La tarjeta de armas de 4ª categoria es el "mal menor" y te podria servir para cualquier réplica que NO tenga tiro a ráfaga ya que el reglamento de Armas prohibe la tenencia de armas con tiro de ráfaga a particulares. Podrias guiar una pajillera, una replica de pistola o fusil de gas, un sniper de muelle y todo lo mas, un PSG que es semiautomatico. En cuanto aparezacas para retratar una AEG con ráfaga te dirán que no.
Luego tienes el problema del número de serie, que en la mayoria de las AEG es el mismo en todas las unidades del mismo modelo porque están sacados del mismo molde. Puedes intentar colar el número de la gearbox que es único para cada mecanismo, pero se borra con mirarlo dos veces y sin número de serie no hay tarjeta.
Por último te cito el problema de jurisdicción, dado que la tarjeta de armas te ampara una carabina o pistola de aire comprimido (asi como arcos y ballestas) en el municipio del domicilio de TU residencia, lo que te obligaria a hacerte con tantas tarjetas de tantos ayuntamientos como campos distintos pienses usar.
En efecto, la tarjeta de armas de 4ª categoria es una opción, pero no es la opción dado que se pensó para un determinado tipo de ARMAS con potencia de salida en boca de fuego inferior a 24 julios y propulsadas por aire u otro gas comprimido. Las replicas estandar estan en torno a 1 julio de potencia y las mas cañeras en torno a los 2 julios, con lo que aparte del tiro en ráfaga hablamos de rifles pistolas y carabinas de 24 a 12 veces menos potentes que una escopetilla de plomos, solo que mas "pintureras". Sencillamente el reglamento de armas no previó el nacimiento, expansió en implantación del airsoft en todo el mundo, incluida España.
Un saludo.