Hemos tratado aqui hasta la saciedad el tema del reglamento de armas aplicado al airsoft y siempre hemos coincidido en que el principal obstáculo para que las réplicas se consideren armas de 4ª categoria (aire comprimido) es que tienen la posibilidad de disparar a ráfaga.
Pues me acabo de dar una vuelta por el reglamento y, cosa curiosa, no he visto que se prohiban las armas automáticas de aire comprimido. De hecho ni se citan.
Veamos,
Art.2 Definiciones, letra C: Armas automatica: El arma de fuego... para de leer, arma de fuego es la que dispara el poryectil mediante la explosión de un propelente, generalmente pólvora. La definición no sería aplicable a un "arma de aire comprimido"
Art.6 apartado 1 armas de guerra prohibidas a particulares. letra C: Armas de fuego automáticas. De nuevo y expresamente, armas DE FUEGO.
Art.3 Categorias de armas, ya conocemos la 4ª que cita las armas de aire u otro gas comprimido de un solo disparo o de repetición, pero no limita ni prohibe expesamente las "armas automáticas de aire comprimido"
Habria que ser muy zoquete para tomarse literalmente lo que dice este artículo 3 en su comienzo: "Se entenderá por armas y armas de fuego reglamentadas, cuya adquisición, tenencia y uso pueden ser autorizados o permitidos con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento, los objetos que, teniendo en cuenta sus características, grado de peligrosidad y destino o utilización, se enumeran y clasifican en el presente artículo en las siguientes categorías:" que podemos resumir en "Se entenderá por armas y armas de fuego reglamentadas, (las que) se enumeran y clasifican en el presente artículo en las siguientes categorías:"
Obviamente, un arma sistema Flobert es un arma de fuego, pero un arco o una ballesta o un cuchillo NO son armas de fuego, como tampoco lo son las de aire comprimido.
Conclusión, si las armas de aire comprimido no son de fuego no les afecta la limitación de armas automáticas que en todo momento en el reglamento se definen como de fuego, lueeeeeeego no pueden prohibirse ni entenderse prohibidas las armas automáticas de aire comprimido.
Sencillamente el reglamento no las contempla porque en su momento no eran conocidas ni estaban extendidas como ahora. ¿De donde nos hemos sacado que no sea aplicable la tarjeta de 4ª categoria a las réplicas? porque hasta yo lo he defendido asi hasta ahora que empiezo a dudarlo.
A ver si nos estamos liando como un trillo...
Venga, majetes, leerse el reglamento a ver donde le encontramos los agujeros, ya sea para escondernos en ellos o para que nos entierren
