Autor Tema: Mejorar mi novato-réplica?  (Leído 4752 veces)

Desconectado alber_7

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Mejorar mi novato-réplica?
« en: Julio 14, 2010, 09:18:09 am »
Wenas, me he agenciao una m4-a1 de cybergun pero no le he tocao nada(ni siquiera el hop up) pero alomejor la puedo cambiar (por un poco mas de pasta) por una m4-a1 CQBR de G&G.
La cambie o no, merece la pena mejorarla?que es lo primero que tengo que mejorar? dónde lo mejoro? cuanto tiempo van a tardar? cuanto me van a cobrar?
Muchas gracias
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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #1 en: Julio 14, 2010, 09:24:45 am »
Sin probarla es dificil decir. Puede que tengas que bajarla de potencia o puede que no, lo demas ya se verá en el campo.
Si tienes que hacerle algo te recomiendo que la lleves a un mecanico y que te la modifique el; si eres novato es relativamente facil que jodas algo.
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Desconectado Thevil

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #2 en: Julio 14, 2010, 09:29:38 am »
pillate el G&G XD

Desconectado zulu

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #3 en: Julio 14, 2010, 09:48:03 am »
Si tienes la posibilidad de cambiar la Cibergun por una G&G no lo dudes.
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Desconectado Nelo

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #4 en: Julio 14, 2010, 09:56:56 am »
hombre, tambien a saber como esta la G&G.....es de segunda mano?? supongo que si....te la vende alguien experimentado??

esto es como los coches....

entre un renault y un bmw?....el bmw no?....pero y si el bmw es el del quinqui del barrio que se dedica a trompear y quemar rueda y con nosecuantosmil kilometros?

como marca indudablemente G&G siempre que este en buen estado y sin taras.

si te quedas la cybergun....pues no se como estara, pero yo empezaria como con culquier china....tocando el muelle si se pasa de fps y mejorando el goma/camara/cañon

Desconectado alber_7

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #5 en: Julio 14, 2010, 12:17:35 pm »
ya, la quería cambiar, pero me han dicho que como ya la he usado(aunque pa solo dos tiros)no me la pueden cambiar, pero alomejor creo que si tiene un defecto me la cambian por otra nueva y asi aprovecho, el defecto que tiene es que al principio daba a la rueda y tiraba mazo de bolas, ahora le tengo que dar a la rueda cada 5 o 6 bolas, >:(
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Desconectado Nelo

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #6 en: Julio 14, 2010, 12:22:03 pm »
eso es una tonteria...tu tienes un plazo para la devolucion de cualquier compra...si el produccto no tiene ningun defecto que tu hayas provocado te tienen que admitir la devolucion...otra cosa es que te den un vale...perosino no se pueden negar....y si lo hacen le pides una hoja de reclamaciones y a consumo......como narices vas a saber tu si algo funciona sin usarlo??? :P

Desconectado deybit

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #7 en: Julio 14, 2010, 12:34:57 pm »
creo que tienes hasta 30 días para devolverlo por la interpretación de la ley de consumo, y,siempre y cuando la replica no haya sufrido ningún golpe, modificación, etc (vamos, que esté tal como salió de la caja), con su caja y su hoja de factura incluida. Sino estás conforme le puedes pedir una hoja de reclamaciones al considerar que se te niega un el derecho de devolución, y con esa hojita vas a consumo. Bueno, lo tendrá que hacer tu padre, que supongo que la replica está a su nombre (ya que eres menor).

P.D: modificado  al no poder interpretar correctamente las leyes de consumo.
« Última modificación: Julio 14, 2010, 05:03:38 pm por deybit »
Freelander

Desconectado cue

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #8 en: Julio 14, 2010, 12:42:09 pm »
Mientras no la hayas rayado, desmontado o toqueteado, tienes todo el derecho del mundo a devolverla.
Si te dicen que no, que te lo pongan por escrito, pides una hoja de reclamaciones y te vas a una oficina del consumidor.
Canto antes mejor para que no pasen los 15 días, ya que si tienes por escrito que no te la recogen, en la fecha que indica la hoja de reclamaciones, luego aunque pasen los 15 días, consumo les obligará a recogértela. Si la la fecha que aparece en la hoja de reclamaciones es posterior a esos 15, ya no puedes demostrar que querías devolverla antes de esos 15 días.

Y.... dejar de comprar réplicas Cybergun...Si preguntas antes de comprar, seguro que ahorras tiempo, dinero y quebraderos de cabeza.

Un saludo

Desconectado Rhinospray

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #9 en: Julio 14, 2010, 03:54:59 pm »
Compis, estáis equivocados, el comerciante que vende algún producto en tienda física no tiene ninguna obligación legal de aceptar devoluciones. Cosa diferente es que sea política de la empresa aceptar devoluciones en el plazo de 15 días, un mes o cualquier otro plazo distinto. En tal caso deberá aparecer en el ticket, factura de compra o en cualquier lugar visible del establecimiento para que tenga efecto vinculante.

Hay que exceptuar, naturalmente, los casos en los que el producto no es conforme a las características propias del mismo o esté defectuoso; o si se trata de una venta celebrada a distancia (teléfono, internet...), ya que en el caso de las ventas celebradas a distancia existe un plazo legal mínimo de 7 días para devolver el producto ejerciendo el derecho al desistimiento.

Un saludo.
« Última modificación: Julio 14, 2010, 04:01:31 pm por Rhinospray »
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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #10 en: Julio 14, 2010, 04:13:56 pm »
Yo creo que si no es conforme si peudes devolverlo y más en una tienda fisica, diselo al de Ranger y si no hoja de reclamaciones haber que te dicen en consumo...


Saludos!

Desconectado deybit

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #11 en: Julio 14, 2010, 04:54:44 pm »
está claro que ropa interior, lencería, cosas que por higiene, ya ponen un cartel que no se permiten las devoluciones. en relación a réplicas, no sé si ranger tienen algún cartel o no, pero no voy meterme más en aguas pantanosas, de si deben o no, y los dias de plazo, simplemente esto:
Artículo 68. Contenido y régimen del derecho de desistimiento.

    * El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
      Serán nulas de pleno de derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento.
    * El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.
    * El derecho de desistimiento atribuido legalmente al consumidor y usuario se regirá en primer término por las disposiciones legales que lo establezcan en cada caso y en su defecto por lo dispuesto en este Título.

Instituto Nacional del Consumo - Guía del consumidor - Código de consumo

Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.


ahora, hecha la ley hecha la trampa, y algunas comunidades lo tienen modificado de tal forma que en algunos sitios no es obligatorio, y en otros si, asi que en madrid ya no me meto. Ahora, cada uno que actúe en consecuencia ;)
P.D. modifico mi post anterior, ante la duda con esta ley ;)
« Última modificación: Julio 14, 2010, 05:01:29 pm por deybit »
Freelander

Desconectado Nelo

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #12 en: Julio 14, 2010, 05:21:00 pm »
yo ya he tenido que acudir varias veces a consumo y me han dicho que todo comercio tiene que aceptar el desistimiento de la compra....salvo para temas como dice el compañero de ropa, software desprecintado, etc....nos entendemos.

Lo que si me han comentado es que no tienen porque devolverte el dinero...pueden oferecerte otro articulo o un cupon.

Los unicos casos en los que he visto que se acepte lo dno devolucion es aquellos en los que son objetos de saldo y/o con alguna tara bien documentada y que el cliente es plenamente consciente de que no se aceptara la devolucion.....no sirve el lo compro y cuando vuelvo que me diga que no lo aceptan.

pero como han dicho.....hecha la lay hecha la trampa

Desconectado Rhinospray

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #13 en: Julio 14, 2010, 06:17:54 pm »
 
 El quid de la cuestión está en que no es necesario poner un cartel en el que se disponga que no se admiten devoluciones, esto es a elección del establecimiento. Lo que hay que publicitar es que sí se admiten las devoluciones para que el consumidor tenga derecho a exigirla ya que se entiende que es una forma de hacer más atractiva la compra para el consumidor. Es frecuente ver los carteles de que no se admiten devoluciones (ropa interior, discos desprecintados…) en aquellos establecimientos que sí aceptan las devoluciones de forma general como son las grandes superficies. Además, en el caso en que sí se admitan habrá que estar a las condiciones que imponga el establecimiento en lo referente a los precintos, envases y demás. Porque como ya comento, no hay obligación legal de aceptar devoluciones. En muchos establecimientos sí que te hacen un cupón para gastar en la tienda pero no te devuelven el dinero.

Deybit, ya que antes le pegaste un vistazo al Texto refundido de la ley general para la defensa de consumidores y usuarios y leyes complementarias puedes ver que en el único precepto donde se establece un plazo legal para desistir es en el art. 110, dentro del libro II, capítulo III que es el que se refiere a las ventas celebradas a distancia o fuera de establecimiento mercantil. Para el resto de ventas... nada de nada.

Nelo, no sé en que comunidad autónoma resides, pero a no ser que la ley de ordenación del comercio minorista de tu comunidad disponga algo diferente a la estatal y a la autonómica que yo conozco, me parece muy extraño lo que te comentaron en consumo.

Recapitulando:

Si el establecimiento donde has comprado el producto de forma física, entiéndase en presencia de comprador y vendedor, no te ofrece la posibilidad de devolver algo, es decir, desistir de la compra, el consumidor no puede exigir que se le acepte la devolución  porque el producto no le guste o haya cambiado de opinión. Sólo se podrá exigir un cambio, o una reparación muchas veces a elección del vendedor, en el caso de que el producto esté defectuoso, pero en tal caso ya estamos tratando el tema de garantías no de desistimiento.

Un saludo.
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Desconectado Nelo

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Re: Mejorar mi novato-réplica?
« Respuesta #14 en: Julio 14, 2010, 06:31:26 pm »
Rhino, lo que el chaval quiere es devolver la cybergun para comprar una G&P..es decir, un cambio.

no deberian aceptarselo? ???