Autor Tema: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes  (Leído 277414 veces)

Desconectado zeig

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #300 en: Agosto 20, 2012, 09:06:11 pm »
Ya me ha quedado claro, cada vez que me eliminen DENUNCIA QUE TE CRIÓ xDDDD

Desconectado Yogui

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #301 en: Agosto 20, 2012, 10:08:59 pm »
Si no son armas de fuego no creo que ningun cuerpo policial lo lleve a IA y aún llevándolas dudo que IA las admita.
¿Y quien determina que esas "armas" no son susceptibles de modificación para poder ser armas de fuego?
Se requisan, se entregan a la IA y al no ser armas, sino trastos con mucho parecido a un arma, al tiempo y tras posible pago de sanción puedes recuperarla.

Pero se la retiraría GC, no otro cuerpo.
Cualquier cuerpo de las FFCCSE puede retirarte tus cacharras de airsoft de acuerdo a la Ley 1/92 o el artículo 5.2 del actual RA.
Estas armas pasaran por la IA. Conozco casos que han pasado hasta por balística del complejo de Canillas del CNP y a posteriori devueltos a la comisaría pertinente si disponen de armero para su depósito.
Puedes apuntar con un arma a otra persona??...por supuesto que sí, ya lo expliqué antes, salvo que lo hagas para amenazar o robar. El hecho de apuntar no es ningún delito, menos si es dentro de una práctica deportiva.
No comento ya nada, el código penal es un libro muy bonito que deberías conocer.

Antes de soltar las cosas que tu crees deberías informarte un poco mas
. En la actual situación en la que estamos los jugadores de airsoft nos encontramos al 100% ante la decisión e interpretación de la Ley del Agente de la Autoridad que nos requiera. Y me da que tu no eres uno de estos.
Por suerte en este mundo hay muchos Agentes que juegan y en mayor o menor medida son los que dan a conocer en sus dependencias el asunto y evitan confusiones y requisas de replicas innecesarias. Esos son los que a día de hoy nos permiten jugar, ya que hacen uso del poder discrecional. Da igual que vistan de rojo, azul clarito, verde, azul oscuro,...

Vamos a ver compañero, aunque creo que a estas alturas si has seguido leyendo el foro te habrás dado cuenta de tu error te voy a contestar.
En primer lugar, te repito lo que ya te he dicho en algún otro hilo, faltas al respeto a los demás en tus contestaciones. Me refiero a lo que he puesto en negrita por si no queda claro.
Dialogar está bien, llevar la contraria tambien, con ello se aprende, pero siempre y ante todo respeto compañero, es la base de la convivencia.

Y ahora al tema y sin acritud  ;)...creo que conozco un poco mejor que tu el CP te lo puedo asegurar, lo que ocurre es que para darse cuenta de ello hay que conocer el CP y está claro que tu has oido cosas pero realmente no te lo has leído...a mí en su día me tocó estudiarlo y aunque al igual que Villafru no soy jurista te aseguro que no hablo por hablar ni mucho menos, estoy seguro de lo que digo...aparte de que tambien tengo amigos que sí que son juristas y me ponen al día en tema de leyes...cuando tengo una duda recurro primero a ellos, no aquí. ;)

Segundo tema el de IA, has malinterpretado lo que yo he querido decir, bueno, más bien lo que pregunté. No dige que los únicos que requisan armas con los GC, sino que pregunté cuando se dijo que las armas requisadas se llevaban a IA si habían sido requisadas por la GC. Lo hice porque según mis conocimientos (más bien los de mis amigos en ciertos cuerpos policiales que tambien los tengo), en las zonas en que conviven Policías autonómicas, locales y la GC, cada cuerpo se hace cargo de sus incautaciones, como creo que ya ha apuntado Deybit, siendo la GC la única que envía las armas a su propia intervención...desconozco si en otras zonas se hará diferente pero donde yo vivo te aseguro que se hace así.

Aclarado ésto te agradecería en lo sucesivo que bajaras el tono en tus contestaciones, que como ya te dige antes una cosa es dialogar y otra despreciar las opiniones del resto de usuarios, a ver si así podemos llegar a entendernos tu y yo  ;)

Por cierto, me reitero en que el hecho de apuntar a alguien con un arma no es delito salvo que medie amenaza, el mero hecho de apuntar no es nada, ni tan siquiera una falta ya que no hay INTENCION DE AMENAZAR, hecho imprescindible para que exista dolo...y sin dolo no hay culpa.

En cuanto a la pregunta de si en una partida saco el ojo a alguien "sin intención alguna" es o no delito...claramente no, ya que tampoco hay dolo, si acaso habría una responsabilidad civil (aquí ya entraría a jugar el seguro) o unas lesiones por imprudencia si fuera predecible que de haber disparado se pudieran haber producido las lesiones que a posteriori se produjeron...ejemplo, alguien se quita las gafas, yo me doy cuenta de ello y aún así le disparo creándole las lesiones...era predecible que de dispararle sin gafas podían producirse unos daños en el ojo, mi intención no era sacarle el ojo, pero sí podía haber previsto que por un error pudieran haberse dado esos resultados, pues es sabido que sin la correspondiente protección ocular las réplicas pueden lesionar. No habría dolo por cuanto mi intención no era lesionar pero sí una impruedencia pues debiera haber sabido que se podían producir lesiones en esas circunstancias. Si yo al disparar no me había percatado  o no era conocedor de que alguien estaba sin gafas no habría nada delictivo, solamente una responsabilidad civil, por el mero hecho de que las normas de una partida obligan a llevar gafas de protección y por tanto no hay a priori nada que me indique a mi la posibilidad de que nadie sea tan inconsciente como para quitarse las gafas en mitad de una partida.

Perdón por el tocho.
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Desconectado deybit

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #302 en: Agosto 20, 2012, 10:29:32 pm »
yogui, el que tiene patentes de tochopost en el foro soy yo  >:D >:D >:D  :D :D :D
un mini apunte, si me lo permites, existe el delito, aunque no exista dolo, si existe imprudencia grave (c.p. artículo 12 y artículo 153), aunque la imprudencia grave en el caso que concreta no sería la del autor, sino la de la otra persona, en el artículo 153, a no ser que se hubiera hecho el disparo en zona no habilitada porque se te disparó "sin querer" (zona de descanso o coches), pudiendo utilizarse el agravante por el artículo del código penal 148, y en caso de un ojo se usaría, además, el artículo del CP 149, empleando atenuante a través del artículo 155.
Pero creo, que nos estamos desviando del tema, me encanta hablar de leyes, pero creo que este post es para novedades de la normativa si las hay y cuando las haya, no creo que sea bueno seguir por este camino, ya que podemos dar ideas equivocadas y males entendidos en determinadas situaciones que habrían de verse una por una en cada caso en concreto ;)
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Desconectado Kurtz

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #303 en: Agosto 20, 2012, 10:36:19 pm »
Lamento interrumpir este alegre intercambio de enciclopedias.

Solo comentar que aqui en Sevilla hemos recibido noticias, a traves de una tienda, de la intencion de la GC mantener una comunicacion activa con los clubes de la provincia de cara a informar acerca de la inminente legalizacion de las cosas esas que tiran bolas.

Pueden continuar con sus cosas... ;D
nunca guardo las facturas de las réolicas, a diferencia de otros, no necesito aferrarme a ellas para compensar inseguridades.

Desconectado Yogui

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #304 en: Agosto 20, 2012, 10:51:23 pm »
yogui, el que tiene patentes de tochopost en el foro soy yo  >:D >:D >:D  :D :D :D
un mini apunte, si me lo permites, existe el delito, aunque no exista dolo, si existe imprudencia grave (c.p. artículo 12 y artículo 153), aunque la imprudencia grave en el caso que concreta no sería la del autor, sino la de la otra persona, en el artículo 153, a no ser que se hubiera hecho el disparo en zona no habilitada porque se te disparó "sin querer" (zona de descanso o coches), pudiendo utilizarse el agravante por el artículo del código penal 148, y en caso de un ojo se usaría, además, el artículo del CP 149, empleando atenuante a través del artículo 155.
Pero creo, que nos estamos desviando del tema, me encanta hablar de leyes, pero creo que este post es para novedades de la normativa si las hay y cuando las haya, no creo que sea bueno seguir por este camino, ya que podemos dar ideas equivocadas y males entendidos en determinadas situaciones que habrían de verse una por una en cada caso en concreto ;)


Totalmente de acuerdo Deybit...en lo de la imprudencia, en lo de los tochopost tambien  ;D


Tambien me gusta mucho hablar de leyes, pero tienes razón estamos desviando mucho el tema, mi intención no fue llegar hasta este punto, sino tranquilizar a la gente en el sentido de que el hecho de que las réplicas se incluyan en el RA no va a perjudicarnos a nivel penal, en todo caso a beneficiarnos a nivel administrativo, menos incautaciones arbitrarias. El RA no creo que sea el coco al que debamos temer apriori si todo se hace bien, otra cosa es como lo regularicen, si se hace una chapuza esa es otra historia.

Ya se que me vais a tirar piedras, pero no sería buen momento para que las diferentes asociaciones se pusieran de acuerdo en unos mínimos a la hora de hablar con la administración??
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #305 en: Agosto 20, 2012, 11:03:41 pm »
Lamento interrumpir este alegre intercambio de enciclopedias.

Solo comentar que aqui en Sevilla hemos recibido noticias, a traves de una tienda, de la intencion de la GC mantener una comunicacion activa con los clubes de la provincia de cara a informar acerca de la inminente legalizacion de las cosas esas que tiran bolas.

Pueden continuar con sus cosas... ;D

Kurtz, lo siento, me lo has puesto a "güevo"... te ha faltado memerizar tu respuesta...


Y perdón por el offtopic  ;D

Desconectado deybit

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #306 en: Agosto 20, 2012, 11:11:39 pm »

con eso lo digo todo  := :=
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #307 en: Agosto 21, 2012, 01:10:01 am »

Lamento interrumpir este alegre intercambio de enciclopedias.

Solo comentar que aqui en Sevilla hemos recibido noticias, a traves de una tienda, de la intencion de la GC mantener una comunicacion activa con los clubes de la provincia de cara a informar acerca de la inminente legalizacion de las cosas esas que tiran bolas.

Pueden continuar con sus cosas... ;D



Perra, te me has adelantado  ;D ;D ;D
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #308 en: Agosto 21, 2012, 12:06:46 pm »
Pues por partes, respondiendo a Kurtz, eso significa que efectivamente estarán preparando modificación de reglamento o lo estarán haciendo nuevo, tal y como indica la Ley.

Y a deybit, gracias por el apunte de las lesiones en tentativa, pero personalmente creo que es bastante rebuscado. Ah, y para lo del coche, si, aunque no me digas nada podría ser amenazas, aunque hay un delito específico de conducción homicida para esas lesiones en tentativa o con dolo eventual...pero mejor seguimos por privado, jejeje.

Desconectado zeig

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #310 en: Agosto 23, 2012, 03:45:15 pm »
Toma comentario que dejan caer...:

Cito:
"Y con el fin de permitir un posible envío de alegaciones a ese borrador, con el fin de poner encima de la mesa un documento que venga bien a casi todos (obviamente a los que juegan sin ser Asociación o Club Deportivo no les va a venir bien), en breve la Secretaría de la FEA informará sobre este tema."
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #311 en: Agosto 23, 2012, 03:47:36 pm »
tengo un conocido GC que me envio esta mañana un whassap diciendome lo del escrito , y que me iba a conseguir ese supuesto borrador , a ver si no me tengo que echar a temblar cuando lo lea

Desconectado zeig

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #312 en: Agosto 23, 2012, 03:49:01 pm »
Esperemos que el texto como dicen estos sea "Orden Ministerial que completará al Reglamento de Armas y Explosivos" y se acabe con las especulaciones de este hilo en el que alguno profetizaba otros sistemas y se soñaba más que hablaba.

En cuanto a lo que dices Kellemdros era de esperar, la FEA sigue en su línea de intentar representar pero sólo barrer para sus afiliados y meterle el miedo en el cuerpo a los no federados.

Ójala (como algunos aventuramos) se regule individualmente y no se le de palio, poder ni bulo a ninguna federación de chichinabo que por autoproclamarse con un nombre acabe de rebote regulando todo el cotarro.

Recemos, amén.

Desconectado Kellemdros

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #313 en: Agosto 23, 2012, 03:50:04 pm »
tengo un conocido GC que me envio esta mañana un whassap diciendome lo del escrito , y que me iba a conseguir ese supuesto borrador , a ver si no me tengo que echar a temblar cuando lo lea

+1 a zeig completamente. Akita, te agradeceremos que lo compartas cuando lo consigas XD
C O N D E N A D O S

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Desconectado AKITA

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #314 en: Agosto 23, 2012, 03:52:10 pm »
eso ni se pregunta  ;D