Autor Tema: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)  (Leído 115023 veces)

Desconectado tuningland

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #15 en: Mayo 30, 2013, 07:23:54 pm »
No sera el iluminao de las bolas bio no? O cibertruño.

Hagas sus apuestas!!!
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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #16 en: Mayo 30, 2013, 07:24:49 pm »
Ufffffffffffffff tienes toda la razón. Ya están otra vez. Pues como al final el que corte el bacalao sea Myerdagun lo llevamos clarinete Esnaiper.
Posiblemente hayan cantado linea y vayamos para bingo... pero ¿quien sabe?

Desconectado zulu

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #17 en: Mayo 30, 2013, 07:28:53 pm »
Lo importante es el argumento y que daño se ha alegado para interponer el recurso.

Zeig el motivo del recurso no se puede saber hasta que formalicen la demanda.

De momento solo han admitido a trámite el recurso que xxxx ha interpuesto y reclamado el expediente administrativo, de ahí que la administración haya emplazado a las partes interesadas, es de suponer que a las que hicieron alegaciones en su día.

Cuando se reciba el expediente  le darán 20 días para formalizarla y ahí es donde dirá los motivos.

Lo que también hay que ver es si han solicitado la suspensión de la resolución, porque si la han pedido y lo acuerdan tendrán que constituir fianza, que seguramente será un pastón.

Pero si lo hacen la Orden quedara en suspenso hasta que se resuelva el recurso. O sea de año y medio en adelante. 
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Desconectado Neotilaf

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #18 en: Mayo 30, 2013, 07:31:13 pm »
Zulu se te ve puesto en el tema, podrías resolverme dos dudas...

1º ¿porque lo de la fianza esa que hablas?

2º si se aceptase el recurso, ¿la publicación dejaría de ser legal no? o sea no tendríamos que registrar nada, ¿no?

Gracias Salado..
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Desconectado zeig

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #19 en: Mayo 30, 2013, 07:42:24 pm »
El contencioso será porque se sienten perjudicados y si pides medidas a ese nivel te pediran que pongas pasta sobre la mesa  a modo de depósito. Seguro que han cuantificado en euros el perjuicio.

Desconectado deybit

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #20 en: Mayo 30, 2013, 07:49:41 pm »
pues hay varias opciones:
- si han pedido que la ley quede en suspensión y se consigue, en un filtro podrá ser requisada tengas la documentación que tengas puesto que volverá a ser considerada como 1/92- Cada uno que opine si esto es mejor o peor.
- seguramente y digo seguramente sin tener ninguna certeza, habrán recurido referente a los números de serie de importación.- Aquí pues la AN tiene en contra una ley que durante muchos años ha sido considerado totalmente legal, por lo que no creo que esa parte la anulen y siga siendo como siempre. Pero pueden hacer que hagan una explicación mejor de qué números deben tener y competencias puesto que estoy la ley no lo ha dejado bien claro por un lado y aunque da lugar a interpretaciones por otro, siempre se rije por lo anterior. Por mucha pasta que tenga el que hizo el recurso, esa numeración tiene que ser si o si (recordamos que no es lo mismo que admitan a trámite como que se de por sentado su "victoria".
- Por los lugares de uso.... pse, no le veo mucho futuro.
- Puede ser también que se diga que los distribuidores no han podido obtener la licencia anterior y es lo que solicitan. - Aquí pueden tener opciones, puesto que lo que piden es tener autorizacion de Ministerio para sus números, otra cosa es que pasen el corte de los requisitos mínimos, o pueden solicitar que estas réplicas incluyan en la ley de enero que tengan caracter especial (hummm, complicado).
- No se puede olvidar el tema de la retroactividad de la ley, que también podría haber sido recurrida por ese motivo a las réplicas que carezcan de numeración, pero ese apartado lo expone bien clara la ley, e irían por el tema de facturas, pero para eso está el armero....
- o Puede ser el tema de uso nacional de las tarjetas, aunque a un distribuidor eso se la pela. En este caso, si fuera así, y atendiendo la naturaleza de lo que es el airsoft podría tener algunas opciones legales en ser conseguido.
Pueden ser tantas cosas.... que habrá que esperar.
Ahora, podrá ser para mejor, podrá ser para peor, ya sabeis como es esto, y los recursos unilaterales, os pueden beneficiar y poder darles las gracias, o darles las gracias si es para peor.
Recordemos que podrían anular determinados aspectos de la ley, pero no el RA, puesto que la AN no tiene potestad para esto último, así que a mi sinceramente, solo me queda o el uso de tarjetas (pse, puede ser parte del recurso), o la numeración de las réplicas (me huele mucho a eso), y eso conlleva a que al tener que numerararlas por el RA (esto no puede ser modificado), y el competente para dar autorizaciones es el Ministerio de Industria (esto tampoco puede ser modificado por la AN, ni eso ni sus requisitos), alegarán que no son armas y no deben estar sujetos al RA (tendrán que indicar que es, puesto que muchos las están vendiendo como juguetes en contra de las normas de la CEE y la AN no creo que tampoco vaya en contra de esto, otra vez, competencias).
al mismo tiempo no olvidemos que las FFyCC de seguridad pueden "molestarse" y argumentar que ante este recurso soliciten que dichas réplicas sean consideradas imitaciones de armas reales, ante el posible recurso de que sino son juguetes y no quieren colocarlas como armas de aire comprimido, por lo que no pueden funcionar ni salir del domicilio sin libro de la GC y se requiere libro de coleccionista y limitar totalmente su venta. y esta opción también puede ser considerada por la naturaleza externa por la AN, así que pueden anular la ley y automáticamente se pasaría a todas las dependencias esta nueva norma. Ojo, no es alarmismo, estamos hablando de casos hipotéticos de consecuencias ante un recurso de ese nivel, ya que todas las partes tienen que pronunciarse, y no me cabe duda que algunas de ellas están más a favor de esta que de admitirlas como cuarta categoría.
Añadir una nueva categoría en el RA, imposible, puesto que requiere unas condiciones del parlamento que la AN no puede meterse ni obligarles.



Resumen para la gente que odia mis tochos: puede ser que deroguen la ley, la deroguen parcialmente, añadan ciertas modificaciones, o nada. Pero ni el RA se tocará. Aunque recordemos como funciona la justicia, así que puede pasar cualquier cosa  ;D
Hablo desde mi bendina ignorancia, y en voz alta  ;D
Me pica la curiosidad tanto el contenido, como el resultado final y sus consecuencias.
« Última modificación: Mayo 30, 2013, 07:55:07 pm por deybit »
Freelander

Desconectado zulu

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #21 en: Mayo 30, 2013, 07:51:07 pm »
Zulu se te ve puesto en el tema, podrías resolverme dos dudas...

1º ¿porque lo de la fianza esa que hablas?

2º si se aceptase el recurso, ¿la publicación dejaría de ser legal no? o sea no tendríamos que registrar nada, ¿no?

Gracias Salado..

1º Te pongo un ejemplo, tu recurres una multa y pides la suspensión del acto administrativo (la multa) Si lo acuerdan te pidieran una fianza por el importe de la multa más los intereses  y tendrás que presentar un aval por su importe y el Tribunal ordenara a la Administración que no la ejecute hasta que no se resuelva el recurso.
En este caso como la cantidad no es líquida, es el Tribunal el que tiene que decidir el importe de la fianza en virtud del perjuicio que la suspensión de la orden pueda ocasionar.
Pero no adelantemos acontecimientos, no sabemos si han  pedido la suspensión.
2º Si estiman el recurso la Orden no dejaría de ser legal, seria nula en su totalidad o en la parte que se recurra y habría que dictar otra con arreglo a lo que diga la A.N. o en su caso el Tribunal Supremo.  
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Desconectado Neotilaf

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #22 en: Mayo 30, 2013, 08:13:00 pm »
deybit en que te basa para que las alegaciones vayan por el tema de los marcajes, etc?
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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #23 en: Mayo 30, 2013, 08:18:00 pm »
uff esto promete, vamos a ver por donde escapamos, espero que sea para algo bueno
Vine, vi y no puedo creer lo que veo en mis ojos

Desconectado zeig

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #24 en: Mayo 30, 2013, 08:18:55 pm »
Mucho contenedor parado y liadas en aduanas con ellos metidos por medio donde se ha obligado a marcar para poder comercializar, en el caso de que sean ellos claro.

Desconectado Khenu

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #25 en: Mayo 30, 2013, 08:20:47 pm »
Aja.... voy sacando palomitas y un buen libro para los interludios coñazos, creo que con toda la serie de "Canción de hielo y Fuego" será suficiente...

y también traigo el diccionario de la RAE para los palabrajos. ;)
Quien a mala cobertura se cobija, buenas BBs le atizan...

Desconectado deybit

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #26 en: Mayo 30, 2013, 08:24:48 pm »
en pensamientos en voz alta, ya lo dije jajjajajajajja.
Un recurso a ese nivel, como han dicho, es pasta. Pasta que jugadores no tienen, puede que alguna federación fuerte que se haya unido con otras, no es descartable, pero quien maneja la pasta de verdad son los distribuidores.
En que les afecta a los distribuidores la ley? que los números de serie que tienen no valen para nada, absolutamente nada por mucho que lo quieran vender, puesto que yo sepa no tienen la autorización de industria por ellos, y simplemente son considerados como "códigos de barras" sin valor identificativo, por lo que la gente a la hora de comprar un cacharro tiene que contar entre 10-20 euros más tiempo de espera en tener los números válidos, más los costes y plazos para su registro. Esto repercute en sus ventas y limitaciones.
Las tiendas, van a su bola, así que dudo que se hayan unido para esto, ya que muchas no pueden invertir la pasta para esto.
Campos? son actividades comerciales, así que deben regirse como tal solo que la ley les emplaza a unos requisitos un poco más concretos, y otra vez, la pasta para el recurso, y las consecuencias en caso de fallar en contra (más limitaciones aún)
En resumen, a parte de los jugadores quien ha sido los más perjudicados con la nueva ley? los distribuidores. Quien maneja más pasta (hablando de miles de euros), ellos.
Pero repito, eso es lo que yo creo, que como he dicho antes, puede haber muchas sorpresas, y no se puede adelantar nada, ni quien lo hizo, ni qué alegan, y sobre todo, las consecuencias para los jugadores (para bien, para mal o para nada).
Esta noticia ha saltado de golpe, así que.... como he dicho en otro sitio, ojo con los recursos partidistas, pueden salir perjudicados otros muchos por el interés particular.
« Última modificación: Mayo 30, 2013, 08:28:45 pm por deybit »
Freelander

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #27 en: Mayo 30, 2013, 08:30:23 pm »
Yo ya he comprado réplicas de distribuidor importante en españa con su numero de serie y esta registrada sin más problemas...

Yo creo que esto esta más enfocado en eliminar la régulación y crear otra vez el limbo...
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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #28 en: Mayo 30, 2013, 08:33:47 pm »
pues neo, con la ley en la mano, esa numeración sino es por armero o autorizado por Industria, no es válido, otra cosa es que el distribuidor una vez en españa las hayan marcado. Eso significa que un GC informado te la puede requisar legalmente y luego sancionar al ayuntamiento, pero lo que te importa a ti es tu réplica que puedes quedarte sin ella durante tiempo, poco, mucho, indefinido, con o sin multa.
Que estén registradas sin problemas no significa que estén bien hecho, es más, yo tengo registrada la mia desde hace 8 años en coruña, antes de esta ley, con la misma tarjeta...
si se crea el limbo, abrazad de nuevo las requisas por ley 1/92 y sin recusos de amparo. Vamos, como antes, juegas, te paran, y si te pillan 300-600 pavos y réplica para destruir, porque para volver a crear otra.... no creo que algunas partes estén por la labor.
Freelander

Desconectado Snat

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Re: Recurso contra la Orden Ministerial (Armas Lúdico Deportivas)
« Respuesta #29 en: Mayo 30, 2013, 08:34:18 pm »
Lo importante es el argumento y que daño se ha alegado para interponer el recurso.

Zeig el motivo del recurso no se puede saber hasta que formalicen la demanda.

De momento solo han admitido a trámite el recurso que xxxx ha interpuesto y reclamado el expediente administrativo, de ahí que la administración haya emplazado a las partes interesadas, es de suponer que a las que hicieron alegaciones en su día.

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Lo que también hay que ver es si han solicitado la suspensión de la resolución, porque si la han pedido y lo acuerdan tendrán que constituir fianza, que seguramente será un pastón.

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Y cuando se sabe si lo que han pedido es la suspensión? Realmente me vendría genial ya que no tengo ninguna cacharra legalizada por motivos de fuerza mayor, y no se ni cuando voy a poder, y querría poder jugar. A la espera quedo...
Qui audet adipiscitur