Autor Tema: Habemus BOE?  (Leído 259227 veces)

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #150 en: Enero 05, 2013, 09:04:25 pm »
Armas de fogueo:

Art. 54

5. Las armas de la categoría 7ª, 6, se podrán adquirir previa acreditación de la mayoría de edad del comprador mediante la exhibición del documento nacional de identidad, pasaporte, tarjeta o autorización de residencia, cuyos datos deberán ser consignados en los correspondientes libros por el establecimiento vendedor.

Hasta ahora se regian nuestras "replicas"  x la 1/92 o ley de seguridad ciudadana,lo que mayormente dependia del estado de humor del señor agente de la ley y de su conocimiento del airsoft.

A partir de ahora es todo una incognita ya que la tarjeta de arma de 4ª categoria la expide el ayuntamiento y es solo para el municipio,pero por lo menos algo es algo...

Prohibir no han prohibido nada,bueno si interpretamos al pie de la letra solo prohibe utilizar municion de mas de 0.45 y que no sea biodegradable..poco mas eh!
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #151 en: Enero 05, 2013, 09:06:24 pm »
Un arma es un objeto creado con la finalidad de matar.
a ver que dice la rae...
Citar
arma.

(Del lat. arma, -ōrum, armas).

1. f. Instrumento, medio o máquina destinados a atacar o a defenderse.

2. f. Mil. Cada uno de los institutos combatientes de una fuerza militar. El arma de infantería, de caballería, de artillería

3. f. p. us. Rebato o acometimiento repentino.

4. f. pl. Conjunto de las armas que lleva un guerrero o una unidad de guerra.

5. f. pl. Tropas o ejércitos de un Estado. Las armas de España, las armas de los países aliados

6. f. pl. Defensas naturales de los animales.

7. f. pl. Piezas con que se arman algunos instrumentos, como la sierra, la brújula, etc.

8. f. pl. Milicia o profesión militar.

9. f. pl. Hechos de armas, hazañas guerreras.

10. f. pl. Medios que sirven para conseguir algo. Yo no tengo más armas que la verdad y la justicia

11. f. pl. Heráld. Blasones del escudo.

12. f. pl. Heráld. escudo de armas.

no, no dice matar... dice atacar o defenderse, vaya... lo que hacemos, en las partidas...

y vamos a la guardia civil a ver que armas para matar incluye el reglamento de armas... http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/clasifica_armas/index.html la 7º categoria es una buena categoria donde hay muchas armas que no han sido creadas para matar... como una pistola de bengalas...


ahora llora lo que quieras para decir que son juguetes, nunca lo han sido y nunca lo seran...

PD: hola mama! tengo armas en casa!!
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #152 en: Enero 05, 2013, 09:08:24 pm »
Locura everywhere...... ??? ???

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #153 en: Enero 05, 2013, 09:10:16 pm »
joder ya mismo iremos a campos de tiro los domingos como los amerricanos. a no ... que ya lo hacemos xD
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #154 en: Enero 05, 2013, 09:13:00 pm »
Esto es lo que hay en mi municipio, que es Parla y esta en Madrid:

Citar
INFORMACIÓN DE INTERÉS:
El Órgano Gestor es la Concejalía de Seguridad Ciudadana.
 
Para la Concesión o Renovación de la Tarjeta de Armas de 4ª Categoría (carabinas de arma no rayada y de un solo tiro), las Ordenanzas Fiscales  fijan una tasa de 13,25 €.
 
CANAL PRESENCIAL: En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano podrás solicitar la Concesión o Renovación de la Tarjeta de Armas de 4ª Categoría.
 
Deberás ABONAR la Tasa, CUMPLIMENTAR el Impreso y ADJUNTAR la documentación que se requiera, junto con la Tasa Abonada.
 
Mediante la solicitud se podrán realizar los siguientes trámites:
- Solicitar por primera vez la expedición de la tarjeta de armas de 4ª categoría.
- Solicitar la renovación de las tarjetas de armas que hubiesen caducado o estén próximas a hacerlo.
- Solicitar la expedición de las tarjetas de armas de 4ª categoría para menores, con una edad mínima de 14 años.
 
Posteriormente a su registro en el SAC, y en el plazo de una semana, deberá presentarse el interesado con el arma a autorizar en la Jefatura de la Policía Local, sita en la Calle Lago de Villafranca de los Caballeros, 4.
 
La Norma Reguladora es el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero).
 
La tarjeta de armas de 4ª categoría sólo tendrá validez dentro del término municipal de Parla.

Y este es el modelo a cumplimentar:

http://www.ayuntamientoparla.es/files/2087-3194-Fichero/TARJETA%20ARMAS%204%C2%AA%20CATEGORIA-PDF.pdf





Esta es la información que ofrecen en la página web del ayuntamiento, de momento 15 euritos.

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #155 en: Enero 05, 2013, 09:16:00 pm »
Como dijo una vez, creo que fue Kurtz, vete a un banco y pon encima del mostrador una barbie o una 1911 de INO, a ver que cara pone el dependiente...

Al margen del eterno debate, hay otros temas importantes que se han dejado en el tintero, además del de los municipios:

-¿Qué pasa con los silenciadores? Porque en España estan totalmente prohibidos, aunque los nuestros no silencien.
-¿Qué pasa con las réplicas autoconstruidas? En este pais esta prohibido modificar cualquier arma, asi que hasta los upgrades o reparaciones serán ilegales, aunque imposibles de detectar a nivel institucional con esta normativa, pero si tenemos que cambiar el cuerpo por una rotura...  (siempre podemos volver a troquelarle el mismo numero...)
-¿Cómo quedará la compra al extrangero?
-¿Qué pasa con los lanzagranadas?
-¿Podremos sacar la tarjeta de armas sin factura? Porque un contrato de compraventa entre particulares supone que el otro particular tíene la factura...

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #156 en: Enero 05, 2013, 09:27:38 pm »
-¿Qué pasa con los silenciadores? Porque en España estan totalmente prohibidos, aunque los nuestros no silencien.

En principio esta prohibido utilizar supresores sonicos,a nosotros no nos afecta ya que son como cualquier otra bocacha

-¿Qué pasa con las réplicas autoconstruidas? En este pais esta prohibido modificar cualquier arma, asi que hasta los upgrades o reparaciones serán ilegales, aunque imposibles de detectar a nivel institucional con esta normativa, pero si tenemos que cambiar el cuerpo por una rotura...  (siempre podemos volver a troquelarle el mismo numero...)
En no se que parte de la ley de armas he leido que si no tienes factura para demostrar el origen,con una declaracion jurada es lo mismo.

-¿Cómo quedará la compra al extrangero?
Esperemos que no sea como las armas reales,que las tienen que enviar a intervencion de armas y la vas a buscar alli...habria que saber como se hace con las pistola de perdigones actualmente.

-¿Qué pasa con los lanzagranadas?

lo mismo que con cualquier pistola de gas supongo..

-¿Podremos sacar la tarjeta de armas sin factura? Porque un contrato de compraventa entre particulares supone que el otro particular tíene la factura...

supongo que exactamente igual que para las montadas desde cero,declaracion jurada y arreglao.
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #157 en: Enero 05, 2013, 09:29:05 pm »
ayuntamiento de madrid ( vamos la villa, la capital)

Citar
Permiso para uso de armas de aire comprimido

     Tarjeta Tipo A

    Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-1: Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas. (Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3).
    Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
    Validez: 5 años - Limitada al término municipal de Madrid.

    Tarjeta Tipo B

    Este permiso es válido para las armas comprendidas en la cuarta categoría 4-2: carabinas y pistolas de anima lisa o rayada, y de un sólo tiro y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.(Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, Artículo 3)..
    Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
    Validez: permanente - Limitada al término municipal de Madrid.

Destinatarios
Vecinos o residentes en el municipio de Madrid, limitándose al respectivo término municipal.
Importe
Para 2013: 20,75 euros



    Solicitud
    - Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia
    - Certificado de aptitudes psicofísicas
    - Certificado de antecedentes penales
    - Factura o albarán que acredite la propiedad
y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
    
Menores. Mayores de 14 años. Validez hasta los 18 años.
    - Autorización de quien ostente la patria potestad o tutela.
    - Fotocopia del DNI, pasaporte o Tarjeta de Residencia
    - Certificado de antecedentes penales, de quien tenga la patria potestad o tutela.
    - Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma especificamente  marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
    - Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento





no dice nada del nuemero de armas que se pueden apuntar ni nada, pero si un certificado de penales y un psicotecnico...
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #158 en: Enero 05, 2013, 09:29:48 pm »
http://www.aytoalmeria.es/db/www.nsf/5D3C9F6E712DEA13C1257918002601F1/$file/SOLICITUD%20PRIMERA%20OBTENCION%20O%20RENOVACION%20TARJETA%20ARMAS.pdf

aqui teneis el documento para los que estis empadronados en el ayuntamiento de almeria

no he visto que haya que pagar, si alguien lo ve que lo ponga jejeje
Mas inutil que mosfetear una escopeta double eagle

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #159 en: Enero 05, 2013, 09:34:53 pm »
Responsabilidad seria la que te falta a ti,ya que han sacado una Orden Interior que modifica un REAL DECRETO,que te recuerdo que es de obligado cumplimiento.Tu obligacion es cumplirlo,que te gusta pues bien,que no,pues 2 opciones,abandonas este hobby o te arriesgas a una multa.FACILISIMO

Tambien te recuerdo que las ARMAS DETONADORAS,vamos las pistolas de fogueo de toda la vida estan incluidas tambien en el regimen de armas y con esas tampoco se puede matar a nadie...


Y las detonadoras no necesitan tarjeta de armas, ni estan sujetas a cupos de ningun tipo pese a no servir para NINGUNA ACTIVIDAD DEPORTIVA y ser facilmente manipulables para hacerlas "de fuego real".

Hasta ahora el tema estaba bien claro:
-no hacer el idiota con las replicas por la calle y usarlas y exibirlas solo en recintos acotados.
 

Ahora estamos en la 4ª categoria y esta PROHIBIDO TODO con ellas, y sancionado fuertemente.


Din din din din din!!!!

Estas muy mal informado, y eso que lo sufres como jugador, profesional y lo que quieras. Las detonadoras han de pasar por el banco de pruebas para comprobar que no son mas transformables de lo que pueda ser cualquier aparato metalico. Las que no pasan esa prueba directamente quedan prohibidas para su venta en el mercado Español.

Simcom, hasta ahora no se podia regular por el mecanismo de automatismo, por tanto todo lo que lleve un selector y tenga posibilidad de mas de un disparo por toque de gatillo, estaba fuera del reglamento. Creo que era la base de nuestra "alegalidad" y tu que llevas tiempo moviendo partidas, deberias saberlo.

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #160 en: Enero 05, 2013, 09:35:22 pm »
calimotxo justo iba a poner eso..que en Madrid vamos a tener algo más de problema y pone clarito que no se pueden sacar del municipio...Esperemos que eso último lo cambien.
¿Sabeis de que va el certificado de actitudes psicofísicas, y si cobran? :P
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #161 en: Enero 05, 2013, 09:38:53 pm »
Yo no digo nada pero el psicotécnico son otros 30 pavos como poco. Lo de limitado al municipio de madrid...lo entendería si son para decorar tu habitación, pero ¿cómo afecta eso a las partidas que juegas a lo largo de media España? porque obviamente no vamos a pasearnos por todos los ayuntamientos de todos los pueblos a pedir licencias. Esto está muy cogido por los pelos, pero me da que todo va a seguir igual mientras hayas cascao el precio correspondiente de la tarjeta de tu ciudad de empadronamiento, solo que con un trasfondo burocrático-legal mucho más bonito, políticamente hablando.

P.d. prefiero pintar una bocacha de naranja y cambiarla en la partida que troquelar el cuerpo de mi m4 con marcajes colt, las partidas se juegan en fincas privadas, ahí nadie te va a pedir la tarjeta, como si jugases en tu casa.

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #162 en: Enero 05, 2013, 09:38:59 pm »
calimotxo justo iba a poner eso..que en Madrid vamos a tener algo más de problema y pone clarito que no se pueden sacar del municipio...Esperemos que eso último lo cambien.
¿Sabeis de que va el certificado de actitudes psicofísicas, y si cobran? :P
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lo de no poder sacarlo del municipio es el problema de la 4º categoria, pero decian que lo iban a cambiar...

sobre lo del certificado psicotecnico, pues como con el coche, que hay que apoquinar, supongo que te haran una prueba de motricidad (los marcianitos del carnet de coche) y un test para que vean que no estas loco. y como digo apoquinando y seran unos 30€ o asi..

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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #163 en: Enero 05, 2013, 09:40:37 pm »
En zaragoza capital:

PARA ARMAS ADQUIRIDAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

    Instancia General
    Fotocopia DNI (edad minima 14 años)
    Factura pro-forma donde consten el tipo, la marca, el calibre y el número de serie del arma.
    Justificante del pago de tasas
    Certificado de antecedentes penales (Ministerio de Justicia: C/ Dr. Fleming nº4)
    Para armas de Air-soft: no se podrán documentar aquellas con capacidad de disparar en modo automático (ráfagas)
     

ARMAS ADQUIRIDAS A PARTICULARES

    Instancia General
    Fotocopia DNI
    Contrato privado de Compraventa, firmado por comprador y vendedor.
    Justificante del pago de tasas
    Certificado de antecedentes penales (Ministerio de Justicia: C/ Dr. Fleming nº4)
    Para armas de Air-soft: no se podrán documentar aquellas con capacidad de disparar en modo automático (ráfagas)

y ahora que?? jajajajaj
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Re: Habemus BOE?
« Respuesta #164 en: Enero 05, 2013, 09:51:28 pm »
.....
lo de no poder sacarlo del municipio es el problema de la 4º categoria, pero decian que lo iban a cambiar...

sobre lo del certificado psicotecnico, pues como con el coche, que hay que apoquinar, supongo que te haran una prueba de motricidad (los marcianitos del carnet de coche) y un test para que vean que no estas loco. y como digo apoquinando y seran unos 30€ o asi..
Me da que van a bajar en Madrid los jugadores que se inician de forma considerable...son 20 +30 + lo que cueste el certificado de antecedentes penales.Vamos entre transporte al final unos 60 euros....Yo empiezo a ahorrar ya que tendré que pagar lo de la declaración jurada también por lo de la factura ::)

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