Autor Tema: Habemus BOE?  (Leído 259043 veces)

Desconectado sk4ss

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #180 en: Enero 05, 2013, 10:49:53 pm »
SECCIÓN V. TRÁNSITO DE ARMAS.
Artículo 67.
1. El tránsito de armas por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y
quedará sometido al condicionado que en la misma se fije.
3. Se exceptúan del régimen de autorización los casos de tránsito de hasta dos armas de
las categorías 2, 3, 4, 6 y 7, que transporten consigo, desmontadas, en su caso, y dentro de
sus cajas o fundas sus propietarios. En estos supuestos, las armas pasarán por territorio
español amparadas por una guía de circulación de clase A, expedida por la Intervención de
Armas, y por un pase de importación temporal, expedido por la aduana de entrada, con
exigencia de garantía suficiente para cubrir la sanción máxima en que pudiera incurrirse en
caso de que no se produzca la salida de España.
El artículo está redactado de puta pena... Porque del punto 3 la primera parte no parece relacionada con la segunda. La primera dice que estás exento de llevar hasta dos cacharros que sean tuyos, pero la segunda habla de armas que NO te pertenecen, sino que transportas para beneficio de un tercero.

Sniper, Deybit, se agradecería que argumenteis vuestras afirmaciones ^^  Si está equivocado, por qué y tal.

Desconectado Yogui

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #181 en: Enero 05, 2013, 10:51:10 pm »
Lo malo de todo ésto es que ya no podremos pedir a los Reyes Magos ninguna réplica más...como ya no son juguetes  ???
Me voy a la cama a ver si me traen algo ... a ver con que me encuentro mañana cuando entre por aquí  :=

P.D. perdón por poner "réplica" es que no me acostumbro a esta nueva situación...
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Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #182 en: Enero 05, 2013, 10:51:20 pm »
y después de tantos años, aún seguimos hablando que nuestras cacharras son juguetes  ::)
leeros las directivas europeas en matería de juguetes y sus características OBLIGATORIAS, si lo hicierais antes de hablar, seguramente no lo dijerais tan ligeramente.
Y el Estado, soberano él y votado por el pueblo, puede prohibir una actividad que no reconoce como legal sin despeinarse, si quisiera, teniendo en cuenta que si alegara 5.2 del RA habría acabado definitivamente la historia, cosa que por suerte no ha pasado.
Y ya iba siendo horas que dieran caña a jugadores, campos, tiendas, porque en determinados aspectos, daban y dan auténtica pena la forma de surgir sin control absoluto, cosa que hemos dejado porque como nos ha interesado, no vaya ser que no jugarámos tanto, y hemos permitido y seguimos hacíendolo jugando sin seguros, sin autorizaciones del ayuntamiento, comprando sin garantía, jugando con pasados porque los organizadores se la pelaba, pagando todo en B sin cotizar como si fueramos un ente privilegiado y mil cosas más.
Coño, debo ser el único que estaba hasta los cohones, y que está esperando que empiecen a apretar campos de mierda con dinero en negro, tiendas que venden sin garantías y con calidades mediocres en un trastero, y que la gente piense que un hobie debería ser obligatorio su práctica, sin limitaciones de uso ni tenencia y que por lo tanto no lo pueden grabar con impuestos?  ::)
no sé si hacer un mega-facepalm por todo esto, o por la imaginación de 20 millones de puntos que hasta que la icae no se pronuncie para asentar el protocolo de actuación a seguir, no se sabe, e ir dando tantas cosas por sentadas.
sk4ss, por favor, dile a tu amigo policía que estudie un pelín más, no vaya ser que tenga un susto ;)
p.d: me encanta la histeria colectiva, es un gran estudio sociológico y psicológicos ;D ;D ;D ;D
p.d.2: odio que mi mujer estudie sociología, la psicología se da mucho en la peluquería en atención al cliente jajajajajajajajjaja.
dindindin... que digo din??? DINACO!!!

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #183 en: Enero 05, 2013, 10:53:35 pm »
SECCIÓN V. TRÁNSITO DE ARMAS.
Artículo 67.
1. El tránsito de armas por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y
quedará sometido al condicionado que en la misma se fije.
3. Se exceptúan del régimen de autorización los casos de tránsito de hasta dos armas de
las categorías 2, 3, 4, 6 y 7, que transporten consigo, desmontadas, en su caso, y dentro de
sus cajas o fundas sus propietarios. En estos supuestos, las armas pasarán por territorio
español amparadas por una guía de circulación de clase A, expedida por la Intervención de
Armas, y por un pase de importación temporal, expedido por la aduana de entrada, con
exigencia de garantía suficiente para cubrir la sanción máxima en que pudiera incurrirse en
caso de que no se produzca la salida de España.
El artículo está redactado de puta pena... Porque del punto 3 la primera parte no parece relacionada con la segunda. La primera dice que estás exento de llevar hasta dos cacharros que sean tuyos, pero la segunda habla de armas que NO te pertenecen, sino que transportas para beneficio de un tercero.

Sniper, Deybit, se agradecería que argumenteis vuestras afirmaciones ^^  Si está equivocado, por qué y tal.
No hace falta argumentar. Es sencillo: no s epuede aplicar algo hecho para armas reales a algo hechopara armas de uso lúdico deportivo, aunque a veces, deberíamos pensar en tratarlas como reales...

Desconectado sk4ss

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #184 en: Enero 05, 2013, 10:58:33 pm »
Como que no? Pero no se supone que tras este BOE nos meten dentro de la categoría de armas?  ???

Desconectado ViRu$

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #185 en: Enero 05, 2013, 11:00:58 pm »
Armas de 4ª categoria,lo que es lo mismo que las pistolas y carabinas de perdigones.
"Solo merece vivir quien por un noble ideal esta dispuesto a morir"

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #186 en: Enero 05, 2013, 11:03:19 pm »
Como que no? Pero no se supone que tras este BOE nos meten dentro de la categoría de armas?  ???
Pero vamos a ver.... si no ha cambiado nada!!, siempre hemos estado "dentro" de esa categoría, y siempre han sido armas

Desconectado simcom

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #187 en: Enero 05, 2013, 11:03:30 pm »


Simcom, hasta ahora no se podia regular por el mecanismo de automatismo, por tanto todo lo que lleve un selector y tenga posibilidad de mas de un disparo por toque de gatillo, estaba fuera del reglamento. Creo que era la base de nuestra "alegalidad" y tu que llevas tiempo moviendo partidas, deberias saberlo.


No sabia nada, porque no habia nada que saber hasta hoy. Y lo de hoy tampoco es mucho.

Desconectado Sniper

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #188 en: Enero 05, 2013, 11:04:52 pm »


Simcom, hasta ahora no se podia regular por el mecanismo de automatismo, por tanto todo lo que lleve un selector y tenga posibilidad de mas de un disparo por toque de gatillo, estaba fuera del reglamento. Creo que era la base de nuestra "alegalidad" y tu que llevas tiempo moviendo partidas, deberias saberlo.


No sabia nada, porque no habia nada que saber hasta hoy. Y lo de hoy tampoco es mucho.
Dice la cita que "el desconocimiento de la ley, no te exime del cumplimiento de la misma"...

Desconectado deybit

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #189 en: Enero 05, 2013, 11:06:22 pm »
la licencia A solo es para lo que es, no por ello puedes portar armas de cuarta categoría.
cada licencia o tarjeta, tiene unas características determinadas, cada competición sus normas. Por lo tanto para empezar tiene que adaptarse a lo que él tiene.
Puedes estar en posesión de un arma, pero no por ello estás habilitado para su uso en cualquier circunstancias o en cualquier lugar, por lo que la afirmación " jurisprudencia dice que puedes usar un arma guiada fuera de tu municipio... Si no, no podría haber competiciones de tiro ni nada, que las hay a nivel nacional."
1- jurisprudencia, supongo que habrán sido elevados casos a los Juzgados y será conocedor de ellas, sino queda como "el 90% de la gente opina...." sin estudios previos, mola, pero no es correcto. En España la jurisprudencia como tal creo que no existe (no sé si me estoy patinando) como la conocemos de estados unidos,  por lo tanto lo que marca un juez de toledo no tiene porque cumplirlo un juez de la coruña, podría ayudar en las apelaciones pero no son vinculantes a no ser que sean del mayor órgano judicial (Constitucional o Supremo).
2- uso del arma guiada fuera de tu municipio: donde? por qué? cuando? muy general lo ha dicho, me remito al principio.
3- las competiciones de tiro siguen unas normas, y requieren unas tasas, pago de autorizaciones, etc. El que tiene un arma no está obligado a competir.

SECCIÓN V. TRÁNSITO DE ARMAS.
Artículo 67.
1. El tránsito de armas por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y
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3. Se exceptúan del régimen de autorización los casos de tránsito de hasta dos armas de
las categorías 2, 3, 4, 6 y 7, que transporten consigo, desmontadas, en su caso, y dentro de
sus cajas o fundas sus propietarios. En estos supuestos, las armas pasarán por territorio
español amparadas por una guía de circulación de clase A, expedida por la Intervención de
Armas, y por un pase de importación temporal, expedido por la aduana de entrada, con
exigencia de garantía suficiente para cubrir la sanción máxima en que pudiera incurrirse en
caso de que no se produzca la salida de España.

traduzco: para transportar armas se requiere de autorización y está  sometido a sus normas por el organismo capacitado para ello, pero no se aplica en el transporte de hasta dos armas de las categorías 2,3,4,6 y 7, desmontadadas y dentro de sus cajas y fundas durante su transporte, necesitandose una autorización previa de la GC que es temporal y pagando.
y hasta lo que yo sé, esto se está revisando y sino es modificado se levanta la mano (también para jugadores de paintabll), pero de ahí a que sea definitivo no me puedo mojar.
Freelander

Desconectado Sauber

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #190 en: Enero 05, 2013, 11:10:44 pm »
No me quiero ni ir a la cama......no sea que mañana llegue y vea 40 paginas mas de gente que ciertamente,parece que escribe sin leer lo que pone...

No hace ni 24h que ha salido,de hecho no ha entrado en vigor oficialmente....y lo que esta dando de si...y lo que queda. "O0"

Desconectado deybit

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #191 en: Enero 05, 2013, 11:12:20 pm »
No me quiero ni ir a la cama......no sea que mañana llegue y vea 40 paginas mas de gente que ciertamente,parece que escribe sin leer lo que pone...

No hace ni 24h que ha salido,de hecho no ha entrado en vigor oficialmente....y lo que esta dando de si...y lo que queda. "O0"
sino te acuestas pronto los reyes no te dejarán nada jajajajajaja.
Freelander

Desconectado Cocochin

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #192 en: Enero 05, 2013, 11:12:34 pm »
1º Sniper. Las replicas de AS no eran consideradas armas simplemente porque para ser consideradas armas tienen que estar reguladas en RA. Todo lo que esta fuera del RA no es arma.
Podias llamarlas juguetes (porque eran para jugar a los soldaditos) o podias llamarlas articulos deportivos (porque eran para practicar un deporte).

NO ERAN ARMAS por mucho que se parecieran por fuera, y ahora lo unico que tienen de armas es estar en el RA.


2º Estar reguladas en el RA NO SIGNIFICA PARA NADA que se hallan acabado las interpretaciones discreccionales por parte de los agentes de la ley. Al contrario, significa que AHORA VAN A PODER INTERPRETAR MUCHO MAS Y CON UNAS CONSECUENCIAS MUCHO MAS GRAVES PARA NOSOTROS.
No estamos fuera de la LESECI, estamos en la LESECI y ADEMAS en el RA. Pueden interpretar ARBITRARIAMENTE las dos y darnos el doble.
No hemos ganado ningun derecho, solo hemos ganado obligaciones estupidas y arbitrarias.

3º Que en el RA esten recogidas ciertas "armas" sigue sin ser ni logico ni justo.
En Francia el AC, el fuego anular (el .22 para los amigos) y la AE (las armas de polvora negra) son libres simplemente presentando el DNI y sin estar sujetas a cupos de ninguna clase.
Aqui en cambio estan MUY controladas y sujetas a tasas, cupos y prohibiciones estupidas de todo tipo, mas estupidas aun cuando ESTA PROHIBIDA LA CAZA CON ELLAS (excepto con AE en algunas comunidades) pese a estar amparadas como armas de caza y tener la obligacion de estar federados como cazadores.
Los tiradores deportivos llevamos muchos años intentando que nos saquen del RA, o por lo menos que establecieran nuevas categorias menos restrictivas que nos permitan ejercitar nuestro deporte en condiciones adecuadas.
Te puedo asegurar que tanto en el IPSC (tanto con cortas como con largas), como en el tiro a larga distancia como en la avancarga TODOS (desde el ultimo clasificado hasta el campeon de cada disciplina) tenemos que bordear, cuando no directamente saltarnos, el RA porque si no seria imposible practicar esas disciplinas.
Y NO SOMOS DELINCUENTES , SOMOS DEPORTISTAS.

4º Como ya he dicho antes el RA (todo el RA) esta redactado de puta pena y formado "inspirandose" muy libremente en trozos de los RA de muchos otros paises, y no se preocuparon ni de traducirlos bien ni de hacer que unas partes fueran coherentes con otras o simplemente con el resto de la legislacion española y europea.

E incluso HAY PARTES DEL RA QUE ESTANDO CLARAS MERIDIANAS son interpretadas intencionadamente de forma incorrecta (la palabra prevaricacion se me viene casualmente a la cabeza) por la GC en base a "secretas" circulares internas.
(Mirate el primer enlace que puse en la plataforma. El segundo va sobre el caciquismo y la pandilla de ladrones que sufrimos en la federacion española, y el 3º y 4º sobre lo mismo en la fed.madrileña. Federaciones ambas a las que no estoy apuntado por gusto si no por OBLIGACION del RA).

5º Como parece que algunos estais dispuestos a vender vuestro alma al diablo con tal de poder utilizar la palabra ARMAS para vuesto hobby y no sabeis o no quereis ver mas alla de eso ni os habeis parado a pensar las consecuencias que puede traer por mucho que se os advierta VOY A PASAR YA DEL TEMA.
Disfrutar con vuestras armas, y que no os crujan.








Desconectado guiardos

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #193 en: Enero 05, 2013, 11:14:16 pm »
Si es en beneficio de todos, no esta mal.
Pero sera como todo, para sacarnos unas perricas.
Por que por muy legal y regulado que lo hagan, si el GC de turno nos los quiere tocar, nos los tocara.
En fin. Haber que pasa

Desconectado Vietcong Kid

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #194 en: Enero 05, 2013, 11:15:08 pm »
En cualquier caso aqui hay cosas muy claras. Este documento ha salido y es de aplicación inmediata, nos gustara mas o menos, pero aqui esta y probablemente se va a quedar.
Al que no le guste, lo suyo es que lo manifieste o reclame en otro lugar, por que aquí no va a cambiar nada.
A mi personalmente me parece que a la gente le da la neura enseguida, si quisieran ilegalizar esto lo habrian hecho sin ningun tipo de subterfugio. Con poner que son replicas de arma de guerrlegales ya hubier bastado.
Creo que leyendo el documento hay voluntad de legalizarnos de alguna manera leyendo cosas como los 8mm, diferenciar airsoft y paintball e incluso sus gramajes y potencias...
Yo creo que con el tiempo se aclararan los puntos oscuros y a larga seguiremos como hasta ahora pero con un papelito del estado y unos 50€ menos en el bolsillo XD