Autor Tema: procedimiento para registro de replicas según municipio  (Leído 303044 veces)

Desconectado Yogui

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #525 en: Diciembre 30, 2013, 09:57:45 pm »


Hay alguna forma de conseguir estos escritos sin la marca de agua?
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Desconectado Khenu

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #526 en: Diciembre 31, 2013, 01:52:36 pm »
Es decir, que sólo por irte a practicar airsoft a varios sitios tienes que hacerte una tarjeta de CADA municipio donde vayas, además del tuyo propio...
Vaya puñetero caos, y todo para unas armas-réplicas que ni son de fuego ni usan artefactos pirotécnicos... ya lo siguiente es restringir la compra de munición, y prohibir las personalizaciones, las granadas y el automático (para el que lo use).

necesitamos más papeles que los de IPSC... :-X
(conste la nota irónica)
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Desconectado Nelo

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #527 en: Diciembre 31, 2013, 01:56:17 pm »
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Desconectado SEGHO

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #528 en: Enero 02, 2014, 11:20:10 am »
en el municipio de Alcobendas podéis modificar que desde el 01/01/2014, hay que abonar una tasa de 28.60€ por replica que se regule nueva o renovación. Información facilitada físicamente en el registro en el día de hoy.
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Desconectado SEGHO

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #529 en: Enero 02, 2014, 11:26:35 am »
en el municipio de Alcobendas podéis modificar que desde el 01/01/2014, hay que abonar una tasa de 28.60€ por replica que se regule nueva o renovación. Información facilitada físicamente en el registro en el día de hoy.

Por cierto los documentos a aportar siguen siendo los mismos y que se pueden descargar desde la web para cumplimentarlos:
-Fotocopia DNI.
- Declaración de datos básicos.
- Declaración de conducta ciudadana.
- Autorización de expedición de antecedentes penales.
- Declaración Jurada.
- 2 Tarjetas blancas y 3 amarillas.
- Factura o contrato compraventa.
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Desconectado Adeptus

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #530 en: Enero 04, 2014, 12:40:53 am »
Por cierto... no espereis a que os llamen para ir a por ellas... por lo menos en Madrid... las mias las tienen desde el dia 17 y porque he llamado hoy... no he llamado antes porque no iba a ir a jugar y no me corria prisa... pero vamos que llevan 3 semanas ya hechas no me ha llamado nadie para que vaya a recogerlas... manda huevos la cosa...

Desconectado Mayor_Tony

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #531 en: Enero 07, 2014, 04:30:36 pm »
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.


Desconectado Nelo

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #532 en: Enero 07, 2014, 04:46:54 pm »
y dale pedale....

que yo no hablo de escalona!!! que salvo este municipio...no conozco ningun otro que lo haga.

a mi madrid me la deniega por no estar empadronado....y en salamanca que tengo familia igual....y n otras ciudades que tengo trato igual...

mira...sencillamente....dar tanto la vara con que lo bueno y lo que vale es tener una tarjeta por municipio e insistir en que escalona lo hace por la "face"....a mi solo me viene significar una campaña pro-campo descaradisima...y mira que es un campo que me gusta....pero si a mi la informacion que me han dado no coincide con la tuya....y me la contratastan otros no menos de 10 municipios distintos...pues como que creo mas a los mios que a los tuyos

Desconectado CJ

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #533 en: Enero 07, 2014, 05:07:12 pm »
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.



Todo esto hasta que en un control de otro paren a alguien le pidan la tarjeta y vean que no coincide con la dirección de su DNI y se liará parda.
bizarro, rra.  (De it. bizzarro, iracundo).    1. adj. valiente (‖ esforzado).      2. adj. Generoso, lucido, espléndido.
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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #534 en: Enero 07, 2014, 06:30:00 pm »
A mi parecer, lo que hay es un cacao de carallo. El Reglamento de Armas (que teoricamente es "el que manda") dice una cosa, que no nos gusta, pero es clara y meridiana mientras nadie lo cambie, y esperemos que lo cambien pronto.

Por otra parte, los Ayuntamentos dicen cosas distintas. La Intervencion de Armas de la GC, que interpreta lo que le parece, otros Ayuntamientos que incumplen el Reglamento y hacen lo que les cuadra. Los armeros, unos dicen que vale con el numero de serial que trae la replica y otros, que hay que hacerles el marcaje aparte (dinero :(). Unos Ayuntamientos que no cobran y otros que cobran mas de 30 EUR por replica. En algunos casos se pide certificado medico (mas dinero  :(), y en otros no hace falta. Acabo de leer que en Alcobendas se pide una "Declaración de conducta ciudadana" (eso que demonios es?), ademas del certificado de penales ????

En fin, que esto es una casa de p**as al por mayor, con un negocio de por medio para ver quien "trinca" mas. Mientras esto no se clarifique, me parece que voy a engrasar y guardar todas mis replicas, y dedicarme a otros entretenimientos, aunque me joda mucho. Ni siquiera se si las puedo sacar de casa con tranquilidad para llevarlas a la armeria, a la Intervencion o al campo de tiro sin que me vea envuelto en un posible lío.

Quizás es eso precisamente lo que quieren nuestros gobernantes (aunque a veces lo dudo, porque les supone trincar dinero en tasas, tarjetas, etc), pero la verdad es que nos estan poniendo este deporte tan complicado, que de momento parecemos mas delincuentes que gente sana y deportista que solo aspira a divertirse un rato en un recinto cerrado y sin molestar a nadie. Hasta que no se lo haga entender alguien a los "expertos" que redactan las leyes, poco hay que hacer.

Un saludo ;)
En la batalla se conoce al soldado, pero en la victoria se conoce al caballero. R. Diaz de Vivar,"El Cid"
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Desconectado Mayor_Tony

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #535 en: Enero 09, 2014, 04:45:52 pm »
No te van a hacer la tarjeta mas que nada porque como pone el escrito...lo que indican es meramente informativo sin poner fin a la via administrativa....y si por via administrativa te la deniegan por no estar empadronado...lleva todos los papeles que quieras que no te la van a hacer.

Nelo en ese municipio donde ni piden estar empadronado ni ser residente, ni psicotecnico, ni Tasa, ya lleva expedidas mogollón de tarjetas con el visto bueno del ICAE, no es emperreis en decir que no las dan, porque si las dan y ya hay mogollón de gente que las tiene, por lo que yo recomiendo a todos los campos de juego que hablen con su ayuntamiento y lleguen a un acuerdo (beneficioso a ser posible sin costes ni gastos hacia los jugadores) para hacer lo mismo que Escalona y a continuación que el del Campo de Juego comunique a los jugadores asiduos de ese campo que vayan pasando por el Ayuntamiento.



Todo esto hasta que en un control de otro paren a alguien le pidan la tarjeta y vean que no coincide con la dirección de su DNI y se liará parda.

Negativo, cuando te paren no te vana  poner problemas si tienes tu tarjeta como tu dices de tu lugar de residencia, el problema lo vamos a tener si entran a un campo y no teneis tarjeta del Ayuntamiento donde se practica.

En fín como veo que volvemos a lo de antes, (que si campaña pro.campo y todos esas paridas) paso, que cada uno haga lo que quiera, solo  os quería decir que si le informais a vuestro Ayuntamiento que hable con Intervención Central de Armas y Explivos de la Guardia Civil le explicarán que no es exigible el estar empadronado, residiendo o avecindado en ese municipio para que te den la tarjeta de armas. Tal y como expresa el Comunicado que aporté antes (el cual dejo gratuitamente y a modo colaboración como acto de buen compañero para que lo habléis con el municipio que mejor os convenga os resuelva el problema).

Así lo conseguí yo en Escalona, ahora cada uno que lo mande a su ayuntamiento, es lo único que quería decir.

Desconectado CJ

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #536 en: Enero 09, 2014, 05:10:37 pm »
Mira, no es que no me fíe, pero los documentos aportados están editados, se nota por las diferencias de color, sobre todo en el primer documento, trabajo en edición y se nota mucho, no se sí para hacer que se vean o que, no digo que estén falsificados si no que están modificados.

Pon, por favor, los documentos en alta, a ser posible los originales si tocar.

Igualmente, no se hasta que punto esto puede ser válido ya que papeles de este tipo ya se han visto y sólo son informativos, no pueden modificar el reglamento.

Si te vale para tu zona, pues vale, pero no creo que en mi comunidad valga.
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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #537 en: Enero 09, 2014, 05:25:05 pm »
Y te vuelvo a repetir que tu publicas un texto cuyo firmante indica que todo lo dicho es a "titulo informativo, no poniendo fin a la via administrativa".

por lo tanto, si la via administrativa dice otra cosa...es lo que vale.


Desconectado Yogui

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #538 en: Enero 09, 2014, 08:57:02 pm »

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)
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Desconectado Malkavian

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Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #539 en: Enero 10, 2014, 12:53:52 am »

A ver señores, está claro que al final la via administrativa es la que vale, pero digo yo que si el CIPAE ha decidido interpretar al reglamento de determinada forma alguna validez ha de tener. Supongo yo que la contestación estará basada en unos criterior internos de actuación, no creo que sea la interpretación personal del Agente que la ha escrito...supongo que esos criterios pueden ir variando con el tiempo, pero a día de hoy creo que tienen mucha validez.

Mayor_Tony, podrías enviarme el escrito original por privado?? me gustaría tenerlo en mi biblioteca  :)

El problema es que las consultas que nosotros hacemos como las que ha publicado el compañero, son al ICAE y son consultas no vinculantes y como dice Nelo no ponen fin a la vía administrativa ni te valen para nada en caso de que tengas algún problema.
Las que si valen son los acuerdos del CIPAE, pero a ellos solo los puede consultar la propia guardia civil.
El único acuerdo que hay del CIPAE que nos "valga" es el del 15.03.94 que "permite el transporte de armas de cuarta categoría fuera del municipio que ha expedido la tarjeta de armas mientras no se lleve prevenida para usarla".
Mad? Are we mad world, or is it perhaps that our truth is maddening?