Antes de nada, sorry por abrir un tema que se ha cerrado hace poco, si eso bloqueadlo para no abrir debate pero la información me parece relevante,interesante o como poco curiosa...
Buenas
Alguien ha leido esto
http://www.warfareairsoft.com/tienda/Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de la comandancia de Tarragona, hace constar a Warfare Airsoft – Armería Llaberia Latorre, lo siguiente:
La comisión de interministerial permanente de armas y explosivos, en el acta de la reunión celebrada el día 24 de febrero de 1998, en relación con la consulta planteada para la clarificacion de varias armas, acordó lo siguiente:
“QUE LAS ARMAS DE “SOFT AIR” IMPULSAN EL PROYECTIL MEDIANTE AIRE U OTRO GAS COMPRIMIDO, ESTRAN INCLUIDAS EN LA 4º CATAEGRORIA DEL REGLAMENTO DE ARMAS O EN LA 3º3 DEL MISMO REGLAMENTO, SEGÚN LA ENERGIA CINETICA DEL PROYECTIL EN BOCA SEA INFERIOR A 24.2 JULIOS SI POR EL CONTRARIO EL PROYECTIL ES IMPULSADO POR UN MUELLE PODRIAN SER CONSIDERADAS IMITACIONES DE ARMAS DE FUEGO SOMETIDAS AL REGIMEN DEL ARTICULO 5.2 DEL REGLAMENTO DE ARMAS O JUGUETES SOMETIDOS A SU LEGISLACION”
Dicho acuerdo obliga a las armas de AIR SOFT, incluidas en la 4º Categoría, a llevar numeración correlativa, según establece el artículo 28.1 del vigente reglamento de armas.
Algunas de estas armas, carecen de numeración, por lo que, con el fin de unificar criterios a la hora de aplicar el referido acuerdo, se imparten las siguientes instrucciones.
Las numeraciones de las mismas se realizaran por un armero autorizado, debiendo cumplirse los siguientes condicionantes.
1. El armero deberá solicitar de la ICAE, asignación de número para realizar tal actividad.
2. La numeración de las armas estará compuesta por grupos, separados entre si por guiones.: Un primer grupo de cuatro dígitos (correspondiente al número asignado a cada armero por esta dirección General (ICAE). Un segundo grupo de dos dígitos ( correspondientes a las dos cifras del año de numeración ) El tercer grupo de números secuénciales de cada arma numerada ( comenzando cada año por el numero 1 ) A continuación de los dígitos señalados iran las letras AS ( abreviatura de Air Soft )
3. Una vez realizada la numeración, el armero deberá comunicar a la intervención de Armas y Explosivos correspondientes a su demacración, la numeración de las armas y el propietario de las mismas, grabando estos datos en el sistema de gestión de Armas.
4. Por ultimo el armero deberá llevar un registro documental en el que quede constancia de la numeración, fecha de la misma a, datos del solicitante y de la arma.
Por lo tanto, a partir de esta fecha las replicas de airsoft, tendrán estos puntos, las replicas, vendidas por Warfare Airsoft – Armería Llaberia Latorre, iran correctamente guiadas, como nos indica la Comandancia de Tarragona.
Que constara de:
Una guía de pertenencia de la arma (replica)
Una tarjeta para el ayuntamiento
Una Tarjeta Blanca par intervención de armas correspondiente de donde pertenezca el propietario.
Foro Airsoft Barcelona
Artículo 620 punto 1º del Libro III, Título Primero del Codigo Penal, que dice:
”1.º Los que, de modo leve, amenacen a otros con armas u otros instrumentos peligrosos, o los saquen en riña, como no sea en justa defensa, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.
No solo nos arriesgamos a una multa, sino que nos podrían retirar la tarjeta y confiscar la marcadora, aplicando el Art. 621 punto 5, también del Libro III, Título Primero del Codigo Penal, que dice:
“5. Si el hecho constitutivo se cometiera con armas podrá imponerse, además, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de tres meses a un año.”
Si jugando, le hiciesemos daño a un jugador, no sería una falta, sino un delito de lesiones que podrían ser dolosas (Punto 1º del Artículo 148, Título III, Libro II del Codigo Penal):
”1º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.”
Hoy he llamado a la tienda y me han dicho varias cosas.
Que lo del full auto, va fuera para todas. Las replicas que se importen deberán ser como máximo semiautomáticas. Sino no podrán entrar en España.
La razón que prohiban el automático, es que si algún lumbreras se le ocurriera vaciar un cargador entero con bolas metálicas de 6mm, el que recibiera el disparo, podría quedar muy mal trecho, por eso lo de la eliminación.
Las replicas actuales se estudiara un sistema, por parte de la GC, para eliminarlo, ya sea mecánicamente o eléctricamente.
Que yo no puedo modificar una arma, que tiene que ser un armero. Esto se extiende a las replicas de airsoft.
Que la intención principal por el momento que tiene la GC, es tener una idea de todas las replicas de airsoft, que existen, de ahí de guiarlas en la 4º categoría, aunque sean automáticas.
O sea que parece que haya intención de “algo” por parte de la GC, aunque no se lo que. Mañana llamare a Comandancia de Tarragona y Barcelona, haber que me dicen y os lo cuento.
http://vandalos.org/ldu/forums.php?m=posts&que=42287&d=0