Autor Tema: BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!  (Leído 4152 veces)

Desconectado Kiv

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BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« en: Abril 26, 2015, 10:17:21 am »
Buenos días a todos

Estuve el otro día en una tienda de airsoft preguntando por el tema del registro de las réplicas y me dijo que eso ya no hay que hacerse, que "eso es una forma de los ayuntamientos de sacarnos la pasta por nuestro hobbie" que alguien había estado luchando contra el BOE que salio publicado en enero del 2013 y que había ganado el recurso. Os dejo el link donde se puede ver dicho recurso.

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7241398&links=&optimize=20150105&publicinterface=true

Yo he intentado leerlo, pero por la terminología no termino de entender lo mencionado, por otra parte lo que si se entiende perfectamente es el fallo. Cito:

"FALLAMOS

ESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D.
Maximo contra la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, del Ministro del Interior, por la que se determina
el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball, Orden
que ANULAMOS, por ser contraria al ordenamiento jurídico.

Con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

Así por esta nuestra Sentencia, contra la que cabe recurso de casación común, lo pronunciamos,
mandamos y firma."


Un saludo a todo el equipo y pido disculpas si ya se ha tratado en otro post, pero no he tenido tiempo a leerme todos

Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #1 en: Abril 26, 2015, 10:21:45 am »
Llegas muy tarde XD



Ya hay recurso de casación presentado y la OM sigue ne vigor. Toca seguir registrando.

Desconectado shino_koslada

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #2 en: Abril 26, 2015, 10:24:46 am »
Las tiendas y sus grandes consejos..
Y por cierto los ayuntamientos lleva muuucho tiempo registrando armas de 4a categoria,  no es una categoria que tengamos especifica para nuestras cacharras

Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #3 en: Abril 26, 2015, 10:33:51 am »
si eres un caprichoso, no te importa ir de primera comunión a jugar, te sobra la pasta, no quieres buscar original y que haya stock..... semapo es tu marca XD

Desconectado tuningland

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #4 en: Abril 26, 2015, 10:41:27 am »
dile al de la tienda que se informe algo un poquito mas, dile que se presento recurso el ultimo dia y que por tanto todo sigue como estaba, hay que registrar, punzonar, etc, por su bien y el tuyo espero que cambie esos consejos. := :=
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Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #5 en: Abril 26, 2015, 10:45:23 am »
Joder otra vez que escribo en el hilo que no es, que domingo más jodido x_x

Desconectado HK.Ruso

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #6 en: Abril 26, 2015, 11:51:36 am »
Pues hogo, que según he leído en este foro hay algún ayuntamiento que se está negando a registrar más ALDs debido al mencionado fallo.

Telita.

Desconectado menague

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #7 en: Abril 26, 2015, 12:39:07 pm »
Pues hogo, que según he leído en este foro hay algún ayuntamiento que se está negando a registrar más ALDs debido al mencionado fallo.

Telita.

Si y es logico, el ayuntamiento es el que decide si registra y no, y tiene pinta de que esa orden se va a ir a tomar por saco, y luego le tocara a los aytos aflojar la pasta.

Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #8 en: Abril 26, 2015, 06:57:08 pm »
El ayuntamiento no se puede negar a registrar, la única potestad que tiene el Ayto es a prohibir su uso en el municipio.

Lo que si pueden es poner unos requisitos tan altos que no se puedan cumplir, tasas o lo que sea.

Desconectado ASMoposiciones

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #9 en: Abril 29, 2015, 06:58:53 pm »
¿Sabe alguien como va en el caso del municipio de Getafe?

Desconectado Sniper

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #10 en: Abril 29, 2015, 07:30:59 pm »
El ayuntamiento no se puede negar a registrar, la única potestad que tiene el Ayto es a prohibir su uso en el municipio.

Lo que si pueden es poner unos requisitos tan altos que no se puedan cumplir, tasas o lo que sea.
Por Ley de Bases de Régimen Local, SI pueden negarse a registrar alegando la razón jurídica que sea, e incluso limitar, bajar el número de arludes por persona o denegar, siempre bajo firma del Alcalde.

Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #11 en: Abril 30, 2015, 04:35:14 pm »
Pueden delegar, pero no pueden negarse a ejercer una Ley estatal. Es diferente.

Desconectado Sniper

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #12 en: Abril 30, 2015, 06:58:32 pm »
Si los Técnicos de Área correspondientes (en éste caso los agentes-mandos de Policía Local) emiten informe negativo, el Alcalde firma lo que le presenten. La LBRL es muy clara: competencia local del Alcalde.

Desconectado zeig

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #13 en: Abril 30, 2015, 10:41:29 pm »
El informe negativo sólo puede basarse en lo que dicta la ley, vamos, que no se cumplan los requisitos que decida imponer el alcalde o la persona en la que delegue. No pueden aducir motivos banales para negarlo más allá de las prohibiciones del RAE y obviamente nada de motivos de sexo, religión etc etc etc.

Dime un motivo aparte de tener penales o no estar empadronado que justifiquen el informe negativo y no contravengan el RAE.

Y no vale el consabido "porque no me da la gana". Porque eso se llama prevaricación.

No se pueden negar y punto, ha de haber un motivo justificado. No contemos películas.

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Re:BOE del 5 de Enero del 2013?? ¡¡¡JURISPRUDENCIA!!!
« Respuesta #14 en: Abril 30, 2015, 11:37:40 pm »

Dime un motivo aparte de tener penales o no estar empadronado que justifiquen el informe negativo y no contravengan el RAE.


El haber cometido alguna infracción a la ley de seguridad ciudadana por ejemplo.
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