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Foro General => General => Mensaje iniciado por: byEmKar99 en Abril 20, 2016, 08:44:51 pm
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Hola alguien ha comprado alguna vez en esta pagina es para estar seguro de su fiabilidad gracias.
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Ningún problema.
Si por algún casual tienes dudas usa paypal
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además ahora creo que te mandan las replicas con numero de armero gratis
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La pagina es totalmente de fiar ademas ahora te ponen el numero de armero gratis y los portes gratis apartir de 100€ si no me equivoco
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Pues me estoy dejando los ojos y del número de armero no leo nada; y de los portes, para pedidos de +300 € :=
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lo del mumero de armero lo han puesto en facebook
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además ahora creo que te mandan las replicas con numero de armero gratis
Ehhhh??? Es obligatorio que todas las replicas de airsoft (armas 4º categoria) vendidas en España en tienda lleven el número de serie de armero legal y con factura con los datos del comprador desde hace años.
Sé de primera mano (en BCN), que la policia hace inspecciones de tiendas para comprobar que esto sea así.
Si no lo estaban haciendo y no los han pillado es una cosa, pero nada de que sea por hacerle un favor a los clientes...
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además ahora creo que te mandan las replicas con numero de armero gratis
Ehhhh??? Es obligatorio que todas las replicas de airsoft (armas 4º categoria) vendidas en España en tienda lleven el número de serie de armero legal y con factura con los datos del comprador desde hace años.
Sé de primera mano (en BCN), que la policia hace inspecciones de tiendas para comprobar que esto sea así.
Si no lo estaban haciendo y no los han pillado es una cosa, pero nada de que sea por hacerle un favor a los clientes...
¿"BCN"? ¿Sherman tendrá "bula"? En lo que va de año he comprado allí dos réplicas; en la factura de la primera (mediados de Enero) no aparece siquiera el nº de serie del fabricante: en la segunda (hará un mes) sí lo han reflejado (obviamente tengo pendiente una conversación con ellos) pero de "número de serie de armero"... Nanai.
Y otros comercios, alguno "amigo del foro", le echan más "redaños": Te anuncian a las claras que determinadas réplicas vienen sin número de serie... Y punto. :=
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Pues llevo días mirando tiendas donde pillar una nueva réplica y he tenido que pedirlo yo, y si quiero grabado son 15-20€ más, sino te hacen el papeleo con el número que trae de serie.. Entre ellos sherman, ya que hablas de Barcelona.
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El numero del fabricante no vale para nada.
Debe ser un numero legal de armero, sea que lo haga grabar la tienda o el distribuidor. (Tengo entendido que al menos un distribuidor se sacó la licencia de armero o algo parecido para hacerlo ellos mismos y abaratar costes).
No diré nombres, aunque algunas están abiertas y otras han cerrado (por dicersos motivos), pero ha habido inspecciones de Mossos a tiendas en Barcelona en los que revisaban todas las replicas a la venta. No podia haber ninguna expuesta sin numero de serie.
Y sí, debe constar en la factura con los datos del comprador. De esa forma ellos justifican que han vendido legalmente un arma, y el comprador justifica el ponerla a su nombre. Estó ha sido así toda la vida en las armerias, y desde el 2013 que las de airsoft entraron en el reglamento también.
Lo que pasa es que en este pais pasamos de todo, y muchas veces las propias autoridades no tienen ni idea, se quedan cortas o se pasan.
Por ejemplo, en Barcelona ciudad te hacen poner lass pistolas GBB como clase B, cuando deben ser A. ¿Está mal? Si, pero vete tu a discutirle a la amable señora del ayuntamiento hace el trámite...mejor no discutir.
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Por cierto, que deban llevar el numero de serie no quiere decirr que sea gratis para el comprador. La tienda es libre de subir el precio de las replicas para compensar el coste de marcarlas.
Lo que pasa es que si no la marcas, puedes venderla más barata que la competencia. Igual que si la vendes en foros o paginas de compraventa sin IVA (=en negro). Y no miro a nadie... :=
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El numero del fabricante no vale para nada.
Éso es tu opinión y la de bastante gente... Pero tal y como está redactado el acuerdo famoso, éso se sabrá a ciencia cierta cuando:
a) Se tomen la molestia de redactar un nuevo acuerdo claro y conciso, o
b) Cuando lo acabe diciendo alguna sentencia del T.S. , porqu eal paso que vamos antes o despué le tocarán los cojones a alguien con capacidad y ganas para litigar, y a tenor de la famosa redacción, "hay tela para cortar".
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sobre lo de los números de serie me he encontrado esto de la revista 0.20
http://www.020mag.com/noticias/4448/-como-registro-mi-replica-seccion-de-preguntas-y-respuestas
P: ¿Hay que númerar todas las réplicas para poder registrarlas?
R: No, solo hace falta númerar con el formato "2222-22-2-AS" aquellas fabricadas en España o que vengan del fabricante sin ningún número de serie.
P: ¿Hace falta algo especial para grabar la réplica o pueden hacermelo en cualquier tienda?
R: Las réplicas que no vengan con un número de serie solo las podrán grabar armeros autorizados ya que ese número luego tiene que constar en un registro especial.
P: Me he comprado una réplica en una tienda y ya viene con un número de serie ¿hace falta que la vuelva a numerar?
R: No, casi todos los fabricantes ya marcan sus modelos con números de serie correlativos, y estos son reconocidos por las autoridades tanto en aduanas como a la hora de registrar nuestras réplicas.
P: Mi réplica tiene un número de serie ¿como puedo saber si es un número de serie correlativo?
R: Aduanas se encarga de revisar que los números de serie sean correlativos, que no sea un mismo número de serie para todas las réplicas, cuando las traen los distribuidores.
P: Le he grabado un número de serie a mi réplica y ya venía con uno ¿pasa algo?
R: Hay que tener cuidado porque no se deben numerar modelos que ya están numerados. De hecho de cara a registrarlas ya es suficiente con el número del fabricante.
no se si será verdad al 100% pero parecen tenerlo claro
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Esa es "la otra opinión", que comparto, pero....
Ahí tienes "sentando cátedra" a una revista, mediante un artículo que, o ando fatal-plus de la vista o, no está siquiera firmado nominalmente, y que reza un genérico "...iremos publicando más respuestas de las autoridades competentes ..."
Pues éso, plausible pero a los efectos... "Otra opinión". ::)
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El numero del fabricante no vale para nada.
Éso es tu opinión y la de bastante gente...
No, es la realidad. No hay fabricantes de airsoft españoles, y por tanto ninguno puede haberlas marcado con un numero de serie legal. "Legal" significa de acuerdo con la ley y con un registro del que esté al tanto la autoridad competente.
Un SVD de Realsword lleva un numero único, pero ¿Como se sabe realmente, si son de China y la autoridad española no tiene acceso a ellos para verificarlo?
Los importadores, sean tiendas o distribuidores son los que las están haciendo marcar. En el caso de los distribuidores ha habido confusión porque muchos ya las marcaban de antes con numeros de serie propios por cuestiones de seguimiento o de leyes de otros paises. Pero estos números no son "legales" por mucho que mucha gente los haya colado en su ayuntamiento o policia local, igual que han colado el del fabricante que venga en todas las copias de ese modelo, o aunque sea único.
A esto se le suma que el formato del número ha cambiado 2 o 3 veces desde 2013, y que algunos marcajes de distribuidor no siguen el formato pero sí han sido autorizados previo permiso.
Resumiendo: Marcad o aseguraros de que vienen las replicas con un número con lo de "AS" etc. de armero. Así seguro que es correcto.
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Que sí hombre, que la famosa orden del Ministerio del Interior también era "legal", más todavía (Salió en el B.O.E).... Y se quedó "in albis" bastante tiempo. Salió "ninio" como podía haber salido "ninia", pero ya no hay dudas. :=
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La situación actual es la misma desde 2013 y no tiene perpectiva de cambiar en años. La denuncia finalmente no cambió nada (dicho por el propio abogado en este foro).
Será una chapuza confusa, que lo es, pero es lo que hay y dentro de la confusión hay una via clara para marcar las replicas. Sólo la discuten ya los que no se enteran, o quien tiene interés de que no se entere la gente para venderles réplicas sin marcar a menor coste que la competencia. :=
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Claro que no hay fabricantes españoles, pero sí distribuidores, que son los que están obligados POR LEY a incluir un NÚMERO DE SERIE (sea el de armero oficial recogido en el RAE o el propio de distribuidor) para poder vender sus productos en el país (y supongo que esto también será para la UE).
Algunos distribuidores han optado por hacer las cosas del todo bien y en el caso de las ALDs las venden con n° de armero oficial. Pero para su actividad comercial es completamente válido el número de distribuidor.
Eso de que el número de serie de fabricante/distribuidor "no vale para nada" díselo tú al Ayto. de Madrid o a las varias IAs, ayuntamientos y PL que lo tienen como requisíto válido para el registro.
De todas maneras, aún así, es BASTANTE RECOMENDABLE que aún teniendo nuestras cacharras n° de serie de distribuidor o fabricante, las marquemos con el n° de armero oficial recogido en el RAE, en vistas a posibles futuros cambios de los requisitos de registro.
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dentro de la confusión hay una via clara para marcar las replicas. Sólo la discuten ya los que no se enteran
Como dicen en mi pueblo... "No tienes abuela" >:D
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El tema de los numeritos es un lio enorme. Pero ha sido culpa de quien se ha empeñado en meternos con palanca, en un código de armas para el que no se especifica casi nada.
La GC deja a los distribuidores marcarlas con sus números no de armero nacional, o con el número único para ese modelo concreto de esa marca concreta.
Entonces a nosotros nos llega un cacharro con un número que no es de armero nacional, y nos podemos encontrar con el cabezón de turno del ayuntamiento que solo quiere números de armero.
Y entonces es cuando la cosa se complica, porque si el distribuidor ya la dio de alta con ese número no de armero, ese cacharro ya está trazado por Intervención de Armas desde que llega al distribuidor, al vendedor, y al comprador final... y como ya les aparece ese cacharro, con ese número, no es legal remarcarlo con otro número.
Por eso, por mucho que el del ayuntamiento se empeñe en que quiere número de armero, el armero no puede volver a marcarla, ya que sería como ponerle otro número de chasis a un coche. El armero sería multado y perdería la licencia.
Y todo esto es por la burrocracia de este país, donde se empeñan en hacer las cosas a lo bruto, pero a rajatabla.. abren la mano por un lado, y la cierran por el otro, creando un problema con el que al finan nosotros, los pringados de turno, nos pegamos contra un muro.
Es como lo de que si 4.1 ó 4.2... según donde preguntes, te van a decir que un cerrojo es 4.2 por ser de carga manual del sistema, o de 4.1 por tener cargador, y lo de carga manual referirse a meter uno a uno los proyectiles.
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Gracias Cue por volver a explicarlo con claridad.
Especificamente, hay que recordar el que numero debe ser el marcado en España, sea de armero o de distribuidor autorizado para ello. Lo que ponga un fabricante asíatico o distribuidor europeo no vale.
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Es como lo de que si 4.1 ó 4.2... según donde preguntes, te van a decir que un cerrojo es 4.2 por ser de carga manual del sistema, o de 4.1 por tener cargador, y lo de carga manual referirse a meter uno a uno los proyectiles.
Tendré que encontrar otra vez la sentencia que lo aclara (que no el RAE) en lo referente a armas de fuego, porque está bien aclarado, por el Tribunal Supremo. Que lo tuvo que llevar hasta allí alguno que seguramente también tuvo que escuchar lo de "no te enteras". >:D >:D >:D
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Es que es de traca lo de 4.2, porque ya es una incongruencia de por si.
Solo especifica que son para carabinas de carga manual, y revolver de simple acción.
Las carabinas de carga manual se refiere a las de la feria de toda la vida en la que abres, metes el balín, cierras y disparas.. sin cargador ni leches.
Pero lo cachondo es lo de los revolver de simple acción, que tiras del percutor pero amartillarla, y le das al gatillo para que dispare... pero esos tienen un tambor con varios balines.
Es que es de traca, porque un cerrojo se parece a las carabinas por lo del tamaño, así como abrir y cerrar, que sería tira del cerrojo. Pero no por tener cargador.
Pero por el otro lado a los revolver por tener cargador y ser amartillada.. tirando del cerrojo. Pero no por el tamaño.
Por eso el tema de que aquí te digan 4.1 y allá 4.2.
Por tamaño es carabina, pero esas se cargan a mano balín a balín, pero por cargador al revolver...y así cada cual interpreta lo que le da la gana, parece o cree en su momento.
Si en esa sentencia del Supremo lo especifica, estaría muy bien tenerla a mano por casa para presentarla cada uno en el ayuntamiento cuando nos marean con estos temas.
Grapárselo en la frente a más de un funcionario cabezón del otro lado de la ventanilla.
Es triste que en otros países de Europa tengan una legislación específica, y aquí nos metiesen con palanca en un código que no está ideado para cacharros con el que al final se va a jugar y dispararle a la gente. Burrocracia made in Spain... todo un clásico.
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La sentencia del TS es esta:
http://www.poderjudicial.es/stfls/SALA%20DE%20PRENSA/NOTAS%20DE%20PRENSA/TS%20Sala%20III%2020%20nov%202015.pdf
Y no tiene nada que ver con la diferencia entre 4.1 y 4.2. Es simplemente la anulación del recurso a la OM y que deja las cosas como están desde 2013. Todos temas ya sabidos y repetidos en este foro y otros sitios.
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A vale, ese ya lo conocía ;)
Pensé que decías de otro que especificaba los detallitos de las interpretaciones delo de 4.1 Vs 4.2 :)
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Por eso el tema de que aquí te digan 4.1 y allá 4.2.
Por tamaño es carabina, pero esas se cargan a mano balín a balín, pero por cargador al revolver...y así cada cual interpreta lo que le da la gana, parece o cree en su momento.
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Si en esa sentencia del Supremo lo especifica, estaría muy bien tenerla a mano por casa para presentarla cada uno en el ayuntamiento cuando nos marean con estos temas.
Grapárselo en la frente a más de un funcionario cabezón del otro lado de la ventanilla.
No Cue, la que menciono desgraciadamente sólo serviría como base argumental de peso si la cosa va a mayores.
A pocos funcionarios municipales les impresionan de primera mano sentencias del Supremo ni flores. Están poco o nada acostubrados a que se los calcen por prevaricar, y se creen omnipotentes y que tienen la vida resuelta para los restos.
Pero todo se va andando, poco a poco. >:D
No sería de "aplicación directa", aparte de por tratarse de armas de fuego, porque el "entuerto" que se dirimía en la susodicha era que, al no estar citado específicamente el caso de las escopetas de corredera y su particular sistema de alimentación en determinada legislación de caza vigente en aquel entonces (y ha pasado mucho tiempo, decada de los 90:-\ ), gracias a la habitual capacidad de redacción de los legisladores, se le puso en los "mendengues" al sancionador de turno encuadrarlas en el ámbito de las armas semiatomáticas y sus limitaciones recién impuestas ("tela" de años ya) para determinadas prácticas venatorias (que por aquél entonces si dejaban fuera explicítamente de la limitación a sistemas de cerrojo, pese a llevar cargador, y que son susceptibles "de repetición").
Y el recurrente afectado por la sanción defendía que tal sistema de alimentación no podía meterse en el mismo saco que uno semiautomático ya que consideraba que no gozaba de ventajas venatorias equiparables a las de este último, y que no procedía tal asimilación; máxime estando como estaban los sistemas de cerrojo expresamente fuera de ese saco siendo su técnica en este caso perfectamente comparable o asimilable.
El caso es que la Sala acabó considerándolas -a las "pajilleras"- en sentencia firme (pasando de un extremo a otro; de la errónea generalización de por aquellas de llamar "repetidoras" a "cualquier cosa con un determinado aspecto", pasaron al extremo de obviar el criterio común de cualquier manual serio de balística) como "armas de tiro a tiro", como suena ;D ;D ;D, agarrándose en el razonamiento al asunto "manual" de su recarga, y ahí quedó la cosa... :=
Hasta que salga otra del mismo T.S. que la contradiga (que son dados a contradecirse ellos mismos llegado el caso :=, pero si no sale...) "es lo que hay", para cojones los suyos. >:D
Por otro lado, ya en el off-topic salvaje del que no salimos... ¿Alguien conoce alguna ALD que no use aire o gas comprimido -de una forma u otra- para impulsar la bolita?
Yo no. :o
¿Tanto les costaba haber añadido algo así, "tensado manual previo a cada disparo", a lo de "muelle o resorte", para cargarse de un plumazo gran parte de la incongruencia del texto de la O.M. sobre ALDs ?
¿Quién contrata a esta gente? >:D
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Señor vende réplicas con nº de armero sin coste añadido.
OM y RAE dictan que son armas de 4ª categoría. CIPAE emite acuerdo por el que han de ser y como deben ser marcadas.
FIN.
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Aporto un poco mas de información a respecto.
En breve la web reflejara lo de los números de armero de manera gratuita y que los portes son gratis a partir de 100€. Por cuestiones de tiempo aun no se ha puesto en web pero ya se esta aplicando.
El tema de la numeración. Si una replica tiene una numeración de fabricante y quieres marcarla con numero de armero la Guardia Civil no te lo autoriza puesto que ya dispone de un numero de serie y en su importación ya se ha vigilado que lleve dicho numero. Si un ayuntamiento no quiere aceptar numero de serie normal no puede ni debe obligarte a grabar un numero de armero por que es una infracción a todas luces. Si tenéis dudas no tenéis mas que ir a intervención de armas y preguntarlo. Si no lleva ningún tipo de numeración se puede poner la numeración de armero.
Así es como debe ser, pero otra muy distinta es lo que esta pasando y como se están haciendo las cosas.
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(http://s31.postimg.org/n3p7sq9pz/palomitas_rectangular_644x362.jpg) (http://postimg.org/image/n3p7sq9pz/)
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El tema de la numeración. Si una replica tiene una numeración de fabricante y quieres marcarla con numero de armero la Guardia Civil no te lo autoriza puesto que ya dispone de un numero de serie y en su importación ya se ha vigilado que lleve dicho numero. Si un ayuntamiento no quiere aceptar numero de serie normal no puede ni debe obligarte a grabar un numero de armero por que es una infracción a todas luces. Si tenéis dudas no tenéis mas que ir a intervención de armas y preguntarlo. Si no lleva ningún tipo de numeración se puede poner la numeración de armero.
Así es como debe ser, pero otra muy distinta es lo que esta pasando y como se están haciendo las cosas.
Pues aquí la intervención de armas me dijo que como han detectado que algunos fabricantes repiten numeración que hay que marcarlas y es lo que le ha comunicado a la policía local y es lo que piden para poder registrarlas. Esto me lo dijo en Febrero de este año el mando al cargo de la intervención de armas.
Salu2
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Tu IA de palabra puede decir misa y rosario.
Que te lo ponga por escrito o presenta una reclamación, formal, tanto en el Ayto (verdadero competente) como en la PL y la IA.
No aplicar el RAE, la OM ni los acuerdos internos del CIPAE sobre marcajes es una infracción.
Algunos fabricantes no son todos, además el problema surge cuando tantos y tantos parguelas pretenden registrar sus réplicas con un nº de molde que es el mismo en todas las armas fabricadas.
Por ejemplo registrar las glock23 de kjw con el número que viene en el seguro del arma. Esa piececita plateada en el raíl inferior y que la gente como es un poco g********* la intenta registrar con él y luego ya "dios dirá".
Si compras una réplica debes hacer dos preguntas (aparte de todas las que quieras) siempre
¿LLEVA Nº LA RÉPLICA DE ARMERO? Si la respuesta es SÍ no hacen falta más preguntas. Si la respuesta es NO formule al vendedor la segunda pregunta.
¿LLEVA LA RÉPLICA Nº INDIVIDUAL CORRELATIVO? Si la respuesta es afirmativa ya puedes seguir con la compra cerciorándote antes de que te lo admitirán en tu Ayuntamiento al registrarla.
Creo sinceramente que no es tan difícil deducir estas cosas o recordarlas, se han dicho un millón de veces.
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No niego que te lo hayan dicho pero legalmente un armero no puede marcar una replica que ya posea numeración. Es cierto que se están detectando casos como el que citas pero deberán incluir el como proceder en el reglamento. Si hacemos las cosas como se debe no podemos marcar réplicas que ya posean número único de fabricante pues dicha numeración es válida. Saludos.
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Ya hay un escrito de ICAE diciendo que es completamente legal el numero de serie siempre que sea correlativo ya que en el art.28 del RAE asi lo indica