Autor Tema: Es legal hacer firmar un contrato a los jugadores eximente de responsabilidades?  (Leído 3997 veces)

Desconectado German

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A ver si algún enterado del maravilloso mundo legislativo-airsofteril puede darme un poco de luz en este tema.

El caso es que últimamente estoy viendo que en algunos campos de airsoft, te exigen que antes de la partida firmes un contrato en el que eximes a la organización/empresa/asociación de cualquier mal derivado de la actividad que ahí se practica.

Es decir, se te podría caer un muro encima y no podrías reclamar, es más, podrían violarte después que el muro se te cayera encima.

Buceando por las redes, he encontrado una consulta de una señora que preguntaba algo parecido a mi (aunque de otras actividades) y esta es la respuesta:

Citar
Esta tesis no es admisible ante el carácter sistemático de nuestro ordenamiento jurídico, el cual nos lleva a considerar otras disposiciones normativas existentes en la materia de consumidores y usuarios, tales como el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, el cual sienta que: “A efectos de esta norma y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.”, siendo de aplicación también lo dispuesto en el artículo 10 de dicho Real Decreto Legislativo, en el sentido de que “la renuncia previa a los derechos que esta norma reconoce a los consumidores y usuarios es nula, siendo, asimismo, nulos los actos realizados en fraude de ley de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Código Civil.”

añadiendo, asimismo, el artículo 128 de dicha disposición normativa que: “Todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado en los términos establecidos en este Libro por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios. Las acciones reconocidas en este libro no afectan a otros derechos que el perjudicado pueda tener a ser indemnizado por daños y perjuicios, incluidos los morales, como consecuencia de la responsabilidad contractual, fundada en la falta de conformidad de los bienes o servicios o en cualquier otra causa de incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato, o de la responsabilidad extracontractual a que hubiere lugar. que tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios demostrados que le irroguen el consumo de bienes y la utilización de productos o servicios, salvo que aquellos daños estén causados por su culpa exclusiva o por la de personas de las que se deba responder civilmente.[...]
Fuente: http://www.solucionesong.org/consulta/podemos-hacer-firmar-un-documento-a-los-participantes-en-la-excursion-indicando-que-no-seremos-responsables-de-posibles-contratiempos/12313/view#

Entonces esa es mi pregunta, ¿son esos contratos eximentes fraudulentos, y por tanto, ilegales?
« Última modificación: Junio 24, 2015, 02:07:46 am por German »
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Desconectado zulu

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No te comas la cabeza German, esos contratos son de los denominados Leoninos. Todas las ventajas para una parte y ninguna para la otra, siendo además una imposición, porque si no lo firmas, no juegas.

Eso no tiene ningún valor ante un Tribunal, es como los papelitos que firman los tutores a los menores para que puedan jugar. El día que a ese menor le pase algo, el padre o tutor podrá tranquilamente reclamar a los organizadores y ese papelito se lo tendrán que comer con patatas.

Aun así, hay algunas veces que es una exigencia de la compañía de seguros. Ellos saben perfectamente que no sirve de nada, pero es a lo primero que se van a agarrar cuando les reclames. Y si se ponen muy cabezones, al final quizás te toque meterte en un pleito, y aunque sepas que lo vas a ganar, dependiendo de la cuantía del daño, te puede merecer la pena o no. 
Airsoft Madrid -Parla-

Desconectado zeig

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no valen ni para limpiarse el culo, menos aún cuando se trata de menores

Desconectado kuku

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Aquí en General está mi post sobre problemas con el seguro de un campo y hablando con el intermediario y el/la responsable del campo salió el tema.

Para evitar problemas obligarán a todos y cada uno de los jugadores a portar máscara para poder entrar al terreno de juego, ya que según ellos el firmar un papel alegando que juegas haciéndote responsable de los daños ocasionados por la carencia de dicha protección facial no sirve de nada salvo con la presencia de un notario y nosecuantas formalidades que se requieren para darle validez al documento firmado.

Este més me he metido en el tema por la pala que me partieron y estoy que echo humo...

Desconectado Max04

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Pregunto desde la ignorancia: imagino que si se trata de un campo de pago, es decir, que se supone que presta unos servicios a cambio de una cantidad de dinero no tendrá validez. Es como si en un restaurante te hicieran firmar un papel en el que eximes al establecimiento si pillas una salmonella...
¿Pero y si es un campo de un grupo sin ánimo de lucro y no pagas nada por jugar?
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Desconectado Anubis

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La pregunta del compañero Max me interesa tambien, ¿que pasa cuando el campo y la organizacion es sin animo de lucro y no se paga nada, solo para pasar un rato jugando?
Lo mas triste de la traición es que nunca proviene de tus enemigos...

Desconectado Hari

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Pregunto desde la ignorancia: imagino que si se trata de un campo de pago, es decir, que se supone que presta unos servicios a cambio de una cantidad de dinero no tendrá validez. Es como si en un restaurante te hicieran firmar un papel en el que eximes al establecimiento si pillas una salmonella...
¿Pero y si es un campo de un grupo sin ánimo de lucro y no pagas nada por jugar?

El seguro a estas alturas es obligatorio en cualquier campo, sea porque lo tienes tu, y entonces previo justificante de tu poliza te dejan jugar. O lo tiene el campo de la asociacion, y entonces te cubre ella, previo indicativo de quien juega ese dia alli con DNI y nombre.

Cualquier otro caso es bastante irresponsable y rozando lo ilegal o el no estar cubierto y que si pasa algo tengais lios graves.
As a park ranger at Yosimite once said, "There is considerable overlap between the intelligence of the smartest bears and the dumbest tourists."

Desconectado Max04

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Permitidme un ejemplo un poco absurdo: supongamos unos amigos amantes del senderismo que forman el grupo "Botas" y organizan rutas sin ánimo de lucro por los montes de su localidad, rutas a las que pueden sumarse otras personas. ¿Serían responsables de las lesiones que pudieran causarse los participantes? ¿Necesitarían un seguro o sería indicado el papel de exención de responsabilidades?
Ahora traslademos esto a un grupo de amigos que han conseguido el permiso pertinente para la utilización de unos terrenos y organizan partidas sin cobrar nada a los invitados.
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Desconectado Hari

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Permitidme un ejemplo un poco absurdo: supongamos unos amigos amantes del senderismo que forman el grupo "Botas" y organizan rutas sin ánimo de lucro por los montes de su localidad, rutas a las que pueden sumarse otras personas. ¿Serían responsables de las lesiones que pudieran causarse los participantes? ¿Necesitarían un seguro o sería indicado el papel de exención de responsabilidades?
Ahora traslademos esto a un grupo de amigos que han conseguido el permiso pertinente para la utilización de unos terrenos y organizan partidas sin cobrar nada a los invitados.

Te lo repito, no es comparable, porque el senderismo per se no presenta los riesgos que presenta el airsoft.

Los campos de airsoft, comerciales o no, tienen que tener unas medidas de seguridad obligatorias. La delimitacion del campo, avisos a autoridades, y entre los permisos que exigen en los ayuntamientos esta siempre el seguro de responsabilidad civil, porque lo primero que quieren ver en un ayuntamiento es eso. Igual que en el cuartel lo primero que querian era la lista de asistentes cada fin de semana para tenerlos localizados.

Asi que si Max, necesitas el seguro incluso aunque sea una panda de amiguetes, si no lo quieren sacar como grupo tendrian que aportar su seguro individual para que si pasa algo se hiciera responsable el.

Imaginate que muere alguien (que es muy extremo si, pero para que sepas de lo que hablo) tu que crees que puede pasar? mira por ejemplo lo de francia, ahi con o sin seguro se les va a caer el pelo a muchos, y seguramente conllevara mas cola por el uso de cosas que no deben estar cubiertas por el seguro (dudo que un seguro cubra airsoft con posibles elementos explosivos...).

Ese papel no exime de nada, sea con o sin animo de lucro, de verdad, que no te lo digo por llevar la contraria, solo te aviso por si conoces a alguien que lo este haciendo si, que si no pasa nada, pues no te voy a decir yo lo que deben hacer, pero si se lia no se salvan.
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Desconectado Max04

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Te lo repito, no es comparable, porque el senderismo per se no presenta los riesgos que presenta el airsoft.

No existe (que yo sepa) una clasificación de riesgos por actividades que refleje los riesgos inherentes al airsoft o al senderismo, con lo que no deja de ser una apreciación personal. Yo puedo pensar que durante una marcha por el monte corres mayores riesgos (golpe de calor, hipotermia,deshidratación, picadura de animales venenosos,  despeñamiento, etc) que durante una partida , lo que no deja de ser otra apreciación personal.
Y una opinión, con todo lo respetable que es para mí, no me sirve como norma.  ;)
( P.D. Para que no haya malos entendidos, el campo de mi grupo, en el que organizamos partidas sin cobrar nada, tiene seguro.)
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Desconectado Hari

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Te lo repito, no es comparable, porque el senderismo per se no presenta los riesgos que presenta el airsoft.

No existe (que yo sepa) una clasificación de riesgos por actividades que refleje los riesgos inherentes al airsoft o al senderismo, con lo que no deja de ser una apreciación personal. Yo puedo pensar que durante una marcha por el monte corres mayores riesgos (golpe de calor, hipotermia,deshidratación, picadura de animales venenosos,  despeñamiento, etc) que durante una partida , lo que no deja de ser otra apreciación personal.
Y una opinión, con todo lo respetable que es para mí, no me sirve como norma.  ;)
( P.D. Para que no haya malos entendidos, el campo de mi grupo, en el que organizamos partidas sin cobrar nada, tiene seguro.)

Si vas a cualquier aseguradora habras tenido que darles un dossier explicandoles de que va, y te aseguro que no se asemeja la poliza a la de senderismo si la habeis particularizado para nuestro hobby.
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Desconectado German

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Creo que el kid del asunto va más relacionado con el lugar, el concepto y la actividad en si. Me explico.

Si tu grupo "Botas" sois un grupo de amigos que os gusta llamaros así a vosotros mismos pero sin ningún registro legal (es decir, que no sois asociación ni nada), meramente sois X personas que os juntáis para ir a andar por el monte. Si alguien se parte una pierna por un obstáculo en el camino la responsabilidad sería propia.

Si este mismo grupo está dado de alta como "sociedad sin ánimo de lucro" (por ejemplo), ya debería asegurar a sus asociados. (al menos creo que es la conclusión que he sacado de esta misma consulta:  http://www.solucionesong.org/consulta/podemos-hacer-firmar-un-documento-a-los-participantes-en-la-excursion-indicando-que-no-seremos-responsables-de-posibles-contratiempos/12313/view#

Si sois un grupo de amigos que coincidís en que os gusta el airsoft. El campo/local/terreno en el que lo practiquéis deberá tener su seguro derivado de la actividad correspondiente.
Ya que no es lo mismo practicar ajedrez, que practicar puenting (pregunta a cualquier aseguradora que problemas te ponen con una actividad y con otra). Por lo tanto daría igual (en este caso) que seáis 4 amigos, una asociacion, una empresa..., el propietario del campo deberá tener el seguro correspondiente.

Es más, hasta donde yo se, si vienes a mi casa y tienes un accidente, mi seguro de hogar te cubriría ciertos daños.
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Desconectado zeig

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Estamos constantemente mezclando churras con merinas. Tanto si se cobra como si no se cobra hay una manera muy simple de discernir si es un servicio prestado (con las consecuencias que ello tiene) o si es una reunión privada entre particulares para desarrollar la actividad que sea.

El airsoft, como actividad lúdica, no es un servicio por si mismo como pueda ser la peluquería, tratamientos médicos o lo que fuere (que es más fácil de identificar) sino que es un simple juego por lo que si lo desarrollamos entre amigos (haya o no aportación económica) no tiene mayor importancia que jugar a futbol en el jardín de tu primo Tete.

Si en cambio se efectúa el pago de una entrada, cuota, invitación o como nos de la gana llamarlo de manera abierta y pudiendo comprarla o abonarla cualquier persona dentro de un colectivo que exceda lo puramente familiar o amistoso, estaremos hablando de una EXPLOTACIÓN COMERCIAL de una actividad deportiva.

En el primer caso necesitarás, dado que usamos armas de 4ª categoría, permiso del titular del terreno, del Ayto. y todo lo que le de la gana a este último pedirte, ya sean seguros, informes de impacto ambiental, cerramientos etc etc.

En el caso de ser una explotación te regirás exactamente por los mismos principios, requisitos, altas, licencias, seguros, etc etc que cualquier otra actividad más lo que le de la gana pedirte la administración. En cualquier caso normalmente no más de lo que piden a cualquier empresa de multiaventura.

En el caso de que cualquiera de los dos conceptos sea organizado por una entidad (da lo mismo mercantil que ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO) han de poseer obligatoriamente un seguro de responsabilidad civil para cubrir los posibles daños a terceros derivados de la actividad. Porque es eso, una actividad organizada por una entidad y no una reunión de amigos.

Y todo esto como he dicho varias veces, sujeto a lo que se le ponga en la poronga pedir a los Aytos, delegaciones de gobierno, diputaciones etc dependiendo del lugar, duración, nº de participantes, consideración de la zona si es protegida o con riesgo de incendios, caza, etc etc etc etc.