien tendran que llevar numero esta esta y esta otra

lo de tambien no excluye lo anterior....es decir...te explican como debe ser el punzonado y a continuacion dicen "y estas tambien"
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 20, 2013, 11:14:05 pm
Nelo, fijate en lo que he puesto en rojo...si hubieran querido decir que era aplicable a todas las armas hubieran dicho "todas las armas" y no se hubieran molestado en especifica..."las armas de fuego ....  y las detonadoras de calibra igual o superior a .22" ... el resto las han dejado aparte.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Mayo 20, 2013, 11:15:40 pm
Jodo la que se lia por un comentario XD...yo digo lo de siempre...es lo que a mi me han transmitido. Luego se puede estar mas de acuerdo o menos...pero...el caso es que siguen con tanta paja mental que al final algunos seguimos sin poder registrar las replicas. Asi que es lo que decia la otra vez, no es por que uno no quiera, es por que no dejan...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dito en Mayo 21, 2013, 12:52:15 pm
El que firmo las "instrucciones sobre numeracion de armas de airsoft, incluidas en a cuarta categoria", con fecha de salida 24 de junio de 2011 y destino a todas las Jefaturas de Zona Intervenciones de Armas y explosivos, fue el Coronel Jefe don Angel Moreno GImeno, de la Subdirección General de Operaciones, Intervencion Central de Armas y Explosivos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 21, 2013, 01:02:54 pm
y el formato cumple con lo indicado en el RA segun lo publicado por Shinobi...asi que....en que se basan para decir que no es valido??
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sauber en Mayo 23, 2013, 11:53:48 am
Buenas señores. Acabo de hablar con los señores del Icae a traves de un compañero,y es lo que han dicho.

El AS tiene que ir intercalado,ya no sirve el AS al final.Lo han cambiado hace poco.

Lo que no me han comentado,es que la gente que tenga el AS al final,lo tienen mal,y tendrian que hablar con la armeria que lo troquelo,para que se lo cambien al parecer,sin ningun coste.

Y me han añadido,que mucho cuidado con el instrusismo de las armerias,que tienen constancia de que hay armerias que estan troquelando primero sin los permisos adecuados,y numerando mal y aleatorio. Y no son pocas....

Y el grabado con laser,o placas,no es aceptado en ningun momento. Solo el de punzón.

Un saludete¡




Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 23, 2013, 12:05:23 pm
a ver....hay que aclarar que al grabado por laser se refieren a aquellos que solo queman la superficie del metal...quedando como si estuviera pintado.

pero hay laser que se "comen" el metal y el numero queda labrado en el.....y te aseguro que se aprecia perfectamente el rebaje..incluso mas que alguno de los por ahi punzonados.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sauber en Mayo 23, 2013, 12:17:37 pm
a ver....hay que aclarar que al grabado por laser se refieren a aquellos que solo queman la superficie del metal...quedando como si estuviera pintado.

pero hay laser que se "comen" el metal y el numero queda labrado en el.....y te aseguro que se aprecia perfectamente el rebaje..incluso mas que alguno de los por ahi punzonados.


Yo te digo lo que me han dicho directamente la persona que lleva esto en el ICAE. Que laser negativo. Que ya haya,diferentes lasers y demas.....ni idea.

Por cierto,como nota curiosa,cuando todo esto empezo,y se empezo a dar licencias a armerias de toda españa,estaba solo 1 persona a cargo de todo,licencias,permisos, etc......si si 1 sola persona. Al parecer al ver que se le acumulaba el trabajo al pobre hombre,han agregado a varias personas para agilizar el tema....impresionante.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Mayo 23, 2013, 12:27:03 pm
Si el icae dice que no vale laser, pues no vale, jodienda porque como dice nelo algunos hacen practicamente lo mismo que el punzon.

Pero no hay mas vuelta de hoja.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Mayo 23, 2013, 12:35:05 pm
supongo que tendran peritos capaces de analizar el surco del numero una vez labrado para dictaminar si se ha realizado por arranque de viruta o por abrasion  :=

 ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Mayo 23, 2013, 01:05:29 pm
Algun especialista habrá xD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dito en Mayo 23, 2013, 06:31:24 pm
Buenas señores. Acabo de hablar con los señores del Icae a traves de un compañero,y es lo que han dicho.

El AS tiene que ir intercalado,ya no sirve el AS al final.Lo han cambiado hace poco.

Lo que no me han comentado,es que la gente que tenga el AS al final,lo tienen mal,y tendrian que hablar con la armeria que lo troquelo,para que se lo cambien al parecer,sin ningun coste.

Y me han añadido,que mucho cuidado con el instrusismo de las armerias,que tienen constancia de que hay armerias que estan troquelando primero sin los permisos adecuados,y numerando mal y aleatorio. Y no son pocas....

Y el grabado con laser,o placas,no es aceptado en ningun momento. Solo el de punzón.

Un saludete¡






SAbes si han remitido circular, o alguna orden a las distinats IA infromadno sobre el acuerdo de cambio o algo?????

Seria bastante interesante conocer minuciosamente el contenido del cambio. Mas que nada por la insegurida juridica que crea.
Supongo que dicho cambio debe ser remitido u ordenado por escrito a todos aquellos armeros que disponen de licencia para el troquel.


Debe quedar estupendamente bien escrito el quijote el el cuerpo de cualquier ALD si tenemos que soportar cambios de nomenglatura cada 3 meses.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Mayo 23, 2013, 10:12:25 pm
supongo que tendran peritos capaces de analizar el surco del numero una vez labrado para dictaminar si se ha realizado por arranque de viruta o por abrasion  :=

 ;D ;D

 ;D ;D estaba pensando lo mismo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Parabolas en Mayo 25, 2013, 11:17:31 pm
Buenas...

Estoy ya con el papeleo en Madrid, pero hay una cosa que no entiendo. Ya he rellenado los impresos correspondientes que indica en la web de la ciudad de Madrid y tal, con su correspondiente autoliquidación. He leído dos o tres veces lo que me pedirán cuando vaya, y no veo por ninguna parte que pidan la tarjeta amarilla o/y blanca.
Yo tengo una par de amarillas y una blanca, sin rellenar. ¿Debo llevarlas vacías, las debo rellenar, no es necesario llevarlas?

Tengo el papel de la armería donde pone el número de serie y tal, un contrato de compra-venta entre particulares, el psicotécnico y penales.

¿qué hago con las tarjetas amarillas y la blanca?

Gracias
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Mayo 26, 2013, 09:47:04 am
Buenas...

Estoy ya con el papeleo en Madrid, pero hay una cosa que no entiendo. Ya he rellenado los impresos correspondientes que indica en la web de la ciudad de Madrid y tal, con su correspondiente autoliquidación. He leído dos o tres veces lo que me pedirán cuando vaya, y no veo por ninguna parte que pidan la tarjeta amarilla o/y blanca.
Yo tengo una par de amarillas y una blanca, sin rellenar. ¿Debo llevarlas vacías, las debo rellenar, no es necesario llevarlas?

Tengo el papel de la armería donde pone el número de serie y tal, un contrato de compra-venta entre particulares, el psicotécnico y penales.

¿qué hago con las tarjetas amarillas y la blanca?

Gracias

A mi no me hicieron falta, yo las rellené y entregué con toda la documentación, por si acaso, y al final me han dado unas nuevas rellenadas por ellos a máquina. Así que no tendrías que entregarlas, en principio....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Parabolas en Mayo 26, 2013, 10:48:29 am
Fantástico!

Gracias. Muchas :)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Parabolas en Junio 05, 2013, 05:00:07 pm
Y cuánto tiempo te tardaron en dar las tarjetas, fenrir?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Junio 05, 2013, 08:37:17 pm
eeemmm...unas dos semanas, mas o menos  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Parabolas en Junio 05, 2013, 09:55:23 pm
Pues aún me queda entonces... me cachis!

Gracias
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Panzer-chs en Junio 18, 2013, 01:29:47 pm
Alguien me sabe decir si una vez que tengo registradas las replicas, en mi actual domicilio, si el día que cambie de domicilio tengo que volver a registrarlas en el nuevo domicilio? ya que cambio de pueblo no de comunidad.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Troncho en Junio 18, 2013, 01:32:28 pm
Alguien me sabe decir si una vez que tengo registradas las replicas, en mi actual domicilio, si el día que cambie de domicilio tengo que volver a registrarlas en el nuevo domicilio? ya que cambio de pueblo no de comunidad.

Lo mismo me equivoco, pero deberias de tenerlas registradas en el municipio donde estes empadronado, eso siginifica que si cambiar de domicilio (y te empadronas en ese municipio) si, deberías de volver a registrarlas allí.

De echo es lo que me va a tocar a mi en breve :p

Un saludete!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Junio 18, 2013, 01:41:30 pm
si, si cambias tu domicilio de empadronamiento te toca hacer de nuevo el procedimiento en el nuevo municipio
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Junio 18, 2013, 03:52:09 pm
Y el DNI, pasaporte, carnet de conducir, carnets profesionales........
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dito en Junio 18, 2013, 07:23:43 pm
HAy algunos ayuntamientos que no te exigen estar empadronado para expedir la tarjeta, sin embargo, si no tienes la tarjeta de su localidad no podrás usarla en ella.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Junio 18, 2013, 08:26:14 pm
Ya estamos con Escalona y la madre que lo...... Que eso es ilegal, no respeta el reglamento de armas y es porque en el ayuntamiento son (con perdón) gilipollas y no saben lo que expiden.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kerwin en Junio 18, 2013, 11:34:26 pm
Buenas señores. Acabo de hablar con los señores del Icae a traves de un compañero,y es lo que han dicho.

El AS tiene que ir intercalado,ya no sirve el AS al final.Lo han cambiado hace poco.

Lo que no me han comentado,es que la gente que tenga el AS al final,lo tienen mal,y tendrian que hablar con la armeria que lo troquelo,para que se lo cambien al parecer,sin ningun coste.

Y me han añadido,que mucho cuidado con el instrusismo de las armerias,que tienen constancia de que hay armerias que estan troquelando primero sin los permisos adecuados,y numerando mal y aleatorio. Y no son pocas....

Y el grabado con laser,o placas,no es aceptado en ningun momento. Solo el de punzón.

Un saludete¡


Un detalle que me llama la atención.
Según la ICAE, o la persona de la ICAE que lleva el tema de registros, el grabado tiene que ser por punzonado, como en las armas de fuego real.

Y ahora digo yo.
Este es un ejemplo de una pistola de aire comprimido (4ª categoría) que tiene el número de serie "pintado". Este arma concretamente, corresponde a una de las pistolas mas sofisticadas y punteras que hay para tiro de precisión. La usan los tiradores olímpicos.

http://host17.ssl-net.net/steyr-sportwaffen_at/media/Luftpistolen/LP10/LP10_g.jpg

Este moelo de arma ha quedado campeona en los juegos olímpicos de Londres 2012. La usan la gran mayoría de los grandes tiradores de élite que hay en España (y alrededor del mundo) y es un arma muy común en la alta competición.

¿Según la interpretación del señor de la ICAE, la numeración de este arma es ilegal porque no lleva el número de serie punzonado? me meo.




Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Junio 19, 2013, 12:24:46 am
Zassscaaaa!  :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Royan en Agosto 02, 2013, 12:54:39 pm
Pues hoy e registrado una de mis replicas en mi pueblo, como? pues de chiste... ;D
E ido a la comisaria de los municipales, le e preguntado al municipal de guardia como se hacia para sacar una tarjeta de armas y el buen señor me a dicho, tranquilo que lo arreglamos en un momento...
Me a preguntado si llevaba la replica, (por suerte la llevaba con un cargador, una bolsita de bolas y la batería, por separado todo, y con el tapón rojo en la bocacha)
La a cogido (era una scorpion de jingong) la a palpado e incluso creo que le a gustado y me a empezado a preguntar como funcionaba, yo encantado se lo e explicado todo, después me a echo montarla para ver como disparaba y me a preguntado de que categoría era, yo le e dicho 4.1 lo a buscado  y me a dicho que así era...
Creo que me estaba poniendo a prueba....
A echo una llamada al cuartel de la guardia civil, se lo han confirmado, una llamadita al ayuntamiento, y ya esta, eso es todo!!! :D
Hemos comenzado a hablar sobre el reglamento de armas y lo basura que es, me a enseñado su pistola ( no seáis malpensados ) una walther p99 me a enseñado sus balas, hemos hablado sobre armas, bueno me lo e pasado pipa haciendo la tarjeta!!!
Después e ido al ayuntamiento con las tarjetas, me estaban esperando :D, e rellenado las tarjetas, y me han dicho que el martes o miércoles de la semana que viene ya estarán firmadas y selladas por la alcaldesa y listas para recogerlas.
Lo mejor de todo? Coste 0 € y no a echo falta factura ni numero troquelado, simplemente con el numero que lleva gravado era suficiente.

Saludos!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sandman en Agosto 06, 2013, 06:38:43 pm
Reflotando...

Me he reservado la mañana del miércoles para "disfrutar" registrando las cacharras y me surgen algunas dudas que no he podido resolver rebuscando por el foro.
Lo primero, es en Madrid capital, así que agradeceré cualquier información de los que ya lo habéis hecho aquí.

Ya tengo el certificado de penales, el psicotécnico (a puntito de caducar...) y fotocopias para cada arma. Facturas físicas sólo tengo una y está en polaco. Tengo otras 3 sacadas de interné y un AK huérfano. ¿valen las facturas que tengo?¿se acepta finalmente la famosa declaración jurada de propiedad? Preferiría eso antes que un contrato de compraventa entre particulares...

Las tasas...¿hace falta un justificante de ingreso para cada una?

Las tarjetas he leído que en algún caso ni las piden, ¿era en Madrid capital? ¿os han dejado inscribir un arma por tarjeta o han ido todas juntas a la misma? lo digo por el tema de posteriores ventas.

un saludo y gracias por anticipado
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 06, 2013, 08:04:54 pm
no necesitas llevar las tarjetas, tienes que rellenar un formulario que te descargas de "nosedonde" y las tarjetas te las dan ellos una vez rellenadas.

teoricamente con el papel del armero les vale aunque no tengas la factura

te ponen una por tarjeta
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sandman en Agosto 06, 2013, 08:24:53 pm
Gracias Nelo, ya tengo los impresos a mi vera. Entre unas cosas y la otras es un tocho de papeles para 5 cacharras....

Para las tasas creo que es necesario un justificante de ingreso individual por arma ya que llevan identificadores distintos.

Tengo otra duda, ahora con el lenguaje administrativo. En el impreso de autoliquidación hay una parte que reza :

"Otros: en este espacio se consignarán los datos identificativos del objeto de exacción, que serán los que solicite la
oficina municipal donde se presente su solicitud."

¿se refiere a los datos del arma en cuestión?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mig en Agosto 06, 2013, 09:59:40 pm
Gracias Nelo, ya tengo los impresos a mi vera. Entre unas cosas y la otras es un tocho de papeles para 5 cacharras....

Para las tasas creo que es necesario un justificante de ingreso individual por arma ya que llevan identificadores distintos.

Tengo otra duda, ahora con el lenguaje administrativo. En el impreso de autoliquidación hay una parte que reza :

"Otros: en este espacio se consignarán los datos identificativos del objeto de exacción, que serán los que solicite la
oficina municipal donde se presente su solicitud."

¿se refiere a los datos del arma en cuestión?

Lo hice la semana pasada...Se deja en blanco, lo que si no te olvides de poner el distrito municipal.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: passnick en Agosto 14, 2013, 08:33:13 am
Rammstein, tu pueblo no sera Rivas no?
A mi me dieron que al alcalde no le gustan las armas y que no hay campo de tiro.
Vamos que los de Rivas estamos jodidos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 14, 2013, 08:44:55 am
pues ahis se cuela, porque tu como "deportista" puedes ir a otros campos de tiro..sino como lo hace la gente de aire comprimido??

y sino os juntais unos cuantos y mandais una carta al ayuntamiento solicitando que se habilite un terreno para tal fin...seguramente pasend e vosotros...pero oye...nunca se sabe..el no ya lo tienes
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: passnick en Agosto 14, 2013, 08:54:30 am
Eso ya se intento nelo, y hacer una asociacion. Pero siempre lo mismo, al alcalde no le gustan las armas y no hay campo de tiro.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Agosto 14, 2013, 11:59:12 am
No, no soy de Rivas, soy del sur de Madrid, de un sitio de donde ahora no te puedes sacar las tarjetas por que han detenido a la Policia por delitos varios...en fin ::)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Agosto 14, 2013, 01:00:02 pm
No, no soy de Rivas, soy del sur de Madrid, de un sitio de donde ahora no te puedes sacar las tarjetas por que han detenido a la Policia por delitos varios...en fin ::)
¿¡Mande!? ???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Agosto 14, 2013, 01:25:58 pm
¿¡Mande!? ???

Despierta del coma anda...  :D :D :D

Creo que se refiere a Coslada City...  ;D ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Agosto 14, 2013, 01:40:44 pm
nooo rams de aqui no es...  tampoco le queremos por esta zona  ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Agosto 14, 2013, 01:52:30 pm
Aaah coñ*...! Ya no me acordaba del "Sheriff" ;D

Joder, ¿¡y lleva eso "parado" desde entonces!?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ovatha en Agosto 14, 2013, 08:05:48 pm
nooo rams de aqui no es...  tampoco le queremos por esta zona  ;D ;D

Shino_koslada, perdona la indiscrección, ¿sabes de gente de coslada que ya las haya legalizado? Siguen obligando a llevar la factura de la compra de la replica?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Agosto 14, 2013, 09:00:29 pm
Si se de gente que las tiene registradas con declaracion jurada,lo que si exigen es grabado por armero,  yo actualmente estoy empadroado en sanfer y tambien me a valido la declaracion jurada
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Agosto 15, 2013, 01:55:12 am
Yo tengo mis replicas registradas en coslada y salvo la que venia sin numero, que la troquele en armeria, las demás me las aceptaron con el número que venía. Lo que si me miraron es que en la factura pusiera el número de serie, una me la pararon hasta que me arreglaron la factura.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Agosto 15, 2013, 10:43:27 am
Rammstein, tu pueblo no sera Rivas no?
A mi me dieron que al alcalde no le gustan las armas y que no hay campo de tiro.
Vamos que los de Rivas estamos jodidos.

los de rivas estamos jodidos, pero no se pueden negar a registrarnos la replica yo lo considero una  DISCRIMINACION en toda regla, dado que por vivir aqui no puedo realizar mi hobbie, y eso pues me toca las narices. lo unico que queda es poner una queja en el ayto aunque creo que se la pasaran por el forro....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Agosto 15, 2013, 11:09:37 am
Yo lo de Rivas lo denunciaba a la policía tranquilamente ya que no sé hasta que punto se pueden negar a tramitarte lo que incluso casi es una obligación, el registrar nuestras cacharras...
No sé hasta que punto es "legal" eso...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Agosto 15, 2013, 11:19:03 am
editado: no iba a poner mensaje y cite, sorry
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 15, 2013, 02:21:38 pm
Rammstein, tu pueblo no sera Rivas no?
A mi me dieron que al alcalde no le gustan las armas y que no hay campo de tiro.
Vamos que los de Rivas estamos jodidos.

los de rivas estamos jodidos, pero no se pueden negar a registrarnos la replica yo lo considero una  DISCRIMINACION en toda regla, dado que por vivir aqui no puedo realizar mi hobbie, y eso pues me toca las narices. lo unico que queda es poner una queja en el ayto aunque creo que se la pasaran por el forro....

Es completamente legal, y solo puedes recurrir como maximo organismo al " ALCALDE " y zas, este es el maximo responsable en decidir si se dan licencias o no, pues es una competencia del Ayuntamiento, y como tal decide, y no hay nadie por encima que le pueda exigir algo en este aspecto.

Es una putada pero es lo que hay... siempre puedes registrarlas en otras localidades ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 15, 2013, 04:19:38 pm
Negarse a registrar las réplicas pudiendo demostrar que se cumplen los requisitos del RAE o incluso más exigidos en otros municipios se llama PREVARICACIÓN siempre y cuando se nieguen por escrito.

Así que la solución es meter instancias, acudir al plenos (al ruegos y preguntas), concejales de la oposición, etc y solicitar que lo pongan por escrito.

Sólo que como esto es airsoft no nos molestamos en tirar "palante" y meter una denuncia en condiciones o acudir a delegación del gobierno.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 15, 2013, 10:45:46 pm
Te pones lo que quieras, que si dice que NO es que NO y punto, es el ayuntamiento la maxima autoridad y si dice que no concede licencias puede poner mil y una excusas y no va a pasar nada.

Como pasa con muchas mas cosas que en los ayuntamientos, hablando de competencias propias, esto no es algo nuevo, el ejemplo mas practico las ordenandas municipales.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 15, 2013, 11:19:11 pm
No es una competencia propia, es una competencia delegada sobre la que tiene potestad la IA y delegación del gobierno.

El incumplimiento del RAE por parte de un Ayto es responsabilidad de delegación.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 16, 2013, 07:17:42 am
No es una competencia propia, es una competencia delegada sobre la que tiene potestad la IA y delegación del gobierno.

El incumplimiento del RAE por parte de un Ayto es responsabilidad de delegación.

Zeig, el incumpliento del RAE, es lo que pasa en Vitoria, que registran las ALD en 4.1 o 4.2 dependiendo de como tenga la mañana el tolay de turno.

Hay 2 personalidades que pueden negar el registro, que son el Governador Civil de la Zona y el Alcalde del municipio, como bien pone en el RAE. De la misma manera que la DGT delega el control del trafico en ciudad a los ayuntamientos y estos crean zonas de 80km/h o 30km/h mediante bandos municipales.

Menage, no yo recomendaria registrarlo en otros ayuntamientos, dado que las interpretaciones de las ultimas comandancias con las que he tenido contacto, hablan unica y exclusivamente del ayuntamiento donde se esta empadronado, como unica posibilidad de registro.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: passnick en Agosto 16, 2013, 08:27:57 am
Entonces los de rivas no podemos hacer nada de nada.. , no?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 16, 2013, 08:38:17 am
yo lo que no entiendo es...

A mi la guardia civil me ha dicho que  todos los efectos son armas de aire comprimido.....que puedo usarlas en mi municipio en una fina de mi prropiedad sin ningun problema, o en una privada autorizado por el dueño...luego el campod e tiro no es imprescindible.

y ademas me indican que aunque la tarjeta sea de ambito municipal...yo puedo moverme por toda españa con ellas y usarlas en "campos de tiro" de fuera de mi poblacion....osea...que segun lo que em dice la guardia civil, el alcalde de rivas se esta equivocando.

otra opcion...es que como indica el RAE, estas ALD se pueden prestar....podrias registrarlas a nombre de un familiar.

sino...al menos yo le diria al Sr. alcalde....vale, no me las autoriza?? pues al menos pongamelo por escrito para poder presentarlo ante la guardia civil y que sepan que si no las he regularizado es porque usted no quiere....a ver por donde sale.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 16, 2013, 09:04:49 am
No es una competencia propia, es una competencia delegada sobre la que tiene potestad la IA y delegación del gobierno.

El incumplimiento del RAE por parte de un Ayto es responsabilidad de delegación.

La competencia para expedir las tarjetas es del Ayuntamiento, unica y exclusivamente, y es el que decide o no otorgarlas con las diferencias que hay en todos los municipios, la potestad reglamentaria efectivamente es de IA pero no es la encargada de realizar esa delegacion.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 16, 2013, 09:06:53 am
Por cierto CSV registrarlas en otro municipio no es que sea una recomendacion general, pero si te sale relativamente barato aunque sea una replica, y tienes algun tipo de documentacion es mejor que nada digo yo, o no usarlas directamente.

Tampoco estoy diciendo que registre todas y se gasten 200€.





Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 16, 2013, 09:59:05 am
No me refiero a eso Menague. Lo que digo es que no puedes registrar nada fuera de tu ayuntamiento. El RAE es bien claro en eso. Si en tu ayuntamiento no te dejan o sale carisimo, es menos "ilegal/alegal" que las registre algun amigo/pariente de otro municipio y que te haga un documento en el que te las presta, cosa que si se puede hacer. Lo unico a la hora de pasar revista, que habria que mandarlas de vuelta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 16, 2013, 10:00:15 am
¿Otra vez la peli de registrarlas en un municipio diferente? Venga, a circunvalar la ley, yuhu!

No me has entendido menague. Si el alcalde se niega por escrito hay que denunciar vía administrativa o acudir a delegación del gobierni que es quien tramitará las incautaciones, a pedir amparo.


En el RAE no pone que hacer si un alcalde se niega.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: passnick en Agosto 16, 2013, 10:12:15 am
Por favor podeis decirme claramente los pasos que tengo que hacer para reclamar?
Es que este tema de las leyes me supera ampliamente.

Muchas gracias.

Un saludo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 16, 2013, 10:16:05 am
Solicita que por escrito.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 16, 2013, 10:49:27 am
Dirigeles un escrito indicando que segun la ultima modificacion del RAE tus ALD pasan a ser categoria tal y que segun ese mismo RAE deben estar guaidas en una tarjeta de categoria 4 expedida por tu ayuntamiento...y que por tanto, si te la deniegan, lo hagan por escrito para tu poder justificar ante la G.C el porque no estan guidadas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 16, 2013, 01:02:11 pm
Zeig, el Alcalde es quien tiene la ultima palabra para permitir o no registrarlas. Si decide negarlo, perfectamente puede hacerlo y la GC o el Ministerio de Justicia no son quienes para obligar a un Alcalde a cumplir algo que esta en su mano hacerlo o no. De la misma manera que si un Governador Civil decide que en su zona no se registran armas de 4, el alcalde podra decir misa, que no se registran.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Agosto 16, 2013, 02:08:15 pm
De todas maneras, puedan o no negarse, lo suyo es pedirlo por escrito al ayuntamiento para presentárselo a la autoridad competente que nos requiera la documentación y poder así explicarle la situación. Al menos demuestra uno buena fe...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 16, 2013, 03:08:06 pm
Zeig, el Alcalde es quien tiene la ultima palabra para permitir o no registrarlas. Si decide negarlo, perfectamente puede hacerlo y la GC o el Ministerio de Justicia no son quienes para obligar a un Alcalde a cumplir algo que esta en su mano hacerlo o no. De la misma manera que si un Governador Civil decide que en su zona no se registran armas de 4, el alcalde podra decir misa, que no se registran.

EXACTO, lo que pasa esk va dando lecciones y no sabe como funciona la administracion a nivel local xD




En el RAE no pone que hacer si un alcalde se niega. ( EN EL RAE NO VIENE PORQUE PARA ESO ESTA EL REAL DECRETO 7/85 y la 30/92  donde te explica competencias )
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 16, 2013, 03:09:33 pm
aparte de como funciona la administracion, organos, etc.... ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: passnick en Agosto 16, 2013, 03:44:15 pm
Menague, entonces tu que me recomiendas?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Agosto 16, 2013, 03:47:18 pm
Menague, entonces tu que me recomiendas?

Yo no tengo la verdad absoluta, en mi caso, podria registarlas en Madrid y me supondria 200€ entre replicas, psicotecnico, y demas, lo cual me niego, y por el momento no juego.

Si vas a salir a jugar, y tu ayuntamiento no te da la tarjeta, pues hombre, yo registraria por lo menos una primaria y secundaria en otro ayuntamiento que me lo permita, ya que ir a jugar con una tarjeta es mejor que ir sin ella.

Eso es mi manera de verlo, algo personal, habra gente que no lo vea asi.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 16, 2013, 03:47:34 pm
No puede negarse, puede establecer los requisitos que quiera pero no negarse a registrarlas. Lo que si puede es prohibir su uso, que no es lo mismo.


Consultado en delegación del gobierno e IA de la zona.


Igual es que los demás vivís en Chiquitistán donde los alcaldes pueden por omisión de su deber condenarte a cometer un delito o falta......
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: capone en Agosto 16, 2013, 05:22:21 pm
Si tu reunes los requisitos que tu ayuntamiento te obliga y aun asi te niega el registro del arma, lo primero que tienes que obtener es la negativa por escrito. A continuacion te buscas un abogado y un procurador y lo denuncias via contencioso-administrativo. Si lo ganas el juez obligara al alcalde a cumplir la ley y ahí no le quedara otra que registrarla.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 16, 2013, 06:15:48 pm
Hay pasos antes que eso hombre.....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: capone en Agosto 16, 2013, 06:49:01 pm
Por via administrativa no, despues del recurso de alzada que en este caso quien te contesta es el alcalde a no ser que tenga delegada esa competencia el siguiente y ultimo seria un contencioso-administrativo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Agosto 17, 2013, 12:35:22 am
y entonces yo me pregunto esto no genera una DISCRIMINACIÓN en toda regla hacia una parte de los ciudadanos? yo entiendo que puedan negarme si tengo antecedentes penales, pero si estoy limpio y quiero realizar el registro?? es como si no pudiera en mi casa tener una katana, y porque no? y en el pueblo de al lado si?....
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Agosto 17, 2013, 12:48:17 am
Aquello de los "reinos de taifas" y los "españoles de primera" y los "españoles de segunda"...
Bienvenido a Españistán hamijo ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: capone en Agosto 17, 2013, 12:15:21 pm
Siempre queda la asistencia juridica gratuita, si te la conceden
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 17, 2013, 02:12:03 pm
y entonces yo me pregunto esto no genera una DISCRIMINACIÓN en toda regla hacia una parte de los ciudadanos? yo entiendo que puedan negarme si tengo antecedentes penales, pero si estoy limpio y quiero realizar el registro?? es como si no pudiera en mi casa tener una katana, y porque no? y en el pueblo de al lado si?....


El tener armas/ALDs/marcadoras, no es un derecho, es un lujo, asi que la demagogia, dejala en casa.

Si en tu ayuntamiento no te permiten registarlas, informate de la razon e intenta convencer de que te dejen. Y si no te dejan, mala suerte, tu vida no depende de que juegues a airsoft o no.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Agosto 17, 2013, 02:32:10 pm
Buenas,

Os comento... el tema es que desde que salio la famosa nueva "ley" para esto del registro de las replicas no he jugado ni he registrado nada, ahora que ya esta terminando el verano me gustaria retomarlo en septiembre... he leido y tengo algunas dudas ya que he podido ver que hay algunas discrepancias en cuanto a que hacer segun unas personas u otras... el caso es que yo no tengo muchas replicas, solo un gr15 raider de G&G, un VRS10 de Marui, una 1911 de KWC y una P226 E2 de Marui... todas traen una numeracion en el cuerpo... en el caso de las secundarias creo que estaba en la corredera... entonces queria saber si tengo que ir al armero a que le grabe unas nuevas o los que vienen valen para registrarlas... y si tengo que ir al armero queria saber si tengo que llevarle la replica completa o solo la pieza donde vaya a ir el numero... casi preferiria llevar solo la pieza donde va a ir grabado... la segunda duda es una vez con todos los papeles, las replicas devueltas por el armero, et... si te dan algun documento provisional con el que puedas demostrar que has realizado todo y que simplemente estas esperando la tarjeta... por si me paran o si me tengo que esperar a tener la tarjeta para poder jugar... es que he visto que puede tardar bastante...

Un saludo!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 17, 2013, 02:52:46 pm
Las tarjetas se tienen o no se tienen, lo que puedas enseñarles que te hayan certificado en Ayto, PL o dónde sea quedará al buen juicio de la autoridad que te pare.

Los nºs que vienen con las réplicas si no son de armero o procedentes de fábrica de armas homologada y demás chichas en la UE o no sirven para nada. Siempre y cuando el Ayto. de turno por ignorancia total te admita los números (o la inexistencia de los mismos) y no pongan pegas  en la IA por la que pasen.


Vamos, que si cuela cuela y si no, pues no. Así está la cosa XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Agosto 17, 2013, 03:26:42 pm
Las tarjetas se tienen o no se tienen, lo que puedas enseñarles que te hayan certificado en Ayto, PL o dónde sea quedará al buen juicio de la autoridad que te pare.

Los nºs que vienen con las réplicas si no son de armero o procedentes de fábrica de armas homologada y demás chichas en la UE o no sirven para nada. Siempre y cuando el Ayto. de turno por ignorancia total te admita los números (o la inexistencia de los mismos) y no pongan pegas  en la IA por la que pasen.


Vamos, que si cuela cuela y si no, pues no. Así está la cosa XD

Gracias,

Osea que hasta que no me den las tarjetas nada... y con respecto a los numeros mejor ir al armero y pagar... en fin...

Gracias por la info!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kellemdros en Agosto 17, 2013, 05:24:37 pm
Las tarjetas se tienen o no se tienen, lo que puedas enseñarles que te hayan certificado en Ayto, PL o dónde sea quedará al buen juicio de la autoridad que te pare.

Los nºs que vienen con las réplicas si no son de armero o procedentes de fábrica de armas homologada y demás chichas en la UE o no sirven para nada. Siempre y cuando el Ayto. de turno por ignorancia total te admita los números (o la inexistencia de los mismos) y no pongan pegas  en la IA por la que pasen.


Vamos, que si cuela cuela y si no, pues no. Así está la cosa XD

Gracias,

Osea que hasta que no me den las tarjetas nada... y con respecto a los numeros mejor ir al armero y pagar... en fin...

Gracias por la info!

No, con los numeros mejor probar, y si cuela pasta que te ahorras, sino a grabar XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 17, 2013, 05:34:27 pm
Y si vas al supermercado ni se te ocurra pagar...primero intenta llevarte las cosas por la cara y si no te pillan pues pasta que te ahorras
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kellemdros en Agosto 17, 2013, 06:58:33 pm
Y si vas al supermercado ni se te ocurra pagar...primero intenta llevarte las cosas por la cara y si no te pillan pues pasta que te ahorras

Si de verdad no ves la diferencia no mereces ni que intente explicartela... XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Agosto 20, 2013, 03:01:03 am
y entonces yo me pregunto esto no genera una DISCRIMINACIÓN en toda regla hacia una parte de los ciudadanos? yo entiendo que puedan negarme si tengo antecedentes penales, pero si estoy limpio y quiero realizar el registro?? es como si no pudiera en mi casa tener una katana, y porque no? y en el pueblo de al lado si?....


El tener armas/ALDs/marcadoras, no es un derecho, es un lujo, asi que la demagogia, dejala en casa.

Si en tu ayuntamiento no te permiten registarlas, informate de la razon e intenta convencer de que te dejen. Y si no te dejan, mala suerte, tu vida no depende de que juegues a airsoft o no.

demagogia ninguna compañero, me gustaría ver a mas de uno en esta situación, aquí hay pasta metida, mucha pasta metida...  y no comparto que una ley a nivel nacional, que yo quiero formalizar los papeles de mi replica, un alcalde se empecine en que en su pueblo no se registran y ya esta. no lo veo ni logico ni normal, claro que mi vida no depende de esto pero creo que al menos habrá que intentarlo.... ??? ???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 20, 2013, 07:32:25 am
Pmarley, se que hay mucho dinero metido, que desde la entrada en vigor de la modificacion, se ha dejado de vender, tanto 2º mano, como nuevo... pero de ahi, a que se te este discriminando hay un rato. Es una putada? tremenda sin duda. Pelea por que te las registres, pero no acuses de discriminacion, por que como se ha dicho antes, el Alcalde decide si si o si no, esta en su derecho y para eso se le ha votado en democracia. Una discriminacion, seria si no lo registra por que cree que somos todos de una ideologia politica, si no lo hace por que seas moreno... pide por escrito la razon para ello (aunque no la necesita) e intenta rebatirsela, o vota a otro en las proximas elecciones.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Winters en Agosto 20, 2013, 10:08:50 am
Con respecto al tema de que haya ayuntamientos que no registran armas de cuarta categoría, desde mi humilde punto de vista, es Discriminatorio, tal y como dice el compañero.

La constitución, en algún artículo (desconozco número), dice que todos somos iguales ante la Ley. El hecho de que yo pueda hacer algo y el compañero no, (lo que sea que esté dentro de la ley, sea necesidad o lujo) sólamente por el hecho diferenciador del lugar de residencia, es a mi juicio, Inconstitucional. Y menos si queda a juicio de si a un Alcalde le gusta o deja de gustar una actividad (si eso es verdad, es caciquismo).

Ahora, esto llevado a la práctica (denuncias, recursos, etc) puede ser, como poco, farragoso y seguramente nadie lo intente.

Y lo digo yo, que de leyes no soy experto. Pero es creo que es de sentido común.

Saludetes.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 20, 2013, 10:32:22 am
un deportista de tiro con aire comprimido, federado, puede competir en cualquier punto de españa. pero para ello tiene que tener sus armas guiadas....y solo puede hacerlo en su domicilio de empadronamiento.

por lo tanto el argumento de que en su localidad no hay campos de tiro no es valido.

si es discriminacion si el motivo para denegarlo es "porque yo lo valgo".

que me lo justifiquen legalmente y por escrito y entonces hablamos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 20, 2013, 02:36:58 pm
El alcalde, desde su posicion puede endurecer o restringir las normas que atañen a su municipio. Que explique los motivos, y si realmente la excusa es la de que no hay campos, con esa le vale. Seguramente a alguien federado en tiro de 4º categoria le permitan el registro, ya que hay un ente detras de certifica que va a realizar una actividad legal y en sitios acondicionado para ello. Presentad un escrito detallando lo que es el airsoft y la necesidad de registrarlo. Si aun asi no lo permiten, solo queda pillar un poco de ajo y agua.

Todos somos iguales ante la ley, si, por eso si te pillan con ellas sin registrar, te joderan igual en Malaga, en Madrid, en Vitoria o el Lugo, pero este no es el caso. Hay provincias que tienen leyes distintas a las limitrofes. Todavia recuerdo cuando en Alava se prohibio el transito de vehiculos de mas de 3.500 kg los domingos, a menos que fuesen materiales perecederos, y se preparaban concentraciones en areas de servicio de camiones monumentales, y en cambio, en Burgos, estaba permitido. Es discriminatorio? tal vez, pero es legal.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 20, 2013, 02:52:34 pm
CSV, el regitro de $º seas deportista o no es el mismo...otra cosa es que la federacion correspondiente pueda meter mas caña que tu a nivel particular...pero el resto es igual.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 20, 2013, 02:52:55 pm
En el RAE dice que deben registrarlas pudiendo establecer requisitos. Las administraciones pueden delegar la firma de ese registro e incluso les permite prohibir el uso en el municipio pero no el registro.


Empecinarse en que un ayuntamiento puede obligarte por omisión de sus obligaciones a cometer un "delito" poseyendo armas sin registrar es un absurdo.


Pongo el caso concreto que aquí ya se ha mencionado en alguna ocasión. El alcalde de Colindres (Cantabria) se niega (de palabra) alegando objeción de conciencia. Todo esto al presidente de un club de la zona.

Posteriormente al parecer se va a mover porque ha habido la solicitud de un GC de registrar las suyas y entonces parece que se ven forzados. Toma igualdad de mis cojones.

La misma GC de la zona recomienda, con una denegación por escrito, acudir a delegación del gobierno a pedir amparo antes de meter contenciosos ni pollas.

Luego te enteras de que la IA de la zona se ha pasado por policía local y cuarteles de su competencia a informar de que se prepara una nueva categoría para el airsoft dentro del RAE.

Finalmente sabes por clubes que se anda conversando con delegación y GC de la comunidad para lanzar alguna clase de reglamento exclusivo para Cantabria.

Vamos que esto es una merienda de negros pero lo que si tengo perfectamente claro (y lo contrario es circunvalar la ley y darse cabezazos con la pared) es que su obligación es registrarlas en la forma que sea pudiendo prohibir su uso. La opción sería que todos los poseedores de armas de este tipo en el municipio cometieran una falta grave por negligencia/omisión de un alcalde o Ayto.

Pero la posesión tiene que estar registrada si o si.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Winters en Agosto 20, 2013, 04:46:32 pm
Todos somos iguales ante la ley, si, por eso si te pillan con ellas sin registrar, te joderan igual en Malaga, en Madrid, en Vitoria o el Lugo, pero este no es el caso. Hay provincias que tienen leyes distintas a las limitrofes. Todavia recuerdo cuando en Alava se prohibio el transito de vehiculos de mas de 3.500 kg los domingos, a menos que fuesen materiales perecederos, y se preparaban concentraciones en areas de servicio de camiones monumentales, y en cambio, en Burgos, estaba permitido. Es discriminatorio? tal vez, pero es legal.

Cierto. En la provincia de Guadalajara (desconozco si actualmente sigue en vigor) se prohibió realizar Barbacoas con fuego de leña/ascuas o similares incluso dentro de tu propia propiedad en época de riesgo de incendio.
Discriminatorio, porque un residente en Meco (por ejemplo) si puede y otro de Azuqueca de Henares no. Y son municipios limítrofes.
Ahora, la razón esgrimida, se supone, es porque la prohibición es necesaria para evitar un mal mayor perjudicial para toda la "comunidad". Un incendio desproporcionado.

En este caso, la discriminación parece tener sentido. En el caso de Rivas, el Alcalde debería tener una buena razón de peso para no registrar armas. En caso contrario, en mi opinión, sería Discriminatorio e Incostitucional.

Saludetes.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Belzhe en Agosto 20, 2013, 09:38:10 pm
Bueno, pongo los requisitos necesarios para el registro en Galapagar, es un pueblecito pequeñito, pero bueno, quizá haya alguien que le interese, y en el ayuntamiento no están muy informados.

Lo más importante es estar empadronado, y ahora paso a citar lo necesario:

-Solicitar la tarjeta de armas en el ayuntamiento por el formulario correspondiente(lo dan en el ayuntamiento) y pagar las tasas (30€)
-Presentarlo en el ayuntamiento, lo mandaran a la policía local, y os llamarán en uno o dos días para que llevéis las replicas y la siguiente documentación:
  *Psicotécnico
  *Contrato de compraventa (no vale declaración jurada de propiedad)
  *Certificado de penales, o una declaración jurada de que no estas incapacitado judicialmente (yo lleve el certificado de penales (recomendable), y me redactaron en la policía la declaración jurada)
  *Tarjetas correspondientes (tres amarillas y una blanca , compradas en armería)
  *Replicas troqueladas
  *Fotografía reciente
  *Fotocopia del DNI por ambas caras
  *Certificado de empadronamiento (Lo pueden sacar o certificar en la misma policía)

Y bueno, una vez entregado tardan unos dos o tres días (eso me dijeron, lo hice el viernes 16/08/13)

Espero que esta información le sirva a alguien.

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Agosto 20, 2013, 11:00:36 pm
A ver Zeig, compañero, te voy leyendo varias veces decir que el no tener las ALD registradas es un delito y salvo que me lo demuestres con alguna cita  ;) ;D tengo que decirte que estas equivocado, se estaría cometiendo una infracción administrativa, en ningún caso delito, que eso son palabras mayores.

Por otro lado, recordar que para tener las armas de 4ª en casa no es necesario tenerlas registradas, eso ya se habló y requetehabló en su día, basta con comunicarle al alcalde que las tienes y punto. Partiendo de este punto, si un Alcalde dice que no las registra porque no hay campos en su municipio a mi no me parece descabellado, máxime si tenemos en cuenta que con el RA en la mano y cogiéndolo a rajatabla la tarjeta que expide el alcalde solo sirve para usar las armas dentro de ese municipio, no fuera de el...vacío legal?? sí, pero es lo que hay.

Aún así y con todo yo creo que aunque el alcalde no te deje usarla fuera de casa en su domicilio y no sea necesario registrarlas para tenerlas en casa, si que tendría obligación de registrarlas, por lo que se está diciendo, sería una discriminación con respecto a quien vive en otros municipios.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeig en Agosto 21, 2013, 06:02:04 am
Siempre que he dicho delito lo he entrecomillado por ese motivo. Relee.

Que para tenerlas en casa sin más no hace falta registro..... eso si que se ha hablado si, pero lo que se regula es la posesión, no el uso y toca registrar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lbj en Agosto 21, 2013, 03:54:17 pm
Cuidado en Madrid! hace tres semanas fuí a realizar mi tarjeta para mi réplica secundaria, una Beretta. Ayer me llamaron para que fuera a recogerla, y para mi sorpresa, cuando la he tenido en mis manos es que me habían hecho la tarjeta tipo A (de las que caducan) en lugar de la tipo B que es la que corresponde a mi réplica y pese a que ellos disponían de toda la información pertinente escrita en el formulario que tienes que entregar. El tipo cuando se lo he dicho me ha comentado que la tendré la semana que viene...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Psico_bcn en Agosto 21, 2013, 04:15:48 pm
La tipo B no es para las "monotiro" de muelle? escopetas, cerrojos etc?  Eso creia tener yo entendido
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 21, 2013, 04:33:50 pm
la categoria B es para replicas "accionadas por muelle o resorte"...o sea...rifles, escopetas y pajilleras

Una pistola semi-automatica no es nunca categoria B

de hecho en mi ayuntamientoe me han dicho que con el reglamente de armas en la mano ninguna es categoria B....dado que en la 4.1 van todas las semi-automaticas y de repeticion...para los que no sepan que es un arma de repeticion batas decir que si tiene una caragador, extraible o no, donde se pueda introducir mas de un proyectil ya es de repeticion.....un revolver de simple accion es un arma de repeticion....una escopeta de corredera es un  arma d repeticion....un m700 es un arma de repeticion.

segun me indican lo unico que valdria como 4.2 es un lanzagranadas ya que tras disparar la granada hay que sacarla y meter otra.

segun la persona que me ha informado, el "suplemento" de airsof indica que las que "ademas" de semi y repeticion tiran en auto van en 4.1
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lbj en Agosto 21, 2013, 06:30:30 pm
Joder pues me la van a cambiar... Mañana tendré que volver a ir a ver si es posible que me lo anulen. Menos mal que habéis contestado
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Agosto 21, 2013, 06:49:59 pm
Pregunta rápida para la gente de madrid:

¿Donde puedo comprar las tarjetas de armas en madrid capital? si es cerca de alto de extremadura mejor XD

Lo pregunto porque la semana pasada fui a mi pueblo a registrar una réplica, y el el ayuntamiento no tenían tarjetas, en el cuartel de la GC del pueblo tampoco, en el cuartel de Calatayud (ciudad que me queda cerca) tampoco, en intervencion de armas tampoco, y en las armerías a las que fuí tampoco...

En fin...que prefiero ir a piñon fijo, y no perder mas el tiempo XD
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: shino_koslada en Agosto 21, 2013, 06:52:55 pm
en la escuela imprenta de la guardia civil en principe de vergara, ahi compras los pliegos por pocos centimos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: AGOYO!!! en Agosto 22, 2013, 12:38:00 am
se hicieron la picha un lio, se dijo en un principio, y se dira de nuevo. tiraron por el camino del medio. con lo facil que era crear una nueva categoria, y una tarjeta nacional, arreglado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lbj en Agosto 22, 2013, 01:39:33 am
se hicieron la picha un lio, se dijo en un principio, y se dira de nuevo. tiraron por el camino del medio. con lo facil que era crear una nueva categoria, y una tarjeta nacional, arreglado.

Que razón tienes...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 22, 2013, 07:24:58 am
se hicieron la picha un lio, se dijo en un principio, y se dira de nuevo. tiraron por el camino del medio. con lo facil que era crear una nueva categoria, y una tarjeta nacional, arreglado.

Si, pero para ello tienen que modificar el reglamento de armas, y para ello se tienen que poner deacurdo 3 ministerios y aprobarlo en el congreso de los diputados. Recuerda que desde que se hizo, han habido pocas modificaciones, no van a mover a tanta gente por esto solo.

Habria sido lo suyo, si.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 22, 2013, 08:11:53 am
A mi lo que me han dicho en la G.C es que se esta llevando a cabo un proyecto para unificar todas estas gestiones a nivel nacional, pero que va para largo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: csv en Agosto 22, 2013, 01:43:38 pm
A mi lo que me han dicho en la G.C es que se esta llevando a cabo un proyecto para unificar todas estas gestiones a nivel nacional, pero que va para largo



Meses
Años
Lustros
Decadas
...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Agosto 22, 2013, 01:50:35 pm
A mi me han comentado que para finales del año que viene....pero ya sabemos como funcionan estas cosas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 13, 2013, 10:02:21 pm
Os queria hacer una consulta... ya de una vez por todas voy a registrar las replicas... y asi poder ir a jugar que llevo en inactividad desde que salio la dichosa ley... he visto que pone que solo se puede usar la tarjeta/tarjetas en el municipio donde estas empadronado... eso quiere decir que solo puedo jugar en campos de madrid capital... pero y si quiero ir a jugar a un campo de segovia?? o de toledo??? directamente no puedo??? no se puede pedir un permiso para que se amplie el dia de la partida a ese municipio?? creo que eso es lo que hacen los que compiten con las de aire comprimido no???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Septiembre 13, 2013, 10:24:34 pm
Os queria hacer una consulta... ya de una vez por todas voy a registrar las replicas... y asi poder ir a jugar que llevo en inactividad desde que salio la dichosa ley... he visto que pone que solo se puede usar la tarjeta/tarjetas en el municipio donde estas empadronado... eso quiere decir que solo puedo jugar en campos de madrid capital... pero y si quiero ir a jugar a un campo de segovia?? o de toledo??? directamente no puedo??? no se puede pedir un permiso para que se amplie el dia de la partida a ese municipio?? creo que eso es lo que hacen los que compiten con las de aire comprimido no???
La tarjeta es de ámbito municipal, lo que quiere decir que si eres de Madrid y vas a otro municipio, aunque sea de la misma comunidad, ya no estarías al 100% legal que digamos, lo que si hay un acurdo del cipae del 15/03/94 que permite el transporte (en maletero, sin batería ni cargador, etc) y dentro de el campo pues no te sé decir... no conozco ningún caso que se haya dado de alguien que le hayan cogido jugando en un municipio con tarjeta de otro... pero creo que dependerá del representante de la ley con el que topes.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Septiembre 13, 2013, 10:27:30 pm
Y respondiendo a tu pregunta, no se puede pedir permiso eventual.

P.D: perdón por el doble post, se me fue la mano antes de tiempo  :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 14, 2013, 12:03:50 am
Osea que estando empadronado en madrid capital... en teoria no es "legal" mi tarjeta en Parla, Coslada, etc??? vamos que me tengo que ir a jugar a la oaza mayor jajajaja vaya chapuza de ley... vamos que han redactado algo rapidito con el fin de que tengas que ir a pagar tasas... se la suda el resto... gracias por la info... siendo asi y viendo que me pueden multar si al agente le da la gana aun estando en la comunidad si me voy a Parla me da que sinceramente no me merece la pena registrar nada... me quedo de piedra... de todas formas el lines llamo a la direccion general de seguridad en la calle albarracion y que me lo digan ellos y les planteo mis dudas a ver que respuestas me dan...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 14, 2013, 12:04:40 am
La tarjeta vale para tu municipio, para el transporte no tienes problemas llevandola en funda y desmontada y para el lugar donde vayas a jugar que es lo que preguntas el Alcalde de esa localidad puede hacer un permiso temporal y conjunto para todos los que vayan a jugar de fuera de ese municipio que es lo que hacen los de aire comprimido.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 14, 2013, 12:10:11 am
La tarjeta vale para tu municipio, para el transporte no tienes problemas llevandola en funda y desmontada y para el lugar donde vayas a jugar que es lo que preguntas el Alcalde de esa localidad puede hacer un permiso temporal y conjunto para todos los que vayan a jugar de fuera de ese municipio que es lo que hacen los de aire comprimido.


Pero eso es un follon, osea que tengo que ir al ayuntamiento del municipio al que voy a jugar a pedir un permiso temporal para jugar??? me parece increible... se me estan quitando las ganas la verdad... y mira que me gusta este hobbie pero es que telita... gracias por la info compañero.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 14, 2013, 12:19:02 am
Esa es la teoría, yo creo que no hace falta llegar a tanto, teniendo la tarjeta de tu municipio no creo que nadie te diga nada...pero eso es lo que yo creo  :=

tu no tendrías que pedir el permiso temporal, el mismo club que organice la partida, teniendo el listado de todos los que vais puede pedirlo junto con el permiso para jugar al ayuntamiento, luego os puede enviar una copia a cada uno para que si os paran por el camino podais justificar que os desplazais para jugar fuera de vuestro domicilio...esto no se si se hace, pero en los campeonatos de aire comprimido es como suelen funcionar.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Septiembre 14, 2013, 02:35:29 am
No te tienes que hacer la tarjeta donde vayas a jugar, porque según el reglamento no puedes, (aunque algunos municipios están dejando) solo en el municipio en el que eres residente.
Lo ideal es que tengas un numeración buena, y tu replica registrada en tu municipio, con eso te cubres la posesión y el trasporte por el acuerdo del cipae que antes te comente.
Yo creo que si tienes eso y estás jugando en un sitio que este bien reglamentado no tendrías problemas, aunque con la ley en la mano si te podrían poner problemas por estar jugando fuera de tu municipio, por eso te digo que dependerá del funcionario con el que topes, pero por el momento no conozco ningún caso de ninguna redada en un campo en la que la gente tuviera la tarjeta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 14, 2013, 11:52:56 am
No se trata de que te hagan una tarjeta en el lugar al que va a jugar sino que el alcalde haga una autorización conjunta provisional para todos los que van a ir a jugar, que solo valdría para ese día o para una fecha en concreto. Es un acuerdo de la CIPAE tambien, lo utiliza la gente de aire comprimido en las competiciones y esos llevan años en esto.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 14, 2013, 01:05:13 pm
Entonces como seria el procedimiento... si yo quiero ir a jugar a un campo en Segovia... se encarga la organizacion de la partida de pedirme el provisional??? lo tengo que pedir yo??? si lo pido yo tengo que ir directamente?? o llamo y que me digan como gestionarlo??? porque veo raro que en una partida de 80 personas el organizador se dedique a pedir la autorizacion para cada uno... ya que necesitara datos personales y seguramente los numeros de las replicas transportadas o algo...

Gracias a todos por ir aclarandome este tema que no saben bien ni los de la administracion...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 14, 2013, 09:47:39 pm
Efectivamente, lo lógico sería que el organizador pidiera los datos tanto personales como de las ALDs a los participantes y al pedir al ayuntamiento el permiso para hacer la partida pidiera un permiso para poder utilizar ocasionalmente ALDs en ese campo en esa fecha a todos los participantes de la lista con sus ALDs. Luego enviar una copia a todos los participantes para justificar su transporte hasta el lugar de la partida.

Así es como se hace en aire comprimido y como deberíamos acostumbrarnos a hacerlo en airsoft, aunque me da que nadie lo hace.

Así iríamos legales, de otra forma estaríamos a merced del Agente de turno, aunque con la tarjeta del municipio donde resides no creo que ningún Agente se meta a denunciar a nadie.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 15, 2013, 05:55:15 pm
Efectivamente, lo lógico sería que el organizador pidiera los datos tanto personales como de las ALDs a los participantes y al pedir al ayuntamiento el permiso para hacer la partida pidiera un permiso para poder utilizar ocasionalmente ALDs en ese campo en esa fecha a todos los participantes de la lista con sus ALDs. Luego enviar una copia a todos los participantes para justificar su transporte hasta el lugar de la partida.

Así es como se hace en aire comprimido y como deberíamos acostumbrarnos a hacerlo en airsoft, aunque me da que nadie lo hace.

Así iríamos legales, de otra forma estaríamos a merced del Agente de turno, aunque con la tarjeta del municipio donde resides no creo que ningún Agente se meta a denunciar a nadie.

Pues muchas gracias de nuevo Yogui por tu respuesta, ya me queda mas claro todo... en fin este lunes ire a por los penales, a hacerme el psicotecnico y a llevar las replicas al armero... espero que no me paren de camino al armero jajaja
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tagade en Septiembre 16, 2013, 11:06:00 am
Así es como se hace en aire comprimido y como deberíamos acostumbrarnos a hacerlo en airsoft, aunque me da que nadie lo hace.

En Foxtrot Sierra, antes de que saliese la O.M., ya hacían algo parecido. Para poder apuntarte a una partida era requisito darles con antelación tu nombre real y DNI a través de su foro (por M.P., luego a la partida ya te apuntas con el nick). Según me contaron, antes de cada partida llevaban la lista de asistentes al cuartel de la guardia civil de esa zona. No es lo mismo que dice Yogui, pero ya es más de lo que se viene haciendo normalmente.

No he vuelto a jugar desde entonces, aunque sé que estuvieron un tiempo sin hacer partidas hasta decidir qué iban a hacer para adecuarse a la ley. Por lo que pone en su foro parece que siguen sin pedir la numeración de las ALD. Lo que no sé es si el listado de asistentes lo seguirán llevando a la G.C. al ayuntamiento o a ambos, ni si se manda a los jugadores una copia de la autorización del ayuntamiento.

A ver si cuando termine los trámites voy allí un día a una partida y me entero de cómo lo están haciendo ahora.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Septiembre 16, 2013, 02:03:10 pm
Por si le sirve de ayuda a alguien, he llamado al telefono que me dieron en la junta de mi distrito, el telefono es del departamento que lleva el tema este y me han dicho que no hay que hacer nada, que con llevar la documentacion de tus replicas, llevarlas bien guardadas en el maletero, sin cargador, etc... los guardia civiles tienen "orden" de pasar el tema de que te las lleves a jugar a otro municipio, simplemente porque son replicas de airsoft, eso es lo quem ha dicho... asi que perfecto... aunque no me termino de fiar, supongo que sera como decis... queda a manos del criterio que tenga el agente en ese momento...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Septiembre 16, 2013, 03:42:32 pm
A mi me han indicado lo que ponia el compañero...que para usarlas en otro municipio habria que avisar de quien va...que armas lleva y tal....pero me comentaban que si el sitio al que vas es un "campo de tiro" el cual ya consta con los permisos del ayuntamiento y G.C....pues que ya asumen que puede haber alguien de otra poblacion y ahi no se meten...que otra cosa es que quisieras ir a una partida que se organice de forma puntual en una finca y/o instalaciones que no se usen habitualemnte para tal fin.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 16, 2013, 06:04:39 pm
Yo lo veo como dice Nelo, teniendo la ALD registrada no creo que nadie se meta en más, que pueden hacerlo sí, pero lo más probable es que con eso lo den por bueno.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Septiembre 18, 2013, 10:23:24 pm
Cambiando de tercio...Una pregunta!

Hace poco registré mi primera répilca en mi ayuntamiento.
No tuve que hacer nada, mas que llevar la tarjeta amarilla y la blanca, la factura, y el papel del troquelado del armero.
Nada más, ni siquiera me costó pasta, ni presentar la réplica, ni siquiera tuve que ir yo XD


La cuestión es que me he comprado otra replica más, y me gustraría registrarla también.

Tendria que hacer lo mismo, y el ayuntamiento la apuntaría en la tarjeta amarilla? o cojo yo mismo y la apunto. (Cabe destacar que la tarjeta la rellené yo, por que en el ayuntamiento no tenian ni idea, tanto la amarilla como la blanca)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Zriel en Octubre 03, 2013, 12:34:19 pm
Probablemente salga en algún sitio, pero el buscador para buscar números es un asco.
¿Las replica sin gas (de muelle y pistoncito vamos, el típico fusil) están englobadas en la categoría de armas 4.1 o 4.2?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Octubre 03, 2013, 01:09:58 pm
muelle o resorte...categoria 4.2
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 03, 2013, 09:55:00 pm
muelle o resorte...categoria 4.2

Si el cargador admite varias bolas yo entiendo que se puede considerar de repetición y sería 4.1
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Octubre 03, 2013, 10:05:37 pm
si fueramos estrictos...segun el RA...todas seria 4.1 por ser semi automaticas o de repeticion....pero el "suplemento" de airsoft cambia un poco la cosa...diciendo que las que esten accionadas por muelle son 4.2...pajilleras, snipers, escopetas, etc
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 03, 2013, 10:11:55 pm
si fueramos estrictos...segun el RA...todas seria 4.1 por ser semi automaticas o de repeticion....pero el "suplemento" de airsoft cambia un poco la cosa...diciendo que las que esten accionadas por muelle son 4.2...pajilleras, snipers, escopetas, etc

Ya se a que te refieres, pero cada día lo tengo menos claro, al principio cuando salió la ley yo tambien lo veía así, pero no se...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Octubre 03, 2013, 10:14:23 pm
a mi e slo que me han dicho en la guardia civil...que si es de muelle les da igual el cargador...hablando siempre de ALD's
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Khenu en Octubre 10, 2013, 02:10:13 pm
La verdad es que yo me hago mucho un lío con estas cosas, así que me gasté una mañana libre en preguntar... y no se ponen todos de acuerdo (bueno, en mi caso sí, pero no con lo que comentáis algunos aquí), porque en los siguientes tres sitios:
- Policia Local de móstoles
- Intervención de la Guardia Civil de Móstoles
- Armería donde me marcaron las réplicas (y que preguntó en la GC, supongo que cerca de pinto)

Me han dicho que mis réplicas de:
 -el fusil de asalto (G36) es un 4.1 por tener modo automático
 -la escopeta (Benelli M56A) a pesar de soltar tres bolas es 4.2, ya que hay que cargar cada "disparo"
- la pistola de gas semiautomática (KJW KP05) al ser de acción simple, es 4.2.

Al final me he hecho un lío, pero como me lo tienen que aceptar en el ayuntamiento, haré lo que me digan ahí, no sea que no me firmen la tarjeta.

Por cierto, Nelo, conste que me parece más coherente y fácil tu postulado, y hasta es posible que lo puedan ver erróneamente en la GC de móstoles y de ahí pase al ayuntamiento... pero en esto, mi política es la de "hacer lo que me digan", yo no soy ningún experto interpretando leyes. :P
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Octubre 10, 2013, 02:23:55 pm
que sea de accion simple es una clasificacion dentro de las pistolas semi-automaticas...

las pistolas semi automicas son 4.1....el reglamento anterior asi lo definia....el apendice actual solo hace mencion a las 4.2 a las accionadas por muelle o resorte...segun aclaracion de mi IA "las que hay que recargar manualmente tras cada disparo"....como te han indicado a ti....pues bien, una pistola que se autorecarga tras cada disparo no encaja en esa definicion.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Octubre 10, 2013, 02:26:19 pm
Si pero realmente la pistola semiautomática es 4.1 por no ser de accionamiento manual y ser de doble acción, es decir que se arma sola y solo hay que darle al gatillo.

El problema es que más de uno no se sabe el reglamento de su trabajo y se lía con lo de auto y semi, cuando realmente es carga manual manual o no manual.



Esto es como cuando el funcionario inútil de turno como no encuentra el número de serie.. se queda todo pancho y en el apartado del número de serie pone ".45" ... para flipar vamos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Octubre 10, 2013, 02:27:50 pm
xastamente  :)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kekorr en Octubre 10, 2013, 03:39:41 pm
Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Octubre 10, 2013, 03:46:54 pm
...esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada...

Pues mal empiezas así... y sin presentarte...

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?board=44.0 :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Octubre 10, 2013, 03:49:19 pm

Pues mal empiezas así... y sin presentarte...

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?board=44.0 :=


+1

Zeig es Cantabrón, deja que se pase a ver si te puede echar un cable...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kekorr en Octubre 10, 2013, 04:40:42 pm

Pues mal empiezas así... y sin presentarte...

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?board=44.0 :=


+1

Zeig es Cantabrón, deja que se pase a ver si te puede echar un cable...

No veo por ningún lado que sea requisito indispensable, gracias por tu critica tan constructiva


Pues mal empiezas así... y sin presentarte...

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?board=44.0 :=


+1

Zeig es Cantabrón, deja que se pase a ver si te puede echar un cable...

Gracias, luego le mando un MP, con un poco de suerte sabe algo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: awes0me en Octubre 10, 2013, 04:50:53 pm
Yo el otro día fui a registrar 5 ALD en Salamanca.

Llevé las tarjetas ya rellenadas, aquí están aceptando cualquier número de serie (bueno, o cualquier número que aparezca en la réplica...) y lo único que hicieron fue revisar que estuvieran correctamente cumplimentadas, ni me miraron las réplicas ni na ::)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: davidlop3 en Octubre 10, 2013, 06:56:52 pm
que suerte teneis, en Mejorada del Campo, ( Madrid ), depende del humor que tenga la alcaldesa, porque llevo 10 meses esperando la maldita tarjetita para mi única replica.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 10, 2013, 08:35:47 pm
Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?

No se quien será más zángano, si el que debiendo saberse el RA, uno de los mil que debería de saberse (entiendase el modo irónico) no lo sabe o quien debiendo haberse leído el hilo en el que escribe no lo hace. Leéte todo el hilo y tendrás la respuesta correcta...y si aún así no la encuentras al menos sabras que has de ir a tu ayuntamiento y no a la Policía Nacional.

Sin acritud, pero no se puede entrar en un foro el cual no conoces y empezar faltando al respeto a nadie.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Coconino en Octubre 11, 2013, 12:05:56 pm
Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?

Kekorr, es que el tema no es competencia de la Policía Nacional...
A ver, yo soy de Castro Urdiales.
En Castro lo gestiona la Policía Local. Lo mejor es que llames a tu Ayuntamiento preguntando por los trámites para registrar armas de cuarta categoría y allí te informarán (a veces en la web te dicen lo que hace falta).

En Castro yo llevé a la PL: DNI, facturas de compra, facturas de grabado de número de serie en armería autorizada (original y copia), te dicen de ir a Rentas para pagar la tasa (se paga por adelantado), vuelves con el recibo de haber pagado las tasas y se queda la PL con todas las copias de la documentación.
No hacía falta llevar tarjetas, las ponen y rellenan ellos.
Y en teoría en un par de semanas te llaman para recoger las tarjetas (pero hay cierto retraso...)

Pero es que cada Ayuntamiento es un mundo (en Barcelona las tarjetas las pones tú, pero pagas las tasas al entregar la tarjeta...)

Un saludo
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lagos en Octubre 11, 2013, 01:35:07 pm
Os dejo un link con el procedimiento que hay que hacer para registrarlas en el municipio de León:

Registro marcadoras en el ayuntamiento de León (http://foro.airsoftlegiovii.com/t1976p15-registro-de-marcadoras-en-el-ayuntamiento-de-leon#24993)

Aquí por suerte, de momento es gratuito todo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kekorr en Octubre 11, 2013, 03:28:46 pm
Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?

No se quien será más zángano, si el que debiendo saberse el RA, uno de los mil que debería de saberse (entiendase el modo irónico) no lo sabe o quien debiendo haberse leído el hilo en el que escribe no lo hace. Leéte todo el hilo y tendrás la respuesta correcta...y si aún así no la encuentras al menos sabras que has de ir a tu ayuntamiento y no a la Policía Nacional.

Sin acritud, pero no se puede entrar en un foro el cual no conoces y empezar faltando al respeto a nadie.

Llevo tiempo entrando a leer en este foro y no me dio por registrarme, pero bueno, aparte de que no estoy faltando el respeto a nadie presente aqui. Tambien use el buscador para buscar temas sobre Cantabria y mi cuidad y no encontré nada relevante, por lo que me decante por postear por si alguien sabia como funcionaban aqui las cosas, hay sitios que es la policia local otros el ayuntamiento otros la guardia civil y me dio por ir a la policia nacional por cercania, pero bueno si te aburres y quieres meter mierda tu mismo. Buena suerte.

Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?

Kekorr, es que el tema no es competencia de la Policía Nacional...
A ver, yo soy de Castro Urdiales.
En Castro lo gestiona la Policía Local. Lo mejor es que llames a tu Ayuntamiento preguntando por los trámites para registrar armas de cuarta categoría y allí te informarán (a veces en la web te dicen lo que hace falta).

En Castro yo llevé a la PL: DNI, facturas de compra, facturas de grabado de número de serie en armería autorizada (original y copia), te dicen de ir a Rentas para pagar la tasa (se paga por adelantado), vuelves con el recibo de haber pagado las tasas y se queda la PL con todas las copias de la documentación.
No hacía falta llevar tarjetas, las ponen y rellenan ellos.
Y en teoría en un par de semanas te llaman para recoger las tarjetas (pero hay cierto retraso...)

Pero es que cada Ayuntamiento es un mundo (en Barcelona las tarjetas las pones tú, pero pagas las tasas al entregar la tarjeta...)

Un saludo

ok, gracias.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Octubre 11, 2013, 04:42:20 pm
Llevo tiempo entrando a leer en este foro y no me dio por registrarme, pero bueno, aparte de que no estoy faltando el respeto a nadie presente aqui. Tambien use el buscador para buscar temas sobre Cantabria y mi cuidad y no encontré nada relevante, por lo que me decante por postear por si alguien sabia como funcionaban aqui las cosas, hay sitios que es la policia local otros el ayuntamiento otros la guardia civil y me dio por ir a la policia nacional por cercania, pero bueno si te aburres y quieres meter mierda tu mismo. Buena suerte.

¿De qué vas tío? (Y me vas a disculpar el "tuteo" hombre)
¿Sabes acaso si hay algún miembro del CNP por aquí? ¿Incluso si alguno de los "zanganos" a los que te refieres sea incluso miembro de este foro?
Y claro que no es un requisito indispensable lo de presentarse donde corresponde pero es más que nada por una sencilla razón de EDUCACIÓN, que nunca está de más. Sobre todo cuando entras a un sitio/foro/donde sea en el cual no conoces ni te conocen. No es un requisito no, pero se agradece... Luego nos quejamos de las respuestas que recibimos.

Pero ya has demostrado más que de sobra la tuya entrando de primeras a descalificar a unas personas en su puesto de trabajo, las cuales ni conoces y ni por lo visto tienes pajolera idea de cuales son sus competencias en cuanto a conocimiento a ultranza de leyes/normativas, ni su trabajo y obligaciones.

Ale, ¿metemos "más mierda"?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 11, 2013, 05:39:43 pm
Buenas, soy nuevo en airsoft y recientemente compre una evolution lone star, y no tiene marcajes de armero, solo el marcaje que viene con ella, ¿es necesario llevarla al armero para que la marquen? soy de Torrelavega (Cantabria) esta mañana fui a la policia nacional para saber que tengo que hacer, y ninguno de los zanganos que estaban, sabian nada, sobre todo al nombrar categoria 4 se quedaron sorprendidos, dando a entender que no sabian lo que era, bastante triste. Me comentaron que tenia que hablar con un funcionario que el sabria lo que tendria que hacer, pero da la casualidad de que el unico funcionario que hay en una poblacion de mas de 50.000 habitantes no estaba, estaba fuera. ¿Tendre que ir al ayuntamiento o la guardia civil? ¿alguno es de por aqui?

No se quien será más zángano, si el que debiendo saberse el RA, uno de los mil que debería de saberse (entiendase el modo irónico) no lo sabe o quien debiendo haberse leído el hilo en el que escribe no lo hace. Leéte todo el hilo y tendrás la respuesta correcta...y si aún así no la encuentras al menos sabras que has de ir a tu ayuntamiento y no a la Policía Nacional.

Sin acritud, pero no se puede entrar en un foro el cual no conoces y empezar faltando al respeto a nadie.

Llevo tiempo entrando a leer en este foro y no me dio por registrarme, pero bueno, aparte de que no estoy faltando el respeto a nadie presente aqui. Tambien use el buscador para buscar temas sobre Cantabria y mi cuidad y no encontré nada relevante, por lo que me decante por postear por si alguien sabia como funcionaban aqui las cosas, hay sitios que es la policia local otros el ayuntamiento otros la guardia civil y me dio por ir a la policia nacional por cercania, pero bueno si te aburres y quieres meter mierda tu mismo. Buena suerte.


Tu en tus trece...el único que mete mierda eres tú con tu actitud y falta de respeto, el resto lo único que estamos haciendo es decirte las cosas como son, te guste o no. Si lees bien te darás cuenta que yo no te he dicho que faltes al respeto a nadie del foro, simplemente te he dicho que has entrado en tu primer post faltando al respeto.

Si te has equivocado en el sitio al ir a preguntar es tu problema, por falta de información.., que tenían que estar enterados del tema pues puede que sí o puede que no, no creo que puedan estar al día en todas las novedades no son máquinas, de ahí a llamarles zánganos, pues no se, si a ti no te parece meter mierda  :=

Y que has leído no lo dudo, pero si no sabes sintetizar o hacer una búsqueda adecuada vuelve a ser tu problema, no te hubiera hecho falta buscar nada, te hubiera bastado con haberte leído este hilo desde el post 1...pero claro, eso es mejor que alguien te lo resuma  :=

Y en lugar de pedir disculpas por tus comentarios ... los demás metemos mierda   :=


En cuanto a la solución a tu problema (resumen de lo hablado hasta ahora):

1. Enterate si las Lone Star tienen números de serie correlativos.
2. Vete a tu ayuntamiento y pregunta quien lleva el tema, si ellos o la Policía Local.
3. En caso de no ser números correlativos vete a un armero y márcala.
4. En caso de tener números correlativos vete donde te hayan dicho que tienen las competencias y pregunta, diles que tu ALD tiene número y este es correlativo, diles si te lo admiten porque en todos los sitios no lo hacen.
5. Si no te lo admiten a pasar por armero y marcar. (Habrá gente que te diga que aunque te lo admitan hay que marcar en Armero, pero bueno, hasta la fecha son interpretaciones de cada uno, ahí no voy a entrar).
6. Vuelve de nuevo con la ALD marcada y rellena los impresos que te pidan.
7. El resto de pasos a seguir te los dirán allí.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Octubre 11, 2013, 06:08:56 pm
 Por lo del numero de la Lone Star, son números correlativos.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 11, 2013, 08:37:38 pm


mmm, me empiezo a parecer a Cue  := ... en lo cascarabias, no en los conocimientos  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Kellemdros en Octubre 11, 2013, 08:51:43 pm


mmm, me empiezo a parecer a Cue  := ... en lo cascarabias, no en los conocimientos  ;D

si es por decir a la gente que se moleste en leer, eso tp es ser cascarrabias, por lo demás si contestas cada vez que puedes como hace el lo compensas de sobra jajajja
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 11, 2013, 09:52:23 pm


mmm, me empiezo a parecer a Cue  := ... en lo cascarabias, no en los conocimientos  ;D

si es por decir a la gente que se moleste en leer, eso tp es ser cascarrabias, por lo demás si contestas cada vez que puedes como hace el lo compensas de sobra jajajja

 ;D ;D 
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Noviembre 24, 2013, 11:02:17 pm
llevo ya un buen rato por el foro y no lo encuentro...quizás lo soñe, pero creo recordar a un compañero decir un pueblo del sur de madrid, donde no piden prácticamente nada para registrar replicas (ni siquiera padrón).

¿Alguien sabe que pueblo puede ser?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Snat en Noviembre 24, 2013, 11:19:55 pm
llevo ya un buen rato por el foro y no lo encuentro...quizás lo soñe, pero creo recordar a un compañero decir un pueblo del sur de madrid, donde no piden prácticamente nada para registrar replicas (ni siquiera padrón).

¿Alguien sabe que pueblo puede ser?

El otro día que estabamos hablandolo no conseguía acordarme de dónde era, pero lo encontré: Escalona http://www.lagranjaairsoft.com/t2469-noticion-noticion-tarjeta-de-armas-de-airsoft-en-el-ayuntamiento-de-escalona
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: caad9 en Noviembre 25, 2013, 10:16:23 am
Nosotros la verdad que en nuestra comunidad autónoma (Murcia) estamos liados, y aún no sabemos que hacer.

Desde la Guardia Civil nos han dicho que es una chorrada que las registremos (en el registro se nos pide certificado de antecedentes penales + 60/70 euros creo recordar + psicotécnico), ya que la licencia (según la Guardia Civil) no nos da derecho a sacarla de casa, solo te da la legalidad de poseer esa réplica en nuestro hogar....

En fin...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Noviembre 25, 2013, 04:41:25 pm
A mí llamadme lo que queráis pero (abrí un hilo hace tiempo para ver como actuaban las fuerzas del orden frente a la nueva normativa pero nadie dijo nada relevante en él...) ¿a alguno le han parado con ALDs sin registrar en el maletero y le han llamado la atención/denunciado por no tenerlas registradas? Y en ese caso en que región/municipio fué?

Yo esque estoy convencido de que no ha cambiado nada en absoluto y que el día que me paren, registren, les cuente la vaina, lo que son, a donde voy y de donde vengo, vean que está en el maletero con su funda y todo desmontado... colaboración vamos, van a decir: "muy bien muchas gracias, continue."

No sé, nadie ha dicho que haya sucedido lo contrario aún... ¿o sí? Agradecería saberlo...

P.D: No quiero decir ni mucho menos que no haya ni haga falta registrarlas pero es simplemente que creo que quizá al estar todo esto incompleto (ya que hay zonas en las que ni siquiera las autoridades competentes saben que hacer al respecto) las estemos registrando para nada en realidad...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Noviembre 25, 2013, 04:47:39 pm
A mí llamadme lo que queráis pero (abrí un hilo hace tiempo para ver como actuaban las fuerzas del orden frente a la nueva normativa pero nadie dijo nada relevante en él...) ¿a alguno le han parado con ALDs sin registrar en el maletero y le han llamado la atención/denunciado por no tenerlas registradas? Y en ese caso en que región/municipio fué?

Pues conozco varios casos en mi isla...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Noviembre 25, 2013, 05:00:46 pm
Bien piercing58, ¿puedes dar algún detalle más al respecto de los casos, como qué pasó, actuación, sanciones si las hubo...? ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Noviembre 25, 2013, 06:01:07 pm
Bien piercing58, ¿puedes dar algún detalle más al respecto de los casos, como qué pasó, actuación, sanciones si las hubo...? ;)

No tengo la info de primera mano ya que no estaba allí en ese momento, pero por lo contado por los damnificados (compartí campo con ellos un mes después de lo sucedido), tanto multas, como requisas... No sé más, puesto que entre que no he vuelto a coincidir con ellos, y que este tipo de cosas, la gente AHORA las silencia para no pecar de  giliflautas, pues eso...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Noviembre 25, 2013, 08:29:49 pm
Ok, si es eso es lo que me hace falta, saber si están ocurriendo esas cosas o no.

Muchas gracias piercing58  ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Noviembre 25, 2013, 09:04:15 pm
Para ti.. señor cascarrabias  ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Noviembre 25, 2013, 09:07:35 pm
Por mi parte no conozco a nadie que le multaran o tuviera problemas, sino todo lo contrario, conozco gente que le pararon incluso vestidos, y con las réplicas en el asiento de detrás, y no pasó nada.

Está claro que con la ley en la mano, nos empapelan a todos, pero la relidad es que si llevas todo correctamente en el coche (replica en el maletero, sin cargar, bocacha naranja..etc), y vas de frente si te paran diciendo lo que llevas, para que es..etc.., pues raro será que suceda algo.

Yo la réplica la tengo registrada, pero únicamente por que en mi pueblo no tuve ni siquiera que ir, ni presentar papeleo, ni pagar nada, simplemente la factura de compra y el número de serie.

Hablando con el jefe de intervención de armas de mi zona, me corroboró todo esto, que básicamente dependerá del humor del GC que te pare, pero que si llevas todo bien guardadito, con las facturas en la mano etc...pues difícil que te jodan.

Una cosilla que si me recomendó, esque aunque se puedan en muchos casos registrar las réplicas con los numeros de serie del fabricante, si es mucho mejor que la numere un armero correctamente.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Noviembre 25, 2013, 09:16:34 pm
La amable chica de verde de la porra de goma, que está en intervención de armas de mi ciudad ya nos ha advertido... si os pillo con ellas sin registrar fuera de casa... os crujo vivos.

Así que por la pronta, yo este año no las he sacado de casa, puesto que en mi ciudad van a paso de tortuga con el tema del registro.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Abox69 en Diciembre 16, 2013, 11:18:35 pm
Tengo buenas noticias para los que vivimos en Torrejon de Ardoz (Madrid), actualmente pedian estos requisitos para poder registrar las replicas:

- fotocopia del DnI
- Fotocopia de la factura con número de serie. No vale declaración jurada.
- Rellenar un papel de conformidad y buena conducta.
- Se necesita 3 tarjetas amarillas y 2 blancas por cada arma.
- Se debe abonar 31 euros por cada arma.

Bien yo tenia el problema de que 2 de mis 4 replicas no tenia factura, y por lo tanto no me dejaban registrarlas; Pues bien tras varias visitas al Ayto. y despues de "pegarme" (administrativamente hablando) con varios departamentos, decidi hacer un escrito en el cual decia que dado que hasta enero de 2013 no habia ninguna legislacion respecto al airsoft y dado que cada Ayto exige unos determinados documentos, no veia logico que no se me permitiera registrarla sin factura y decidi ofrecerles como alternativa el hacer una Declaración de Responsabilidad en la cual consten estas replicas a mi nombre. Pues bien cual es mi sorpresa cuando hoy me llaman de Policia Local y me dicen que ven completamente logico que esto sea asi y que van a aceptar en lugar de factura tb la declaracion de responsabilidad.
 Asi que Torrejoneros si no teneis factura de alguna replica en breve se reuniran Policia Local y Ayto para hacerlo oficial y asi poder registrar nuestras replicas. Tb es cierto que me han comentado que como estan las fiestas por medio tal vez se demore un poco y ya sea efectivo en enero. Saludos y perdon por el tocho
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Vicker en Diciembre 18, 2013, 07:28:51 pm
Me quejo yo de Madrid y sus 21€ por replica.

En Torrejon un 30% mas caro :o

En cuanto a tener o no factura, con un contrato de compraventa suele valer como justificante de que es tuya, que realmente es lo que el Ayuntamiento quiere saber. Por lo menos en Madrid.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Diciembre 18, 2013, 07:35:41 pm
No nos quejemossss.

Tengo informacion de primera mano atencioon en Arroyomolinos 50 napos por replica, ojo al dato señores
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Diciembre 19, 2013, 09:14:59 am
Aqui uno que sigue esperando las tarjetas en Madrid capital desde el 29 de Noviembre jajaja a ver si me llaman ya leñe!!!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 11:07:37 am
A mí me tardaron 1 mes, fuí de los primeros que la obtuvieron, si ahora tienen mas follon quizás tarden mas pero yo creo que para el día 15 tendras ya la tarjeta.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 11:11:05 am
Dios, la gente gente dejandose 31€ por replica, te vas un Ayuntamiento que no cobren y ya está (Por ejemplo el de Escalona, en el cual no es necesario estar empadronado ni avecindado). Si tienes 2 ó 3 replicas o mas con lo que te ahorras te compras una replica nueva  ;D ;D
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Diciembre 26, 2013, 11:16:59 am
Dios, la gente gente dejandose 31€ por replica, te vas un Ayuntamiento que no cobren y ya está (Por ejemplo el de Escalona, en el cual no es necesario estar empadronado ni avecindado). Si tienes 2 ó 3 replicas o mas con lo que te ahorras te compras una replica nueva  ;D ;D
Legal flame in 3, 2, 1...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Diciembre 26, 2013, 11:17:20 am
Dios, la gente gente dejandose 31€ por replica, te vas un Ayuntamiento que no cobren y ya está (Por ejemplo el de Escalona, en el cual no es necesario estar empadronado ni avecindado). Si tienes 2 ó 3 replicas o mas con lo que te ahorras te compras una replica nueva  ;D ;D

:facepalm:
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Diciembre 26, 2013, 11:43:36 am
Citar
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: epsxe en Diciembre 26, 2013, 06:07:10 pm
¿Alguien que sepa como está el tema de registro en Sevilla Capital? He buscado por Google pero no he encontrado nada s:
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 07:12:52 pm
Citar
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Error, las conceden sin estar avencindado o residiendo y efectivamente su validez quedara limitado a los respectivos términos municipales donde se usen (Por eso hay que sacar las tarjetas de los municipios donde se va a jugar, en Escalona por ejemplo para jugar en el Campo que hay allí), seguís muy perdidos en la materia y encabezonados con desinformaciones, nuestro Equipo habló con el Ayuntamiento se le documentó con un escrito que nos certificó la ICAE de la GC y tachaaaaaann a registrar todo el que quiera ya que tienen que hacerlo para todo aquel que quiera registrar su replica y jugar en los campos de esa zona.

Ya han repetido una y otra vez que para el transporte no van a poner pegas, pero si las pondran donde se esté realizando la actividad y tendras que tener la tarjeta de esa localidad.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Diciembre 26, 2013, 07:33:14 pm
Citar
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Error, las conceden sin estar avencindado o residiendo y efectivamente su validez quedara limitado a los respectivos términos municipales donde se usen (Por eso hay que sacar las tarjetas de los municipios donde se va a jugar, en Escalona por ejemplo para jugar en el Campo que hay allí), seguís muy perdidos en la materia y encabezonados con desinformaciones, nuestro Equipo habló con el Ayuntamiento se le documentó con un escrito que nos certificó la ICAE de la GC y tachaaaaaann a registrar todo el que quiera ya que tienen que hacerlo para todo aquel que quiera registrar su replica y jugar en los campos de esa zona.

Ya han repetido una y otra vez que para el transporte no van a poner pegas, pero si las pondran donde se esté realizando la actividad y tendras que tener la tarjeta de esa localidad.
Sin pruebas/foto/imagen del escrito esto no vale NADA :=
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Diciembre 26, 2013, 07:33:41 pm
Pues a mi mi intervencion me ha dicho otra cosa.

Me ha dicho que es que no se puede tener varias tarjetas de diferentes municipios para empezar....luego lo de tener una tarjeta por cada campo tarari....y eso mismo le han dicho a compañeros de leon, burgos, sevilla, barcelona...y no se cuantos sitios mas...luego me fio mas de esa informacion.

Me han dicho que puedo usar mis ALD en cualquier reciento que este habilitado para ello...es decir...que si yo voy a un campo que tiene permiso de la IA de la zona...ni mu....me han puesto de ejemplo los campos de tiro de aire comprimido....yo puedo ir con mi carabina de 4,5 a cualquier campo de tiro autorizado ( de hecho le hacia hasta hace no mucho) y nunca me han dicho nada


y por ultimo...Error no....el reglamento de armas dice ESO...y si el ayuntamiento en cuestion no lo hace esta contraviniendo el reglamento de armas
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 07:54:28 pm
Pues a mi mi intervencion me ha dicho otra cosa.

Me ha dicho que es que no se puede tener varias tarjetas de diferentes municipios para empezar....luego lo de tener una tarjeta por cada campo tarari....y eso mismo le han dicho a compañeros de leon, burgos, sevilla, barcelona...y no se cuantos sitios mas...luego me fio mas de esa informacion.

Me han dicho que puedo usar mis ALD en cualquier reciento que este habilitado para ello...es decir...que si yo voy a un campo que tiene permiso de la IA de la zona...ni mu....me han puesto de ejemplo los campos de tiro de aire comprimido....yo puedo ir con mi carabina de 4,5 a cualquier campo de tiro autorizado ( de hecho le hacia hasta hace no mucho) y nunca me han dicho nada


y por ultimo...Error no....el reglamento de armas dice ESO...y si el ayuntamiento en cuestión no lo hace esta contraviniendo el reglamento de armas

Yo que tu Nelo no hacia caso de esa Información y diles que esas IA pregunten a su ICAE que es la que controla a las IA provinciales las manda y las coordina, veras que sorpreson se van a dar. Esta información que te digo es la facilitada por escrito del Teniente Coronel de la Intervencion Central de Armas y Explosivos, y claro que se puede tener mas de una tarjeta es mas hay que tenerla una de donde resides y otra del municipio al campo al que vas a jugar, otra cosa es que para nosotros sea molesto sacar tantas tarjetas y no lo hagamos pero es nuestro deber, ya que esto sigue siendo una chapuza hasta que llegue la tarjeta Nacional (ojalá caiga esa breva).

A nosotros la ICAE nos facilitó un Certificado a modo de notificación que refleja y expresa lo siguiente textualmente: " La ICAE y la comisión dan por entendido que por circustancias en las que un titular no este avecindado o sea residente por las razones que fueran debe expedir tarjeta de armas para el uso de las ALDS", con este escrito fuimos a Escalona y el Alcalde accedió a expedir tarjetas gratuitas y sin poner requisitos de penales, psicotecnicos, tasas, etcc etcc.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 07:58:29 pm
Citar
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos. Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

Error, las conceden sin estar avencindado o residiendo y efectivamente su validez quedara limitado a los respectivos términos municipales donde se usen (Por eso hay que sacar las tarjetas de los municipios donde se va a jugar, en Escalona por ejemplo para jugar en el Campo que hay allí), seguís muy perdidos en la materia y encabezonados con desinformaciones, nuestro Equipo habló con el Ayuntamiento se le documentó con un escrito que nos certificó la ICAE de la GC y tachaaaaaann a registrar todo el que quiera ya que tienen que hacerlo para todo aquel que quiera registrar su replica y jugar en los campos de esa zona.

Ya han repetido una y otra vez que para el transporte no van a poner pegas, pero si las pondran donde se esté realizando la actividad y tendras que tener la tarjeta de esa localidad.
Sin pruebas/foto/imagen del escrito esto no vale NADA :=

Ya lo puse aquí y la gente como estaba llena de desinformaciones hicieron lo que les decía el compañero de al lado o lo que le decia la IA de su pueblo, en vez de hacer caso a los que verdaderamente aportamos lo que hay que aportar documentos oficiales por la maxima autoridad de la Guardia Civil el ICAE, encargada de que se aplique las normativas del reglamento de armas a todos los ciudadanos.

Por eso desaparecí de aquí durante un tiempo, porque aquí se hace poco caso a los desconocidos y entre cuatro que son asiduos te la lian para desacreditar lo que expones, ya que sus argumentos van a misa (argumentos que ni justifican, ni tienen validez).

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Diciembre 26, 2013, 08:02:11 pm
Aquí os las muestro:

(http://i49.tinypic.com/31440tv.jpg)

(http://i45.tinypic.com/5x1uzn.jpg)

(http://i45.tinypic.com/2s1rsbk.jpg)

Siento la marca de agua pero no tengo aquí el fichero para quitarla (aparte que no se ni hacerlo) ;D ;D

Se ven un poco mal en nuestro Foro del equipo o en el de La Granja se ven algo mejor.

Un saludo.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Diciembre 26, 2013, 11:52:23 pm

Gracias por los escritos, buena información.

La gente de las carabinas de aire comprimido suelen sacar la tarjeta de su municipio y luego el Alcalde de la localidad donde van a competir les hace una autorización provisional para usarla en el municipio.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Belzhe en Diciembre 30, 2013, 08:18:17 am
A mi, en mi municipio me comentaron el tema de pedir permiso en el ayto de donde juegas, que con la tarjeta de armas correspondiente a tu municipio no deberían ponerte problemas.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Diciembre 30, 2013, 09:57:45 pm


Hay alguna forma de conseguir estos escritos sin la marca de agua?
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Khenu en Diciembre 31, 2013, 01:52:36 pm
Es decir, que sólo por irte a practicar airsoft a varios sitios tienes que hacerte una tarjeta de CADA municipio donde vayas, además del tuyo propio...
Vaya puñetero caos, y todo para unas armas-réplicas que ni son de fuego ni usan artefactos pirotécnicos... ya lo siguiente es restringir la compra de munición, y prohibir las personalizaciones, las granadas y el automático (para el que lo use).

necesitamos más papeles que los de IPSC... :-X
(conste la nota irónica)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Diciembre 31, 2013, 01:56:17 pm
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: SEGHO en Enero 02, 2014, 11:20:10 am
en el municipio de Alcobendas podéis modificar que desde el 01/01/2014, hay que abonar una tasa de 28.60€ por replica que se regule nueva o renovación. Información facilitada físicamente en el registro en el día de hoy.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: SEGHO en Enero 02, 2014, 11:26:35 am
en el municipio de Alcobendas podéis modificar que desde el 01/01/2014, hay que abonar una tasa de 28.60€ por replica que se regule nueva o renovación. Información facilitada físicamente en el registro en el día de hoy.

Por cierto los documentos a aportar siguen siendo los mismos y que se pueden descargar desde la web para cumplimentarlos:
-Fotocopia DNI.
- Declaración de datos básicos.
- Declaración de conducta ciudadana.
- Autorización de expedición de antecedentes penales.
- Declaración Jurada.
- 2 Tarjetas blancas y 3 amarillas.
- Factura o contrato compraventa.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Adeptus en Enero 04, 2014, 12:40:53 am
Por cierto... no espereis a que os llamen para ir a por ellas... por lo menos en Madrid... las mias las tienen desde el dia 17 y porque he llamado hoy... no he llamado antes porque no iba a ir a jugar y no me corria prisa... pero vamos que llevan 3 semanas ya hechas no me ha llamado nadie para que vaya a recogerlas... manda huevos la cosa...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 07, 2014, 04:30:36 pm
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Enero 07, 2014, 04:46:54 pm
y dale pedale....

que yo no hablo de escalona!!! que salvo este municipio...no conozco ningun otro que lo haga.

a mi madrid me la deniega por no estar empadronado....y en salamanca que tengo familia igual....y n otras ciudades que tengo trato igual...

mira...sencillamente....dar tanto la vara con que lo bueno y lo que vale es tener una tarjeta por municipio e insistir en que escalona lo hace por la "face"....a mi solo me viene significar una campaña pro-campo descaradisima...y mira que es un campo que me gusta....pero si a mi la informacion que me han dado no coincide con la tuya....y me la contratastan otros no menos de 10 municipios distintos...pues como que creo mas a los mios que a los tuyos
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Enero 07, 2014, 05:07:12 pm
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.



Todo esto hasta que en un control de otro paren a alguien le pidan la tarjeta y vean que no coincide con la dirección de su DNI y se liará parda.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tower en Enero 07, 2014, 06:30:00 pm
A mi parecer, lo que hay es un cacao de carallo. El Reglamento de Armas (que teoricamente es "el que manda") dice una cosa, que no nos gusta, pero es clara y meridiana mientras nadie lo cambie, y esperemos que lo cambien pronto.

Por otra parte, los Ayuntamentos dicen cosas distintas. La Intervencion de Armas de la GC, que interpreta lo que le parece, otros Ayuntamientos que incumplen el Reglamento y hacen lo que les cuadra. Los armeros, unos dicen que vale con el numero de serial que trae la replica y otros, que hay que hacerles el marcaje aparte (dinero :(). Unos Ayuntamientos que no cobran y otros que cobran mas de 30 EUR por replica. En algunos casos se pide certificado medico (mas dinero  :(), y en otros no hace falta. Acabo de leer que en Alcobendas se pide una "Declaración de conducta ciudadana" (eso que demonios es?), ademas del certificado de penales ????

En fin, que esto es una casa de p**as al por mayor, con un negocio de por medio para ver quien "trinca" mas. Mientras esto no se clarifique, me parece que voy a engrasar y guardar todas mis replicas, y dedicarme a otros entretenimientos, aunque me joda mucho. Ni siquiera se si las puedo sacar de casa con tranquilidad para llevarlas a la armeria, a la Intervencion o al campo de tiro sin que me vea envuelto en un posible lío.

Quizás es eso precisamente lo que quieren nuestros gobernantes (aunque a veces lo dudo, porque les supone trincar dinero en tasas, tarjetas, etc), pero la verdad es que nos estan poniendo este deporte tan complicado, que de momento parecemos mas delincuentes que gente sana y deportista que solo aspira a divertirse un rato en un recinto cerrado y sin molestar a nadie. Hasta que no se lo haga entender alguien a los "expertos" que redactan las leyes, poco hay que hacer.

Un saludo ;)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 09, 2014, 04:45:52 pm
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.



Todo esto hasta que en un control de otro paren a alguien le pidan la tarjeta y vean que no coincide con la dirección de su DNI y se liará parda.

Negativo, cuando te paren no te vana  poner problemas si tienes tu tarjeta como tu dices de tu lugar de residencia, el problema lo vamos a tener si entran a un campo y no teneis tarjeta del Ayuntamiento donde se practica.

En fín como veo que volvemos a lo de antes, (que si campaña pro.campo y todos esas paridas) paso, que cada uno haga lo que quiera, solo  os quería decir que si le informais a vuestro Ayuntamiento que hable con Intervención Central de Armas y Explivos de la Guardia Civil le explicarán que no es exigible el estar empadronado, residiendo o avecindado en ese municipio para que te den la tarjeta de armas. Tal y como expresa el Comunicado que aporté antes (el cual dejo gratuitamente y a modo colaboración como acto de buen compañero para que lo habléis con el municipio que mejor os convenga os resuelva el problema).

Así lo conseguí yo en Escalona, ahora cada uno que lo mande a su ayuntamiento, es lo único que quería decir.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Enero 09, 2014, 05:10:37 pm
Mira, no es que no me fíe, pero los documentos aportados están editados, se nota por las diferencias de color, sobre todo en el primer documento, trabajo en edición y se nota mucho, no se sí para hacer que se vean o que, no digo que estén falsificados si no que están modificados.

Pon, por favor, los documentos en alta, a ser posible los originales si tocar.

Igualmente, no se hasta que punto esto puede ser válido ya que papeles de este tipo ya se han visto y sólo son informativos, no pueden modificar el reglamento.

Si te vale para tu zona, pues vale, pero no creo que en mi comunidad valga.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Enero 09, 2014, 05:25:05 pm
Y te vuelvo a repetir que tu publicas un texto cuyo firmante indica que todo lo dicho es a "titulo informativo, no poniendo fin a la via administrativa".

por lo tanto, si la via administrativa dice otra cosa...es lo que vale.

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 09, 2014, 08:57:02 pm

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Enero 10, 2014, 12:53:52 am

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)

El problema es que las consultas que nosotros hacemos como las que ha publicado el compañero, son al ICAE y son consultas no vinculantes y como dice Nelo no ponen fin a la vía administrativa ni te valen para nada en caso de que tengas algún problema.
Las que si valen son los acuerdos del CIPAE, pero a ellos solo los puede consultar la propia guardia civil.
El único acuerdo que hay del CIPAE que nos "valga" es el del 15.03.94 que "permite el transporte de armas de cuarta categoría fuera del municipio que ha expedido la tarjeta de armas mientras no se lleve prevenida para usarla".
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pensatore en Enero 12, 2014, 04:27:23 pm
Yo personalmente llevo tiempo queriendo sacarme la targeta pero me da miedo en que cuestion de ``poco tiempo´´ vuelvan a cambiar la normativa y no valga lo que tenemos,otra cosa que me da miedo es a la hora de jugar en otro municipio ya que parece ser que las targetas sirven unicamente para el municipio donde han sido realizadas y no podria ir a otro sitio,para los que se han hecho ya la targeta me gustaria saber si coinciden conmigo,en caso de ser asi como van al campo donde quieren jugar y si existe la posibilidad de que cambie la normativa.Gracias
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 15, 2014, 04:46:48 pm

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)

El problema es que las consultas que nosotros hacemos como las que ha publicado el compañero, son al ICAE y son consultas no vinculantes y como dice Nelo no ponen fin a la vía administrativa ni te valen para nada en caso de que tengas algún problema.
Las que si valen son los acuerdos del CIPAE, pero a ellos solo los puede consultar la propia guardia civil.
El único acuerdo que hay del CIPAE que nos "valga" es el del 15.03.94 que "permite el transporte de armas de cuarta categoría fuera del municipio que ha expedido la tarjeta de armas mientras no se lleve prevenida para usarla".

Malkavian, creo que eres uno mas de los que no han leido el Documento, el cual cita que es el CIPAE (La Comision Interministerial) la que da por entendido que se tiene que expedir tarjeta de armas a aquel que por diversas razones no este empadronado o avencindado en el municipio de interes.

La vía administrativa es por si el ayuntamiento requiere vía administrativa, pero este impreso aunque dice que es Informativo les ha servido a varios Ayuntamientos por eso lo pongo en conocimiento de los demás por si a alguno le viniera bien, y a los que no, les recomendaría que hablasen con el Ayuntamiento para que estos hablen con el Dpto de Normativa del I.C.A.E. a ser posible el Coronel Jefe que es quien firma este documento y aquellas directicres dentro de la Guardia Civil.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 15, 2014, 04:53:37 pm
Mira, no es que no me fíe, pero los documentos aportados están editados, se nota por las diferencias de color, sobre todo en el primer documento, trabajo en edición y se nota mucho, no se sí para hacer que se vean o que, no digo que estén falsificados si no que están modificados.

Pon, por favor, los documentos en alta, a ser posible los originales si tocar.

Igualmente, no se hasta que punto esto puede ser válido ya que papeles de este tipo ya se han visto y sólo son informativos, no pueden modificar el reglamento.

Si te vale para tu zona, pues vale, pero no creo que en mi comunidad valga.

EL documento original lo tengo en casa, este que he subido lo que está modificado es añadir la marca de agua (la hizo mi hermano) y los tachones en blanco de mis datos personales ( email, DNI, etc), lo cual vulnera a parte de mi protección de datos va contra la normativa del FORO, por eso lo quite.

Si lo busco y lo encuentro Yogui cuenta con que tendrás el documento en original.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tora en Enero 15, 2014, 07:08:18 pm
HOLA! Duda al canto

En Madrid municipio, el impreso de solicitud pide unos datos que tengo dudas:

-NºMarca/Modelo (este esta claro)
-Categoría
-Calibre

-Nº de Serie (también esta claro)
-Tipo
-Armería donde se compró (sin problemas)
-Fecha de adquisición (idem)

tengo dudas en "categoría", "calibre" y "tipo" ??¿¿ alguien que me pueda guiar en este asuntete?

by the way, tengo una marcadora J&G g36K (aunque habrá que poner el número de modelo de la factura/caja)

gracias maños!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Nelo en Enero 15, 2014, 07:11:13 pm
Categoria: 4ª
Calibre: 6mm
Tipo: Fusil
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 15, 2014, 09:39:10 pm
Mira, no es que no me fíe, pero los documentos aportados están editados, se nota por las diferencias de color, sobre todo en el primer documento, trabajo en edición y se nota mucho, no se sí para hacer que se vean o que, no digo que estén falsificados si no que están modificados.

Pon, por favor, los documentos en alta, a ser posible los originales si tocar.

Igualmente, no se hasta que punto esto puede ser válido ya que papeles de este tipo ya se han visto y sólo son informativos, no pueden modificar el reglamento.

Si te vale para tu zona, pues vale, pero no creo que en mi comunidad valga.

EL documento original lo tengo en casa, este que he subido lo que está modificado es añadir la marca de agua (la hizo mi hermano) y los tachones en blanco de mis datos personales ( email, DNI, etc), lo cual vulnera a parte de mi protección de datos va contra la normativa del FORO, por eso lo quite.

Si lo busco y lo encuentro Yogui cuenta con que tendrás el documento en original.

Muchas gracias por anticipado.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Malkavian en Enero 15, 2014, 10:02:42 pm

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)

El problema es que las consultas que nosotros hacemos como las que ha publicado el compañero, son al ICAE y son consultas no vinculantes y como dice Nelo no ponen fin a la vía administrativa ni te valen para nada en caso de que tengas algún problema.
Las que si valen son los acuerdos del CIPAE, pero a ellos solo los puede consultar la propia guardia civil.
El único acuerdo que hay del CIPAE que nos "valga" es el del 15.03.94 que "permite el transporte de armas de cuarta categoría fuera del municipio que ha expedido la tarjeta de armas mientras no se lleve prevenida para usarla".

Malkavian, creo que eres uno mas de los que no han leido el Documento, el cual cita que es el CIPAE (La Comision Interministerial) la que da por entendido que se tiene que expedir tarjeta de armas a aquel que por diversas razones no este empadronado o avencindado en el municipio de interes.

La vía administrativa es por si el ayuntamiento requiere vía administrativa, pero este impreso aunque dice que es Informativo les ha servido a varios Ayuntamientos por eso lo pongo en conocimiento de los demás por si a alguno le viniera bien, y a los que no, les recomendaría que hablasen con el Ayuntamiento para que estos hablen con el Dpto de Normativa del I.C.A.E. a ser posible el Coronel Jefe que es quien firma este documento y aquellas directicres dentro de la Guardia Civil.

No solo me lo he leído, sino que tengo la misma contestación y la subí aquí hace 7 meses. http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=62022.0
Si la tuya ha servido me alegro, como interesado, pero yo de momento sigo sin ver mucha claridad en el asunto y lo único que me reconforta es que no conozco ningún caso de alguien que hayan multado teniendo tarjeta de su municipio.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Enero 15, 2014, 11:46:31 pm
HOLA! Duda al canto

En Madrid municipio, el impreso de solicitud pide unos datos que tengo dudas:

-NºMarca/Modelo (este esta claro)
-Categoría
-Calibre

-Nº de Serie (también esta claro)
-Tipo
-Armería donde se compró (sin problemas)
-Fecha de adquisición (idem)

tengo dudas en "categoría", "calibre" y "tipo" ??¿¿ alguien que me pueda guiar en este asuntete?

by the way, tengo una marcadora J&G g36K (aunque habrá que poner el número de modelo de la factura/caja)

gracias maños!

Siendo de mañolandia, no te sería mejor sacartela allí?, supongo que no estarás empadronado en madrid, y si eres de algun pueblo de zaragoza es casi seguro que te salga gratis sin presentar nada.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tora en Enero 16, 2014, 11:10:47 am
Gracias Nelo!

Respecto a lo otro, sep, estoy empadronado en Mandril, por el tema del coche y el aparcamiento

Asi que $ !!

Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tora en Enero 16, 2014, 11:41:23 am
Duda al canto!

Mi colega Rackham es de Sevilla pero vive en Madrid como yo, PERO él no esta empadronado. Por lo tanto le sale ventajoso registrarla en Sevilla creo.

Duda 1: ¿Si la registras en otro lugar (en este caso Sevilla) puede haber problemas a la hora de "enseñar los papeles" si vas a jugar en Mandril?

Duda 2: ¿Siendo yo empadronado en Madrid puedo registrarla en Zaragoza por el mismo motivo?

 ???
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: piercing58 en Enero 16, 2014, 11:45:13 am
Si no recuerdo mal, por el tema de impuestos y Hacienda y esas cosas, hay que estar empadronado en donde se pasan (creo recordar) más de 6 meses al año...
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pifolo en Enero 16, 2014, 07:34:11 pm
Duda al canto!

Mi colega Rackham es de Sevilla pero vive en Madrid como yo, PERO él no esta empadronado. Por lo tanto le sale ventajoso registrarla en Sevilla creo.

Duda 1: ¿Si la registras en otro lugar (en este caso Sevilla) puede haber problemas a la hora de "enseñar los papeles" si vas a jugar en Mandril?

Duda 2: ¿Siendo yo empadronado en Madrid puedo registrarla en Zaragoza por el mismo motivo?

 ???


En madrid no vas a jugar, básicamente no hay campos. En todo caso jugaras en términos municipales alrededor de madrid.
Es decir, la tarjeta, hablando con la ley en la mano, solo te sirve para el municipio donde te la sacas, y nada más.

Así que te da igual tenerla en madrid o en Sevilla, que va a ser lo mismo. Yo la tengo sacada en un pueblo de calatayud y con ella voy a jugar a todos lados (hasta el día que me paren y se pongan tontos)


La tarjeta la puedes sacar en cualquier ayuntamiento que quiera hacértela, pero normalmente piden requisitos, uno de ellos es que estés empadronado.
Claro que cada ayuntamiento pide lo que se sale del *** por que no tienen ni zorra de como va este tema...yo no tuve ni que presentarme, mi madre les llevó la tarjeta rellenada y ale, sello y firma.

En zaragoza me imagino que pediran padrón, pero si tienes pueblo, pregunta, que seguro que no te piden ná.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tora en Enero 17, 2014, 09:26:50 am
Thanks por la info!
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Mayor_Tony en Enero 22, 2014, 03:46:37 pm
Mira, no es que no me fíe, pero los documentos aportados están editados, se nota por las diferencias de color, sobre todo en el primer documento, trabajo en edición y se nota mucho, no se sí para hacer que se vean o que, no digo que estén falsificados si no que están modificados.

Pon, por favor, los documentos en alta, a ser posible los originales si tocar.

Igualmente, no se hasta que punto esto puede ser válido ya que papeles de este tipo ya se han visto y sólo son informativos, no pueden modificar el reglamento.

Si te vale para tu zona, pues vale, pero no creo que en mi comunidad valga.

EL documento original lo tengo en casa, este que he subido lo que está modificado es añadir la marca de agua (la hizo mi hermano) y los tachones en blanco de mis datos personales ( email, DNI, etc), lo cual vulnera a parte de mi protección de datos va contra la normativa del FORO, por eso lo quite.

Si lo busco y lo encuentro Yogui cuenta con que tendrás el documento en original.

Lo prometido es deuda:

Aporto el documento (tachado mis datos por preteccion de datos y no incurrir contra las normas del Foro):

(http://imageshack.us/a/img692/7812/informemodificado.jpg)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Jpbackman en Febrero 12, 2014, 02:56:51 pm
Getafe: rellenar y entregar solicitud junto con el num. Del armero (cobran unos 10 pavos), obtener certificado de aptitud psicotecnico (45 lereles), Pago de tasas administrativas (no se cuanto es).
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: davidlop3 en Febrero 20, 2014, 03:11:35 pm
Despues de un año ya tengo repuesta del ayuntamiento de Mejorada del Campo.

La tarjeta para las armas de la categoría 4ª del Reglamento de Armas puede solicitarla cualquier persona mayor de edad o menores de edad de 14 a 18 años, empadronados en Mejorada del Campo que hayan adquirido un arma de uso lúdico deportivo o un arma de aire comprimido. Para ello deberá solicitar la expedición de tarjeta de armas en el Registro General de este Ayuntamiento, acompañada de la siguiente documentación:

-Documentación a presentar por mayores de edad

Instancia de solicitud general, interesando la expedición de la tarjeta de armas de la 4ª categoría, acompañada de la siguiente documentación:
   .Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia
   .Factura de la compra del arma o documento certificativo expedido por armería donde conste de forma detallada la marca, modelo, número de serie y características del arma, haciendo constar si es de la categoría 4ª-1 ó 4ª-2. En el caso de transferencia entre particulares, documento de compraventa o cesión; y en el caso de renovación, tarjeta con el vencimiento caducado. Para las armas de uso lúdico deportivo tipo Air-Soft y Pain-Ball, además de lo anterior expuesto, deben presentar un documento acreditativo emitido por una armería autorizada, en el que figure el número que le ha sido troquelado en el arma en el caso de que carezca de este número.
.Volante de empadronamiento del solicitante de la tarjeta
.Informe policial sobre conducta vecinal del solicitante
.Certificado psicotécnico de aptitud
.Justificante de ingreso de la Tasa municipal por expedición de tarjetas de armas

-Documentación a presentar por menores de edad (14 a 18 años)

Instancia de solicitud general, interesando la expedición de la tarjeta de armas de la 4ª categoría, firmada por el padre, madre, tutor o representante legal del menor, acompañada de la siguiente documentación:
   .Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del menor
.Factura de la compra del arma o documento certificativo expedido por armería donde conste de forma detallada la marca, modelo, número de serie y características del arma, haciendo constar si es de la categoría 4ª-1 ó 4ª-2. En el caso de transferencia entre particulares, documento de compraventa o cesión; y en el caso de renovación, tarjeta con el vencimiento caducado. Para las armas de uso lúdico deportivo tipo Air-Soft y Pain-Ball, además de lo anterior expuesto, deben presentar un documento acreditativo emitido por una armería autorizada, en el que figure el número que le ha sido troquelado en el arma en el caso de que carezca de este número.
.Volante de empadronamiento del solicitante de la tarjeta
.Informe policial sobre conducta vecinal del solicitante
.Justificante de ingreso de la Tasa municipal por expedición de tarjetas de armas
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brojda en Febrero 21, 2014, 01:53:58 am
Actualizo información de Móstoles (Madrid).

El año pasado registre una ALD y me pidieron las tarjetas, numero de armero, factura/contrato/declaración jurada, certificado empadronamiento, dni, y una tasa de 5.01 euros. (mas visita de policía local a preguntar a mis vecinos que tal chico soy  ???)

Ahora he ido a preguntar para añadir otra ALD y al loro...

tarjetas , dni, armero, factura etc... , empadronamiento, antecedentes penales , psicotécnico , y una maravillosa tasa de... 51.79 euros !!!!! :o

La tasa da igual que sea para añadir, que modificar, que nueva tarjeta.
Cualquier tramite o modificación de la tarjeta 52 pavos.  >:(
Vamos que hasta he adelantado la compra de otra replica para aprovechar y meter ambas a las vez!! a ver si amortizo algo.

Afán recaudatorio máximo!!!!
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: blindman en Febrero 21, 2014, 07:48:01 am
Dale las gracias a la concejala de seguridad ciudadana, cuando aprobaba el alcalde las tarjetas, con factura/declaración y el número de armero era suficiente ni psicotécnico ni leches y al principio el trámite era gratis aunque luego lo subieron a cinco euretes.

En el "hay-untamiento" de Móstoles son muy espabilados.

Al final con eso lo que se consigue es que la gente no las registre o lo haga en otro municipio donde resida un familiar y que sea más barato por ejemplo, ya veremos cuando me caduque la mía dentro de 5 años.



Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Aradia en Marzo 05, 2014, 10:59:17 pm
Despues de un año ya tengo repuesta del ayuntamiento de Mejorada del Campo.

La tarjeta para las armas de la categoría 4ª del Reglamento de Armas puede solicitarla cualquier persona mayor de edad o menores de edad de 14 a 18 años, empadronados en Mejorada del Campo que hayan adquirido un arma de uso lúdico deportivo o un arma de aire comprimido. Para ello deberá solicitar la expedición de tarjeta de armas en el Registro General de este Ayuntamiento, acompañada de la siguiente documentación:

-Documentación a presentar por mayores de edad

Instancia de solicitud general, interesando la expedición de la tarjeta de armas de la 4ª categoría, acompañada de la siguiente documentación:
   .Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia
   .Factura de la compra del arma o documento certificativo expedido por armería donde conste de forma detallada la marca, modelo, número de serie y características del arma, haciendo constar si es de la categoría 4ª-1 ó 4ª-2. En el caso de transferencia entre particulares, documento de compraventa o cesión; y en el caso de renovación, tarjeta con el vencimiento caducado. Para las armas de uso lúdico deportivo tipo Air-Soft y Pain-Ball, además de lo anterior expuesto, deben presentar un documento acreditativo emitido por una armería autorizada, en el que figure el número que le ha sido troquelado en el arma en el caso de que carezca de este número.
.Volante de empadronamiento del solicitante de la tarjeta
.Informe policial sobre conducta vecinal del solicitante
.Certificado psicotécnico de aptitud
.Justificante de ingreso de la Tasa municipal por expedición de tarjetas de armas

-Documentación a presentar por menores de edad (14 a 18 años)

Instancia de solicitud general, interesando la expedición de la tarjeta de armas de la 4ª categoría, firmada por el padre, madre, tutor o representante legal del menor, acompañada de la siguiente documentación:
   .Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del menor
.Factura de la compra del arma o documento certificativo expedido por armería donde conste de forma detallada la marca, modelo, número de serie y características del arma, haciendo constar si es de la categoría 4ª-1 ó 4ª-2. En el caso de transferencia entre particulares, documento de compraventa o cesión; y en el caso de renovación, tarjeta con el vencimiento caducado. Para las armas de uso lúdico deportivo tipo Air-Soft y Pain-Ball, además de lo anterior expuesto, deben presentar un documento acreditativo emitido por una armería autorizada, en el que figure el número que le ha sido troquelado en el arma en el caso de que carezca de este número.
.Volante de empadronamiento del solicitante de la tarjeta
.Informe policial sobre conducta vecinal del solicitante
.Justificante de ingreso de la Tasa municipal por expedición de tarjetas de armas

Si, yo ya la tengo, he sido el valiente que se ha pegado con el ayuntamiento para que nos lo hagan.

La policía municipal irá a tu casa, comprobará los números y sacará fotos de las réplicas y de los números.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: NavySeal en Marzo 14, 2014, 01:57:48 am
Bueno........ creo que ya se ha puesto lo que hay que hacer en leganes, pero por si algo ha cambiado (que no creo) lo re-posteo:

Hay que subir a la Casa del Reloj y:

-Pedir un impreso de "Solicitud de Concesion de Tarjeta de Armas" y rellenarlo. Direcion del solicitante, caracteristicas del arma (Tipo, Marca, Calibre, Numero de Serie y Fecha de Adquisicion)
-Este impreso hay que acompañarlo de:
      - Tarjeta de Armas (blanca y amarilla) una por replica. Se consiguen en Intervencion de Armas que esta en un cuartelillo pequeño que hay pegado al Ayuntamiento de Leganes. 1€. C/Polvoranca 2, aunque realmente esta en la Plaza del General Cortes. Adjunto una foto googleearthiana. ;)
      - Copia de la factura de compra o declaracion jurada de que es tuya. Aunque a mi, hasta ahora no me han pedido la declaracion.
      - Certificado de Empadronamiento. Puedes pedir hora a la vez que solicitas la Solicitud de Concesion de Tarjeta de Armas y la rellenas mientras esperas.
      - En caso de ser menor de edad, autorizacion.

(http://i909.photobucket.com/albums/ac291/Juantoc/IntervencionArmasGCLeganes_zpsde6d31dd.jpg)

Una vez entregado todo al funcionario toca esperar. Yo solicite la tarjeta el 26 de Febrero de 2014 y me enviaron una carta el dia 10 de Marzo para que subiera a Seguridad Ciudadana (Policia Municipal) en la Calle Chile Nº 1. con las replicas y un par de fotocopias del DNI. Aunque en realidad, detras de la solicitud pone que "Transcurridos 7 dias desde la presentacion de esta solicitud en el registro de entrada, se personara el interesado con el arma para su revision, en el Edificio de Seguridad Ciudadana (unidad administrativa) en el horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas." pero por lo que se ve, hay que esperar a recibir la carta o en su defecto una llamada.

No me pusieron problemas con los numeros de serie. Cada replica (2) tenia su numero de serie grabado de fabrica. Llamaron a un policia que vino a revisar las replicas y solo vi que miro que coincidieran los numeros de serie nada mas. Las miro un poco por encima y punto. Lo que si me dijo es que no quitase en ningun momento una pegatina que viene en el M4 en el que pone la potencia de salida en Julios (1,1). Me lo dijo dos o tres veces. "no se la quites.... nunca!!" Me falto cuadrarme y decirle "a la orden" ;) No me pidieron la declaracion jurada de la replica de la cual no poseo factura. (ya veremos como acaba la cosa)

Total, que la funcionaria me dijo que me llamarian por telefono "en unos dias" := para recoger las tarjetas de armas y que habria que pagar las tasas (25€) por las dos. Es decir, cuantas mas registres del tiron mejor. Si registras, hoy dos, el mes que viene 5, al siguiente 1...... pagaras por cada vez que tengan que hacer todo el papeleo. Asi que lo mejor es hacer todas las que tengas de una vez. O eso me dieron a entender. Les dije que en un par de semanas volveria a registrar otras dos replicas y me dijo la funcionaria que........ otros 25 pavos. :-\

Cuando me llamen para subir a por las tarjetas, ampliare y terminare el post.

Saludos.

     
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Marzo 17, 2014, 02:10:04 pm
Desde el principio este hilo se ha ido trufando de "odiseas burocráticas" variadas que demuestran, en el mejor de los casos, ignorancia y dejadez supina por parte de los funcionarios y/o políticos municipales, cuando no directamente mala fe o afán recaudatorio máximo. Por eso creo que es bueno refrescar el hilo con una experiencia positiva:

Hoy he registrado una nueva réplica en mi Ayuntamiento, Cercedilla. He presentado los papeles (factura, DNI y documentos técnicos del "arma") a las 10:55. A las 12:05 me han llamado para que llevase la ALD para que la viesen, verificasen nº y le sacasen un par de fotos para su base documental. A las 12:20 salía con mi tarjeta de registro por la puerta de Policía Local. Por supuesto, como siempre, 0€ y seriedad y amabilidad excepcionales por parte de los funcionarios. Una hora y veinticinco minutos (1h 25'). Esto constituye un nuevo record, ya que con la réplica anterior tardaron la friolera de ¡3 horas! en realizar las gestiones.

Como ya comenté en este hilo, la primera vez tuvieron que informarse sobre los trámites y tardaron unos días en llamarme, pero una vez han conocido el procedimiento y acordado qué documentación pedir, es destacable lo bien que se desenvuelven las gestiones.

No quiero dar envidia ;), únicamente dejar constancia de cuando un trabajo se hace eficaz y eficientemente para el ciudadano. Gracias a los funcionarios del Ayuntamiento de Cercedilla.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jhomby en Marzo 17, 2014, 03:16:35 pm
Sera el único, la de mi hija ha tardado 26 días justos, con las mías en su día, tardaron 37 dias.

Lo único positivo, que tardan menos, pero tardan.  :-\

Se me olvidaba, antes cobraban por tarjeta 3,15 euros,  ahora 15 euros.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: brunoantaressp en Abril 18, 2014, 07:20:51 pm
Chicos..sabeis de algún modelo / ejemplo de declaracion de baja para la tarjeta de armas?
He comprado una pistola..la he registrado, pelo he tenido que devolverla a  tienda por avería !!
Y ahora, tengo que solicitar la " baja " de la tarjeta..
Os lo agradezco !! Saludos !
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Abril 19, 2014, 12:14:02 am
Chicos..sabeis de algún modelo / ejemplo de declaracion de baja para la tarjeta de armas?
He comprado una pistola..la he registrado, pelo he tenido que devolverla a  tienda por avería !!
Y ahora, tengo que solicitar la " baja " de la tarjeta..
Os lo agradezco !! Saludos !

Impreso de solicitud del ayuntamiento explicando el motivo de la baja, el mismo impreso que utilizaste para darla de alta...al menos en mi ayuntamiento, supongo que cada ayuntamiento tendrá el suyo pròpio.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Serker en Junio 08, 2014, 11:49:40 am
Pues cruzo los dedos porque no cambien en mi ayuntamiento... porque leyendo lo que hay por ahí se me ponen los pelos de punta xD
En Tres Cantos (Madrid) con presentar fotocopia de la factura o contrato de compraventa entre particulares basta. Lo solicitas en el ayuntamiento y la tarjeta la recoges en la policía local a las 2 semanas con coste de 0€ en total.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cholo en Agosto 26, 2014, 10:49:42 am
Compañeros, unas preguntas burocráticas.

Como tenemos el límite de 6 réplicas, ¿Se pueden registrar otras a nombre de otra persona y transportarlas con algún tipo de autorización?

Cuando transportamos las réplicas, en lugar de tener que llevar la documentación oficial, debería de servirnos también una fotocopia compulsada de la misma, ¿Verdad?

PD: Yo cuando registré las mías, solo me pidieron factura o contrato de compraventa, el trámite fue gratuito y las tarjetas me las dieron en la policía local sin coste alguno (Me dieron una tarjeta para cada réplica, en vez de inscribir todas en una....)

Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Agosto 26, 2014, 12:56:25 pm
A ver, el límite de 6 réplicas es por tarjeta. Teóricamente a cada propietario deberían darnos UNA SOLA tarjeta de armas en la que inscribir todas las réplicas -ergo 1 propietario = 1 tarjeta = máximo de 6 réplicas-, pero me ocurre lo que a tí: En el ayuntamiento me han ido dando una tarjeta por cada réplica, con sus correspondientes espacios para inscribir otras 5, en vez de rehacer la tarjeta de la primera que registré e ir añadiendo.

Para transportar réplicas -armas en general- que no sean tuyas debes documentarlo, efectivamente. El Reglamento de Armas creo que detalla cómo hacerlo, referido al caso de maestros armeros, por ejemplo.

Teóricamente, la documentación compulsada te debería servir. Luego ya está que el agente esté por la labor... Dado que las compulsas generalmente cuestan algo de pasta y en tu ayuntamiento guardan duplicado de las tarjetas, yo llevo la documentación original en la mochila, bien protegida. Si pierdo o deterioro una tarjeta puedo pedir duplicado en el ayuntamiento acreditando mi identidad. De momento no he tenido que sacar la documentación nunca...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Agosto 26, 2014, 06:07:58 pm
Compañeros, unas preguntas burocráticas.

Como tenemos el límite de 6 réplicas, ¿Se pueden registrar otras a nombre de otra persona y transportarlas con algún tipo de autorización?

Cuando transportamos las réplicas, en lugar de tener que llevar la documentación oficial, debería de servirnos también una fotocopia compulsada de la misma, ¿Verdad?

PD: Yo cuando registré las mías, solo me pidieron factura o contrato de compraventa, el trámite fue gratuito y las tarjetas me las dieron en la policía local sin coste alguno (Me dieron una tarjeta para cada réplica, en vez de inscribir todas en una....)

Sí se pueden registrar otras a nombre de otra persona y mediante un documento de préstamo usarlas tú, pero ojo, no pidas factura a tu nombre y luego quieras registrarlas a nombre de otra persona que tendrás problemas.
La persona a la que le prestes tiene que cumplir las condiciones que son necesarias para tener la tarjeta de armas. Este punto yo no lo acabo de entender pero el RA lo dice...se me ocurre que no le puedes prestar por ejemplo una ALD a un menor de 14 porque por ley no puede tener tarjeta de armas.

La fotocopia compulsada tiene el valor que el Agente quiera darle, ya que el Agente al que se la muestras no sabe si la tarjeta original está en vigor o no, normalmente los documentos compulsados tienen solo valor dentro de la misma administración que los expide, por ejemplo para hacer trámites dentro de la administración y facilitar al funcionario de turno el tener que comprobar que estas en posesión del documento en cuestión. Es decir, a mi juicio NO vale una copia compulsada.

Además para que quieres usar una copia compulsada teniendo la original?? si todo el mundo hiciera lo mismo con todos los documentos menudo cristo se montaría.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TRIGER en Septiembre 06, 2014, 10:25:23 pm
Hola a todos, soy novato  en el foro ya que no he tenido necesidad de escrbir antes y me gustaría que me resolvierais una duda:
Tengo dos fusiles y una pistola, con la tarjeta de armas, es decir, todo en orden, la pregunta es: puedo dejarsela a un amigo para que juegue una partida y así que no tenga la necesidad de alquilar una replica?
Un supuesto caso: Si vamos en mi coche, con mis tres replicas a mi nombre, a jugar a un campo, con todos los vartulos necesarios para practicar el hobby y nos paran de camino o se presentan las autoridades en el campo,.al ver tres replicas y dos jugadores.... habría algun problema? Las replicas están a mi nombre y se la dejo en el campo y después me las llevo a mi casa, vamos ke solo las va a tocar en el campo.
La clave esta en que no puede sacarse el permiso por motivos legales.....cosas suyas.
Esta es la duda que tengo, os agradecería vuestra ayuda, un saludo a todos.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 06, 2014, 11:04:40 pm

Se las puedes prestar a cualquiera que cumpla los requisitos para tener la tarjeta de armas. Si para obtenerlas tu ayuntamiento exigía por ejemplo no tener antecedentes penales tu amigo no tendrá que tenerlos, no se si será el caso. Tampoco se las podrás prestar a un menor de 14 años.
Tienes que hacer un documento en el cual haces constar el préstamo, este documento tendrá una validez máxima de 15 días.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kcuestag en Septiembre 06, 2014, 11:04:59 pm
Mi experiencia para conseguir la tarjeta de registro de la réplica en el municipio Meco (Comunidad de Madrid):

- Precio: 36€ (Puedes añadir todas las que quieras la primera vez, luego son otros 36€ por cada réplica que añadas).
- Fotocopia del DNI
- Llevar la factura donde indique el número de serie de la réplica
- Llevar al réplica y que verifiquen que no es un arma de verdad

Y ya está, después de una semana ya tenía la tarjeta.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: NavySeal en Septiembre 07, 2014, 01:43:24 am
Pues que suerte!! y que envidia!! En Leganes, a mi las 2 primeras me tardaron un mes y medio mas menos. Pero llevo desde mediados de Abril con otras 3 y aun no han llamado. El lunes me presento en el ayuntamiento a ver que cojones pasa!! >:( Ya contare.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Septiembre 12, 2014, 11:18:21 pm
En escalona se pueden segir registrando no ¿?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tagade en Septiembre 19, 2014, 07:17:48 pm
Os cuento mis gestiones en el ayuntamiento de Las Rozas de Madrid una vez obtenida la tarjeta.

Piden:
- Certificado de penales.
- Certificado de empadronamiento.
- Psicotécnico.
- Fotocopia de la factura de compra.
- Fotocopia del DNI.
- Tarjeta de armas sin rellenar. Te la dan en el propio registro del ayuntamiento donde se presenta la solicitud con el resto de documentación.
- Instancia de solicitud que rellenas tú mismo. También te la dan en el registro.

A mí en abril no me cobraron tasas, entiendo que siguen sin cobrarlas.

Antes de hacer ningún trámite llamé a la Policía Local, donde me pasaron con el Sargento de Armas, para preguntar por el tema de la numeración, troquelado y demás. Me contestó (muy amable él, por cierto) que según el tipo de numeración es válida o no y que me pasase con las réplicas por el cuartel para poder verlas. Al llevárselas me dijo que los números eran válidos tal cual, sin darme detalles de las numeraciones que son válidas y las que no. Hay que señalar que una de las dos réplicas es una AEP que tiene la numeración serigrafiada, no troquelada, en la corredera, que se puede cambiar fácilmente. La primaria la lleva troquelada en el lower.

Presenté solicitud y documentación el 7 de abril y la tarjeta lleva fecha de 17 de septiembre, más de cinco meses después. Como un mes después de hacer la solicitud llamé a la comisaría por si había algún problema y me dijeron que ellos ya habían mandado la tarjeta al ayuntamiento para que la firmasen y que no podían hacer nada más que esperar. El mismo día que viene en la fecha de concesión me llamaron al móvil para que pasase a recogerla al cuartel.

La tarjeta la rellenan totalmente ellos. En el tipo ponen "1-C", en la marca ponen más o menos la descripción del artículo que venga en la factura y en calibre 6. Firmas la tarjeta en presencia del agente que te la da, hace una fotocopia junto con el DNI en la que pones la fecha y la firmas como que has recibido la tarjeta.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 19, 2014, 09:00:25 pm

Es curioso que una Policía local tenga un Sargento de Armas, si señor, muy curioso, debe de ser un señor muy atareado, no me extraña que hayan tardado 5 meses en entregarte la tarjeta  :=

Tengo una curiosidad, los psicotécnicos en que consisten?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tagade en Septiembre 20, 2014, 09:10:10 am
Bueno, en realidad, si nos creemos lo que me contó el agente con el que hablé por teléfono un mes después de hacer la solicitud (y yo no tengo razones para no hacerlo), la tarjeta se habría tirado más de cuatro meses en el ayuntamiento esperando a que el político correspondiente la firmase. En la tarjeta pone que firma el alcalde, pero el agente mencionó a la concejala de no sé qué historias.

En mi caso el psicotécnico consistió en un test psicológico muy chorra que te hacen con un ordenador (de verdad hay que estar mal del tarro para no pasarlo) en una serie de preguntas acerca de tu salud que te hace un doctor. No estoy muy seguro, pero creo recordar que también me hicieron lo de leer el cartel con las letras, ¿te miden la tensión quizás?. Hace ya unos cuantos meses y coincidió que tenía que hacer también el del coche, así que es posible que mezcle un poco los dos en ese último punto.  :)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 20, 2014, 09:21:44 am


Vale, más o menos como el de coche, pensé que te hacían alguna pregunta relacionada con el uso de armas, algo recuerdo de algún comentario que se hizo recientemente y me pareció entender eso, por eso me extrañaba. Gracias por la respuesta.

La tarjeta aunque pone que la debe de firmar el Alcalde, éste puede delegar en quien quiera para hacerlo...mientras no te hagan como a mí que me la dieron sin firmar y me querían hacer creer que no tenía importancia  ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tagade en Septiembre 20, 2014, 10:22:39 am
Pues mira sí, ahora que lo dices en el test preguntaban, entre otros temas, cosas de armas. Pero no de manejo ni temas técnicos como los calibres, cómo se amartilla ni nada así, si no de sentido común como si la llevarías por la calle en la mano o si te irías a un descampado a pegar tiros. Ya te digo, cosas muy evidentes que se caen por su propio peso. Tampoco tomes estos ejemplos en plan literal, que no me acuerdo de una sola pregunta.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Septiembre 20, 2014, 11:14:22 am

Era mera curiosidad, gracias.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: l3m0ncr45h en Octubre 03, 2014, 05:47:56 pm
Municipio: VALDEMORO (nuevo enlace)

http://www.valdemoro.es/programas-para-los-vecinos/-/asset_publisher/2ZEDU1DlI8fK/content/tarjeta-de-arm-1/maximized?_101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK_re direct=http%3A%2F%2Fwww.valdemoro.es%2Fprogramas-para-los-vecinos%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&_101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK_no _template=true (http://www.valdemoro.es/programas-para-los-vecinos/-/asset_publisher/2ZEDU1DlI8fK/content/tarjeta-de-arm-1/maximized?_101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK_redirect=http%3A%2F%2Fwww.valdemoro.es%2Fprogramas-para-los-vecinos%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&_101_INSTANCE_2ZEDU1DlI8fK_no_template=true)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Octubre 15, 2014, 12:10:48 pm
IMPORTANTE PARA LOS JUGADORES DE ESPLUGUES DE LLOBREGAT

El ayuntamiento dice ahora que las tarjetas expedidas no son válidas.

Os cuento el tema

Llamo a la policía local de Esplugues para informarme para los pasos para añadir otra a mi tarjeta y resulta que me dicen que todas las tarjetas expedidas por el ayuntamiento no son válidas ya que la GC no las acepta por que no hay un polígono de tiro adecuado en la localidad, extrañado llamo a la GC de Barcelona y me dicen que nones, que no me cuenten historias en el ayuntamiento que ellos no se encargan de esto y que están artos de que los ayuntamientos les echen la mierda a ellos.

Vuelvo a llamar a la policía local y me dicen ahora que como es potestad del ayuntamiento que se niegan a registrarlas sin darme ningún motivo del porque.

Acabo de enviar por mail una solicitud por escrito del porque la alcaldesa se niega a conceder las licencias, haciendo hincapié en que tengo derecho legal a tenerlas y adjuntando el acuerdo de la CIPAE del 15/03/94 sobre el transporte de armas de 4ª categoría.

Aunque se lo he enviado por mail, me voy a personar y hacer la solicitud en persona.

A ver que pasa ahora porque, ademas, no se han molestado en informar a los que, en su momento solicitamos las tarjetas y nos las concedieron, yo la tengo firmada y sellada por la alcaldesa de Esplugues, de que ya no son válidas, si es que lo han sido alguna vez.

Estaría bien que los jugadores de Esplugues soliciten a la alcaldesa por escrito su negativa ya que es imprescindible para ver como podemos actuar o para intentar cubrirnos las espaldas.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: AguilaN1 en Octubre 16, 2014, 12:14:18 am
En mi pueblo ( Masquefa ) no me han pedido nada.

Factura con el numero de serie de la replica y el carton de armas de 4ª categoria.
2 semanitas tardaron en llamarme diciendome que ya podia ir a recogerlo. Ah, y 0 €.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pelli en Octubre 16, 2014, 01:26:46 am
Una duda en general, ¿en vuestros pueblos/ciudades os ponen límites a la cantidad de réplicas? Más que nada es que veo quehay un montón degente con un montón de réplicas. ¿Las registráis todas?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Octubre 16, 2014, 07:29:38 am
Si se atienen a la literalidad: 1 Jugador = 1 Tarjeta = 6 réplicas. En mi caso, por cada réplica el Ayuntamiento me da -si, si, me da by the face- una tarjeta nueva. Es decir, no me limitan.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 16, 2014, 09:50:47 pm

Un jugador 6 ALDs de la categoría 4.1, infinitas de la 4.2.
Tarjetas no dice nada de cuantas tienen que darte, lo que dice el RA es que en cada tarjeta se pueden incluir hasta 6 ALDs.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Octubre 17, 2014, 07:40:08 am
Talmente de acuerdo Yogui. Si así también lo he leido yo, pero me se de bastantes interventores/ policías locales/ concejales/ alcaldes... que lo leen exactamente como te he dicho. Por lo sondeado en mi entorno me atrevería a decir que en Madrid son mayoría >:(.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Octubre 17, 2014, 11:40:32 am

Está claro de que en cada sitio hacen lo que les da la gana...es a lo que están acostumbrados.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: l3m0ncr45h en Octubre 17, 2014, 09:16:01 pm
MORALZARZAL:

Entregar:

- Fotocopia DNI
- Fotocopia factura de compra
- Instancia general: http://bit.ly/1webu1m (http://bit.ly/1webu1m)
- 2 tarjetas blancas por replica con datos personales
- 3 tarjetas amarillas por replica con datos personales y de la replica (marca, modelo, nº serie y calibre)

Según dicen en el ayuntamiento lo hacen en 3 días.
Es gratis y no hay que llevar las replicas, no comprueban el numero de serie más que en la factura.
Horario: Lunes a sábado de 9:00 a 14:00 horas.

Mas info:
Ayuntamiento de Moralzarzal
Servicio Atencion al Ciudadano
Tel 918427910 / 918577005
Fax 918578055
email: sac@moralzarzal.es
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Arroyo en Octubre 26, 2014, 08:55:39 pm
Cartagena:

En el ayuntamiento pedir la tarjeta de armas de 4ª categoría, y piden fotocopia del dni y de las facturas.

Cuidado ya que de primeras allí nadie sabe del tema, y te mandan a tasas y de tasas a información, es decir, se mandan el muerto de unos a otros, hasta que al final te dicen que es una licencia y tasa por replica, y si no lo sabes te la cuelan pero bien, ya que son 63,50€ por tasa, así que después de mucho insistir en pedir solo una, al final me la dieron y pague una sola tasa presentando 6 facturas.

A la siguiente semana me llamo el policía local encargado de registros civiles, que no se aclaraba con las facturas y tuve que llevarle casi todas las replicas para aclarar las cosas. En un principio pide que este claro en la factura la marca, modelo, calibre y numero de serie, aunque su criterio para los números de serie... en una replica llevando un numero marcado, no le gusto y me hizo borrarlo y marcar otro en un armero, y en otra replica con un numero genérico pintado con pintura blanca, ese lo dio por valido.

Luego en teoría se pasa la policía local por tu calle a preguntar a los vecinos, para tomar un informe de conducta, por mi calle nunca pasaron pero por la de algún compañero mio si.

Máximo 6 replicas por licencia, y una licencia por persona, a un coste total de 63,50€
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: morokkito en Enero 20, 2015, 02:47:42 pm
En Seseña (Toledo)

1. Copia DNI
2. Factura
3. Psicotécnico
4. Certificado de penales
5. Verificación por parte de la policía local de las armas (según su denominación, pa´nosotros: réplicas)

No hay que pagar tasas hasta que se apruebe la ordenanza municipal.

El título que se acredita es válido en toda Castilla La Mancha, pudiendo así portarse las réplicas.

Un saludo!
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Enero 21, 2015, 12:57:40 am

El título que se acredita es válido en toda Castilla La Mancha, pudiendo así portarse las réplicas.


Qué quieres decir con ese comentario? porque si es lo que yo creo estás muy equivocado, bueno tu o quien te lo haya afirmado.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CoolHeart_ASN en Enero 21, 2015, 01:14:11 am
En moralzarzal añadir, que si no tienes factura de compra, declaración jurada.
Título: Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Elquemira en Marzo 16, 2015, 10:18:44 am
En Alcorcon piden esto (buscad en la parte inferior de la pagina) Solicitud de Tarjeta de Armas
http://www.ayto-alcorcon.es/portal/servicios


Compañeros, el link de arriba no funciona y he intentado buscar por mi cuenta, pero me gustaría oír experiencias de la mano de gente que ya haya registrado sus réplicas en Alcorcón.

Qué se pide y cuánto cuesta?


Muchas gracias a todos.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Elquemira en Marzo 19, 2015, 01:29:05 am
Nadie???  :'(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Marzo 19, 2015, 02:14:56 am
Nadie???  :'(

Lo mejor va a ser que te dirijas directamente a la comisaría más cercana de la Policía Local en Alcorcón o al Ayto., preguntes y te informes de primera mano ;)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rebel en Marzo 26, 2015, 05:16:20 pm
PAMPLONA

Os pongo un copy/paste literal del email que me han mandado desde el Área de seguridad ciudadana:

La documentación que tiene que presentar es su DNI y los datos del arma (tipo de arma, marca, modelo, calibre, número de serie, y si es tipo A o tipo B) El número de serie es el que viene en el arma.
Necesita estar empadronado en Pamplona, pero no es necesario que nos traiga ningún certificado. Cuando venga a solicitar la tarjeta, tendrá que rellenar un impreso para comprobar que no tiene antecedentes penales.
Puede registrar hasta 6 armas en una misma tarjeta.
Las tasas a pagar son 11 euros por cada tarjeta.


Conclusión: ante mi pregunta de si hay que troquelarlas el numero de serie me dicen que no hace falta y no hay que pasar un psicotécnico tampoco. Creo que por si acaso las llevaré a un armero a que me marquen el número de serie que al jugar únicamente en campos de Madrid igual me ponen alguna pega con ese tema.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: theoes en Abril 19, 2015, 11:35:49 pm
Águilas (Murcia)

-rellenar tarjeta de armas
-rellenar impreso del ayuntamiento
-copia de la factura
-fotocopia del dni
-foto con el detalle del número de serie, y otra en la que salga toda la réplica

Se entrega todo en la ventanilla única del ayuntamiento y en una semana te llama la policia local para recoger la tarjeta, coste 0€.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Montaraz en Abril 23, 2015, 01:10:10 pm
He estado mirando en varios ayuntamientos para ver como son los trámites para el registro de nuestras réplicas y al entrar en el ayuntamiento de valdemoro en la tramitación de Tarjetas de Armas, me encuentro este texto:

"Descripción del procedimiento de solicitud de la Tarjeta de Armas
 
AVISO IMPORTANTE
 
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, con fecha 3 de Diciembre de 2014 estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Orden INT/2860/2012, de 27 de Diciembre, del Ministerio del Interior, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball, orden que se anula por ser contraria a derecho, según se desprende del texto de la propia sentencia, y según se cita en el Fallo de la misma.
 
Por lo tanto, y mientras tal procedimiento adquiera firmeza, la tramitación de tales licencias quedarán suspendidas por parte de este ayuntamiento hasta la existencia de resolución firme al respecto de la catalogación de ese tipología de armas. Así mismo, se ha elevado consulta al CIPAE (Centro de Investigación Permanente de Armas y Explosivos) sobre las tramitaciones realizadas hasta la fecha para poder determinar la situación legal de las mismas."



¿Alguien sabe del recurso al que se hace referencia?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Abril 23, 2015, 02:15:53 pm
Algo se sabe, sí... http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=62572.0

Lo que sí me ha impresionado es que en el Ayuntamiento lo hayan tenido en cuenta e informen del tema. Raro que un ayuntamiento se preocupe así de un tema tan concreto.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Montaraz en Abril 23, 2015, 02:26:36 pm
Gracias por tu respuesta batty y disculpas por no haber usado el buscador antes de poner mi duda
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yogui en Abril 24, 2015, 12:59:58 am
Algo se sabe, sí... http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=62572.0

Lo que sí me ha impresionado es que en el Ayuntamiento lo hayan tenido en cuenta e informen del tema. Raro que un ayuntamiento se preocupe así de un tema tan concreto.

Seguro que algún policía local hace airsoft  ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Abril 24, 2015, 08:10:06 am
Algo se sabe, sí... http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=62572.0

Lo que sí me ha impresionado es que en el Ayuntamiento lo hayan tenido en cuenta e informen del tema. Raro que un ayuntamiento se preocupe así de un tema tan concreto.

Seguro que algún policía local hace airsoft  ;D
Fijooo ;D ;D ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: zeluuuob97 en Agosto 18, 2015, 12:05:42 am
Alguien me puede decir si sabe de como va el tema en Jerez de la Frontera (Cadiz)??? Alomejor lo han dicho ya.. Pero buscar en 40 paginas en el movil... perdonen mi vagueza jajaja, un saludo!!!
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Agosto 20, 2015, 10:39:48 am
No recuerdo que haya nada. De todos modos pásate por el Ayuntamiento -malas fechas, "el que sabe de eso" estará de vacaciones, Murphy dixit- y pregunta directamente. En una localidad de ese tamaño no serás el único.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: CJ en Agosto 20, 2015, 12:19:27 pm
Alguien me puede decir si sabe de como va el tema en Jerez de la Frontera (Cadiz)??? Alomejor lo han dicho ya.. Pero buscar en 40 paginas en el movil... perdonen mi vagueza jajaja, un saludo!!!

Casi siempre, este tipo de información la puedes conseguir en la página web de tu ayuntamiento.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fusilero en Febrero 11, 2016, 09:34:09 am
Buenos días. Acabo de ir al ayuntamiento de Getxo (Bizkaia) a pedir información para registrar mi réplica. Esto es lo que me han dicho:

- Estar empadronado en Getxo y que la dirección del DNI coincida con la del empadronamiento.
- Certificado de potencia de una armería.
- Factura en la que aparezca el número de serie de la réplica y que ambos números coincidan.
- La factura tiene que estar a nombre del que registra la réplica. En el caso de que sea de segunda mano, tiene que venir el que la compró junto con el nuevo propietario para hacer la "transferencia".

Yo en este caso no tengo problemas, pero para indagar un poco le he hecho algunas preguntas. ¿Si ya no tienes contacto con el que te la vendió? No puedes registrarla. ¿Contrato de compra-venta? No. ¿Declaración jurada? No. ¿Si alguien paga en metálico y no aparece su nombre en la factura? Mala suerte.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TABOR en Febrero 17, 2016, 11:16:54 am
Buenos días. Acabo de ir al ayuntamiento de Getxo (Bizkaia) a pedir información para registrar mi réplica. Esto es lo que me han dicho:

- Estar empadronado en Getxo y que la dirección del DNI coincida con la del empadronamiento.
- Certificado de potencia de una armería.
- Factura en la que aparezca el número de serie de la réplica y que ambos números coincidan.
- La factura tiene que estar a nombre del que registra la réplica. En el caso de que sea de segunda mano, tiene que venir el que la compró junto con el nuevo propietario para hacer la "transferencia".

Yo en este caso no tengo problemas, pero para indagar un poco le he hecho algunas preguntas. ¿Si ya no tienes contacto con el que te la vendió? No puedes registrarla. ¿Contrato de compra-venta? No. ¿Declaración jurada? No. ¿Si alguien paga en metálico y no aparece su nombre en la factura? Mala suerte.

Pues que bien ...

Vamos que te están condenando a la ilegalidad y a ser el afortunado poseedor de un arma ilegal.
En mi modesta opinión creo que en esos casos que comentas sería tan sencillo como una declaración jurada registran el arma a tu nombre para tenerla controlada y santas pascuas, pero claro, para eso tendrían que tener un mínimo interes por facilitar las cosas a los que las pretendemos hacer bien.
En fin.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fusilero en Febrero 17, 2016, 12:13:08 pm
Buenos días. Acabo de ir al ayuntamiento de Getxo (Bizkaia) a pedir información para registrar mi réplica. Esto es lo que me han dicho:

- Estar empadronado en Getxo y que la dirección del DNI coincida con la del empadronamiento.
- Certificado de potencia de una armería.
- Factura en la que aparezca el número de serie de la réplica y que ambos números coincidan.
- La factura tiene que estar a nombre del que registra la réplica. En el caso de que sea de segunda mano, tiene que venir el que la compró junto con el nuevo propietario para hacer la "transferencia".

Yo en este caso no tengo problemas, pero para indagar un poco le he hecho algunas preguntas. ¿Si ya no tienes contacto con el que te la vendió? No puedes registrarla. ¿Contrato de compra-venta? No. ¿Declaración jurada? No. ¿Si alguien paga en metálico y no aparece su nombre en la factura? Mala suerte.

Pues que bien ...

Vamos que te están condenando a la ilegalidad y a ser el afortunado poseedor de un arma ilegal.
En mi modesta opinión creo que en esos casos que comentas sería tan sencillo como una declaración jurada registran el arma a tu nombre para tenerla controlada y santas pascuas, pero claro, para eso tendrían que tener un mínimo interes por facilitar las cosas a los que las pretendemos hacer bien.
En fin.

Efectivamente. Es tal y como lo cuentas. Yo por suerte he podido ir con el que me la vendió. Pero imagina que no fuera el caso. Pues vaya gracia.

Cuando le pregunté, dando por hecho que la respuesta iba a ser afirmativa, sobre la posibilidad de un contrato de compra-venta, me quedé a cuadros:
- Sí, pero tendría que estar presente el que te la vendió.
- ¿Entonces para qué necesito el contrato de compra-venta? Si tiene que venir aquí conmigo...
- Es que a ver, entonces cómo puedo saber yo que esa réplica la compró el que te haga el contrato de compra-venta, y no la has robado por ahí?
- ¿Cómo? ¿Y cómo sabes que no he robado este móvil o esta chamarra? Es más, no creo que fuera muy inteligente si me presentara en una comisaría con algo robado.
- Ya, pero un móvil o una chamarra no es un arma.
- ¿Y? Lo único que quiere la gente es tener las réplicas de forma legal, y de paso, dichas réplicas quedan registradas y controladas.
- Tiene que venir el que te la compró.
- ¿Y una declaración jurada?
- De acuerdo, pero con el que te la vendió presente.
- Entonces no sirve de nada una declaración jurada.
- ¿Pero es que cómo sé yo que esa réplica la compró él?
- Joodeeeeer...

Te juro que era como hablarle a una pared. Y aprovechando que me había cogido la mañana libre, me acerqué a la Ertzaintza y me confirmaron que con un contrato de compra-venta es más que suficiente. Se quedaron flipados con lo que me decía el municipal, pero que ellos no podían hacer nada, al ser competencias de cada ayuntamiento.

Lo que no es normal es que cada ayuntamiento lo haga como le da la gana al alcalde, al municipal de turno o a quien sea.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: SpiuSa en Febrero 25, 2016, 01:24:33 am
Mis replicas ya venian con numero de serie de fabrica, ¿aun asi tengo que ir a un armero?

PD.: soy de Getafe
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: JLMS en Febrero 25, 2016, 11:34:03 am
Mis replicas ya venian con numero de serie de fabrica, ¿aun asi tengo que ir a un armero?

PD.: soy de Getafe

https://sede.getafe.es/portalGetafe/sede/se_contenedor2.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&contenido=5785&tipo=4&nivel=1400&layout=se_contenedor2.jsp&codResi=1&language=es
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: SpiuSa en Febrero 25, 2016, 02:46:04 pm
Mis replicas ya venian con numero de serie de fabrica, ¿aun asi tengo que ir a un armero?

PD.: soy de Getafe

https://sede.getafe.es/portalGetafe/sede/se_contenedor2.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&contenido=5785&tipo=4&nivel=1400&layout=se_contenedor2.jsp&codResi=1&language=es

Muchas gracias

Joder el que a escrito eso no sabe redactar xD "y en su defecto" tendria que poner "o en su defecto"
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Marzo 06, 2016, 03:24:27 pm
Actualizo con la situacion actual en Arroyomolinos...

- Estar empadronado en el municipio
- Facturas de las replicas, no aceptan declaraciones juradas ni contratos de compra/venta (cuando dije declaracion jurada, la cara fue mas o menos de risa...)
- En funcion del tiempo de residencia en el municipio, es necesario el certificado de penales. Es algo que aun no saben si pediran
- Psicotecnico para armas. Tampoco saben si lo piden, o pediran, por ahora
- Replica marcada con nº
- Certificado de funcionamiento del arma con las caracteristicas tecnicas, certificado de marcado por armero y certificado de la GC
- Pago de tasas por expedicion de documentos (aun no saben concretarme cuanto es)
- Es posible que haya que depositar las replicas en comisaria hasta la expedicion. O eso, o llevarlas cuando se realice la documentacion. Tampoco saben decirme...
- Piden "licencia para armas largas" para obtener la tarjeta de 4ª categoria
- Una tarjeta por persona, limitada a dos replicas

Como podeis ver, de autentico chiste. Tres visitas me ha costado obtener esta informacion, que parece que son reticentes a dar...e incluso uno de los policias que me atendio no salia de su asombro con tanta ESTUPIDEZ. Con el cambio que hubo en las elecciones, tambien cambiaron las ordenanzas municipales, y piden cosas totalmente incongruentes que hacen practicamente imposible legalizarlas aqui. Licencia de armas largas para obtener la de 4ª categoria? Pero esto que es...? Ahora que venga alguien a decirme que soy un delincuente o que cometo "ilicitos" al buscarme la vida para legalizarlas en otro sitio...que ya seria para mear y no echar gota. Como si la gente de a pie tuvieramos culpa de los inutiles que suelen dirigir todos estos temas y como si nos tuvieramos que conformar con ello...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: adorgu en Marzo 06, 2016, 04:25:32 pm
Hola,
yo registré una pistola que me compre en navidades en mi ciudad, Torrelavega (Cantabria) y no tuve muchas complicaciones.

Lo hice en la comisaria de la policia local. Lleve la factura y las dos tarjetas que me dieron al comprar la pistola, una fotocopia del DNI y tuve que firmar una declaración de que no tenia antecedentes relacionados con armas ni que me estuviesen investigando por algo.
Firme y a la semana ya lo tenía, totalmente gratis y sin ninguna pega.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: MANZANO en Marzo 16, 2016, 06:20:33 pm
Hola buenas hoy me han llegado los antecedentes,por cierto hoy mismo también los he vuelto a echarlos en correos y al llegar a mi casa me han llegado los que pedí hace 3 meses(Dios me odia).

Bueno ya que lo tengo casi todo me piden unas tarjetas amarillas y otras blancas,unas eran 3 y otras 2.La cuestión es ¿Dónde las consigo?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Racoon en Marzo 21, 2016, 03:49:29 pm
Algún alma caritativa que me ilumine ....

Mi primera réplica la registre con un certificado de penales que me descargué con el certificado electrónico de la Casa de la Moneda y sin problemas ...

Al ir a registrar la segunda, me he sacado de nuevo el certificado porque me había caducado, me dice que nanai, que introduzca los datos según aparece en mi DNI, coño, que se meter mis datos. El problema viene creo porque mi segundo apellido tiene una ñ.

Si pruebo con el dni electrónico que lleva incorporado el chip me deja llegar hasta el punto de pagar, pero justo en ese punto me da el error.

¿Ha alguien mas le ha pasado?

¿Algún informático en la sala ....?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Marzo 23, 2016, 06:10:58 pm
Actualizo con la situacion actual en Arroyomolinos...

- Estar empadronado en el municipio
- Facturas de las replicas, no aceptan declaraciones juradas ni contratos de compra/venta (cuando dije declaracion jurada, la cara fue mas o menos de risa...)
- En funcion del tiempo de residencia en el municipio, es necesario el certificado de penales. Es algo que aun no saben si pediran
- Psicotecnico para armas. (...)

Ramms, este me parece un caso para reclamar. Pasos que yo seguiría:

1. Solicitar al Ayuntamiento por escrito los requisitos necesarios para registrar armas de 4ª categoría en el municipio, adjuntando copia de los artículos del RAE que detallan la competencia. A esta solicitud deben, lógicamente, contestar por escrito. Indica en el enunciado que es tu voluntad, obviamente, cumplir con la legislación vigente y blablabla
2. Si no contestan, reclamar administrativamente respuesta. Es tu derecho recibir respuesta de la Administración en "un tiempo razonable".
3. Si contestan de forma inconcreta, emites nuevo escrito reseñando que en base a su respuesta te es imposible cumplir con la legislación vigente y que procederás a abrir contencioso administrativo.
4. Si los requisitos son absurdos, abusivos o incumplibles, tres cuartas de los mismo: Abrir un contencioso. Como soporte adicional, incluso me haría con los requisitos necesarios para, por ejemplo, la concesión de un permiso de uso temporal de vía pública para establecer el agravio comparativo.

Queda consultar a un abogado cómo abrir el contencioso sin pasar por hacer una denuncia en el Juzgado de Guardia, si es posible.

¿Qué necesitas? Tiempo, ganas...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Galerna en Abril 21, 2016, 11:39:08 pm
Ayuntamiento de Colmenar viejo a Marzo de 2016
Estoy empadronado por lo que los tramites fueron gratuitos. Desconozco si dejan inscribir armas de otros municipios y, de ser así, el precio.
Piden:
Facturas originales en las que aparezca el número de serie de la réplica.
Rellenar un impreso por réplica.
Tarjeta Blanca para el ayuntamiento.
Y MUY IMPORTANTE --> UNA TARJETA DE INSCRIPCIÓN (la naranja) POR RÉPLICA.

Es decir, no les vale poner varias armas en la misma tarjeta.

No piden certificado de penales, ni psicotécnico y les vale con la numeración que viene grabada en las armas de serie.

Un saludo
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Racoon en Mayo 10, 2016, 03:24:56 pm
Hola a todos.

Acabo de recoger las tarjetas de armas de la UMP (subfusil)y de la M56B (escopeta) y en esta última pone que no tiene fecha de caducidad, es decir validez permanente ...  ???

¿¿Alguien sabe algo al respecto??
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Mayo 10, 2016, 03:39:09 pm
¿Es de muelle la escopeta no? En la cabecera pondrá "tarjeta de armas tipo B" .

Es totalmente correcto, no caducan ni hay que renovarlas; sólo dejaría de tener validez si por algún motivo te la invalida el Ayuntamiento.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Racoon en Mayo 10, 2016, 04:26:32 pm
Efectivamente es del Tipo B, pues mira una menos por la que preocuparse ...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Mayo 15, 2016, 06:05:30 pm
Buenas señores, voy el martes a realizar el registro aquí en madrid capital, tengo lo siguiente

Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
Certificado de aptitudes psicofísicas
Certificado de antecedentes penales
Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
Declaración jurada para un arma de segunda mano.

me falta lo siguiente


Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento

Tengo el PDF para cumplimentar mis datos y los del arma, pero el que me sirve para abonar la tasa y luego ir con todo a la oficina no lo localizo, alguien me lo puede pasar?

GRACIAS
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Jordan111 en Mayo 15, 2016, 06:21:51 pm
Buenas señores, voy el martes a realizar el registro aquí en madrid capital, tengo lo siguiente

Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
Certificado de aptitudes psicofísicas
Certificado de antecedentes penales
Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
Declaración jurada para un arma de segunda mano.

me falta lo siguiente


Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento

Tengo el PDF para cumplimentar mis datos y los del arma, pero el que me sirve para abonar la tasa y luego ir con todo a la oficina no lo localizo, alguien me lo puede pasar?

GRACIAS


https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.1f3361415fda829be152e15284f1a5a0/?vgnextoid=72cd78d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=28b737c190180210VgnVCM100000c90da8c0RCRD

Abajo en modelos de formularios, el de las tasas.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: menague en Mayo 25, 2016, 10:41:12 pm
Yo he terminado todos los tramites, quien tenga dudas me puede enviar un mp y le contesto x aquí.

Dejo el total de €

20,75€ x3 replicas

3,70€ penales

25€ psico

30€ marcaje de replica


y una mañana entera perdida !!
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pirado del M4 en Mayo 25, 2016, 10:51:39 pm
Joooodoooo.....
Guadajalara:
25 por tarjeta ( 2, la 4 a y la 4b)
10 para marcar las replicas.
No more....esperar a que la local termine los tramites.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dosser en Junio 09, 2016, 02:27:06 pm
Alguien sabe el procedimiento para seguir en el ayuntamiento de Azuqueca de Henares?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: chalo en Julio 13, 2016, 10:11:46 pm
Buenas a todos,me gustaria consultaros si es posible la manera de actuar ya teniendo desde hace un año unas replicas registradas con sus tarjetas correspondientes y logicsmente xa eso en madrid tuve que sacarme el psicotecnico,penales etc etc,ahora dedpues de un año al adquirir otra replica ,tendria que volver a sacarme todo??o solo pagando la tasa de esta nueva seria suficiente??muchas gracias
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fenrir69 en Julio 14, 2016, 02:23:18 pm
Buenas a todos,me gustaria consultaros si es posible la manera de actuar ya teniendo desde hace un año unas replicas registradas con sus tarjetas correspondientes y logicsmente xa eso en madrid tuve que sacarme el psicotecnico,penales etc etc,ahora dedpues de un año al adquirir otra replica ,tendria que volver a sacarme todo??o solo pagando la tasa de esta nueva seria suficiente??muchas gracias

No caerá esa breva...  :-\ :-\ No, compañero, tienes que repetir todo el tramite como la primera vez  :( :( :( :( :( :(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Julio 24, 2016, 01:35:45 am
En todo caso te podrías "librar" de sacarte el psicotécnico si no hubieran transcurrido 3 meses desde el anterior, ya que es la validez legal que tienen.

Pero habiendo pasafo un año... Va a ser que te toca toooodo de nuevo.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kuku en Agosto 04, 2016, 02:22:07 pm
Una preguntilla, por no abrir tema nuevo: ¿Qué hace falta para cambiar de nombre una réplica ya registrada cuyo dueño vende a otro particular?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Agosto 04, 2016, 02:33:51 pm
Primero, el que la tiene registrara y la vende, la tiene que dar de baja en su ayuntamiento.
Después, el que la compra la tiene que registrar en su ayuntamiento.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kuku en Agosto 04, 2016, 05:03:54 pm
Primero, el que la tiene registrara y la vende, la tiene que dar de baja en su ayuntamiento.
Después, el que la compra la tiene que registrar en su ayuntamiento.

Mil gracias Cue. ¿El nuevo dueño deberá aportar factura de compra o por el estilo? Imagino que no, pero pregunto por si acaso
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Agosto 04, 2016, 06:01:46 pm
Nunca estaría de más entregarla para demostrar la venta.
Ya que tiene que darla de baja indicando que es por venta a tal persona de tal DNI.

No se puede dar de baja si no se indica la razón.

Si el quisiese, podría darla de baja de su tarjeta, para que no le ocupe hueco, y quedar en casita como otras tantas que puede tener sin tarjeta, pero que si hay que avisar al ayuntamiento que las tienes.

Por eso se indica que es una baja por venta, y se indica a quien con todos sus datos... porque si luego pasa algo con esa, que se sepa que a partir de tal día el responsable es...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: dËR en Agosto 10, 2016, 01:57:50 pm
PROCEDIMIENTO REGISTRAR REPLICA EN COSLADA A 10/08/2016

Para registrar la replica necesitas la siguiente documentación.

Pocedimiento para registrarla:


Una vez acabado esto, te darán un documento temporal que dice que has entregado todo y te tendrán que llamar para entregarte las tarjetas, ya que las tiene que firmar el Alcalde.

Felicidades, ya has registrado tus replicas, ahora a esperar por la dichosa tarjeta.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: epsxe en Agosto 30, 2016, 01:19:31 pm
¿Alguien que haya hecho el registro en Sevilla capital puede iluminarme un poco del papeleo que hay que hacer y sus correspondientes tasas? Busco por Google pero respecto a Sevilla no me sale nada.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Septiembre 02, 2016, 11:51:44 am
Acabo de llegar del ayuntamiento de Segovia capital para registrar una réplica (ALD, marcadora, etc...) , no sé si alguien ha puesto ya los requisitos en este municipio, pero por si acaso yo los pongo aquí por si a alguien le interesa o le es útil:
Además de rellenar un formulario con los datos típicos (nombre, apellidos, dirección, DNI, marca, modelo y número de serie de la réplica), el usuario tiene que presentar además: las tarjetas amarillas y blancas del registro de armas (yo me acerqué a intervención de armas de la guardia civil y me las dieron sin ningún problema), factura de compra y fotocopia del DNI.
En el formulario indica que también hay que presentar el certificado de penales, pero según me dijo el personal del mostrador, de eso ya se encarga la propia policía local.
También se indica que si el solicitante tiene otras réplicas, deberá aportar las tarjetas amarillas correspondientes.

Después de entregar el formulario y las correspondientes fotocopias que se me piden, me entregaron un recibo indicando que he solicitado el registro de la réplica donde viene mi nombre y apellidos, dni, marca, modelo y número de serie de la réplica con la firma (sello) del ayuntamiento.

Decir que ni se me ha pedido que la réplica tenga número de armero ni pagar tasas ni hacer psicotécnico, al menos por ahora. Lo cual se agradece mucho, tanto a la cartera como al tiempo "invertido" en registrar las réplicas.

Un saludo.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Yeipi en Septiembre 02, 2016, 01:48:45 pm
En Girona city, me presenté y no sabían ni de que les hablaba.
Menos mal que fui con los debes hechos.
Copia del DNI
Copia de las facturas y que salga el numero de serie
Tarjetita amarilla
Y 15-16€.
Ellos se lo traspasan a policía local y te llaman para avisarte cuando esté lista para recogerla por comisaría.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: redskull en Octubre 19, 2016, 06:50:00 pm
Alguien que las haya registrado hace poco en Alcalá ?
Para que me explique un poco que tal le ha ido.
En la pagina del ayuntamiento no dice nada, el enlace esta como borrado.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jackbirras en Noviembre 15, 2016, 05:03:10 pm
Alguien sabe el procedimiento para seguir en el ayuntamiento de Azuqueca de Henares?

Hola, sabes al final como se hace el registro en azuqueca de henares ?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: JohnFord en Noviembre 28, 2016, 12:16:18 pm
Veo en compra-venta que se insisite mucho en hacer contratos de las réplicas registradas. Me cuesta creer que se vaya a presentar la policía en mi casa para comprobar que no se las haya pasado de matute la Daesh.
Que yo sepa, no existe procedimiento para dar de baja lo que se registra en una tarjeta municipal, más allá de que si no recuerdo mal, caducan a los 5 años y en ningún sitio pone que haya que entregar las réplicas. por si acaso, no se os vaya a ocurrir proponer que incluyan nada de esto en futuras actualizaciones del reglamento.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Noviembre 28, 2016, 12:59:18 pm
Para nada.
Imagina que tienes tu réplica y que a los tres años quieres venderla para cambiarla por otra de gama ligeramente superior y además tienes ya tus 6 slots completos de la tarjeta de armas. ¿Qué haces? Pues simple, te presentas en el ayuntamiento y dices que quieres dar de baja esa ALD.
O también ponte en el caso de que por cualquier razón, pierdes tu ALD en una partida. Lo que tienes que hacer es ir corriendo a la GC y decir que la has perdido y demás, la denuncia por desaparición (o robo...), ir al ayuntamiento a darla de baja por si pasa cualquier cosas con la réplica, bla bla bla.
Tan importante es dar de alta como de baja. Y da igual si es una réplica o tu factura de teléfono.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: JohnFord en Noviembre 28, 2016, 01:53:05 pm
Pues.. creo recordar que por aquí se ha escrito que si tienes llena la tarjeta, el ayuntamiento te puede extender más.
En cuanto a darla de baja, debería de bastar declarar que se te ha roto o las has tirado.
A fin de cuentas, los ayuntamientos ni saben ni les importa (y no me extraña, ni veo justificación en meter esas cosas en un registro, ni se sabe para qué sirve). Por ejemplo en el mío no piden factura, pero si un certificado médico...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Noviembre 28, 2016, 02:09:09 pm
Pues.. creo recordar que por aquí se ha escrito que si tienes llena la tarjeta, el ayuntamiento te puede extender más.

Nunca se puede hacer eso. Al menos, dentro de la legalidad. Otra cosa es que el ayuntamiento sea un chapuzas y no se sepa la ley. La ley dice que: "6 ALD's por persona", que son los slots que tienes en la tarjeta. Punto.
Y el registro de réplicas es por una simple razón: a ojos de la ley se consideran "armas", luego se tiene que tener cierto control sobre ellas. Al menos, a la hora de los desplazamientos.
Que tienes una réplica en tu casa que tiene finca y la usas sólo para disparar a las latas de cerveza? O simplemente la tienes para decorar tu casa como si fuese un cuadro o una escultura? Perfecto entonces, no tienes que registrarla. Pero si por algún casual te desplazas de tu finca con la réplica ahí sí tienes que registrarla, con el consiguiente slot en la tarjeta de armas ocupado.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: JohnFord en Noviembre 28, 2016, 02:55:22 pm
Que yo recuerde, las réplicas sólo se pueden tener en el domicilio. Lo de desplazarse con ellas no está contemplado siquiera y de todas maneras. la tarjeta sólo tiene validez dentro del municipio...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Noviembre 28, 2016, 11:30:27 pm


Nunca se puede hacer eso. Al menos, dentro de la legalidad. Otra cosa es que el ayuntamiento sea un chapuzas y no se sepa la ley. La ley dice que: "6 ALD's por persona", que son los slots que tienes en la tarjeta. Punto.


Éso sólo es aplicable a las ALD del tipo 4.1 (tarjeta de armas de 4ª categoría, tipo "A")  ;)

Si el ayuntamiento en particular no lo impide (están capacitados por ley para limitarlas por debajo del máximo previsto, sean del tipo que sean) puedes empapelar tu casa con tarjetas perfectamente legales del tipo "B", las que amparan por ejemplo escopetas pajilleras, sniper de cerrojo, revólveres de simple acción (estilo Far West)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kuku en Diciembre 21, 2016, 05:23:54 pm
Me viene a preguntar mi cuñao que se acaba de agenciar una amoeba, que si el número que traen sirve para llevar a registrar

IWH-ARES-AM-016-0095 (el que lleva su amoeba)

Lo único que sé es que el ICAE que conozco y he visto en algunas réplicas recién compradas recientemente es el típico XXXX(número armero)-AS-XXX(arma)-XXX(año)

¿Alguien puede resolverme esta dudilla?  :-\
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Batty en Diciembre 26, 2016, 09:36:42 am
De nuevo: DEPENDE. En mi caso nunca me han hecho marcar la réplica si ya llevaba un número de serie y éste constaba en la factura. A muchos otros, me atrevo a decir que la mayoría, les hacen troquelar un número de armero sí o sí. La consulta se la tiene que hacer al responsable en el municipio en cuestión. Suerte.
Título: re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: iVanCleef en Enero 22, 2017, 10:49:51 pm
hola.

vamos a ver.. tengo dos réplicas que no están registradas y
que a quienes se las compré no me dió factura ni nada, entonces..

sin un contrato compra-venta ni factura, qué debo hacer?????

por otro lado, una de ellas, en un sitio un poco oculto, tiene
grabado malamente como con un punzón a mano "TM140.1503"
y no se a qué puede venir eso.

de 3 que tengo, sólo tengo una réplica comprada en tienda y
con una factura disponible.

qué procedimiento debería hacer para registrarlas en Bilbao?
no sé qué orden ni nada he de seguir para hacer los trámites.

primero a dónde he de ir?
segundo?
..

etc.

:-\

un saludo!
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Enero 22, 2017, 10:54:25 pm
Lo de siempre: ayuntamiento y que ellos te digan qué tienes que hacer.
Poco más se puede añadir. Ellos tienen la última palabra.
Título: re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: iVanCleef en Enero 22, 2017, 10:59:32 pm
muchas gracias, Dani.

;)
Título: re: procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: iVanCleef en Enero 22, 2017, 11:17:53 pm
con permiso, ya he encontrado el procedimiento
para los que somos de Bilbao y os dejo aquí el link:

http://www.bilbao.eus/cs/Satellite?c=BIO_Procedimiento_FA&cid=3007728137&language=es&pageid=3000094112&pagename=Bilbaonet%2FBIO_Procedimiento_FA%2FBIO_Procedimiento&anclaServ=aB25&rutaCatServ=3003408020,3003861651

Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: LoCoXs en Enero 31, 2017, 08:10:34 pm
Comunidad: Comunidad Valenciana
Provincia: Alicante
Localidad: Sella

- Ir al ayuntamiento con tu tarjeta de armas amarilla y blanca junto con tu factura de la/s réplica/s en cuestión
- Relleno de datos por parte de ambas partes
- Firma de ambas partes

Tasas ninguna, en menos de media hora lo has hecho si la Alcaldesa no está liada.
No sé si es imprescindible presentar número de serie, en mi caso valió el de la réplica, la factura/contrato de compraventa es necesario por supuesto.

Igual le sirve a alguien que en hipotético caso se mude a aquí (risas)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kuku en Febrero 02, 2017, 01:23:26 pm
Pregunta rápida. Réplica comprada en tienda ya con número ICAE apto para registro, pero no viene de la tienda con los papeles a rellenar para registro.

¿Tienes que ir a IA por ejemplo con factura y te aportan los papeles ellos o qué hay que hacer para registrarlas?

Tengo varios colegas con réplicas compradas ya marcadas (números válidos) pero sin documentación aportada para su registro
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Febrero 02, 2017, 04:28:22 pm
¿? No lo pillo.

Si tiene su número de armero grabado y éste sale reflejado en factura, ¿Qué "papeles" adicionales son necesarios? ¿Lo dices por las tarjetas de armas en sí?

Si eres de Madrid y te pilla a mano Príncipe de Vergara, te llevas para dar y regalar por unos 40 céntimos. En la imprenta de la G.C.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: kuku en Febrero 02, 2017, 09:20:40 pm
Te dan el tríptico y la tarjetita al marcarlas. Yo por lo menos voy con idea de que hay que entregar esos papeles junto a la factura u origen de la réplica a la hora de llevarla a inscribir en el libro de armas; igual me confundo
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Febrero 02, 2017, 09:49:30 pm
En Guadalajara he llevado hace tiempo a marcar 2, pistolas;  25€ del ala por réplica, me han mediodesguazado una, (de la otra sólo llevé la corredera que es ló único metálico que tiene y gracias)  y de "triptico", los cojones plin.  Éso sí, me pidieron poco menos que la partida de nacimiento mía y de las cacharras, y poco menos que operando como si te hicieran un favor. >:(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jackbirras en Febrero 09, 2017, 12:33:31 pm
En Azuqueca de Henares (Guadalajara)

Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sarge en Febrero 09, 2017, 04:29:39 pm
Recientemente me he mudado a Barañain (Navarra) y en el ayuntamiento me dicen que solamente puedo registrar 3 réplicas.. La tarjeta es de 6 pero me dice el cabo que me ha atendido que ha sido una orden del jefe de policía porque: con 3 ya tenéis suficientes armas y no podéis tener más....

Es esto legal? Le he comentado que son réplicas de airsoft no la tipica carabina gamo,y que lo consultará.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Febrero 09, 2017, 06:48:26 pm
Pues sí... Sin entrar en la complejidad de que sea delegable hasta ese punto una atribución que la ley otorga sin lugar a dudas a la persona del sr. alcalde (y no al Ayuntamiento, etc.) pueden perfectamente limitar el número de armas de 4ª categoría inscribibles en la tarjeta de armas por debajo del máximo que permite el RAE, y también acortar la validez de las mismas. en mi pueblo les dío la tontería de hacerlas caducar a los dos años, incluso la de las armas de 4ª tipo "B" que se supone que son permanentes ::) .

Lo que no quita que legalmente puedas tener cuantas te dé la gana en tu casa, si se mete en éso el jefe de policía o el alcade prevarica por extralimitarse en sus funciones, pero al no estar amparadas por tarjeta, de sacarlas de paseo nada. :-(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: cue en Febrero 09, 2017, 07:29:15 pm
Es una de las pocas cosas que especifica en el código.
Legalmente pueden reducir el máximo de 6, no ampliarlas.


Peroooo hay un resquicio legal, que es registrar  3 a tu nombre, 3 al de tu hermano, tres al de tu madre... y sacarlas con un documento de cesión temporal, hábil para 15 días.
Totalmente legal, les guste o no   ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Febrero 09, 2017, 08:01:41 pm
Es una de las pocas cosas que especifica en el código.
Legalmente pueden reducir el máximo de 6, no ampliarlas.


Peroooo hay un resquicio legal, que es registrar  3 a tu nombre, 3 al de tu hermano, tres al de tu madre... y sacarlas con un documento de cesión temporal, hábil para 15 días.
Totalmente legal, les guste o no   ;D

Ya te digo...Nada más que imprimir un taco de autorizaciones dejando la fecha en blanco. >:D >:D >:D ;D ;D ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Sarge en Febrero 09, 2017, 11:29:22 pm
Ah genial
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dwosky en Marzo 03, 2017, 12:48:41 pm
Una duda sobre la compra/venta. Si compro una réplica registrada previamente, ¿estoy en la obligación de registrarla a mi nombre o si no la voy a sacar de casa la puedo dejar sin papeles?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: staur0s en Marzo 04, 2017, 10:59:20 am
Hombre... "teoricamente" las replicas deben estar registradas a su propietario, pero si no las vas a sacar de casa.... bufff cuantas habrá en las casas sin registrar, seguro que más de un 90%
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Marzo 04, 2017, 01:28:10 pm
Reglamente de Armas en mano, no hay obligación de incluirlas en tarjeta de armas pero sí la hay -como en cualquier tipo de adquisición o transmisión de propiedad de armas de 4ª categoría incluidas ALD- notificar con pelos y señales al ayuntamiento y la intervención de armas de la GC correspondientes la adquisición de la misma. :=

Cita de: Reglamente de Armas art. 54
3. Las armas de la categoría 4 se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro  trámite  que  la  declaración  de  la  venta,  la  clase  de  armas  y  los  datos  de identidad del  adquirente  al  Alcalde  del  municipio  de  la  residencia  de  éste  y  a  la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

No recuerdo el texto exacto de legislación nacional donde lo leí en su momento, pero en principio la falta de este acto -mencionaban expresamente armas de aire comprido pero sería asimilable a ALD- estaría considerada como una infracción leve a efectos de documentar una enajenación/transmisión etc de un arma y me suena que le adjudicaban la sanción mínima, de 300€, y -no tengo la certeza en este caso, en cualquier otro tipo de cacharras y niveles de sanción sí- la incautación del arma.

¿Que no lo hace ni el gato, mayormente porque nadie se molesta en perseguirlo? Seguramente...

Tampoco se molestaron nada en describir el procedimiento de notificación, por lo que habría que estudiarse el tema de relaciones con la administración que le toque a cada uno en su zona...  :-\

Se supone en compra a nuevo que la venta debería quedar registrada en el establecimiento y éste mismo pondría los datos a disposición de la G.C. (pero de hacerlo si lo hacen, a saber en que I.A.). Ésto en principio sería obligación de ellos, pero no cubre la nuestra como adquirientes/propietarios. En caso de dotarla de tarjeta de armas, el ayuntamiento -que ya cuenta por notificado- remite la copia correspondiente del tríptico de la tarjeta a la I.A. a la que esté adscrito el municipio (en princio la correcta).

De momento la única vez que me ví en un caso así, maniático que es uno, sólo llegue a "cubrirme las espaldas" con mi ayuntamiento, a falta de ver si valía con la IA de mi zona, presentando un escrito dirigido al sr alcalde, con copia para conservar en poder de uno sellada en admisión/secretaría, en el que comunicaba la adquisición en virtud del art. 54 del R.A.E. (lo citaba en el escrito, "fundamentos de derecho", toda esa parafernalia que les mola), describiendo el arma y las circunstancias (quien qué cómo y cuando) en las que había llegado a mi propiedad. Por si lo de decírselo en el bar delante de testigos se lo llevaba el aire (método muy popular aquí ;D ;D ;D )

A falta de prodecimiento específico de comunicación debería bastar  ???, pues es una prueba de que se ha comunicado el acto por escrito "de forma fehaciente" que lo llaman, como se haría para cualquier otra gestión en general con mi ayuntamiento en particular

Para la I.A. de turno debería bastar también... :-X

 ...Pero no llegué a comprobarlo porque luego caí en la cuenta de que en mi ayuntamiento en particular resultaba más sencillo (y gratis, al menos en lo concerniente al ayuntamiento >:D) convencer a un familiar directo con derechos para que se sacase la tarjetita "tipo A" de marras y registrarla en ella a su nombre, imprimirse un taco de autorizaciones de cesión de armas a falta de rellenar la firma y fecha oportuna (y otro "pequeño detalle por si las moscas" que debo reservarme), y así solucionar una serie de escollos legales de un plumazo, empezando por ampliar el "parque móvil de ALD tipo A" disponible en cualquier momento.  ;)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: R.p.cLiu en Marzo 29, 2017, 03:56:36 pm
Hola buenas .


Soy de Madrid acabo de empezar en esto , donde tengo que acudir y con que documentos para registrarme ? Tengo un rifle y una pistola. Gracias
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Marzo 29, 2017, 04:04:38 pm
Hola buenas .

Soy de Madrid acabo de empezar en esto , donde tengo que acudir y con que documentos para registrarme ? Tengo un rifle y una pistola. Gracias

Madrid capital? O vives en la Comunidad de Madrid?
De igual manera, lo mejor que puedes hacer es acercarte una mañana a tu ayuntamiento y preguntar por los requisitos que te pidan. Cada ayuntamiento pone los requisitos que "cree convenientes", así que no te podemos decir nada del estilo: "en el mío me pidieron X y en el de mi primo que vive en otro pueblo le pidieron Y".
Te acercas, preguntas por lo que necesitas para registrar "armas lúdico-deportivas de cuarta categoría" y te dirán qué papeles/documentos/tasas/etc. tienes que presentar/pagar.
Un saludo.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: redskull en Marzo 31, 2017, 11:05:18 pm
Alguien de Alcalá de Henares que las tenga registradas me pueda contar su experiencia
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: polllilllo en Abril 04, 2017, 03:59:00 pm
Hola a todos, soy nuevo en esto y antes de comprarme mi primera réplica, como me gustaría tener todo legal, quiero informarme del proceso que tengo que llevar acabo. Y mi pregunta es que si yo estando estudiando y viviendo en Madrid capital, pero no estando empadronado aquí; debería sacarme la licencia en mi ayuntamiento de origen o aquí? Un saludo y gracias de antemano
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tetekiller en Abril 07, 2017, 12:57:18 pm
Buenos días:

Un sniper accionado por muelle como un Jing Gong bar 10 o un marui VSR ¿En qué grupo de la cuarta categoría se inscribiría?  ¿En la A o en la B?


Un saludo
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Abril 07, 2017, 01:17:38 pm
Buenas

Creo que la diferencia entre el grupo A y el B es el modo de disparo. Grupo A para semiautomaticas / automaticas (Todas las AEG, pistolas de gas / CO2 / electricas) y grupo B para las de accion manual o repetidoras, que obligan a hacer "algo" antes de cada disparo (pistolas de muelle, snipers y escopetas)

Un saludo
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DaniDK en Abril 07, 2017, 01:27:27 pm
Un sniper accionado por muelle como un Jing Gong bar 10 o un marui VSR ¿En qué grupo de la cuarta categoría se inscribiría?  ¿En la A o en la B?

Teóricamente en la B. Pero la respuesta correcta es: "según interprete tu ayuntamiento qué es categoría A y qué es categoría B".
Es decir, pregunta en tu ayuntamiento qué es lo que hace considerar una réplica en la categoría B, no vaya a ser que te pase como a un compañero hace no mucho que le dijeron que su escopeta de muelle sólo se la admitían en la categoría A.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: K6 en Abril 07, 2017, 02:09:55 pm
Es decir, pregunta en tu ayuntamiento qué es lo que hace considerar una réplica en la categoría B, no vaya a ser que te pase como a un compañero hace no mucho que le dijeron que su escopeta de muelle sólo se la admitían en la categoría A.

En ese caso de abuso supongo que siempre quedaría la opción de dirigir una consulta a la ICAE con pelos y señales sobre la réplica en cuestión, y acompañar la previsible respuesta favorable a la solicitud de registro en el ayuntamiento. Si aún con éso siguieran manteniendo su postura -que lo dudo- se pueden buscar un lío, no son en absoluto competentes en materia de catalogación de armas y llegado el caso se les puede recordar sutilmente.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tetekiller en Abril 07, 2017, 05:48:04 pm
Gracias por la respuestas.  Yo también creo que pertenece a la B. Pero al poder utilizar cargadores de 10 a 30 bolas por aquí puede venir la confusión.    Por eso si alguien tiene un sniper registrado, a ver cómo le ha ido.

Saludos
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Bullfrog en Junio 21, 2017, 02:10:24 pm
Tras un mes esperando para recoger la tarjeta (en el ayuntamiento de Ciempozuelos madrid), mi sorpresa cuando al ir a por ella me dicen qw es que han rechazado mi solicitud por que mis números de armero están mal.

Según ellos tienen que llevar un número de armero así: 0000-as-xxxx-a-0000
Yo les he dicho que no había visto ese formato en mi vida y que mis armas están marcadas en una armería acreditada y les enseño los papeles de los marcajes. El funcionario muy español él, me dice que el de papeles no entiende (flipa!) que lo que pone en el papel un le dan es lo que es.

A alguien más le ha pasado algo parecido mi abogado me dice que lo único que me queda es denunciar por procedimiento indebido al ayuntamiento.

Por si a alguien le sirve para el futuroxD
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: jorjus29 en Julio 14, 2017, 04:09:52 pm
Buenas compañeros, comparto para Alcalá de henares lo que me dijeron esta mañana.

Documentación necesaria:
1 - Solicitud de Registro (una por replica)
2 - Fotocopia DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
3 - Psicotecnico (Validez 3 meses)
4 - Certificado de Antecedentes Penales (Validez 6 meses) Aqui (https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-antecedentes#_ga=2.189585963.121822923.1500028266-1411436958.1500028266) Precio 3,78€
5 - Factura, Albaran o Declaracion jurada con las caracteristicas del Arma (calibre, marca, modelo, categoria, numero de serie)
6- Abono de tasas 008 Aqui (https://sede.ayto-alcaladehenares.es/portalAlcala/sede/se_contenedor2.jsp?seccion=s_ftra_d4_v1.jsp&contenido=15671&tipo=4&nivel=1400&layout=se_contenedor2.jsp&codResi=1&language=es) Precio 12,95€ por replica

Si eres activo de fuerzas y cuerpos de seguridad de las fuerzas armadas te ahorras el requisito 2 y 3.

Una vez tenemos todo lo anterior y las tasas bien pagadas, hay que ir a la comisaria a intervencion de armas y llevar las replicas correspondientes a las solicitudes. Una vez revisado todo por parte de la Guardia civil, la administración cursara la solicitud de la tarjeta de armas con dichas replicas y Palabras textuales: "cuando el alcalde lo firme, se te comunicara para que vengas a por la tarjeta".
ya tendremos nuestras replicas registradas a nuestro nombre en nuestra tarjeta de armas.

Nota: No hago referencia al numero de armero porque según el Guardia civil y la mujer de la administración no es necesario, por mas hincapie en ello su respuesta es la misma.
En el caso de una factura o albarán viene el numero de serie o referencia de dicha replica por lo que no es necesario numero de armero (según ellos) y en el caso de una declaración jurada, con especificar en esa declaración todas las numeraciones o marcajes de nuestra replica me han comunicado que es suficiente (tambien segun ellos).
De todas formas esto también depende de la interpretación que el agente quiera realizar si algun dia nos parasen.




(https://s23.postimg.org/5rhxb7kfb/Requisitos.jpg) (https://postimg.org/image/5rhxb7kfb/)

(https://s23.postimg.org/i7en4ydrb/Solicitud.jpg) (https://postimg.org/image/i7en4ydrb/)

(https://s18.postimg.org/gjmfgjtv9/Tasa_Ayuntamiento_Alcala_de_Henares.png) (https://postimg.org/image/gjmfgjtv9/)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: HK.Ruso en Julio 22, 2017, 12:29:17 pm
Si algún día te paran te aseguro que ningún agente va a proceder a denunciarte por que tengas una tarjeta que la autoridad competente de tu municipio te haya expedido y que dicho agente "interprete" que no está correcta. Más que nada porque no es su competencia y porque tú demuestras buena fé al haber cumplido con tus obligaciones y los requisitos que tu autoridad municipal te solicita. Si esa tarjeta es acorde con o irregular eso ya no es tu problema y obviamente es problema del que las expide.

Pero vamos, te han dicho bien en cuanto a los números de serie y es correcto el razonamiento. Las ALDs que se distribuyen para venta en este país DEBEN llevar un número de distribuidor y es completamente válido para el registro. Que ayuntamientos o autoridades competentes pidan número de armero cuando existe uno de distribuidor válido es absurdo e irregular. El número de armero debe colocarse cuando no exista un número de serie/distribuidor en el arma. El caso por ejemplo de ALDs compradas fuera del país.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: rodri1601 en Septiembre 12, 2017, 03:08:01 pm
y siendo menor de edad (16 años) la puedo registrar a mi nombre?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Tisor en Septiembre 12, 2017, 11:59:53 pm
y siendo menor de edad (16 años) la puedo registrar a mi nombre?

Con 16 años si puedes.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 01:32:50 pm
 pagar casi 9 € por llevar las réplicas y poder jugar >:( vamos yo no suelto un duro mas....... bastante me están robando a mí  por todas partes para encima tener que pagar mas por divertirme....
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Abel789 en Septiembre 23, 2017, 01:36:55 pm
pagar casi 9 € por llevar las réplicas y poder jugar >:( vamos yo no suelto un duro mas....... bastante me están robando a mí  por todas partes para encima tener que pagar mas por divertirme....

Bueno, pues cuando te la quiten y tengas que pagar 300 euros por cada réplica decomisada ya me cuentas :)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 01:39:22 pm
Vamos ni se les ocurra tocarme ninguna si tienen  huevos que me las quiten.... estoy aburrido con tantas leyes abusivas  >:( >:( >:(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dorian en Septiembre 23, 2017, 01:48:35 pm
Vamos ni se les ocurra tocarme ninguna si tienen  huevos que me las quiten.... estoy aburrido con tantas leyes abusivas  >:( >:( >:(

No es abusiva si te cobran 9€, que un servidor paga 15 por cada una. Esto es una cuestión de hacer las cosas bien, legalmente son armas, y somos todos adultos.
No hagamos el imbécil que no está el tema como para llevar las réplicas sin registrar
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 02:00:24 pm
Ya bueno  pero son 15euros de uno...  29 de otros 8  a otro tanto el caso que por todas partes este maldito país el caso es robar.... y eso de que legalmente son armas.... o sea la legalidad que a ellos les conviene como siempre, porque llamar a las réplicas armas lo veo ridículo, acaso sirven para matar a alguien??? Y además que las llaman armas de fuego.... dónde está la pólvora de la munición  para hacer el fuego..... bueno si algún día salgo en las noticias ya sabéis :!
 pero a mí un picoleto no me toca más los huevos >:( estoy harto que me quieran sacar dinero por todas partes.
Suerte  8)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Abel789 en Septiembre 23, 2017, 02:26:20 pm
Bueno, ya verás si te las requisan o no xDDDDD.

Las leyes son las leyes y tienes que acatarlas, aquí no se puede debatir nada si son justas o no pues al agente poco le importa, el cumple su trabajo y punto por mucha milonga que le cuentes.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 02:37:28 pm
No si yo intento convencer a nadie simplemente estoy aburrido de las leyes abusivas de este país.... y por mucho que cumpla su trabajo...  si me quiere quitar la réplica se la va a llevar pero se la traga... estoy muy cansado que por todas partes me den por el *****.....
Saludos
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 02:40:11 pm
Las leyes están hechas por tres hijos de p*** para que la cumplamos 20000 desgraciados   >:(
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Abel789 en Septiembre 23, 2017, 03:02:56 pm
Te veo acabando muy mal... Y lo peor es que luego nos tacharán a todos de violentos.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: lobo gris en Septiembre 23, 2017, 03:10:51 pm
Bueno ya estas alturas de la vida me da igual acabar mal....... y no tiene porqué ser que a todos les digan que vais a ser iguales.... porque haya terrorismo islámico no todos los moros son iguales.....  :=
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dorian en Septiembre 23, 2017, 03:54:07 pm
Bueno ya estas alturas de la vida me da igual acabar mal....... y no tiene porqué ser que a todos les digan que vais a ser iguales.... porque haya terrorismo islámico no todos los moros son iguales.....  :=

No es acabar igual, es que luego nos joden a todos
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dorian en Septiembre 23, 2017, 03:56:15 pm
Las leyes están hechas por tres hijos de p*** para que la cumplamos 20000 desgraciados   >:(

Es muy diferente tener una ley que te obligue a pintar tu réplica como un cono de tráfico a tener que pagar 9€ (lo mismo que ir al cine 1 día) para registrarla y que cuando pase lo que sea (robo, pérdida, que la GC te abra el maletero o la sra de la limpieza se la encuentre y se acojone) no tengas tantos problemas.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pelli en Septiembre 27, 2017, 09:26:55 pm
Lo puedes ver por el lado del puro pragmatismo. El día que te requisen la réplica y te pongan una multa que, de esa sí, te puedo asegurar que no podrás pasar de pagarla, pensarás: si hubiera pagado las tasas en su día, ahora me ahorraría los cientos de euros de multa.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Septiembre 27, 2017, 11:23:19 pm
Y ademas te toca registrar las replicas si una vez incautadas las quieres recuperar...asi que ademas de pagar la multa te arriesgas a quedarte sin ellas...y no son precisamente baratas.

A mi me parece que siendo lo que son (clones indistinguibles a simple vista de armas de fuego) el tema de registrarlas es algo que hay que hacer...que es un coñazo burocratico, si. Que te sacan pasta en tasas y demas, tambien.

Pero yo me quedo tranquilo...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Dwosky en Diciembre 27, 2017, 09:01:09 am
Una dudilla, a la hora de vender la réplica registrada entiendo que hay que dar de baja la licencia. ¿Sabéis a dónde hay que acudir para dicho trámite y qué se necesita? Gracias.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Fitorg98 en Enero 03, 2018, 07:40:53 pm
Hola buenas, tengo una duda,mi primo me vendido su replica,que debo de presentar para poder registrarla.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: staur0s en Enero 03, 2018, 08:11:45 pm
Lo mejor es que vayais a vuestro ayuntamiento y os informeis de lo "que ellos piden", porque cada uno es un mundo.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: courier en Enero 03, 2018, 08:27:06 pm
A parte del Armero de Parla, algún sitio mas cerca del centro de Madrid que no cobren una burrada por ponerles el número de serie?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Enero 03, 2018, 10:34:48 pm
Si lo llevas a Tactical Center creo que son 10 o 15 euros el grabarlas.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: courier en Enero 23, 2018, 11:46:21 pm
Si lo llevas a Tactical Center creo que son 10 o 15 euros el grabarlas.
son 15 euros y lo hacen a pantografo (creo que  lo llevan a la de parla que son 9) El mas cercano que he visto aparte de la tienda de moncloa que lo hacen a base de golpe por 30 euros es replicant, que por 18 lo hacen a laser que es de agradecer
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TheRuiz en Enero 24, 2018, 08:50:35 pm
Yo tengo una duda, aquí en mi pueblo piden fotocopia de DNI y eso... Me piden también la factura de compra, ahora bien: la replica fue un regalo adquirido desde Safara Softair, por tanto en la factura no aparece mi nombre si no de la persona que la compró, en este caso mi novia. ¿Igualmente se podría registrar a mi nombre o debería hacer alguna otra cosa? Si alguien me puede ayudar se lo agradeceria.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Enero 24, 2018, 09:22:04 pm
A mi me paso exactamente eso...

La solucion es hacer un contrato de compra venta, como si te la hubiera vendido tu novia.

Un saludo
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TheRuiz en Enero 24, 2018, 09:25:56 pm
Muchas gracias compañero, un saludo ;) ;)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: staur0s en Enero 24, 2018, 10:11:28 pm
O hacer una declaración jurada...

Algo así (que te pueda servir de guía en tu documento)

---------------------
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PROPIEDAD DE ARMA


D/Dª ………………………………………………………………………………………..,
Natural de ………………………………………………., con domicilio en….. …………………………., de ……años de edad, con DNI ………………….., teléfono Nº……….………, por el presente manifiesta:


EXPONE:

Declara bajo juramento o promesa(*) que es propietario del arma lúdico-deportiva que se relaciona.
Que la adquirió en su día por medio de ……………………………………………………....……………..
Que actualmente no posee, por haber extraviado, la factura ni documento alguno que acredite la propiedad de la misma.

Marca: ............................. .., Modelo: ............................. .....,

Número de serie: ............................. .........., Calibre: ...........


Para que así conste, firmo este documento en ……………...………. , a ….... de ……..……….. de 201….

El/la Solicitante






Fdo………………………..…………………….



(*) De conformidad con lo establecido en el art. 395 de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, “el que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado I del art. 390, será castigado con al pena de prisión de seis meses a dos años”.


---------------------------------------------------------------------------------

Está sacado de: https://blackwasprecon.jimdo.com/descarga-de-documentos/


Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: TheRuiz en Enero 26, 2018, 12:18:51 am
Muchas gracias amigo, ¿esto seria equivalente a la factura no?
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Abel789 en Enero 26, 2018, 12:40:11 am
Pregunta porque en algunos sitios como el mio no admiten nada de eso, la factura tiene que estar por huevos.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gazspain en Mayo 31, 2018, 10:53:00 am
He abierto un hilo para explicar el procedimiento para registrar réplicas en Alcorcón, ruego al  OP que lo adjunte en su post:

http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=84554.0 (http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=84554.0)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Pepin en Agosto 28, 2018, 02:01:02 am
He estado leyendo y Sobre lo que cuesta y requisitos que piden en Alcobendas(leído de un mensaje escrito en 2016 en este tema) Es que tenía unas tasas de 28€/réplica.

Habiendo pasado 2 años ,siendo novato(no tengo ni réplica julio) y ahora mismo me encuentro de vacaciones..alguien que haya registrado una réplica recientemente?

Me valdrían datos de San Sebastián de los reyes ya que llevo poco tiempo en Madrid y aún me tengo que empadronar y me la.sopla bastante donde hacerlo.

Mil gracias de antemano.

Pepín.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: nexoon en Agosto 29, 2018, 11:13:44 am
Que locuras os piden para registro.

En mi pueblo, Agost (Alicante) piden esto :

(https://s15.postimg.cc/bvn3rg253/4656e711-1e92-482e-8f28-3cfa7ecad030.jpg) (https://postimg.cc/image/bvn3rg253/)
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: caad9 en Septiembre 23, 2018, 12:44:48 pm
Buenas tardes Caballeros!!

Después de un tiempo fuera del hobby, vuelvo a este para ver si alguien puede alumbrarme algo sobre los pasos y documentación para la legalización de nuestras éplicas en Murcia actualmente.

La tengo marcada por una armería oficial, con un número de serie y documentación, pero deje pasar el tiempo (unos dos años), y ni me hice el examen médico que exigían ni lleve nada a la guardia civil.

Muchas gracias por vuestras respuestas.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Rammstein en Octubre 03, 2018, 04:07:11 pm
Actualizo las condiciones para obtener la tarjeta, en el lugar donde resido (Arroyomolinos), ya que cambiaron a algo mas logico y accesible. Asi estan a octubre de 2018:

- Fotocopia del D.N.I.
- Certificado de antecedentes penales
- Replicas con numero de armero
- Factura si es nueva, contrato C/V si es de segunda mano
- Pago de tasas por expedicion de documentos (50€)

Se presentan las replicas en la comisaria de P.L. y comprueban los numeros. Ellos mismos rellenan las solicitudes. Una vez esta hecho todo se procede al pago de las tasas y en un plazo de 2/3 dias, llama  para recogerlas.

No hay que llevar los cartones, los ponen ellos. Nada que ver con lo que solicitaban antes.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DesertFire en Octubre 22, 2018, 03:23:54 pm
El Molar:

En enero de 2017. Fue cuando registré la mía.

Que hace falta:
* Llevas la factura de compra original y copia. Se quedan la copia
* Llevas DNI original y copia. Se quedan la copia.

Vas con esto al ayuntamiento. Rellenas tu la tarjeta, la firmas y a los 2-3 días vuelves a por la ella sellada y firmada por la alcaldesa. No hay Policía Local, no hay que sacar la replica de casa, no hay tasas.

Precio: 0€

Desconozco el caso de segunda mano.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Ait0r en Octubre 22, 2018, 05:03:57 pm
El Molar:

En enero de 2017. Fue cuando registré la mía.

Que hace falta:
* Llevas la factura de compra original y copia. Se quedan la copia
* Llevas DNI original y copia. Se quedan la copia.

Vas con esto al ayuntamiento. Rellenas tu la tarjeta, la firmas y a los 2-3 días vuelves a por la ella sellada y firmada por la alcaldesa. No hay Policía Local, no hay que sacar la replica de casa, no hay tasas.

Precio: 0€

Desconozco el caso de segunda mano.

Hola, sabes si es necesario estar empadronado?? En mi municipio no se puede registrar y este me pilla relativamente cerca.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: DesertFire en Octubre 23, 2018, 08:20:10 am
Entiendo que si. No pongo como requisito el volante de empadronamiento, porque lo miran ellos directamente en el padrón.

Ármate con paciencia y llama: 918410009. Son dos personas que cogen el teléfono, pero también atienden al publico. Y si una no está, imagínate. Por eso lo de la paciencia.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pewpewseon en Marzo 04, 2019, 03:38:13 pm
UP alguien de Parla que haya registrado recientemente réplicas?

Gracias de antemano.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: manny en Marzo 11, 2019, 03:58:03 pm
Buenas tardes Caballeros!!

Después de un tiempo fuera del hobby, vuelvo a este para ver si alguien puede alumbrarme algo sobre los pasos y documentación para la legalización de nuestras éplicas en Murcia actualmente.

La tengo marcada por una armería oficial, con un número de serie y documentación, pero deje pasar el tiempo (unos dos años), y ni me hice el examen médico que exigían ni lleve nada a la guardia civil.

Muchas gracias por vuestras respuestas.

Pues te piden en la policia local las facturas de la replicas una vez troqueladas(es decir los papeles que te dieron cuando el armero las registro)el examen medico,documento de penales(pero te lo hacen ellos)y ya evidentemente tu DNI ,tienes que personificarte con las replicas para que ellos constaten que no son reales ni pueden ser modificadas y creo que no se me escapa nada mas
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: atreides84 en Abril 10, 2019, 06:36:48 pm
Actualizo para Arroyomolinos (Madrid) a fecha Abril de 2019 me han pedido lo siguiente:


Hay que hacerlo en la comisaria de la policia minicipal.

Saludos,
David
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Abril 10, 2019, 06:41:49 pm
Cada dia tengo mas claro que ser airsofter en madrid capital es ser el tontico al que le sacan la pasta

Estan caras las casas en Arroyomolinos?  ;D ;D ;D ;D ;D
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: atreides84 en Abril 10, 2019, 07:17:52 pm
No xd, pero tampoco baratas. Es la leche, 50€ por replica....te ahorras el psicotecnico pero vaya tela
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: yagermeister en Abril 10, 2019, 07:46:04 pm
Menuda suerte tengo que no tengo que pagar nada por las tarjetas.

Aqui cambia mucho dependiendo del municipio. En Cabranes te lo hacen todo ellos, solo tienes que enviar foto del numero de serie, copia de la factura de compra o contrato de compraventa y permiso para acceder a antecedentes policiales y penales. En Nava a pagar 37 euros por cada una y hacerlo tu casi todo...

En fin algo de homogeneidad en el proceso sería muy bueno
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Gonza en Abril 10, 2019, 07:54:37 pm
Por eso estamos todos deseando que tome competencias la GC, que se normalice...que no sea un mamoneo burocratico random

Aunque, debido al spanish way of life fuck...quizas nos arrepintamos
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pmarley en Abril 24, 2019, 01:02:10 am
en rivas seguimos siendo de los unicos municipio que no se pueden registrar replicas, estaba mirando para poder registrarla en algún otro municipio cercano, pero es IMPOSIBLE debes estar empadronado. En resumen las replicas desde que las compré sin poder utilizarlas...
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: pinilla1988 en Junio 17, 2019, 02:44:44 pm
buenas despues de muchos años.

pongo el procedimiento para registrarlas en ARANJUEZ.

1º registro de antecedentes obtenido bien por internet o bien presentandote con el formulario rellenado y la tasa pagada en la calle bolsa nº8 de madrid con cita previa. 3.70€
2º obtencion del psicotécnico para armas 40€
3º tríptico amarillo que te entregan con la compra del arma.
4º díptico blanco que te entregan con la compra del arma.
5º instrucciones/despiece del arma a reglar (las e bajado de internet).
6º factura de compra o declaración jurada
7º formulario del ayuntamiento para obtención de la tarjeta de armas. https://www.aranjuez.es/images/files/oac_solicitudes/10.01.02.pdf

procedimiento:

vas a la sede del ayuntamiento en la calle stuart 79  con todo lo anterior (antecedentes,psicotécnico,tríptico y díptico,instrucciones, factura o declaración y el formulario rellenado.
puedes registrar hasta 6 replicas a la vez para no tener que volver a llevar un tríptico nuevo cada vez que tengas que registrar una nueva. eso si SOLO SE PERMITEN 6 ARMAS POR CABEZA.
entregas los documento y en una semana o dos te llamaran de la policía local para que pases por la comisaria para recoger la tarjeta.

yo las e podido registrar con el numero de serie que traen de fabrica de hace 5 años.
no cuesta nada registrar las armas,  NI UN EURO.
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Grauone en Junio 25, 2019, 11:14:29 am
Muy buenas.
EN MADRID
son 3 armas.
Al rellenar la autoliquidacion de las tarjetas de armas, tengo que indicar el numero del arma por la que pago esa tasa? o simplemente hago 3 autoliquidaciones simplemente indicando que es por la tarjeta de armas??
Título: Re:procedimiento para registro de replicas según municipio
Publicado por: Chaiñas78 en Octubre 15, 2019, 07:22:21 pm
Hola! Para Ourense/Ourense:
(https://i.postimg.cc/ZWRMLsRc/Screenshot-20191015-191840.jpg) (https://postimg.cc/ZWRMLsRc).