Autor Tema: tarjeta de armas  (Leído 79287 veces)

Desconectado Zamer

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #270 en: Septiembre 06, 2011, 11:56:12 pm »
Se entrega en el ayuntamiento un docuemento donde aparece:
SOLICITUD DE : Permiso de Armas de Aire de Cuarta Categoría
DATOS DEL SOLICITANTE: Tus datos personales
EXPONGO: Que estoy en posesión de una carabina de aire comprimido de cuarta categoría. Que su marca, modelo y número de serie es el siguiente:
Marcadora semiautomática electrica marca “G&P” modelo “M4a1” con número de serie: 123456789
SOLICITO: El registro y permiso correspondiente para portar, y custodiar dicha arma.
DOCUMENTOS ADJUNTOS: Factura de compra y Tarjeta de Armas sin cumplimentar

La tarjeta de armas válida no la rellenas tu, la rellena un funcionario ya sea a mano o a máquina.

Una vez cumplimentada envian copia a la Intervencion de Armas de la G.C. poniendo en conocimiento de estos el asunto.

CSV esa tarjeta no la han chapuceado. La he rellenado para que vieran un ejemplo los que no saben del asunto de la simplicidad de las tarjetas.

Y digo yo, ¿una réplica de airsoft con forma de m4 es técnicamente una carabina de aire comprimido? Porque de ser así ya estaríamos regulados y este recordemos que no es el caso, si fuera técnicamente eso no habría este hilo...

Y segundo si dices que es una carabina de aire comprimido... porque luego expones que es una marcadora semiautomática eléctrica o es una marcadora o es una carabina de aire comprimido. Y por supuesto una réplica de m4 de semiautomática poco... la verdad.

Yo creo en serio que no se quien os ha vendido el tema de que tenemos que estar en el RA... y lo único que hacemos con eso es retroceder...
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Desconectado Hari

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #271 en: Septiembre 07, 2011, 12:06:01 am »
Claro como no! si no tengo numero de serie....miento! y que me de uno la GC y lo pongo en la joyeria, y a poder ser en todas mis M4 pongo el mismo, total, como se parecen para que voy a llevar todas.

Y en los 2 M14 lo mismo, que ir 1 a uno es una lata.


Maravilloso!! esplendido!! xDDD me voy a montar mi propia joyeria de marcajes! con casinos y furcias! es mas, paso de la joyeria!
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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #272 en: Septiembre 07, 2011, 12:15:05 am »
Mira, yo paso ya seguir argumentando las cosas contra gente que no tiene ni idea y no quieren regularizarse.

Ale mirad estas fotitos y hasta luego, paso de perder el tiempo en este post.





A ver con que cojones estamos jugando todos los fines de semana ahora...


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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #273 en: Septiembre 07, 2011, 12:22:33 am »
Muy bonito. Las Classic Army traidas desde VISELE llevan un documento igual, documento que las autoridades se pasan por donde yo te diga, por que como distribuidor oficial de VISELE que fui con un compañero durante un tiempo tuve la oportunidad de comprobarlo varias veces.

Sinceramente, te crees que si las tarjetas fueran validas, ibamos a estar todos mirando al tendido? Pero claro, llega uno que rellena una tarjeta el a mano para que veamos que facil es y se cree que ha descubierto america  ::) (Calimotxo, pon tu video por favor, gracias XD)

Sin animo de ofender, creo que has metido la pata y nos has tomado a todos por tontos...en este foro hay gente que lleva mil años jugando, que ha lidiado con la GC en mil ocasiones, ha ido a diversas reuniones...y tu pretendes rebatir todo con una simple pegatina, que puede hacer cualquiera en el ordenador...pues vale.

Desconectado Hari

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #274 en: Septiembre 07, 2011, 12:23:09 am »
Mira, yo paso ya seguir argumentando las cosas contra gente que no tiene ni idea y no quieren regularizarse.

Ale mirad estas fotitos y hasta luego, paso de perder el tiempo en este post.





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Si, desde luego somos de lo peor, no queremos hacer las cosas bien por 0-15€ que vale un papel. Tela....
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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #275 en: Septiembre 07, 2011, 12:29:14 am »
Claro como no! si no tengo numero de serie....miento! y que me de uno la GC y lo pongo en la joyeria, y a poder ser en todas mis M4 pongo el mismo, total, como se parecen para que voy a llevar todas.

Y en los 2 M14 lo mismo, que ir 1 a uno es una lata.


Maravilloso!! esplendido!! xDDD me voy a montar mi propia joyeria de marcajes! con casinos y furcias! es mas, paso de la joyeria!

Yo me apunto a eso de montar la joyería/casino/burdel lo digo por si quieres un socio ;) Pero eso sí la única condición que pongo es que podamos apostar a la ruleta rusa con un revólver Tanaka ::) porque total como la gente está empeñado en llamarlo arma... que son como mulas con anteojeras...

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Desconectado csv

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #276 en: Septiembre 07, 2011, 08:45:48 am »
OK, Albertit, entiendo que la tarjeta que has enseñado, las has manipulado tu para enseñarnosla y que sabes que no es valida.

Lo de la pegata de Skyway, no tiene ningun valor, por muy distribuidores que sean, por que ya de inicio, un arma de 4º categoria, no puede ser importada por cualquiera como hacemos nosotros, con el conocimiento de la GC.

Esto te lo esta diciendo uno que aboga por pasar por el aro del RAE, pero no asi. Ahora mismo, a nivel de jugador, puede dar mas problemas la tarjeta de armas a no tener nada. Si por lo que sea, desde Andalucia consiguen arreglar todo, e imponen unas condiciones para el uso y practica, podria extenderse al resto del pais, y el tenerlo ya registrado, te podria poner trabas. Si no, yo ya tenia mis marcadoras registradas.

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #277 en: Septiembre 07, 2011, 11:52:55 am »
Lo siento, lo siento, no quería postear al no hacerlo habitualmente en AM pero estos dos últimos post (el de la tarjeta de armas escrita a mano, y el de las pegatinas sobre la caja del G36c) me han dejado con la sonrisa en la boca, y a la vez han reforzado mi idea de cómo en el 2005 el AirSoft tal y como yo lo conocía, se fue a la basura por culpa de los fabricantes chinos.

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Se que casi nunca posteo aquí y que como consecuencia soy un desconocido, pero, también soy un jugador de AirSoft y todo esto me afecta.

Lo primero decir que desde que los fabricantes chinos inundaron el mercado del AirSoft con sus productos de bajo coste, en el AirSoft se ha ido perdiendo paulatinamente el apadrinamiento de lo nuevos jugadores y como consecuencia la enseñanza de todo lo relacionado con el mundo del AirSoft.

Para quien no lo sepa, el AirSoft en España lleva un mínimo de 15 años (si no, más), durante todo este tiempo aquellos que nos hemos preocupado del AirSoft hemos investigado todo lo que se puede saber sobre el tema, es por ello que nos resulta muy molesto los últimos acontecimientos al ver como terminaran pagando justos por pecadores.

A día de hoy, no hay legislación aplicable a la actividad del AirSoft, así mismo los medios que se utilizan para su practica no están contemplados, ni en el reglamento de juguetes, ni en del armas. En este punto comentar que esta ocurriendo con el reglamento de armas.

Ante todo explicar algo que se supone todos deberían saber ya, el actual reglamento de armas, es el antiguo parcheado con las normativas europeas, no es un nuevo reglamento de armas (el nuevo reglamento fue desechado), eso significa que si antes del cambio los medios que usamos en el AirSoft (lo que llamamos replicas) no estaban contempladas ahora tampoco lo están.

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Los famosos textos (son dos, no uno) de la última actualización del reglamento de armas, el Articulo 5.2 no es aplicable al mundo del AirSoft (de hecho no es aplicable a nada). Me explico:

Cuando se escribieron dicho articulo se tenia en mente el AirSoft, pero, a diferencia de la creencia popular la idea no era la prohibición (eso habría sido una regularización de la actividad), si no, “la paralización temporal” de la actividad del AirSoft hasta su regularización por parte del gobierno, pero, lo intentaron usando la actual legislación y eso es incompatible con la idea de algo que no esta regularizado.

Cabe destacar que los propios mandos de la GC se han dado cuenta de esto y han querido crear una alternativa, si no pueden “paralizar la actividad” hasta  su regularización, quieren controlarla lo más que puedan, pero, otra vez comenten el mismo error que querer usar las leyes actuales, algo que como ya he comentado no es compatible con la idea de algo no regularizado.

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La actual idea de la GC en cuanto a los medios que usamos en el AirSoft, es intentar darte un tratamiento personalizado a espaldas de la propia ley, creando unos trámites burocráticos inexistentes a día de hoy (de hecho mezclan los trámites entre las distintas categorías).

Todos los que como ya algunos han comentado pasen por “el aro” tiene que tener muy en cuenta de que adquieren unas ¡obligaciones!, pero, no “unos derechos” por lo que tan solo puedo desearles suerte frente a lo que les pueda ocurrir. 

NP: Solo como último apunte, pensar que la documentación para la posesión de una escopeta de plomillos es la solución para el AirSoft en España, es como preguntar, ¿cual es la mejor réplica? Si existiese la mejor réplica, “¡la tendríamos todos!“, pues, esto es lo mismo, si tener la tarjeta 4ª categoría para escopetas de plomillos (carabinas de rifles de repetición por aire comprimido del cal 4,5mm), fuese lo mejor o simplemente lo necesario, “¡la tendríamos todos!”  ;D


 
 

Desconectado Yogui

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #278 en: Septiembre 08, 2011, 01:35:19 pm »
Hola, en primer lugar aprovechar para presentarme ya que me he registrado solo para poder opinar en este controvertido asunto de la legalidad o no de nuestras réplicas. Decir de antemano que he descubierto el Airsoft recientemente por lo que desconozco como ha estado el asunto años atras ni como se han hecho las cosas con las administraciones, lo digo por si en algún momento digo algo que no es correcto o que ya se ha tratado que sepais el motivo.

Al grano. Yo entiendo que nuestras réplicas tal como está la ley hoy en día son armas prohibidas en tanto que imitan a armas reales y es precisamente este hecho el que las hace potencialmente peligrosas no el hecho de que disparen bolitas inofensivas ni el que lo hagan en semiautomático o automático. De hecho la primera vez que visité una tienda de Airsoft me quedé alucinado con la realidad de las réplicas lo primero que me vino a la cabeza fue lo que podría hacer alguien con mala intención con una de ellas. Este hecho no podemos negarlo y me temo que las administraciones lo han tenido en cuenta.

Luego esté el hecho de que si en los Ayuntamientos no se enteran de como está la ley o el Guardia Civil de turno no lo ve mal nos permitan registrar ciertos modelos dentro de la 4ª categoría, pero en el fondo mi impresión es que la 4ª categoría no se cró para este tipo de réplicas sino para las carabinas de plomos que ya llevan muchos años en el mercado. Digo esto porque no es normal que una réplica pueda ser registrada en 4ª categoría si tira en semi y si tira en automático no, la peligrosidad o no de esta réplica es la misma en semi o en automático. Por otro lado si realmente fueran armas se prohibiría su venta como juguetes y se les obligaría a llevar su correspondiente número de serie. No me vale que uno le ponga por ejemplo su teléfono grabado porque ese mismo número puede que en otro lugar lo registre otra persona por motivos X y al final haya 2 réplilcas con el mismo número, esto no sería serio y la administración no puede permitirlo.

Parto en mi planteamiento por tanto que las réplicas son juguetes considerados armas prohibidas por el RA y creo que es aquí donde se puede intentar legalizarlas de alguna manera no como armas de la 4ª categoría ni como armas prohibidas  sino como simples juguetes. Os explico mi argumento. Hasta ahora se ha hablado del artículo 5.2 del RA, pero se ha hecho solo del primer párrafo, no del segundo, y creo que es precisamente éste el que deja una posibilidad de legalizar las réplicas. No se si el legislador lo ha hecho al drede para dar salida a ciertas excepciones o no, tal vez lo hizo para poder dar salida a nuestras réplicas en un momento dado, no se, quizás por lo que se ha comentado de las conversaciones previas que hubo con representantes del Airsoft, no lo se, pero de todas formas el párrafo ahí está. Copio y pego al completo el artículo 5.2 y`pongo en negrita el párrafo para que no quede duda alguna.

2. Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego.
 
Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior.

Como veis no serían armas prohibidas aquellas que teniendo aspecto real hubieran sido aprobadas previamente por la Dirección General de la Guardia Civil con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio de Interior.

Yo de aquí saco dos conclusiones, por un lado la Guardia Civil no es nadie sin que lo haya así dictado el Ministerio de Interior para registrar una réplica dentro de la 4ª categoría, es decir, o son armas de la 4ª categoría para todas las comandancias o para ninguna, el Ministerio de Interior deberá decidirlo así, como una  comandancia no podrá determinar con qué número de serie se registra una réplica, será el Ministerio de Interior el que lo determine. Mientras no lo haga lo que se está haciendo creo que es arbitrario y no sirve de nada...otra cosa es que nos deje más tranquilos llevar un papelito donde diga que vamos en regla y posiblemente se lo mostremos a cualquier Guardia Civil y nos deje tranquilos, pero a mi juicio está mal hecho.

La segunda conclusión y la más importante es que si los representantes del Airsoft en España, no voy a entrar en decir quienes han de ser, se reunen con alguna representación del Ministerio de Interior e intentan convencerles de que nuestras réplicas no son peligrosas por el uso que se le van a dar y que por ejemplo todo el colectivo de Airsofters nos comprometemos a hacer un uso responsable de nuestras réplicas para un uso exclusivamente deportivo dentro de zonas habilitadas para ello, pueden conseguir que el Ministerio deje las réplicas de Airsortf fuera de las armas prohibidas como un simple juguete lúdico que es lo que creo que la mayoría quiere.

Luego habría que estudiar cuales son los compromisos a adquirir, a mi se me ocurren por ejemplo que para llevar una réplica fuera necesario un cursillo o examen prévio, que fuera necesaria una licencia, en conclusión que de alguna forma quien lleve una réplica sepa lo que lleva entre manos (semajante a lo que se hace con las licencias de ciclomotores para menores) , que las réplicas llevaran la bocacha en naranja por ejemplo para no dar lugar a confusión alguna, etc...eso sería otro tema de debate pero que si el Ministerio de Interior nos quiere dejar fuera del reglamento de armas creo que el RA realmente deja abierta esa posibilidad y es lo que a nosotros nos interesa.

El tema de los menores ya es un tema aparte, yo creo que un menor de 14 años sabe perfectamente lo que está bien y lo que está mal, tengo un hijo de esa edad, con una buena educación y moviéndose en un ambiente con gente responsable no creo que el hecho de ser menor tenga que limitar a nadie para poder jugar o no. Se pueden tomar medidas como que vaya acompañado siempre de un mayor por ejemplo a la hora de portar una réplica, es cuestión de buscar soluciones, no de prohibir por el mero hecho de prohibir, hay menores responsables y otros que no lo son...al igual que los adultos.

Y para terminar una pequeña apreciación, veo que hay costumbre de llamar a nuestros juguetes réplicas. Según las definiciones del actual RA réplica es aquella reproducción de un arma real que tiene las mismas prestaciones y usos que la original. No creo que sea el caso en tanto que las nuestras no tiran munición real ni son capaces de crear daño alguno. En el caso de modelos que asemejándose a los reales tienen diferentes prestaciones el RA los define como "imitaciones", creo que hoy por hoy es más correcto llamarlas así, sobre todo cuando se hable con estamentos oficiales...

Al que haya sido capaz de llegar hasta aquí, gracias y espero que haya sido de ayuda y no haya dicho muchas burradas.

Un saludo.
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Desconectado gallox

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #279 en: Septiembre 08, 2011, 03:01:54 pm »
No quería seguir con este tema después de lo que puse, pero, veo que no tengo más remedio. No quiero dejar la impresión de que quiero tener la razón a toda costa, ni hacer creer que el que no piensa como yo esta equivocado, pero, tengo que decirlo:

Sargento Yogui, no quiero convertir este link en una discusión particular (para eso están los MP del foro), pero tengo que darte un toque de atención (se que es algo que realmente, no me corresponde a mi).

De tu última frase me quedo con esta parte [espero que haya sido de ayuda y “no haya dicho muchas burradas“].

Uno de los muchos problemas derivados de la masificación de usuarios de las a.r.m.a.s de juguetes fabricados en países asiáticos (Japón, Taiwán y china) es precisamente casos de desinformación como el que acabas de dar y que muchos seguramente creerán.

El texto de describes en negrita es este:

  “Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior”

Y tú has puesto este:

Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior.

Se que el primero loo has copiado, pero no del reglamento tal y como esta actualmente que es de donde yo lo he copiado: http://www.mir.es/SGACAVT/seguridad/armas/armasprohibidas/tenencia.html

NP: Sean lo que supuestamente sean las imitaciones de armas de fuego (que ni yo, ni nadie saben lo que son) no son a.r.m.a.s prohibidas, es más no puede haber un apartado en la sección de armas prohibidas llamada tenencia dado que las armas prohibidas no pueden existir en España (no se puede dar publicidad no se pueden fabricar comercializar comprar tener ni usar y como consecuencia haber alguna documentación para su tenencia (esto, es uno de los muchos errores del reglamento de armas actual) 

NP: En realidad no es culpa tuya, es que el reglamento de armas es el antiguo parcheado con las normativas europeas y al colocarlas, ¡no adaptaron el reglamentó!, de hay que haya contradicciones, tales como que la frase que has puesto no corresponda con el reglamento o que las propias imitaciones de armas no estén contempladas en ninguna categoría (ni en armas permitidas o prohibidas).

Te lo explico: como ya he comentado la intención era paralizar la actividad, hasta su regularización, regularización que no tiene por que venir por una nueva modificación del reglamento de armas, si no, por ejemplo, por el de juguetes. En ese caso seria el CNP y no la GC quien tendría la jurisdicción o en su defecto algo que es probable que ocurra (si no se prohíbe como tal el AirSoft) que la actividad comercial se regularicé separando en dos categorías las armas de juguete para adultos del tipo AirSoft:

La primera seria por el reglamento de juguetes colocando hay las Spring, AEG, EBB (EBB-R) y AEP y en el reglamento de armas, las del tipo Gas (NBB) y las GBB (GBB-R).

En este último caso la potestad de aplicar la ley seria de los dos cuerpos policiales a la vez.


Este último caso es el menos probable dado que lo más seguro es que al estar tocando cada dos por tres las narices terminen por simplemente prohibir toda actividad relacionada por el AirSoft, lo que para lógicamente perjudicaría a los que somos jugadores de verdad y a los que no les importa esta actividad les daría igual (lo que pasa siempre)

Dos cosas para terminar, las armas de juguetes fabricadas en Japón se hacen bajo unas normas muy estrictas, una de ellas, es que tienen que ser una carcasa exterior con un mecanismo interior, dependiendo de cómo funciona dicho mecanismo, estos juguetes reciben su tipo de clase por los fabricantes, ejemplo:

Marui M4A1 AEG 6mm bbs (Marui es el fabricante, M4A1 es el modelo estético del arma de juguete, AEG es el tipo de mecanismo interno y los 6mm bbs es el nombre comercial de las bolas de AirSoft).

NP: Como se que muchos no lo saben, al haber distintos tipos de mecanismos, a todos se les conoce a nivel mundial por replicas de AirSoft (no tiene nada que ver, con las replicas de armas, recogidas en las leyes españolas).


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El tema de los menores de 18 años en AirSoft esta más que discutido, es más, independientemente de que las replicas para la practica del AirSoft como hobby o deporte sean productos para adultos (+18), el problema reside en que un menor en España no es responsable de sus acciones u omisiones y por tanto no hay forma humana de reclamar nada, ni de defenderse de nada ante un menor (son los padres o tutores legales quien toman la responsabilidad y quien decide que hacer en caso de...)

Si al menos hubiese una regularización del AirSoft, y en ella se dejase una puerta abierta a este tema, se podría discutir una solución, pero hasta entonces, todo lo que se podía decir sea dicho hasta la saciedad.

Desconectado Zamer

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #280 en: Septiembre 08, 2011, 04:24:25 pm »
Yo no creo que se pueda regularizar como juguete ya que la UE dictamina que no es un juguete, ahora bien, podrían ser consideradas como objeto para llevar a cabo una actividad deportiva (si somos objetivos es a lo que más nos parecemos, si es que no lo somos... ya que todos hemos visto el ejemplo de Chile).

Con respecto a acciones delictivas que se podrían hacer con una réplica/marcadora/escupebolas... son las mismas que se podrían hacer con un arma detonadora o de fogueo creo que son las mismas, si me equivoco que alguien me lo haga saber por MP la diferencia para no desvirtuar el hilo. Y creo que todos estamos de acuerdo que aquel que use una réplica de airsoft para tales fines lo que le debe caer es todo el peso de la ley como si llevara un arma real.

Me sigo reiterando en que si por el camino del Reglamento de Armas lo único que estamos consiguiendo es retroceder y que aun estando dentro podrían cambiarlo de un plumazo, si no que se lo pregunten los cazadores... lo mejor, creo que sería encaminar nuestro hobby como deporte.

Una pregunta desde el desconocimiento absoluto, ¿el paintball está reconocido como deporte en el CSD? ¿Cómo está realmente su legalidad? Porque de acuerdo que sus marcadoras no se parecen a un arma real y que la gente lo conoce más, pero a lo mejor si no están reconocidos como deporte por el Consejo Superior de Deportes y que supongo qué es lo que ellos querrán podríamos hacer piña... una vez reconocidos ellos como tal nosotros tendríamos un gran avance. Corregidme si me equivoco.
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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #281 en: Septiembre 08, 2011, 04:33:14 pm »
Creo que el paintball si que entra en 4º categoría directamente, por no parecerse a un arma real, tiro semiautomático, con munición impulsada por gas (CO2).

Nuestras GBB secundarias tal y como está el tema entrarían también directamente en este apartado supuestamente. Todo esto dejando aparte el tema del hilo de si las AEG deberían entrar o no, que todos hemos dado nuestra opinión con más o menos acierto y siempre intentando tener buenos modos  ;D
(Antes Rocco).

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #282 en: Septiembre 08, 2011, 04:55:46 pm »
Ok hasta ahí correcto khaos gracias, ellos en cuanto al tema de la clasificación lo tienen subsanado (de momento, porque cuando se presentó aquel proyecto casi pasan a ilegalizarse... y ese es el problema de estar en el reglamento entre otros). Ahora bien, alguna que otra vez he leído que les gustaría ser reconocidos como deporte. ¿Alguien allegado a ese mundillo me lo puede confirmar?

Por cierto, pido disculpas si alguien se dio por ofendido con lo de:

[...]porque total como la gente está empeñado en llamarlo arma... que son como mulas con anteojeras...

No era mi intención ofender a nadie, pero a veces somos tan cabezones (yo el primero y el que más) que no queremos ver más allá de lo que vemos directamente.
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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #283 en: Septiembre 08, 2011, 05:06:18 pm »

NP: Sean lo que supuestamente sean las imitaciones de armas de fuego (que ni yo, ni nadie saben lo que son) no son a.r.m.a.s prohibidas, es más no puede haber un apartado en la sección de armas prohibidas llamada tenencia dado que las armas prohibidas no pueden existir en España (no se puede dar publicidad no se pueden fabricar comercializar comprar tener ni usar y como consecuencia haber alguna documentación para su tenencia (esto, es uno de los muchos errores del reglamento de armas actual) 

NP: En realidad no es culpa tuya, es que el reglamento de armas es el antiguo parcheado con las normativas europeas y al colocarlas, ¡no adaptaron el reglamentó!, de hay que haya contradicciones, tales como que la frase que has puesto no corresponda con el reglamento o que las propias imitaciones de armas no estén contempladas en ninguna categoría (ni en armas permitidas o prohibidas).

Creo que estas equivocado las imitaciones de armas ahora si estan "definidas" en el actual reglamento cosa que no pasaba anteriormente  con el antiguo(aunque se usara la misma definición del articulo 5.2) y por lo tanto está tipificado  y lo llevo poniendo en varios post ya, sabemos perfectamente lo que es con la entrada del nuevo Artículo 2 de definiciones. (Modificado por el Real Decreto 976/2011, de 8 de julio) apartado 23.
Yo he sido sancionado por el 5.2  en una partida con redada incluida antes del nuevo reglamento y era perfectamente sancionable, ahora lo es más porque la definición expresa que es una imitación de arma y las réplicas de airsoft se ajustan perfectamente a esa definición por mucho que se quiera contrariar.

se ágil,tenaz,aprende de los errores,sobrevive

Desconectado gallox

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Re: tarjeta de armas
« Respuesta #284 en: Septiembre 08, 2011, 05:07:00 pm »
Para ser alguien que dice no querer postear, mucho estoy escribiendo yo.

Yo no se de donde sacáis eso de que las formativas de la EU son un obstáculo para el AirSoft. Mejor ejemplo que Italia, que tiene la normativa plagiada de Japón en las que las replicas de AirSoft son reglamentadas como juguetes no hay ninguno, (incluso los modelos de iniciación están contemplados).

Las marcadoras de Paintball lo tienen muy difícil para ser registradas como a.r.m.a.s de 4º, para empezar las a.r.m.a.s de 4º solo pueden ser formatos pistolas, revolver o rifle además de que tienen que ser en el cal 4,5mm EU y las marcadoras de Paintball son del .50 USA (esto último también se aplica a las replicas de AirSoft en las que el formato y calibre tampoco coinciden).