Autor Tema: Uso de munición detonadora en el airsoft  (Leído 29703 veces)

Desconectado CJ

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Uso de munición detonadora en el airsoft
« en: Marzo 08, 2015, 01:34:03 pm »
Buenas, a raíz de un post de granadas, a vuelto a surgir el tema de la legalidad de esta, desviando el tema del post sobre granadas.

Como siempre, me liado a una discusión con Zeig por el tema y, aunque parezca mentira, no lo hago por chincharle, si no por que realmente me interesa el tema de uso, ya que, para mi, es el futuro de este tipo de artefactos en airsoft, opinión totalmente subjetiva por mi parte, y que cada vez se van a ver más por los campos.

Por lo que no abro este tema para crear polémica, si no para recopilar la toda la información posible.

El uso de estos artefactos es muy común en Inglaterra, bueno, el uso de pirotecnia es muy común ahi, pero no tienen el problema de incendios de bosques que tenemos aquí, pero son artefactos seguros ya que seguro que cumplen con la legislación inglesa sobre el tema, pero las leyes de este país son muy diferente a la de nuestros homólogos europeos.

Por lo creo que es necesario abrir un post que recogiese todo el tema legal al respecto.

Esta es la información que yo he recogido mirando, entre otros, foros como el de armas.es o de las policía, pero claro, siempre en relación de las que parecen armas.

ARTICULO 146. 1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5., 6. y 7. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.

2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.

Artículo 149.

1. Solamente se podrán llevar armas reglamentarias por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.

2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.ª, 3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Gobernador civil de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Gobernador civil podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.

5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.ª.



Luego tenemos esto:

El art. 3° inc. 1° del Anexo I al Decreto 395/75, Reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, dice que las armas de fuego son las que utilizan energía de gases producidos por la deflagración de pólvora para disparar proyectiles a distancia. Las pistolas de fogueo no poseer esta función, sino que su función es reproducir sus efectos ( fogonazo, retroceso de la corredera, estampido), por lo tanto no se trata de material que deba incluirse en los términos de la Ley Nacional de armas y explosivos siendo libre su posesión. Sin embargo su comercialización queda restringida por la ley 24.703 a armerías o casas de deportes especializadas, y su venta se prohíbe a personas menores de edad y se regulan aspectos vinculados a condiciones de seguridad para su utilización, conservación…


También está el hecho de la prohibición de llevar detonadoras y su transporte esta encauzado a que son réplicas exacta de armas:

 «queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza»

Pero esto, con las granadas detonadoras no pasa.

Por lo que a mi me gustaría, si alguien lo sabe, que tipo de permisos, y a quien se lo tiene que pedir un campo, para el uso de estos artefactos, en el caso de que, realmente, tengan que pedirlo.

Es que yo entiendo que el uso de pirotecnia y la munición de fogueo es distinta, al igual que sus potenciales peligros, al,igual que los permisos no se si son los mismos para un uso que para otro.


En el punto del artículo 146.1 habla de donde está prohibido usar las o portarlas «Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas» pone que se pueden usar en las correspondientes actividades deportivas, para mi, esto enlaza con el artículo 149.2 que dice que se poden usar en actividades deportivas.

Espero que los compañeros que tengan información sobre el tema la aporten.

Hay que tener presente que se venden en este país varios modelos de estas granadas en tiendas, estas deberían tener información sobre su uso, si la tienen, rogaría que los pusieran a nuestra disposición.

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Desconectado zeig

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #1 en: Marzo 08, 2015, 02:07:16 pm »
Si no quieres entender que para usar estos trastos hace falta autorización tanto como para su venta y comercialización la discusión tiene muy corto recorrido.

Desconectado CJ

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #2 en: Marzo 08, 2015, 02:48:49 pm »
Si no quieres entender que para usar estos trastos hace falta autorización tanto como para su venta y comercialización la discusión tiene muy corto recorrido.


Solo te estoy pidiendo información, y sigues sin leer lo que pongo, ya he puesto el artículo El art. 3° inc. 1° del Anexo I al Decreto 395/75 donde indica donde pueden comprarse las pistolas detonadoras.

Es que no aportas información, no,p es una ocasión de entender o no, sino de que ya que lo sabes, que digas donde se puede consultar, para que todos tengamos esa base legal, pero después de todo esto, sigues sin aportar la información, lo único que intentas es descalificarme.
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Desconectado zeig

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #3 en: Marzo 08, 2015, 03:19:27 pm »
Te descalificas solo negando algo de sentido común. Mezclas la reglamentación de armas con la de elementos pirotécnicos presuponiendo que son de aplicación.

Para usar artefactos pirotécnicos  como las enola y similares o los petardos, se requiere autorización. Para venta, fabricación y comercialización también así como homologación. Y lo que no esté homologado simplemente está prohibido.

Las VTG son granadas de entrenamiento policial o lo que es lo mismo, material de doble uso prohibido para civiles. Aquí se están comercializando como las enola en el sector del hobby hasta que alguien se mosquee y ponga en su sitio al distribuidor. Pero pasa como con todo, sin denuncias no hay nada que hacer.

Te encabezonas pensando que hay una normativa específica para usarlas cuando en realidad no son para civiles.

Si crees que se puede usar cualquier cosa de este tipo alegremente, simplemente te equivocas.

Desconectado Hari

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #4 en: Marzo 08, 2015, 04:11:05 pm »
Te descalificas solo negando algo de sentido común. Mezclas la reglamentación de armas con la de elementos pirotécnicos presuponiendo que son de aplicación.

Para usar artefactos pirotécnicos  como las enola y similares o los petardos, se requiere autorización. Para venta, fabricación y comercialización también así como homologación. Y lo que no esté homologado simplemente está prohibido.

Las VTG son granadas de entrenamiento policial o lo que es lo mismo, material de doble uso prohibido para civiles. Aquí se están comercializando como las enola en el sector del hobby hasta que alguien se mosquee y ponga en su sitio al distribuidor. Pero pasa como con todo, sin denuncias no hay nada que hacer.

Te encabezonas pensando que hay una normativa específica para usarlas cuando en realidad no son para civiles.

Si crees que se puede usar cualquier cosa de este tipo alegremente, simplemente te equivocas.

Hay material que algunas veces aparece, que es de doble uso, y no contesto a Zeig, aviso a navegantes que sepan que pueden tener materiales prohibidos, y espero que seais conscientes de que si bien no haceis daño a nadie, no cumplis con la Ley =)
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Desconectado CJ

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #5 en: Marzo 08, 2015, 04:18:59 pm »
Eso es nuevo, «material de entrenamiento policial prohibido a civiles», ¿me puedes decir donde pone que estén prohibidas para uso «civil»?

Perdón pero que yo sepa, el sentido común no es ninguna ley, y ya sabes que el sentido común no es muy común que digamos, cada uno tiene el suyo propio, por esos no son leyes.

No he abierto este hilo para que discutamos ni nos descalifiquemos entre nosotros dos, sino para recopilar la información legal, la cual sigues sin aportar, te cierras en banda sin aportar nada.

La pirotecnia esta muy regulada, sobre todo en Europa y en este país, pero todo lo que he visto se distingue ente pirotecnia y la cartuchera en general, no es lo mismo por lo que yo he visto.

Y la de fogueo, al no proyectar ningún proyectil, según el art. 3° inc. 1° del Anexo I al Decreto 395/75 no está recogida «no se trata de material que deba incluirse en los términos de la Ley Nacional de armas y explosivos siendo libre su posesió»

Yo te expongo argumentos, podrás estar de acuerdo o no, y te pongo la reglamentación que creo pertinente, tu solo me descalificas sin argumentos.

Es que las cosas funcionan así, que a ti no te guste que se use munición de fogueo no quiere decir que no se pueda, o demuéstralo pero con argumento y con la reglamentación, el sentido común no es un argumento, porque si se usa con sentido común no debería haber ningún problema.

Puedes reconocer que estoy equibocado, pero me lo tienes que demostrar, no porque tu lo digas.
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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #6 en: Marzo 08, 2015, 04:20:12 pm »
Pillo sitio . y esta semana o cuanto antds pueda me pasare por la GC  a ver que me dicen sobre mis 4 vtg que tengo

Desconectado CJ

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #7 en: Marzo 08, 2015, 04:20:24 pm »
Hari, me explicas lo del doble uso, la verdad es que es lo primera vez que lo leo, reconozco mi ignorancia y me interesa saberlo, sobre todo si afecta al caso.
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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #8 en: Marzo 08, 2015, 04:28:36 pm »
Por lo que estoy consultando, precisamente se llama de doble uso porque es tanto para civiles como para militares, ¿no?

Entonces no estaría prohibido, a parte, su movimiento por la CEE no está restringido, solo a terceros países.
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Desconectado zeig

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #9 en: Marzo 08, 2015, 04:32:54 pm »
CJ, consulta la AEAT, ellos tienen listados infinitos con la nomenclatura específica, el código aduanero por ejemplo. Algunos pasamos varios años estudiando estas cuestiones y unos cuantos más TRABAJANDO en empresas que movían estos y otros materiales internacionalmente como para obviar la parte en que se tiene que explicar a un CIVIL POR QUÉ NO PUEDE POSEER MATERIAL EXCLUSIVO PARA FFCCSE.

De hecho aquí las enola gay y las vtg se están trayendo haciendo la maniobra 13-14, comprándolas como si tal cosa al fabricante a sabiendas de que no se pueden comercializar en España así a la ligera sin las pertinentes licencias. Hasta que como dije antes, le toquen las narices a la persona equivocada (la competencia por ejemplo) y se decidan a denunciar establecimientos y tiendas online que comercializan productos en España irregularmente.

Y no entraré en detalles sobre lo que es y lo que no es material considerado de doble uso porque afectaría a otras secciones de este foro.

Lo que si puedo afirmar clara y meridianamente es qué cosas son ilícitos y qué cosas no relacionadas con al importación de artículos de este tipo, te puedes fiar o no CJ, pero a mi me la trae al pairo. No me da de comer convencer a obcecados.



Sigue consultado, pero trata de leerlo mejor porque no te estás enterando de nada y encima puede que haya alguien que se crea lo que estás diciendo.

Desconectado CJ

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #10 en: Marzo 08, 2015, 04:48:21 pm »
Pues a mi me da que el obcecado aquí eres tu, y no te trae tan al pairo porque siempre estas rastreando la red a ver si puedes poner esto, cualquier cosa que no te mola, a parir en el FB, y está a la que salta cuando sale algo del tema.

Sigues sin aportar nada más el «yo se».

La definición  de doble uso que he consultado es de aquí:
http://www.comercio.es/defensa Y habla de material civil que puede ser utilizado por militares.

A parte, ¿como sabes que esta catalogadas de doble uso? Y ¿cómo afecta en caso afirmativo?
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Desconectado zeig

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #11 en: Marzo 08, 2015, 05:01:48 pm »
Mira chico si lo quieres entender lo entiendes, si no, pues nada.

Tienes el RAE, tienes la normativa sobre pirotecnia, el Código Aduanero, los reglamentos CEE que son del 2009 me parece para consultar sobre el tema. Tienes la web de propio fabricante de VTG diciendo que consultes la normativa sobre MATERIAL DE ENTRENAMIENTO POLICIAL de tu país, la consultas y ves clara y llanamente que es material para uso policial y que aquello que no esté catalogado puede ser considerado de doble uso bajo ciertas circunstancias como pasa con visores nocturnos y chalecos antibalas.

Y encontrarás claramente que para todo ese material, puedas o no tenerlo, sea o no exportable libremente, requiere AUTORIZACIÓN ESPECÍFICA PARA SU USO y en algunos casos hasta licencia especial por parte de quien los manipule.

El problema de fondo en este hobby es que la gente con tal de poder usar lo que sea quiere aferrarse al hecho de que ya lo tiene en casa y por eso tiene que ser legal o de libre uso. Y no caballeros, no es así.

Si sigues basándote en que si digo o pienso, que si hablo por facebook o lo que sea, aquí se queda el tema. Es ridículo discutir algo que es de sentido común.







Mikiparla, te preguntarán que de dónde lo has sacado y poco más. Si no denuncias aunque a ellos les parezca que no deberías tenerlas no harán nada si no hay expediente de por medio.

Desconectado PapiODA574

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #12 en: Marzo 08, 2015, 05:11:51 pm »
Yo solo sé una cosa, es este País, si no pasas por caja, todo es ilegal, dicho por el amable señor de la IA............ Jajajja, una cosa es que se transporte la replica detonadora( pistola, fusil, lo que sea) y otra cosa la munición de fogueo digo yo que no es lo mismo, es como en las fiestas de pueblo el tendero que le vende los petardos a los crios y no puede, esto es todo un pozo sin fondo del que jamas se saldrá, al final en vez de intentar el consenso, lo que estamos es jodiendo al airsoft con estas idioteces de tirar una granada de co2, detonadora o de nocilla, siempre tiene que haber alguien a quien no le guste una cosa y a otro si que le gusta

Desconectado zeig

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #13 en: Marzo 08, 2015, 05:23:28 pm »
Papi lo que "jode" el hobby es posicionarse del lado de lo ilícito o susceptible de ser ilícito y no del lado contrario.


Este hobby está perfectamente tirando de las ya controvertidas AEG, GBB y muelle como para querer meternos en jardines con pirotécnia y fogueo. Pero siempre habrá gente que como lo ve normal todo lo querrá tener si no lo tiene ya en esa búsqueda de realismo ridículo dentro del hobby o del "nunca pasa nada" o del "todo vale".


El que no quiera opiniones en contra que simplemente no salga a la palestra, es bien sencillo, algunos tenemos muy clara nuestra posición basada en realidades y no en perroflautadas.

Desconectado PapiODA574

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Re:Uso de munición detonadora en el airsoft
« Respuesta #14 en: Marzo 08, 2015, 05:35:22 pm »
Me das a enteder que los culpables de todo esto son las tiendas que les importa tres pitos lo que vendan, solo ganar dinero entonces! Yo es lo que pienso y estais discutiendo tu y cj por culpa de unos señores, que no les importa nada el airsoft, solo los euros que ganan, si los dos teneis razon, cada uno con su logica, una cosa es transportar y manipular un trailer de cartuchos detonadores legalmente, que hay que tener vehiculo preparado, cursos de formacion, el adr como dices tu y lo que dice cj llevar unos 10 o 5 cartuchitos para granadas, no tiene nada que ver, pero los dos teneis vuestra razon