Autor Tema: ¿Qué granada compro?  (Leído 29043 veces)

Desconectado nebiro

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #60 en: Marzo 12, 2015, 02:02:27 am »
zeig, en serio... como puedes decir las cosas que dices teniendo en cuenta qeu esta todo escrito. he leido enteros los dos hilos, y salgo alguna muuuy vaga mención a alguna normativa inespecifica, NO APORTAS NADA. El compañero cj ha aportado una normativa muy especifica y tu sigues con lo tuyo, "no, porq no, porq a mi no me gusta y os juro que eso no es asi, y si no os lo creeis sois idiotas!"

...

patetico que sigas en la misma linea e intentando descalificar a alguien que los esta haciendo chapó a mi entender.

espero con ganas que digas, mira, estas granadas no se pueden usar por esto esto y esto, segun lo pone es esta y esta otra normativa, pero lo unico que haces es flamear flamear y flamear

Desconectado zeig

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #61 en: Marzo 12, 2015, 10:44:35 am »
Es tu opinión basada en...... ah no, basada en nada

¿qué normativa específica se va a aportar sobre algo que no deberíamos tener en las manos? Buscáis (otra vez hay que decirlo) una frase en una ley que de manera inequívoca prohíba usar algo. Vamos, que buscas un imposible.

E insistes en ignorar el RAE, que no permite usar nada sin autorización, la nomenclatura a la importación (clave para entender los problemas del mundillo) triquiñuela que se ha usado hasta ahora para traer estas cosas como juguetes y venderlas/usarlas indiscriminadamente como las réplicas, y para colmo seguimos ignorando el sentido común prefiriendo la opinión de un dueño de tienda a la de cualquier otro.

Te lo resumo again, el RAE determina expresamente lo que está prohibido y todo lo inespecífico de las definiciones para englobar estas granadas es innecesario ya que viene determinado por la munición (da igual que sea para hacer ruido que para otra cosa, usar munición viva y la pueden disparar), ERGO necesita autorización específica. Los campos de airsoft piden autorización específica para el uso de armas de 4ª categoría que a falta de una específica para las granadas VTG (por no tener definición inequívoca) sigue sin ser la suya.

Por lo tanto necesitan autorización específica para su uso APARTE de las que ya existan para airsoft.
Todo eso siempre y cuando partamos que NO SON material de uso policial que al no pasar POR ADUANAS se están usando sin saber realmente que son.
En resumidas cuentas, en España, todo lo que no esté recogido de manera inequívoca en un apartado del RAE REQUIERE AUTORIZACIÓN como obviamente nos ha pasado con el airsoft durante años. Aunque haya habido gran permisividad.







Creer que una cosa sin pasar por aduanas (que determina lo que es y lo que no) comprado en UK, como las Enola en Francia, por no estar recogida en una frase del RAE que autorice o prohíba es de libre uso es el mismo argumento que usaban muchos para usar las réplicas porque consideraban (ellos claro) que eran juguetes y que si no estaba prohibido pues ale, podía hacer lo que le diese la gana. Además se nos olvida el detalle de que pueden disparar munición, no bolitas.

Como no me lo prohíben expresamente, puedo hacer lo que me de la gana. Ole tus huevos toreros.
Eso si que es patético.

Desconectado nebiro

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #62 en: Marzo 15, 2015, 02:22:39 am »
macho... tu sigue asi que no tienes ni puta idea... y encima te encabezonas en creer que sabes lo que dices.

me repito, en españa, pais en el que vivimos, y si la cosa no ha cambiado en lo que estoy escribiendo este texto, espera te lo voy a poner bien grandote como haces tu para que lo leas bien, SI ALGO NO ESTA PROHIBIDO ESTA PERMITIDO

llevas como 300 comentarios leyendo lo mismo, pero sigues pensando que una ley no escrita regula lo que a ti te de la gana. en fin, yo paso de tratar de convencer a gente como tu, que estan ciegos y enpecinados en tener la razon cuando le ponen delante de las narices el porque no la tiene... en fin... tiene que haber de todo en este mundo, sino esto seria muy aburrido supongo...

suerte en la vida campeon

Desconectado HK.Ruso

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #63 en: Marzo 15, 2015, 10:35:51 am »
Isistimos, para los de mollera pétrea:

Que algo esté en situación ALEGAL (usease, fuera de la norma por no encontrarse en normativa y regulación específica para ello) NO IMPLICA que sea ni legal ni que se permita su uso ni que se deba o tenga que permitir, OJO.

Es un poco peregrino, a mi entender, el "es que esto lo he comprado en una tienda, pero vaya, no hay regulación específica en la que se recoja su utilización y tal... con lo cual ¿qué hago? Pues barra libre, que como no está "papi" detrás diciéndome que no puedo hacerlo."


Ahem.

Desconectado zeig

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #64 en: Marzo 15, 2015, 11:57:24 am »
Citar
SI ALGO NO ESTA PROHIBIDO ESTA PERMITIDO

Se lo explicas a todos y cada uno de los jugadores de airsoft que llevan años recibiendo multas de 300 euros, por no tener las tarjetas, por jugar en un campo sin permiso del dueño, por no tenerlo del alcalde, por tirar petardos sin ser fiestas (permisividad) o hacerlo en la calle, por hacer uso de ellas en campo/negocio supuestamente legal pero igualmente se les lleva pa'lante con tarjetas y todo, por tener todos los permisos pero el nº troquelado no ser del formato adecuado, etc etc etc etc etc. Hace falta autorización para todo y muchas veces incluso con ella te llevan por delante igualmente.

No tengo ni puta idea y he estado importando y exportando munición, explosivos y hasta motos o fibra óptica años, con sus DUAs correspondientes, trato con aduanas y consignatarios...... Ser experto en logística, nada, eso nada. En fin. No tengo ni zorra idea, soy un cero. Ser consejero de seguridad de mercancías peligrosas para toda la UE supongo que tampoco da ninguna idea de lo que es material sensible y lo que no.


Claro, claro, claro que está permitido todo lo que no está expresamente prohibido.


Tenemos el mejor ejemplo del mundo delante del morro con las réplicas y preferimos ignorarlo.


Supongo que todos esos son unos campeones también y no tienen ni puta idea.

Desconectado absolutdani

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #65 en: Marzo 15, 2015, 08:56:15 pm »
Buenas!

Acabo de llegar al foro, y me parece un tema interesante. No penséis que voy de listo. No es que sea experto, pero soy poseedor de licencia de armas y lo he tenido que mirar unas cuantas veces el reglamento y discutido (de buen rollo) con armeros sobre alguna de las cosas reflejadas en el mismo y posibles sanciones, etc.

La mayoría de veces la conclusión ha sido la misma: depende de con quién des. Y mán aún en este caso porque por reglamento es así, pues este lo deja EXPRESAMENTE a su criterio.

Lo dice el propio artículo 146 que ya habéis comentado cuando se refiere a las categorías 5, 6 y 7: "Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia".

Y como cada uno somos de nuestro padre y nuestra madre, lo que para un agente puede ser legal, para otro no.

Dicho lo cual, discutir sobre esto es como discutir sobre el sexo de los ángeles: no hay una reglamentación clara al respecto, y no se va a llegar a ninguna conclusión.

Ya como opinión personal y sin meterme en si es legal o no, a mi no me haría nada de gracia que alguien me tirara ningún artefacto, por seguro que sea, con una bala de fogueo dentro. Supongo que el uso de las mismas se avisa o discute antes de que empiecen las partidas, no?

Un saludete!
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Desconectado zeig

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #66 en: Marzo 15, 2015, 09:17:53 pm »
Absolutdani no has entendido ese artículo y reproducirlo parcialmente induce a error.

Citar
1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª.

Queda prohibido todo con armas fuera de lo que sea polígono o lugar autorizado y recalca que en general las de 5ª 6ª y 7ª también lo está.

Después aclara que queda a juicio del agente ver si está justificado o no porque puede ser una pistola detonadora y que la lleve un joyero por ejemplo o un juez de atletismo.

Esto tampoco exime de que se necesite no tener penales, las licencias que sean y que se tengan que usar (si se puede) en los lugares que determinan otros artículos como el 149, que viene a ser campos de tiro o donde lo permita un alcalde.

No quiere decir en ningún caso que porque a un agente le parezca chachi que juegues a airsoft y vayas de camino al campo, te vaya a dejar marchar tan feliz sin tarjeta o al identificarte tengas penales, por ejemplo.

¿Qué se dan casos en los que la estás liando parda y te dejan marchar con una sonrisa? Claro que sí, muchos.
¿Qué se dan casos en los que incluso con todos los papeles habidos y por haber deciden empapelarte o habiendo un vacío legal te la meten doblada? Claro que sí, muchos.

¿Cuál te preocupa más y sobre cuál puedes actuar con más facilidad y tener más posibilidades de salir indemne?

¿Con o sin papeles?

¿Usando o sin usar material dudoso?

Yo lo tengo claro.

Desconectado absolutdani

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #67 en: Marzo 15, 2015, 09:40:54 pm »
Pues si, tenía que haber puesto el artículo entero.

Al final es una cuestión de probabilidades. Lo que tengo claro es que con munición de fogueo la probabilidad de marrón se dispara.

Un saludo!
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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #68 en: Marzo 16, 2015, 11:02:15 am »
Queda prohibido todo con armas fuera de lo que sea polígono o lugar autorizado y recalca que en general las de 5ª 6ª y 7ª también lo está.

Exactamente como ocurre con las armas de 4º categoría.. ¿no? No se pueden portar por la calle ni en ningún lugar excepto los lugares habilitados para ello.

Esto tampoco exime de que se necesite no tener penales, las licencias que sean y que se tengan que usar (si se puede) en los lugares que determinan otros artículos como el 149, que viene a ser campos de tiro o donde lo permita un alcalde.

Exactamente como ocurre con las armas de 4º categoría.. ¿no? Solo se pueden usar donde la autoridad local lo autorice, sean campos de airsoft o actividades donde se haya permitido su uso.

No quiere decir en ningún caso que porque a un agente le parezca chachi que juegues a airsoft y vayas de camino al campo, te vaya a dejar marchar tan feliz sin tarjeta o al identificarte tengas penales, por ejemplo.

Exactamente como ocurre con las armas de 4º categoría.. ¿no? Y mas ahora que las tarjetas de registro son papel mojado

¿Qué se dan casos en los que incluso con todos los papeles habidos y por haber deciden empapelarte o habiendo un vacío legal te la meten doblada? Claro que sí, muchos.

Exactamente como ocurre con las armas de 4º categoría... ¿no? Que incluso con las tarjetas en orden, te podían crujir exactamente igual que sin ellas. Y de ahí que compañeros lo llevaran a la vía judicial y acabaran tumbando la legislación existente y el registro de armas en los ayuntamientos. Por que en el fondo, no valen de nada más que para cubrirte un poco las espaldas y darle un halo de legalidad a algo que realmente no se sabe muy bien que figura legal tiene.

¿Cuál te preocupa más y sobre cuál puedes actuar con más facilidad y tener más posibilidades de salir indemne?

¿Con o sin papeles?

¿Usando o sin usar material dudoso?

Yo lo tengo claro.

Yo también. Tengo claro que si me paran en un control yendo o viniendo de una partida.. dependerá totalmente del agente, del humor del que esté o las ganas de multar que tenga el que me empapelen o no, lleve solo mis réplicas con papeles, mis réplicas sin ellos,  o mis réplicas + una granada detonadora.

Con esto quiero decir que el hecho de que Zeig o absolutdani consideréis en vuestro criterio particular que la probabilidad de marrón se dispara... es una opinión personal y respetable. Pero no deja de ser una opinión. A mi si me para la policía o la GC, lo que menos me preocupa es la granada (que dudo mucho que el agente llegue a saber ni lo que es salvo que le dejes el cartucho puesto). Me preocupan bastante más mis réplicas, que son bastante más cantosas. Y más ahora que no se pueden registrar y las tarjetas son papel mojado. Pero no deja de ser mi opinión.

Ya como opinión personal y sin meterme en si es legal o no, a mi no me haría nada de gracia que alguien me tirara ningún artefacto, por seguro que sea, con una bala de fogueo dentro. Supongo que el uso de las mismas se avisa o discute antes de que empiecen las partidas, no?

Pues como opinión personal, te diré que prefiero cualquier día de la semana que me tiren una VTG a una granada de CO2, por el hecho de que después de bastantes partidas al lomo....me parecen bastante más seguras. No tienen partes móviles , no saltan o rebotan al detonar, no tienen una carcasa externa que explota, no te pueden reventar en la mano y dejártela fina.. por poner algunos ejemplos.

Y la detonación usando determinados tipos de munición es mucho mas soportable que el de una thunder.

Y si, el uso de las VTG se hace por consenso con el dueño del campo/organizador, no con los jugadores. Sino te gusta que te lancen VTGs (que es muy respetable), puedes no asistir a las partidas o campos donde su uso esté permitido.

El dueño del campo es el que en realidad tiene la responsabilidad en este asunto. Os empeñáis en echarle el muerto a los jugadores y acusarnos de irresponsables.. por que en el fondo y a la hora de la verdad, nadie levanta la voz contra los campos.

Es el organizador el que debería preguntar y verificar con las autoridades si su campo tiene autorización o no para que los jugadores puedan usar ese tipo de material en sus partidas. Es su responsabilidad asegurarse que se cumple con la legalidad. Los jugadores solo podemos informar al organizador de que queremos usarlas, por que de momento y que sepamos no es material ilegal ni estamos incumpliendo nada. Como precaución extra, se debería de poner en conocimiento de los organizadores de que seguramente debería pedir autorización especifica para ese tipo de material... y después ceñirnos a lo que nos digan como respuesta.

El resto.. y en mi opinión (que son como los culos), el mismo nivel de desprotección tienes si te pillan en el coche con 4 replicas de 4º categoría que si te cogen con una pistola de fogeo (considerando que las VTG lo son... que es ponernos en el peor supuesto posible). En los 2 casos dirás que ibas o venías a una actividad donde está autorizado su uso, que la llevas descargada y desmontada y guardada en el maletero... y dependerá de quien te y del día que tenga el que te crujan o no.
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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #69 en: Marzo 16, 2015, 12:55:01 pm »
Vamos, que aun teniendo todas mis réplicas registradas y llevandolas cómo corresponde, me pueden multar igual??
Los dos guerreros más importantes son la paciencia y el tiempo.-Leo Tolstoy.

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #70 en: Marzo 16, 2015, 01:42:10 pm »
Pero vamos a ver, todavía NO HAY PUBLICACIÓN OFICIAL DEL B.O.E. EN LA QUE CONSTE QUE LA O.M. HAYA QUEDADO ANULADA, ASÍ QUE SEGUIMOS EN LAS MISMAS, CON LA OBLIGACIÓN DE REGISTRAR LAS ALDs.

No sigamos diciendo cosas que no son, por favor. Por mucha sentencia que haya TODAVÍA NO ES OFICIAL. Y para que eso ocurra va a pasar un tiempo largo.

Y SIEMPRE será mejor, tanto para nosotros como para la autoridad competente, que si nos paran y proceden a registro, quede demostrada nuestra buena fé presentando los pertinentes documentos relativos al registro de nuestras ALDs.

Por mucho que si se le cruzan los cables al agente de turno y nos sanciona y las requisa, cumpliendo la normativa actual será más sencillo y tendremos más a nuestro favor a la hora de recurrir dicha sanción.



Yo pensaba que estas cosas ya las teníamos todos bien claritas.

Desconectado zeig

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #71 en: Marzo 16, 2015, 01:46:45 pm »
que son juguetes todo, ruso, déjalo......

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #72 en: Marzo 16, 2015, 01:49:08 pm »
Según tengo yo entendido (y seguro que Zeig puede explicarlo mejor... que es el "experto legal" oficioso del foro)... tener las réplicas registradas te protege un poco más que si no las tienes pero no te cubre las espaldas,

En realidad tu registras tus réplicas en tu municipio únicamente. Y luego lo normal es que te desplaces a otros. Como esto depende de la autoridad local... pues puede caber cualquier cosa. Además solo acreditas que las réplicas están registradas (legalizadas) a tu nombre. No es una licencia de transporte ni una licencia de uso.

Dentro de tu domicilio puedes tenerlas igual con tarjeta que sin ella.. pero el problema es que si te para un agente yendo o viniendo de un campo, vas a tener que explicarte igual. La tarjeta va a darte algo de defensa (mira, las tengo legalizadas y tal).. pero no es una normativa homogénea ni te va a evitar que si el agente esta de mal humor o le apetece crujirte.. no te las requise y te multe por la regla de 3. La tarjeta no te autoriza nada más que dentro de tu municipio. No te autoriza a transportarlas fuera de el ni nada parecido. De hecho algún compañero me comentó que tendrías que pedir un permiso al ayuntamiento al que las traslades o algo parecido para poder hacerlo del todo legal.

En definitiva, puedes usarlas y tenerlas dentro del campo si la autoridad lo permite. Lo que te pueda suceder llevandolas de tu casa al campo y viceversa no esta del todo claro.

Pero vamos, seguro que Zeig se lo controla bastante mejor y sabe responderte.

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #73 en: Marzo 16, 2015, 05:51:11 pm »
...y seguro que Zeig puede explicarlo mejor... que es el "experto legal" oficioso del foro...
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mira que me habia prometido no volver a contestar pero es que decis unas barbaridades basadas en el desconocimiento y en la lectura arbitraria de la norma... seguid apoyando a alguien que dice que las cosas son como el dicen porq si, porque hay que creerle y todo lo demas es patetico... eso si es patetico.

Desconectado zeig

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Re:¿Qué granada compro?
« Respuesta #74 en: Marzo 16, 2015, 06:30:04 pm »
Según tengo yo entendido (y seguro que Zeig puede explicarlo mejor... que es el "experto legal" oficioso del foro)... tener las réplicas registradas te protege un poco más que si no las tienes pero no te cubre las espaldas,

En realidad tu registras tus réplicas en tu municipio únicamente. Y luego lo normal es que te desplaces a otros. Como esto depende de la autoridad local... pues puede caber cualquier cosa. Además solo acreditas que las réplicas están registradas (legalizadas) a tu nombre. No es una licencia de transporte ni una licencia de uso.

Dentro de tu domicilio puedes tenerlas igual con tarjeta que sin ella.. pero el problema es que si te para un agente yendo o viniendo de un campo, vas a tener que explicarte igual. La tarjeta va a darte algo de defensa (mira, las tengo legalizadas y tal).. pero no es una normativa homogénea ni te va a evitar que si el agente esta de mal humor o le apetece crujirte.. no te las requise y te multe por la regla de 3. La tarjeta no te autoriza nada más que dentro de tu municipio. No te autoriza a transportarlas fuera de el ni nada parecido. De hecho algún compañero me comentó que tendrías que pedir un permiso al ayuntamiento al que las traslades o algo parecido para poder hacerlo del todo legal.

En definitiva, puedes usarlas y tenerlas dentro del campo si la autoridad lo permite. Lo que te pueda suceder llevandolas de tu casa al campo y viceversa no esta del todo claro.

Pero vamos, seguro que Zeig se lo controla bastante mejor y sabe responderte.

bueno te corrijo un par de cosas Torak



Si registrar las réplicas, con la tarjeta, puedes usarlas en tu municipio en aquellos lugares que sea autorizado su uso pero TAMBIÉN puedes trasladarlas por todo el territorio nacional. Lo que no está permitido en otros municipios es USARLAS. Esa es la salvedad realmente, su TRANSPORTE para marcarlas, destruirlas, repararlas o venderlas, está permitido fuera del municipio donde estén registradas.

Dentro de tu domicilio las puedes tener sin tarjeta ni registro PERO debes informar (oficialmente mediante instancia o los requisitos que pidan) al alcalde. Vamos que no las puedes tener en casa sin más.

Sobre el transporte el CIPAE ya se manifestó sobre el tema (para quien dude de mi palabra) y por ahí está el documento. No hay límite en nº ni ninguna premisa más allá de llevarlas prevenidas para su uso. Vamos, batería quitada y sin cargador puesto como llevaríamos un arma de fuego.

El problema está en el campo fuera de tu domicilio. El resto está cubierto (trayecto de ida/vuelta y el uso en tu municipio).

Se han dado casos (uno famoso en asturias) donde se tenían las correspondientes tarjetas, permiso del propietario del campo, permiso del ayuntamiento y aviso al cuerpo preceptivo pero en el que SEPRONA decide denunciar (que no decomisar ya que iban en moto) por ser los nºs no válidos y a aquellas réplicas que iban sin nº se procedió a denunciar por arma prohibida.

Siendo estrictos el caso único en que nos pueden meter mano sin salvaguarda ninguna es USANDO una réplica fuera del municipio, dando igual que el campo tenga permisos y nuestra tarjeta sea correcta con nº correcto y toda la pesca. Pero no el transporte, para eso no hay problema.









Nebiro, supongo que la parte donde se menciona que he trabajado con armas y explosivos, imp/exp ha pasado delante tus ojos como una leve brisa imperceptible, o las consultas a IA, delegación del gobierno y esas cosas. Así como el hecho de estar simplemente informado (y mantenerme por otros muchos) sobre estos temas. Las menciones también al articulado del RAE, código aduanero, nomenclatura imp/exp, etc eso también te ha pasado desapercibido. Así como las referencias a precedentes como el mismo del airsoft y otros casos puntuales.

Si para ti eso es simplemente "porque yo lo digo" y sin entrar en más calificativos, te regalaré unos cuadernillos de Rubio.

Dejad de abogar por un airsoft con material de dudoso uso cuando no legalidad y centraos en las ya muchísimas opciones más seguras y conocidas.

Lleváis a confusión a los que empiezan y se acaban guiando sólo porque se lo encuentran en una tienda. Haya llegado a ella como sea.