Un pelín tengo que ver con la AGPD, somos subcontratistas XD
Pero bueno, esa sería una posible vía, y mayormente administrativa.
Empezar por el principio de todo, Constitución Española art. 18, y luego seguir por la Ley Orgánica 1/82 (cuanto youtuber ni había catado teta

pero son como los jabalíes, parece que el mundo no existe por encima de sus cabezas) sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y
a la propia imagen, que por esta vía acaba la gente sentada en un banquillo y no de un estadio deportivo precisamente.
Veréis que las licencias que se permiten a la vulneración de ese derecho fundamental son muy pocas y están bien delimitadas. Y las h*stias previstas, como panes de gordas.
"Como todo el mundo lo hace..." porque casi nadie denuncia

, y la violación de este tipo de derecho es un delito de ámbito privado no se persigue sin denuncia del afectado, pero tocarle los mendengues a la persona equivocada y será tarde para arrepentirse.