Miki, te lo comento en este hilo aunque tambien lo hice en el del BOE, lo leí primero 
Creo que Deybit tiene razón, con ese documento en algunos ayuntamientos puede que no te lo admitan sin factura ya que ese documento en sí no garantiza que tu seas el propietario de las marcadoras, sino que las has llevado a marcar tu. Es más el documento a mi juicio ne debiera decir "El propietario es D. XXX" sino que han efectuado un trabajo de marcaje solicitado por D. XXX
Un cacho papel medio arrugado desde luego que no es valido, pero para eso tiene la policía nacional teléfono u ordenador, para ponerse en contacto con la ICAE y verificar la información. Ya he comentado en otro sitio que lo de la factura, según palabras de un agente de la ICAE no es necesario, lo importante es que un armero la haya marcado. Se supone que es la información vertida por la ICAE, otra cosa que ni ellos se enteren. Como comprenderéis, existen miles de replicas sin factura. Mas que nada porque cuando las compramos no era requisito legal tener guardado esa factura. Seria algo contra ley, es de cajón.
te lo pongo aqui

, diox, que rollo tener la información triplicada jajajajajajjaa.
Tengo curiosidad, porque teniendo en cuenta que lo que diga la ICAE no vale para nada sino está por escrito y que su competencia en cuarta categoría es mínima y apenas pueden decir algo (los ayuntamientos lo que digan, se lo pasan por el culete, ellos van a la ley escrita pura y dura y es su competencia), y que puede que yo haya leido mal la ley, en qué artículo pone que el troquelamiento sustituirá a la factura de compra???
La policía no puede mirar la tarjeta de cuarta categoría por ordenador, y el teléfono no siempre lo cogen, así que la ley recoge que ante la duda el arma puede ser requisada para realizar las gestiones pertinentes.
y según el ayuntamiento que a la hora de registrarlas, están por encima del icae, si no hay factura, no hay registro. Y eso como he reiterado, es más de un ayuntamiento el que hace eso, ya que ese papel solo otorga un número de serie, y en ningún momento justifica posesión, ni puede sustituir una factura de compra.
Además, teniendo en cuenta que entre varias intervenciones de armas, se contradicen entre ellos, no son precisamente un buen ejemplo para seguir y tenerles en cuenta en cuanto a requisitos de registro, ya que la competencia es local, no de la GC. De hecho intervención de armas de Torrejón lo han dejado bien claro que sino hay factura, ya puedes quedarte con el arma en casa que no la vas poder usar (por lo menos referente al registro en Torrejón). por no hablar que encima tienen los huevos de decir que no dan tarjetas porque les cuesta dinero y que te busques la vida para comprarla...
Eso es en Parla, en otros sitios ni siquiera te exigen antecedentes penales, por cojer otro ejemplo.
Entonces, como cada ayuntamiento tiene potestad legal para hacer y deshacer todo lo que quiera, exigir la documentación que estime oportuno, y cobrar lo que consideren necesario (entre nada a 180 euros creo que era los márgenes), cuando se hable de documentación, o requisitos, o lo que se pague, lo que debe hacerse para no llevar a engaño, es especificar qué ayuntamiento es, pero generalizarlo como por ejemplo, "papel imprescindible" es totalmente incierto (volvemos a repetir, si tu arma tiene número de serie, no tienes por qué troquelarlo porque la ley te dice que no tienes por qué hacerlo, a pesar de que algún GC le salga de las narices inventarse líneas donde no las hay.
Es más, al EStado que haya miles sin facturas, le da igual, sino te valen, el Estado dice que no las puedes usar, y se queda tan tranquilo. Otra cosa es que ayuntamientos conocedores de este extremo y con ganas de cobrar pasta, te admitan el registro con el troquelado nada más, pero no están obligados en ningún lado a aceptar esa documentación como sustituta.
Y la retroactividad en esta ley puede ser aplicada perfectamente, no cabe que esté contra ley, más bien si analizáramos profundamente la situación, igual los que ibamos contra ley erámos nosotros, no el estado.... ASi que entre esto, que puede existir retroactividad, y que según la ley, para marcar un arma deberías estar en posesión de un papel que garantice que es tuya, como es la factura, ya que mencionamos ley, mencionemos todas jajajajajajaj XD.