vemos...primero, no es mi club...sino 3 empresas dedicadas a deportes de aventura entre los que incluyen el paintball. Al preguntar a los responsables indicaban que estaban inscritas como armas de 4º categoria.
Segun en el reglamento de Armas
4.ª categoría:
1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopeta
Por lo que yo entiendo que se consideraran "pistolas de tiro semiautomico accionadas por gas comprimido".
Y si quieres saber mas...pues vas y se lo preguntas a ellos, yo he hecho el comentario con informacion, no como afirmacion...que aqui muchos teneis la mania de que cuando se dice algo parece que hay que respaldarlo con base legal como si hablasemos en un juicio.