En caso de requisa, si es por no conocer dueño, es la policia la que tiene que demostrar que no eres el titular (la tonteria esa de la presuncion de inocencia y tal) y si no hay denuncia de robo con nº de serie, no se puede demostrar que no sea tuya. Otra cosa es que el agente de turno identifique la marcadora como un arma de coleccion o 4º categoria, que deberia haberse registrado en su dia. Habra mas problemas en ese aspecto. Yo tengo registrada una pistola de 4,5mm y a la hora de hacer los papeles, enseñe una factura que no estaba a mi nombre, ni el titular de la factura estaba identificado, ni aparecia su dni, ni pidieron que se personase. Creo que con eso queda todo dicho sobre el funcionamiento de la policia local respecto a las armas.
Lo de la casa, 1º en la camara de la propiedad aparece el titular de la vivienda y segundo, tu tienes unas escrituras que acreditan que eres el propietario de esta. No es una factura como tal, aunque venga incluido el precio. Te pongo otro ejemplo mas facil.
Robo una llanta de coche en una tienda, y la policia me encuentra con ella en la calle. Si no hay un numero de serie o marca que acredite la titularidad, es el de la tienda el que tiene que demostrar que no es mia.
venga!!!!, diox, me encantan los ejemplos XD.
robas una llanta, y la policía te encuentra con ella en la calle, y al de la tienda le falta una, pero no hay números de serie. El dueño pone denuncia. Te quedas temporalmente sin ella, se te interviene temporalmente, hasta que a) se compruebe grabaciones de seguridad, testigos, etc, y sino se devuelve informándote de la obligación de custodia por si es requerida por la autoridad judicial. b) aportes factura de compra, se te entregará igualmente informándote otra vez de esos derechos. Aquí estamos hablando de una posible infracción penal, delito o falta dependiendo del valor que sea y de la forma con la que se ha realizado.
Peeero, si en lugar de una llanta, es una réplica, te la requisan, no de forma temporal, se te hace un acta y te multan directamente, estamos hablando de una sanción administrativa que tiene unos cauces totalmente diferentes, poco importa de quien sea, la llevas tú (si después se comprueba que es robada, prepárate), la multa es tuya, y para que te la recuperes, tienes que aportar factura de compra, contrato de compra venta, cualquier documentación que acredite que sea tuya. Un contrato de compra venta es suficiente, entregas, se hacen gestiones y listo. Si lo has falsificado al final te encuentras con otro mamoneo penal (no administrativo) que será mucho peor....
Pero claro, si te la requisan, tienes un 95% de probabilidades que no la recuperes, sea o no tuya, dependiendo de como la hayan catalogado, y lo bien que escribas a la delegación del gobierno

realmente el contrato de compra venta, inicialmente como lo planteais no vale para nada, vale para plantear buena fe que lo que llevas no fue robado de ningún sitio, ni lo has comprado a "escondidas", ayuda, pero no te va a evitar que te la requisen. Ayudar a la hora de recuperarla? pues si, porque aportas un documento que dice que tú la has adquirido, suficientemente válido, porque además, al cabo de un tiempo lo normal es no tener las facturas o perderlas, otra cosa es que lo consigas.
y csv, dale con la GC, jajajaja, si es de 9mm, por ejemplo, y te para la policia nacional, esa pistola no la huele la GC, va a policía científica que elabora un informe pericial, revisa el troquelamiento de los números de serie si han sido modificados o no, se pasa por la base de datos por si es robada y si tiene licencia y la de la persona incautada, y luego se guarda sino se devuelve, llegando a dos opciones, o bien se "venden" en pujas legales (aquí si lo hace la GC ya que tendrán que expedir nuevas tarjetas) o bien ordena su destrucción. Para pedirla dependerá de si tiene que hacerlo a través del juzgado, o bien a través de donde se ha realizado la entrega. Esto va en función de si son las reales, por ejemplo.
En las de airsoft, el delegado del gobierno, o bien la propia comisaría, una vez acabo los plazos legales de reclamación y tras un plazo de tiempo prudente, podrá solicitar su destrucción (aquí no habría venta)
La polícia local, dependiendo de donde sea, tendrá que comparecer ante un cuerpo u otro, que es donde hará entrega del arma, asi de los motivos de la requisa, en ciudades, será a la policía nacional siempre.
y quitando la especialización para la expedición de tarjetas y autorizaciones, un GC de patrulla sabe lo mismo de armas que un policía local, salvando las distancias, y que un policía nacional, y un mosso de squadra, o un ertzantza. Es más, cada cuerpo tiene una brigada especialidada para estos casos, siempre que no sea a nivel administrativo, que si es competencia de la GC.