Si se aprueba el proyecto del reglamento de armas, ya no tendremos armas de fuego, tendremos imitaciones de armas de fuego.
¿Podremos sacarlas de nuestro domicilio? No, no podremos, con el nuevo reglamento, queda totalmente aclarado sin posibles interpretaciones.
Amos a ver. Pero es que eso no ha cambiado respecto al antiguo reglamento. Antes tampoco eran armas de fuego. Nunca han sido armas de fuego. Que todos el mundo estaba de acuerdo en eso.
Que el articulo 5.2 (que es el que rije el tema replica de arma de fuego) no lo han cambiado, que sigue siendo el mismo, que si antes no las podiamos sacar del domicilio ahora tampoco.
Pero como no han cambiado la espantosa redaccion del 5.2 pues seguimos sin saber si las prohibiciones del 5.2 se refieren solo a las tipologias que aparecen en el 107.b o a todas las replicas, y no me digais que esta muy claro porque cada miembrode la GC al que se lo he preguntado lo lee de una manera distinta. De hecho lo unico claro es que cada uno lo lee como le da la gana para reforzar sus tesis.
Lo que va decidir el asunto es la interpretacion del texto. Si hay circular interna en la GC pues sabremos a que atenernos. Si no la hay pues nos quedamos como hasta ahora, a la buena de dios.
Y no hay mas.
No va a haber legalizacion o ilegalización por una lectura cogida por los pelos del reglamento. Habra ilegalización "de facto" si así lo decide el organo decision correspondiente...