Lo que esta claro que ese papel es imprescindible, independientemente que luego te pidan factura, contrato de compra venta.... Psicotecnico u otros requisitos.
es imprescindible sino tienes numero de serie, si lo tienes y sale figurado en la factura no lo es.
Según la información obtenida del ICAE por un miembro de otro foro. Si no hay factura no hay problema, vas a parla, te ponen el numero de serie y punto, antecedentes penales, empadronamiento dni, y san se acabo. Esto es información que he recogido del foro de los Garrapatas que ellos mismos un miembro del ICAE le ha explicado que es asi. Si he leido bien y no me estoy confundiendo.
Tengo curiosidad, porque teniendo en cuenta que lo que diga la ICAE no vale para nada sino está por escrito y que su competencia en cuarta categoría es mínima y apenas pueden decir algo (los ayuntamientos lo que digan, se lo pasan por el culete, ellos van a la ley escrita pura y dura), y que puede que yo haya leido mal la ley, en qué artículo pone que el troquelamiento sustituirá a la factura de compra???
y según el ayuntamiento que a la hora de registrarlas, están por encima del icae, si no hay factura, no hay registro. Y eso como he reiterado, es más de un ayuntamiento el que hace eso, ya que ese papel solo otorga un número de serie, y en ningún momento justifica posesión, ni puede sustituir una factura de compra.
Además, teniendo en cuenta que entre varias intervenciones de armas, se contradicen entre ellos, no son precisamente un buen ejemplo para seguir y tenerles en cuenta en cuanto a requisitos de registro, ya que la competencia es local, no de la GC. De hecho intervención de armas de Torrejón lo han dejado bien claro que sino hay factura, ya puedes quedarte con el arma en casa que no la vas poder usar (por lo menos referente al registro en Torrejón), por no hablar que encima tienen los huevos de decir que no dan tarjetas porque les cuesta dinero y que te busques la vida para comprarla...
Eso es en Parla, en otros sitios ni siquiera te exigen antecedentes penales, por cojer otro ejemplo.
Entonces, como cada ayuntamiento tiene potestad legal para hacer y deshacer todo lo que quiera, exigir la documentación que estime oportuno, y cobrar lo que consideren necesario (entre nada a 180 euros creo que era los márgenes), cuando se hable de documentación, o requisitos, o lo que se pague, lo que debe hacerse para no llevar a engaño, es especificar qué ayuntamiento es, pero generalizarlo como por ejemplo, "papel imprescindible" es totalmente incierto (volvemos a repetir, si tu arma tiene número de serie, no tienes por qué troquelarlo porque la ley te dice que no tienes por qué hacerlo, a pesar de que algún GC le salga de las narices inventarse líneas donde no las hay.