Malkavian, la próxima vez que les mandes un email, les citas la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, publicada en el BOE número 80 del 3 de Abril de 1985, y con vigencia desde 4 de Abril de 1985, con una última revisión si no recuerdo mal el 6 de Marzo del 2011...
Ya hemos hablado en exceso de éste tema en otros hilos, pero te lo refresco: para este objeto de poder tener tarjetas en cada municipio del que pretendamos poder practicar aire suavismo, tendríamos que estar empadronados en todos los municipios en los que quisiéramos sacarnos las tarjetas, y eso a día de hoy, aparte de ilegal, es sancionable por la ley con multas de diversa cuantía.
Las leyes que regulan el padrón (se trata de la ley 4/1996, de 10 de enero, que modificó la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que modificó el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio) establecen que toda persona sólo puede estar empadronada en un municipio, que debe ser en el que se reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio deberán inscribirse en el que residan durante más tiempo al año.