Autor Tema: procedimiento para registro de replicas según municipio  (Leído 303396 veces)

Desconectado Tagade

  • Novato
  • Mensajes: 65
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #465 en: Septiembre 16, 2013, 11:06:00 am »
Así es como se hace en aire comprimido y como deberíamos acostumbrarnos a hacerlo en airsoft, aunque me da que nadie lo hace.

En Foxtrot Sierra, antes de que saliese la O.M., ya hacían algo parecido. Para poder apuntarte a una partida era requisito darles con antelación tu nombre real y DNI a través de su foro (por M.P., luego a la partida ya te apuntas con el nick). Según me contaron, antes de cada partida llevaban la lista de asistentes al cuartel de la guardia civil de esa zona. No es lo mismo que dice Yogui, pero ya es más de lo que se viene haciendo normalmente.

No he vuelto a jugar desde entonces, aunque sé que estuvieron un tiempo sin hacer partidas hasta decidir qué iban a hacer para adecuarse a la ley. Por lo que pone en su foro parece que siguen sin pedir la numeración de las ALD. Lo que no sé es si el listado de asistentes lo seguirán llevando a la G.C. al ayuntamiento o a ambos, ni si se manda a los jugadores una copia de la autorización del ayuntamiento.

A ver si cuando termine los trámites voy allí un día a una partida y me entero de cómo lo están haciendo ahora.

Desconectado Adeptus

  • Airsofter
  • *
  • Mensajes: 667
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #466 en: Septiembre 16, 2013, 02:03:10 pm »
Por si le sirve de ayuda a alguien, he llamado al telefono que me dieron en la junta de mi distrito, el telefono es del departamento que lleva el tema este y me han dicho que no hay que hacer nada, que con llevar la documentacion de tus replicas, llevarlas bien guardadas en el maletero, sin cargador, etc... los guardia civiles tienen "orden" de pasar el tema de que te las lleves a jugar a otro municipio, simplemente porque son replicas de airsoft, eso es lo quem ha dicho... asi que perfecto... aunque no me termino de fiar, supongo que sera como decis... queda a manos del criterio que tenga el agente en ese momento...

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #467 en: Septiembre 16, 2013, 03:42:32 pm »
A mi me han indicado lo que ponia el compañero...que para usarlas en otro municipio habria que avisar de quien va...que armas lleva y tal....pero me comentaban que si el sitio al que vas es un "campo de tiro" el cual ya consta con los permisos del ayuntamiento y G.C....pues que ya asumen que puede haber alguien de otra poblacion y ahi no se meten...que otra cosa es que quisieras ir a una partida que se organice de forma puntual en una finca y/o instalaciones que no se usen habitualemnte para tal fin.

Desconectado Yogui

  • IPSC AA shooter
  • Veterano
  • **
  • Mensajes: 4.832
  • Karma: +1/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #468 en: Septiembre 16, 2013, 06:04:39 pm »
Yo lo veo como dice Nelo, teniendo la ALD registrada no creo que nadie se meta en más, que pueden hacerlo sí, pero lo más probable es que con eso lo den por bueno.
Hi-CAPA Open

Desconectado pifolo

  • Airsofter
  • *
  • Mensajes: 232
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #469 en: Septiembre 18, 2013, 10:23:24 pm »
Cambiando de tercio...Una pregunta!

Hace poco registré mi primera répilca en mi ayuntamiento.
No tuve que hacer nada, mas que llevar la tarjeta amarilla y la blanca, la factura, y el papel del troquelado del armero.
Nada más, ni siquiera me costó pasta, ni presentar la réplica, ni siquiera tuve que ir yo XD


La cuestión es que me he comprado otra replica más, y me gustraría registrarla también.

Tendria que hacer lo mismo, y el ayuntamiento la apuntaría en la tarjeta amarilla? o cojo yo mismo y la apunto. (Cabe destacar que la tarjeta la rellené yo, por que en el ayuntamiento no tenian ni idea, tanto la amarilla como la blanca)

Desconectado Zriel

  • Novato
  • Mensajes: 104
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #470 en: Octubre 03, 2013, 12:34:19 pm »
Probablemente salga en algún sitio, pero el buscador para buscar números es un asco.
¿Las replica sin gas (de muelle y pistoncito vamos, el típico fusil) están englobadas en la categoría de armas 4.1 o 4.2?

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #471 en: Octubre 03, 2013, 01:09:58 pm »
muelle o resorte...categoria 4.2

Desconectado Yogui

  • IPSC AA shooter
  • Veterano
  • **
  • Mensajes: 4.832
  • Karma: +1/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #472 en: Octubre 03, 2013, 09:55:00 pm »
muelle o resorte...categoria 4.2

Si el cargador admite varias bolas yo entiendo que se puede considerar de repetición y sería 4.1
Hi-CAPA Open

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #473 en: Octubre 03, 2013, 10:05:37 pm »
si fueramos estrictos...segun el RA...todas seria 4.1 por ser semi automaticas o de repeticion....pero el "suplemento" de airsoft cambia un poco la cosa...diciendo que las que esten accionadas por muelle son 4.2...pajilleras, snipers, escopetas, etc

Desconectado Yogui

  • IPSC AA shooter
  • Veterano
  • **
  • Mensajes: 4.832
  • Karma: +1/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #474 en: Octubre 03, 2013, 10:11:55 pm »
si fueramos estrictos...segun el RA...todas seria 4.1 por ser semi automaticas o de repeticion....pero el "suplemento" de airsoft cambia un poco la cosa...diciendo que las que esten accionadas por muelle son 4.2...pajilleras, snipers, escopetas, etc

Ya se a que te refieres, pero cada día lo tengo menos claro, al principio cuando salió la ley yo tambien lo veía así, pero no se...
Hi-CAPA Open

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #475 en: Octubre 03, 2013, 10:14:23 pm »
a mi e slo que me han dicho en la guardia civil...que si es de muelle les da igual el cargador...hablando siempre de ALD's

Desconectado Khenu

  • Sigiloso cual elefante cargando
  • Socio de AM y Total Forum Inquisitor
  • Airsofter
  • ****
  • Mensajes: 458
  • Karma: +0/-0
  • ¡Que la SUERTE te acompañe!
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #476 en: Octubre 10, 2013, 02:10:13 pm »
La verdad es que yo me hago mucho un lío con estas cosas, así que me gasté una mañana libre en preguntar... y no se ponen todos de acuerdo (bueno, en mi caso sí, pero no con lo que comentáis algunos aquí), porque en los siguientes tres sitios:
- Policia Local de móstoles
- Intervención de la Guardia Civil de Móstoles
- Armería donde me marcaron las réplicas (y que preguntó en la GC, supongo que cerca de pinto)

Me han dicho que mis réplicas de:
 -el fusil de asalto (G36) es un 4.1 por tener modo automático
 -la escopeta (Benelli M56A) a pesar de soltar tres bolas es 4.2, ya que hay que cargar cada "disparo"
- la pistola de gas semiautomática (KJW KP05) al ser de acción simple, es 4.2.

Al final me he hecho un lío, pero como me lo tienen que aceptar en el ayuntamiento, haré lo que me digan ahí, no sea que no me firmen la tarjeta.

Por cierto, Nelo, conste que me parece más coherente y fácil tu postulado, y hasta es posible que lo puedan ver erróneamente en la GC de móstoles y de ahí pase al ayuntamiento... pero en esto, mi política es la de "hacer lo que me digan", yo no soy ningún experto interpretando leyes. :P
Quien a mala cobertura se cobija, buenas BBs le atizan...

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #477 en: Octubre 10, 2013, 02:23:55 pm »
que sea de accion simple es una clasificacion dentro de las pistolas semi-automaticas...

las pistolas semi automicas son 4.1....el reglamento anterior asi lo definia....el apendice actual solo hace mencion a las 4.2 a las accionadas por muelle o resorte...segun aclaracion de mi IA "las que hay que recargar manualmente tras cada disparo"....como te han indicado a ti....pues bien, una pistola que se autorecarga tras cada disparo no encaja en esa definicion.


Desconectado cue

  • Forero de Confianza
  • Legendario
  • ***
  • Mensajes: 21.741
  • Karma: +1/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #478 en: Octubre 10, 2013, 02:26:19 pm »
Si pero realmente la pistola semiautomática es 4.1 por no ser de accionamiento manual y ser de doble acción, es decir que se arma sola y solo hay que darle al gatillo.

El problema es que más de uno no se sabe el reglamento de su trabajo y se lía con lo de auto y semi, cuando realmente es carga manual manual o no manual.



Esto es como cuando el funcionario inútil de turno como no encuentra el número de serie.. se queda todo pancho y en el apartado del número de serie pone ".45" ... para flipar vamos.

Desconectado Nelo

  • Legendario
  • ****
  • Mensajes: 11.255
  • Karma: +0/-0
Re: procedimiento para registro de replicas según municipio
« Respuesta #479 en: Octubre 10, 2013, 02:27:50 pm »
xastamente  :)