Autor Tema: Documentacion para transporte d replicas  (Leído 8047 veces)

Desconectado super_tinin

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Documentacion para transporte d replicas
« en: Junio 08, 2012, 11:34:00 pm »
Alguien podria confirmarme si es necesario portar la factura de compra de la replica?. A mi parecer esto no tiene sentido, pues al no estar considerada como arma en ninguna de las categorias legisladas, no deja de ser un "juguete". Ademas, la mayoria de mis replicas son de segunda mano, compradas en este foro... Puede tener validez un contrato particular?.

Desconectado kacuna

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #1 en: Junio 09, 2012, 01:06:20 am »
Nunca está de más llevarlo, yo siempre llevo las mías en la cartera, pero si te para la policía es papel mojado, lo importante es el sentido común, es decir, que las transportes correctamente, que no intentes ocultarlas, que le expliques correctamente al agente que las llevas y lo que son, etc. Si no te para un agente muy quisquilloso no tienes porque tener problemas, se de buena tinta que muchos agentes tanto de GC como del CNP están al tanto de "ese tráfico en la sombra que hacemos de réplicas"  ::)  y al igual que nosotros usan su sentido común.

Un saludo.

Desconectado MuD

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #2 en: Junio 09, 2012, 10:58:47 am »
Como que la mayoría juega... X-DDD

La factura sólo sirve para reclamarla si te la requisan y no se hasta que punto es necesaria ya que eso queda registrado.

Un saludete.
¿Con lo de juguetes mortales que se refiere a chuky,o a los gremlins? -

Desconectado deybit

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #3 en: Junio 09, 2012, 11:12:19 am »
Alguien podria confirmarme si es necesario portar la factura de compra de la replica?. A mi parecer esto no tiene sentido, pues al no estar considerada como arma en ninguna de las categorias legisladas, no deja de ser un "juguete". Ademas, la mayoria de mis replicas son de segunda mano, compradas en este foro... Puede tener validez un contrato particular?.
lo que a tí te parezca, no tiene que ser lo que es. Para tí no deja de ser un juguete, yo por ejemplo, veo una réplica de una arma real amparada en la prohibición del reglamento de armas en su artículo 5.2, por poner un ejemplo.... Así que dejando consideración, deberás adaptarte a lo que lo consideran las FFyCC de seguridad y lo que ellos estimen con sentido  ;)
Esto quiere decir, que si llevas una factura, lo que llevas en el maletero lo has comprado, no lo has robado, no le has lijado el número de serie, es identificable de donde ha salido y qué es a simple vista, sin tener que modificar algo con aspecto de arma. Si son de segunda mano, es totalmente válido y legal un contrato de compra venta hecho entre particulares.
El tema es mostrar interés para facilitar las cosas, si al final parece que se esconden, parece que lo que estás haciendo está mal. Por eso, se habla de llevarlo sin batería puesta ni su cargador, los cargadores sin bolas, etc. hasta una nueva norma, lo que se hace es por buena voluntad, esperando la ajena, ya que con la ley en la mano, en teoría ni facturas ni leches, te quedas sin ella a cambio de un papelito que te va costar 300-400 euros.
Mud, en el momento que te paran, te requisen o no, ya queda registrado, la factura por lo menos te identifica como titular  :)
Freelander

Desconectado MuD

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #4 en: Junio 09, 2012, 11:17:49 am »
Eso he dicho... Y lo de titular vale si te lo quieren aplicar, si no, es lo de los 300 euros a cambio de aire... (Y gracias, que puede ser peor).
¿Con lo de juguetes mortales que se refiere a chuky,o a los gremlins? -

Desconectado deybit

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #5 en: Junio 09, 2012, 11:26:57 am »
Eso he dicho... Y lo de titular vale si te lo quieren aplicar, si no, es lo de los 300 euros a cambio de aire... (Y gracias, que puede ser peor).

;)
Freelander

Desconectado super_tinin

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #6 en: Junio 13, 2012, 12:49:23 pm »
Entonces, haber si yo me aclaro, (aunque se que todo esto, con la normativa vigente es imposible)... Estamos basandonos en que la "autoridad competente", se salte la legislación para dejarnos pasar sin problema. Existiendo las siguientes posibilidades:
-Si a nuestras réplicas se las considera dentro de las incluidas en el art. 104 y 105, que regula las armas de 4ª categoria (armas de aire comprimido...), su obligación sería requisarlas, al no tener la oportuna licencia. No obstante, por potencia, tipo de munición e, incluso, al ser automáticas, quedan fuera de dicha categoría.
- Si, como dice el compañero, se trata de imitaciones de armas de fuego, según dispone el artículo 5.2 del Reglamento de Armas solo se pueden tener en el propio domicilio, por tanto, su obligación sería requisarlas, al no estar inscritas en el libro de registro y no tener la oportuna autorización de transporte. Sin embargo, se hace expresa mención, a que las armas aquí contempladas, tienen prohibido su uso. Por tanto, como nosotros si hacemos uso de las mismas, (airsoft) no se las puede incluir dentro de esta categoría.
- Si, son consideradas, como juguetes, es decir, "marcadoras" algo más sofisticadas que la típica pistolita de plástico, con una potencia superior, y utilizadas, para... algo más currado, que la historieta de vaqueros e indios...etc. entonces, TODO PERFECTO. Es la única consideración, por la cual, la "autoridad competente" no tiene obligación de requisarnos las réplica, ni de pedirnos, su factura, ya que esto no tendría sentido.

Por lo cual, creo que si alguna vez nos paran y, con toda la amabilidad y educación de la que podamos ser capaces, intentamos explicar a la "autoridad competente", los motivos por los que nuestras "marcadoras" (creo que es más prudente utilizar esta terminología para no confundir más al agente en cuestión); no pueden estar incluidas, en  las dos primeras posibilidades; lo mismo, tenemos suerte y... ha disfrutar.
La cuestión, de poner cartelitos en las bolsas de transporte, que describan lo que contienen, así como, llevar las baterías sin conectar y los cargadores, separados y vacíos,... también ayudaría.

Conectado Sniper

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #7 en: Junio 13, 2012, 02:44:14 pm »
Por lo cual, creo que si alguna vez nos paran y, con toda la amabilidad y educación de la que podamos ser capaces, intentamos explicar a la "autoridad competente", los motivos por los que nuestras "marcadoras" (creo que es más prudente utilizar esta terminología para no confundir más al agente en cuestión); no pueden estar incluidas, en  las dos primeras posibilidades; lo mismo, tenemos suerte y... ha disfrutar.
La cuestión, de poner cartelitos en las bolsas de transporte, que describan lo que contienen, así como, llevar las baterías sin conectar y los cargadores, separados y vacíos,... también ayudaría.
Eso es tener mesura y sentido común: si ayudas al Agente, éste te ayudará. Él cumple con su trabajo y no tiene porqué saber lo que es el airsoft. A lo mejor hasta es la primera vez que ve una "escupebolas", así que lo que recomiendo siempre, respeto al máximo y facilitarle la labor.

Desconectado brox89

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #8 en: Junio 24, 2012, 10:12:31 pm »
Totalmente de acuerdo con el compañero Sniper, cuanto mas le facilitemos la labor al agente, creo que es menos probable que te empapele, no hay por que ir con miedo o intentar ocultar lo que llevamos, ya que sera peor.
Un saludo
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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #9 en: Julio 10, 2012, 05:58:22 pm »
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)

Desconectado kacuna

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #10 en: Julio 11, 2012, 11:49:41 pm »
Las mismas recomendaciones ya que la factura tampoco te salva de ese apuro.

Un saludo.

Desconectado BURNY GAMBELL

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #11 en: Julio 24, 2012, 10:41:13 am »
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #12 en: Julio 24, 2012, 12:07:07 pm »
Es recomendable llevarlo todo, incluso a poder ser una carta firmada por mamá en la que te excuse de hacer gimnasia.

Na, en serio, con no pegar el cante y no dar malas contestaciones de camino o de vuelta de una partida no se tiene ningún problema. Excepto considerando el factor GC de mala ostia de turno como puede tocarte un panadero loco o un electricista esquizofrénico.

Tal y como están las cosas lleva todo lo que puedas amén de la réplica lo más despiezada que puedas y con suerte no pasará nada de nada. Lo demás son consejos y conjeturas.

Desconectado Yogui

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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #13 en: Julio 29, 2012, 06:33:38 pm »
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

Y como demuestras que le réplica era de ese supuesto anterior propietario?? yo creo que el contrato sin una factura no vale para nada. Si la factura está a nombre de una persona y le compras la réplica el contrato servirá para demostrar que es tuya pero deberás llevar la factura para demostrar la lícita procedencia de la misma.
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Re: Documentacion para transporte d replicas
« Respuesta #14 en: Julio 29, 2012, 08:30:18 pm »
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

Y como demuestras que le réplica era de ese supuesto anterior propietario?? yo creo que el contrato sin una factura no vale para nada. Si la factura está a nombre de una persona y le compras la réplica el contrato servirá para demostrar que es tuya pero deberás llevar la factura para demostrar la lícita procedencia de la misma.

A partir de 2 años, que es el tiempo de garantia para cualquier aparato electrico, no tienes obligacion ninguna de guardar tu factura.