Autor Tema: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)  (Leído 115201 veces)

Desconectado Yogui

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #180 en: Diciembre 31, 2014, 01:28:15 pm »

Precisamente ese párrafo es el que han intentado adaptar con la modificación del RA del 2013, al introducir las armas de airsoft dentro de la 4ª categoría lo que han hecho es una distinción. Las imitaciones que son semejantes a las armas reales son armas prohibidas....salvo, las que sean de airsoft o paintball, que serán armas reglamentadas de 4ª categoría. Ese era el objetivo de la modificación. Si ahora la tiran atrás volvemos al punto de partida.
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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #181 en: Diciembre 31, 2014, 01:28:15 pm »

Es un vacío legal de facto que deja a discreción del Guardia Civil/Mosso/etc de turno el cómo actuar.

Toda la razón, y si además le unes que muchos no tienen ni idea.. y la poca que tienen es gracias a nuestra querida prensa sensacionalista y ávida de carnaza.

Al final volvemos a lo mismo. La tenencia se reduce a propiedades privadas. Que casualidad que los campos sean considerados propiedades privadas, ¿no?

Echa la ley, echa la trampa.

No  "me se" pongan ustedes tan tremendistas, "oijan" que en este tiempo que lleva todo "regulado" no he visto a los cuerpos de seguridad del Estado realizar las corrientes inspecciones para ver si todos tenemos las réplicas registradas más que en contadisimas ocasiones.

Me apuesto el colgajo a que muchos de ellos ni se han mirado el reglamento desde que se sacaron la oposición.
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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #182 en: Diciembre 31, 2014, 01:36:11 pm »


Un campo no es un domicilio, el RA deja claro que las imitaciones de armas que puedan dar lugar a confusión dentro del domicilio.
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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #183 en: Diciembre 31, 2014, 01:38:53 pm »
Una propiedad privada no es tu domicilio.

Las fincas que tengo en el pueblo son "Propiedades Privadas" y no son "Mi Domicilio".

Podeis jugar con las palabras todo lo que querais pero mi impresion es que solo os autoengañais.

Desconectado sanan

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #184 en: Diciembre 31, 2014, 01:47:41 pm »
Entonces, ¿Qué legislación ampara a los campos para que la GC y demás deban esperar fuera si no se les autoriza a entrar?

Tendemos a ser muy alarmistas cuando no creo que nos consideren ni un problema más que unos adultos inmaduros que se dedican a las "pijtolitas".
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Desconectado Yogui

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #185 en: Diciembre 31, 2014, 01:48:51 pm »

No tiene nada que ver una cosa con la otra. Para entrar a una propiedad privada es necesaria autorización del propietario, lo que
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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #186 en: Diciembre 31, 2014, 01:49:39 pm »

No tiene nada que ver una cosa con la otra. Para entrar a una propiedad privada es necesaria autorización del propietario, lo que

Perdón lo envié sin querer...

...o que no quiere decir que en una propiedad privada puedas hacer lo que te de la gana.
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Desconectado Nelo

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #187 en: Diciembre 31, 2014, 01:54:03 pm »
Si tu estas en unca finca/campo (propiedad privada) y la policia considera que estas cometiendo un delito, pueden entrar con tu permiso o sin el.

La policía puede entrar en una propiedad privada, por cuatro motivos principales:
Por orden judicial
Por requerimiento del propietario
Por delito fragante
Por causas de fuerza mayor

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #188 en: Diciembre 31, 2014, 02:01:03 pm »
Si tu estas en unca finca/campo (propiedad privada) y la policia considera que estas cometiendo un delito, pueden entrar con tu permiso o sin el.

La policía puede entrar en una propiedad privada, por cuatro motivos principales:
Por orden judicial
Por requerimiento del propietario
Por delito fragante
Por causas de fuerza mayor


De acuerdo, ¿Y como calificamos entonces las partidas antes de la legislación actual?

Espera, que esa ya la tiene la prensa... "Entrenamientos paramilitares de (Ponga aquí el nombre de la organización terrorista que más rabia le de).

No he visto aumentar significativamente el número de controles en campos efectuados por la GC en los últimos dos años, lo que si aumenta es el "ir a cualquier nave abandonada a darse bolazos".

Cualquier día si se ponen las pilas nos van a joder en serio. Y no será por los campos y los que cada partida actúan de forma responsable desde que salen de casa hasta que vuelven.
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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #189 en: Diciembre 31, 2014, 02:01:17 pm »
Por favor leeros el enlace que he puesto antes:

http://www.airsoft.cat/es/ley.html

Estas cosas ya vienen explicadas, y aunque algunos puntos son especificos de Calaluña, es extrapolable al resto de CCAA.

Desconectado CJ

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #190 en: Diciembre 31, 2014, 02:02:49 pm »
Parece mentira que a estas alturas estemos discutiendo esto.

Anda que no está más  que hablado y discutido en miles post pre 2013
bizarro, rra.  (De it. bizzarro, iracundo).    1. adj. valiente (‖ esforzado).      2. adj. Generoso, lucido, espléndido.
-R.A.E.

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #191 en: Diciembre 31, 2014, 02:06:36 pm »
Parece mentira que a estas alturas estemos discutiendo esto.

Anda que no está más  que hablado y discutido en miles post pre 2013

Totalmente de acuerdo, creí que era una etapa superada.
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Desconectado Nelo

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #192 en: Diciembre 31, 2014, 02:16:24 pm »
aunque algunos puntos son especificos de Calaluña, es extrapolable al resto de CCAA.

Esto, con perdon, no te lo crees ni tu.

Si hay algo seguro es que en el tema de las Autonomias cada uno hace lo que le venga en gana.


Sobre el link que pones.


1.Importacion, cito:

"IMITACIONES DE ARMAS TIPO AIR SOFT. En la que se tratan de imitaciones de un arma de fuego, SIN SER ARMAS DE FUEGO que impulsan bolitas de P.V.C y que no pueden ser consideradas como armas reglamentadas, ni tampoco como juguetes, al no estar incluidos en la normativa de los mismos"

O sea...que segun tu link sin IMITACIONES DE ARMAS...volvemos al al apartado 5.2


2. Venta, cito:

"De todo esto se deduce que ninguna marcadora de Airsoft puede considerarse arma de 4ª categoría, ya que todas incumplen los requisitos para constar en la tarjeta de armas correspondiente"

"Las marcadoras de Airsoft no son armas, y por este motivo no necesitan una licencia o tarjeta de armas; y se pueden utilizar en juegos de estratégia y simulación como son los Juegos de Airsoft. Este hecho queda refrendado por las Sentencias Judiciales, consultas a la Fiscalía General del Estado."

"Por tanto, las marcadoras utilizadas para la práctica del airsoft no pueden considerarse juguetes."


Que no sean Armas no hace que dejen de ser imitaciones de armas. Y las sentencias que menciona son casos particulares que no crean jurisprudencia.


En el tema de los campos no entro porque ahi no concreta nada...simplemente dice que se pueden usar en propiedades publicas PERO SOLO SIIIIIIIIIIII...tiene slos permisos correspondientes, asi que decir eso y nada es lo mismo.





Desconectado Nelo

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #193 en: Diciembre 31, 2014, 02:18:53 pm »
perdon...en el ultimo parrafo queria poner propiedades privadas.

Desconectado Max04

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Re:Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #194 en: Diciembre 31, 2014, 02:42:21 pm »
¿Pero se ha CONFIRMADO que se ha derogado el Reglamento?
Igual estamos divagando sin fundamento...
El que quiere hacer algo, encuentra la forma;
el que no quiere hacer nada encuentra la excusa.