Volvemos a lo mismo de los papelitos del CIPAE, estás a discrección del GC de turno que haga la intervención. El CIPAE te dice misa porque no considera ni menciona (sino que da por hecho) que se hace todo acorde al RAE. Cosa que los ayuntamientos no están haciendo y si firman un papel con una lista de gente y réplicas seguimos en lo mismo.
¿De qué sirve que el alcalde autorice un evento (mediante la lista mencionada) si luego al aparecer la GC las tarjetas no son válidas o ni siquiera se tienen?
Cagada instantánea.
Leído serás pero leer no sabes

es broma, broma, broma ehh!!

Yo no he dicho que el ayuntamiento autorice el evento, sino que te autorice a tí personalmente a usar el arma en un terreno adaptado de su localidad, si lees de nuevo el escrito del CIPAE, dicen que si el alcalde del lugar donde esté el campo puede autorizar a todos aquellos que vayan "puntualmente" a usar las armas en un terreno adaptado de su localidad es decir (lo pongo en mayusculas para que quede claro no por otra cosa) TE PUEDE CONCEDER UNA TARJETA TEMPORAL PARA JUGAR UN DÍA EN SU LOCALIDAD. En eso consistiría el permiso, lo que pasa que para no hacer una individual por cada participante puede hacer una autorización conjunta para todos los participantes, pero han de constar las armas que va a llevar cada participante.
Sería una tarjeta o autorización para algo puntual, es decir temporal, eso al parecer se puede hacer, que nada tiene que ver con hacerte una tarjeta definitiva (entiendase renovable cada 5 años) en el ayuntamiento donde vas a jugar si no resides en el, que eso sí que el RA a mi juicio lo prohibe.
Con esto tienes tarjeta para usar el arma de 4ª en su localidad y por tanto no incumples ningún precepto del RA. Esta autorización no veo complicado conseguirla y menos en ayuntamientos pequeños que es donde suelen estar los campos y que están locos por promocionarse y donde además la burocracia no es como en los ayuntamientos grandes, donde el trámite podría eternizarse.
Esto es siempre puntual y se está aplicando a la gente que por diversos motivos tiene que desplazarse frecuentemente a diversos lugares diferentes a practicar actividades con armas de 4ª. Si se lo aplican a los de tiro olimpico no veo un motivo por el que no nos lo puedan aplicar a nosotros.
Dejo claro que estoy hablando mucho en estos ultimos hilos de armas en lugar de ALD, mi intención no es contravenir las normas del foro sino dejar claro que lo que digo no es exclusivo de nuestras ALD sino de todas las armas de 4ª, y por ende las nuestras.