Autor Tema: INTERVENCION DE REPLICAS  (Leído 7614 veces)

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #15 en: Mayo 31, 2012, 01:06:00 pm »
Parafraseandote (creo que fuiste tu) "no BOE, no party"

La frase es mía  >:( >:( >:(   :D :D :D :D


Oo   que fallo!! Lo siento mucho, de verdad...


Voy a ponerme el cilice 2 semanas como penitencia.


Perdon  :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(

Desconectado punixher

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #16 en: Mayo 31, 2012, 01:16:09 pm »
era la guardia civil de intervención de armas,no creo que lo digan por que si y luego si libre el chaval de la multa sin más.yo me lo creo,por que seguramente con esto saquen más dinero

Desconectado Nelo

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #17 en: Mayo 31, 2012, 01:32:40 pm »
Pero es la intervencion de armas de unna zona concreta...e intervenciones hay por toda españa y no tienen porque funcionar igual

Desconectado kabuky

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #18 en: Mayo 31, 2012, 01:36:24 pm »
pobre pirchin.
lo mismo digo...sin nada escrito no me lo creo ajja
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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #19 en: Mayo 31, 2012, 01:41:58 pm »
Voy a ponerme el cilice 2 semanas como penitencia.

Cualquier excusa es buena para darle al vicio eh?  :D :D :D :D :D :D

era la guardia civil de intervención de armas,no creo que lo digan por que si y luego si libre el chaval de la multa sin más.yo me lo creo,por que seguramente con esto saquen más dinero

Es que ni entre ellos se aclaran... Tú no les hagas caso, que los pobres, tienen menos idea que nosotros en este aspecto... Cuando se publique la Ley o el BOE, o el R.D. en el que se nombre al airsoft, nos enteraremos nosotros antes...  ;)

Desconectado punixher

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #20 en: Mayo 31, 2012, 05:36:25 pm »
Si.haber que es lo que pasa,pero ya por lo menos se que por correos nada de nada

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #21 en: Junio 01, 2012, 07:22:55 am »
Pues si Piercing, despues de la autoasfixia, ponerme ese brazalete en la pierna es lo que mas me pone, oh yeah baby!!!


Dejando el oftopic, aqui en el Pais Vasco y alrededores, hay varias comandancias que se han puesto deacuerdo, pero las demas no, y lo que en uno es legal, en otra es ilegal. Lo dicho, hasta que no haya un documento vinculante, lo que te digan en un sitio, va a misa, pero en otro al infierno.

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #22 en: Junio 01, 2012, 08:47:50 am »
por lo menos aqui en almeria la mayoria de puestos estan de acuerdo, facturas, registros como asociaciones y permisos escritos....

al menos es lo ultimo que he visto.
Mas inutil que mosfetear una escopeta double eagle

Desconectado SPETSNAZ_OMON

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #23 en: Junio 13, 2012, 11:16:16 pm »
NO CREO QUE HALLA MULTA, PORQUE ENVIAR UNA REPLICA POR CORREO NO ES UN DELITO TIPIFICADO, PERO LE PEDIRAN AL CHICO QUE MUESTRE LA FACTURA DE COMPRA O ALGUN DOCUMENTO QUE DEMUESTRE LA LEGAL PROCEDENCIA Y SI NO LA TIENE SI QUE TE HAS QUEDADO SIN REPLICA.


Desconectado SPETSNAZ_OMON

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #24 en: Junio 13, 2012, 11:26:50 pm »
DE TODOS MODOS COMO YA HAN DICHO VARIOS EN EL POST, SEÑORES TODO EL CORREO DE ESCANEA, TODO LO QUE SEA SUBCETIBLE DE PARECER UN ARMA DE FUEGO PASA A INTERVENCION DE ARMAS Y DEPENDIENDO DE LO FAMILIARIZADO O NO QUE ESTE EL AGENTE CON ESTE DEPORTE SE TE PUEDEN PONER LAS COSAS MUY DIFICILES, HOY EN DIA LA MENSAJERIA ES RELATIVAMENTE BARATA Y BASTANTE EFECTIVA Y EN EL CASO DE LAS REPLICAS BASTANTE SEGURA PORQUE ES TRANSPORTE DE SUPERFICIE.

RECORDEMOS QUE TAMPOCO SE PUEDE ENVIAR COSAS COMO GRANADAS (PARA GUARDAR GAS O BOLAS), ETC, ETC, ETC...

Desconectado deybit

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #25 en: Junio 13, 2012, 11:42:30 pm »
NO CREO QUE HALLA MULTA, PORQUE ENVIAR UNA REPLICA POR CORREO NO ES UN DELITO TIPIFICADO, PERO LE PEDIRAN AL CHICO QUE MUESTRE LA FACTURA DE COMPRA O ALGUN DOCUMENTO QUE DEMUESTRE LA LEGAL PROCEDENCIA Y SI NO LA TIENE SI QUE TE HAS QUEDADO SIN REPLICA.


no identificarte no es un delito, pero la multa que te comes de la delegación del gobierno es muy guapa.
Aqui lo mismo, no es delito, pero la multa que te comes, es muy guapa, por muy legal que sea la procedencia, está prohibido su envio mediante correos, para eso están las agencias de transporte privadas, que además, sinos ponemos exigentes, se debería hacer mediante una serie de documentos obligatorios.
p.d. las mayusculas tron ;)
Freelander

Desconectado SPETSNAZ_OMON

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #26 en: Junio 18, 2012, 12:41:08 pm »
Perdona pero no identificarte devidamente ante un agente si que un delito y esta tipificado, asi como no llevar tu documentacion. La normativa de correos especifica que es ilegal enviar por correos armas de fuego, productos quimicos y deflagrantes (amen de unas pocas cosas mas), con lo cual al enviar una replica no vulneras esa norma que repito es de correos, no es ley, el problema es que al scanear el paquete lo que hay en su interior parece un arma y sobre todo en nuestro caso que parece un arma de guerra, pues de ir a la Intervencion de armas de la Guardia civil no te sava ni cristo.

Respecto a lo de la multa hasta hoy hay a influido mucho el vacio legal, yo conozco casos de peña que una vez habierto el paquete y visto que es una replica les han dicho el tipico "NO ME HAGAS ESTO MAS" y ya esta, a gente que les han iniciado un expediente por trafico ilegal de armas, porque al no haber ley es como el agente lo interprete, que la acusacion prospere ya es harina de otro costal, respecto a las multas como te multa la misma guardia civil si el agente de turno lo cree adecuado el te multa, que se equivoco tu tienes el derecho a recurrir.

Gracias por lo de las mayusculas, se me pira mucho la pinza con eso.

Desconectado deybit

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #27 en: Junio 18, 2012, 02:44:27 pm »
Perdona pero no identificarte devidamente ante un agente si que un delito y esta tipificado, asi como no llevar tu documentacion. La normativa de correos especifica que es ilegal enviar por correos armas de fuego, productos quimicos y deflagrantes (amen de unas pocas cosas mas), con lo cual al enviar una replica no vulneras esa norma que repito es de correos, no es ley, el problema es que al scanear el paquete lo que hay en su interior parece un arma y sobre todo en nuestro caso que parece un arma de guerra, pues de ir a la Intervencion de armas de la Guardia civil no te sava ni cristo.

Respecto a lo de la multa hasta hoy hay a influido mucho el vacio legal, yo conozco casos de peña que una vez habierto el paquete y visto que es una replica les han dicho el tipico "NO ME HAGAS ESTO MAS" y ya esta, a gente que les han iniciado un expediente por trafico ilegal de armas, porque al no haber ley es como el agente lo interprete, que la acusacion prospere ya es harina de otro costal, respecto a las multas como te multa la misma guardia civil si el agente de turno lo cree adecuado el te multa, que se equivoco tu tienes el derecho a recurrir.

Gracias por lo de las mayusculas, se me pira mucho la pinza con eso.

no identificarte, repito, no es un delito, es una sanción administrativa, sino joder, cuanta gente habría detenida al bajar a comprar el pan, en la playa o bajar al perro, porque si es delito no vale el poder discreccional que marca la ley para nada, para la sanción adminstrativa si. Si te niegas a identificar, porque no lleves documentación o porque no te de la gana, te llevan a comisaría a efectos de identificación, te multan y te sueltan, no te detienen. Además, depende de las circunstancias en las que se te pare y las circunstancias por las que se pida la documentación. Si encima te pones más burro aún, ahí si entra el delito (desobediencia grave), pero porque no te sale de los webs, no porque no puedas. Es muy sencillo, te quieren multar por la 1/92, no pueden, a comisaría a identificarte, simplemente. En casos de falta de hurtos de indocumentados, te llevan para poder identificarte y poder citarte para juicio rápido, no te detienen ( a no ser que se cumplan dos características concretas, por lo que ahí si puedes ser detenido por una falta). Existe la obligación de ir identificado, pero hay miles de motivos por lo cual en un momento determinado no lo estás, ahí entra el que digas donde vivas y sea cerca y el agente compruebe que vives allí, o que estás trabajando, o miles de formas para evitar el agravio del traslado a dependencias, que también se encuentra regulado en las leyes.

Si el agente interpreta arma de categoría 5.2, alega lo que quieras, su interpretación hoy en día es suficientemente válida para que no sea recurrible (lo harás, pero no valdrá de nada), y la incautación está motivada.
Si la norma de correos prohibe el envio de armas o similares, lo normal es que no se haga por ahí sino quieres tener en medio a intervención de la GC, ya que para ese transporte se requiere de ciertos documentos que nuestras cacharras no tienen. Y te van multar justamente por hacerlo mal, y porque si produce pánico (imagina enviar una imitación de granada), está tipificado en el codigo penal como presunto delito del orden público, así que ojo por donde se manda.
« Última modificación: Junio 18, 2012, 02:51:12 pm por deybit »
Freelander

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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #28 en: Junio 18, 2012, 06:46:02 pm »
NOTICIOTE, AL FINAL TODO SE HA SOLUCIONADO, Y POR LO VISTO LA GUARDIA CIVIL LE HA DICHO QUE ESTE AÑO VAN A LEGALIZAR EL TEMA DEL AIRSOFT LE VAN HACER UNA CATEGORIA ESPECIAL,DESPUES DE TANTO TIEMPO VAMOS A PODER IR CON LAS REPLICAS A CUALQUIER LADO SIN TENER MIEDO A QUE NOS LAS REQUISEN


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Re: INTERVENCION DE REPLICAS
« Respuesta #29 en: Junio 18, 2012, 06:47:44 pm »
Perdona pero no identificarte devidamente ante un agente si que un delito y esta tipificado, asi como no llevar tu documentacion. La normativa de correos especifica que es ilegal enviar por correos armas de fuego, productos quimicos y deflagrantes (amen de unas pocas cosas mas), con lo cual al enviar una replica no vulneras esa norma que repito es de correos, no es ley, el problema es que al scanear el paquete lo que hay en su interior parece un arma y sobre todo en nuestro caso que parece un arma de guerra, pues de ir a la Intervencion de armas de la Guardia civil no te sava ni cristo.

Respecto a lo de la multa hasta hoy hay a influido mucho el vacio legal, yo conozco casos de peña que una vez habierto el paquete y visto que es una replica les han dicho el tipico "NO ME HAGAS ESTO MAS" y ya esta, a gente que les han iniciado un expediente por trafico ilegal de armas, porque al no haber ley es como el agente lo interprete, que la acusacion prospere ya es harina de otro costal, respecto a las multas como te multa la misma guardia civil si el agente de turno lo cree adecuado el te multa, que se equivoco tu tienes el derecho a recurrir.

Gracias por lo de las mayusculas, se me pira mucho la pinza con eso.

no identificarte, repito, no es un delito, es una sanción administrativa, sino joder, cuanta gente habría detenida al bajar a comprar el pan, en la playa o bajar al perro, porque si es delito no vale el poder discreccional que marca la ley para nada, para la sanción adminstrativa si. Si te niegas a identificar, porque no lleves documentación o porque no te de la gana, te llevan a comisaría a efectos de identificación, te multan y te sueltan, no te detienen. Además, depende de las circunstancias en las que se te pare y las circunstancias por las que se pida la documentación. Si encima te pones más burro aún, ahí si entra el delito (desobediencia grave), pero porque no te sale de los webs, no porque no puedas. Es muy sencillo, te quieren multar por la 1/92, no pueden, a comisaría a identificarte, simplemente. En casos de falta de hurtos de indocumentados, te llevan para poder identificarte y poder citarte para juicio rápido, no te detienen ( a no ser que se cumplan dos características concretas, por lo que ahí si puedes ser detenido por una falta). Existe la obligación de ir identificado, pero hay miles de motivos por lo cual en un momento determinado no lo estás, ahí entra el que digas donde vivas y sea cerca y el agente compruebe que vives allí, o que estás trabajando, o miles de formas para evitar el agravio del traslado a dependencias, que también se encuentra regulado en las leyes.

Si el agente interpreta arma de categoría 5.2, alega lo que quieras, su interpretación hoy en día es suficientemente válida para que no sea recurrible (lo harás, pero no valdrá de nada), y la incautación está motivada.
Si la norma de correos prohibe el envio de armas o similares, lo normal es que no se haga por ahí sino quieres tener en medio a intervención de la GC, ya que para ese transporte se requiere de ciertos documentos que nuestras cacharras no tienen. Y te van multar justamente por hacerlo mal, y porque si produce pánico (imagina enviar una imitación de granada), está tipificado en el codigo penal como presunto delito del orden público, así que ojo por donde se manda.

Muy biene xplicado Deybit