No Yogui, te olvidas de lo más importante.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.
Tiene que haber un motivo legal para retirarla, no puede hacerlo porque le de la gana.
Este artículo solo indica que ellos son los encargados de hacer las gestiones y la única manera que tenien de negarla es la que he resaltado, en ningún sitio pone que tienen potestad de no concederlas porque por otro motivo que no sea ese.