bueno, intentaré ayudaros un poco, pero también os tengo que aclarar algo antes, con permiso:
la ultima pregunta es la más rápida de responder: no estais obligados a firmar nada, la firma sólo significa que habeis recibido la notificación, aunque la mayoría de la gente se niega a firmar porque piensa que es dar la razón, y no es así, por lo que firmar no significa que esteis de acuerdo con eso, así que por esa parte tranquilos.
las actas pueden ser generalistas, lo único que vale es a la hora de ir a juicio por parte individual, caso por caso en el tema de las replicas. No hace falta estar practicando el airsoft para que ellos aleguen que lo estabais haciendo, puesto que la preparación y la predisposición ya puede ser indicativo de eso.
el seprona no está obligado a indicar qué campos son aquellos que son paraje protegido.
legalmente, pueden ser las tres cosas, porque aunque sean replicas de aire sueva, están impulsadas las bolas por aire que comprime un pistón, y al mismo tiempo pueden ser replicas asimiladas a armas de guerra o armas reales. aunque el primer punto si lo especifica en un punto del reglamento de armas, en la cual indica que por jurisprudencia no son armas prohibidas, y es por ahí donde también lo podeis alegar o bien antes de ir a juicio en la intervención de armas, o bien en juicio. Creo que está puesto en este foro y en el mio (
http://img8.imageshack.us/img8/4045/reglamentoarmascustom.jpg), por lo que ahí si que podríais alegar que no era necesario la requisa.
da igual que ponga "pueden impulsar" a que pongan "impulsan".
las faltas de ortografía no anulan el acta, aunque sí que es más un tema personal del propio agente (o simplemente pues se han equivocado), puesto que es normal que en muchas denuncias se escriban las cosas tal como suenan (es imposible saber de todo) o bien por una falta no se repite todo un acta.
Por lo de la zona si es protegida o no, hablad con el ayuntamiento y con el dueño, y a parte de lo que os digan, que os lo pongan por escrito que os habían dado autorización, eso os valdrá tanto si hablais con intervención de armas, como si vais a juicio

la guardia civil os puede hacer una intervención y no daros explicación alguna, ellos simplemente con identificarse y entregaros el acta y requisaros las replicas es suficiente, otra cosa es que alguien, como persona, os haya explicado el por qué de las cosas, pero en fin, eso va con cada agente, pero ya digo, legalmente lo pueden hacer así.
No habrá sido limpia la jugada, pero no por eso puedes reclamar, y si por todo lo anterior. El no saber que el campo era protegido no os exime de responsabilidad si la hubiera (el desconociemiento de la norma no exige su incumplimiento me decían a mi siempre). Además, no me voy meter en las ordenes de sus superiores, pero muchas intervenciones se hacen de esta manera, y no por eso están mal hechas, simplemente es que si pueden cojer a 10 en lugar de a 2, van a intentar cojer a 10 (al fin y al cabo es su trabajo, y la culpa no es de ellos, sino de la reglamentación, aunque fastidie). Y ya digo, la predisposición les permite hacerlo (vamos, es como el que lleva una china en la chaqueta, no lo está fumando y simplemente acababa de sacar papel de fumar, pero se entiende lo que va a hacer y el uso que le va dar a esa china).
lo siento por el tocho compañero, he intentado resumirlo lo mejor posible, y espero que os valga para algo, pero no por un fallo en las formas (ya digo, es su trabajo, y legalmente así lo pueden hacer), sino por el reglamento de armas que os he puesto, y depende de la colaboración del ayuntamiento y del dueño, las cosas pueden mejorar. Con los tres papeles id a intervención, y sino pues la unica salida que os queda es ir a juicio.