Autor Tema: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT  (Leído 55152 veces)

Desconectado csv

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #60 en: Septiembre 15, 2009, 07:46:58 pm »
Hombre, en principio si, pero en caso de que te paren, ven que tienes el "arma" registrada, que siempre sera mejor que ir sin nada, no?

Desconectado otto

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #61 en: Septiembre 16, 2009, 03:12:44 pm »
En teoria no se puede sacar de casa, porque tambien hay otra definicion por ahi que las llama "armas de salon" y son para eso, para salones de tiro (me parece una absurdez, pero bueno). A mi lo de la tarjetita me pasó con una carabina de perdigones. En mi ciudad (Fuenlabrada) te la piden, sin embargo te vas a los pueblos de alrededor con la carabina y no hace falta ningun papelito... Pero siempre quita un poco de hierro al asunto que la lleves con algun papel oficial...

Desconectado davidfg

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #62 en: Septiembre 17, 2009, 12:30:35 pm »
Hombre, en principio si, pero en caso de que te paren, ven que tienes el "arma" registrada, que siempre sera mejor que ir sin nada, no?

Cierto  :P pero para los que no la tengan que se hagan una cuanto antes, por que creo recordar que las AEG se ponen en la misma categoria segun dicen gente en este foro, y los policias tambien me lo comentaron  ;) asi que... ahora toca hacerse la tarjeta de armas de las AEG  :)

100% Legal en el airsoft  :D

Desconectado davidfg

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #63 en: Septiembre 17, 2009, 12:34:01 pm »
En teoria no se puede sacar de casa, porque tambien hay otra definicion por ahi que las llama "armas de salon" y son para eso, para salones de tiro (me parece una absurdez, pero bueno). A mi lo de la tarjetita me pasó con una carabina de perdigones. En mi ciudad (Fuenlabrada) te la piden, sin embargo te vas a los pueblos de alrededor con la carabina y no hace falta ningun papelito... Pero siempre quita un poco de hierro al asunto que la lleves con algun papel oficial...

El otro dia vi a un cazador en mi pueblo que llevaba la escopeta en el hombro y no tenia ninguna funda ni maletin  :o y tambien llevaba los portacazas fijados a las trinchas con conejos y perdices muertas  >:(

Desconectado calimotxo87

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #64 en: Septiembre 17, 2009, 12:39:21 pm »
100% Legal en el airsoft  :D

0% legal en airsoft, es mas al intentar registrar un AEG como arma de 4º categoria estas resgistrando un arma automatica en 4º categoria... lo cual no se puede y como te pillen... ahora si te lees el reglamento de armas dime donde pone que puedan ser automaticas....

ademas de que las armas de 4º categoria no se pueden sacar del municipio donde estan registradas...  

no es por ser borde, pero de verdad pensais que habeis descubierto america??? de verdad pensais que sois los primeros que habeis pensado en esto??? si fuera tan facil porque no tenemos todos las replicas registradas??
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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #65 en: Septiembre 17, 2009, 03:37:50 pm »
Creo que calimotxo87 tiene toda la razon, tu llevas tu ak de plastico que si tira bolitas pero con una fuerza de poco mas de 1 julio, la factura y punto, por que si la registras como arma de 4ª ya no llevas un ak de plastico sino un arma y eso es ilegal (a mi, ni te arrimes), bla bla bla..., no hace falta que lo esplique, no?

Y ademas, como bien dijo calimotxo87 cuando el alcalde te firma el papelito esa licencia o como se llame solo es valida para dicha localidad

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #66 en: Septiembre 17, 2009, 03:57:07 pm »
y si se la compras a un particular?

Desconectado davidfg

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #67 en: Septiembre 17, 2009, 04:23:25 pm »
100% Legal en el airsoft  :D

0% legal en airsoft, es mas al intentar registrar un AEG como arma de 4º categoria estas resgistrando un arma automatica en 4º categoria... lo cual no se puede y como te pillen... ahora si te lees el reglamento de armas dime donde pone que puedan ser automaticas....

ademas de que las armas de 4º categoria no se pueden sacar del municipio donde estan registradas...  

no es por ser borde, pero de verdad pensais que habeis descubierto america??? de verdad pensais que sois los primeros que habeis pensado en esto??? si fuera tan facil porque no tenemos todos las replicas registradas??

Cali si te digo la verdad cuando registre mi M9 en la policia les pregunte que si tambien podia hacerlo con replicas electricas automaticas y el mismo que me dio mi tarjeta de armas me dijo que lo incluiria en la misma.
Sigo pensando que el policia se confundió, pero tambien donde leches se clasifican las AEG?
Entonces no seriamos ilegales?  ???

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #68 en: Septiembre 17, 2009, 05:58:49 pm »
Cali si te digo la verdad cuando registre mi M9 en la policia les pregunte que si tambien podia hacerlo con replicas electricas automaticas y el mismo que me dio mi tarjeta de armas me dijo que lo incluiria en la misma.
Sigo pensando que el policia se confundió, pero tambien donde leches se clasifican las AEG?
Entonces no seriamos ilegales?  ???

Yo llevo unos cuantos días empapándome del "asunto legal" y, bueno, no parece haber un sitio claro en el que encajar las AEG... más que "ilegales" yo diría "alegales". No obstante, lo que más se aproxima a ellas es:

Art. 5 del Reglamento de Armas.-

2. Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego.


Como bien ha dicho Calimotxo, al ser automáticas no entrarían en la 4ª categoría  ???

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #69 en: Septiembre 17, 2009, 06:38:48 pm »
A dia de hoy las AEG no estan contempladas por la actual legislacion, esperemos que la reformen y las incluyan, yo tengo registradas las que si son de 4ª aunque tampoco este muy de acuerdo....pero en fin, meter en la misma categoria un "arma" de 1j o medio julio junto con las de 15 20j.....Un saludo!!
MadriZ

Desconectado calimotxo87

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #70 en: Septiembre 18, 2009, 02:04:20 am »
Cali si te digo la verdad cuando registre mi M9 en la policia les pregunte que si tambien podia hacerlo con replicas electricas automaticas y el mismo que me dio mi tarjeta de armas me dijo que lo incluiria en la misma.
Sigo pensando que el policia se confundió, pero tambien donde leches se clasifican las AEG?
Entonces no seriamos ilegales?  ???

Yo llevo unos cuantos días empapándome del "asunto legal" y, bueno, no parece haber un sitio claro en el que encajar las AEG... más que "ilegales" yo diría "alegales". No obstante, lo que más se aproxima a ellas es:

Art. 5 del Reglamento de Armas.-

2. Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego.


Como bien ha dicho Calimotxo, al ser automáticas no entrarían en la 4ª categoría  ???

justo es donde encajarian pero queremos creer que no es asi...
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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #71 en: Septiembre 18, 2009, 08:54:21 am »
Vamos a ver Cali, sabemos que no engloban las AEG, pero si no aprobechamos ese descuido de la policia municipal, son replicas que no se pueden sacar del domicilio. Si te paran, ya entra a apreciacion del agente de las FSE, y las ganas que tenga de hacer cumplir el reglamento de armas. Hasta que las engloben, yo en cuanto tenga mi AEG, la registrare, por que es lo mas parecido a una carabina. Las pipas de gas, son de 4º y las AEG al expulsar las bbs por aire comprimido, tambien lo son. Cuando se redacto el reglamento de armas, era impensable el que hubiesen carabinas automaticas. Asi que yo prefiero tener todo como "armas" a replicas, por que para tema de transporte, creo que hay una opcion, pero tengo que confirmarlo, creo que al ir a un evento deportivo para el uso al que esta destinado el arma (ahora la llamo arma) se permite el transporte, pero tengo que confirmarlo.


No hemos descubierto nada, pero damos opciones para ir "legal" a la gente que no sabe del tema. Por que llendo con AEGs y pistolas, sin registrar, aun con bocacha y factura, estamos incurriendo en una falta, puesto que las replicas son para el domicilio particular.

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #72 en: Septiembre 18, 2009, 09:46:50 am »
No hemos descubierto nada, pero damos opciones para ir "legal" a la gente que no sabe del tema. Por que llendo con AEGs y pistolas, sin registrar, aun con bocacha y factura, estamos incurriendo en una falta, puesto que las replicas son para el domicilio particular.

A mi sigue sin convencerme lo de la cuarta categoria. Es como intentar conducir bicicletas con el carnet de piloto de Iberia. En fin. Lo que no estaria de mas es que explicarais cuales son las consecuencias LEGALES de sacarle la puñetera tarjeta a una replica , es decir, de aceptar implicitamente, que es un arma, que eso es lo que no dice nunca nadie...
nunca guardo las facturas de las réolicas, a diferencia de otros, no necesito aferrarme a ellas para compensar inseguridades.

Desconectado BELLOTERO

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #73 en: Septiembre 18, 2009, 12:31:49 pm »
con la tarjeta solo puedes usarla en el termino municipal, debiendo sacarte otra tarjeta en otro término. es decir que puedes transportarla, pero no usarla.

con lo del articulo 5, con un poco de vista se puede capear el temporal.

un colega mio que es GC le pregunto a los compañeros de I.AA. G.C. de mi parte y les dijo que en principio no pondrian pegas, aunque si es recomendable lo de la tarjeta.

teniendo en cuenta lo de los 2 párrafos anteriores de mi respuesta la réplica se debe transportar:

- Con Cargador quitado, sin bolas
- en estuche/funda, o embalaje original en su defecto
- Bateria desconectada y quitada.
- cables de conexión de la réplica por fuera
- si se dispone de bocacha roja llevarla puesta.

Con esto evitamos que se confunda con un arma real como dice el art. 5. pto 2.

"Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego."

De todas formas, creo que van a hacer unos arreglos a la norma porque les ha pillado un poco en bolas.
« Última modificación: Septiembre 18, 2009, 12:33:56 pm por BELLOTERO »

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Re: INFORMACIÓN LEGAL AIRSOFT
« Respuesta #74 en: Septiembre 18, 2009, 01:37:19 pm »
para las AEG recomiendan lo que dice bellotero, pero para las pipas de gas, se necesita la tarjeta de armas 4ª categoria si o si, bueno puedes elejir no sacartela......que sale a 20,35€ pero yo creo que siendo claro que si que esta clasificada hacer las cosas bien. Un saludo!!
MadriZ