Autor Tema: Duda sobre réplicas  (Leído 1563 veces)

Desconectado DaniDK

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Duda sobre réplicas
« en: Septiembre 16, 2016, 12:05:40 pm »
Muy buenas, ayer estaba hablando con un amigo cuando nos salió la siguiente duda:
Si una persona tiene dos réplicas primarias registradas y se lleva a una partida a un amigo para iniciarle, y por ello le deja la segunda primaria. Hasta ahí queda lógico todo, y si hay un control de la GC en la carretera antes de llegar al campo, no hay problema porque el dueño de ambas réplicas está en el vehículo en el que van dichas réplicas (registradas, por si a alguien se le ha olvidado). Pero supongamos que en la partida, a cada uno le tocan bandos distintos o "grupos" distintos, de manera que no van juntos, y aparece la GC y pide que la gente enseñe la documentación de las réplicas. La duda viene en: ya que el dueño está presente en la partida pero no es quien usa una de las réplicas habría algún problema? O por el contrario, como está presente en la partida y enseña a la GC la documentación debida de las dos réplicas no debería pasar nada?
Sólo era eso, una duda que no fuimos capaces de resolver.

Desconectado migue93r

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #1 en: Septiembre 16, 2016, 12:50:26 pm »
Creo te refieres a que una persona lleve una replica registrada a nombre de otra y esa persona no este presente, en ese caso creo que te sirve lo que me respondio ami CUE http://www.airsoftmadrid.com/foro/index.php?topic=77614.0
G&P URGI - M4 CQBR King Arms - MK18 Mod1 - SR25 A&K - G36C DB - MEU Socom Gear - FNX-45 VFC - Glock 19 Umarex - M40a3 Cyma w/ Mancraft

Desconectado DaniDK

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #2 en: Septiembre 16, 2016, 01:01:39 pm »
No, al contrario. La persona que es dueña de la réplica también está presente. La cosa es algo así como:
"¿Puedes usar la réplica de otra persona?"
Sí, es un poco absurda. Pero era eso, sin tener que hacer un papel de cesión temporal.

Desconectado cue

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #3 en: Septiembre 16, 2016, 01:47:12 pm »
Para el caso se aplica la misma legislación.
Y la misma restricción de solo poder cederla a alguien con permiso para usarla.. que ya tiene una tarjeta a su nombre ;)

Desconectado dËR

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #4 en: Septiembre 16, 2016, 01:56:09 pm »
Y en caso de los alquileres, ¿se permite que alguien que no tiene tarjeta ni permiso use una replica?

Desconectado cue

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #5 en: Septiembre 16, 2016, 05:50:09 pm »
Legalmente no puede.

Otra cosa es que se pase de todo, y no se sea tan cuadriculado con el código.

Esas cosas tienen mucho tomate, ya que tampoco pueden estar registradas a nombre de una sociedad, así que quien posea un campo, puede, legalmente tener 6 en posesión.
Ese es uno de los puntos que le a amargado la vida a los campos de paintball.

Legalmente, extristamente, les han jodido vivos.

Desconectado K6

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #6 en: Septiembre 16, 2016, 06:50:25 pm »
Tengo que discrepar.

No se contempla en principio la prohibición de venta, posesión o uso de estos chismes a nadie por encima de "X " años de edad.

No es como un arma de fuego que vas a comprar llevando la correspondiente licencia en los dientes, u olvídate de hacerlo (legalmente al menos)

Realmente lo que están limitando es la "circulación" de las réplicas por espacios públicos.

Existe un antedecente claro: Los puestos de tiro al blanco de las ferias, viejos como las armas de 4ª categoría misma.

Incluso está más que contemplado de antaño la posilibilidad de expedir tarjetas temporales para ese tipo de negocio, para cubrir su estancia temporal legal en el municipio  (otra cosa es que lo hicieran  := ) y los clientes finales jamás han tenido un problema por hacer meramente un correcto uso de una carabina de aire comprimido "a fin de cuentas en breve alquiler" en esas situaciones.  :)

Desconectado cue

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #7 en: Septiembre 16, 2016, 07:26:42 pm »
Puedes discrepar lo que quieras, pero ese es el problema real al que se enfrentan los campos con material de alquiler.
Tienen que estar a nombre de un particular, que puede tener como mucho 6, y legalmente no la puede ceder a nadie que no tenga una tarjeta vigente.


Otra cosa es que se haga la vista gorda, porque la normativa es una chorrada padre.  ;)



Las carabinas de los feriantes es otro punto donde se hace la vista gorda.
Porque si se aplicase la ley, no se podrían usar.


Nuestro código es así de cerrado de mollera.
Por suerte los que aplican a pié de calle, tienen más sentido común que los que lo plasman en un papel  y se quedan tan panchos.
« Última modificación: Septiembre 16, 2016, 07:31:09 pm por cue »

Desconectado K6

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #8 en: Septiembre 16, 2016, 08:22:10 pm »

Tienen que estar a nombre de un particular, que puede tener como mucho 6


¿Desde cuando "un particular pueder tener como mucho 6"?

Será del tipo 4.1 registradas en tarjeta, lo que les otorga la habilitación para "salir de casa".

"En casa" no hay límite establecido de posesión.

El "arrendador" te está permitiendo temporamente usarla, únicamente en sus instalaciones y bajo supervisión, no disponer de ella entre otras cosas con la libertad de llevártela por ahí que implica la "cesión".

Escopetas y afines de muelle (4.2), un particular puede tener en tarjeta las que les parezca, y también se alquilan. El caso específico de los feriantes, que no es casual lo de la ausencia de límite (en principio) en su número

Pero a lo que voy: La capacidad de regular sobre el asunto reside en el ayuntamiento de turno, según se desprende de la (lamentable) redacción del R.A.

Estoy convencido de que existe precedente legal, y cantidad de ordenanzas municipales de otras tantas localidades que con autoridad reconocida en la materia contemplan y regulan la actividad del "tiro de feria", por más que digas que es cuestión de "vista gorda"... Sienta precedente en una cuestión no definida concretamente en el R.A. pero sí la capacidad del alcalde para regular sobre la materia particular del uso de las armas de 4ª categoría en su municipio.

Pd: También te pueden prestar, alquilar, etc. un arma de fuego a la hora de las pruebas prácticas para obtener la preceptiva licencia para usarla... Y se supone que "no has nacido aprendido". ¿Con qué hace prácticas la gente en los centros de formación, deportivos, etc.? Con armas de 4ª categoría, por imperativo legal, qué casualidad; armas que en ningún punto obligan a operar "bajo cesión". Todos a la cárcel :=

Desconectado cue

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #9 en: Septiembre 16, 2016, 08:42:27 pm »
Pero a ver...
Sabes de sobra que cuando hablamos de 6, estamos hablando de las que podemos sacar de casa.
Que ya parece ganas de marear por marear.



Yo te estoy diciendo que es lo que hay, y que me ha dicho la gente que se dedica a ello. Los que aplican la legislación.
NO lo he leído en un foro, ni en la tele ni na de na, se lo he preguntado directamente, y son los primeros que reconocen que es una incongruencia como la copa de un pino..pero que ser es así.





Y sabes de sobra que no hay que meter a las armas de fuego en estos fregados, y que primero tienes la licencia, y luego puedes aprender a usarla.
Que no es al revés.





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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #10 en: Septiembre 16, 2016, 11:36:49 pm »
Y sabes de sobra que no hay que meter a las armas de fuego en estos fregados, y que primero tienes la licencia, y luego puedes aprender a usarla.
Que no es al revés.

Pues menos mal que "estás al día" con tus contactos, si no llegas a estarlo... http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/normativa/resoluciones/resolucion-de-19-de-octubre-de-1998-de-la-direcci

Desconectado K6

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Re:Duda sobre réplicas
« Respuesta #11 en: Septiembre 16, 2016, 11:39:34 pm »
Otra licencia... A ver cómo alcanza uno la "habilitación deportiva" y categoría exigidas: http://www.guardiacivil.es/es/servicios/armasyexplosivo/controldearmas/autorizaci_armas/licencias_armas/licenciaarmasf.html