Las del vídeo estarán pronto listas. Pero solo esas, que son los que han tratado con el CIPAE para hacerlas homologadas. De forma que a mayores de la tarjeta de armas habrá que cargar con los papeles de las granadas.
Jodó... El tema es: ¿Cómo se las han homologado? Es decir: ¿Son juguetes? ("no papeles") ¿Son armas detonadoras? (éso representaría un follón para sacarlas de casa, si no me equivoco ¿? )
Salvo la Claymore que sí que proyecta "munición", y cuadraría al pelo (si han justificado energía y demás) como ALD "de muelle", y se podría meter sin reparos en una tarjeta de armas "B"... ¿Qué tipo de "salvoconducto" tendrán para "salir de casa"? 
Las del vídeo estarán pronto listas. Pero solo esas, que son los que han tratado con el CIPAE para hacerlas homologadas. De forma que a mayores de la tarjeta de armas habrá que cargar con los papeles de las granadas.
Jodó... El tema es: ¿Cómo se las han homologado? Es decir: ¿Son juguetes? ("no papeles") ¿Son armas detonadoras? (éso representaría un follón para sacarlas de casa, si no me equivoco ¿? )
Salvo la Claymore que sí que proyecta "munición", y cuadraría al pelo (si han justificado energía y demás) como ALD "de muelle", y se podría meter sin reparos en una tarjeta de armas "B"... ¿Qué tipo de "salvoconducto" tendrán para "salir de casa"? 
Supongo que serán de 6ª categoría como las armas detonadoras.
ARTICULO 146. 1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso,
o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5., 6. y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.
Si nos ceñimos a esto, se pueden usar en las actividades deportivas, que ya se que no estamos reconocidos como deportes, pero uno se puede agarrar a eso en el caso que lo metan en 6ª, que seguro vamos.
Tengo una carta de la CIPAE en que no ve problema en el uso de armas detonadores para el entreno de perros en recintos privados, esta carta prohibía los lápices detonadores que usualmente se usan para estos menesteres por la facilidad de modificación para el uso de munición viva, que esto es por lo que la CIPAE ha prohibido el uso, hasta hora de granadas detonadoras.
A ver si luego puedo poner la carta.
Pues me gustaría saber que diferencia tienen para ser legales con la misma munición....
Si los distribuidores se hubiesen gastado la pasta para homologarlas no creo hubiese tenido problemas pero como no ha sido así, ante la duda las prohibieron.
Otra cosa es, también, la falsificaciones que se hicieron aquí de uno de los modelos.