...pues para tener canas hablas como un pandillero de barrio, no te lees despues de escribir??, si fuese tu madre te castigaria sin bocata de nocilla...

... no mezcles el 149.1 con las pegatinas metalicas y grabadas a laser, las autorizaciones de numeracion solo otorgan una numeracion , las caracteristicas y datos que hay que reflejar, en ningun sitio pone como se deben de marcar, y encima no es competencia del ayuntamiento, no , ellos tienen solo competencias en la legalizacion del airsoft, nada mas, en el reglamento de armas, resumiendo, solo hace referencia a las armas
de fuego que deben ser punzonadas y marcadas por el Bope y excluye de este marcado la 4ª categoria en el apartado 10 de la ley organica...pero claro, si te enredas poniendo a la gente a parir y no lees ...asi no vas sacar mas nivel que esa EGB que me presupones que no tengo, fijate, esto del Boe si que lo habia leido...

...haces mal en discriminar a las personas que no tengan la EGB, dice mucho de ti, no es mi caso pero ahi lo dejo, alla tu con tus declaraciones, que por si como dije antes, no te lees o no te has dado cuenta, es un foro publico y mucha gente se puede sentir mal por estos juicios tuyos...
...el tema del 149.1 es un articulo que se llevo a la Comision Permanete de Armas y Explosivos (Cipae), y emitieron un juicio sobre este articulo el 15/03/1994, ahi es na, desde entonces todos los que hayan sido parados en carreteras y os hayan aplicado la Ley de seguridad ciudadana, que como mas de uno es un resquicio de la ley Corcuera, de haber tenido conocimiento de que existia un documento que amparaba el libre transito de la 4ª categoria os habriais ahorrado un monton de disgustos, ves como yo si que he hecho los deberes??...
...ahora despues de leer mi post, aspira hondo, vuelve a leerlo y veras que no soy ningun enemigo ( en el campo es otra cosa), baja el nivel de tus comentarios y en breve saldras de dudas.
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