Autor Tema: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes  (Leído 277415 veces)

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #915 en: Septiembre 21, 2012, 08:47:48 pm »
Os recuerdo que no son alegaciones a ningún borrador.
Es solo opiniones a un escrito.

Hay tantas cosas que cambiar a nivel legal para que todo sea perfecto, que lo único que quieren es poner un parche para pasar de nosotros de una vez por todas.

Es mucho mas fácil lo que quieren ellos que lo que nosotros planteamos aquí.
Algunas veces pienso que somos nuestro peor enemigo, jajaja.

Desconectado Sniper

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #916 en: Septiembre 21, 2012, 09:28:40 pm »
Lo del deporte sin duda es una vía a explorar. Lamentablemente el Airsoft no es de momento considerado por la Administración como deporte. No se si el kendo es considerado deporte. Pero la esgrima sí lo es (olímpico y netamente español sgún google) sería interesante saber que pasa con sus cuchillos (sin tener en cuenta el florete)
Y ahora pregunto yo... ¿estás completamente seguro? pero... ¿seguro seguro?:=

Desconectado zeig

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #917 en: Septiembre 21, 2012, 09:56:33 pm »
Lo del deporte sin duda es una vía a explorar. Lamentablemente el Airsoft no es de momento considerado por la Administración como deporte. No se si el kendo es considerado deporte. Pero la esgrima sí lo es (olímpico y netamente español sgún google) sería interesante saber que pasa con sus cuchillos (sin tener en cuenta el florete)
Y ahora pregunto yo... ¿estás completamente seguro? pero... ¿seguro seguro?:=


Ciertamente, que mejor ocasión que esta para empezar a pensar en el tema....

Desconectado Yogui

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #918 en: Septiembre 21, 2012, 10:12:39 pm »

Yogui: El 1.4 del RA dice
"Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por las Fuerzas Armadas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el Centro Nacional de Inteligencia."

Lo del CNI seguro que lo dicen por lo de los bolis pistola, etc, a lo james bond (4.1.e)

En cuanto a la opción de utilizar el segundo párrafo del 5.2. como vía para regularizar las cacharras, es muy interesante,

"Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior."

pero veo dos problemas:

1. No hay ninguna normativa del ministerio del interior, con lo cual, de momento este párrafo es inoperante (igual ahora podrían hacerla). La única normativa que hubo fue el REAL DECRETO 3059/1977, DE 11 DE NOVIEMBRE, y en desarrollo de este decreto la Orden Ministerial de 29 de Julio del 78 (la de las abrazaderas rojas para juguetes). Ambas quedaron derogadas por el Reglamento de Armas del 81.

2. Desnaturalizaría todo el artículo; ¿Por qué las imitaciones que no disparan plástico iban a estar prohibidas, y las que sí permitidas, si ambas producen la misma confusión? La lógica me dice que las que disparan deberían tener un régimen más restrictivo que las que no.

En cuanto a la venta hay que estar a lo que dice el art. 56 RA
Artículo 56.

"Además de las armerías reglamentariamente autorizadas, los tipos de establecimientos que seguidamente se determinan podrán dedicarse al comercio de la clase de armas que para cada uno de ellos se concreta:

a.Los establecimientos de venta de artículos deportivos que reúnan los requisitos fiscales pertinentes podrán, dando conocimiento previamente a la correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil, dedicarse a la venta de armas accionadas por aire u otro gas comprimido, comprendidas en la cuarta categoría y las de la 7.5 y 6, así como de armas de fuego inútiles o inutilizadas.

b.Los establecimientos comerciales de cualquier clase podrán dedicarse a la venta de armas antiguas o históricas originales y de sus réplicas o reproducciones, así como de armas de avancarga, susceptibles de hacer fuego, siempre que a tal efecto obtengan autorización previa de la correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil y lleven libro de entradas y salidas de armas, en la forma prevista en el artículo 55. La Intervención de Armas podrá inspeccionar las existencias y documentación de las armas, de la misma forma que en las armerías."

En cuanto al plazo no hay un plazo fijo; son 20 días hábiles (los domingos y festivos no cuetan), a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación. A un grupo le llegó el 11 de s septiembre, así que tienen hasta el 4 de octubre...

La dirección por email es dg-icae@guardiacivil.org.

csv: Estamos de acuerdo en cuanto a las armas de guerra. Pensaba que en mi post qeudaba claro, pero se agredece la aclaración.

Lo del deporte sin duda es una vía a explorar. Lamentablemente el Airsoft no es de momento considerado por la Administración como deporte. No se si el kendo es considerado deporte. Pero la esgrima sí lo es (olímpico y netamente español sgún google) sería interesante saber que pasa con sus cuchillos (sin tener en cuenta el florete)


Precisamente el esgrima te iba a poner por ejemplo. Otro más claro con armas de fuego, las pistolas que portan los vigilantes o escoltas privados, las que portan los civiles amenazados, joyeros, políticos, etc...estas creo que si las regula el R.A. no??, los sprays de defensa creo recordar que tambien están recogidos en el R.A. todos ellos son para emplear contra personas.

Lo  del 5.2 supongo que la decisión de modificar el R.A. no vendrá del ICAE sino del Ministerio de Interior, luego alguna normativa habrán sacado al efecto. En cuanto a porqué las armas ludico-deportivas puedan quedar fuera del 5.2 y las que no disparan no, pues simplemente porque las de airsoft es necesario que tengan ese aspecto para la práctica de la actividad, de ahí entiendo que si quieren pueden hacer una excepción. Porqué las de adorno no?? pues porque no se usan para ninguna actividad, para que correr el riesgo de que anden por la calle si no es estrictamente necesario??...no obstante nada que no se pueda solucionar pintando la bocacha por ejemplo àra diferenciarlas de todas las demás, osea que si se quiere se pueden buscar soluciones.

Por lo que respecta a los 20 días tomé como referencia el primer escrito que se recibió, evidentemente el que lo haya recibido más tarde tendrá sus correspondientes 20 días, lo puse solo para que no nos dormamos si realmente alguien va a presentar alegaciones.

Una pregunta compañero, la dirección de correo que pusiste es simplemente la del ICAE o es la que consta en el escrito como forma de presentar las alegaciones??
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Desconectado Sniper

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #919 en: Septiembre 22, 2012, 09:58:05 am »
Lo del deporte sin duda es una vía a explorar. Lamentablemente el Airsoft no es de momento considerado por la Administración como deporte. No se si el kendo es considerado deporte. Pero la esgrima sí lo es (olímpico y netamente español sgún google) sería interesante saber que pasa con sus cuchillos (sin tener en cuenta el florete)
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Ciertamente, que mejor ocasión que esta para empezar a pensar en el tema....
Lo comentaba, porque la vía deportiva ya ha sido más que explorada... tanto en modo federativo como en modo asociativo...

Desconectado zeig

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #920 en: Septiembre 22, 2012, 10:49:16 am »
Ya, pero eso si sale bien es un pasito más adelante, no?

Desconectado Sniper

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #921 en: Septiembre 22, 2012, 01:50:43 pm »
Negativo, lo intenté a ni vel Andalucía a ver como salía, había una tonelada de requisitos burocráticos, creación de reglas, modos de juego, una liga, mucho gasto de pasta, y estar así dos años, para luego proceder a mandar toda la documentación a Madrid y que te la tiraran por el retrete y te dijeran que no... lo hablamos 7 grupos y cuando vimos los gastos y condiciones, todos dijimos que ni de coña...

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #922 en: Septiembre 22, 2012, 04:19:17 pm »
Como puedo pasaros mi firma? dni y datos? y por supuesto mis conocidos (mi amama incluida xD) y digo yo en el chorro no seria interesante poner algo asi como un CP o provincia para que vean que semos de toas partes del estado Español?

Sarge
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Desconectado jaime cuart

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #923 en: Septiembre 24, 2012, 05:07:58 pm »
Hola yogui,

Pues respecto a los supuestos que enumeras, el RA es sólo supletorio, en lo no regulado por la ley de seguridad privada y su reglamento de desarrollo.

Si no recuerdo mal, esta normativa permite la tenencia de armas sólo para las funciones que en ella se establecen, con los requisitos por ella marcados.

En cuanto a la utilización de armas, sólo para prevenir y repeler ataques, guardando proporcionalidad, no haciendo ostentación, etc. No soy muy ducho de todas formas en la normativa de seguridad privada.

Respecto a los sprays la norma distingue dos tipos; los no aprobados por el ministerio de sanidad, que son armas prohibidas (5.1.b RA) y los aprobados. Sobre éstos últimos la norma sólo dice que podrán venderse a mayores de edad en armerías.

El email es el que figura en el escrito.

Un saludo.

Desconectado Hari

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #924 en: Septiembre 25, 2012, 09:30:47 am »
Eso es. Probres de nosotros, simples jugadores de airsoft, que estamos bajo el yugo de organizaciones ajenas que controlan nuestro destino...

Porque además no tenemos opciones... ¿que podemos hacer salvo postear en un foro de internet?...es todo tan triste...como una inevitabilidad historica hegeliana...

¿Pero ya hay BOE o no?
As a park ranger at Yosimite once said, "There is considerable overlap between the intelligence of the smartest bears and the dumbest tourists."

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #925 en: Septiembre 25, 2012, 10:55:34 am »
No habrá BOE hasta que estudien las respuestas al escrito. Dan 20 días hábiles para responder desde el momento de la recepción, lo que quiere decir que unos 25 días naturales (si no contamos el sábado como laborable, que es un tema que creo que depende de la administración con la que trates). Teniendo en cuenta que hay grupos que no han recibido el escrito hasta hace 15 días...

Y luego tendrán que estudiar las respuestas y modificar lo que estimen conveniente.

Hasta finales de año no habrá BOE, vamos.

Desconectado Hari

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #926 en: Septiembre 26, 2012, 03:13:00 am »
No habrá BOE hasta que estudien las respuestas al escrito. Dan 20 días hábiles para responder desde el momento de la recepción, lo que quiere decir que unos 25 días naturales (si no contamos el sábado como laborable, que es un tema que creo que depende de la administración con la que trates). Teniendo en cuenta que hay grupos que no han recibido el escrito hasta hace 15 días...

Y luego tendrán que estudiar las respuestas y modificar lo que estimen conveniente.

Hasta finales de año no habrá BOE, vamos.

Ya he vivido esta pelicula....
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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #927 en: Septiembre 26, 2012, 09:44:12 am »
Cierto, es un deja vu muy recurrente.

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #928 en: Septiembre 26, 2012, 09:48:08 am »
Pero no habiendo nada mas interesante de lo que hablar...

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Re: Nueva normativa para la legalidad del airsoft en ciernes
« Respuesta #929 en: Septiembre 27, 2012, 03:08:26 pm »
Cierto, es un deja vu muy recurrente.

La diferencia es que antes todos pusimos a parir el borrador, pero ahora le damos el visto bueno y sugerimos modificaciones en otros puntos.

Si se limitan a ver qué decimos del texto que proponen exclusivamente, el 98% de opiniones será favorable y lo aprobarán tal cual.

A ver qué pasa de aquí a un mes.