Autor Tema: Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?  (Leído 7783 veces)

Desconectado Yogui

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #45 en: Septiembre 20, 2014, 07:35:20 pm »

Pues a mi entender en el caso de las reparaciones es al contrario de lo que estamos hablando. En este caso la ley solo habla de armas de fuego, no nombra las restantes, luego yo entiendo que solo es aplicable en el caso de las armas de fuego.

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Sección 7. Armeros

Artículo 10.

1. A efectos del presente Reglamento, se entenderá por «armero» toda persona física o jurídica cuya actividad profesional consista, en todo o en parte, en la fabricación, comercio, cambio, alquiler, reparación o transformación de armas de fuego.

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Sección 2. Reparación de armas de fuego

Artículo 26.

1. La reparación de armas de fuego se hará solamente por las industrias que las hubiesen fabricado o por armeros, autorizados por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, con establecimientos abiertos e inscritos en un registro que llevará la misma Intervención.

2. Toda industria o establecimiento que repare armas llevará un libro en el que anote las entradas y salidas de las mismas, con datos de arma y propietario, enviando mensualmente a la Intervención de Armas correspondiente, una copia de las anotaciones sentadas en el mismo.

3. No se admitirá ningún arma a reparar si no va acompañada de su guía de pertenencia, la cual quedará en poder del armero mientras dure la reparación y será en su momento devuelta al interesado con el arma. Este documento deberá ser sustituido por una guía de circulación, expedida por la Intervención de Armas de origen, cuando el propietario del arma que desee repararla resida en localidad distinta a la del armero y no la lleve personalmente.

4. En ningún caso se permitirá que la reparación suponga modificación de las características, estructura o calibre del arma sin conocimiento de la Intervención de Armas de la Guardia Civil y aprobación en su caso del Ministerio de Defensa, con arreglo al artículo 24, previa obtención de la documentación correspondiente.
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Desconectado ASESINO

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #46 en: Septiembre 20, 2014, 08:18:48 pm »
Jo**r, sabéis más leyes que un abogado (¿la necesidad? ;D;) :) . Si es que según la ley está claro, pero como han dicho ya por aquí, es tal la ambigüedad respecto a las ALDs que todo depende del agente que te pida los papeles ¿no?, la verdad es que algo tan nimio (permitidme la ligereza al usar éste termino para referirme al tema de la legalidad-alegalidad del Airsoft) puede darte muchos quebraderos de cabeza de manera tan aleatoria al parecer que hace que éste deporte sea casi de riesgo...legal/penal  :-\

Desconectado zeig

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #47 en: Septiembre 21, 2014, 12:04:15 am »
Cue, consúltalo y sal de dudas como salimos los demás. Todo el mundo puede copypastear reglamentos pero si preguntas al ICAE te dirán lo que yo he puesto.

Y te recuerdo que armas de fuego es un término genérico y ambiguo en todo el RAE muchas veces sustituyendo simplemente al término armas.

Consúltalo en serio, no especules.