Autor Tema: Legalizacion del Airsoft  (Leído 5275 veces)

Desconectado CRDB

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Legalizacion del Airsoft
« en: Octubre 22, 2011, 12:02:46 am »
Un compañero me ha pasado esto



No se si ya lo habran posteado ya en otros foros


Desconectado Karlos

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #1 en: Octubre 22, 2011, 12:09:36 am »
pues nada, algun armero en la sala?? Se va a forrar oiga!!!

Desconectado deybit

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #2 en: Octubre 22, 2011, 12:11:34 am »
que mientras no haya nada escrito oficial, ni modificación de la RA, ni comunicación con el resto de cuerpos del estado, es incompleta, sin conocer al alcance ni jurisprudencia que tenga la nota interna, y sin olvidar que aunque la Gc tenga potestad sobre intervencion de armas, no son los unicos que las requisan (es bueno para las alegaciones, eso si, pero no salvan de que otros cuerpos te requisen la replica, por mucho que enseñes esta documentación), tampoco legislan, aunque lo parezca, dan pautas de comportamiento interno que es muy diferente, muy sutil pero no igual, pero no pueden obligar a otros cuerpos a seguir sus pautas, y menos sino las comunican como es el caso, porque conforme está el reglamento de armas, las interpretaciones variables son legales totalmente, y ningún cuerpo contradría a otro, como mucho sería a instancias de un juez, así que faciliataría las argumentaciones de las requisas de otros cuerpos, pero estas requisas serían legales y para cuestionarlas habría que elevarlas a juicio, con los costes que conlleva.
también es incompleta, porque no especifican que armeros están cualificados, documentación requerida, si los distribuidores y tiendas (que por que yo sepa no tienen esta comunicación) están obligados a algo, envios para realizarlo,dirección, etc, no han mejorado las definiciones, ya que como dije no legislan, etc.
tampoco olvidemos que a no ser que sea intervención de armas central, cada provincia tiene potestad para actuar en consecuencia a las ordenes que tengan, etc, como ejemplo, a las diferencias que ocurre en pais vasco con andalucia, madrid o galicia.
« Última modificación: Octubre 22, 2011, 12:15:47 am por deybit »
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Desconectado pepe_livinston

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #3 en: Octubre 22, 2011, 02:49:53 am »
No se si lo he entendido mal, pero pone que dependiendo si las replicas lanzan a mas o menos de 24 julios estaran en 3º o 4º categoria??

Desconectado TKGO

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #4 en: Octubre 22, 2011, 07:50:42 am »
que yo sepa ninguna replica de las que usamos se hacerca a 24 julios  :=
m249 saw,l86 a2 star, mk43 star, mk43 A&K, m60 vn A&K, Rpkm homecustom, AK74U, blaser r93 king arms 1911kwc y mk23 socom TM

Desconectado CRDB

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #5 en: Octubre 22, 2011, 08:57:03 am »
Entonces creo yo que nos quieren meter en 3ª categoria



Desconectado pmarley

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #6 en: Octubre 22, 2011, 10:26:11 am »
Citar
3ª categoría:
Armas de fuego largas rayadas para tiro deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.

pues la verdad la categoría 3 no tiene mucho sentido...

Desconectado colapeich

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #7 en: Octubre 22, 2011, 10:50:51 am »
Citar

pues la verdad la categoría 3 no tiene mucho sentido...

+1. Esto no me cuadra.....
Tarde o temprano esta "alegalidad" llegará a su fin.....miedo tengo de como van las tornas :'( :'( :'(

Saludos.
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Desconectado Apostol Oscuro

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #8 en: Octubre 22, 2011, 11:06:43 am »
Lo primero de todo es que esto es simplemente informativo... y por el momento no es nada más. Aunque deja entrever por donde van los tiros asi mas o menos...

No hay ningun problema con los dichosos julios, aun si se dejase tal cual... ya que pone "hasta 24 julios" y no "de 24 julios", asi que plimmmm

Aun en el caso del universo paralelo donde esto esta a probado tal cual... sigue sin afectar a los limites estandar de cualquier equipo,por lo dicho anteriormente del "hasta"... supongo que aunue legalmente estuvieramos amparados no subiriamos la potencia de fusilero hasta los tropecientos julios simplemente "porque se puede", mas que nada por que esto es un juego y los limites estan por una razón...

Asi que nada, como bien dice Deybit... esto aun no es "nada"

Desconectado colapeich

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #9 en: Octubre 22, 2011, 11:25:42 am »
Lo primero de todo es que esto es simplemente informativo... y por el momento no es nada más. Aunque deja entrever por donde van los tiros asi mas o menos...

Pues no me gusta por dónde "van los tiros".  :'( :'( :'(

[/quote]
Asi que nada, como bien dice Deybit... esto aun no es "nada"
[/quote]

Compañero, tienes razón: aún....., pero tarde o temprano dejará de ser "nada" y ahí es dónde vienes mis dudas.

Saludos.
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Desconectado Apostol Oscuro

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #10 en: Octubre 22, 2011, 01:21:45 pm »
Bueno... por el momento tampoco es algo apocaliptico, ni similar... todo lo que sirva para que de una vez no se tengan problemas con las replicas durante su transporte, ni se tenga que estar pendiente de la interpretación del agente de turno o de su humor ese dia... será (mas o menos claro) bienvenido...

Desconectado Villafru

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #11 en: Octubre 22, 2011, 01:38:44 pm »
Como bien ha dicho Deybit, esto no es nada Legislativo.
El RA sigue siendo el que es, y como ya se ha hablado hasta la saciedad, salvo las pistolas blow back, AEG's y demás sin imitaciones de armas según lo descrito textualmente en el reglamento. Es decir, que hasta que el poder legislativo (la Cortes, no el Gobierno) no modifique el RA o se saque alguna ley de la manga (harto probable pues la Cámaras ya no se reúnen hasta pasadas las elecciones y la diputación permamente como que no...), seguimos igual, a juicio de que el Agente de la autoridad competente haga lo que vea necesario o haya sido ordenado.

Y no se cómo está la jurisprudencia al respecto.

En mi opinión, dejemos de marear la perdíz, que esto ya está MAS QUE VISTO.

Desconectado GI0VANNI

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #12 en: Octubre 24, 2011, 10:23:47 pm »
Ale. que ya que mis papis me pagaron la carrera vamos a presumir

Pues para ellos queda, esa respuesta A UNA CONSULTA CONCRETA SOBRE VENTA DE ARMAS DE AIRSOFT (lo pone expresamente) desde mi peregrina y tozuda (soy maño) interpretación incurre en defectos por todas partes, nunca me cansaré de decir que la 4ªcategoría "CUARTA, SEÑORES, CUARTA, DE ENTRE LAS ARMAS REGLAMENTADAS OIGA!!!" no incluye las automáticas, que son la mayoría de las nuestras; encima la 3º3 es de POTENCIA EN BOCA DEL PROYECTIL SUPERIOR A 24,2 JULIOS que tampoco nos incluye.

Y si me pongo más tozudo podría discutir si las AEGs se impulsan por aire u otro gas comprimido, o "por la acción de tensinar de un muelle dentro de un émbolo realizada por un motor eléctrico" entrando al trapo con que si dado que el pistón de la AEG no está sellado por ambos extremos en ningún momento, no se llega a encontrar aire comprimido en las mismas, sino que se fuerza su salida por el orificio natural situado en la parte delantera del cilindro, sin intervención de válvulas que posibiliten tal compresión de aire u otro gas; sino la mera obturación del cañón por el proyectil, de manera que su sistema de funcionamiento no se asemeja a las armas de funcionamiento por medio de aire comprimido u otro tipo de gas.
Las armas accionadas por aire u otro tipo de gas comprimido permiten el almacenaje de dicho gas y su energía potencial hasta el momento del disparo en lugar de provocar el lanzamiento del proyectil por la compresión mecánica del muelle que obliga al pistón a realizar un recorrido acelerado que propulsa únicamente el volumen delantero de aire del cilindro en dirección a su abertura frontal sin transformar energía potencial producto de una compresión de aire u otro gas en energía cinética, sino transmitiendo la energía cinética del aire al proyectil.

Dejando aparte las maravillosas pistolas de gas que:
A) Si que entrarían en la 4º categoría porque SI que son "de tiro semiautomático y de repetición"
B) Nadie sabe que potencia tienen muchas de ellas en ningún terreno de juego, a lo peor SI que pasan los 24,2 julios

Bueno, con eso bien clarito seguimos para bingo a ver que legislación afectaría:
ARMAS DE CATEGORÍA 3ª.3:
art 31 Guía de circulación
art 67.3 TRANSITO con sus guías de circulación, desmontadas y en fundas
art 88 guía de pertenencia
art 90 revista cada 5 años
art 96.2 licencia de armas
art 101.1 licencia de clase E para máximo 12 en total
art 102 licencia de armas SOLO para MAYORES DE EDAD
art 109.2 licencias especiales para menores en actividades deportivas (en Aragon NO SOMOS DEPORTISTAS; OJO)

ARMAS DE CATEGORÍA 4ª:
art 67.1 tránsito de armas
art 96.6 tarjeta de armas
art 105 porte y uso de armas de 4ª categoría, limitada al término municipal de domicilio y especial atención al punto 4, permite con CATORCE AÑOS DE EDAD CUMPLIDOS

Vamos, que el bien intencionado señor que ha presentado la petición de información la ha liado parda, no entro ya a los requisitos de las tiendas (que imagino que es el caso del interesado), que le aproveche a la comandancia de Valladolid que pueden estar tranquilos que yo seguiré como estoy (y si el cambio es así por muuuchos años) y tranquilos, que no pisaré su territorio con sherifs así.

Hombre, hasta donde yo se y salvo legítima defensa no se puede disparar con ningún arma reglamentada a nadie, incluso los agentes de la autoridad tienen una hermosa normativa "RESOLUCIÓN 690 DE 8 DE MAYO DE LA ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA EN SU DECLARACIÓN SOBRE LA POLICÍA" y de ella la ley orgánica 2/86 de 13 de marzo de fuerzas y cuerpos de seguridad, que en su art. 5.2 apartados C y D dice cuando y como pueden usar un arma
Y de nuevo hasta donde yo se cuando un civil usa un arma contra otro, salvo que sea cuñado de joyero, se le caen los huevos al suelo.

El lumbreras que redactó eso tenía en mente seguramente varias cosas:
1º los cabrones de arriba me están apretando las clavijas otra vez
2º los cabrones de politicos de mierda que me mandan me han jodido el sueldo otra vez
3º los cabrones de mierda políticos que me mandan quieren que recaudemos a toda costa
4º el pobre imbecil este se va a quedar con una cara cuando le conteste que jodó...
5º hay días que preferiría no tener que cumplir ordenes estúpidas, pero me debo al cuerpo
6º el día que me jubile me voy al pueblo y no piso la "civilización" en la vida
7º a ver si después del 20N cambia algo, que lo dudo
y así muchas cosicas mas que nos pasan por la cabeza a cualquiera cuando tenemos que tragarnos la sensatez, la lógica y las ganas, bajar la cabeza y decir "si amo" en lugar de "vete a la misma mierda gilipollas enchufado y termina la EGB antes de seguir en política/siendo mi jefe/dándome órdenes...
No soy perfecto, me sobra modestia aún.

Desconectado Villafru

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #13 en: Octubre 25, 2011, 02:19:37 pm »
Me parto con lo del cuñado y el último párrafo, pero creo que tienes razón.

España es asín

Desconectado boris

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Re: Legalizacion del Airsoft
« Respuesta #14 en: Octubre 25, 2011, 03:31:07 pm »
hola  personalmente no se como podeis poner tantas ''objeciones'' , estaba presente en el momento que entregaron este documento, e incluso charlamos con los agentes que lo entregaron y en ningun momento me dio ninguna de las sensaciones que transmitis, lo unico que creo que quieren es tener un poco controlado todas estas replicas de armas (al que no le guste esta definicion que se lo mire) y sobre todo a nosotros nos viene bien, por lo menos a mi,  que se me ponen pequeñitos cuando paso por algun tipo de control en la carretera
palabras testuales de los guardias; si los agentes ven la intencion de tenerlo regulado por vuestra parte (por nosotros) no  ''deverian'' poner ningun impedimento,
 Aunque nos saltasemos la territorialidad de la targeta
vamos que a mi todo lo que sea poder tener mis bichas legales y sin miedo a que me las quite el primer agente de la autoridad que no sepa lo que son bienvenido sea (incluso la bocacha amarilla)

un saludo
SCA