Autor Tema: Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?  (Leído 7792 veces)

Desconectado Nelo

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #15 en: Septiembre 19, 2014, 03:33:56 pm »
Que hagan la vista gorda no hace que algo deje de estar prohibido

Desconectado Yogui

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #16 en: Septiembre 19, 2014, 03:35:00 pm »
Cue, no me pongo para nada en los extremos, me limito a exponer lo que dice la ley, creo que he hecho un copia-pega, no me he inventado nada. En el fondo pienso lo mismo que tu pero lo que no se puede tampoco es pintar el mundo de rosa (no me refiero a ti), cada uno que haga lo que quiera pero siempre sabiendo lo que dice la ley, la cual cuando es clara no deja lugar a dudas, cuando es una chapuza da lugar a interpretaciones.

Y con todo el respeto a las fuerzas de seguridad del estado, entre los que tengo algún que otro buen amigo, los hay con la cabeza redonda pero tambien con la cabeza cuadrada, como en todos los sitios, e interpretaciones se pueden hacer muchas, el ejemplo más claro lo tienes con el registro, según en que comandancia preguntes te dicen una cosa.

Y no, no me mosqueo, creo que a estas alturas nos vamos conociendo, a pesar de que en ocasiones las formas no me gusten se que no hay mala intención  ;)
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Desconectado Yogui

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #17 en: Septiembre 19, 2014, 03:42:07 pm »

Coño, se me olvidó !!
...y vivo muy feliz y tranquilo, sobre todo desde que descubrí el airsoft !!    ;D ;D
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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #18 en: Septiembre 19, 2014, 06:18:22 pm »
Ya sabeis compañeros....da igual lo que diga la ley....podeis saltarosla mientras no os digan lo contrario  :=

Pero dice eso la Ley?, no veo donde pone que esté prohibido hacerle esto a una ADL, que es lo que son y que no se ven afectadas por la inmensa mayoría de apartados del R.A. que sí afectan a las armas de fuego.
Dudo mucho que ningún miembro de la fuerza pública contemple si quiera como hecho revisable, que convertir un juguete en otro juguete, a través del mero hecho de cambiarle tan sólo la apariencia, sea punible ni en el caso más remoto dentro de la ensoñación más loca.

Desconectado Nelo

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #19 en: Septiembre 19, 2014, 06:55:02 pm »
Para abreviar X = ARMA

"convertir un juguete en otro juguete"....mmmm...si seguimos con lo de que son juguetes mal vamos eeeh....legalmente y desde hace mas de un año son X

La ley dice que esta prohibidas "Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín."

¿Ves que ponga pistolas "de fuego" o "de agua"? simplemente pone pistolas.

¿Y como se consideran nuestras pistolas? x de 4ª categoria...ni juguetes ni replicas... X

Y si en el reglamento de X diceeeee

"Sección 4. Armas prohibidas

Artículo 4.

1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
...

c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín."

Vosotros podeis dar las vueltas que querais.....que la policia, aplicando el reglamento...puede considerar tu X con sulata un X prohibida.

Desconectado Astharoshe

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #20 en: Septiembre 19, 2014, 07:16:13 pm »
Eso es hilar fino, fino.
Pero en esto de cogerla con papel de fumar, también podemos alegar ante la autoridad judicial(ala :D) que el articulado está aparentemente incompleto y su aplicación es confusa, dado que reza así:
---c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
Cuando en realidad para afectarnos inequívocamente debería decir esto:
---c) Las pistolas y revólveres, incluyendo las reproducciones de los mismos, que lleven adaptado un culatín.

Desconectado Nelo

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #21 en: Septiembre 19, 2014, 07:21:04 pm »
no son reproducciones my friend...simple y llanamente...son X

y menos simple y llanamente ALD

pero no son reproducciones/replicas/imitaciones....legalmente X

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #22 en: Septiembre 19, 2014, 07:30:11 pm »
Vale. XD
En ese caso:
---c c) Las pistolas y revólveres, incluyendo sus respectivas reproducciones, versiones que usen aire u otro gas como propelente y ADLs,  que lleven adaptado un culatín.

Y aún podría mejorarlo. XDD >:D
Como ves, el papel lo aguanta todo. :-*

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #23 en: Septiembre 19, 2014, 07:36:13 pm »
Para abreviar X = ARMA

"convertir un juguete en otro juguete"....mmmm...si seguimos con lo de que son juguetes mal vamos eeeh....legalmente y desde hace mas de un año son X

La ley dice que esta prohibidas "Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín."

¿Ves que ponga pistolas "de fuego" o "de agua"? simplemente pone pistolas.

¿Y como se consideran nuestras pistolas? x de 4ª categoria...ni juguetes ni replicas... X

Y si en el reglamento de X diceeeee

"Sección 4. Armas prohibidas

Artículo 4.

1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
...

c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín."

Vosotros podeis dar las vueltas que querais.....que la policia, aplicando el reglamento...puede considerar tu X con sulata un X prohibida.


Que nos la han metido con calzador, y el reglamento en teoría va a misa..... si.


Que luego en la práctica los agentes de la autoridad competentes aplicarán la ley según consideren..... pues también.

Tengo yo varios conocidos de la GC dentro de este mundillo, y cada uno tiene una consideración diferente al respecto. Al final aplicarán la ley vigente como a cada uno le de la real gana. Y esto se ha venido haciendo así desde tiempos impepinables, no es nada nuevo. Lo que no entiendo es dónde está e problema. Se supone que la pistola que forma el kit la tienes correctamente marcada y registrada, y que la estás usando con el kit en X campo de juego. La GC no puede entrar a decirte "Oye tú, ¿Eso es un arma ilegal?" Más que nada porque no puede entrar en el campo sin autorización de la organización al ser una propiedad privada. Así que si te van a esperar fuera a ver que "réplicasdearmas/armasde4tacategoría/armaslúdicodeportivas" llevas, no veo el problema en tener la pistola por un lado, y el kit por el otro.

A ver si vamos a perder la picaresca con unas leyes que, pese a lo que nos quieren hacer creer, no nos definen con precisión.
El Airsoft es todo lo caro que lo quieras hacer. Y yo lo quiero muy, muy caro.

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #24 en: Septiembre 19, 2014, 08:03:38 pm »
La ley dice en el Articulo 3:

"1.ª categoría. Armas de fuego cortas: Comprende las pistolas y revólveres."

Es decir, las pistolas y los revolveres son armas de 1ª categoria.

No son ALDs. ni son armas de 4ª categoria.

Por lo tanto el articulo "4. C" no aplica a las ALDS

Para el RA, una ALD con forma de pistola, no es una pistola, y una ALD con forma de revolver, no es un revolver.

Sigue siendo una arma ludico deportiva de categoria 4ª

Asi que me temo que aplicando el reglamento, la policia no puede considerar que una ALD con forma de pistola y culatin sea una pistola con culatin.

Saludos
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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #25 en: Septiembre 19, 2014, 08:06:37 pm »
Es que si nos ponemos así, poner una goma en tu ADL tendría que hacerlo un armero autorizado ya que sino seria una modificación iligal de un arma, vamos, si no recuerdo mal
bizarro, rra.  (De it. bizzarro, iracundo).    1. adj. valiente (‖ esforzado).      2. adj. Generoso, lucido, espléndido.
-R.A.E.

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #26 en: Septiembre 19, 2014, 08:49:20 pm »
La ley dice en el Articulo 3:

"1.ª categoría. Armas de fuego cortas: Comprende las pistolas y revólveres."

Es decir, las pistolas y los revolveres son armas de 1ª categoria.

No son ALDs. ni son armas de 4ª categoria.

Por lo tanto el articulo "4. C" no aplica a las ALDS

Para el RA, una ALD con forma de pistola, no es una pistola, y una ALD con forma de revolver, no es un revolver.

Sigue siendo una arma ludico deportiva de categoria 4ª

Asi que me temo que aplicando el reglamento, la policia no puede considerar que una ALD con forma de pistola y culatin sea una pistola con culatin.

Saludos

Hay que leer todo y no solo lo que nos interesa  ;D

Un poquito más abajo de donde has sacado la cita en la misma sección (Clasificación de las armas reglamentadas), da la definición de lo que es un arma de 4ª categoría:
Habla claramente de pistolas y revólveres.

Citar
4.ª categoría:

1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición ; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

5.ª categoría: 1. Las armas blancas y en general las de hoja cortante o punzante no prohibidas.

2. Los cuchillos o machetes usados por unidades militares o que sean imitación de los mismos.

Tambien es verdad que en la última definición a pesar de incluir las ALDs dentro de la 4ª categoría no hece distinción de pistilas y revólveres, incluye a todas las ALDs dentro del mismo bombo, pero desde el momento en que las incluye dentro de la 4ª categoría pasa a ser de aplicación la cita que he puesto anteriormente.

Citar
Artículo 1. Armas lúdico-deportivas.
1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.
2. En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball».

Lo dicho, una chapuza, lo que deja todo a la libre interpretación de cada uno.

Por cierto quien ha dicho que la policía no puede entrar en un campo en mitad de una partida??
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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #27 en: Septiembre 19, 2014, 09:04:54 pm »
yo no....que ya me ha pasado  ::)

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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #28 en: Septiembre 19, 2014, 09:08:47 pm »
Yogui, que haya revolveres y pistolas de cuarta categoria, no quiere decir que las ALDs sean pistolas o revolveres cuando tengan ese aspecto.


Es decir, insisto en lo mismo, una ALD no es una pistola o una revolver. En lo que al RA se refiere.

el RA define lo que son las ALD, y que estan en la categoria 4.1 o 4.2 Y ya. Y no existen carabinas, revolveres, fusiles... dentro de las ALDs (para el RA). Solo existen de airsoft, o de paintball.

Saludos
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Re:Kits de conversion a carabina, ¿Qué licencia precisan?
« Respuesta #29 en: Septiembre 19, 2014, 09:17:58 pm »
Yogui, que haya revolveres y pistolas de cuarta categoria, no quiere decir que las ALDs sean pistolas o revolveres cuando tengan ese aspecto.


Es decir, insisto en lo mismo, una ALD no es una pistola o una revolver. En lo que al RA se refiere.

el RA define lo que son las ALD, y que estan en la categoria 4.1 o 4.2 Y ya. Y no existen carabinas, revolveres, fusiles... dentro de las ALDs (para el RA). Solo existen de airsoft, o de paintball.

Saludos

En este sentido estoy de acuerdo contigo, creo que lo he dicho en mi anterior post, es una chapuza el parche que han hecho, pero como todo el el RA son interpretaciones, no deja claro casi nada.

Que conste que yo ni defiendo ni estoy en contra de que sea de una u otra forma, me limito a intentar buscar los puntos donde nos pueden joder si pillamos con alguien estricto, porque teniendo todo claro más facilmente podremos defendernos (con argumentos, claro).
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