bueno te corrijo un par de cosas Torak
Si registrar las réplicas, con la tarjeta, puedes usarlas en tu municipio en aquellos lugares que sea autorizado su uso pero TAMBIÉN puedes trasladarlas por todo el territorio nacional. Lo que no está permitido en otros municipios es USARLAS. Esa es la salvedad realmente, su TRANSPORTE para marcarlas, destruirlas, repararlas o venderlas, está permitido fuera del municipio donde estén registradas.
Dentro de tu domicilio las puedes tener sin tarjeta ni registro PERO debes informar (oficialmente mediante instancia o los requisitos que pidan) al alcalde. Vamos que no las puedes tener en casa sin más.
Sobre el transporte el CIPAE ya se manifestó sobre el tema (para quien dude de mi palabra) y por ahí está el documento. No hay límite en nº ni ninguna premisa más allá de llevarlas prevenidas para su uso. Vamos, batería quitada y sin cargador puesto como llevaríamos un arma de fuego.
El problema está en el campo fuera de tu domicilio. El resto está cubierto (trayecto de ida/vuelta y el uso en tu municipio).
Se han dado casos (uno famoso en asturias) donde se tenían las correspondientes tarjetas, permiso del propietario del campo, permiso del ayuntamiento y aviso al cuerpo preceptivo pero en el que SEPRONA decide denunciar (que no decomisar ya que iban en moto) por ser los nºs no válidos y a aquellas réplicas que iban sin nº se procedió a denunciar por arma prohibida.
Siendo estrictos el caso único en que nos pueden meter mano sin salvaguarda ninguna es USANDO una réplica fuera del municipio, dando igual que el campo tenga permisos y nuestra tarjeta sea correcta con nº correcto y toda la pesca. Pero no el transporte, para eso no hay problema.
Pues mira, nunca te acostaras sin saber algo más. Sabía yo que tu te lo ibas a saber al dedillo

. Así me queda bastante más claro. Tenía la vaga idea de que no te cubrian pero pensaba que era por el transporte fuera del municipio, no por el uso fuera de él.
Entonces lo que no puedes es usarlas es fuera de tu municipio aunque el campo al que vas esté autorizado para hacerlo. Es decir, que estas en posibilidad de marrón cada domingo pese a que las tengas registradas, salvo que tengas la suerte de vivir al lado de un campo de airsoft y solo juegues ahí, donde estarías cubierto al 100%.
Pero vamos a ver, todavía NO HAY PUBLICACIÓN OFICIAL DEL B.O.E. EN LA QUE CONSTE QUE LA O.M. HAYA QUEDADO ANULADA, ASÍ QUE SEGUIMOS EN LAS MISMAS, CON LA OBLIGACIÓN DE REGISTRAR LAS ALDs.
No sigamos diciendo cosas que no son, por favor. Por mucha sentencia que haya TODAVÍA NO ES OFICIAL. Y para que eso ocurra va a pasar un tiempo largo.
Y SIEMPRE será mejor, tanto para nosotros como para la autoridad competente, que si nos paran y proceden a registro, quede demostrada nuestra buena fé presentando los pertinentes documentos relativos al registro de nuestras ALDs.
Por mucho que si se le cruzan los cables al agente de turno y nos sanciona y las requisa, cumpliendo la normativa actual será más sencillo y tendremos más a nuestro favor a la hora de recurrir dicha sanción.
Yo pensaba que estas cosas ya las teníamos todos bien claritas.
Conste en acta que yo nunca he dicho lo contrario. Siempre será mejor tenerlas registradas que no, aunque en la práctica pueda no cubrirte por que no estés usándolas en tu municipio (que es lo normal)... creo que es obvio que si las tienes registradas manifiestas que tienes voluntad de cumplir con los trámites legales existentes, aunque sean una ñapa.
De todas formas, seguimos erre que erre con las granadas y dudo mucho que vayamos a ponernos de acuerdo. Yo creo que sinceramente no da para tanto. Y no es por que se me emperejile o por que tenga una, no se me caen los anillos por dejarla en el cajón a dormir el sueño de los justos.. es por que creo que el alarmismo está un poco injustificado, al menos hasta que tengamos información real.
¿Es un articulo "alegal"? Pues ahora mismo seguramente si. No es un arma de fogueo (por que no replica un arma real), pero usa munición detonadora. No creo que nadie sepa muy bien como categorizarla o que tipo de cosa es. CJ pregunto y no supieron que decirle, así que a falta de más datos es un "no sabe, no contesta".
Lo único que quería señalar es que ya nos exponemos cada domingo a que nos crujan, con registro o sin el... y que en mi opinión (particular) lo marronero y lo que va a llamar la atención en un registro son las armas de 4º categoría en el maletero... no la granada de juguete en un bolsillo de la mochila, que puede pasar perfectamente desapercibida. Pero es mi opinión.
Si tu Zeig opinas que añade un riesgo "innecesario", pues es tu opinión. Respetable 100% siempre que respetes las demás opiniones (y últimamente te moderas en el discuros, cosa que yo te agradezco personalmente). Yo creo que los que las lleven/usen tienen la obligación de informar en los campos y ceñirse a lo que digan allí hasta que haya más información.
En definitiva... con esto pasa como con las radios Baofeng, que tampoco son legales al 100% por emitir a más frecuencia de la permitida. El que las lleve, sabe a lo que se expone. Si algún agente con el día torcido quiere buscarle las cosquillas... pues tendrá que joderse y apechugar.
Si te soy sincero, nunca me había planteado si podría ser ilegal o alegal la granada dichosa. Así que el hilo y el que haya gente a la que no le gusten estas granadas o crear que podrían ser ilegales... al menos ha cumplido para informar al todos los que tengan interés en saberlo que es un articulo "oscuro" y susceptible.
Yo de momento seguiré usándolas en los campos donde lo permiten hasta que haya más información. A mi me gustan y me parecen más seguras y mejor opción que las de CO2, aunque tengan una consideración legal "rara".
Si me paran y me multan por llevarlas, pues me joderé y lo pondré por aquí. Me comeré la salva de "te lo dije" pertinente y el resto podrán poner sus barbas a remojar.