Partiendo de la base de que para nuestro hobby no está regulado y no hay regulación específica sobre visión nocturna de forma general...la versión de caza; que es la que nos aplicarían probablemente, es lo único a lo que atenerse y esta está cedida a la CCAA por lo cual varía de un punto a otro del pais. Mención especial para Castilla y León, La Rioja y Pais Vasco que no los permiten.
Cómo norma general, son ilegales los dispositivos con sistemas de puntería (véase retículas) y aquellos que puedan acoplarse directamente a un arma. Hay permisividad con los demás dispositivos.
No he enccontrado referencias a los lasers para caza más allá de la regulación de las categorias y su uso, que no cumple ni Dios, todo sea dicho...
Vamos, no se regulan con carácter general para los no cazadores y tampoco para lo nuestro.