Foros Airsoftmadrid

Foro General => Novatos e Iniciacion => Mensaje iniciado por: super_tinin en Junio 08, 2012, 11:34:00 pm

Título: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: super_tinin en Junio 08, 2012, 11:34:00 pm
Alguien podria confirmarme si es necesario portar la factura de compra de la replica?. A mi parecer esto no tiene sentido, pues al no estar considerada como arma en ninguna de las categorias legisladas, no deja de ser un "juguete". Ademas, la mayoria de mis replicas son de segunda mano, compradas en este foro... Puede tener validez un contrato particular?.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: kacuna en Junio 09, 2012, 01:06:20 am
Nunca está de más llevarlo, yo siempre llevo las mías en la cartera, pero si te para la policía es papel mojado, lo importante es el sentido común, es decir, que las transportes correctamente, que no intentes ocultarlas, que le expliques correctamente al agente que las llevas y lo que son, etc. Si no te para un agente muy quisquilloso no tienes porque tener problemas, se de buena tinta que muchos agentes tanto de GC como del CNP están al tanto de "ese tráfico en la sombra que hacemos de réplicas"  ::)  y al igual que nosotros usan su sentido común.

Un saludo.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: MuD en Junio 09, 2012, 10:58:47 am
Como que la mayoría juega... X-DDD

La factura sólo sirve para reclamarla si te la requisan y no se hasta que punto es necesaria ya que eso queda registrado.

Un saludete.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: deybit en Junio 09, 2012, 11:12:19 am
Alguien podria confirmarme si es necesario portar la factura de compra de la replica?. A mi parecer esto no tiene sentido, pues al no estar considerada como arma en ninguna de las categorias legisladas, no deja de ser un "juguete". Ademas, la mayoria de mis replicas son de segunda mano, compradas en este foro... Puede tener validez un contrato particular?.
lo que a tí te parezca, no tiene que ser lo que es. Para tí no deja de ser un juguete, yo por ejemplo, veo una réplica de una arma real amparada en la prohibición del reglamento de armas en su artículo 5.2, por poner un ejemplo.... Así que dejando consideración, deberás adaptarte a lo que lo consideran las FFyCC de seguridad y lo que ellos estimen con sentido  ;)
Esto quiere decir, que si llevas una factura, lo que llevas en el maletero lo has comprado, no lo has robado, no le has lijado el número de serie, es identificable de donde ha salido y qué es a simple vista, sin tener que modificar algo con aspecto de arma. Si son de segunda mano, es totalmente válido y legal un contrato de compra venta hecho entre particulares.
El tema es mostrar interés para facilitar las cosas, si al final parece que se esconden, parece que lo que estás haciendo está mal. Por eso, se habla de llevarlo sin batería puesta ni su cargador, los cargadores sin bolas, etc. hasta una nueva norma, lo que se hace es por buena voluntad, esperando la ajena, ya que con la ley en la mano, en teoría ni facturas ni leches, te quedas sin ella a cambio de un papelito que te va costar 300-400 euros.
Mud, en el momento que te paran, te requisen o no, ya queda registrado, la factura por lo menos te identifica como titular  :)
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: MuD en Junio 09, 2012, 11:17:49 am
Eso he dicho... Y lo de titular vale si te lo quieren aplicar, si no, es lo de los 300 euros a cambio de aire... (Y gracias, que puede ser peor).
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: deybit en Junio 09, 2012, 11:26:57 am
Eso he dicho... Y lo de titular vale si te lo quieren aplicar, si no, es lo de los 300 euros a cambio de aire... (Y gracias, que puede ser peor).

;)
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: super_tinin en Junio 13, 2012, 12:49:23 pm
Entonces, haber si yo me aclaro, (aunque se que todo esto, con la normativa vigente es imposible)... Estamos basandonos en que la "autoridad competente", se salte la legislación para dejarnos pasar sin problema. Existiendo las siguientes posibilidades:
-Si a nuestras réplicas se las considera dentro de las incluidas en el art. 104 y 105, que regula las armas de 4ª categoria (armas de aire comprimido...), su obligación sería requisarlas, al no tener la oportuna licencia. No obstante, por potencia, tipo de munición e, incluso, al ser automáticas, quedan fuera de dicha categoría.
- Si, como dice el compañero, se trata de imitaciones de armas de fuego, según dispone el artículo 5.2 del Reglamento de Armas solo se pueden tener en el propio domicilio, por tanto, su obligación sería requisarlas, al no estar inscritas en el libro de registro y no tener la oportuna autorización de transporte. Sin embargo, se hace expresa mención, a que las armas aquí contempladas, tienen prohibido su uso. Por tanto, como nosotros si hacemos uso de las mismas, (airsoft) no se las puede incluir dentro de esta categoría.
- Si, son consideradas, como juguetes, es decir, "marcadoras" algo más sofisticadas que la típica pistolita de plástico, con una potencia superior, y utilizadas, para... algo más currado, que la historieta de vaqueros e indios...etc. entonces, TODO PERFECTO. Es la única consideración, por la cual, la "autoridad competente" no tiene obligación de requisarnos las réplica, ni de pedirnos, su factura, ya que esto no tendría sentido.

Por lo cual, creo que si alguna vez nos paran y, con toda la amabilidad y educación de la que podamos ser capaces, intentamos explicar a la "autoridad competente", los motivos por los que nuestras "marcadoras" (creo que es más prudente utilizar esta terminología para no confundir más al agente en cuestión); no pueden estar incluidas, en  las dos primeras posibilidades; lo mismo, tenemos suerte y... ha disfrutar.
La cuestión, de poner cartelitos en las bolsas de transporte, que describan lo que contienen, así como, llevar las baterías sin conectar y los cargadores, separados y vacíos,... también ayudaría.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Sniper en Junio 13, 2012, 02:44:14 pm
Por lo cual, creo que si alguna vez nos paran y, con toda la amabilidad y educación de la que podamos ser capaces, intentamos explicar a la "autoridad competente", los motivos por los que nuestras "marcadoras" (creo que es más prudente utilizar esta terminología para no confundir más al agente en cuestión); no pueden estar incluidas, en  las dos primeras posibilidades; lo mismo, tenemos suerte y... ha disfrutar.
La cuestión, de poner cartelitos en las bolsas de transporte, que describan lo que contienen, así como, llevar las baterías sin conectar y los cargadores, separados y vacíos,... también ayudaría.
Eso es tener mesura y sentido común: si ayudas al Agente, éste te ayudará. Él cumple con su trabajo y no tiene porqué saber lo que es el airsoft. A lo mejor hasta es la primera vez que ve una "escupebolas", así que lo que recomiendo siempre, respeto al máximo y facilitarle la labor.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: brox89 en Junio 24, 2012, 10:12:31 pm
Totalmente de acuerdo con el compañero Sniper, cuanto mas le facilitemos la labor al agente, creo que es menos probable que te empapele, no hay por que ir con miedo o intentar ocultar lo que llevamos, ya que sera peor.
Un saludo
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Tomguro en Julio 10, 2012, 05:58:22 pm
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: kacuna en Julio 11, 2012, 11:49:41 pm
Las mismas recomendaciones ya que la factura tampoco te salva de ese apuro.

Un saludo.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: BURNY GAMBELL en Julio 24, 2012, 10:41:13 am
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: zeig en Julio 24, 2012, 12:07:07 pm
Es recomendable llevarlo todo, incluso a poder ser una carta firmada por mamá en la que te excuse de hacer gimnasia.

Na, en serio, con no pegar el cante y no dar malas contestaciones de camino o de vuelta de una partida no se tiene ningún problema. Excepto considerando el factor GC de mala ostia de turno como puede tocarte un panadero loco o un electricista esquizofrénico.

Tal y como están las cosas lleva todo lo que puedas amén de la réplica lo más despiezada que puedas y con suerte no pasará nada de nada. Lo demás son consejos y conjeturas.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Yogui en Julio 29, 2012, 06:33:38 pm
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

Y como demuestras que le réplica era de ese supuesto anterior propietario?? yo creo que el contrato sin una factura no vale para nada. Si la factura está a nombre de una persona y le compras la réplica el contrato servirá para demostrar que es tuya pero deberás llevar la factura para demostrar la lícita procedencia de la misma.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: csv en Julio 29, 2012, 08:30:18 pm
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

Y como demuestras que le réplica era de ese supuesto anterior propietario?? yo creo que el contrato sin una factura no vale para nada. Si la factura está a nombre de una persona y le compras la réplica el contrato servirá para demostrar que es tuya pero deberás llevar la factura para demostrar la lícita procedencia de la misma.

A partir de 2 años, que es el tiempo de garantia para cualquier aparato electrico, no tienes obligacion ninguna de guardar tu factura.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Yogui en Julio 29, 2012, 11:48:48 pm
En el caso de tener una de segunda mano y no tener factura ya que mi amigo la compró tiempo atrás y no la tiene... algún consejo? Gracias :)
Contrato de compraventa entre particulares, a efectos es lo mismo que una factura.

Y como demuestras que le réplica era de ese supuesto anterior propietario?? yo creo que el contrato sin una factura no vale para nada. Si la factura está a nombre de una persona y le compras la réplica el contrato servirá para demostrar que es tuya pero deberás llevar la factura para demostrar la lícita procedencia de la misma.

A partir de 2 años, que es el tiempo de garantia para cualquier aparato electrico, no tienes obligacion ninguna de guardar tu factura.

Siempre y cuando no tengas que demostrar su titularidad...de cara por ejemplo al seguro de la vivienda, pero no a efectos legales.
Te pongo un supuesto que lo vas a entender rápidamente...yo me encuentro una réplica (por no decir la robo), te la vendo a tí y te hago un contrato de compraventa, te para la GC y le presentas ese contrato de compraventa...con eso estás demostrando que la réplica es tuya??...pues no, ya que en ningún estas demostrando que yo era el anterior propietario. De ser así de sencillo anda que no se podrían hacer chanchullos.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Steinburg en Julio 30, 2012, 12:56:29 am
Pues si, porque en ese contrato tú das fé de ser el anterior propietario, y tendrás que ser tú el que demuestre como la obtuviste, y aunque lo más seguro sea que la réplica se quede requisada, el marrón es para tí
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Yogui en Julio 30, 2012, 01:02:41 am
Pues si, porque en ese contrato tú das fé de ser el anterior propietario, y tendrás que ser tú el que demuestre como la obtuviste, y aunque lo más seguro sea que la réplica se quede requisada, el marrón es para tí

Totalmente de acuerdo, pero tu lo has dicho, la réplica quedará requisada al no demostrar directamente que eres el propietario, por lo tanto un contrato de compraventa no es un documento válido para portar una réplica, sino más bien una forma de demostrar a quien se lo has comprado.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Kurtz en Julio 30, 2012, 08:40:29 am
La verdad es que es una cuestion interesante.

A ver si alguno de los doctores en leyes del foro se pasa por aqui y lo aclara desde un punto de vista legal...
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: raydmon_ayala en Julio 30, 2012, 03:47:59 pm
Lo mejor es llevar todo y listo, yo las tengo registradas por si ak. Que valga mas que la factura o no me da igual la cuestión es llevar algo....

Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: csv en Julio 30, 2012, 09:05:05 pm
En caso de requisa, si es por no conocer dueño, es la policia la que tiene que demostrar que no eres el titular (la tonteria esa de la presuncion de inocencia y tal) y si no hay denuncia de robo con nº de serie, no se puede demostrar que no sea tuya. Otra cosa es que el agente de turno identifique la marcadora como un arma de coleccion o 4º categoria, que deberia haberse registrado en su dia. Habra mas problemas en ese aspecto. Yo tengo registrada una pistola de 4,5mm y a la hora de hacer los papeles, enseñe una factura que no estaba a mi nombre, ni el titular de la factura estaba identificado, ni aparecia su dni, ni pidieron que se personase. Creo que con eso queda todo dicho sobre el funcionamiento de la policia local respecto a las armas.

Lo de la casa, 1º en la camara de la propiedad aparece el titular de la vivienda y segundo, tu tienes unas escrituras que acreditan que eres el propietario de esta. No es una factura como tal, aunque venga incluido el precio. Te pongo otro ejemplo mas facil.

Robo una llanta de coche en una tienda, y la policia me encuentra con ella en la calle. Si no hay un numero de serie o marca que acredite la titularidad, es el de la tienda el que tiene que demostrar que no es mia.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: raydmon_ayala en Julio 30, 2012, 09:18:38 pm
En caso de requisa, si es por no conocer dueño, es la policia la que tiene que demostrar que no eres el titular (la tonteria esa de la presuncion de inocencia y tal) y si no hay denuncia de robo con nº de serie, no se puede demostrar que no sea tuya. Otra cosa es que el agente de turno identifique la marcadora como un arma de coleccion o 4º categoria, que deberia haberse registrado en su dia. Habra mas problemas en ese aspecto. Yo tengo registrada una pistola de 4,5mm y a la hora de hacer los papeles, enseñe una factura que no estaba a mi nombre, ni el titular de la factura estaba identificado, ni aparecia su dni, ni pidieron que se personase. Creo que con eso queda todo dicho sobre el funcionamiento de la policia local respecto a las armas.

Lo de la casa, 1º en la camara de la propiedad aparece el titular de la vivienda y segundo, tu tienes unas escrituras que acreditan que eres el propietario de esta. No es una factura como tal, aunque venga incluido el precio. Te pongo otro ejemplo mas facil.

Robo una llanta de coche en una tienda, y la policia me encuentra con ella en la calle. Si no hay un numero de serie o marca que acredite la titularidad, es el de la tienda el que tiene que demostrar que no es mia.

Lo que comentas de la de 4,5 me paso a mi cuando registre la pistola marui
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Yogui en Julio 30, 2012, 10:02:08 pm
Si el policía hubiera hecho bien su trabajo te habría obligado a demostrar que eres titular de un arma antes de dejarte registrarla a tu nombre...supón que en lugar de ser una de 4.5 hubiera sido una pistola de 9 mm.  :=   De hecho una vez que tienes tu correspondiente documentación de un arma en regla no es necesario presentar factura alguna, con la guía es suficiente y demuestras perfectamente que es tuya.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: csv en Julio 30, 2012, 10:10:14 pm
Si el policía hubiera hecho bien su trabajo te habría obligado a demostrar que eres titular de un arma antes de dejarte registrarla a tu nombre...supón que en lugar de ser una de 4.5 hubiera sido una pistola de 9 mm.  :=   De hecho una vez que tienes tu correspondiente documentación de un arma en regla no es necesario presentar factura alguna, con la guía es suficiente y demuestras perfectamente que es tuya.

Si hubiese sido una 9mm lo habria llevado la GC, que entienden mas del temas, pero eso es otro rollo...
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Yogui en Julio 30, 2012, 10:14:42 pm
Puse el ejemplo precisamente para que se viera claro que no es logico que para registrar un arma sea del tipo que sea no se pida una factura que demuestre la titularidad de la misma.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: Astharoshe en Julio 30, 2012, 10:18:25 pm
Después de constatar como alguna gente 'registra' y 'ficha' sus cosas, me doy cuenta que mi domicilio un pozo de ilegalidad, no sé que va ser de mí el día que me trinquen :P; menos mal que al final no quise aquellas macetas, a saber lo que habría crecido de ellas. :=
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: csv en Julio 31, 2012, 02:50:59 pm
Después de constatar como alguna gente 'registra' y 'ficha' sus cosas, me doy cuenta que mi domicilio un pozo de ilegalidad, no sé que va ser de mí el día que me trinquen :P; menos mal que al final no quise aquellas macetas, a saber lo que habría crecido de ellas. :=

Tranquilo que yo no tengo todo registrado ni intencion de, ya que casi todo esta de adorno y muchas de ellas son solo chasis. Hablando de gas, nunca de fuego, que ni tengo, ni tengo intencion de comprar!!!
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: deybit en Agosto 08, 2012, 12:05:14 am
En caso de requisa, si es por no conocer dueño, es la policia la que tiene que demostrar que no eres el titular (la tonteria esa de la presuncion de inocencia y tal) y si no hay denuncia de robo con nº de serie, no se puede demostrar que no sea tuya. Otra cosa es que el agente de turno identifique la marcadora como un arma de coleccion o 4º categoria, que deberia haberse registrado en su dia. Habra mas problemas en ese aspecto. Yo tengo registrada una pistola de 4,5mm y a la hora de hacer los papeles, enseñe una factura que no estaba a mi nombre, ni el titular de la factura estaba identificado, ni aparecia su dni, ni pidieron que se personase. Creo que con eso queda todo dicho sobre el funcionamiento de la policia local respecto a las armas.

Lo de la casa, 1º en la camara de la propiedad aparece el titular de la vivienda y segundo, tu tienes unas escrituras que acreditan que eres el propietario de esta. No es una factura como tal, aunque venga incluido el precio. Te pongo otro ejemplo mas facil.

Robo una llanta de coche en una tienda, y la policia me encuentra con ella en la calle. Si no hay un numero de serie o marca que acredite la titularidad, es el de la tienda el que tiene que demostrar que no es mia.
venga!!!!, diox, me encantan los ejemplos XD.
robas una llanta, y la policía te encuentra con ella en la calle, y al de la tienda le falta una, pero no hay números de serie. El dueño pone denuncia. Te quedas temporalmente sin ella, se te interviene temporalmente, hasta que a) se compruebe grabaciones de seguridad, testigos, etc, y sino se devuelve informándote de la obligación de custodia por si es requerida por la autoridad judicial. b) aportes factura de compra, se te entregará igualmente informándote otra vez de esos derechos. Aquí estamos hablando de una posible infracción penal, delito o falta dependiendo del valor que sea y de la forma con la que se ha realizado.
Peeero, si en lugar de una llanta, es una réplica, te la requisan, no de forma temporal, se te hace un acta y te multan directamente, estamos hablando de una sanción administrativa que tiene unos cauces totalmente diferentes, poco importa de quien sea, la llevas tú (si después se comprueba que es robada, prepárate), la multa es tuya, y para que te la recuperes, tienes que aportar factura de compra, contrato de compra venta, cualquier documentación que acredite que sea tuya. Un contrato de compra venta es suficiente, entregas, se hacen gestiones y listo. Si lo has falsificado al final te encuentras con otro mamoneo penal (no administrativo) que será mucho peor....
Pero claro, si te la requisan, tienes un 95% de probabilidades que no la recuperes, sea o no tuya, dependiendo de como la hayan catalogado, y lo bien que escribas a la delegación del gobierno ;)
realmente el contrato de compra venta, inicialmente como lo planteais no vale para nada, vale para plantear  buena fe que lo que llevas no fue robado de ningún sitio, ni lo has comprado a "escondidas", ayuda, pero no te va a evitar que te la requisen. Ayudar a la hora de recuperarla? pues si, porque aportas un documento que dice que tú la has adquirido, suficientemente válido, porque además, al cabo de un tiempo lo normal es no tener las facturas o perderlas, otra cosa es que lo consigas.
y csv, dale con la GC, jajajaja, si es de 9mm, por ejemplo, y te para la policia nacional, esa pistola no la huele la GC, va a policía científica que elabora un informe pericial, revisa el troquelamiento de los números de serie si han sido modificados o no, se pasa por la base de datos por si es robada y si tiene licencia y la de la persona incautada, y luego se guarda sino se devuelve, llegando a dos opciones, o bien se "venden" en pujas legales (aquí si lo hace la GC ya que tendrán que expedir nuevas tarjetas) o bien ordena su destrucción. Para pedirla dependerá de si tiene que hacerlo a través del juzgado, o bien a través de donde se ha realizado la entrega. Esto va en función de si son las reales, por ejemplo.
En las de airsoft, el delegado del gobierno, o bien la propia comisaría, una vez acabo los plazos legales de reclamación y tras un plazo de tiempo prudente, podrá solicitar su destrucción (aquí no habría venta)
La polícia local, dependiendo de donde sea, tendrá que comparecer ante un cuerpo u otro, que es donde hará entrega del arma, asi de los motivos de la requisa, en ciudades, será a la policía nacional siempre.
y quitando la especialización para la expedición de tarjetas y autorizaciones, un GC de patrulla sabe lo mismo de armas que un policía local, salvando las distancias, y que un policía nacional, y un mosso de squadra, o un ertzantza. Es más, cada cuerpo tiene una brigada especialidada para estos casos, siempre que no sea a nivel administrativo, que si es competencia de la GC.
Título: Re: Documentacion para transporte d replicas
Publicado por: csv en Agosto 18, 2012, 03:19:10 pm
Deybit, no me has entendido bien. Hablaba de la gc para registrar el arma, que son los unicos que tienen autorizacion para ello y siguen unos cauces que la policia local no. Lo comentaba por la vez que registre una pistola de 4.5mm, que si hubiese sido robada, ni se habrian dado cuenta.

Sobre el resto de los ejemplos, completamente deacuerdo contigo, mi ejemplo no estaba bien fundamentado, pero creo que queda claro lo que intentaba decir.