Autor Tema: Habemus BOE?  (Leído 259018 veces)

Desconectado panzer2

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #255 en: Enero 06, 2013, 08:16:14 pm »
Alterados? jejejeje...que prudente eres amigo, yo ya llevo muchos años peleandome con demasiada gente y sintiendome mal muchas veces para ver al final que lo que llevo diciendo sale tal como yo dije, y ya no puedo ser tan prudente, me siento cabreado, enfadado, mosqueado y..............Bueno vale! jejejejejeje.....Lo que están muchos es ¡¡acojonados!! y no tienen ni puta idea por donde les van a venir los tiros, ya pueden darle mil vueltas al BOE, interpretarlo como se quiera y decir que ¡Yo lo he conseguido! de alguna extraña y desconocida razón. Lo único que se ha conseguido que esta claro y fuera de toda interpretación es reconocer oficialmente el nombre de armas ludico-deportivas y la potencia máxima, solamente eso, lo demas ya lleva muchos años regulado, el transporte de las armas, la tenencia, el uso etc etc.....
Yogui ha puesto un documento válido antes y ahora con mas razón y como ese otros muchos que yo tambien he puesto en foros y siempre se nos salia con inyterpretaciones varias cuando no con descalificaciones, se podía registar un arma de 4ª, se posía transportar por toda España, se podía jugar en sitios autorizados etc etc...y la GC salvo en casos de alarma o imprudencias no se metia y todos estabamos bastante tranquilos...veremos ahora


Desconectado Weller

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #256 en: Enero 06, 2013, 08:17:42 pm »
Voy a resumiros por dónde va la cosa: NO TENEMOS NI PUÑETERA IDEA  :=

Habrá que esperar cómo se desarrollan los avontecimientos y se nos indica qué pasos hemos de dar. Lo demás sólo son conjeturas y suposiciones. Quiero pensar que de haber querido ilegalizar el airsoft lo hubieran hecho directamente ¿para qué complicarse?.

Hay más de uno que lo quiere todo a la carta. Ni antes eran juguetes ni era alegal. Que hubiese vacíos legales y voluntad por parte de las autoridades para tolerar nuestras actividades es bien distinto.

Personalmente creo que gracias a esto los ayuntamientos van a poder cobrar nuevas tasas y las fuerzas de seguridad imponer cuantiosas sanciones.

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #257 en: Enero 06, 2013, 08:23:22 pm »
La solución para reconducir este hilo la tenemos todos...a todo aquel que no pregunte algo coherente o aporte algo positivo se le ignora y punto...con no entrar al trapo se soluciona pronto.

Estoy con Sniper, toda la información posible por escrito ayuda mucho, al menos si se crea la duda razonable en el Agente y nos ve personas serias siempre será más facil que no se nos pongan pegas que si vamos de gallos y sin documentación alguna...yo incluiría la fotocopia del BOE  ;)
El escrito este de Pontevedra ya lo tenía, se colgó hace como un año en este mismo foro, siempre acompaña a mis ALD, ahora con más razón.
Muy buena Yogui, ya me has dado otra idéa,  y ya sabes lo que va engrosando mi carpeta de documentación, recién imprimido...

Desconectado panzer2

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #258 en: Enero 06, 2013, 08:27:14 pm »
No puedo estar de acuerdo en todo contigo amigo, si algunos tenemos alguna idea sobre el asunto....yo no supongo nada, yo no conjeturo nada, nadie dice que se quiere ilegalizar nada, las marcadoras pueden ser armas o juguetes, tu decides...en fin , como parece que alguien no vió el BOE, aquí esta otra vez.
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
153
Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.

Las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball se vienen desarrollando en el territorio nacional desde hace aproximadamente dos décadas, con un considerable auge en los últimos años, que ha llevado a su difusión a lo largo de toda la geografía española, en paralelo a un crecimiento y desarrollo internacional de las modalidades de juego y de las armas a utilizar.
En las citadas actividades se emplean armas que mediante muelle, resorte, aire o gas comprimido con una energía cinética en boca no superior a los 3,5 ó 16 julios, según los casos, disparan material a base de polímeros biodegradables. Algunos de estos proyectiles pueden contener líquidos o geles en su interior.
Si bien determinadas armas utilizadas en las señaladas actividades presentan idénticas características a aquéllas de la 4.ª categoría del artículo 3 del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y, por tanto, están clasificadas como tales, no sucede así con las que disponen de un sistema de disparo automático o son accionadas por muelle o resorte. Éstas últimas no se hallan comprendidas específicamente en ninguna de las categorías del citado artículo.
El apartado a) de la Disposición Final Tercera del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, habilita a que mediante Órdenes del Ministro del Interior, dictadas a propuesta de la Dirección General de la Guardia Civil, previo informe favorable de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se podrá determinar, entre los regímenes comprendidos en el Reglamento de Armas, el aplicable a las armas no comprendidas específicamente en ninguna de las categorías configuradas en su artículo 3.
La presente Orden se dicta con el fin de determinar el régimen del Reglamento de Armas aplicable a ciertas armas que se utilizan en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.
Durante la tramitación de la misma se ha sustanciado el trámite de audiencia previsto en el párrafo c) del apartado primero del artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, habiendo sido informada favorablemente por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.
En su virtud, de conformidad con el apartado a) de la disposición final tercera del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, dispongo:
Artículo 1. Armas lúdico-deportivas.
1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.
2. En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball».
a) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «airsoft» tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios.
b) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «paintball» contendrá líquidos o geles en su interior, y su peso no podrá superar 4 gramos, su diámetro máximo será de 18 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 16 julios.
cve: BOE-A-2013-153
Artículo 2. Armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático o estén accionadas por muelle o resorte.
1. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático será el establecido en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, para la categoría 4.1 de su artículo 3.
2. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas que estén accionadas por muelle o resorte será el establecido en el Reglamento de Armas para la categoría 4.2 de su artículo 3.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas prevista en el artículo 149.1.26.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de diciembre de 2012.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #259 en: Enero 06, 2013, 08:29:53 pm »
Alterados? jejejeje...que prudente eres amigo, yo ya llevo muchos años peleandome con demasiada gente y sintiendome mal muchas veces para ver al final que lo que llevo diciendo sale tal como yo dije, y ya no puedo ser tan prudente, me siento cabreado, enfadado, mosqueado y..............Bueno vale! jejejejejeje.....Lo que están muchos es ¡¡acojonados!! y no tienen ni puta idea por donde les van a venir los tiros, ya pueden darle mil vueltas al BOE, interpretarlo como se quiera y decir que ¡Yo lo he conseguido! de alguna extraña y desconocida razón. Lo único que se ha conseguido que esta claro y fuera de toda interpretación es reconocer oficialmente el nombre de armas ludico-deportivas y la potencia máxima, solamente eso, lo demas ya lleva muchos años regulado, el transporte de las armas, la tenencia, el uso etc etc.....
Yogui ha puesto un documento válido antes y ahora con mas razón y como ese otros muchos que yo tambien he puesto en foros y siempre se nos salia con inyterpretaciones varias cuando no con descalificaciones, se podía registar un arma de 4ª, se posía transportar por toda España, se podía jugar en sitios autorizados etc etc...y la GC salvo en casos de alarma o imprudencias no se metia y todos estabamos bastante tranquilos...veremos ahora


Bueno panzer, sí y no, porque mientras en unas provincias se daba completa libertad a este tipo de transporte que comentas, en otras se les decía a los jugadores que debían de sacarse el libro de coleccionista, o que directamente no sacaran las armas lúdico deportivas de casa, por falta de una legislación y a que los Interventores también hacía interpretaciones sui generis... ahora deben de informar a las administraciones locales, con BOE en la mano, y toas iguales, salvo que ya con OM, cada una se las tendrá que ver con los jugadores que quieran sacarse las tarjetas correspondientes... o no, porque hasta que no se pronuncien estamos hablando por hablar, incluido yo

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #260 en: Enero 06, 2013, 08:31:52 pm »
Voy a resumiros por dónde va la cosa: NO TENEMOS NI PUÑETERA IDEA  :=

Habrá que esperar cómo se desarrollan los avontecimientos y se nos indica qué pasos hemos de dar. Lo demás sólo son conjeturas y suposiciones. Quiero pensar que de haber querido ilegalizar el airsoft lo hubieran hecho directamente ¿para qué complicarse?.

Hay más de uno que lo quiere todo a la carta. Ni antes eran juguetes ni era alegal. Que hubiese vacíos legales y voluntad por parte de las autoridades para tolerar nuestras actividades es bien distinto.

Personalmente creo que gracias a esto los ayuntamientos van a poder cobrar nuevas tasas y las fuerzas de seguridad imponer cuantiosas sanciones.
Ahora viene la campaña informativa, visitas a campos, hacer público el régimen sancionador...etc etc etc

Desconectado csv

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #261 en: Enero 06, 2013, 08:43:45 pm »
Panzer, yo seguire llamandote de todo menos bonito (hasta que no te vea la cara, que oye, igual hasta lo eres).


Todo lo que tu pones, como se te dijo en su dia, en tu zona valdria. Aqui no piden antecedentes de penales, cosa que en el BOE no aparece, pero cada ayubntamiento es soberano de restrigir su expedicion.


Empiezas diciendo que lo que antes era "alegal" ahora es ilegal. Me pierdo, a que te refieres?


Sobre colgarse medallas, todavia no he visto a nadie (salvo FEA, que se las pone y reparte, dejandose algunos por el camino y dando a quien no tenia nada que ver) pero tu si que haces amago de colgartela al decir que tenias la razon. En parte la tenias, como se te dijo en su dia, pero como te comente la otra vez, lo que en tu comandancia vale, en el resto no. De la misma forma que tu llevas tiempo, otros tambien y se ha visto muchas formas de actuar tanto de ayuntamientos como de FCSE, muchas en contra de la ley, este BOE deja las cosas "claras" en cuanto a su naturaleza, por lo que por mucho que se les quiera llamar juguetes...


Desconectado mikiparla

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #263 en: Enero 06, 2013, 09:09:09 pm »
Pues yo tengo 5 targetas de 4 categoria y en ninguna me pidieron los penales  y no creo que me los pidan  estoy mas que seguro eso aqui en parla en madrid centro nose como sera

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #264 en: Enero 06, 2013, 09:12:54 pm »
en La Coruña pedían certificado de penales, eso es cada ayuntamiento quien pone sus propias normas.
Freelander

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #265 en: Enero 06, 2013, 09:16:40 pm »
Panzer, yo seguire llamandote de todo menos bonito (hasta que no te vea la cara, que oye, igual hasta lo eres).


Todo lo que tu pones, como se te dijo en su dia, en tu zona valdria. Aqui no piden antecedentes de penales, cosa que en el BOE no aparece, pero cada ayubntamiento es soberano de restrigir su expedicion.


Empiezas diciendo que lo que antes era "alegal" ahora es ilegal. Me pierdo, a que te refieres?


Sobre colgarse medallas, todavia no he visto a nadie (salvo FEA, que se las pone y reparte, dejandose algunos por el camino y dando a quien no tenia nada que ver) pero tu si que haces amago de colgartela al decir que tenias la razon. En parte la tenias, como se te dijo en su dia, pero como te comente la otra vez, lo que en tu comandancia vale, en el resto no. De la misma forma que tu llevas tiempo, otros tambien y se ha visto muchas formas de actuar tanto de ayuntamientos como de FCSE, muchas en contra de la ley, este BOE deja las cosas "claras" en cuanto a su naturaleza, por lo que por mucho que se les quiera llamar juguetes...
Exactamente Csv, es como dices: la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es la que establece básicamente que cada Corporación Local es autónoma en cuanto a la aplicación a su modo y manera, de las competencias locales que se establezcan en su zona, siendo independientes unas de otras, en referencia a las Corporaciones vecinas

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #266 en: Enero 06, 2013, 10:08:52 pm »
sinceramente el certificado de penales (menos de 4€) y el psicotecnico (unos 30€) me parece una idea cojonuda y que deberia ser obligatorio para todos, anda que no nos quitariamos chusma de encima solo con esos dos requisitos...
Madrid- Madrid "los valientes no sirven para la siguiente batalla
Vendo Mosfets, preguntadme!

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #267 en: Enero 06, 2013, 10:26:30 pm »
Claro y si ponen una tasa de 300 euros ya así te quitas también de g36 jg y demás "chusma" que pasa de pagar un cojón y parte del otro en tasas absurda y con interés meramente recaudatorio.

OOlé!

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #268 en: Enero 06, 2013, 10:26:46 pm »
sinceramente el certificado de penales (menos de 4€) y el psicotecnico (unos 30€) me parece una idea cojonuda y que deberia ser obligatorio para todos, anda que no nos quitariamos chusma de encima solo con esos dos requisitos...
Claro! Y quién no pueda pagarlo que se joda,en fin.. Sé que el Airsoft no es un bien de primera necesidad ni hostias,pero coño,que digas eso me parece insultante y ciertamente elitista.

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #269 en: Enero 06, 2013, 10:37:27 pm »
sinceramente el certificado de penales (menos de 4€) y el psicotecnico (unos 30€) me parece una idea cojonuda y que deberia ser obligatorio para todos, anda que no nos quitariamos chusma de encima solo con esos dos requisitos...
+1!
Logicamente joderia, y mas a mi que soy estudiante y no tengo un duro, pero coño, quien algo quiere algo le cuesta! Y nos librariamos de mucha gentuza!