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Foro General => General => Mensaje iniciado por: Malkavian en Mayo 06, 2013, 09:40:20 pm
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Buenas tardes a todos,
Os adjunto un par de imágenes con la contestación que he recibido del ICAE (Intervención Central de Armas y Explosivos) en cuanto al problema de que las tarjetas de 4ª categoría, que corresponden a las armas de airsoft, sean de ámbito municipal y el transporte fuera del municipio. Pido perdón por que al pasarlas a jpg con un programa gratuito me ha puesto una marca de agua encima, pero creo que se puede leer bien.
(http://s18.postimg.org/6y1i8guad/ARMAS_AIRSOFT_1_1.jpg) (http://postimg.org/image/6y1i8guad/)
(http://s18.postimg.org/zc6xschud/ARMAS_AIRSOFT_1_2.jpg) (http://postimg.org/image/zc6xschud/)
Las conclusiones son que para el transporte no tenemos problema siempre que las llevemos bien en la caja o funda y desarmadas.
Pero el hecho de que esperen que me saque una tarjeta en cada municipio que quiera jugar al airsoft no me ha hecho mucha gracia, por lo que he vuelto a realizar otra consulta de la que aun no he tenido respuesta (cuando tenga respuesta lo volvere a comentar).
También me he sacado el certificado digital para poder acribillar a quejas al ministerio de interior. Os animo a hacer lo mismo.
Espero que esta información os sirva de ayuda.
Un saludo
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Bueno ¿has leído lo que pone al final no? art 107, otra consulta más que sólo tiene valor como eso, como consulta.
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Bueno ¿has leído lo que pone al final no? art 107, otra consulta más que sólo tiene valor como eso, como consulta.
Si, pero se trata de que poco a poco vayamos sacando conclusiones, a mi por lo menos me sirve para saber que si me paran llevando las armas fuera de mi municipio saber que el acuerdo del CIPAE sigue en vigor y que por lo menos el transporte lo tenemos cubierto.
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Y si te llegan a pedir la tarjeta del municipio al que vas (que no tienes) te meterán un paquete. Así que lo del transporte cubierto... no se donde lo ves tú XD
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El problema es el uso en otro municipio, creo que eso lo pone bastante claro, si hacen una redada en un campo Dios nos pille confesados, pero si te cogen de camino, no tiene porque ser a un campo, puede ser a una tienda. O como se suele decir hecha la ley hecha la trampa, si no te pillan con las manos en la masa, no te deberían de decir nada.
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Si, pero se trata de que poco a poco vayamos sacando conclusiones, a mi por lo menos me sirve para saber que si me paran llevando las armas fuera de mi municipio saber que el acuerdo del CIPAE sigue en vigor y que por lo menos el transporte lo tenemos cubierto.
Querrás decir réplicas, no ?
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Esas conclusiones llevan desde que salió la OM Malkavian... por eso llevamos meses divagando XD
PD.: Y te podías haber presentado en el foro correspondiente también.....
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Informe que hay por ahí de cierta IA preguntando por el tema de los tiradores de licencias ¿E y F? de cuarta que estaban en el mismo caso que nosotros y blablabla....
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Si, pero se trata de que poco a poco vayamos sacando conclusiones, a mi por lo menos me sirve para saber que si me paran llevando las armas fuera de mi municipio saber que el acuerdo del CIPAE sigue en vigor y que por lo menos el transporte lo tenemos cubierto.
Querrás decir réplicas, no ?
Digo armas, porque tras la OM se consideran así. Aunque para mi no lo sean.
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Esas conclusiones llevan desde que salió la OM Malkavian... por eso llevamos meses divagando XD
PD.: Y te podías haber presentado en el foro correspondiente también.....
Por eso mismo lo he subido, por si aportaba algo a las divagaciones, pero si consideráis que no, siempre se puede borrar o que lo cambie algún administrador a otro tema, solo quería aportar mi "granito de arena"
Y pido disculpas, tienes razón, todavía no me he presentado, pero eso lo corrijo ahora mismo.
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El problema es el uso en otro municipio, creo que eso lo pone bastante claro, si hacen una redada en un campo Dios nos pille confesados, pero si te cogen de camino, no tiene porque ser a un campo, puede ser a una tienda. O como se suele decir hecha la ley hecha la trampa, si no te pillan con las manos en la masa, no te deberían de decir nada.
Hombre, si hacen una redada no creo que hagan una redada en un coche en la autopista... La harán en pleno campo de airsoft con las manos en la replica.
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El problema es el uso en otro municipio, creo que eso lo pone bastante claro, si hacen una redada en un campo Dios nos pille confesados, pero si te cogen de camino, no tiene porque ser a un campo, puede ser a una tienda. O como se suele decir hecha la ley hecha la trampa, si no te pillan con las manos en la masa, no te deberían de decir nada.
Hombre, si hacen una redada no creo que hagan una redada en un coche en la autopista... La harán en pleno campo de airsoft con las manos en la replica.
Hombre, en cualquier control de carretera donde te examinan el coche podria pasar, a eso supongo que se refieren leñe XD
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Todavía me acuerdo justo antes de Llanes yendo a una Camel Spider que nos pararon yendo en convoy.
"Y como es eso, ¿150 contra 150? ¿Y cómo saben si te han matado? ¿Te matan y luego qué, sentado todo el día? ¿¡Seguro que no lleváis droga, qué os meto al perro eh, eh!?"
En fin.
¡Españistáaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaan!
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Tal como lo dices parece que lo decía de coña, no? no?
En fin, voy a hacer un poco de faping
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Mucha guasa además.
Alguno hasta se hizo fotos con una réplica en la mano.
Con esto aparte del offtopic quería decir que cuando intervienen siempre hay una motivación. Que alguien levante liebres inútilmente dando porculo en las IA, llamaditas anónimas para reventar eventos, réplicas a la vista en el maletero sobre las cosas, peña con pinta de ir a la guerra conduciendo un fordfi, guerras entre tiendas y clubes........ Y en el menor y más improbable de los casos... Un GC con el día torcido.
¿Cómo evitar todo eso menos o último? Tarjetas. Tarjetas everywhere.
Aunque a mi personalmente me parece un despropósito y una contradicción para las propias IA andar emitiendo una decena de tarjetas por réplica/campo/municipio. Así como un porculo absurdo a los ayuntamientos por mucho que se quiera sacar pasta con ello.
Para lo demás, mastercard.
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Esta consulta seria para remitir directamente al organo regulador de la GC, ya que en el primer punto te dicen que que solo puedes registrarlas en el municipio donde residas, y luego te dicen que te saques una en cada sitio donde vas a jugar!!!
O son "mu tontos", o nos estan dejando claro que fuera del municipio no se puede jugar...
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Son muy tontos...
Categoría fuera de concurso...
Si Darwin levantara la cabeza descubriría muy a su pesar que su teoría de la evolución de las especies tiene mas agujeros que las señales de tráfico de mi pueblo...
Lo que creo es que no saben por donde tirar y ante la duda a salvar el culo...
Ram1
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En resumen señores, dada la legislacion actual, aun con tarjeta, como estemos fuera del ambito municipal, si al funcionario se le pone los huevos duros nos pueden joder....
Que seria raro si, pero la posibilidad existe....
Habra que sacarse todas las gratuitas que nos dejen xD
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Es un despropósito ciertamente.
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Perdon?? Pero que rayada, yo pensaba que con la tarjeta de tu replica podias jugar en cualquier lugar legal para la practica de airshoft.... =S
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Pa mear y no echar gota.
(https://dl.dropboxusercontent.com/u/60176909/senales-trafico-stop.jpg)
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Pa mear y no echar gota.
(https://dl.dropboxusercontent.com/u/60176909/senales-trafico-stop.jpg)
Mi pregunta es... Si te metes ahí como sales? Sino puedes echar marcha atras.. está prohibido xD
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No dice nada de levitar XD
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No dice nada de levitar XD
No entendeis las señales de trafico:
Prohibido girar a ambos lados, hacer un agujero con tuneladora o realizar despegues verticales.
Hoy he hablado con un compañero canario, y al final hemos llegado a la conclusion de que en cada municipio y comandancia dicen cosas que van en contra de la ley, dejandonos otra vez con el culo al aire ante los cuerpos policiales.
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No entendeis las señales de trafico:
Prohibido girar a ambos lados, hacer un agujero con tuneladora o realizar despegues verticales.
(https://fbcdn-sphotos-d-a.akamaihd.net/hphotos-ak-ash3/63143_455884627804432_884064939_n.jpg)
;D ;D ;D ;D
Hoy he hablado con un compañero canario, y al final hemos llegado a la conclusion de que en cada municipio y comandancia dicen cosas que van en contra de la ley, dejandonos otra vez con el culo al aire ante los cuerpos policiales.
No me hagas hablar... toy hablando con 4 ayuntamientos de la isla... en cada uno piden cosas distintas... lo de troquelado va a tener su gracia, porque no hay armero autorizado en las islas para eso... habría que mandarlas a la peni... ida y vuelta más las aduanas, van a ser picos curiosos... el último cacharro que me vino de la península fueron 100 pavetes desde Barcelona a casa... >:(
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¿Y de verdad era difícil y farragoso publicar un anexo a la 4a categoría del RA en el que se englobe lo relativo al "airsoft y paintball", unificar el mismo criterio y requisitos de registro de las ALDs para TODO el país y crear en base a ello una base de datos de registro con los números de serie (tanto oficiales según la famosa OM como de serie que traen... etc, etc) y pasárselo a la Intervención de Armas Central de la GC!?
¿¡Es TAN DIFÍCIL!? En serio... ¿¡Es TAN DIFÍCIL!?
Señores del Ministerio del Interior, denme un par de meses de sueldo de funcionariado público (no pido más) Y LO HAGO YO INCLUSO!
Por Odín, no puede ser tan difícil!
Sacadme de mi error si eso...
Esque es de chiste... reconocer vía OM la existencia de la actividad de "airsoft" para caer después en el mismo texto en incongruencias que impiden su práctica!
Uséase: - "Sí, reconocemos la existencia y la extendida práctica por todo el territorio nacional del" airsoft", y como queremos regularla y tenerla más "controlada", vamos a establecer un proceso para que las tengas que registrar para usarlas (bien) y cada municipio va a ser el que te diga como (mal, ¿os acordáis de eso de los "españoles de primera y españoles de segunda"? Pues helo aquí one more time!). Pero no vas a poder hacerlo porque como somos ineptos, no tenemos ni idea (y nos la sopla enterarnos, ¿pa qué?) de como está mínimamente el tema de los campos de juego en España y su ubicación (esto mal no, peor!)"
Sujetadme por favor, que se me ha soltado el bozal y muerdo...
Y dicho esto, me voy a mi rincón a seguir "llorando"...
Aiinnss... PAÍS!
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Pero vamos a ver, si no lo han hecho para las de aire comprimido, y mira que es deporte olímpico, ¿en serio creéis que lo van a hacer para el airsoft?
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¿Qué esperabas? ¿Pensabas que iba a acudir una representación de la GC y el Ministerio del Interior a media docena de eventos de airsoft para hacernos una ley a medida?
Un poco de realismo por favor.
Una cosa es el cachondeo de los ayuntamientos y dejar en su mano regular nada en este país, da asco. Pero es otra cosa muy diferente culpar al Ministerio por intentar regular algo minoritario, en el limbo, que incluye gente flipándolo cargada de armas por el monte, gente lo mismo con una que con 20 en casa, mil tipos diferentes de réplicas, mil reglas diferentes de juego, mil opiniones como culos desperdigadas sin orden ni concierto...... Y a los 4 iluminados a los que pidieron algo de información para ver como iba el tema mirad como han acabado, como el rosario de la aurora.
No seamos ilusos coño, no lo iban a hacer mejor si intentan regular por OM la petanca.
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¿Qué esperabas? ¿Pensabas que iba a acudir una representación de la GC y el Ministerio del Interior a media docena de eventos de airsoft para hacernos una ley a medida?
Un poco de realismo por favor.
Una cosa es el cachondeo de los ayuntamientos y dejar en su mano regular nada en este país, da asco. Pero es otra cosa muy diferente culpar al Ministerio por intentar regular algo minoritario, en el limbo, que incluye gente flipándolo cargada de armas por el monte, gente lo mismo con una que con 20 en casa, mil tipos diferentes de réplicas, mil reglas diferentes de juego, mil opiniones como culos desperdigadas sin orden ni concierto...... Y a los 4 iluminados a los que pidieron algo de información para ver como iba el tema mirad como han acabado, como el rosario de la aurora.
No seamos ilusos coño, no lo iban a hacer mejor si intentan regular por OM la petanca.
Esperamos lo mismo que han hecho otros paises que lo han resuelto.
me voy a comprar una guillotina...
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¿Otros países? Pon ejemplos.
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Inglaterra es un ejemplo Zeig, puedes cojerte el mapa de Europa y mirar como tienen la situacion, veras que hay pocos que las hayan metido en RA
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Hombre, teniendo en cuenta como estan llevando la crisis y como gobiernan... Como esperas que reaccionen ante un un juego con cuatro chalados disparandose bolas del que ni siquiera han oido hablar?
Comprara el paintball con el airsoft? Bueno, si y no. Si juegas sabes de que va. Si eres un politico que no tiene ni idea dira que los que se visten de militares y van con replicas de armas reales estan locos y los del paintaball solo estan jugando.
Ta claro?
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Creo que no has captado la ironía, Psico. Cualquier otro país europeo está infinitamente más avanzado en cualquier aspecto que España. Nosotros vamos a rebufo (normalmente ni eso) en cualquier tema y este no iba a ser diferente. Lo único sorprendente es Portugal.
Me has descubierto la penicilina con eso de que mire el mapa.
Aquí hablas de colaborar con Defensa para que ceda bases y equipo para realizar eventos públicos y lo primero que se le viene a la cabeza al ciudadano de a pié (sobretodo en algunas comunidades concretas) es fascismo y paramilitar.
En UK lo hacen, ya no digamos países nórdicos por no nombrar USA, que es la polla como una olla con el USARMY y la guardia nacional colaborando plenamente. Pero aquí estamos en el pleistoceno.
Resumiendo, cualquier comparación aparte de odiosa es injusta.
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Una duda, si tengo la licencia de armas de fuego... tengo que sacarme las de airshoft tambien? ya que al tener el maximo grado de licencia de armas... Nose.. alguien sabe algo?
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Creo que no has captado la ironía, Psico.
Perdoneme usted , que estos de los foros hay muchas cosas que se pierden.
Ivan Cuesta me temo que te toca como a cualquier otro pringao sacarte la dichosa tarjeta de 4ª
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No tienes que sacarte ninguna licencia para el airsoft. Nadie.
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Se contradicen ellos mismo, al final se cargan el airsoft >:( , Que municipio te va hacer la pertinente tarjeta, sin estar empadronado en el. No lo entiendo, seguimos estando alegales en algunos puntos, que ganas de tocar los mismísimos. >:( >:( >:( >:(
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Una duda, si tengo la licencia de armas de fuego... tengo que sacarme las de airshoft tambien? ya que al tener el maximo grado de licencia de armas... Nose.. alguien sabe algo?
Alma de cántaro, sabes lo que es una licencia de armas??
La tarjeta sería el equivalente a la guía del armas, corresponde al arma, no al que la porta.
Si tienes licencia de armas lo que sí que te ahorras en algunos ayuntamientos es el certificado de penales y no se si tal vez el psicotécnico, éste último no lo tengo claro.
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Ya lo dijo un forero, la pasta que van a sacar no es de los tramites, sino de las incautaciones...y si no al tiempo...
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agorero...
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Ya lo dijo un forero, la pasta que van a sacar no es de los tramites, sino de las incautaciones...y si no al tiempo...
Si no se han forrado incautando antes del BOE porqué lo iban a querer hacer ahora??
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Yo estube hablando con la guardia civil de mi pueblo y ni ellos ni ningun agente tiene la mas minima intencion de ir a joder a los jugadores de airsoft,otra cosa es que tengan ordenes de arriba como se ve que paso en la famosa redada o alguna denuncia de particulares.
Asi que lo mas seguro es que tanto te pillen en el trayecto ,como en los campos,no va a pasar absolutamente nada, ahora si pillas alguno de malas ese dia,te puede joder pero bien,porque legalmente pueden,pero no lo van a hacer.
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Yo estube hablando con la guardia civil de mi pueblo y ni ellos ni ningun agente tiene la mas minima intencion de ir a joder a los jugadores de airsoft,otra cosa es que tengan ordenes de arriba como se ve que paso en la famosa redada o alguna denuncia de particulares.
Asi que lo mas seguro es que tanto te pillen en el trayecto ,como en los campos,no va a pasar absolutamente nada, ahora si pillas alguno de malas ese dia,te puede joder pero bien,porque legalmente pueden,pero no lo van a hacer.
No deberian, pero con la ley en la mano pueden, la posibilidad existe y depende del funcionario.
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Yo estube hablando con la guardia civil de mi pueblo y ni ellos ni ningun agente tiene la mas minima intencion de ir a joder a los jugadores de airsoft
Si lo hicieran con esa intención estaría feo que lo dijeran, digo yo...
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Y todo esto porque quieren sacar pasta.... enfin...
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Que pesaos con la pasta....
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Ya lo dijo un forero, la pasta que van a sacar no es de los tramites, sino de las incautaciones...y si no al tiempo...
Si no se han forrado incautando antes del BOE porqué lo iban a querer hacer ahora??
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Yo lo que pienso de todo esto es que le estamos dando muchas, muchísimas más vueltas nosotros que ellos. Las armas de 4ª categoría no se han inventado ayer.
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Por lo que me comentaron desde la asociacion armera, cuando ellos propusieron una categoria 4.3 donde meter todo lo relacionado con airsoft y paintball (en este sentido tenemos mas cosas que nos unen a las que nos separan) y desde interior dijeron que hacia falta mas que una OM para llevarlo a cabo. Dejaron entrever, que pueda llegar pronto una reforma completa del RAE mas acorde a los nuevos tiempos. El problema es que pronto, pueden ser 1,2,3, 6 años...
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Por lo que me comentaron desde la asociacion armera, cuando ellos propusieron una categoria 4.3 donde meter todo lo relacionado con airsoft y paintball (en este sentido tenemos mas cosas que nos unen a las que nos separan) y desde interior dijeron que hacia falta mas que una OM para llevarlo a cabo. Dejaron entrever, que pueda llegar pronto una reforma completa del RAE mas acorde a los nuevos tiempos. El problema es que pronto, pueden ser 1,2,3, 6 años...
Siendo este país como es , mejor no lo esperemos.
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Si bien ser optimista no ayuda mucho, ser negativos tampoco.
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Zeig , no es ser pesimista ... solo realista ;D
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Es de traca lo de "sácate una tarjeta en cada municipio" pero si el RAE dice que no se puede!
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107......... XD
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el articulo 107 del reglamento de armas hace mencion a "Armas históricas y artísticas. Armas de avancarga y de sistema «Flobert». Armas inutilizadas"
en que afecta eso a las nuestras?
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No, el 107 del régimen de las administraciones, con el que los coroneles y demás terminan cada papelada del CIPAE.
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Es de traca lo de "sácate una tarjeta en cada municipio" pero si el RAE dice que no se puede!
Eso precisamente es lo que le respondí, además de los costes y del tiempo que requiere, pero por el momento no me han vuelto a contestar.
En mi opinión no era tan difícil hacer un acuerdo en el que diga que las armas ludico-deportivas de airsoft se pueden usar fuera del municipio siempre que estén registradas, se haga en un campo autorizado y durante el transporte la réplica no esté prevenida para el uso. Y no hace falta ni cambiar la ley.
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Es tu opinión, la realidad legal es bien distinta.
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y que ley y/o reglamento rige un campo de airsoft oficial??
porque como sean los mismos que los campos de tiro de aire comprimido olvidate del 99,9999999% de los campos actuales
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Divertida sera la situación de jugar en un municipio donde NO resides y no puedes sacarte la tarjeta de ese municipio. (requisito en algunos aytos)
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y que ley y/o reglamento rige un campo de airsoft oficial??
porque como sean los mismos que los campos de tiro de aire comprimido olvidate del 99,9999999% de los campos actuales
No lo saben ni ellos, al menos aquí, si bien es cierto, que al menos en nuestra zona la GC ha repartido notificaciones informativas a los ayuntamientos donde tienen constancia de campos de airsoft.
A raiz de esas notificaciones, aparte de los permisos que ya disponíamos, nos han pedido un par más de trámites, entre ellos un proyecto urbanístico.
Por lo que parece, no van a aplicar el mismo reglamento que un campo de tiro... por suerte.
salu2
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Al final, el sentido común se impone a la burrocracia.
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Sí y no CUE, nosotros ya teníamos "sobretramites" hechos, por eso "sólo" tenemos que hacer un proyecto urbanístico (con el pago al arquitecto etc...)
Y suerte que eso ya lo teníamos ganado! los campos que tengan que hacer toooodo el papeleo (si piden todo esto) lo tendrán entretenido XD
Y sólo para poder jugar a airsoft....
Junto con esto, tenemos notificación de actividad al ayuntamiento, plan de evacuación y emergéncia, notificación con mossos, policia local, seguro Rc, el estudio medioambiental .... y... diría que nada más ^^ XD
Pero claro esto en nuestra zona... y no sé si en todos los campos, en los federados de la FCA seguro.
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Al final, el sentido común se impone a la burrocracia.
Noticias frescas hoyga!!!!
Acabo de recibir sendos correos de Interior y del Medioambiente, a cuenta del tema de las bb biodegradables, requisitos etc... en conclusion.
Interior dice, es cosa de medioambiente.
Medioambiente dice que deberian cumplir X normas ISO, peeeero que quien tiene que llevar este asunto es Interior.
El uno por el otro...
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Aquí con tal de no mojarse , unos a otros se pasan la bola de mierda pero no solucionan nada.
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A nosotros nos pidieron un certificado de biodegrabilidad de las bolas conforme directrices de la CE (si no recuerdo mal le dimos un certificado de Bioval) y otro estudio de impacto en el medio o noseque, la verdad es que ya hace unos cuantos años que nos lo pidieron (cuando cogimos el campo, y este lo tenemos desde hace 3 añitos más o menos), así que tampoco me acuerdo muy bien pero vamos que no fué complicado conseguirlos, lo que si es.... un "coñazo".
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Es que me pregunto yo que leches tiene que ver medioambiente regulando o controlando nada sobre munición para armas...y tambien me pregunto como han tenido los huevos de introducir una medida medioambiental al hacer la modificación del boe para regular un arma...que tendrá que ver la munición para el arma. Debieran haber regulado las armas por un lado y la munición por otra.
Así se dan cosas como me pasó en mi ayuntamiento al registrar mi ALD, me pidieron nada menos que una fotocopia del bote (sí del bote) de las bolas que usaba...como si despues de registrarla no pudiera utilizar otras := absurdeces de la administración.
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Yogui tio....antes de sacar la lengua a paseo informate un poquito anda....
Medioambiente esta por medio porque tu vas desparramando por ahi bolitas de un material que pudiera ser contaminante...como pasaba con el plomo de los proyectiles de armas de fuego que...por si no lo sabes...es toxico y envenena animales, plantas y acuiferos.
y si tu vas a desarrollar una actividad en mitad del campo...debes demostrar que no vas a contaminar ni joder el medio ambiente con ella.
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Yogui tio....antes de sacar la lengua a paseo informate un poquito anda....
Medioambiente esta por medio porque tu vas desparramando por ahi bolitas de un material que pudiera ser contaminante...como pasaba con el plomo de los proyectiles de armas de fuego que...por si no lo sabes...es toxico y envenena animales, plantas y acuiferos.
y si tu vas a desarrollar una actividad en mitad del campo...debes demostrar que no vas a contaminar ni joder el medio ambiente con ella.
No digo lo contrario, me parece muy bien que se regule la munición para que no sea contaminante, pero eso lo puede hacer medioambiente o el ayuntamiento a la hora de darte el permiso para jugar en el campo.
Lo que no veo lógico es que se defina en el BOE como ALD aquella que es capaz de tirar proyectiles biodegradables porque las armas no dependen de medioambiente. Podían haber puesto perfectamente que las ALD son aquellas armas capaces de tirar bolas de 6 u 8 mm. con X potencia máxima y punto, así no se lia la manta. Luego como he dicho se prohibe la munición no biodegradable y más sencillo todo.
En cuanto al plomo es altamente contaminante, pero que yo sepa no está prohibido en las armas de fuego.
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no se ha prohibido por divesas temas...entre ellos la presion del sector de caza y pesca...pero si te informas veras que ya abunda mucho la municion libre de plomo...cuando las barbas de tu vecino veas pelar...
lo de las bolas bio lo han metido porque les habra asesorado gente del mundillo y es normal...pero vamos, que no veo que tiene de malo que te obliguen a usar bolas bio en lugar del maldito PVC y mas si tenemos en cuenta que en la mayoria de campos no te dejan usar bolas no bio.
y sinceramente...si no te gusta la normativa...es bien sencillo vende/regala todas tus ald y dedicate al cultivo del champiñon
es que sencillamente no se que esperais despotricando y quejandoos de todo en un foro...pensais que asi va a cambiar algo??
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no se ha prohibido por divesas temas...entre ellos la presion del sector de caza y pesca...pero si te informas veras que ya abunda mucho la municion libre de plomo...cuando las barbas de tu vecino veas pelar...
lo de las bolas bio lo han metido porque les habra asesorado gente del mundillo y es normal...pero vamos, que no veo que tiene de malo que te obliguen a usar bolas bio en lugar del maldito PVC y mas si tenemos en cuenta que en la mayoria de campos no te dejan usar bolas no bio.
y sinceramente...si no te gusta la normativa...es bien sencillo vende/regala todas tus ald y dedicate al cultivo del champiñon
es que sencillamente no se que esperais despotricando y quejandoos de todo en un foro...pensais que asi va a cambiar algo??
Lo de las bolas bio está bien pero no es normal...no veo en el RA ningúna definición de armas en base a la biodegradabilidad de la munición que puedan usar...y digo que está bien en el sentido de que soy partidario de usar bolas bio, pero no veo porqué obligar a nadie a usar ese tipo de munición...si voy a tirar en un campo de tiro cerrado donde despues se va a barrer por ejemplo, donde está la ventaja de usar bolas bio...pero bueno, dejamos aquí el tema que esto ya está más que hablado.
En cuanto a que no esté de acuerdo con la normativa no se de donde lo has sacado...el que piense que hay cosas que se podían haber hecho mejor no quiere decir que no esté de acuerdo con la normativa...y si hay algo que creo que se podía haber hecho de otra forma lo comento y eso no es despotricar...y si no se puede hablar de nada que no se pueda cambiar pues cerramos la mitad de los hilos del foro ;D
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es que no veo logico en quejarse de que nos obliguen a usar bolas bio y luego decir que a ti te parece bien...
o sea....me da igual pero me quejo igualmente. ??? ???
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es que no veo logico en quejarse de que nos obliguen a usar bolas bio y luego decir que a ti te parece bien...
o sea....me da igual pero me quejo igualmente. ??? ???
Puedo no estar de acuerdo en que se prohiba el aborto aunque tal vez yo nunca lo practicaría...a ver si así te contesto...es un ejemplo gráfico, no tiene porqué ser verdad ni mentira, que estos temas son muy escabrosos.
El que yo no las use no quita para que piense que en determinadas situaciones el que lo desee pudiera utilizarlas ya que no se hace mal al mendio ambiente. Acaso hay que pedir que se prohiba todo lo que a uno no le gusta?? ;)
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Ah perdon...mucho mas claro...
o sea que es...digo que me da igual pero me quejo igualmente
vale vale...ahora ya me doy por enterado
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Ah perdon...mucho mas claro...
o sea que es...digo que me da igual pero me quejo igualmente
vale vale...ahora ya me doy por enterado
Que no, que no, que no te estas enterando, que no me quejo, lo que digo es que no lo entiendo ???
;D ;D ;D
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Yogi dice que es raro que un arma se catalogue por la naruraleza de sus proyectiles. Es el unico caso en el RAE, y deja poco menos que ilegalizado el uso de no bio.
Que vale, que es mejor usar bio, deacuerdo, pero por que en una galeria de tiro de ipsc no puedo usar unas bb no bio? O unas de esas bio que en europa no se pueden catalogar como tales?? Por que os recuerdo que si registrais las ALDs, y usais bolas no bio, estais haciendo una modificacion importante sobre el arma, y deja de ser un ALD. Ahora entiedes, Nelo, la tonteria de la definicio?
La pregunta que a interior y a medioambiente fue a cuenta de saber que parametros han de seguir las bb bio, pero resulta que no existe una norma como tal ni unos parametros establecidos para ello, mas que unos standares de biodegradabilidad. Ni interior pide una ISO, ni nada parecido y medioambiente, como es natural, dice que esa norma es cosa de interior y que ellos sabran a que le llaman bio.
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Esto es el cuento de nunca acabar.
A ver como pretende la GC que dispongamos de la tarjeta de armas de todos y cada uno de los municipios a los que vamos a jugar. Es una locura (además de un pastizal tremendo).
Pero es que además, no tiene sentido.
Vamos a ver. Se supone que el nº de serie de nuestras réplicas lo autoriza la GC, lo graba el armero y con ello sacamos la correspondiente tarjeta en nuestro ayuntamiento. Ese nº de serie YA está en conocimiento de la GC. ¿Cuántas veces quieren que aparezca la misma réplica en sus archivos? ¿una docena?
Esto ya pasa de forma similar con las carabinas del calibre .22
Resulta que ese tipo de armas, se puede guiar con la licencia tipo "E" que es una licencia para armas de caza. Pues bien, tu llegas, te sacas la licencia de caza correspondiente, tienes tu licencia "E" en vigor, te compras una carabina del .22 y te llegan los cachondos de la GC y te dicen: "Es España está prohibido cualquier tipo de caza con este calibre"
¿Comooooorrrrr???
Pues si. Te puedes comprar el arma. La puedes guiar y poner los paepels en regla. Y te la puedes meter por el cu*o porque no te dejan cazar con ella.
Coño ¿no sería más fácil no permitir guiar ese tipo de armas con esa licencia y se acaba el asunto?
Pues no. En España si no hacemos las cosas mal no estamos contentos.
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Es que incongruencias como esa de la E y el 22 pasan prácticamente con todo lo que "interpreta" la Guardia Civil o mejor dicho el ICAE, con las armas de cartuchería metálica y la AE también pasa algo muy gracioso, puedes adquirir el arma, pero no podrás encontrar munición puesto que las mentes pensantes del ICAE "recomiendan", así como suena, tipo mafía, a las armerías que no las vendan.
La Guardia Civil (el ICAE) que en otros muchas tarea realiza una labor encomiable, aquí la fastidia pero bien.
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Yogi dice que es raro que un arma se catalogue por la naruraleza de sus proyectiles. Es el unico caso en el RAE, y deja poco menos que ilegalizado el uso de no bio.
Que vale, que es mejor usar bio, deacuerdo, pero por que en una galeria de tiro de ipsc no puedo usar unas bb no bio? O unas de esas bio que en europa no se pueden catalogar como tales?? Por que os recuerdo que si registrais las ALDs, y usais bolas no bio, estais haciendo una modificacion importante sobre el arma, y deja de ser un ALD. Ahora entiedes, Nelo, la tonteria de la definicio?
La pregunta que a interior y a medioambiente fue a cuenta de saber que parametros han de seguir las bb bio, pero resulta que no existe una norma como tal ni unos parametros establecidos para ello, mas que unos standares de biodegradabilidad. Ni interior pide una ISO, ni nada parecido y medioambiente, como es natural, dice que esa norma es cosa de interior y que ellos sabran a que le llaman bio.
Uno que me entiende, menos mal ;D
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Nueva respuesta del ICAE, Según ellos no hay contradicción en que la tarjeta de armas sola pueda expedirla el ayuntamiento de tu residencia y que necesites una en cada municipio al que vayas a jugar ??? por lo que hay que sacar una tarjeta en cada municipio que quieras jugar.
(http://s17.postimg.org/mj1tvkrij/cosa.jpg) (http://postimg.org/image/mj1tvkrij/)
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(http://www.latostadora.com/generados/tiendas/14520/dibujos/193021.jpg)
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Malkavian, la próxima vez que les mandes un email, les citas la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, publicada en el BOE número 80 del 3 de Abril de 1985, y con vigencia desde 4 de Abril de 1985, con una última revisión si no recuerdo mal el 6 de Marzo del 2011...
Ya hemos hablado en exceso de éste tema en otros hilos, pero te lo refresco: para este objeto de poder tener tarjetas en cada municipio del que pretendamos poder practicar aire suavismo, tendríamos que estar empadronados en todos los municipios en los que quisiéramos sacarnos las tarjetas, y eso a día de hoy, aparte de ilegal, es sancionable por la ley con multas de diversa cuantía.
Las leyes que regulan el padrón (se trata de la ley 4/1996, de 10 de enero, que modificó la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que modificó el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio) establecen que toda persona sólo puede estar empadronada en un municipio, que debe ser en el que se reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio deberán inscribirse en el que residan durante más tiempo al año.
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No creo que responda más, tengo la impresión de que sería como seguir dándose cabezazos contra el mismo muro ya que para el Coronel Angel Moreno es posible sacarse la tarjeta en otro municipio y además debemos hacerlo, igualmente gracias por el aporte.
Se que se ha hablado mucho del tema ya, pero bueno, fue una consulta que hice el 30 de Enero, y que me respondieron hace 10 y empece el hilo por si podía aclararse algo más. Aunque se ve que no :-\
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No creo que responda más, tengo la impresión de que sería como seguir dándose cabezazos contra el mismo muro ya que para el Coronel Angel Moreno es posible sacarse la tarjeta en otro municipio y además debemos hacerlo, igualmente gracias por el aporte.
Se que se ha hablado mucho del tema ya, pero bueno, fue una consulta que hice el 30 de Enero, y que me respondieron hace 10 y empece el hilo por si podía aclararse algo más. Aunque se ve que no :-\
Esto es asi, a ver si desde arriba dan un toque y se enteran de una puta vez en todas las comandancias como actuar.
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No creo que responda más, tengo la impresión de que sería como seguir dándose cabezazos contra el mismo muro ya que para el Coronel Angel Moreno es posible sacarse la tarjeta en otro municipio y además debemos hacerlo, igualmente gracias por el aporte.
Se que se ha hablado mucho del tema ya, pero bueno, fue una consulta que hice el 30 de Enero, y que me respondieron hace 10 y empece el hilo por si podía aclararse algo más. Aunque se ve que no :-\
Malkavian, desde cada Administración te contestan con lo que tienen, pero lo que no es posible, es que desde una Central, te contesten con algo que a todas luces es imposible de completar. No digo que ya que se tengan que conocer cada punto y cada coma de todas las leyes habidas y por haber, pero si es cierto que se producen incongruencias, y ésta es una de ellas. El ICAE vela y hace cumplir el Reglamento de Armas, eso es ineludible, por lo que es totalmente posible que se de el caso de que desconozcan los entresijos por los que se mueven los y pico mil ayuntamientos, pero al menos sí que deberían de conocer al menos los básicos, y no digo ya de respetarlos. En el mismo Reglamento, te deja muy claro que las competencias directas en la localidad de origen del jugador para armas de 4º categoría, quedan de manos del alcalde, máxima autoridad municipal, y no el ICAE de zona.
No te preocupes, que prefiero que sigas aportando, lo que pasa que esto mismo que has hecho ya lo han movido otros compañeros con idénticos emails, y les han dado las mismas respuestas que a tí, con lo que aplaudo tu esfuerzo y dedicación.
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Yo creo que respecto a este asunto es normal que cada vez salga alguien nuevo preguntando y aportando cosas, pero vuelvo a repetir a día de hoy nuestras obligaciones como airsofters son:
1-Obtener una tarjeta de armas del municipio donde resides para tu replica
2-Obtener una tarjeta de armas del municipio al que pertenece al campo al que vas a utilizar la replica.
3-Transportar la replica de forma responsable y como ya se indicó (en una funda, sin cargadores, sin bateria etc...)
Por favor no volvais a decir lo de que no puedes tener tarjeta de un municipio en el que no estes empadronado porque por ejemplo en Escalona (Municipio al que perteneces La Granja) ya se puede uno sacar la tarjeta sin necesidad de estar empadronado, sin pagar tasa y sin psicotecnico. Miembros de mi equipo y otros amigos de este mundillo ya tienen sus dos tarjetas gracias al escrito que se consiguío y que por ello el Ayuntamiento accedió a conceder las tarjetas sin necesidad de empadronamiento:
(http://i45.tinypic.com/2s1rsbk.jpg)
Esto es realmente lo que dice la Dirección General del I.C.A.E. (Departamento de Normativa) que es necesario tener para cumplir con la normativa vigente ya que ellos que son los encargados de hacer cumplir dicha normativa y de dar respuesta a las consultas que se realicen.
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¿Tu qué parte del art. 107 no sabes interpretar? Madre mía cómo estamos todavía.....
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¿Tu qué parte del art. 107 no sabes interpretar? Madre mía cómo estamos todavía.....
Yo te digo como lo interpreta la Maxima autoridad ENCARGADA DE HACER CUMPLIR LA NORMATIVA y que me dice que sus interpretaciones y matices prevalecen a lo que falte por interpretar o aclarar en el art. 107, por lo que yo no es que no sepa interpretar es que algunos o no estais enterados o no os quereis enterar, pero allá cada uno. Ir con las replicas por ahí como vosotros querais que luego ya pagaremos justos por pecadores.
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Por enésima vez.... Es una lectura e interpretación individual sin más valor que ese, leer de viva voz el reglamento. No sienta precedente, acuerdo o norma ni refrenda, corrige o contradice reglamento alguno porque no es más que una consulta particular y sólo válida para el que la solicita.
Por mucho insistir con un hecho particular no lo convierte en norma para todos.
Decir que si no se hace como tú dices es perjudicar a todos suena a coacción de patio de colegio. Si alguien sale perjudicado por no hacer las cosas bien respecto de las tarjetas se perjudica a si mismi. Usarlo como argumento... tela.
Por último, si muestras un documento no lo edites, ni añadas marcas de agua, porque es un documento legal y lo alteras para darte bombo.
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Por enésima vez.... Es una lectura e interpretación individual sin más valor que ese, leer de viva voz el reglamento. No sienta precedente, acuerdo o norma ni refrenda, corrige o contradice reglamento alguno porque no es más que una consulta particular y sólo válida para el que la solicita.
Por mucho insistir con un hecho particular no lo convierte en norma para todos.
Decir que si no se hace como tú dices es perjudicar a todos suena a coacción de patio de colegio. Si alguien sale perjudicado por no hacer las cosas bien respecto de las tarjetas se perjudica a si mismi. Usarlo como argumento... tela.
Por último, si muestras un documento no lo edites, ni añadas marcas de agua, porque es un documento legal y lo alteras para darte bombo.
Por partes:
1- Es una consulta particular pero la contestación es de la maxima autoridad competente a este asunto a nivel Nacional para que todos así la cumplamos no es que lo diga yo, porque para eso aporto documento oficial.
2- Si tanto te gusta llevar la contraria con tu humilde y respetable opinión sobre las interpretaciones y matices que hace la Dirección General del I.C.A.E. sobre el art 107, ¿ porque no mandas aquí un informe expedido por este Ente confirmando lo que tú dices como hago yo? Creo que es una buena manera de convencernos a todos de que estos se equivocan y que no valen para nada sus interpretaciones y matices.
Gracias.
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El art107, búscalo. Moléstate y verás que cualquier documento emitido por quien sea, si hace referencia literal (como en este caso) sólo tiene valor informativo y no complementa norma alguna. Hoy a quien respondía puede decir X y mañana a mi Z.
Pero sigues obcecado pensando que has encontrado la piedra filosofal cuando SOLO sirve para Escalona y un campo concreto. Que casualidad hoygan xD.
Y te lo vuelvo a repetir, manipular textos legales queda feo :)
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venga vale tío resulta que los documentos oficiales pa ti no vale nada y lo que tu dices va a misa, esto no solo vale para Escalona, vale para cualquier ayuntamiento al que tu lo lleves, el problema es que obcecados como tu no dan su brazo a torcer no lo presentan, sigue anticuado que los demas ya nos sacamos las tarjetas en los municipios de los campos a los que vayamos a jugar.
Ale ya paso de seguir porque madre mia esq no dan el brazo a torcer ya ni por asomo, que pesadez. Yo me he molestado en moverme y he conseguido mis resultados conseguir las dos tarjetas en ambos municipios (en uno sin necesitar padron por presentar este documento que aprovó el cuartel de la guardia civil y el propio alcalde del municipio por darlo por valido al consultarlo en ICAE)
Pero nada nada seguir erre que erre erre que erre. Por dios bendito os traemos algo que os puede servir y que ya hay pruebas de que ha valido y gente como tu con pensamientos retorcidos de que si el art. 107.
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En realidad tener la tarjeta en tu municipio no sirve de nada si no hay campo, ya que para tenerla en tu casa no necesitas la tarjeta y para transportarla y jugar en campo X con la tarjeta del municipio del campo X según las contestaciones estamos cubiertos.
yo, ya como muchos, estoy cansado del tema, porque según donde preguntes te van a decir una cosa.
A mi en intervención de armas de Torrejón por ejemplo me dijeron que si me cojían fuera de mi municipio con una tarjeta de armas de alli pero en mi dni pone que soy de otro municipio me podían multar con la ley en la mano.
En la respuestas del ICAE me dicen otra cosa.Por lo que todo esto se resumirá al día en que tope con la ley, el funcionario de turno aplicara su criterio y yo ya protestaré con lo que pueda.
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Yo no digo que no valga para nada. Aseguro que sólo es una respuesta. ¿Qué luego alguien en un caso particular se lo aceptan y cuela en ese ayuntamiento sin padrón? Genial por él. Pero para el resto, el 99% de los municipios NO.
Y como te dice el compañero, cualquier GC, local, IA o sunsuncorda con la ley en la mano (que es lo que cuenta y no respuestas a particulares) te crujen si quieren. Por lo que tu solución sólo te sirve a tí porque tú lo dices y soslayando el reglamento de armas.
Además intenta debatir y no eludir cuestiones apoyándote en falso altruismo.
Ya canta mucho como hablas de "nosotros" y como has manipulado el documento. Si quieres darte bombo encuentra una solución para todos y no la tuya particular ni nos la metas por los ojos. A mi e imagino que al resto del mundo le es indiferente que tu vayas con dos tarjetas que solo te sirven para la granja.
Hay miles de campos. Lo tuyo no es una solución, no llega ni a parche, más bien a treta.
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Malkavian, si lo que dices es cierto quedamos como tontos todos los que hemos registrado réplicas en nuestros municipios... y el municipio de Escalona se va a forrar de ahora en adelante... ???
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TheMagician, si claro, serán millones de jugadores los que acudirán veloces a sacar desde toda España tarjetas en Escalona que sólo le sirven supuestamente para La Granja.........
Hay consultas al ICAE a patadas y son eso, consultas, no la panacea..
No será ni el primer ni el último papelote que aparece en este y otros foros que luego queda en agua de borrajas porque la gente lee en ellos lo que les apetece y obvia detalles importantísimos.
Un ejemplo, cuando se aseguraba reglamento de armas en la mano que dice limitar a 2 réplicas máximo las que podemos transportar y ronda por ahí o gente haciendo referencias al articulado del reglamento donde lo dice. Luego si lees al detalle pone TRÁNSITO limitado a 2 armas desmontadas. Tránsito es un régimen aduanero, acudes a la legislación de referencia y ves que no tiene absolutamente nada que ver con lo nuestro y es un régimen a la importación temporal sin despacho en la UE. Otro bluf. Pero hay quien sigue empecinado porque como le ha llevado un trabajo y no se sabe bien el interés que tiene en insistir... pues erre que erre ignorando lo que significa el art107 de la LEY (ni om ni reglamento, tiene rango de LEY) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. "Este escrito tiene únicamente efectos informativos" Yo no se dónde ve alguien ahí que esto deroga, complemente, corrige, acuerda, determina, sienta criterio.....
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y el municipio de Escalona se va a forrar de ahora en adelante... ???
La obtención de la tarjeta en Escalona es totalmente GRATIS.
Solo reflejo el hecho, no entro en polémicas, puesto que cada parte lleva su - perdón por la redundancia - parte de razón.
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Una pregunta, entonces según algunos, ¿si me tengo que sacar tarjetita de marras en el campo al que voy a jugar, me la tengo que sacar también en los municipios por donde vaya a pasar de camino a la partida?
¿Y si me voy a jugar a Galicia desde Mrid, me empadrono en todos los sitios por los que me marque el Google Maps?
Son unos cuantos municipios eh? ;D
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Una pregunta, entonces según algunos, ¿si me tengo que sacar tarjetita de marras en el campo al que voy a jugar, me la tengo que sacar también en los municipios por donde vaya a pasar de camino a la partida?
¿Y si me voy a jugar a Galicia desde Mrid, me empadrono en todos los sitios por los que me marque el Google Maps?
Son unos cuantos municipios eh? ;D
(http://img2.mlstatic.com/combo-cartas-magic-the-gathering-carpetas-y-mazos_MLV-O-4114286956_042013.jpg)
Te recomiendo uno de estos para llevar las tarjetas.
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A la Administración y a las FFCC de Seguridad del Estado "les va a encantar" verte empadronado en tantos municipios... contando con que te dejen eso sí... :=
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El problema que yo veo es que el RA en cuanto a la regulación de la 4ª categoría es muy anterior a la existencia del airsoft y no se por que extraña razón cuando hicieron la legislación no querían que se sacaran las armas de 4ª del propio domicilio de residencia. Me temo que va a ser cierto eso de que solo se van a poder usar en el domicilio de residencia y que todo lo demás van a ser parches para bordear la ley...espero estar equivocado :=
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Otra pregunta y ya en serio; como ya han comentado antes, los que practican con armas de aire comprimido y van a competiciones fuera de su municipio ¿Qué hacen, se sacan las tarjeta de donde van a ir, piden una guía para llevarla, con la tarjeta de su municipio les vale...?
Porque si su caso es el mismo y es obvio que ellos las transportan sin mayor problema, se podria hacer lo mismo que ellos, no?
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Malkavian, si lo que dices es cierto quedamos como tontos todos los que hemos registrado réplicas en nuestros municipios... y el municipio de Escalona se va a forrar de ahora en adelante... ???
Así me quede yo con la contestación, porque yo solo tengo las tarjetas de mi municipio y me han costado un buen dinero.
Lo que yo quería cuando hice la consulta es que me dijeran que el acuerdo del cipae que permitía transportar el arma fuera del municipio seguía en vigor y que con tener la tarjeta en mi municipio estaba cubierto, por lo que lo que me contestaron no me solucionó nada.
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Confundimos términos. Eres libre de transportar tus réplicas fuera de tu municipio, a taller, a venta, a reparar.
Pero si las sacas de tu municipio para hacer uso de ellas es competencia del Ayuntamiento en el que te encuentres en ese momento y por lo tanto exigir o no tarjetas a no-empadronados.
A mi ni el CIPAE, ni el teniente coronel, ni perico el de los palotes me puede obligar a sacarme una tarjeta en un municipio donde sólo se las exijan a los empadronados. No hay conflicto, no hay contradicción, es sólo oportunismo y conveniencia de algunos levantar liebres absurdas sobre sacarse tarjetas donde quiera que vayas.
Te vienes aquí por ejemplo a La Junta de Voto, dónde sólo expiden tarjetas a empadronados, por lo que obviamente salvo prohibición de practicar airsoft en el municipio (que no existe y de hecho yo tengo un campo de juego) ni la GC, ni los locales ni nadie te exigirá que tengas tarjeta expedida en este ayuntamiento.
Más bien alguien ha hecho que en Escalona para jugar a airsoft ahora haya que sacarse la tarjeta en su municipio por cojones.
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Más bien lo que han conseguido las personas que se han molestado en consultar al ICAE y al Ayuntamiento es que la tarjeta les salga total y absolutamente gratis a las personas que por una u otra razón no disponen actualmente de demasiado dinero y que a la gente a la que en su municipio se niegan a expedir la tarjeta por que al Sr. Alcalde no le sale de los concejales el facilitarla, tengan la posibilidad mínima de tener sus ALDs registradas.
Pero por supuesto, cada uno tiene su propia opinión, digna y respetable.
La GC tiene cosas mucho más importantes de que ocuparse que de buscar tarjetas "por cojones".
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Que sean gratis o no depende únicamente del ayuntamiento.
Pero volvemos a lo mismo, sacarlas donde no se está empadronado es un sinsentido.
Si no te puedes sacar las tarjetas en todos los ayuntamientos con campo a los que quieras ir a jugar porque exigen estar empadronado es por algo.
Si casual y únicamente en Escalona y La Granja se da este caso a mi me parece estupendo pero no es ejemplo de nada ni le sirve de nada al resto. Sólo sirve exclusivamente para jugar allí y desde luego no es una solución válida para nadie más. No entiendo la insistencia ni los vítores a quien haya conseguido eso porque no tiene repercusión alguna para el resto. Más bien es un obstáculo para quien no juegue allí habitualmente ya que en adelante si sigue la cosa así, por muy gratis que sea, al final la gente no irá por no tener que perder el tiempo sacándose la tarjeta para ese ayuntamiento.
Querer justificarlo todo con un papel que no tiene valor alguno más que como lectura del reglamento sin base jurídica para trámite alguno posterior, es bastante pobre. Que cuele ahí es una cosa, que se pueda extrapolar al resto es dudoso. Id a Madrid, Cuenca o a Bilbao y pasadles ese documento a los alcaldes respectivos que ya están exigiendo padrón, se van a descojonar vivos. Ya no digamos a la IA de turno competente que va a decir que eso es su coto y se hace lo que ellos digan.
A mi me huele todo a autobombo de una situación y gestión concreta y publicidad de una falsa seguridad en un campo concreto.
Otra cosa es que se esté sugiriendo indirectamente sacársela ahí gratis porque no te puedas permitir pagar tasas, psicotécnicos y demás en tu correspondiente ayuntamiento, lo cual es promover un delito.
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Yo también me moví hace algún tiempo y pregunte al ICAE todas las dudas. De su contestación me quedo claro lo siguiente:
- Aunque el ayuntamiento diga lo contrario todas las ALDs a registrar tienen que pasar por armero registrado.
- Que se debe solicitar la tarjeta de armas de 4ª Categoría donde uno este empadronado.
Y por supuesto esto último me lo ratificaron en la Policía Local de donde vivo. Así que yo me fío de la información que me han dado esas dos instituciones.
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- Aunque el ayuntamiento diga lo contrario todas las ALDs a registrar tienen que pasar por armero registrado.
Ya que te lo dijeron a tí se lo podrían decir también a los ayuntamientos ¿no?
Es de risa, la máxima autoridad en cuanto a armas se refiere y no son capaces de ponerse en contacto con los "encargados" de registrar las "armas"... No digamos ya el ponerse de acuerdo entre las distintas Intervenciones de Armas...
Así pasa, que la mayoría de los Ayuntamientos no tienen ni pajolera idea... y como preguntar e informarse antes tampoco es lo suyo...
De verdad que cada día me gusta más como funciona este país... y aumentan las ganas de largarme por este tipo de cosas y otras 1000 que solo ocurren aquí, en "Españistán".
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también depende un poco del interes de los Ayuntamientos y Policias Locales, a mi concretamente me paralizaron la tramitacion de la tarjetita porque estaban teniendo reuniones policia local y guardia civil y hasta que no sacaron conclusiones no entregaron tarjeta alguna.
De esas reuniones una de las cosas claras que sacaron es que todas y cada una de las réplicas debian pasar por armero, independientemente de que lleven número de série único o lo que sea y si no es así en Sanse no registran.
Que en otros Aytos. no lo exijan ??, lo mismo es que tampoco se estan preocupando mucho y en vez de ser una comidad para el interesado al final sea una faena lo que te hacen.
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Creo que he encontrado algo que nos puede arrojar un poco de luz sobre el asunto.
En vista de que no nos ponemos de acuerdo sobre la validez de las tarjetas de armas para jugar fuera del domicilio de residencia he decidido consultar como está el asunto para las carabinas de aire comprimido de 4ª que al fin y al cabo llevan años compitiendo en tiro olímpico con problemas idénticos a los que tenemos ahora.
He hecho la consulta en el foro Airecomprimido.net aprovechando que estaba registado ya en el. Un usuario me ha puesto un enlace de un club gallego de aire comprimido el cual en su día hizo una consulta con diversas dudas el CIPAE y tienen colgado el escrito con la contestación en su web.
Analizando este escrito he llegado a varias conclusiones:
1. El CIPAE cada vez que alguien le hace una consulta crea un archivo con la contestación, de tal manera que de alguna forma la decisión que han tomado tras reunirse acerca del tema que les han consultado, por decirlo de alguna manera que se entienda, crea jurisprudencia para el propio CIPAE, de tal forma que siempre que alguien vuelve a preguntarles por lo mismo se remiten al acuerdo tomado en su día.
Está claro como ya se ha comentado varias veces por aquí, que cada respuesta del CIPAE a un ciudadano es única y solo sirve para ese caso, pero teniendo en cuenta lo anterior, cada vez que otro ciudadano hace la misma consulta la respuesta va a ser idéntica, por lo tanto esas decisiones son la base para determinar como van a aplicar la ley en caso de sanción y son transmitidas a la GC como criterios a seguir.
2. El responsable para dar las tarjetas es el alcalde, eso ya lo sabemos. Las tarjetas en un principio se sacan en el domicilio de residencia y solo valen para usar y recalco lo de usar en el domicilio donde se han expedido.
3. Para transportar un arma de 4ª no hace falta documentación alguna, basta con que vaya en su funda y sin munición.
4. Un arma de 4ª categoría no puede ser usada fuera del municipio donde se ha expedido la tarjeta. Aquí se da una paradoja, si hay que sacarla en el domicilio de residencia y si resulta que ese municipio no tiene campo preparado para tal fin se puede considerar que es un absurdo que un alcalde conceda una tarjeta para un arma que al fin y al cabo con la legislación vigente no se puede usar, pues el ayuntamiento no tiene una zona acondicionada. Por otro lado por razones especiales como competiciones y puestos de tiro de feria, puede darse el caso que incluso habiendo campo habilitado en el domicilio de residencia sea necesario usar las armas en otro ayuntamiento. Aquí es donde el escrito del CIPAE da una solución que es la que nos puede interesar.
5. Cuando sea necesario usar y reitero de nuevo lo de usar ya que para transportar no es necesaria documentación alguna, un arma de 4ª categoría en otro domicilio, consideran que el ayuntamiento donde se va a jugar o ser usada puede expedir un permiso temporal u ocasional para que se puedan usar en ese ayuntamiento. En el escrito deberá constar el número serie de cada arma y el nombre del propietario o entiendo yo que de ser diferente el que la va a usar. En el mismo escrito constaran todos los participantes con sus correspondientes armas.
Esta interpretación la hizo el CIPAE ante la necesidad de transportar carabinas para las barracas de feria, teniendo en cuenta que los feriantes cada poco se trasladan a un municipio les dio la posibilidad de que fuera el alcalde de ese municipio quien les autorizara temporalmente a que se usaran las carabinas en dicho lugar. Luego por semejanza en el caso de competiciones han interpretado que este criterio puede ser aplicable en tal caso.
Con todo ésto creo que sacando la tarjeta estamos cubiertos en nuestro municipio, para transportarla no nos pueden decir nada y si hay redada en el campo de juego teniendo un escrito del alcalde en que esté ubicado dicho campo donde consten todos los participantes y sus ALD estariamos perfectamente cubiertos.
Creo que a la hora de pedir los permisos al ayuntamiento para una partida se podía incluir este escrito y no tendríamos porque tener problema alguno, eso sí, las partidas habría que solicitarlas posiblemente con un poco más de tiempo. Una copia de este escrito podría llevarla en el transporte cada jugador y así poder justificar si le paran por el camino donde va, ayudaría mucho para evitar problemas con la GC.
Aquí se puede dar una paradoja y es que si nunca juego donde resido con la autorización temporal del alcalde donde voy a jugar no tendría ni tan siquiera necesidad de tener tarjeta del primero, pero creo que ir sin nada daría lugar a tener que dar muchas explicaciones, luego no está de más sacarse la tarjetita.
Esto no es descabellado, teniendo en cuenta que en el hipotético caso de que en el campo de juego por desconocimiento de esta normativa nos denunciara la GC el que tiene la potestad para sancionar al final es el Alcalde de ese municipio, luego si el nos ha dado autorización aunque haya denuncia esta se archivará.
Os pongo un enlace tanto al foro de Airecomprimido.net como al Club de aire comprimido Rias Baixas por si alguien quiere ver el escrito de primera mano...se puede descargar, para los precabidos como yo no estaría de más llevar una copia encima.
http://airecomprimido.net/portal/viewtopic.php?f=1&t=32891&p=277031#p277031
http://acriasbaixas.com/web/respuestas-oficiales-intervencion-de-la-guardia-civil/?pid=25
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Ahora viene el "pero". Si te fijas en esos documentos no existe mención al art. 107 del régimen blalbablblablablbla administraciones bablblablablabla que viene a decir que no sirve para nada. Barracas y competiciones de tiro, chachi piruli.
Vamos que eso si es una aclaración y lo nuestro con el 107, específico de airsoft, tararí que te vi.
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No BOE no party
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Ahora viene el "pero". Si te fijas en esos documentos no existe mención al art. 107 del régimen blalbablblablablbla administraciones bablblablablabla que viene a decir que no sirve para nada. Barracas y competiciones de tiro, chachi piruli.
Vamos que eso si es una aclaración y lo nuestro con el 107, específico de airsoft, tararí que te vi.
Zeig, no hace falta que haga mención al airsoft, hace mención a las armas de 4ª categoría, las de airsoft se han incluído en la 4ª categoría, luego, le es aplicable...no van a hacer una interpretación diferente para el airsoft que para el resto de 4ª. Habla del uso de armas de 4ª categoría fuera del domicilio de residencia que es nuestro caso, me quedo con eso.
No obstante recuerdo lo dicho, el que va a sancionar en un campo es el alcalde del municipio donde esté ese campo, si el nos da un papel donde dice que autoriza a fulanito y menganito a usar tal y cual arma en su municipio tiene la misma validez que si les hiciera una tarjeta de armas...cosa que como ya se ha hablado cogiendo el RA a rajatabla sería inviable. Para que se entienda, ese documento sería como hacer una tarjeta de armas provisional para un día a todos los jugadores de una partida y así se obviaría la coletilla del RA donde dice que las tarjetas se harán en el domicilio de residencia. No resides en el ayuntamiento del campo pero el alcalde te deja usar la ALD ese día.
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Esa informacion me la confirma un compañero que competia con aire comprimido...me dice que cuando salia a una competicion le expedian un papelito donde ponia fecha y ubicacion de la competicion y que las autoridades del lugar tenian conocimiento de quien y que armas portaban.....o sea que si el campo al wue vamos tiene todos los permisos correspondientes y la g.c de la zona ha dado su visto bueno no deberia haber problemas aunque no estes en tu domicilio....pero esto no esta reflejado de forma oficial....asi que sigue estando todo en el aire
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Sanciona la delegación del gobierno a instancias de la GC. El ayuntamiento puede decir misa y firmar lo que quiera que sin la preceptiva tarjeta lo demás no sirve de nada. Nosotros no vamos a una competición, a ver si ahora de repentte somos deporte..... Que no se puede extrapolar caballeros.
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si se puede zeig.
o sea...si tanto la G.C como el ayuntamientyo tiene autorizado ese campo y tienen conocimiento de que alli van a ir personas de otros municipios y todo eso esta autorizado por escrito...no DEBERIA haber problemas.
seamos serios hombre...antes no teniamos tarjeta y no nos daban por culo cada fin de semana...porque de repente nos entra la neura??
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Ahí Nelo tiene razón Zeig, son los alcaldes los que pueden autorizar la utilización de armas de 4a categoría en los recintos que se estimen oportunos, previo aviso y conocimiento de las autoridades claro está. ¿Me pareció leer esto en el RA?
Lo cual supone que si un recinto tiene los permisos no debería haber problema. Aunque esto no resuelva del todo la cuestión del uso fuera del municipio de residencia pero bueno... si les vale a los de aire comprimido ¿porque a lo nuestro no?
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Airsoft Gijon tenia todos los permisos, entró el seprona y 300€ por cabeza.
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Sanciona la delegación del gobierno a instancias de la GC. El ayuntamiento puede decir misa y firmar lo que quiera que sin la preceptiva tarjeta lo demás no sirve de nada. Nosotros no vamos a una competición, a ver si ahora de repentte somos deporte..... Que no se puede extrapolar caballeros.
Zeig, quien te ha dicho que sanciona la delegación de gobierno??
El que sanciona es el organismo competente para emitir la autorización, si es el alcalde el que es competente para emitir una tarjeta de armas es el alcalde el competente para sancionar si en su municipio se una un arma de 4ª sin tarjeta o con tarjeta no válida. Y sino mira el caso reciente de Barcelona, al final las ALD que incautó la GC donde acabaron??...en el ayuntamiento.
Otra cosa era antes del BOE, si te consideraban la ALD como arma peligrosa te denunciaban por ley de seguridad ciudadana, eso si lo tramitaba en la mayoría de los casos los gobiernos autonómicos, que tampoco las delegaciones de gobierno. Ahora ya no tenemos un arma prohibida, tenemos un arma reglamentada que en todo caso no tendremos con la correspondiente documentación en regla para utilizar, no confundamos téminos...este es precisamente el mayor avance que creo yo que hemos tenido con el BOE, hemos dejado de tener armas prohibidas en casa...eso parece que nadie valora, pero es el gran avance, repito, que nos ha dado el BOE...aparte de mil quebraderos de cabeza ;D.
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Un gran avance ... para tenerlas en casa ;D
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Un gran avance ... para tenerlas en casa ;D
No seamos catastrofistas, si no las hemos dejado en casa cuando podían ser consideradas armas prohibidas no las vamos a dejar ahora. La cosa no estará clara, no estará bien hecha, pero estamos mil veces mejor que antes.
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Yogui repasa los procedimientos sancionadores existentes en el hobby. Todos delegación.
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En puridad, según el actual reglamento de armas, circular sin la correspondiente licencia de arma de 4ª se considera falta leve (hasta 300,01 €) y puede ser sancionada indistintamente por delegación o por el ayuntamiento. Ambos son competentes.
Otra cosa distinta es que sea la delegación la que suela hacerlo...
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Las intervenciones de la GC pasan por delegación. El ayuntamiento no aplica el RAE, aplica sus ordenanzas municipales.
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Me limito a explicar el regimen sancionador que viene en el propio reglamento de armas...
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Y yo la práctica real xD
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Ya, pero me dices esto
El ayuntamiento no aplica el RAE, aplica sus ordenanzas municipales.
Y no es verdad. El ayuntamiento puede sancionar respecto a determinador articulos del RAE...
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Si aplicaran el RAE no estaríamos en esta situación.
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Airsoft Gijon tenia todos los permisos, entró el seprona y 300€ por cabeza.
si multo el seprona es porque se estaba haciendo la actividad en terreno protegido...por lo que no se contaba con todos los permisos.
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No. Se multó por portar las réplicas, incluso nombraban los nºs de serie de las "armas" no por ser zona protegida. Se podían visitar las denuncias y actuación de la delegación del gobierno en su web hasta hace poco pero la tienen caída.
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Las intervenciones de la GC pasan por delegación. El ayuntamiento no aplica el RAE, aplica sus ordenanzas municipales.
Infracciones leves ayuntamiento, infracciones graves o muy graves gobierno autonómico...consultado en mi ayuntamiento.
De todas formas tampoco tiene importancia quien sancione, si hay un permiso del alcalde de la localidad donde se juega que según interpreta el CIPAE es válido para usar armas de 4ª en ese localidad directamente no existe infracción, luego nadie debiera requisar réplicas y si lo hace por desconocimiento, con el correspondiente recurso ya las devolverán.
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No. Se multó por portar las réplicas, incluso nombraban los nºs de serie de las "armas" no por ser zona protegida. Se podían visitar las denuncias y actuación de la delegación del gobierno en su web hasta hace poco pero la tienen caída.
el seprona se comporta a todos los efectos como la G.C?? pense que ellos solo se metian en temas medioambientales, de caminos y esas cosas.
a mi lo que me comentaron de cara a hacer un campo de juego es que tienes que tener permiso por escrito del dueño del terreno, del ayuntamiento, de la G.C y del Seprona....este ultimo para evitar movidas medioambientales con lo del terreno protegido, zonas de reproduccion de aves y demas mandangas
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Las intervenciones de la GC pasan por delegación. El ayuntamiento no aplica el RAE, aplica sus ordenanzas municipales.
Infracciones leves ayuntamiento, infracciones graves o muy graves gobierno autonómico...consultado en mi ayuntamiento.
De todas formas tampoco tiene importancia quien sancione, si hay un permiso del alcalde de la localidad donde se juega que según interpreta el CIPAE es válido para usar armas de 4ª en ese localidad directamente no existe infracción, luego nadie debiera requisar réplicas y si lo hace por desconocimiento, con el correspondiente recurso ya las devolverán.
Si, pero ya es un tiempo que tu estás sin la réplica, amén de que no se extravíe, le pase algo, etc... en fin, una putadaXD
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Eso está por ver. Retomando un aporte común en otros hilos... Existe la posibilidad (más que probable) de que el ayuntamiento haya expedido tarjetas y permisos que no respetan el RAE que tiene rango de Ley y no puede ser contravenido por una ordenanza municipal ni papelito expedido por alcalde alguno.
Me refiero a no pedir padrón, no exigir numeración de armero y otros aspectos regulados por el RAE y que por aquí la gente gusta de saltarse lanzando vítores y alabanzas a quien lo consigue.
Ese si que es el problema, creer que por un papelito bajado de interneee o firmado por un alcalde te vas a librar si la autoridad decide ser estricto o que el trámite es definitivo.
Los ayuntamientos pueden decir misa, esto les viene muy grande, más que nada porque no han usado el RAE ni para calzar una silla y nosotros detrás como borregos.
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No. Se multó por portar las réplicas, incluso nombraban los nºs de serie de las "armas" no por ser zona protegida. Se podían visitar las denuncias y actuación de la delegación del gobierno en su web hasta hace poco pero la tienen caída.
el seprona se comporta a todos los efectos como la G.C?? pense que ellos solo se metian en temas medioambientales, de caminos y esas cosas.
a mi lo que me comentaron de cara a hacer un campo de juego es que tienes que tener permiso por escrito del dueño del terreno, del ayuntamiento, de la G.C y del Seprona....este ultimo para evitar movidas medioambientales con lo del terreno protegido, zonas de reproduccion de aves y demas mandangas
Bueno por partes.
-El SEPRONA son GC y a todos los efectos pueden sancionar como cualquier otro agente. Por aquí algún colaborador lo puede corroborar.
-Portar armas sin tarjeta o que no sean válidas a su juicio siempre es GRAVE, por lo que siempre acabará todo en delegación del gobierno. No hay leves en lo que a nuestra actividad concierne, de haberlas que alguno las describa porque no acierto a encontrarlas.
-Hay muchas listas y guías por ahí que tratan el tema de "permisos" para los campos. La que vale es la que te de tu municipio más lo que te pidan en la IA, Seprona, Montes, Agentes Forestales (tienen mil nombres dependiendo de diputaciones, consejerías y demás...), Costas, etc etc. Vamos que a no ser que estemos hablando de una finca no afectada por costa, montes, red viaria, servidumbre, concurso de acreedores y demás, con lo que nos pidan en el Ayuntamiento debería bastar siempre y cuando no sea un COTO. En los cotos el SEPRONA así como cualquiera de la junta del mismo y propietarios de fincas lindantes pueden campar a sus anchas y te expones a lo que se ha hablado antes.
Dicho en plata, hace falta todo lo que puedas conseguir aparte de lo que pida el ayuntamiento, desde informes de impacto ambiental hasta autorización de la delegación del gobierno como seguros de responsabilidad civil por lo que pueda pasar.
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vale....pues pongamonos en la siguiente situacion.
yo voy a un campo fuera de mi municipio...viene la G.C y me multa porque el campo no cumple todos los requisitos...que responsabilidades tiene el campo hacia mi persona?? ellos se van de rositas y soy yo el que pringa??
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Las intervenciones de la GC pasan por delegación. El ayuntamiento no aplica el RAE, aplica sus ordenanzas municipales.
Infracciones leves ayuntamiento, infracciones graves o muy graves gobierno autonómico...consultado en mi ayuntamiento.
De todas formas tampoco tiene importancia quien sancione, si hay un permiso del alcalde de la localidad donde se juega que según interpreta el CIPAE es válido para usar armas de 4ª en ese localidad directamente no existe infracción, luego nadie debiera requisar réplicas y si lo hace por desconocimiento, con el correspondiente recurso ya las devolverán.
Si, pero ya es un tiempo que tu estás sin la réplica, amén de que no se extravíe, le pase algo, etc... en fin, una putadaXD
A ver, digo en el hipotético caso de que las requisaran, que no tiene por que ocurrir, de hecho no debiera ocurrir y si ocurre es que la GC que intervenga ha hecho su trabajo mal.
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Eso está por ver. Retomando un aporte común en otros hilos... Existe la posibilidad (más que probable) de que el ayuntamiento haya expedido tarjetas y permisos que no respetan el RAE que tiene rango de Ley y no puede ser contravenido por una ordenanza municipal ni papelito expedido por alcalde alguno.
Me refiero a no pedir padrón, no exigir numeración de armero y otros aspectos regulados por el RAE y que por aquí la gente gusta de saltarse lanzando vítores y alabanzas a quien lo consigue.
Ese si que es el problema, creer que por un papelito bajado de interneee o firmado por un alcalde te vas a librar si la autoridad decide ser estricto o que el trámite es definitivo.
Los ayuntamientos pueden decir misa, esto les viene muy grande, más que nada porque no han usado el RAE ni para calzar una silla y nosotros detrás como borregos.
Joer Zeig, que te está diciendo el CIPAE que con un papel autorizandote expedido por el alcalde vale, si la GC consulta como actuar al CIPAE les van a decir lo mismo, luego no entiendo porqué te van a denunciar.
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Volvemos a lo mismo de los papelitos del CIPAE, estás a discrección del GC de turno que haga la intervención. El CIPAE te dice misa porque no considera ni menciona (sino que da por hecho) que se hace todo acorde al RAE. Cosa que los ayuntamientos no están haciendo y si firman un papel con una lista de gente y réplicas seguimos en lo mismo.
¿De qué sirve que el alcalde autorice un evento (mediante la lista mencionada) si luego al aparecer la GC las tarjetas no son válidas o ni siquiera se tienen?
Cagada instantánea.
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A Nelo: Si el campo no está en regla por el motivo que sea a ti no te van a sancionar siempre y cuando tengas tus tarjetas válidas. La figura de invitado, que es a la que nos acogemos los que no somos organizadores, no te responsabiliza de nada más que de tus propias circunstancias.
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si claro...pero me pueden decir que estoy usando mi ald fuera de mi municipio en un lugar no habilitado para ello
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Buenas...
Soy un absoluto novato. Hace días que os leo con el lío a raíz de la regularización de las réplicas. Perdonad, pero me pierdo entre tantas preguntas, respuestas, debates y aclaraciones..., no acabo de aclarme. ¿Puede jugarse al airsoft, con la tarjeta de armas correspondiente acorde a la norma y tal, sin peligro de que te multen? Véase en un campo de los que conocéis cuya partida se debe abonar. ¿O según pete a la autoridad competente que te "pille" jugando?
Si es esto último, es evidente que han hecho una ley que prohibe la práctica de este juego-deporte o lo que sea.
Salud.
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ahora mismo lo unico oficial es que las tarjetas son validas para usar las ald en tu municipio...todo lo demas son especulaciones
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si claro...pero me pueden decir que estoy usando mi ald fuera de mi municipio en un lugar no habilitado para ello
que es la grandisima cagada de la norma que nos han colado
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Si no tenías conocimiento probado de ello no. Otra cosa es una pachanga sin organización en plan pirata y que nadie se identifique como organizador, entonces identificarán a todo dios y les harían la 13-14 a todos.
Con tus tarjetas sin problema, Parabolas. Pero hay mil detalles que siendo quisquillosos y por culpa de ayuntamientos incompetentes te puedan pillar.
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Gracias Zeig.
Por lo que he leído, eres un tío leído ;)
No sé, la verdad es que me he gastado un zurrón en dos réplicas, con una ilusión tremenda y tal. Ahora las tengo en el armero, y luego ya sólo me faltará ir a ver a la "Botella"... Pero no me mola tener la sensación de que estoy haciendo "algo malo" por pasar un rato con gente que le mola "tocar las bolas". Y eso que lo de tocar las bolas, en España, somos expertos.
Por cierto, en cuanto tenga las réplicas "legales", quiero jugar una partidilla con vosotros. Por lo que he leído, lleváis un buen rollo guay...
Más salud.
PD: aceptaré cicerones que tenga quieran ganarse el cielo. Siempre me puede usar de... "para bolas".
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Conmigo como no juegues al world of tanks...... XDDDDD
Unos te dirán leído y otros gilipollas así que pon una vela a dios y otra al diablo.
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Volvemos a lo mismo de los papelitos del CIPAE, estás a discrección del GC de turno que haga la intervención. El CIPAE te dice misa porque no considera ni menciona (sino que da por hecho) que se hace todo acorde al RAE. Cosa que los ayuntamientos no están haciendo y si firman un papel con una lista de gente y réplicas seguimos en lo mismo.
¿De qué sirve que el alcalde autorice un evento (mediante la lista mencionada) si luego al aparecer la GC las tarjetas no son válidas o ni siquiera se tienen?
Cagada instantánea.
Leído serás pero leer no sabes ;D es broma, broma, broma ehh!! ;D
Yo no he dicho que el ayuntamiento autorice el evento, sino que te autorice a tí personalmente a usar el arma en un terreno adaptado de su localidad, si lees de nuevo el escrito del CIPAE, dicen que si el alcalde del lugar donde esté el campo puede autorizar a todos aquellos que vayan "puntualmente" a usar las armas en un terreno adaptado de su localidad es decir (lo pongo en mayusculas para que quede claro no por otra cosa) TE PUEDE CONCEDER UNA TARJETA TEMPORAL PARA JUGAR UN DÍA EN SU LOCALIDAD. En eso consistiría el permiso, lo que pasa que para no hacer una individual por cada participante puede hacer una autorización conjunta para todos los participantes, pero han de constar las armas que va a llevar cada participante.
Sería una tarjeta o autorización para algo puntual, es decir temporal, eso al parecer se puede hacer, que nada tiene que ver con hacerte una tarjeta definitiva (entiendase renovable cada 5 años) en el ayuntamiento donde vas a jugar si no resides en el, que eso sí que el RA a mi juicio lo prohibe.
Con esto tienes tarjeta para usar el arma de 4ª en su localidad y por tanto no incumples ningún precepto del RA. Esta autorización no veo complicado conseguirla y menos en ayuntamientos pequeños que es donde suelen estar los campos y que están locos por promocionarse y donde además la burocracia no es como en los ayuntamientos grandes, donde el trámite podría eternizarse.
Esto es siempre puntual y se está aplicando a la gente que por diversos motivos tiene que desplazarse frecuentemente a diversos lugares diferentes a practicar actividades con armas de 4ª. Si se lo aplican a los de tiro olimpico no veo un motivo por el que no nos lo puedan aplicar a nosotros.
Dejo claro que estoy hablando mucho en estos ultimos hilos de armas en lugar de ALD, mi intención no es contravenir las normas del foro sino dejar claro que lo que digo no es exclusivo de nuestras ALD sino de todas las armas de 4ª, y por ende las nuestras.
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Tu interpretación de la carta del CIPAE es para barracas de feria y competiciones. Ya me dirás en que medida nos incluye a nosotros.
Se leer, cabronazo xD, pero yo menciono más aspectos que tu obvias. Como tener que llevar contigo tarjeta de todos modos y que estas sean válidas o no así como los marcajes que lleven las réplicas.
De todos modos no soluciona nada ya que como bien dices es temporal y no creo que los aytos esten tas dispuestos a meterse en esta burocracia ni a suplir indiscriminadamente a la gente que aparezca en la lista que un club de.
Yo como alcalde no firmaría una autorización si sólo me diesen una lista de asistentes si en mi municipio pedimos penales y psicotécnicos a una gente que ni se si tienen tarjetas si quiera.
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Tu interpretación de la carta del CIPAE es para barracas de feria y competiciones. Ya me dirás en que medida nos incluye a nosotros.
Se leer, cabronazo xD, pero yo menciono más aspectos que tu obvias. Como tener que llevar contigo tarjeta de todos modos y que estas sean válidas o no así como los marcajes que lleven las réplicas.
De todos modos no soluciona nada ya que como bien dices es temporal y no creo que los aytos esten tas dispuestos a meterse en esta burocracia ni a suplir indiscriminadamente a la gente que aparezca en la lista que un club de.
Yo como alcalde no firmaría una autorización si sólo me diesen una lista de asistentes si en mi municipio pedimos penales y psicotécnicos a una gente que ni se si tienen tarjetas si quiera.
El tema de las barracas es por lo que surgió la interpretación, a partir de ahí utilizan esa consulta que se hizo en su día (1995) para posteriores hechos de semejante entidad. Así contestan que se aplicará esta misma interpretación cuando se vaya a hacer una competición de tiro, algo puntual en una localidad asistiendo gente de fuera del municipio, por tanto sin tarjeta de ese municipio. Lo nuestro es lo mismo que una competición salvo que no es una actividad reconocida como deportiva, pero es una actividad puntual, al igual que lo es una barraca que tampoco es actividad deportiva. Se ve claramente que lo han aplicado a eventos ocasionales en que puede ir gente de fuera, si te das cuenta en el escrito deja claro que la autorización no es necesaria para los residentes en el municipio a los que les exigirán la correspondiente tarjeta, como marca el RA.
En cuanto a que los ayuntamientos estén o no dispuestos a esta burocracia pues todo depende del interés que tengan en que se hagan actividades en su municipio, si dan permisos para efectuar partidas porqué a su vez no van a firmar un papel más en que autorizan a fulanito y a menganito a acudir como invitados a esas partidas...veo ilógico todo lo contrario, que no lo hagan...máxime cuando los campos suelen estar en municipios pequeños que están deseando aumentar las actividades de ocio y donde por lo general quien monta un campo tiene cierto contacto con las autoridades, aunque solo sea a base de ir a firmar papeles para las partidas. El responsable del campo habla con el encargado de estos temas, le explica la normativa actual y la necesidad de esa autorización y punto, no veo el problema.
En cuanto a tu ultimo punto es algo tan sencillo como que para dar la autorización se pida que cada participante lleve su correspondiente tarjeta de armas de su municipio, así te aseguras de que no es ningún delincuente y que al menos las ALD son las que dicen que son, pues se supone que en su ayuntamiento de origen las han comprobado...estaría bueno que no se vayan a fiar ni entre alcaldes de diferentes ayuntamientos, que no nos fiemos nosotros que sabemos lo que hay vale, pero entre ellos con una tarjeta creo que va a misa. De todas formas si se quiere seguro que hay más formas. No obstante ten en cuenta que se está dando un permiso temporal, puntualmente no tienen ni siquiera porqué cumplirse toda la legalidad vigente, si quieren pueden saltarsela que para otras cosas ya lo hacen, por ejemplo no permiten puntualmente en fiestas la venta ambulante de chiringuitos de feria que el resto del año están prohibidos?? no permiten atracciones de feria en fiestas cuyo volumen de sonido supera en mucho el máximo permitido por la ley local?? y el ruido en pleno casco urbano de los conciertos en fiestas?? no supera los ruidos permitidos??...si quieren el tema de 4ª categoría es de su competencia y pueden hacerlo, el CIPAE les ampara...tambien se les puede llevar una copia del escrito del CIPAE por si no lo tienen claro.
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En derecho todo es opinable. Más todavía si las normas están mal hechas...
Así el Rae establece que la sanción es leve y que el competente es el Alcalde:
Artículo 159
1. La competencia para imponer las sanciones determinadas en los artículos anteriores será ejercida por los... Alcaldes para la sanción de infracciones leves relacionadas con la aplicación de los artículos 105 y 149.5 de este Reglamento.
Artículo 157
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones leves y sancionadas:
a) Las tipificadas en los apartados b) a f) del artículo anterior, referidas a armas blancas, de aire comprimido, o las demás comprendidas en las categorías 4.ª a 7.ª, con multas de hasta cincuenta mil pesetas. Según el f del 156 es infracción la tenencia sin tener las autorizaciones o licencias prevenidas al efecto.
El problema viene por lado de la ley de seguridad ciudadana (que vale más que el reglamento) y dice que carecer de la documentación o autorización requeridos o excediéndose de los límites permitidos, cuando se trate de armas reglamentarias, contituye una infracción grave, y que la competencia es de delegación...