Autor Tema: procedimiento para registro de replicas según municipio  (Leído 303022 veces)

Desconectado panzer2

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #195 en: Marzo 13, 2013, 09:25:23 am »
Las armas de fuego vamos a dejarlas a un lado que ultimamente tendemos mucho a buscar similitudes y pocas hay...de entrada una arma de fuego no se puede prestar ni alguilar a nadie que no tenga la correspondiente licencia, por lo tanto ha de reunir todos y cada uno de los requisitos necesarios para poseer un arma...cosa que al parecer en 4ª categoría no se tiene en cuenta.

Como bien dice Yogui, las armas de fuego son otra historia para prestarlas o cederlas......

Artículo 91. Cesión temporal de armas.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

Pero las de 4ª puede hacerse sin mas requisitos que la autorización de la persona física......
07/07/1998.- Dirección General de la Guardia Civil.
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.
2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa, y que cumplan las condiciones subjetivas expresadas en el artículo 104 del Reglamento de Arms y en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).

Desconectado zeig

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #196 en: Marzo 13, 2013, 05:20:48 pm »
Te repites más que el chorizo, hijomido.

Desconectado Yogui

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #197 en: Marzo 13, 2013, 11:18:48 pm »
Las armas de fuego vamos a dejarlas a un lado que ultimamente tendemos mucho a buscar similitudes y pocas hay...de entrada una arma de fuego no se puede prestar ni alguilar a nadie que no tenga la correspondiente licencia, por lo tanto ha de reunir todos y cada uno de los requisitos necesarios para poseer un arma...cosa que al parecer en 4ª categoría no se tiene en cuenta.

Como bien dice Yogui, las armas de fuego son otra historia para prestarlas o cederlas......

Artículo 91. Cesión temporal de armas.
1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

Pero las de 4ª puede hacerse sin mas requisitos que la autorización de la persona física......
07/07/1998.- Dirección General de la Guardia Civil.
1.- Las Tarjetas de Armas que se expiden por los Ayuntamientos, pueden hacerse a nombre de personas jurídicas o empresas, ya que no existe ningún inconveniente en que los propietarios de las armas de aire comprimido sean personas jurídicas, que las presten, alquilen o faciliten a los usuarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.2 del Reglamento de Armas.
2.- En este caso podrán utilizar dicha Tarjeta todas aquellas personas a las que autorice el representante de la persona jurídica o empresa, y que cumplan las condiciones subjetivas expresadas en el artículo 104 del Reglamento de Arms y en el caso de Tarjetas a, más de 14 años de edad).

El punto 2 si te fijas hace referencia al 104 (105 en el caso de 4ª categoría). Los requisitos que te pongo en rojo entiendo que son los que debiera de cumplir cualquiera que vaya a coger prestada o alquilada una ALD, es decir hay que ser mayor de 14 años y no tener antecedentes...cosa lógica porque sino todos los delincuentes podrían tener ALD a nombre de sus mamas.

ARTICULO 105. Tarjetas
1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4. fuera del domicilio habrán de estar
documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los
municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración
de la conducta y antecedentes de los mismos
. Su validez quedará limitada a los respectivos
términos municipales.
2. Las armas incluidas en la categoría 4., 2, se pueden documentar en número ilimitado
con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4., 1,
solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que
puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las
circunstancias locales y personales que concurran.
4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad,
a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes
en vigor.
5. La tarjeta de armas se expedirá en impreso, que confeccionará la Dirección General de
la Guardia Civil.
En cada impreso se podrán reseñar hasta seis armas. Cuando se trate de tarjetas B y el
número de armas exceda de seis, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta.
6. Del impreso se destinará un ejemplar al interesado; el segundo será remitido por la
Alcaldía a la Intervención de Armas.
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Desconectado Fenrir69

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #198 en: Marzo 21, 2013, 11:58:19 am »
Creo que ya está puesto, pero os cuento al detalle mi odisea al registrarlo, para que no os pase a los demás...

Madrid Capital, concretamente distrito Fuencarral (junto a La Vaguada)

> Por CADA RÉPLICA se necesita:

- TASA por trámites administrativos: 20'75€. Se descarga desde la pagina de munimadrid y se imprime las veces que haga falta. OJO! Cada impreso viene por CUADRUPLICADO, y si teneis que hacer varios, HAY QUE CERRAR EL DOCUMENTO Y VOLVER A ABRIRLO, para que genere un identificador nuevo cada vez. Si no, solo os dejará pagar una vez, y rellenar a mano 4 hojas por cada replica....  :-\ :-\
- SOLICITUD: te la dan en el momento y se rellena, por DUPLICADO y POR CADA RÉPLICA.

- FOTOCOPIA DE TODO: factura, DNI, documentación con el nº de serie troquelado, certificado de penales, test psicofisico... Si presentas el original, ellos te las compulsan (yo he entregado el de penales y el psicofisico originales)

En fin, que no pueden hacerlo peor y mas dificil. La persona que me ha atendido ha sido muy amable, pero no tenía ni pajolera idea de qué tenía que hacer, ni con la documentación ni con las tarjetas ni nada... Solo espero que no me hagan repetir nada......  :( :( :(

Un saludo
Recuerda coger la réplica con el agujero pa'lante......

Desconectado Nelo

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #199 en: Marzo 21, 2013, 12:09:33 pm »
y recordad que maximo 6 ALD por persona.

Desconectado Fenrir69

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #200 en: Marzo 21, 2013, 12:24:33 pm »
y recordad que maximo 6 ALD por persona.

Eso!  ;) ;)
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Desconectado juanitv

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #201 en: Marzo 21, 2013, 12:33:42 pm »
Y los que no tengais factura, al llevar el documento del armero no os hace falta (En el Ayto. de Madrid).

Ayer recogí mis tarjetas, entregué la solicitud el 18-02 en la Junta de Distrito; las tarjetas tienen fecha de concesión del 27-02 y me llamaron el viernes 15-03 para ir a recogerlas en la Calle Albarracín, 31.
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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #202 en: Marzo 21, 2013, 01:42:05 pm »
Ey, que a mí en Albarracín (para Madrid) me dijeron que con que el número de serie de la réplica fuera el mismo que el de la factura valía, nada de troquelamientos, que bastaba con eso (por si algún madrileño se quiere ahorrar el troquelado).
Ahora me dirá alguien que el número válido según el BOE tiene que ser el del troquelado del armero autorizado y yo le diré que perfecto, pero como muchos han dicho y soy de la misma opinión: me ciño a los requisitos de mi ayuntamiento que es el que compete a la hora de expedirme las tarjetas. ¿Que por lo que sea resulta que no son los adecuados? Que apechuguen ellos y por supuesto me encargaré de hacer la reclamacin pertinente para que me lo solucionen, hombre ya.
Y si no que hubieran espabilado con la OM y hubieran sentado bien las bases y actuaciones a nivel nacional para que no nos encontráramos con el desaguisado de los "reinos de taifas" en el que cada cual pide (o no) lo que le apetece.

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Desconectado Nelo

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #203 en: Marzo 21, 2013, 01:45:59 pm »
como tu numero coincida con el de algun otro que haya hecho como tu te llamaran para que vuelvas a presentar la documentacion si o si....ya ha pasado en varios municipios de la comunidad de madrid

y de reclamar olvidate, ya que el reglamente deja bien claro que el numero debe ser unico...y que sino al maestro armero...lo unico que vas a hacer es perder tiempo

Tu mismo.

Desconectado juanitv

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #204 en: Marzo 21, 2013, 03:50:21 pm »
A mi juicio, y por mi experiencia en la Administración y su funcionamiento; he preferido pagar 10€ para grabar el número se serie y quitarme de historias.

Pero vamos, creo que ya se han expuesto hasta la saciedad los argumentos con respecto a los números de serie.
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Desconectado PenetrAlex

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #205 en: Marzo 21, 2013, 05:14:15 pm »
Hola,

Ya tengo mis tarjetas de 4ª categoría (A y B). Así que actualizo mi anterior mensaje:

Municipio: Valdemoro

Url de información: http://www.valdemoro.es/contenidos/content.asp?contentid=10048&nodeid=7757

Por lo que me han contado: Imprescindible el número de serie. El procedimiento es hacer una solicitud general en el ayuntamiento, y posteriormente la policía local se pone en contacto contigo.

Cuando consiga registrar las réplicas comento todo el proceso.

IMPRESCINDIBLE:

a) Que vuestras réplicas tengan número de serie único, ya sea de fábrica o puesto por una armería autorizada. Si no es único, podríais tener problemas de duplicidades.

b) Las facturas, contratos de compra-venta, o declaraciones juradas de que habéis adquirido el arma legalmente. De algún modo hay que justificar de dónde ha salido la réplica. Sea cual sea el papel debe ir el número de serie. Si la réplica no tenía número de serie cuando la comprasteis, debéis ir a una armería autorizada para que os troquelen un número de serie único, y os darán una documentación que tendréis que aportar.

c) Las tarjetas de armas en sí mismas, os las facilitan en  Intervención Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Una vez llamé a Móstoles, me dijeron que las cobraban a 1 euro, pero posteriormente me pasé por Alcobendas (pensaba que me cobrarían), pero me la dieron gratuitamente. Hasta hace poco la propia Policía Local las aportaba, pero me dijeron que a partir de ahora, las deberemos aportar nosotros.

d) Estar empadronado y residir en Valdemoro

EL PROCESO PASO A PASO:


Primer Paso:
Hacer la solicitud por instancia general en el ayuntamiento. Es posible que en el ayuntamiento os digan que tenéis que ir primero a la policía, pero si lo hacéis, desde la policía os volverán a enviar al ayuntamiento para que hagáis la instancia. Es importante que pongáis en la instancia qué réplicas vais a meter en la tarjeta (marca, modelo, número de serie, y calibre, que en este caso será 6), y si son automáticas o no, porque si son automáticas os la meterán en el tipo A, y si no os la meterán en el tipo B, y si tenéis de ambos tipos (lo más normal, una AEG y una GBB), os harán dos tarjetas, una para tipo A y otra para tipo B. No olviéis poner el teléfono y el correo electrónico en la instancia.


Segundo Paso:
Os llamarán y os dirán que tenéis que pagar las tasas en el área económica del ayuntamiento, esto es en la calle Guardia Civil nº 25. En cada tarjeta caben hasta 6 réplicas del mismo tipo (si tenéis más de 6 os harán otra tarjeta), tendréis que pagar las tasas por cada tarjeta, ya sea porque tenéis más de 6 del mismo tipo o porque tenéis réplicas de distintos tipos. El coste de la tasa son 25 euros por tarjeta.


Tercer Paso:
Llevar a la policía local (es mejor si os citáis con ellos previamente, para que esperen vuestra llegada) toda la documentación, esto es el resguardo de pago de las tasas, las tarjetas en sí mismas, las facturas/contratos de compra-venta (con declaración jurada del vendedor particular, de que la adquirió legalmente), y en su caso, resguardo de la armería que os ha puesto un número de serie, si la réplica no tenía uno único. En este paso, también podríais llevar las réplicas para que comprueben que los números de serie corresponden a cada una de ellas.


Cuarto Paso:
Una vez firmadas por el alcalde, y rellenadas y selladas por ellos; hay que volver a la policía local a firmar las tarjetas, y entonces os darán vuestra copia (cada tarjeta es un tríptico, una para ellos, otra para la guardia civil, y la última para vosotros). Si en el paso anterior no llevasteis vuestras réplicas para que comprueben los números de serie, este sería el momento.

OBSERVACIONES:

a) Han modificado la página web del ayuntamiento, y el enlace que puse la otra vez no funciona. Para encontrar la página, lo mejor es poner "tarjeta armas" en el buscador de www.valdemoro.es

b) La tarjeta de tipo A tiene una validez de 5 años, para renovarla tendréis que hacer el proceso de forma abreviada (no creo que haya que llevar las réplicas para que comprueben los números de serie, ni las facturas otra vez), lo mejor es consultarlo eventualmente. La tarjeta de tipo B tiene una validez indefinida. Siempre que compréis o vendáis réplicas (de cualquier tipo) tendréis que repetir todo o parte del proceso para llevar la tarjeta y la réplica correspondiente en orden.

c) El transporte la réplica se debe hacer de tal forma que no sea visible (la gente se podría asustar y mal interpretar la naturaleza real de las réplicas), y que no esté preparada para el disparo (sin el cargador, en cuyo caso sin la batería). En principio no sería necesario una funda especializada siempre y cuando se cumplan estos dos requisitos (yo mis dos pistolas las llevo en una bolsa de transporte para un netbook de 10").

d) No es necesario aportar psicotécnico, ni tampoco aportar documenteción sobre los antecedentes penales, los comprueban ellos.

e) Si os paran, antes de enseñar las réplicas, advertir al agente de lo que transportáis y dadle la documentación.

PARA ACABAR:

Agradecer a la Policía Local de Valdemoro, y en especial al Sargento Aguilera por guiarme durante el trámite y solventar todas mis dudas.

Espero que toda esta parrafada que os he puesto os sirva de ayuda, aunque no sea para realizar el trámite en Valdemoro, de un ayuntamiento a otro cambia, pero suele ser bastante parecido.

Un saludo
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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #206 en: Marzo 22, 2013, 10:28:58 am »
Perdonad el doble post, pero acabo de leer una hoja que me dieron junto con las tarjetas y creo que se han equivocado al hacerme una tarjeta de tipo B para la pistola de gas, voy a consultarlo con ellos. Mientras tanto no le hagáis caso al mensaje que puse anteriormente (al menos en lo de la tarjeta de tipo B).

Un saludo
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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #207 en: Abril 02, 2013, 05:25:09 pm »
Hola, lamento que los últimos tres mensajes sean míos, no era mi intención hacer un post múltiple, pero ya lo he aclarado todo con la policía de mi pueblo (Valdemoro), así que ya puedo daros la versión definitiva del procedimiento para este municipio.

Finalmente, consultaron mi observación sobre que las semiautomáticas de gas debían estar en la categoría A, y finalmente me han dado la razón.

La clasificación de armas de 4ª categoría queda:

Tipo A: Semiautomáticas y automáticas (gas y eléctricas)
Tipo B: Tiro a tiro (resorte y aire comprimido)

Municipio: Valdemoro

IMPRESCINDIBLE:

a) Que vuestras réplicas tengan número de serie único, ya sea de fábrica o puesto por una armería autorizada (yo las marqué en la armería ibérica en Parla, www.armeriaiberica.com, mis agradecimientos al usuario "Oso" por el aporte). Si no es único, podríais tener problemas de duplicidades.

b) Las facturas, contratos de compra-venta, o declaraciones juradas de que habéis adquirido el arma legalmente. De algún modo hay que justificar de dónde ha salido la réplica. Sea cual sea el papel debe ir el número de serie. Si la réplica no tenía número de serie cuando la comprasteis, debéis ir a una armería autorizada para que os troquelen un número de serie único, y os darán una documentación que tendréis que aportar.

c) Las tarjetas de armas en sí mismas, os las facilitan en  Intervención Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Una vez llamé a Móstoles, me dijeron que las cobraban a 1 euro, pero posteriormente me pasé por Alcobendas (pensaba que me cobrarían), pero me la dieron gratuitamente. Hasta hace poco la propia Policía Local las aportaba, pero me dijeron que a partir de ahora, las deberemos aportar nosotros.

d) Estar empadronado y residir en Valdemoro

EL PROCESO PASO A PASO:


Primer Paso:
Hacer la solicitud por instancia general en el ayuntamiento. Es posible que en el ayuntamiento os digan que tenéis que ir primero a la policía, pero si lo hacéis, desde la policía os volverán a enviar al ayuntamiento para que hagáis la instancia. Es importante que pongáis en la instancia qué réplicas vais a meter en la tarjeta (marca, modelo, número de serie, y calibre, que en este caso será 6 mm), y si son automáticas/semiautomáticas o de tiro único, porque si son automáticas/semiautomáticas os la meterán en el tipo A, y si no os la meterán en el tipo B, y si tenéis de ambos tipos (esta situación se dará para los que tengan una escopeta o una "pajillera"), os harán dos tarjetas, una para tipo A y otra para tipo B. No olviéis poner el teléfono y el correo electrónico en la instancia.


Segundo Paso:
Os llamarán y os dirán que tenéis que pagar las tasas en el área económica del ayuntamiento, esto es en la calle Guardia Civil nº 25. En cada tarjeta caben hasta 6 réplicas del mismo tipo (si tenéis más de 6 os harán otra tarjeta), tendréis que pagar las tasas por cada tarjeta, ya sea porque tenéis más de 6 del mismo tipo o porque tenéis réplicas de distintos tipos. El coste de la tasa son 25 euros por tarjeta.


Tercer Paso:
Llevar a la policía local (es mejor si os citáis con ellos previamente, para que esperen vuestra llegada) toda la documentación, esto es el resguardo de pago de las tasas, las tarjetas en sí mismas, las facturas/contratos de compra-venta (con declaración jurada del vendedor particular, de que la adquirió legalmente), y en su caso, resguardo de la armería que os ha puesto un número de serie, si la réplica no tenía uno único. En este paso, también podríais llevar las réplicas para que comprueben que los números de serie corresponden a cada una de ellas.


Cuarto Paso:
Una vez firmadas por el alcalde, y rellenadas y selladas por ellos; hay que volver a la policía local a firmar las tarjetas, y entonces os darán vuestra copia (cada tarjeta es un tríptico, una para ellos, otra para la guardia civil, y la última para vosotros). Si en el paso anterior no llevasteis vuestras réplicas para que comprueben los números de serie, este sería el momento.

OBSERVACIONES:

a) Como van modificado la página web del ayuntamiento con el tiempo, lo mejor para encontrar los requisitos es usar el buscador (como hacéis aquí  ;)) de la página del ayuntamiento (www.valdemoro.es), poniendo "tarjeta armas" aparece muy rápido.

b) La tarjeta de tipo A tiene una validez de 5 años, para renovarla tendréis que hacer el proceso de forma abreviada (no creo que haya que llevar las réplicas para que comprueben los números de serie, ni las facturas otra vez), lo mejor es consultarlo eventualmente. La tarjeta de tipo B tiene una validez indefinida. Siempre que compréis o vendáis réplicas (de cualquier tipo) tendréis que repetir todo o parte del proceso para llevar la tarjeta y la réplica correspondiente en orden.

c) El transporte la réplica se debe hacer de tal forma que no sea visible (la gente se podría asustar y mal interpretar la naturaleza real de las réplicas), y que no esté preparada para el disparo (sin el cargador, en cuyo caso sin la batería). En principio no sería necesario una funda especializada siempre y cuando se cumplan estos dos requisitos (yo mis dos pistolas las llevo en una bolsa de transporte para un netbook de 10").

d) No es necesario aportar psicotécnico, ni tampoco aportar documenteción sobre los antecedentes penales, los comprueban ellos.

e) Si os paran, antes de enseñar las réplicas, advertir al agente de lo que transportáis y dadle la documentación.

PARA ACABAR:

Agradecer a la Policía Local de Valdemoro, y en especial al Sargento Aguilera por guiarme durante el trámite y solventar todas mis dudas.

Espero que toda esta parrafada que os he puesto os sirva de ayuda, aunque no sea para realizar el trámite en Valdemoro, de un ayuntamiento a otro cambia, pero suele ser bastante parecido.

Perdón de nuevo por los múltiples posts.

Un saludo
Más vale tarde que nunca...

Desconectado elacedo

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #208 en: Abril 09, 2013, 01:26:11 am »
Por si os interesa a alguien en mostoles cobran una tasa de 5,03 por tarjeta.

Desconectado CJ

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #209 en: Abril 11, 2013, 10:13:33 am »
Hola a todos, ya tengo la tarjetita de marras, han tardado casi dos meses y me han cobrado 12,02 euros por cada ADL, no se paga in situ, si no en el banco.

Comentar, para los que seáis de Barcelona, que tienen tal aluvión de peticiones que, actualmente, pueden tardar más de tres meses en gestionarlo.
bizarro, rra.  (De it. bizzarro, iracundo).    1. adj. valiente (‖ esforzado).      2. adj. Generoso, lucido, espléndido.
-R.A.E.