Autor Tema: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes  (Leído 277373 veces)

Desconectado Playjodete

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #570 en: Septiembre 03, 2012, 10:04:34 pm »
Edito , 5 no , son 6 XD , en la imagen de arriba lo podéis ver

6 Réplicas en cada cartulina ( y por triplicado  ;) )

Un saludo

Desconectado Kurtz

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #571 en: Septiembre 03, 2012, 10:10:11 pm »
El límite son 5... por cartulina , podéis tener 200 cartulinas o las que queráis

Eso se contradice con lo que dice la GC en su web, por lo menos en lo que respecta a las que esten en 4.1. No se hasta que punto los ayuntamientos son autonomos en esto...
nunca guardo las facturas de las réolicas, a diferencia de otros, no necesito aferrarme a ellas para compensar inseguridades.

Desconectado Luar

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #572 en: Septiembre 03, 2012, 10:11:20 pm »
un par de preguntillas a ver si alguien sabe como esta el tema legalmente..

Si son armas, donde podremos usarlas? en galerias y cotos de caza? como el resto de armas..

Si una persona me denuncia pq le he disparado con un arma de 4 categoria.. el juez que hace?

Desconectado Playjodete

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #573 en: Septiembre 03, 2012, 10:14:28 pm »
El límite son 5... por cartulina , podéis tener 200 cartulinas o las que queráis

Eso se contradice con lo que dice la GC en su web, por lo menos en lo que respecta a las que esten en 4.1. No se hasta que punto los ayuntamientos son autonomos en esto...

Hola compañero

Yo te hablo de mi situación actual y como las tengo registradas como 4º Categoría , quiza con la nueva normativa cambie ( no lo se ) , pero te aseguro que tengo registradas más de 6.

Por cierto , una bola de 0,20 gramos en boca con 3 julios de potencia son exactamente 173,2 m/s , o lo que es lo mismo , 570 fps ( aproximadamente )

Creo que está perfecto , por norma general los rifles de francotirador en la gran mayoria de los campos ( hay excepciones , como todo en la vida ) están limitados a 550 fps

Un saludo

Desconectado Sniper

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #574 en: Septiembre 03, 2012, 11:07:07 pm »
Play, me gustaría ver el texto completo del documento... si es posible claro está ;)

Desconectado Villafru

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #575 en: Septiembre 03, 2012, 11:12:43 pm »
Yo desde luego me doy con un canto en los dientes...

Desconectado Yogui

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #576 en: Septiembre 03, 2012, 11:15:58 pm »
Yo veo alguna cosa que no me acaba de encajar.

No se si el texto que se ha colgado estará completo y sera copia literal pero de ser integro yo veo claro que las automáticas van a la 4.1, las de muelle o resorte a la 4.2, pero todas las de gas no veo que las encaje en ninguna de las dos categorías.

Por lo que respecta a las bbs me parece bien que se usen biodegradables pero no entiendo porqué la ley de armas tiene que regular el material de la munición empleada, no creo por ejemplo que especifique que las balas de un arma de fuego tengan que ser de plomo, de cobre, de teflón o de madera. Se podía limitar el calibre y punto, dejando los materiales para la reglamentación específica del airsoft...repito que me parece bien que se use biodegradables, pero quien sabe en un futuro que tipo de bbs salgan y si son o no bios, podría limitarnos el uso de ciertas municiones, teniendo en cuenta que dependemos de las bbs que se fabriquen en otros paises que no tienen porqué tener en cuenta nuestra reglamentación.

Se sabe como queda el tema del transporte y lugares de uso?? como el resto de la 4ª categoría o hay algo diferente?? creo que es una de las cosas que deberían quedar claras ya que de poco nos sirve tener las réplicas legales si no las podemos transportar.
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #577 en: Septiembre 03, 2012, 11:20:05 pm »
hasta ahora lo unico que no se tenia claro, era el transporte, los lugares donde se juegue.... lugares habilitados para ello.

voy a ver si encuentro mis tarjetas antiguas.

PD: para el que no sepa donde se encuentran las tarjetas en madrid en la imprenta de la guardia civil las venden

la geolocalizacion se la dejo a los lugareños (madrid)
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #578 en: Septiembre 04, 2012, 12:22:24 am »
por cierto que va a pasar con las culatas plegables o extensibles? porque segun el RA estan prohibidas
« Última modificación: Septiembre 04, 2012, 02:46:35 am por calimotxo87 »
Madrid- Madrid "los valientes no sirven para la siguiente batalla
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Desconectado Yogui

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #579 en: Septiembre 04, 2012, 12:31:47 am »
Tampoco se soluciona el tema de la posible confusión de las réplicas con sus homólogas reales, aun con tarjeta de armas y dentro de la 4ª categoría por el mero hecho de dar lugar a confusión sobre su naturaleza siempre podrían ser declaradas "imitaciones de armas" y por tanto ser armas prohibidas, quedando a la libre interpretación del Agente de turno. Creo que deberían incluir algo al respecto en el R.A. excluyéndolas, de hecho dentro del RA donde habla de las imitaciones de armas había un párrafo que decía que pudieran ser excluídas aquellas que la Administración considerara. No recuerdo ahora que estamento especificaba como competente para ello pero algo así era.
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #580 en: Septiembre 04, 2012, 12:33:11 am »
Igual nos estamos adelantando, sería interesante que alguien colgara el texto íntegro... :=
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #581 en: Septiembre 04, 2012, 12:54:58 am »
En cuanto tenga un hueco libre lo cuelgo entero , pero lo demás es paja prácticamente , no dice mucho más.

Lo que no entiendo es que vayan a legislar nuestras armas lúdico-deportivas y la gente siga poniendo pegas , con unas ventajas a mi parecer creo que bastante ventajosas ( sino preguntad a los portugueses )

Resumiendo :

Potencia < 3 julios ( o lo que es lo mismo 173,2 m/s con 0.20 gramos , unos 570 fps )
Tamaño de las BB`s <= 8mm
Peso de las BB´s <= 0,45 gramos

Te sacas tu tarjetita y a jugar en un sitio privado

Un saludo

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #582 en: Septiembre 04, 2012, 06:57:49 am »
En cuanto tenga un hueco libre lo cuelgo entero , pero lo demás es paja prácticamente , no dice mucho más.

Lo que no entiendo es que vayan a legislar nuestras armas lúdico-deportivas y la gente siga poniendo pegas , con unas ventajas a mi parecer creo que bastante ventajosas ( sino preguntad a los portugueses )

Resumiendo :

Potencia < 3 julios ( o lo que es lo mismo 173,2 m/s con 0.20 gramos , unos 570 fps )
Tamaño de las BB`s <= 8mm
Peso de las BB´s <= 0,45 gramos

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Un saludo


La verdad es que no es mala, para nada, pero quedan lagunas. NO dice nada del ambito de uso ni transporte, por lo que a menos que haya algo, seguiria siendo de ambito municipal. Yo creo que habria que hacer pocas modificaciones, pero si yo presentase alegaciones, serian las siguientes:

- Elevar el ambito de municipal a nacional
- Subir la potencia maxima a 4J (por si acaso cambiamos las normativas, y asi entrarian algunos cerrojos que vienen pasados de origen)
- Un anexo a la municion, donde se contemplen las no BIO, siempre y cuando sea un lugar donde no causen impacto medioambiental (galerias de tiro, edificaciones cerradas etc...)


Por lo demas, creo que es una norma muy justa, parecido a lo que se comentaba posts atras.

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #583 en: Septiembre 04, 2012, 09:43:53 am »
totalmente de acuerdo, creo que el resto de puntos es complicar demasiado la cosa ¡ para que al final se nos eche para atras!!!
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Desconectado calimotxo87

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #584 en: Septiembre 04, 2012, 10:27:09 am »
En cuanto tenga un hueco libre lo cuelgo entero , pero lo demás es paja prácticamente , no dice mucho más.

Lo que no entiendo es que vayan a legislar nuestras armas lúdico-deportivas y la gente siga poniendo pegas , con unas ventajas a mi parecer creo que bastante ventajosas ( sino preguntad a los portugueses )

Resumiendo :

Potencia < 3 julios ( o lo que es lo mismo 173,2 m/s con 0.20 gramos , unos 570 fps )
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Un saludo


La verdad es que no es mala, para nada, pero quedan lagunas. NO dice nada del ambito de uso ni transporte, por lo que a menos que haya algo, seguiria siendo de ambito municipal. Yo creo que habria que hacer pocas modificaciones, pero si yo presentase alegaciones, serian las siguientes:

- Elevar el ambito de municipal a nacional
- Subir la potencia maxima a 4J (por si acaso cambiamos las normativas, y asi entrarian algunos cerrojos que vienen pasados de origen)
- Un anexo a la municion, donde se contemplen las no BIO, siempre y cuando sea un lugar donde no causen impacto medioambiental (galerias de tiro, edificaciones cerradas etc...)


Por lo demas, creo que es una norma muy justa, parecido a lo que se comentaba posts atras.

preguntad que va a pasar con las culatas plegables!
« Última modificación: Septiembre 04, 2012, 10:38:13 am por calimotxo87 »
Madrid- Madrid "los valientes no sirven para la siguiente batalla
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